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GESTION DE BIENES E
INVENTARIOS
ALMACEN Y RECURSOS FISICOS
ANTECEDENTES
Antes de la Constitución del 1991:
El modelo de Control Fiscal ejercido y aplicado por la Contraloría General
de la República-CGR era:
Previo
Perceptivo
Posterior – EICE
CGR – Administración de Bienes estableció la

1960,

Resolución 04 de

mediante el cual se implementó los procedimientos para Altas,

Bajas, Traspasos, entre otros, y el

Inventarios-IUI.

Índice Universal de
ANTECEDENTES

A partir del 5 de julio de
Constitución del 1991:
El modelo de Control Fiscal ejercido
y aplicado por la Contraloría
General
de
la
República-CGR
cambio por:

Artículos 267 y
subsiguientes
Constitución de
1991.

Posterior
Selectivo
Advertencia

Artículo 209 y 269
establecen el
Control Interno Autorregulación
ANTECEDENTES

Las Entidades Públicas deben
establecer
respecto
a
la
Administración de sus Bienes, los
procedimientos,
manuales
y
controles. (Derogatoria Tácita de la
Resolución 04 de 1960 - CGR)

Ley 87 de 1993:
Artículo 2. Objeto de la Ley
Literales a), c) y

e)
MARCO JURÍDICO
•Ley 42 de 1993.
•Ley 87 de 1993
•Ley 80 del 1993, Ley 1150 de 2007 y sus decretos
reglamentarios.
•Decreto 4444 del 2008
•Ley 610 de 2000
•Ley 734 del 2000 - Código Disciplinario Único.
•Decreto 1737 de 1998
•Decreto 2445 de 2000 – Asignación vehículos oficiales
•Decreto 2324 – Programa computadores para educar
•Resolución 354/2007 - Régimen de Contabilidad Pública.
•Constitución Política de Colombia
•Circular conjunta sin número de diciembre del 2003, de la
Contraloría General de la República y la Procuraduría General de
Nación
MARCO JURÍDICO
CÓDIGOS
Código civil. Libro segundo- de los bienes y de su dominio,
posesión, uso y goce.
DECRETOS
1599 DE 2005 “Por el cual se adopta el Modelo Estándar
de Control Interno para el Estado Colombiano”

INSTRUCTIVOS
Instructivo CGN: Instrucciones para el reconocimiento y
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CLASIFICACIÓN
LOS BIENES FISCALES DENTRO DE LA
AGRUPACION GENERAL DE LOS BIENES.
BIENES
El Estado, como todas las personas en particular, puede
ser titular de derecho, cuyo dominio le pertenece a la
República y el uso lo disfrutan los particulares. Estos
bienes se clasifican en:
CLASIFICACIÓN
LOS BIENES FISCALES DENTRO DE LA AGRUPACION GENERAL DE LOS BIENES.

1. Bienes de dominio público:
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2. Bienes fiscales:
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3. Bienes culturales y ecológicos.
1. Bienes de dominio público
Son aquellos bienes cuyo dominio le pertenecen a la
Nación o departamento, pero su aprovechamiento de
uso y goce lo disfrutan los habitantes de un territorio.
Estos se clasifican de acuerdo a su destinación
jurídica, como son: las calles, puentes, plazas, caminos
etc.
Y a su naturaleza: los ríos,
lagunas
ciénagas, pantanos, costas de mar y todas aquellas
aguas que corren por cause natural, con excepción de
las vertientes que nacen y mueren dentro de una
misma heredad que le pertenecen al dueño del predio
1. Bienes de dominio público
No son del Estado aquellos caminos o puentes que son
construidos por particulares en tierras que les
pertenecen, aun cuando el dueño permita el uso a los
habitantes de un determinado territorio , pero las obras
hechas por los particulares en terrenos de Estado, con
el respectivo permiso, tendrán el uso y goce de la obra ;
pero la propiedad del suelo seguirá siendo del Estado.
Todos los bienes del estado de uso público son:

•
•
•

Inalienables.
Imprescriptibles.
Inembargables.
2. Bienes Fiscales
Son aquellos bienes que conforman el patrimonio
disponible del Estado por medio de sus entes territoriales
y su uso no pertenece generalmente a los habitantes sino
que por consiguiente son del dominio privado del Estado.
Respecto de las rentas y recursos como bienes fiscales
incorporados en el presupuesto general de la Nación son
inembargables.
Son también bienes fiscales aquellos bienes de los
particulares que por no tener herederos llamados por la
ley a recoger la herencia pasarán al Instituto Colombiano
de Bienestar Familiar según la ley 153 de 1887, articulo
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2. Bienes Fiscales
De acuerdo con la legislación moderna los bienes fiscales se
clasifican en:
Bienes fiscales propiamente dichos: son aquellos bienes que
poseen la Nación, los departamentos y los municipios como
personas de derecho privado, sometidos al derecho común,
como son los inmuebles de las oficinas públicas y los
muebles constituidos en vehículos y demás enseres que
pueden ser rematados vendidos mediante subasta pública.
2. Bienes Fiscales

Bienes fiscales adjudicables: Son aquellos que están
destinados por el Estado para ser adjudicados a los
particulares, como los terrenos baldíos y otros que
solamente el Estado les da el uso de explotación
según el lleno de los requisitos legales para que sean
explotados durante un determinado tiempo como
son
las
sustancias
minerales
(oro, plata, zinc, hierro, etc.) que se rigen por el
Código de Minas y los hidrocarburos que son
regulados por la ley 20 de 1969.
3. Bienes culturales y ecológicos

Es otra clase de bienes del Estado que tiene que ver con
la explotación y conservación de las riquezas ecológicas
y culturales como son los parques naturales, obras
artísticas, y objetos históricos que comenzaron
ampliamente a desarrollarse de acuerdo con las
normas, sobre la defensa y conservación del patrimonio
histórico.

Las normas también confiere al ejecutivo la facultad de
legislar sobre los recursos naturales renovables.
3. Bienes culturales y ecológicos
La única situación en que se colocan los Bienes
Fiscales en posición de uso público, es cuando se
les ha dado una afectación o destinación de
interés público-colectivo, donde el uso es para
todos los habitantes de un territorio, adquiriendo
por lo tanto la calidad o carácter de Bien de Uso
Público, a pesar de estar bajo el dominio o formar
parte del patrimonio de una entidad pública
determinada, como por ejemplo, declarar al bien
inmueble monumento nacional, o destinarlo a
obra de interés público.
CLASIFICACIÓN CONTABLE DE LOS BIENES FISCALES

El Contador General, al tenor de lo contemplado en
el artículo 354 de la Constitución Política y Ley 298
de 1996, debe determinar las normas contables para
el sector público colombiano.
La clasificación contable de los bienes está asociada a
la establecida en el Régimen Contabilidad Pública
adoptado por la Contaduría General de la Nación, en
donde se contemplan las diferentes cuentas
susceptibles de ser utilizadas para el registro de las
diferentes transacciones.
CLASIFICACIÓN CONTABLE DE LOS BIENES FISCALES

16
1605
1610
1612
1615
1620
1625
1635
1636
1637
1640

PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO
TERRENOS
SEMOVIENTES
PLANTACIONES AGRÍCOLAS
CONSTRUCCIONES EN CURSO
MAQUINARIA, PLANTA Y EQUIPO EN MONTAJE
PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO EN TRÁNSITO
BIENES MUEBLES EN BODEGA
PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO EN
MANTENIMIENTO
PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO NO
EXPLOTADOS
EDIFICACIONES
CLASIFICACIÓN CONTABLE DE LOS BIENES FISCALES

16
1650
1655
1660
1665
1670
1675
1680
1682

PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO
REDES, LÍNEAS Y CABLES
MAQUINARIA Y EQUIPO
EQUIPO MÉDICO Y CIENTÍFICO
MUEBLES, ENSERES Y EQUIPO DE OFICINA
EQUIPOS DE COMUNICACIÓN Y COMPUTACIÓN
EQUIPOS DE TRANSPORTE, TRACCIÓN Y ELEVACIÓN
EQUIPOS DE COMEDOR, COCINA, DESPENSA Y
HOTELERÍA
PROPIEDADES DE INVERSIÓN
CLASIFICACIÓN CONTABLE DE LOS BIENES FISCALES

18
RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES
1820 RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES
1825 AGOTAMIENTO ACUMULADO DE RECURSOS
RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN (CR)
1840 INVERSIONES EN RECURSOS NATURALES
EN EXPLOTACIÓN

EN EXPLOTACIÓN
NATURALES NO
NO RENOVABLES
CLASIFICACIÓN CONTABLE DE LOS BIENES FISCALES

19
1905
1910
1915
1920
1930
1940
1941
1960

OTROS ACTIVOS
BIENES Y SERVICIOS PAGADOS POR
ANTICIPADO
CARGOS DIFERIDOS
OBRAS Y MEJORAS EN PROPIEDAD AJENA
BIENES ENTREGADOS A TERCEROS
BIENES RECIBIDOS EN DACIÓN DE PAGO
ACTIVOS ADQUIRIDOS DE INSTITUCIONES
INSCRITAS
BIENES ADQUIRIDOS EN LEASING
FINANCIERO
BIENES DE ARTE Y CULTURA
CLASIFICACIÓN CONTABLE DE LOS BIENES FISCALES

CUENTAS DE ORDEN
8130
8301
8303
8306
8315
8317
8344
8347
8362

BIENES APREHENDIDOS O INCAUTADOS
BIENES Y DERECHOS ENTREGADOS EN
GARANTÍA
CONTRATOS DE LEASING OPERATIVO
BIENES ENTREGADOS EN CUSTODIA
ACTIVOS RETIRADOS
BIENES ENTREGADOS EN EXPLOTACIÓN
BIENES Y DERECHOS TITULARIZADOS
BIENES ENTREGADOS A TERCEROS
DERECHOS DE EXPLOTACIÓN O PRODUCCIÓN
CLASIFICACIÓN CONTABLE DE LOS BIENES FISCALES

CUENTAS DE ORDEN

93
9303
9306
9317
9325

ACREEDORAS DE CONTROL
CONTRATOS DE LEASING OPERATIVO
BIENES RECIBIDOS EN CUSTODIA
BIENES RECIBIDOS EN EXPLOTACIÓN
BIENES APREHENDIDOS O
INCAUTADOS
9346 BIENES RECIBIDOS DE TERCEROS
ASPECTOS GENERALES RELACIONADOS CON LA ADMINISTRACION
DE LOS BIENES FISCALES.

1.
2.
3.
4.
5.

SEGURO DE BIENES
IDENTIFICACION DE LOS BIENES
RESPONSABILIDAD DE LOS BIENES A CARGO.
TOMA FÍSICA DE BIENES.
CONCILIACIÓN DE INFORMACIÓN RELATIVA A
LOS BIENES.
6. ADMINISTRACIÓN DE ARCHIVOS Y BASES DE
DATOS
7. PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO NO
EXPLOTADOS
8. ENTREGA DE ALMACENES.
ASPECTOS GENERALES RELACIONADOS CON LA ADQUISICIÓN DE
BIENES
Compra de bienes muebles.
2. Compra por caja menor.
3. Compra de bienes inmuebles.
4. Producción o construcción.
5. Donación.
6. Aprovechamientos.
7. Sobrantes.
8. Recuperaciones.
9. Reposiciones.
10. Nacimiento de semovientes.
11. Ingresos de bienes por comodato o préstamo.
12. Arrendamientos.
13. Leasing
1.
ASPECTOS GENERALES RELACIONADOS CON LA ADQUISICIÓN DE
BIENES

14. Bienes aprehendidos o incautados.

15. Pagos en especie por sentencia judicial.
16. Titulación de bienes (bienes vacantes y mostrencos).
17. Bienes recibidos en dación de pago.
18. Bienes recibidos en garantía
19. Bienes pendientes de legalizar
20. Traslado de bienes entre entidades contables públicas.
21. Bienes recibidos de uso permanente sin contraprestacion.
22. Restitución de los bienes de uso permanente sin
contraprestación.
23. Compra con financiamiento.
ASPECTOS GENERALES RELACIONADOS CON EL RETIRO DE BIENES

1. VENTA.
2. BAJA DE BIENES.
3. DONACIÓN.
4. RETIRO DE SEMOVIENTES.
5. COMODATO.
6. PERMUTA.
7. DACIÓN EN PAGO.
8. DEVOLUCIÓN DE BIENES POR SENTENCIA JUDICIAL.
9. BIENES ENTREGADOS EN CUSTODIA.
10.TRASLADO DE BIENES ENTRE ENTIDADES CONTABLES PÚBLICAS.
11. BIENES DE USO PERMANENTE SIN CONTRARESTACION.
12. RESTITUCIÓN DE LOS BIENES DE USO PERMANTE SIN
CONTRAPRESTACION.
LOS BIENES DEL ESTADO A TRAVÉS DE LA
CONTABILIDAD PÚBLICA
EN LA ENTIDAD
LA CONTABILIDAD PÚBLICA
EN LA ENTIDAD
PERMITE

Registrar, revelar, conservar e interpretar la
información financiera, económica y social
facilitando la toma de decisiones y
garantizando el manejo ordenado de sus
bienes, derechos, obligaciones y recursos
en general. (Literal l, Artículo 4, Ley 298-96)

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  • 3. ANTECEDENTES A partir del 5 de julio de Constitución del 1991: El modelo de Control Fiscal ejercido y aplicado por la Contraloría General de la República-CGR cambio por: Artículos 267 y subsiguientes Constitución de 1991. Posterior Selectivo Advertencia Artículo 209 y 269 establecen el Control Interno Autorregulación
  • 4. ANTECEDENTES Las Entidades Públicas deben establecer respecto a la Administración de sus Bienes, los procedimientos, manuales y controles. (Derogatoria Tácita de la Resolución 04 de 1960 - CGR) Ley 87 de 1993: Artículo 2. Objeto de la Ley Literales a), c) y e)
  • 5. MARCO JURÍDICO •Ley 42 de 1993. •Ley 87 de 1993 •Ley 80 del 1993, Ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios. •Decreto 4444 del 2008 •Ley 610 de 2000 •Ley 734 del 2000 - Código Disciplinario Único. •Decreto 1737 de 1998 •Decreto 2445 de 2000 – Asignación vehículos oficiales •Decreto 2324 – Programa computadores para educar •Resolución 354/2007 - Régimen de Contabilidad Pública. •Constitución Política de Colombia •Circular conjunta sin número de diciembre del 2003, de la Contraloría General de la República y la Procuraduría General de Nación
  • 6. MARCO JURÍDICO CÓDIGOS Código civil. Libro segundo- de los bienes y de su dominio, posesión, uso y goce. DECRETOS 1599 DE 2005 “Por el cual se adopta el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano” INSTRUCTIVOS Instructivo CGN: Instrucciones para el reconocimiento y revelación contable de los activos de menor cuantía
  • 7. CLASIFICACIÓN LOS BIENES FISCALES DENTRO DE LA AGRUPACION GENERAL DE LOS BIENES. BIENES El Estado, como todas las personas en particular, puede ser titular de derecho, cuyo dominio le pertenece a la República y el uso lo disfrutan los particulares. Estos bienes se clasifican en:
  • 8. CLASIFICACIÓN LOS BIENES FISCALES DENTRO DE LA AGRUPACION GENERAL DE LOS BIENES. 1. Bienes de dominio público: Fluvial Terrestre Aéreo 2. Bienes fiscales: Propiamente dichos Adjudicables 3. Bienes culturales y ecológicos.
  • 9. 1. Bienes de dominio público Son aquellos bienes cuyo dominio le pertenecen a la Nación o departamento, pero su aprovechamiento de uso y goce lo disfrutan los habitantes de un territorio. Estos se clasifican de acuerdo a su destinación jurídica, como son: las calles, puentes, plazas, caminos etc. Y a su naturaleza: los ríos, lagunas ciénagas, pantanos, costas de mar y todas aquellas aguas que corren por cause natural, con excepción de las vertientes que nacen y mueren dentro de una misma heredad que le pertenecen al dueño del predio
  • 10. 1. Bienes de dominio público No son del Estado aquellos caminos o puentes que son construidos por particulares en tierras que les pertenecen, aun cuando el dueño permita el uso a los habitantes de un determinado territorio , pero las obras hechas por los particulares en terrenos de Estado, con el respectivo permiso, tendrán el uso y goce de la obra ; pero la propiedad del suelo seguirá siendo del Estado. Todos los bienes del estado de uso público son: • • • Inalienables. Imprescriptibles. Inembargables.
  • 11. 2. Bienes Fiscales Son aquellos bienes que conforman el patrimonio disponible del Estado por medio de sus entes territoriales y su uso no pertenece generalmente a los habitantes sino que por consiguiente son del dominio privado del Estado. Respecto de las rentas y recursos como bienes fiscales incorporados en el presupuesto general de la Nación son inembargables. Son también bienes fiscales aquellos bienes de los particulares que por no tener herederos llamados por la ley a recoger la herencia pasarán al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar según la ley 153 de 1887, articulo 85.
  • 12. 2. Bienes Fiscales De acuerdo con la legislación moderna los bienes fiscales se clasifican en: Bienes fiscales propiamente dichos: son aquellos bienes que poseen la Nación, los departamentos y los municipios como personas de derecho privado, sometidos al derecho común, como son los inmuebles de las oficinas públicas y los muebles constituidos en vehículos y demás enseres que pueden ser rematados vendidos mediante subasta pública.
  • 13. 2. Bienes Fiscales Bienes fiscales adjudicables: Son aquellos que están destinados por el Estado para ser adjudicados a los particulares, como los terrenos baldíos y otros que solamente el Estado les da el uso de explotación según el lleno de los requisitos legales para que sean explotados durante un determinado tiempo como son las sustancias minerales (oro, plata, zinc, hierro, etc.) que se rigen por el Código de Minas y los hidrocarburos que son regulados por la ley 20 de 1969.
  • 14. 3. Bienes culturales y ecológicos Es otra clase de bienes del Estado que tiene que ver con la explotación y conservación de las riquezas ecológicas y culturales como son los parques naturales, obras artísticas, y objetos históricos que comenzaron ampliamente a desarrollarse de acuerdo con las normas, sobre la defensa y conservación del patrimonio histórico. Las normas también confiere al ejecutivo la facultad de legislar sobre los recursos naturales renovables.
  • 15. 3. Bienes culturales y ecológicos La única situación en que se colocan los Bienes Fiscales en posición de uso público, es cuando se les ha dado una afectación o destinación de interés público-colectivo, donde el uso es para todos los habitantes de un territorio, adquiriendo por lo tanto la calidad o carácter de Bien de Uso Público, a pesar de estar bajo el dominio o formar parte del patrimonio de una entidad pública determinada, como por ejemplo, declarar al bien inmueble monumento nacional, o destinarlo a obra de interés público.
  • 16. CLASIFICACIÓN CONTABLE DE LOS BIENES FISCALES El Contador General, al tenor de lo contemplado en el artículo 354 de la Constitución Política y Ley 298 de 1996, debe determinar las normas contables para el sector público colombiano. La clasificación contable de los bienes está asociada a la establecida en el Régimen Contabilidad Pública adoptado por la Contaduría General de la Nación, en donde se contemplan las diferentes cuentas susceptibles de ser utilizadas para el registro de las diferentes transacciones.
  • 17. CLASIFICACIÓN CONTABLE DE LOS BIENES FISCALES 16 1605 1610 1612 1615 1620 1625 1635 1636 1637 1640 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO TERRENOS SEMOVIENTES PLANTACIONES AGRÍCOLAS CONSTRUCCIONES EN CURSO MAQUINARIA, PLANTA Y EQUIPO EN MONTAJE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO EN TRÁNSITO BIENES MUEBLES EN BODEGA PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO EN MANTENIMIENTO PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO NO EXPLOTADOS EDIFICACIONES
  • 18. CLASIFICACIÓN CONTABLE DE LOS BIENES FISCALES 16 1650 1655 1660 1665 1670 1675 1680 1682 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO REDES, LÍNEAS Y CABLES MAQUINARIA Y EQUIPO EQUIPO MÉDICO Y CIENTÍFICO MUEBLES, ENSERES Y EQUIPO DE OFICINA EQUIPOS DE COMUNICACIÓN Y COMPUTACIÓN EQUIPOS DE TRANSPORTE, TRACCIÓN Y ELEVACIÓN EQUIPOS DE COMEDOR, COCINA, DESPENSA Y HOTELERÍA PROPIEDADES DE INVERSIÓN
  • 19. CLASIFICACIÓN CONTABLE DE LOS BIENES FISCALES 18 RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES 1820 RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES 1825 AGOTAMIENTO ACUMULADO DE RECURSOS RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN (CR) 1840 INVERSIONES EN RECURSOS NATURALES EN EXPLOTACIÓN EN EXPLOTACIÓN NATURALES NO NO RENOVABLES
  • 20. CLASIFICACIÓN CONTABLE DE LOS BIENES FISCALES 19 1905 1910 1915 1920 1930 1940 1941 1960 OTROS ACTIVOS BIENES Y SERVICIOS PAGADOS POR ANTICIPADO CARGOS DIFERIDOS OBRAS Y MEJORAS EN PROPIEDAD AJENA BIENES ENTREGADOS A TERCEROS BIENES RECIBIDOS EN DACIÓN DE PAGO ACTIVOS ADQUIRIDOS DE INSTITUCIONES INSCRITAS BIENES ADQUIRIDOS EN LEASING FINANCIERO BIENES DE ARTE Y CULTURA
  • 21. CLASIFICACIÓN CONTABLE DE LOS BIENES FISCALES CUENTAS DE ORDEN 8130 8301 8303 8306 8315 8317 8344 8347 8362 BIENES APREHENDIDOS O INCAUTADOS BIENES Y DERECHOS ENTREGADOS EN GARANTÍA CONTRATOS DE LEASING OPERATIVO BIENES ENTREGADOS EN CUSTODIA ACTIVOS RETIRADOS BIENES ENTREGADOS EN EXPLOTACIÓN BIENES Y DERECHOS TITULARIZADOS BIENES ENTREGADOS A TERCEROS DERECHOS DE EXPLOTACIÓN O PRODUCCIÓN
  • 22. CLASIFICACIÓN CONTABLE DE LOS BIENES FISCALES CUENTAS DE ORDEN 93 9303 9306 9317 9325 ACREEDORAS DE CONTROL CONTRATOS DE LEASING OPERATIVO BIENES RECIBIDOS EN CUSTODIA BIENES RECIBIDOS EN EXPLOTACIÓN BIENES APREHENDIDOS O INCAUTADOS 9346 BIENES RECIBIDOS DE TERCEROS
  • 23. ASPECTOS GENERALES RELACIONADOS CON LA ADMINISTRACION DE LOS BIENES FISCALES. 1. 2. 3. 4. 5. SEGURO DE BIENES IDENTIFICACION DE LOS BIENES RESPONSABILIDAD DE LOS BIENES A CARGO. TOMA FÍSICA DE BIENES. CONCILIACIÓN DE INFORMACIÓN RELATIVA A LOS BIENES. 6. ADMINISTRACIÓN DE ARCHIVOS Y BASES DE DATOS 7. PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO NO EXPLOTADOS 8. ENTREGA DE ALMACENES.
  • 24. ASPECTOS GENERALES RELACIONADOS CON LA ADQUISICIÓN DE BIENES Compra de bienes muebles. 2. Compra por caja menor. 3. Compra de bienes inmuebles. 4. Producción o construcción. 5. Donación. 6. Aprovechamientos. 7. Sobrantes. 8. Recuperaciones. 9. Reposiciones. 10. Nacimiento de semovientes. 11. Ingresos de bienes por comodato o préstamo. 12. Arrendamientos. 13. Leasing 1.
  • 25. ASPECTOS GENERALES RELACIONADOS CON LA ADQUISICIÓN DE BIENES 14. Bienes aprehendidos o incautados. 15. Pagos en especie por sentencia judicial. 16. Titulación de bienes (bienes vacantes y mostrencos). 17. Bienes recibidos en dación de pago. 18. Bienes recibidos en garantía 19. Bienes pendientes de legalizar 20. Traslado de bienes entre entidades contables públicas. 21. Bienes recibidos de uso permanente sin contraprestacion. 22. Restitución de los bienes de uso permanente sin contraprestación. 23. Compra con financiamiento.
  • 26. ASPECTOS GENERALES RELACIONADOS CON EL RETIRO DE BIENES 1. VENTA. 2. BAJA DE BIENES. 3. DONACIÓN. 4. RETIRO DE SEMOVIENTES. 5. COMODATO. 6. PERMUTA. 7. DACIÓN EN PAGO. 8. DEVOLUCIÓN DE BIENES POR SENTENCIA JUDICIAL. 9. BIENES ENTREGADOS EN CUSTODIA. 10.TRASLADO DE BIENES ENTRE ENTIDADES CONTABLES PÚBLICAS. 11. BIENES DE USO PERMANENTE SIN CONTRARESTACION. 12. RESTITUCIÓN DE LOS BIENES DE USO PERMANTE SIN CONTRAPRESTACION.
  • 27. LOS BIENES DEL ESTADO A TRAVÉS DE LA CONTABILIDAD PÚBLICA EN LA ENTIDAD
  • 28. LA CONTABILIDAD PÚBLICA EN LA ENTIDAD PERMITE Registrar, revelar, conservar e interpretar la información financiera, económica y social facilitando la toma de decisiones y garantizando el manejo ordenado de sus bienes, derechos, obligaciones y recursos en general. (Literal l, Artículo 4, Ley 298-96)