Información sobre la nueva normativa de Transporte de Emergencias Sanitarias 2012, según el Real Decreto 836/2012 que entró en vigor este mes de Junio.
Transporte Sanitario y Emergencias- Nueva Normativa 2012
1. Transporte Sanitario: a más
formación, más oportunidades
Nueva normativa de Transporte de Emergencias Sanitarias
El ámbito del transporte de emergencias sanitarias dará próximamente más
oportunidades laborales a los aspirantes con una formación adecuada en su
especialidad debido a la aprobación del Real Decreto 836/2012 que entró en
vigor este mes de Junio.
La nueva normativa fija una serie de requisitos para
los futuros aspirantes y establece que las
ambulancias dispondrán mínimo de un conductor con
Certificado de profesionalidad de Transporte Sanitario
(ambulancias no asistenciales A1 y A2 o título de
mbulancias A2)
Formación Profesional de Técnico en Emergencias
Sanitarias (ambulancias asistenciales B y C
mbulancias C).
Las empresas de transporte sanitario autorizadas de
las Comunidades Autónomas tienen en un plazo de
dos meses para adaptarse desde la entrada en vigor
del Real Decreto.
El Real Decreto 836/2012 de 25 de Mayo, también establece las
836/2012,
características técnicas y el equipamiento sanitario de los vehículos, y habilita a
conductores experimentados sin formación que puedan demostrar su
experiencia laboral con el mínimo de años que determina la normativa según la
tipología del vehículo.
Centro de Estudios CEAC considera que este nuevo real decreto establece
decreto
unos requisitos muy necesarios para ayudar a una mayor profesionalización de
los trabajadores sector. En cuestiones de salud, la combinación de una buena
formación y experiencia es fundamental a la hora de ayudar a salvar vidas.