Presentación del proyecto sobre 'Acoso sexual a menores a través de internet' realizado para la asignatura Uso y aplicación de las TIC del Grado de Derecho de la UOC.
2. OBJETIVOS
Qué se entiende por “Grooming”
Conocer la tipificación del “Grooming”
La similitud con otros delitos que utilizan el mismo medio
Identificar las consecuencias tanto para el acosador como para el acosado
Cómo se puede prevenir este tipo de delito
Comprender a través de noticias y jurisprudencia más sobre éste delito en la realidad
3. ¿QUÉ ES EL GROOMING?
Delito que consiste en
la preparación de un
menor con la finalidad
de llevar a cabo actos
sexuales
A través de
Internet
OTROS DELITOS,
MISMO MEDIO
Ciberbullying
Sexting
Ciberacoso
Ley Orgánica 5/2010, de 22 de
junio, de la Reforma del Código
Penal
ART.183 ter
¿Dónde se
tipifica?
¿Edad? Menores de
16 años
EUROPA DIRECTIVA
EUROPEA de octubre 2011
Utilización de:
Engaño
Manipulación
Chantaje
Anonimato
Desconocimiento
Confianza
4. CONSECUENCIAS DEL
GROOMING
Para el acosador Para el acosado
DAÑOS PSICOLÓGICOS: depresión
infantil, baja autoestima, desconfianza,
bajo rendimiento académico,
aislamiento…
DAÑOS FÍSICOS: heridas, lesiones,
traumatismos, suicidio…
DAÑOS A NIVEL FAMILIAR:
empeoramiento de la comunicación y
de las relaciones, chantaje...
Pena de 1 a 3 años de
prisión
Multa de doce a veinticuatro
meses
5. Prevención
Dirigido a los menores Dirigido a los padres Dirigido a la
Comunidad Educativa
Rechazar conductas
sexuales
Usar perfiles privados
No confiar en la identidad
del usuario
No ceder ante chantajes
No mostrar información
de tipo personal
Mantener una
comunicación sobre
Internet con los menores
Observar la actitud del
menor ante la redes
sociales
Restringir el uso y controlar
los sitios a los que pueden
acceder
Establecer charlas sobre el
peligro de Internet
Poner a disposición de los
menores y de los padres de
ayuda en posibles casos
Realizar charlas a los
padres para que conozcan
la forma de prevenir y
actuar ante un delito de
este tipo
6. Parasabermássobreel
grooming
Tribunal Supremo (Sala de lo Penal). Sentencia núm. 527/2015 de 22
de septiembre.
Tribunal Supremo (Sala de lo Penal). Sentencia núm. 301/2016 de 12
de abril.
Casos de conversaciones en redes de contenido sexual
http://elpais.com/diario/2007/11/25/eps/1195975611_850215.html
Detención por acoso a través de redes a menores de edad
http://www.elmundo.es/espana/2014/01/05/52c9297d22601dfd0a8b45
6b.html
Detenido por Grooming http://www.abc.es/espana/20140822/abci-
policia-nacional-acoso-grooming-201408221117.html
7. CONCLUSIONES Delito que utiliza el engaño a través de redes para conseguir un
encuentro sexual con menores de 16 años
La complejidad para poder identificar al acosador, cuyas consecuencias
varían desde la cárcel hasta multa, que se esconde tras un usuario es
difícil, impidiendo en ocasiones que se pueda identificar al acosador
Graves consecuencias para la víctima en el aspecto psicológico, aunque
también cabe el físico.
La prevención como vital importancia para evitar casos de “Grooming”
La repercusión mediática y la jurisprudencia es escasa, aunque poco a
poco va aumentando