SESION DE PERSONAL SOCIAL. La convivencia en familia 22-04-24 -.doc
Llamado complementario 2020-2022- bases (1)
1. LLAMADO COMPLEMENTARIO A ASPIRACIONES PARA DESEMPEÑAR CARGOS
DE MAESTROS DINAMIZADORES DEL PLAN CEIBAL - PERIODO 2020- 2022
CAPÍTULO I – INSCRIPCIONES
Art. 1o-. Llámase a maestros para desempeñar los cargos de Maestros Dinamizadores
del Plan Ceibal (MDPC) con una carga horaria de veinte horas semanales con
radicación en la Inspección Departamental correspondiente.
1.1.- Tendrán dependencia técnica del Departamento de Tecnología Educativa y Ceibal
(DTEC), siendo supervisado por la Coordinación Nacional de los Centros de
Tecnología y Ceibal (CNCTC), dependiendo administrativamente de cada inspección,
quien realizará la co-supervisión de los mismos con la mencionada coordinación.
Art-2°- Perfil, propósito y funciones
Perfil:
El perfil del docente dinamizador exige:
1- Liderazgo y capacidad para dirigir proyectos y coordinar actividades con otros
actores y organizaciones,
2 Condiciones para desempeñarse como referente modélico en prácticas de
enseñanza mediadas por las TIC en el aula , promover instancias de reflexión con el
docente en el área de las tecnologías en entrevistas, reuniones y salas docentes
en clave prospectiva.
3-Promover la circulación de experiencias desde una perspectiva dialógica con los
docentes en clave de formación en el centro.
4- Formación actualizada en el conocimiento didáctico y disciplinar del Programa de
2. Educación Inicial y Primaria. -
5- Dominio de la propuesta dirigida a las escuelas que integran la Red Global de
Aprendizaje con la finalidad de acompañar a los colectivos en territorio y en instancias
de formación.
6- Actualización en el uso de las TIC, solvencia en el manejo de dispositivos Ceibal,
Tecnologías Móviles y Plataformas Educativas, y fundamentalmente su integración a
los procesos de enseñanza y aprendizaje.
7- Capacidad de participación activa en instancias con colectivos en distintos espacios
(escuelas, comunidades, distritos, agrupamientos rurales, Inspección Departamental)
en coordinación con las jerarquías que correspondan en cada caso.
8- Participación en las salas docentes con intervenciones directas o indirectas mediante
el apoyo a docentes y supervisores de primer y segundo orden que abordan la
integración de tecnologías con sentido pedagógico en dicho ámbito.
Propósito:
Contribuir a la integración educativa de las tecnologías en la jurisdicción con aportes en
las diferentes líneas de acción promovidas por el CEIP-DTEC. Promover la integración
de TIC a las propuestas áulicas con énfasis en lo pedagógico-didáctico mediante la
planificación de intervenciones directas en coordinación con el docente.
Funciones:
• Planificar acciones que contribuyan a mejorar el uso educativo de las tecnologías de
acuerdo a lo que determine el Departamento de Tecnología Educativa y Ceibal
(jornadas, cursos, instancias de trabajo presenciales o a distancia).
3. • Atender las necesidades de formación en servicio en su área de influencia de acuerdo
a los diagnósticos de que se disponga y participar en la elaboración de un plan de
acciones que contribuya a atenderlas.
• Coordinar y organizar los cursos de formación con énfasis en la tecnología que se
realicen a nivel departamental bajo la orientación y supervisión del Departamento de
Tecnología Educativa y Ceibal.
• Coordinar con distintos agentes a nivel departamental o nacional.
• Coordinar acciones con el Director del Centro de Tecnología Educativa y Ceibal y el
cuerpo Inspectivo, Inspector Referente Ceibal y los diferentes componentes de los
equipos pedagógicos de las Inspecciones Departamentales.
• Promover ámbitos de reflexión y sensibilización en el uso pedagógico de los medios
audiovisuales a los docentes.
• Contribuir a la formación en servicio de los docentes de la Jurisdicción acorde a las
orientaciones del Departamento de Tecnología Educativa y Ceibal, acorde a su
contexto.
• Generar registros que permitan reflexionar sobre las intervenciones
realizadas,(bitácoras, narrativas digitales, portfolios, etc)
Art. 3°- Podrán presentarse al llamado, los Maestros que reúnan los siguientes
requisitos:
- Poseer efectividad o concurso con derecho a efectividad para el cargo de Maestro.
4. - Estar en desempeño en el cargo de Maestro en el organismo.
- Computar como mínimo 4 años de docencia directa a febrero de 2020.
- Registrar una calificación promedial en Aptitud Docente superior a 81 en el último
bienio calificado.
- Registrar un bienio calificado con puntaje mínimo de 18,50 en Actividad Computada .
Art. 4°. Las inscripciones para el presente llamado se recepcionarán en las
Inspecciones Departamentales de todo el país.
Art. 5°. Los aspirantes deberán presentar al momento de la inscripción, la siguiente
documentación:
• Cédula de identidad.
• .Foja de Servicios actualizada y avalada por la autoridad competente.
• Documentación probatoria de los requisitos exigidos en el artículo 3o de las presentes
Bases. Carpeta de Méritos debidamente documentados, foliados y ordenados de
acuerdo a los criterios establecidos en las presentes bases y precedidos del índice
respectivo. En el momento de la inscripción, el aspirante deberá presentar los
originales de toda la documentación a fin de que la oficina autentique (sello y firma) la
misma.
. Presentación de propuesta: Secuencia didáctica focalizada en un contenido
curricular, a nivel de un grado, en la que se aprecie la integración de tecnología con
énfasis en lo pedagógico con la correspondiente fundamentación teórica. El trabajo se
presentará identificado con un seudónimo. El nombre del docente se colocará en un
sobre cerrado que deberá ser identificado con el seudónimo en el exterior del mismo.
Voto en sobre cerrado de un delegado para cada tribunal que se haya desempeñado
en el cargo de dinamizador o que revista cargo de Director o Inspector (2 votos).
5. CAPÍTULO II – PROCEDIMIENTO DE VALORACIÓN
Art. 6°. El procedimiento de valoración constará de tres instancias:
1) Evaluación de los Méritos presentados por los aspirantes. Los mismos deberán ser
ordenados de acuerdo al Capítulo IV y precedidos de un sumario. El incumplimiento de
este requisito motivará la no evaluación de la carpeta.
Puntaje máximo: 100 puntos
2) Secuencia didáctica solicitada en el Artículo 5°.
Puntaje máximo: 100 puntos
6.3.- Entrevista personal que se realizará en cada jurisdicción departamental ,
consistente en la argumentación sobre las decisiones tomadas en la propuesta de
intervención presentada y dar respuesta a preguntas formuladas por el tribunal.
Tiempo de la entrevista: Mínimo: 15 minutos; Máximo: 30 minutos
Puntaje máximo: 70 puntos
El puntaje total correspondiente al llamado es de 270 puntos.
6. CAPÍTULO III – TRIBUNALES
Art.7° . -El Tribunal que valorará la propuesta escrita y los méritos de este llamado,
actuará a nivel de cada Jurisdicción Departamental y estará integrado preferentemente
por el Director de Centro de Tecnología además del Inspector de Zona Referente
Ceibal y el delegado pudiendo ser, cuando hubiera implicancia un Maestro Director de
Escuela de Red Global, debiendo preverse los suplentes respectivos. Podrá ser
delegado un maestro, director, inspector efectivo con antecedentes y/o formación
relacionados a la función a proveer.
El tribunal que realizará la entrevista estará conformado por el Inspector Departamental
o quien delegue, el Inspector de Zona Referente de Ceibal y un Delegado de los ,
aspirantes.
CAPÍTULO IV – MÉRITOS
La carpeta de méritos irá precedida por los documentos solicitados en el Art. 5°.
Art. 8. - Se considerarán Méritos a efectos de su ponderación:
8.1. - Otros títulos docentes o universitarios vinculados con la educación, otorgados por
instituciones Públicas o reconocidas por el Ministerio de Educación y Cultura
(Profesorados, Licenciaturas, Especializaciones, Diplomas, Maestrías, o Doctorados)
MÁXIMO 20 PUNTOS
8.2.- Estudios universitarios o de posgrado incompletos con un mínimo de aprobación
del 50% de las asignaturas previstas en el plan correspondiente.
7. MÁXIMO 5 PUNTOS
8.3.- Realización de cursos presenciales y/o a distancia organizados por la ANEP, con
evaluación vinculados al llamado mínimo de 200 horas.
MÁXIMO 15 PUNTOS.
8.4.- Realización de cursos presenciales y/o a distancia organizados por la ANEP, con
evaluación vinculados al llamado
8.4.1 - mínimo de 100 horas.
8.4.2 - menos de 100 horas.
MÁXIMO 10 PUNTOS
8.5.- Otros cursos presenciales y/o a distancia organizados fuera de la ANEP
realizados por el aspirante en el ámbito de la educación pública y/o privada
relacionados con el cargo a proveer.
8.5.1 - mínimo de 100 horas
8.5.2 - menos de 100 horas.
MÁXIMO 10 PUNTOS
8.6.- Publicaciones, becas y/o trabajos de investigación que no formen parte de cursos
8. o posgrados o requisitos para la obtención del título.
MÁXIMO 15 PUNTOS
8.7.- Participación como ponente u organizador en congresos, seminarios y otros
eventos, relacionados con el objeto del llamado.
MÁXIMO 15 PUNTOS
8.8.- Antecedentes calificados en el cargo a ocupar. Para la ponderación de este item
se atenderá:
Última calificación en aptitud docente en funciones relacionadas con el cargo a proveer:
como maestro coordinador de CTEC, maestro dinamizador, maestro de informática,
Maestro de Apoyo Ceibal (por coeficiente 0,1).
En caso de docentes sin aptitud docente en las funciones mencionadas se tomará en
cuenta la última calificación docente (por coeficiente 0,05)
MÁXIMO 10 PUNTOS
Total 100 puntos
Art. 10°. DEMÉRITOS.
Sumarios con fallos negativos al sumariado o que implicaron sanción. Se podrán
9. descontar hasta 20 puntos
- 6 meses de suspensión con pérdida total de haberes: 20 puntos - 6 meses de
suspensión con pérdida de medio sueldo: 15 puntos - 3 meses con retención de
haberes: 10 puntos - 1 mes con retención de haberes y otros: 5 puntos
Observaciones o amonestaciones: hasta 5 puntos De no existir deméritos, se deberá
presentar constancia
PUNTAJE TOTAL DE DEMÉRITOS: 50 PUNTOS.
CAPÍTULO V – DERECHOS DE LOS DOCENTES
Art. 11°. Del puntaje final: Serán sumados los méritos del aspirante si este alcanzare el
40% -o más- del puntaje total otorgado en la oposición, quedando habilitados para
elegir.
Art. 12°. La lista de aspirantes ordenados mantendrá validez hasta un nuevo llamado.
Art. 13°. Los derechos emergentes del presente llamado serán de aplicación a los
cargos existentes y a los que fuesen creados.
Art. 14°. Si en el próximo trienio se crearan funciones destinadas a promover la
integración educativa de las tecnologias, las mismas serán ofrecidas a los aspirantes
que hayan generado derecho en el presente llamado.
10. CRONOGRAMA:
Queda a cargo de las Inspecciones Departamentales establecer los períodos
correspondientes a: publicación del presente llamado, Inscripciones, Actuación de
Tribunales, Publicaciones de Listas y Elecciones de Cargos de acuerdo a los plazos
reglamentarios.
Montevideo, 23 de abril de 2020
Departamento de Tecnología Educativa y Ceibal
Coordinación Nacional de CTEC