NIC 28 establece que una inversión en una entidad asociada, en la que el inversor ejerce influencia significativa, debe ser contabilizada utilizando el método de participación. Esto significa que el inversor reconocerá en su resultado su participación en los resultados de la entidad asociada, realizando ajustes para reflejar cambios en el otro resultado integral de la entidad asociada. El inversor también debe revelar información financiera resumida sobre las entidades asociadas.