Este documento trata sobre la evaluación de la educación en Colombia. En la introducción, analiza cómo la Ley 115 de 1994 determina e incide en el desarrollo integral de las personas y los fines de la educación. Luego, examina críticamente el Artículo 76 de la Ley 115 y explica el Decreto 1869 y su relación con las instituciones educativas. Finalmente, contrasta la forma en que el autor fue evaluado en la escuela con lo planteado en el Decreto 1290 sobre evaluación, destacando aspectos positivos y negativos.
1. INVESTIGACIÓN EVALUATIVA
OSCAR ARTURO MOGOLLÓN PINILLA
Profesora
INDIRA SALAS
Practica Diagnostica
UNIVERSIDAD SANTO TOMAS
Barranquilla, Octubre 20, 2012
2. TABLA DE CONTENIDO
INTRODUCCION
I. INCIDENCIAS QUE TIENE EN EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA
PERSONA, LOS FINES DE LA EDUCACIÓN, DADOS EN LA LEY
GENERAL DE EDUCACIÓN. LEY 115.
II. ENSAYO CRÍTICO SOBRE EL ARTÍCULO 76 DE LA LEY 115.
III. EXPLIQUE A QUÉ HACE REFERENCIA EL DECRETO 1869 Y QUÉ
RELACIÓN TIENE CON LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA.
IV. ESCRITO DE LA DIFERENCIA ENTRE LA FORMA CÓMO YO FUI
EVALUADO EN LA ESCUELA Y LO QUE PLANTEA EL DECRETO
1290 DE EVALUACIÓN DESTACANDO LA RELACIÓN CON EL
CONTEXTO, LOS ASPECTOS POSITIVOS Y LOS NEGATIVOS
CONCLUSIÓN
BIBLIOGRAFIA
3. INTRODUCCIÓN
A continuación haremos un análisis crítico de la forma como la ley 115/94
Determina e incide en el desarrollo integral de las personas en los fines educativos
que se dan en la Ley General de Educación. Todas las incidencias que
políticamente han afectado el desarrollo de la educación en Colombia.
4. I. INCIDENCIAS QUE TIENE EN EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA
PERSONA, LOS FINES DE LA EDUCACIÓN, DADOS EN LA LEY
GENERAL DE EDUCACIÓN. LEY 115.
Para formar la ciudadanía en general es un gran desafío para la escuela en
Colombia y para la sociedad en general. El análisis que hacemos a continuación
en este ensayo nos permite ver un acercamiento a como el poder político a
influenciado a la educación en Colombia a través de leyes como la 115. De
acuerdo con la Ley General de Educación (115/1994), en Colombia la escuela
tiene cumple una función primordial en lo que ciudadano, por otro lado es
importante señalar como complemento a un principio de carácter jurídico, que la
escuela es un escenario en el cual la influencia del entorno influye mucho con la
formación que dan los contenidos curriculares y con los ideales que este tiene y
sobre la clase de sociedad que el Estado pretende construir.
Si miramos esto tenemos que tener en cuenta la forma como se desarrolla lo
publico que siempre va relacionado directamente con el nivel de cultura política en
el contexto particular en el que encontramos cada una de las instituciones
públicas; por ejemplo, la forma como se desarrolla la cultura política en el ámbito o
en el entorno en el cual actúan las instituciones educativas incide directamente
sobre la acción que la propia institución educativa ejerce sobre el entorno y, lo que
resulta más significativo aún, sobre la formulación misma de los contenidos
curriculares. Un cambio en los elementos básicos de la cultura política conduce al
re direccionamiento de los contenidos curriculares al interior de la institución
educativa y, al mismo tiempo, re define la capacidad de dicha institución para
incidir en la transformación del entorno social y de lo que antes consideramos
5. ámbito público. La siguiente afirmación nos ayudará a comprender mejor el
planteamiento anterior:
Por supuesto que la relación antes expuesta opera en las dos direcciones: tanto
como el entorno –gobierno y partidos políticos, por ejemplo– influye sobre el
funcionamiento de la institución educativa, el funcionamiento de la misma es vital
para el desarrollo o el desenvolvimiento del entorno social; pues bien, si el
funcionamiento de la institución educativa en el ámbito de lo público es
determinado por ciertos elementos o dinámicas del entorno en el que actúa,
también es cierto que la institución educativa influye sobre el funcionamiento o el
desarrollo mismo de este entorno social. Si se reconoce el aporte fundamental de
la educación a la construcción de lo público a través de la formación ciudadana, es
porque se reconoce su aporte al desarrollo de la cultura política y al
desenvolvimiento del entorno social, es decir, a la realización misma de los fines,
en este caso, del gobierno y los partidos políticos tradicionales. La consecución de
ciertos ideales sociales, políticos y económicos por parte del conjunto de la
sociedad, pasa entonces por el aporte de los principales agentes socializadores
así como por el influjo que a través del gobierno y los partidos políticos se pueda
realizar sobre estos mismos agentes. Claro, no se trata entonces de alertar a unos
en contra de otros o simplemente de desarticular las relaciones que puedan existir
entre uno u otro agente de la relación: en el marco de esta reflexión, se propone
que tales relaciones estén mediadas por un tipo de pensamiento crítico que ayude
a la realización o a la consecución de un ideal que por ser precisamente radical,
también es libertario.
6. Si volvemos sobre la Carta Política de 1991, es fundamental reconocer que la
Asamblea Nacional Constituyente creó –desde el punto de vista jurídico– un
marco sociopolítico democrático participativo que busca la participación ciudadana
(como un derecho inalienable de todos los ciudadanos) y la autonomía territorial;
la legitimación del Estado a través de la provisión de bienes y servicios públicos
locales y la democratización de la vida municipal corresponden a una visión
política que transforma el Estado de Derecho en un Estado Social de Derecho
cuya prevalencia y eje constitucional del nuevo modelo son los derechos
fundamentales.
El gobierno expide la Ley 115 de 1994 (artículo 5) cuyos fines son: Un proceso de
formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva,
ética, cívica y demás valores humanos; la formación en el respeto a la vida y a los
demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia,
pluralismo, justicia, solidaridad y equidad; el ejercicio de la tolerancia y de la
libertad y la formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que
los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación.
Además el artículo 14,que hace referencia a la enseñanza obligatoria, ordena a los
establecimientos oficiales o privados de educación formal el estudio, la
comprensión y la práctica de la Constitución y la instrucción cívica, de conformidad
con el artículo 41 de la Constitución Política y la educación para la justicia, la paz,
la democracia, la solidaridad, la confraternidad, el cooperativismo y, en general, la
formación de los valores humanos. De igual forma es importante resaltar el
artículo 21 que plantea la necesidad de formar para la participación y la
organización infantil (objetivo específico), otorgándole a la participación estudiantil
7. un papel esencial que garantiza a los estudiantes ser tomados en cuenta en los
ámbitos decisivos de cada institución educativa; pues así vemos la forma como
realmente ha incidido este nuevo marco social, político y económico en el
desarrollo del ordenamiento de la Ley General de Educación (115/1994) respecto
a los procesos de formación ciudadana en el país.
La concepción de la escuela (enfoques, contenidos y métodos), después de
haberse expedido la Carta Política de 1991, evidencia una profunda crisis, que se
caracterizo en el distanciamiento de la realidad nacional y global. El modelo de
Estado democrático-participativo que comienzo a crearse en el país requería
romper el paradigma de la escuela como una herramienta transformadora.
Estos factores sociopolíticos, culturales, económicos y normativos de los cuales
hemos hecho consideraciones como obstáculos para el desarrollo de una
pedagogía crítica, radical y liberadora, explican la incapacidad de la escuela para
adelantar procesos de formación ciudadana que creen otra forma de discurso
político y otros procesos sociales para transformar el Estado conservador. Así, nos
llevan a señalar que la escuela se enfrenta de forma contradictoria con la
ampliación de la diferenciación entre lo privado y lo público con la ventaja hacia lo
privado que ha podido conquistar el terreno público.
8. II. ENSAYO CRÍTICO SOBRE EL ARTÍCULO 76 DE LA LEY 115
De acuerdo a lo establecido en la evaluación integral nos acercamos a una
institución educativa, en este caso optamos por acercarnos al Colegio Lyndon B.
Johnson, colegio donde finalizamos nuestros estudios y donde mis hijos han y
están estudiando, por cual fue fácil el acercamiento para obtener la información.
De acuerdo a la interrogante que se hizo, en este caso a la señora rectora Carmen
de Paternina su respuesta fue la siguiente: “Se han tenido en cuenta todos los
criterios contemplados en este articulo, se han tenido en cuenta la cátedra de afro-
colombianidad, de acuerdo al decreto de la ley 115 donde se estableció la forma
de los planes de las diferentes materias que se dictan como son las obligatorias
del plan de estudio. De acuerdo a este decreto se reglamenta el manual de
convivencia, el gobierno escolar, y todos los proyectos pedagógicos que se basan
en la ley 115 y adicional a este en estos momentos se está aplicando el último
decreto el 1290 donde se rigen los métodos de calificación e evaluación en la
institución y se están cumpliendo con jornadas calendario de acuerdo a la ley
115.”
Se expide certificado de asistencia a la institución para realizar la consulta el cual
se anexa al trabajo.
De acuerdo a esta consulta y lo que hemos podido comprender el articulo
mecionado es de suma importancia y se ha aplicado de forma precisa y concreta
en todos sus aspectos. Este decreto rige y controla muchos de los aspectos que
se cumplen dentro de la ley 115 de la Educación en Colombia. Y controla y rige el
PEI (Plan de Educación Integral)
9. III. EXPLIQUE A QUÉ HACE REFERENCIA EL DECRETO 1860 Y QUÉ
RELACIÓN TIENE CON LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
El decreto 1860 de 1994 del 3 de agosto hace referencia a temas diversos que
relacionamos a continuación:
El ámbito y naturaleza.
La prestación del servicio educativo.
La responsabilidad de la educación de los menores.
Las obligaciones de la familia.
El servicio de educación básica.
Los niveles, ciclos y grados.
La organización de la educación preescolar, de la educación básica.
Edades en la educación obligatoria.
Organización de la educación media.
Organización del servicio especial de educación laboral.
Títulos y certificados.
Continuidad dentro del servicio educativo.
Articulación de la oferta educativa.
El proyecto educativo institucional.
El contenido del proyecto educativo institucional.
Adopción del proyecto educativo institucional.
Obligatoriedad del proyecto educativo institucional.
Reglamento o manual de convivencia.
El gobierno escolar y la organización institucional.
10. La comunidad educativa.
Obligatoriedad del gobierno escolar.
Órganos del gobierno escolar.
Integración del consejo directivo.
Consejo directivo común.
Funciones del consejo directivo.
Consejo académico.
Funciones del rector, de la dirección administrativa, de los directivos docentes.
Personero de los estudiantes.
Consejo de estudiantes.
Asociación de padres de familia.
Consejo de padres de familia.
Federación de asociaciones.
Orientaciones curriculares.
Criterios para la elaboración del currículo.
Áreas.
Desarrollo de asignaturas.
Proyectos pedagógicos.
Adopción del currículo.
Plan de estudios.
Servicio social estudiantil y de orientación.
. Áreas de la educación media técnica. Bibliobanco de textos y biblioteca escolar.
Financiación de textos escolares y material Educativo. Materiales didácticos y
equipo educativo.
11. Infraestructura escolar, evaluación y promoción, evaluación del rendimiento
escolar. Medios para la evaluación.
Inspección y vigilancia de la educación.
Sistema nacional de información y de acreditación.
Adecuación de programas de formación de docentes y otros ítems relacionados
todos con la creación, estructuración y formación de cualquier entidad educativa.
IV. ESCRITO DE LA DIFERENCIA ENTRE LA FORMA CÓMO YO FUI
EVALUADO EN LA ESCUELA Y LO QUE PLANTEA EL DECRETO
1290 DE EVALUACIÓN DESTACANDO LA RELACIÓN CON EL
CONTEXTO, LOS ASPECTOS POSITIVOS Y LOS NEGATIVOS
En los años en que me encontraba asistiendo a la escuela puedo decir que tuvo
dos etapas, la primera me encontraba estudiando en los Estados Unidos donde
existía un tipo de evaluación y la segunda ya había regresado a Colombia, donde
existía otro tipo diferente de evaluación, siendo este ultimo aun muy diferente al
sistema que se aplica a los estudiantes hoy día.
En el sistema Norte Americano se pueden encontrar ciertas similitudes con la
forma como se venia evaluando con anterioridad a la entrada en vigencia del
decreto 1290 donde los muchachos en ocasiones perdían varias materias y aun
así podían proseguir al siguiente año escolar.
En el sistema Colombiano solo se podían perder dos materias que podían ser
recuperadas inmediatamente a través de un examen llamado habilitación, si este
examen no era pasado tocaba hacer otro examen, este era llamado rehabilitación.
12. Si ninguna de estas dos oportunidades eran superadas el estudian debía repetir el
año, a diferencia con la ley 115 donde los estudiantes dejaban materias
pendientes de acuerdo a los logros o las áreas no superadas.
De acuerdo al nuevo decreto las entidades educativas tiene mas poder y dominio
en cuanto al número de estudiantes que pueden continuar en el siguiente periodo
lectivo, dándolo una mejora en cuanto a la calidad de los estudiantes