CULTURA EN LA NEGOCIACIÓN CONCEPTOS Y DEFINICIONES
Contrato de corretaje_oscar_e._ramirez
1. CONTRATO DE CORRETAJE LAUDES CONTO
INMOBILIARIA E.U.
Entre los suscritos OSCAR EMILIO RAMÍREZ AGUDELO con cedula de ciudadanía Nro. 11.787.969 expedida en Quibdó quien en
el presente contrato se denominará EL PROPIETARIO y LAUDES CONTO INMOBILIARIA E.U. con Nit 8180001951-1 quien el
texto del presente contrato se denominará LA EMPRESA, se suscribe el presente CONTRATO DE CORRETAJE para efectuar la
venta del siguiente inmueble ubicado en la carrera 7ma Nº 8 – 04 Bario Niño Jesús del Municipio de Quibdò, folio de matricula
inmobiliaria Nro._________________ y catastral Nro._______________ sujeto a las siguientes condiciones:
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: - La empresa anunciará y mostrará el inmueble para la venta en la forma y oportunidades que
considere necesarias y realizará los actos y diligencias conducentes a concretar el negocio de acuerdo con las normas del Código de
Comercio y de la Lonja de Propiedad Raíz del Chocó. Se compromete a realizar los trámites para formalizar la venta, tales como
promoción del inmueble, elaboración de promesa y minuta de venta y gestión ante las entidades financieras para subrogación o
consecución de crédito.
LA EMPRESA no se responsabiliza por daños o robos que pueda sufrir el inmueble estando ocupado o desocupado durante la
vigencia del contrato.
PRECIO: El precio del inmueble se fija en la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($ 350.000.000)
precio que podrá ser modificado por EL PROPIETARIO con base en las ofertas que se le presente a la EMPRESA; cuyo valor será
consignado a nombre del señor propietario o a quien el designe.
HONORARIOS: Si la EMPRESA directamente encontrare un adquiriente para el inmueble, EL PROPIETARIO pagará a la
EMPRESA como honorarios a la firma de la escritura, si no hubiese promesa de compraventa, el tres por ciento (3%) del valor de la
negociación total del inmueble mas iva.
El propietario o un tercero podrá realizar directamente la labor de venta y/o permuta del inmueble arriba señalado, excluyendo la
cancelación de la comisión sobre la venta del mismo, siempre y cuando el comprador no sea un cliente presentado por la EMPRESA.
TERMINO: - La duración de este contrato es de UN ( 1) AÑO contado a partir de la firma, prorrogable por mutuo acuerdo entre las
partes.
SERVICIOS PUBLICOS:- LA EMPRESA no responderá por la cancelación de los servicios públicos del inmueble consignado.
MERITO EJECUTIVO:- Los honorarios aquí pactados tienen el carácter de obligación clara, expresa y exigible a cargo del
PROPIETARIO.
AUTORIZACIÓN:- La EMPRESA también tendrá derecho al pago de honorarios pactados en este contrato si EL PROPIETARIO
negocia el inmueble con un adquiriente que lo hubiere conocido por medio de LA EMPRESA durante los cinco (5) días siguientes de
haberse vencido el contrato o sus prorrogas.
PUBLICIDAD: - EL PROPIETARIO canceló las sumas que por concepto de publicidad se requieran en el periódico.
Para constancia se firma en QUIBDO a los Treinta (30) días del mes de Octubre del año 2009.
___________________________________ ________________________________
EL PROPIETARIO LA EMPRESA
OSCAR EMILIO RAMÍREZ AGUDELO LAUDES CONTO INMOBILIARIA
CC.11.787.969 QUIBDO NIT: 818001951-1
Dirección oficina: Calle 26 Nº 9-02 Quibdó
Telefonos: 6712-638 – 6723-977
Cels. 315-8163003 – 312-6184054