La reforma de la Ley electoral está admitida a trámite. Las propuestas hacen especial referencia al voto de los ciudadanos españoles residentes en el exterior.
Encuentro Digital CEXT con el Consejero de Trabajo e Inmigración de la Embaja...
El voto emigrante: propuestas para su modificación
1. EL VOTO EMIGRANTE
El próximo mes de mayo de
2011 se celebran en España
las elecciones municipales,
en las que se prevén 650.000
nuevos electores
(inmigrantes que residen en
España).
Estos ciudadanos podrán
ejercer su derecho al voto
gracias a los convenios
firmados –o por firmar-por el Gobierno con quince países distintos: Colombia, Perú, Argentina,
Ecuador, Bolivia, Chile, Paraguay, Trinidad y Tobago, Uruguay, Venezuela, Burkina Faso, Cabo
Verde, República de Corea, Islandia y Nueva Zelanda. A ellos se suman los que ya disponían de
este derecho, es decir, cualquier estado de la UE o Noruega.
El punto negativo es que este avance no es recíproco en todas partes, ya que existen más de
100 países con los que aún no se ha logrado un pacto que incluya, como bien dicta la
Constitución Española, el derecho de los españoles residentes en estos países a elegir a sus
representantes locales en los lugares donde residan.
Ciudadanos españoles que no pueden votar en el exterior
A pesar de las estrechas relaciones que mantiene España con la mayoría de países
latinoamericanos, muchos de sus gobiernos han denegado un acuerdo para que los españoles
residentes en sus tierras puedan ejercer el derecho a voto, entre los que destacan República
Dominicana, Brasil, México o Marruecos.
Igualmente, a pesar de los convenios que mantiene España con otros países, existen muchas
condiciones. Por ejemplo, en Burkina Fasso, los extranjeros han de estar al día con el fisco
para poder ejercer su derecho a voto; en Uruguay los cinco años de residencia se elevan a 15, y
en Argentina los extranjeros podrán votar o no en función de la provincia en la que residan.
Por su parte, España exige el requisito de haber residido legalmente en el país durante al
menos cinco años para poder votar en las locales, ya que en nuestro país residen actualmente
más de un millón de inmigrantes que contarán con la mayoría de edad (18 años) o más en las
próximas elecciones municipales.
2. Los cambios en el derecho al voto
El pasado 10 de noviembre el Congreso dio luz verde a la reforma global de la ley electoral, un
hecho propuesto por los grupos políticos más destacados del país (PSOE y PP) junto con el
PNV, CiU y BNG. Estas son algunas de las modificaciones que ya están admitidas a trámite:
El acuerdo alcanzado entre los dos partidos mayoritarios introduce la creación de una
demarcación exclusiva para la emigración, que pasará a elegir entre cuatro y cinco
escaños en el Senado.
Se coincide en reservar para las elecciones municipales la participación exclusiva de los
residentes en cada localidad, eliminado así el derecho a voto de los emigrantes en
dichos comicios.
Los emigrantes no podrán participar en las elecciones autonómicas. Sí podrán hacerlo
los residentes ausentes temporalmente por motivos de estudios o trabajo.
Los residentes, como lo han hecho siempre, elegirán la composición del Congreso,
mientras que los emigrantes españoles sólo podrán ejercer su derecho al voto para
escoger a los cuatro o cinco representantes que tendrán en el Senado.
El voto emigrante deberá realizarse en urna en las embajadas y consulados de los
países que tengan un contingente de residentes en el exterior notable.
Posibilidad de que los emigrantes que no cuenten con una mesa electoral cercana
puedan votar por correo en las generales, demandando con tiempo suficiente su
participación. (Este sistema funciona actualmente en las municipales).
Y tú, ¿estás de acuerdo con las propuestas realizadas en torno al voto emigrante?
Si quieres conocer la totalidad de las modificaciones, puedes consultar el
documento completo en nuestras páginas de Slideshare y Scrib.