Este documento describe un equipo de trabajo compuesto por 5 personas que abordan el tema de la obesidad. Define la obesidad y sobrepeso y señala que México tiene altos índices de estas condiciones. Explica métodos para medir la grasa corporal e índice de masa corporal y clasifica los tipos y riesgos de obesidad. Finalmente, detalla consideraciones para el tratamiento médico, quirúrgico, nutricional y psicológico de la obesidad.
2. • El sobrepeso y la obesidad se definen como una
acumulación anormal o excesiva de grasa que puede ser
perjudicial para la salud.
• El sobrepeso IMC mayor a 25
• obesidad IMC igual o superior a 30
3. • En la actualidad 39.5% de los hombres y mujeres tienen sobrepeso
y 31.7% obesidad,
• Esta condición ha ubicado a México en el segundo lugar de
prevalencia mundial de acuerdo con diversas estimaciones.
• 1ro en obesidad infantil
4.
5. En función de la grasa corporal
podríamos definir como
sujetos obesos a aquellos que
presentan porcentajes de
grasa corporal por encima de
los valores considerados
normales, que son del 10 al
20% en los varones y del 20 al
30% en las mujeres
adultas
6. a) Tablas de peso: tienen en
cuenta sexo, talla, raza y
constitución física. Se basan en
la observación de diferencias
notorias del riesgo de mortalidad
entre grupos de individuos
obesos con respecto a
individuos de " peso deseable"
para su edad y sexo.
Como inconveniente, las tablas
fueron confeccionadas para
evaluar mortalidad y no
morbilidad, y por otro lado no
pueden ser extrapoladas de una
población a otra
7. b) Índices: el más comúnmente
usado es el índice de masa
corporal (IMC ). Aunque
no es un excelente indicador de
adiposidad en individuos
musculosos como deportistas y
ancianos, es el índice utilizado
por la mayoría de estudio
epidemiológicos y el
recomendado por diversas
sociedades médicas y
organizaciones de salud
internacional para el uso clínico,
dada su reproducibilidad,
facilidad de utilización y
capacidad de reflejar la
adiposidad en la mayoría de la
población
8. En la clasificación de sobrepeso y obesidad aplicable
tanto a hombres como mujeres en edad adulta
propuesto por el comité de expertos de la
Organización Mundial de la Salud (OMS), el punto de
corte para definir la obesidad es de un valor de IMC=
30 kg/m2, limitando el rango para la normalidad a
valores de IMC entre 18,5 – 24,9 kg/m2, y el de
sobrepeso a valores de IMC entre 25 – 29,9 kg/m2
9.
10. Obesidad abdominovisceral o
visceroportal, (tipo androide)
Predominio del tejido adiposo
en la mitad superior del cuerpo:
cuello, hombros, sector
superior del abdomen.
Este tipo de obesidad, tanto en
el varón como en la mujer, se
asocia claramente con un
aumento del riesgo de
desarrollar diabetes tipo
2, ateroesclerosis, hiperuricemi
a e
hiperlipidemia, consecuencia
directa del estado de
11. • Índice cintura-cadera: perímetro cintura (cm)/
perímetro cadera (cm).
Valores > 0.8 mujer y 1 hombre .
• Circunferencia de la Cintura > 100 cm
• Diámetro Sagital: 25cm normal.
12. Obesidad femoroglútea (tipo
ginecoide) Se caracteriza por
presentar adiposidad en
glúteos, caderas, muslos y mitad
inferior del cuerpo. El tejido
adiposo fémoroglúteo
tiene predominio de receptores
alfa 2 adrenérgicos, por lo tanto
presenta una actividad
lipoproteínlipasa elevada. En éste
es mayor lipogénesis y menor
actividad lipolítica. La
circunferencia de la cadera se
correlaciona negativamente con
los diferentes factores de
13.
14.
15. -Osteoartritis (rodillas, tobillos,
columna lumbar)
-Disnea (mala tolerancia al
ejercicio
Síndrome de apnea-hipoapnea
obstructiva del sueño
Reflujo gastroesofágico
Hernias (inguinales,
incisionales)
Intertrigo y micosis en
pliegues cutáneos
Incontinencia urinaria
(especialmente en la mujer)
Várices y edema en piernas
Enfermedades psiquiátricas
(depresión, bulimia)
Aumento de la Ingesta
Calórica
reducción de la actividad
física
Mareos
Cansancio
Ansiedad
Limitación del
movimiento
sedentarismo
16. • Anamnesis: Se debe
determinar la historia del
peso, las alteraciones de la
conducta alimentaria, la
actividad física y las
coorbilidades asociadas
17. • Ex. Físico:
• El examen debe ser
completo, buscando signos
de patologías asociadas. La
acantosis nigricans en cuello
y axilas es signo de
hiperinsulinemia.
- Medir peso y talla para
calcular el Índice de Masa
Corporal (IMC) y el perímetro
de cintura.
- Somatometria.
- estrías o hirsutismo.
18. Es conveniente evaluar
patologías
endocrinológicas
asociadas a la obesidad
como hipotiroidismo.
Otros exámenes según
el caso particular y
dependiendo del
tratamiento que se vaya
a indicar.
Glicemia en
ayunas y
eventualmente, u
n test de
tolerancia a la
glucosa oral para
diagnosticar
diabetes o
prediabetes
Perfil de lípidos con
Colesterol total, C-LDL, C-
HDL y triglicéridos. La
dislipidemia
más frecuente en
obesos es un leve a
moderado aumento del
C-LDL, con franco
aumento de triglicéridos
y disminución del C-
HDL (la llamada
“dislipidemia
aterogénica”)
Pruebas
hepáticas. Un
hígado graso
puede
acompañarse de
elevación de
transaminasas
Bioimpedanciometría
para cuantificar la
masa grasa
Calorimetría indirecta
para determinar el gasto
energético en reposo y
estimar el total según la
actividad física del
paciente. para una
mejor prescripción de
la dieta hipocalórica
ECG de esfuerzo para
descartar insuficiencia
coronaria, arritmias o
aumentos mayores
de la presión arterial, para
la prescripción del
ejercicio físicoPolisomnograma
si hay historia de
apneas del sueño.
19. • Objetivo
• 2. Campo de aplicación
• 3. Referencias
• 4. Definiciones y abreviaturas
• 5. Disposiciones generales
• 6. Disposiciones específicas
• 7. Del tratamiento médico
• 8. Del tratamiento nutricio
• 9. Del tratamiento psicológico
• 10. De la infraestructura y equipamiento
• 11. Medidas restrictivas
• 12. De la publicidad
• 13. Concordancia con normas internacionales y mexicanas
• 14. Bibliografía
• 15. Vigilancia
• 16. Vigencia
20. La participación del médico comprende:
Del tratamiento farmacológico.
El médico será el único profesional de la salud que prescriba
medicamentos en los casos que así se requiera, en términos de lo
previsto en esta norma;
Cuando exista evidencia de falta de respuesta al tratamiento
dietoterapéutico, a la prescripción de actividad física y ejercicio en
un periodo de al menos tres meses en pacientes con IMC de 30
kg/m² o más, con o sin comorbilidades o en pacientes con IMC
superior a 27 kg/m² con una o más comorbilidades, se podrán
prescribir medicamentos para el tratamiento del sobrepeso y la
obesidad;
Cada medicamento utilizado deberá estar justificado bajo criterio
médico, de manera individualizada;
El médico tratante deberá informar y explicar al paciente, las
características del medicamento que le fue prescrito, nombre
comercial y genérico, dosificación, duración del tratamiento,
interacción con otros
medicamentos, así como las posibles reacciones adversas y
efectos colaterales;
21. Estará indicado en los individuos adultos con IMC mayor o igual a
40 kg/m² o mayor o igual a 35 kg/m² asociados a comorbilidad,
cuyo origen en ambos casos no sea puramente de tipo endócrino.
Deberá existir el antecedente de tratamiento médico integral
reciente.
Además de lo anterior, en el caso de las personas de 16 a 18 años,
se podrá realizar tratamiento quirúrgico exclusivamente en
aquellas que hayan concluido su desarrollo físico, psicológico y
sexual, en establecimientos de atención médica de alta
especialidad, como parte de protocolos de investigación,
revisados y aprobados por una Comisión de Etica, bajo la atención
de equipos multidisciplinarios y sólo si presentan comorbilidades
importantes.
En el caso de los dos numerales anteriores, la selección del tipo de
técnica quirúrgica para el tratamiento de la obesidad, deberá estar
basada y justificada en la evaluación de un equipo de salud
multidisciplinario.
La indicación de tratamiento quirúrgico de la obesidad, deberá ser
resultado de la evaluación de un equipo de salud
multidisciplinario, conformado al menos por: cirujano,
anestesiólogo, internista, licenciado en nutrición y psicólogo
clínico; esta indicación deberá estar asentada en una nota médica.
La disposición anterior no es limitativa, cuando la evaluación del
caso de un paciente en particular requiera de la intervención de
22. El uso de procedimientos endoscópicos, estará indicado
en pacientes con IMC mayor o igual a 40 kg/m² o mayor o
igual a 35 kg/m² asociados a comorbilidad y en pacientes
de alto riesgo que requieran una reducción de peso
previa al tratamiento quirúrgico, así como en aquellos que
se encuentren en un programa de manejo
multidisciplinario y no acepten un tratamiento quirúrgico;
La indicación de tratamiento endoscópico de la obesidad,
deberá ser resultado de la evaluación de un equipo de
salud multidisciplinario, conformado al menos por:
cirujano, anestesiólogo, médico internista, licenciado en
nutrición y psicólogo clínico; esta indicación deberá estar
asentada en una nota médica.
La disposición anterior no es limitativa, cuando la
evaluación del caso de un paciente en particular requiera
de la intervención de otros especialistas, podrán
participar sin ningún problema.
23. Todo paciente con obesidad, candidato a cirugía o algún
procedimiento endoscópico, no podrá ser intervenido
quirúrgicamente sin antes haber sido estudiado en forma
completa, con historia clínica, análisis de laboratorio y estudios
de gabinete, valoración
nutriológica, cardiovascular, anestesiológica, psicológica, en su
caso psiquiátrica y cualquier otra que resulte necesaria para
complementar el estudio del paciente. En el manejo se deben
consultar las Guías de Práctica Clínica: Tratamiento Quirúrgico
del Paciente Adulto con Obesidad Mórbida y la de Tratamiento
Quirúrgico del Adolescente con Obesidad Mórbida;
El médico cirujano tendrá la obligación de informarle al
paciente respecto de los procedimientos quirúrgicos o
endoscópicos a realizar, sus ventajas, desventajas y riesgos a
corto, mediano y largo plazo;
El médico tratante deberá recabar la carta de consentimiento
informado, en los términos que establece la NOM-168-SSA1-
1998, referida en el numeral 3.4. de esta norma;
Las técnicas quirúrgicas utilizadas para el tratamiento de la
obesidad, deben ser de tipo restrictivo, mal absortivo o mixto;
deben ofrecer al paciente las mejores alternativas y beneficios
para el manejo y control de la obesidad, así como su
24. Las unidades hospitalarias donde se realicen actos quirúrgicos
y endoscópicos para el tratamiento integral de la
obesidad, deberán contar con todos los insumos necesarios
para satisfacer los requerimientos de una cirugía mayor en
pacientes de alto riesgo. Los insumos mencionados, deberán
estar registrados ante la Secretaría de Salud;
El médico tratante deberá comprobar documentalmente ser
especialista en: cirugía general, cirugía pediátrica o
endoscopia, según sea el caso, haber recibido adiestramiento
en cirugía bariátrica y conocer el tratamiento integral del
paciente obeso.
El médico tratante deberá comprometerse, en coordinación con
el equipo multidisciplinario, a hacer seguimiento del paciente
intervenido quirúrgicamente. El tiempo, frecuencia y
características del seguimiento, dependerán de la técnica
quirúrgica utilizada y de la respuesta del paciente;
El médico tratante referirá al paciente al nutriólogo o
psicólogo, cuando el caso lo requiera;
El médico tratante deberá informar y orientar al paciente sobre
los beneficios que representa para la salud, el llevar una
alimentación correcta, de conformidad con lo establecido en la
NOM-043-SSA2-2005, referida en el numeral 3.3. de esta norma.
Asimismo, deberá hacer énfasis sobre los riesgos que
representan para la salud el sobrepeso y la obesidad.
25. La participación del nutriólogo comprende:
El tratamiento nutricio que implica:
Valoración nutricia: evaluación del estado nutricio
mediante indicadores
clínicos, dietéticos, antropométricos, bioquímicos y
de estilo de vida;
Plan de cuidado nutricio: elaboración del plan
alimentario, orientación alimentaria, asesoría
nutriológica y recomendaciones para el
acondicionamiento físico y para los hábitos
alimentarios; y
Control: seguimiento de la evaluación, conducta
alimentaria y reforzamiento de acciones.
Pronóstico.
La dieta deberá ser individualizada, atendiendo a las
circunstancias específicas de cada paciente, en
términos de los criterios mencionados en esta norma.
Referir al paciente a tratamiento médico o
26. La participación del psicólogo
clínico comprende:
La valoración y el apoyo
psicológico para la modificación de
hábitos y conductas alimentarias;
El tratamiento y el manejo de los
problemas psicológicos, familiares y
sociales del paciente con sobrepeso
u obesidad;
La referencia al nutriólogo, médico o
psiquiatra, cuando el caso lo
requiera.
27.
28. Colesterol total
HDL: lipoproteínas de alta
densidad
LDL: lipoproteínas de baja
densidad
VLDL: lipoproteínas de muy baja
densidad
Triglicéridos
29. • Colesterol total 150 a 200 mg/dL
• HDL: lipoproteínas de alta densidad
30. • LDL: lipoproteínas de baja densidad
• menos de 100 mg/dL
Nivel óptimo de colesterol LDL, correspondiente a un nivel reducido
de riesgo para cardiopatía isquémica.
• 100 a 129 mg/dL Nivel de LDL próximo al óptimo
• 130 a 159 mg/dL Fronterizo o limítrofe con alto nivel de LDL
• 160 a 189 mg/dL Alto nivel de LDL
• 190 mg/dL y superiores Nivel excesivamente elevado, riesgo
incrementado de cardiopatía isquémica.
31. • VLDL: lipoproteínas de muy baja densidad
Valores normales 2 y 30 mg/dL.
• Triglicéridos
Valores normales 150 mg/dL
32. Representa la relación entre masa corporal (peso) y talla
(estatura).
IMC = MC (kg)/T2 (m)
Donde:
IMC = Índice de Masa
Corporal
MC = Masa Corporal (kg)
T = Talla (m)
m = metros
100 cm = 1 m
33.
34. Interpretación:
ICC = 0,71-0,84 normal para
mujeres.
ICC = 0,78-0,94 normal para
hombres.
Valores mayores: Síndrome
androide (cuerpo de manzana).
Valores menores: Síndrome
ginecoide (cuerpo de pera).
Es la relación que resulta de dividir el perímetro de la cintura de
una persona por el perímetro de su cadera.