1. FUNDACIÓN SEMILLA AMBIENTAL - 2011
ParroquiaParroquia
Estudio
Biótico y Alternativas de Turismo
Parroquia San Francisco de Sigsipamba
Cantón Pimampiro – Imbabura.
3. Estudio Biótico y Alternativas de Turismo, Parroquia San Francisco de Sigsipamba.
Fundación Semilla Ambiental
Proyecto: Iniciativas Económicas Sostenibles Sigsipamba – Pimampiro.
Carlos E. Racines Márquez y William Villanueva
Redacción, Edición y Diseño.
Carlos Racines Márquez y William Villanueva
Fotografías:
Carlos Racines M., William Villanueva, Hugo Chávez y Aaron Gress.
Primera Edición: Febrero de 2011
Tiraje: 100 ejemplares
ISBN:
Registro de Derecho Autoral:
Impresión: Zona Digital, Buró de Servicios Gráficos
República E2 – 138 y Azuay (esquina)
Télf: 2272416 / 2272432 / 2273756 /
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Web: www.zonadigital.ec
Quito - Ecuador
Cualquier parte de este documento puede ser utilizado, siempre y cuando se cite la
fuente:
Racines, Carlos E. y Villanueva, William 2011. Estudio Biótico y Alternativas de
Turismo, Parroquia San Francisco de Sigsipamba. Fundación Semilla Ambiental,
Proyecto Iniciativas Económicas Sostenibles Sigsipamba – Pimampiro.
Distribución:
Fundación Semilla Ambiental
Mañosca 812 y Vasco de Contreras (Altamira)
Telf: 2 – 5006453
E-mail: semillambiental@gmail.com
www.semillambietal.org
Quito, Ecuador
4. Contenido
Presentación…………………...……………………………… I
Agradecimiento.………………………………………………. II
Introducción…………………………………………………… III
COMPONENTE AMBIENTAL
Introducción………………………………………………………………. 1
Ley de Creación del INEFAN y su Reglamento 3
Patrimonio de Áreas Naturales Protegidas de Ecuador 5
Qué es un área protegida?
Biodiversidad
Recursos Naturales
Recursos Naturales Renovables
Recursos Naturales No Renovables
Patrimonio de Áreas Naturales del Estado - PANE 6
Parques Nacionales 6
Reservas Biológicas 7
Reservas Ecológicas 7
Reserva Geobotánica 8
Reserva de Producción de Fauna 8
Refugios de Vida Silvestre 8
Reserva Marina 9
Área Nacional de Recreación 9
Autónomo Descentralizado 10
Áreas Protegidas Comunitarias 10
5. Áreas Protegidas Privadas 10
Herramientas de conservación 10
Reservas de la Biósfera 10
Zonas Intangibles 10
Corredores de conservación 11
Patrimonios Naturales
PARQUE NACIONAL CAYAMBE COCA 11
Cambio de categoría
REVISION DE INSTRUMENTOS LEGALES 13
Marco Constitucional
Convenios Internacionales
CODIFICACIÓN DE LA LEY FORESTAL Y DE ÁREAS 16
NATURALES Y VIDA SILVESTRE.
TITULO II
DE LAS ÁREAS NATURALES Y DE LA FLORA Y FAUNA SILVESTRES.
CAPITULO I
Del Patrimonio Nacional de Áreas Naturales 17
CAPITULO II
De la Administración del Patrimonio de Áreas Naturales 17
CAPITULO III
De la Conservación de la Flora y Fauna Silvestres 18
Otras Leyes Sectoriales 18
Ley de Gestión Ambiental 19
Ley de Régimen Municipal 19
Ley Orgánica de las Juntas Parroquiales Rurales 19
Ley de Turismo 20
6. Reglamento General de Aplicación a la Ley de Turismo. 20
Reglamento Especial de Turismo en Áreas Naturales Protegidas (RETANP) 20
Ley de Aguas
Codificación a la Ley de Desarrollo Agrario 22
Ley de Biodiversidad 22
Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero
Principios que rigen el Sistema de Áreas Protegidas 23
Ecuador y su Diversidad Biológica
PARROQUIA SAN FRANCISCO DE SIGSIPAMBA 25
Características Biofísicas de la Parroquia 26
Flora y Fauna Representativa 27
Bosque de neblina montano (Bm)
Bosque siempre verde montano alto (Bma) 28
Páramo herbáceo (Pajonal y almohadillas) 29
Páramo Frailejón 30
Matorral seco montano.
Espinar seco montano.
Valor Ecológico 32
Mamíferos 34
Peces
Anfibios
Reptiles
Aves 37
Categorías y Criterios de las Listas Rojas de UICN 39
Recursos Hídricos
8. CAPITULO 2
PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA
Planificación estratégica
Visión, Misión
Codificación de microproyectos
Microproyectos
Justificación de microproyectos
Ponderación
Gerarquización de microproyectos
Cronograma de ejecución
Prioridades y responsabilidades
Presupuesto
106
106
108
109
115
116
117
118
9. PRESENTACIÓN
En el mes de Enero del 2009, se da inicio al proyecto “Iniciativas Económicas
Sostenibles Sigsipamba – Pimampiro”, el mismo es financiado por la Unión Europea y
dirigido por COSV (Solidarieta Italiana Nel Mondo), organización que está presente en
Ecuador desde hace unos siete años con el objetivo de apoyar el desarrollo socioeconómico
de las comunidades rurales, indígenas y urbano-marginales, mediante actividades
productivas sostenibles y eco-compatibles.
Dentro del proyecto en mención se han realizado varios trabajos, esto para cumplir con los
objetivos del mismo, para esto se ha trabajado en el fortalecimiento de una micro empresa
que se dedica a la transformación de frutas andinas en la parroquia, con miras también a la
sostenibilidad se vio la necesidad de implementar un vivero multifunción, el mismo
apoyará con plantas frutales a las comunidades y sus productos serán materia prima para la
micro empresa, como resultado se tiene una base de 100 beneficiarios que venderán a
futuro sus frutos a la microempresa como materia prima para la misma, con la venta de las
plantas y el desarrollo de las mismas en las instalaciones del Colegio Técnico Provincia de
los Lagos, se pretende también no solo tener algo de sostenibilidad económica para la
manutención del mismo, sino que; también ayudará a que los alumnos tengan un lugar en
donde poner en práctica sus conocimientos o adquirir más.
Los técnicos por su parte tenían la labor de apoyar las actividades del vivero, de la micro
empresa y un mejor desarrollo de la misma entre otras actividades.
En el componente ambiental Semilla Ambiental, desarrolló un pequeño estudio que
determinaría la cantidad de basura que genera la parroquia, también viendo que parte de la
parroquia esta dentro del Parque Nacional Cayambe Coca y su zona de amortiguamiento, se
pretende hacer una línea base del sistema biótico y un inventario de atractivos turísticos con
la idea de que este diagnóstico ayude a plantear nuevas alternativas económicas amigables
con el medio ambiente.
I
PRESENTACION
10. AGRADECIMIENTOS
Para la realización del presente trabajo debemos agradecer a la Unión Europea primero por
su aporte, sin el mismo no se hubiera podido realizar el Proyecto y dentro del mismo el
Estudio Biótico y Alternativas de Turismo.
Ya dentro del estudio gracias a la apertura de COSV, por su apoyo y a los técnicos dentro
del proyecto en especial a David Aguilar por apoyarnos en la movilización a las diferentes
comunidades y posibles destinos dentro de las mismas, a la Junta Parroquial de San
Francisco de Sigsipamba en especial a Saúl Cepeda y Marcelo Benavides por la
información que supieron compartir, a José Chasiguano y su familia miembro de la
comunidad Shanshipamba por abrir las puertas de su hogar y acompañarnos en su
comunidad, también a los señores Germán y Diego Herrera por permitirnos visitar su
hacienda y recorrer los sitios dentro de la misma, a Don Fausto Sisalema por abrirnos las
puertas de su Quesera, Luis Obando por acompañarnos y guiarnos en de la comunidad de
Ramos Danta, a Hugo y Juan Carlos Chávez por acompañarnos en la Floresta y la
Esperanza.
Agradecemos también la apertura e información de las autoridades del Ministerio de
Ambiente en especial a los señores Luís Martínez y Marcelo Mejía representantes de la
RECAE, por su ayuda con el Plan de Manejo del Parque Nacional Cayambe Coca.
Y por último pero no menos importante a Alex Pellett yAaron Gress, voluntarios de Cuerpo
de Paz de Estados Unidos de Norte América y con ellos a personas o instituciones que de
una u otra forma apoyaron con información al desarrollo de este estudio.
II
AGRADECIMIENTO
11. INTRODUCCIÓN
Carlos Racines M.
El presente trabajo es un estudio que pretende dar a conocer una línea base de la flora y
fauna más un inventario de atractivos turísticos de la parroquia San Francisco de
Sigsipamba.
Presentamos información recopilada de visitas a las diferentes comunidades que por medio
de entrevistas con su gente y la observación In-situ, la recopilación de información de
estudios o publicaciones realizadas por otras personas o instituciones, nos llevan a presentar
este trabajo.
Al tener la parroquia factores geográficos como la Cordillera de Mainas o Pimampiro y con
esto una topografía irregular, la presencia de pequeños valles, diferencia en altura, entre
otros elementos, hacen que se puedan observar variedad de hábitats en donde la presencia
de climas y micro climas ayudan al buen desarrollo de la diversidad biológica nativa de los
bosques y páramos de la Cordillera Oriental de los Andes, de la cual nacen cuencas hídricas
que abastecen de este recurso natural a las comunidades.
Estas propiedades climáticas dentro de la parroquia, no solo la han hecho rica en diversidad
biológica nativa, sino también que su riqueza de suelo logre que la agricultura se desarrolle
desde la década de 1930 y 1940, cuando comienzan las primeras migraciones de familias
colombianas en su mayoría a poblar estas tierras, aprovechándolas y explotando sus
recursos como la madera y la caza de especies todo esto para la subsistencia de sus hogares,
pero afectando a los recursos naturales y la biodiversidad, pero todo esto no ha logrado que
especies grandes como el Tapir de montaña o Danta y el Oso de Anteojos o felinos como el
Puma o León americano, especies amenazadas, dejen sus bosques y que por el contrario
han regresado a utilizar los hábitats que ahora se han regenerado de forma natural, en donde
antes fueron explotados, ahora se pueden apreciar bosques secundarios maduros y en
ciertas áreas aún se mantienen árboles grandes que recuerdan y dan testimonio de que la
existencia de un gran y rico bosque de Alisos, Arrayanes, Podocarpus, Palmas andinas,
Cedros, Helechos arbóreos, Frailejones entre muchas más especies que en la actualidad
están en algún grado de amenaza sigan brindando alimento y hogar para muchas especies,
lo que pretende este estudio es enlistar las especies más representativas y atractivos
potenciales para el turismo, más una base de información adicional que ayudara a las
autoridades de la junta parroquial y público en general a tener un mayor conocimiento y
con este, una mejor gestión de los recursos.
También vale señalar que antes de la llegada del hombre mestizo a Sigsipamba, ya éste
territorio había sido habitado por grupos ancestrales de los que nos quedan muestras, que
con el pasar del tiempo, han sido víctima del clima y el mal aprovechamiento de la gente
que se ha dedicado al huaquerismo vendiendo vasijas y otras muestras arqueológicas de
barro y oro que antes eran utilizadas como muestra de intercambio o pago por los productos
de la Amazonía hacia la sierra y viceversa, como ejemplo de que estos grupos habitaron la
III
INTRODUCCIÒN
12. zona parroquial nos quedan unos petroglifos, pocas muestras de barro y las historias que
han pasado incluso varias generaciones hasta la actual y seguirá así en el futuro, sino se
hace algo por retomar esto y hacerlo propio de la gente, se corre el riesgo de perder nuestra
cultura y es mejor que los jóvenes y niños esta nueva generación se apropie y así tengan
una razón más para querer a su tierra y cultura, viéndolo a todo esto como un recurso
turístico tangible cultural.
Los datos acerca de las consecuencias del turismo son contradictorios. Por una parte
tenemos claras repercusiones positivas: creación de empleo, incremento de ingresos
económicos, el evitar la migración por falta de trabajo, mejora del nivel cultural de la
población local y apertura a costumbres más libres, intercambios culturales en ambos
sentidos, de modos de vida, sensibilización de turistas y población local hacia el medio
ambiente, etc.
Por otra parte están las consecuencias negativas, tan importantes como las anteriores:
incremento en el consumo de suelo, agua, energía, destrucción de paisajes, aumento de la
producción de residuos y aguas residuales, alteración de los ecosistemas, introducción de
especies exóticas de animales y plantas, inducción de flujos de población hacia poblaciones
turísticas, aumento de incendios forestales, tráfico de personas y drogas, etc. Se hacen
necesarias medidas efectivas para lograr que, como reclama Naciones Unidas, las
actividades turísticas se organicen en armonía con las peculiaridades y tradiciones de las
regiones y paisajes receptores, de forma que se proteja el patrimonio natural que
constituyen los ecosistemas y la diversidad biológica y, debemos añadir, cultural.
William Villanueva
La concepción del desarrollo turístico se sustenta en los valores de solidaridad,
cooperación, respeto a la vida, conservación y aprovechamiento de los ecosistemas y de la
diversidad biológica que éstos albergan. Con el desarrollo de proyectos turísticos en las
comunidades del país, se aspira que sus habitantes prosperen y vivan dignamente,
mejorando las condiciones de vida y de trabajo de sus miembros. El turismo puede
construir a concretar esta aspiración en la medida en que hagamos de él, una actividad
socialmente solidaria, ambientalmente responsable, culturalmente enriquecedora y
económicamente viable.
El turismo puede complementar apropiadamente la economía comunitaria y
familiar, potenciando el desarrollo de la agricultura, la ganadería, la pesca, la artesanía, la
pequeña industria, el transporte y otros servicios. En esta óptica se puede explorar todas las
iniciativas económicas sostenibles que contribuyan al desarrollo económico local y generen
empleo nuevo y de calidad en las comunidades.
Las comunidades campesinas del país, denotan un acervo cultural y unos activos
ecológicos, que han dado origen a ofertas turísticas novedosas, que conjugan atributos de
autenticidad y originalidad, fuentes de ventajas competitivas.
IV
INTRODUCCIÒN
13. Este es el caso de la Parroquia San Francisco de Sigsipamba del cantón Pimampiro
y sus comunidades, las cuales poseen muchos sitios de interés turístico, tanto naturales
como culturales. Debido a su ubicación geográfica ésta área posee una variedad de
ecosistemas; cada uno con atributos propios, convirtiéndolos en potenciales recursos y
atractivos turísticos capaces de atraer flujos de turistas nacionales y extranjeros,
convirtiéndose en una oportunidad para poblaciones locales para mejorar su calidad de
vida, así como a la conservación de su patrimonio natural y cultural, garantizando de esta
manera un desarrollo sostenible de la parroquia , es decir buscando un desarrollo
comunitario equilibrado en los aspectos económico social y ambiental.
Con lo antes dicho, la Fundación Semilla Ambiental dando cumplimiento a uno de
sus objetivos y lineamientos: trabajar por la conservación y el desarrollo sostenible de las
comunidades rurales, en este caso la Parroquia San Francisco de Sigsipamba, presenta el
siguiente estudio local, el cual consta de dos Componentes: Ambiental mismo que da a
conocer parte de la legislación, áreas protegidas e información Biótica de la Parroquia, el
Segundo Componente es el Turístico en el que se habla del inventario y diagnóstico del
sistema turístico parroquial; oferta, demanda, comercialización y superestructura turística,
divididos en doce Unidades: Natural, Cultural, Gastronómico, Actividades recreacionales,
festividades y eventos, vías de acceso, seguridad, salud y servicios básicos, servicios
turísticos, demanda turística, promoción y comercialización, políticas administrativas e
instituciones administrativas.
Además contiene la elaboración de los diagnósticos prospectivos de cada uno de
éstos componentes, el análisis FODA; así como la elaboración de los objetivos
estratégicos ofensivos y defensivos.
El segundo capítulo corresponde a la elaboración de un plan estratégico; aquí se
establecen los posibles proyectos a realizarse, extraídos del análisis de la información
recopilada en el Componente 2 (inventario y diagnóstico) con su respetiva justificación,
ponderación de proyectos además se establecerá un cronograma de actividades y
responsables de su cumplimiento.
A través de este estudio, deseamos dar a conocer el estado actual del sistema
turístico comunitario, medir su potencial y plantear proyectos viables y factibles; estos
proyectos al ser ejecutados convertirán a dichas comunidades en destinos turísticos
sostenibles y competitivos, a mediano y largo plazo, de esta manera se estaría cumpliendo
con los objetivos perseguidos.
V
INTRODUCCIÒN
14. INTRODUCCIÓN
En los años 70's América Latina y el Caribe tenía 71 áreas protegidas reconocidas por la
Lista de Parques Nacionales y Áreas Protegidas de las Naciones Unidas, con un equivalente
solo del 0.24 % del territorio. En 1980, el porcentaje del territorio protegido ya había
subido a 1.63%. Ya para 1997, América del Sur protegía el 6.3% de toda su extensión y en
conjunto, América Latina conforma algo más del 7.6% de su territorio como área protegida.
En el Ecuador la preocupación por la protección de ecosistemas únicos y las bellezas
escénicas se inició en 1936 con el Decreto No. 31 del 14 de mayo de ese año, mediante el
cual se protegían las Islas Galápagos, bajo la categoría de Parque Nacional.
En la década de 1970, se iniciaron en nuestro país actividades económicas que pretendían
impulsar de una manera muy agresiva, las exportaciones de diversos productos como el
petróleo, el camarón, el banano y la madera, así como las especies silvestres.
Los gobiernos no se preocuparon por promulgar políticas ni normas para evitar que el
desarrollo de estas nuevas actividades, afectara el medio ambiente. Por ejemplo, desde
cuando se comenzó a extraer petróleo, se apoyó y hasta se impulsó la colonización de zonas
ecológicamente frágiles, como es todo nuestro Oriente al que en los últimos años se lo
conoce como la Amazonia; el mismo petróleo, la reforma agraria y los cultivos agrícolas de
esos productos para exportar, hicieron que se ampliaran las fronteras agrícolas, sin que
nadie controlara el uso del suelo, de las fuentes de agua, de los manglares, etc., lo que
ocasionó que con el tiempo, se comiencen a deteriorar los recursos naturales.
Ante esto y bajo la visión de que "las principales amenazas para la preservación de las áreas
protegidas son los usuarios de estos recursos, es decir las empresas petroleras, las
comunidades campesinas, los colonos, las compañías turísticas, las de generación
hidroeléctrica", etc., se promulgó en 1971, la "Ley de Parques Nacionales y Reservas".
Esta ley demandaba por lo tanto, el establecimiento de actividades de "control y vigilancia
de los límites de las áreas protegidas hacia adentro".
Para consolidar esta línea, en 1976, la Dirección General de Desarrollo Forestal del
Ministerio de Agricultura, promulgó la "Estrategia Preliminar para la Conservación de las
Áreas Silvestres Sobresalientes del Ecuador” y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas,
Fase 1", que incluía un mínimo de nueve áreas que podía ser ampliado hasta por un total de
39 áreas naturales protegidas.
La estrategia establecía además, 13 objetivos nacionales de conservación y cuatro
categorías de manejo (Parque Nacional, Reserva Ecológica, Área Nacional de Recreación y
Reserva de Producción Faunística). Al término de doce años de aplicación de esta primera
estrategia, se establecieron en total 15 áreas naturales.
1
MEDIOAMBIENTE
15. Luego de establecido en 1976 el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Fase 1, su proceso
de desarrollo desembocó en una visión intermedia y más integral hacia la conservación de
los recursos, que buscaba combinar distintos factores, partiendo de sus características
biofísicas hasta la necesidad de asignarles un "valor de uso", que iba más allá de lo
económico e influía en lo social y cultural.
Esta visión formaba parte de la Estrategia Mundial de la Conservación que hacía énfasis en
el aporte que brindan las áreas protegidas a la sociedad, tratando de establecer una relación
real entre el hombre y la naturaleza y de configurar una ética de compromiso y de respeto
hacia el entorno natural.
Para darle un marco legal adecuado a esta nueva corriente, se promulgó en 1981, La Ley
Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre.
Entre sus principales mandatos están los siguientes:
Art. 71:" El patrimonio de áreas naturales del Estado deberá conservarse inalterado. A este
efecto se formularán planes de ordenamiento de cada una de dichas áreas. Este patrimonio
es inalienable, imprescriptible y no puede constituirse sobre él ningún derecho real".
Art. 72: "La planificación, manejo, desarrollo, administración, protección y control del
patrimonio de áreas naturales del Estado, estará a cargo del MAG. La utilización de sus
productos y servicios se sujetará a los reglamentos y disposiciones administrativas
pertinentes".
Art. 76: 11 La flora y fauna silvestres son de dominio del Estado y corresponde al
Ministerio de Agricultura y Ganadería su conservación. Protección y administración para lo
cual ejercerá varias actividades señaladas por este artículo”
A partir de la expedición de la Ley, se estableció en 1983, el Patrimonio Nacional de Áreas
Naturales, que conforme el Art. 69, está constituido por "el conjunto de Áreas Silvestres
que se destacan por su valor protector, científico, escénico, educacional, turístico y
recreacional; por su flora y fauna; o porque constituyen ecosistemas que contribuyen a
mantener el equilibrio del medio ambiente".
La misma Ley determinó que la planificación, el manejo, el desarrollo, la administración y
el control del Patrimonio, serían responsabilidades del Ministerio de Agricultura y
Ganadería, por intermedio de la Subsecretaría Forestal y de Recursos Naturales Renovables
(SUFOREN).
El establecimiento del Patrimonio de Áreas Naturales del Estado y el manejo de la flora y
fauna se rigen por objetivos y categorías de manejo establecidos en la Ley.
Para efecto de administración, las áreas naturales protegidas del Patrimonio del Estado,
quedaron definidas en las siguientes 7 categorías:
- Parque nacional
- Reserva ecológica
- Refugio de vida silvestre
- Reserva biológica
- Área nacional de recreación
- Reserva de producción de fauna
- Área de caza y pesca
2
MEDIOAMBIENTE
16. No es sino a partir de la promulgación del Reglamento General de Aplicación a la Ley
Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre, que se reconoce
formalmente el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, se define el tipo de actividad
permitida de acuerdo a la categoría de manejo, se establece la responsabilidad de la
administración a cargo del Programa Nacional Forestal, se norma el ingreso de visitantes,
tasas, operación turística y el manejo de las reservas de producción faunística y de las áreas
de caza y pesca.
Posteriormente, en 1989, se actualiza el documento de la Estrategia para el Sistema
Nacional de Áreas Protegidas, (SNAP). Este documento, denominado "Estrategia para el
Sistema Nacional de Áreas Protegidas, (SNAP), Fase II", destaca las deficiencias de la
anterior Estrategia, evalúa y clasifica las áreas. Se ratifica entonces la conformación del
SNAP y se define un sistema mínimo de 24 áreas y un sistema óptimo conformado por 32
áreas naturales.
La Modernización del Estado a comienzos de la década de 1990, el Ecuador entra en un
proceso de modernización del Estado, que significaba en general, la reducción de gastos y
de personal en las entidades públicas. Además, el Estado no se preocupó por cambiar su
visión respecto a la conservación de su biodiversidad. No se consideraron las áreas
protegidas como reservas y fuentes de recursos naturales; no se entendió que estos recursos
son usados por la gente y que la conservación de los mismos a largo plazo, dependería de la
participación directa y activa de las poblaciones en los sistemas de control, administración,
manejo y protección de las áreas protegidas.
Todo esto ocasionó el que poco a poco se vaya debilitando la administración de las Áreas
Naturales Protegidas.
Fue en esta misma época, es decir en la década de 1990, que surgieron iniciativas con esa
nueva visión de conservación y participación, provenientes en su mayoría, de
organizaciones conservacionistas privadas nacionales e internacionales. Así, se impulsaron
procesos de cambio en la forma de planificar y manejar las áreas protegidas, principalmente
en las Reservas Ecológicas Antisana, Cayambe-Coca, Cotacachi Cayapas, El Angel,
Manglares Churute y Cayapas- Mataje, en los Parques Nacionales Yasuní, Machalilla,
Sangay, Galápagos, Podocarpus, Sumaco-Napo Galeras y en la Reserva de Producción
Faunística Cuyabeno.
Esa visión establece que el manejo de las áreas protegidas debe integrar a los diferentes
usuarios de los recursos naturales, es decir los pueblos y los grupos humanos asentados
dentro o en sus fronteras. Se destaca la forma tradicional de "manejar" las áreas en función
de sus límites y no del uso de sus recursos naturales.
Ley de Creación del INEFAN y su Reglamento
En 1992, se creó el Instituto Ecuatoriano Forestal y de Áreas Naturales y de Vida Silvestre,
INEFAN. Este instituto reemplazó a la Subsecretaría Forestal y de Recursos Naturales
Renovables (SUFOREN) y se convirtió en el "organismo ejecutor de las atribuciones que al
Ministerio de Agricultura y Ganadería, le confiere la Ley Forestal y de Conservación de
Áreas Naturales y Vida Silvestre, su reglamento de aplicación y demás disposiciones
legales y reglamentarias relacionadas con el recurso forestal y las áreas naturales protegidas
y la vida silvestre".
Los objetivos fundamentales de la Ley de Creación del INEF AN fueron:
a) Delimitar y administrar el área forestal y las áreas naturales y de vida silvestre
pertenecientes al Estado;
MEDIOAMBIENTE
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17. b) Velar por la conservación y el aprovechamiento racional de los recursos forestales y
naturales existentes;
c) Promover y coordinar la investigación científica dentro de las áreas a su cargo.
Para cumplir con estos objetivos, la Ley señala las siguientes funciones para el INEFAN:
1.- "fomentar y ejecutar las políticas relativas a la conservación, fomento, protección,
investigación, manejo, industrialización y comercialización del recurso forestal, así como
de las áreas naturales y de la vida silvestre;
2.- Elaborar y ejecutar los planes, programas y proyectos para el desarrollo del subsector,
en los campos de forestación, investigación, explotación, manejo y protección de bosques
naturales y plantados, cuencas hidrográficas, áreas naturales y vida silvestre;
3. Administrar, conservar y fomentar los siguientes recursos naturales renovables: bosques
de protección, tierras de aptitud forestal, flora y fauna silvestres, parques nacionales y
unidades equivalentes y áreas de reserva para los fines antedichos"
Además la Ley encarga al INEF AN la vigilancia de las etapas primarias de producción,
posesión, aprovechamiento y comercialización de las materias primas forestales, es decir la
madera. Igual control le corresponde sobre las plantas y los animales silvestres.
El INEF AN debe además, regular el uso y el manejo de las plantas y los animales
silvestres aún fuera del patrimonio de áreas naturales del Estado y determinar, así mismo, la
prohibición de capturar o de utilizar dichas especies silvestres.
El INEFAN estuvo adscrito al Ministerio de Agricultura y Ganadería hasta octubre de
1996, cuando se creó el Ministerio del Medio Ambiente.
En enero de 1999, se fusionan en una sola entidad el Ministerio del Medio Ambiente y el
Instituto Ecuatoriano Forestal y de Áreas Naturales y Vida Silvestre, (INEFAN).
La entidad resultante de la fusión, según el Decreto Ejecutivo, sería el Ministerio del Medio
Ambiente el cual, por lo tanto, "ejercerá las funciones y atribuciones que la Ley Forestal
y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre asigna al Ministerio de
Agricultura y Ganadería".
A partir de la expedición de este Decreto, se establece que el Parque Nacional Galápagos y
la Reserva Marina de Galápagos
"dependerán directamente del Ministro del Medio Ambiente, como una unidad
administrativa desconcentrada."
Con esta excepción, el Ministerio del Ambiente "establecerá los mecanismos necesarios
para la administración y el manejo de las áreas protegidas".
En agosto del mismo año, se cambia el nombre del Ministerio del Medio Ambiente por el
de Ministerio del Ambiente.
En febrero del 2000 se fusionan los Ministerios de Turismo y el del Ambiente. En marzo
del mismo año, se suspende la fusión y se restablece el Ministerio del Ambiente.
MEDIOAMBIENTE
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18. PATRIMONIO DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS DEL
ECUADOR
¿Qué es un área protegida?
Un área protegida es una extensión de tierra o de agua que por sus características
biológicas, topográficas, estéticas, a sido declarada por las autoridades nacionales como una
zona de cuidado especial, con el objeto de proteger, manejar racionalmente y restaurar la
flora y la fauna silvestres y demás recursos naturales, para el beneficio de las actuales y
futuras generaciones.
Un área se protege oficialmente por la importancia de sus valores naturales, por su historia,
sus paisajes, su arqueología y por otras condiciones que la hacen relevante.
Biodiversidad
En la Constitución Política del Ecuador promulgada en el 2008, en el Art. 405, establece
que el Sistema Nacional de Áreas Protegidas garantizará la conservación de la
biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas, y su rectoría y regulación
será ejercida por el Estado, quien asignará los recursos económicos necesarios para la
sostenibilidad financiera del sistema, y fomentará la participación de las comunidades,
pueblos y nacionalidades que han habitado ancestralmente las áreas protegidas en su
administración y gestión.
Recursos Naturales
Los recursos naturales son aquellos elementos proporcionados por la naturaleza sin
intervención del hombre y que pueden ser aprovechados por el hombre para satisfacer sus
necesidades.
Los recursos naturales se pueden clasificar en: Renovables y No Renovables.
Recursos Naturales Renovables
Son aquellos recursos naturales cuya existencia no se agota por la utilización de los
mismos. Esto puede ocurrir por dos motivos:
1- Porque su utilización no modifica su stock o su estado de los mismos: energía solar,
energía eólica, energía hidráulica, energía biotermal, etc.
2- Porque se regeneran lo suficientemente rápido para que puedan seguir siendo utilizados
sin que se agoten: peces, bosques, biomasa en general, etc. Este tipo de recursos naturales
renovables pueden dejar de ser renovable si se los utiliza en exceso. Por ejemplo, la pesca
excesiva está llevando a que el número de ejemplares de ciertas especies disminuya con el
tiempo, es decir, que la tasa de explotación es mayor que la tasa de regeneración. Lo mismo
sucede con los bosques nativos.
MEDIOAMBIENTE
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19. Recursos Naturales No Renovables
Son aquellos que existen en cantidades fijas o bien aquellos cuya tasa de regeneración es
menor a la tasa de explotación. A medida que los recursos naturales no renovables son
utilizados, se van agotando hasta acabarse.
Ejemplos de recursos naturales no renovables son el petróleo, los minerales y el gas natural.
El petróleo juega un rol fundamental en la economía, ya que actualmente el sistema
económico depende de la energía provista por el petróleo. Como dijimos, el petróleo es un
recurso natural no renovable, lo que significa que algún día se terminará. Es por esto que se
están investigando energías alternativas para reemplazar al petróleo. Algunas alternativas
serían los biocombustibles, la energía solar, la energía eólica y la utilización del hidrógeno
como combustible. También preocupa actualmente el impacto ambiental que tiene la
utilización de los combustibles fósiles, principalmente debido a un fenómeno conocido
como "calentamiento global", que ocasionaría un aumento de la temperatura en todo el
planeta, con terribles consecuencias para los ecosistemas.
PATRIMONIO DE ÁREAS NATURALES DEL ESTADO - PANE
El Patrimonio de Áreas Naturales del Estado es uno de los cuatro subsistemas que la
Constitución Política de la República del Ecuador, en su Art. 405 define al Sistema
Nacional de Áreas Protegidas.
En Ecuador se tienen 45 áreas protegidas, clasificadas en las siguientes categorías.
Parques Nacionales (11).- Son áreas naturales terrestres o marinas, con superficies
medianas o grandes , que incluyen uno o más ecosistemas o formaciones vegetales en
estado natural o con muy leve alteración, pueden incluir recursos histórico-culturales
integrados en ambientes naturales y existe una buena representación de la diversidad de
especies y de los recursos genéticos silvestres.
1.- Cajas.- Extensión: 28.544 ha.
2.- Cayambe Coca.- Extensión: 403.103 ha.
3.- Cotopaxi.- Extensión: 32.255 ha.
4.- Galápagos.- Extensión: 799.540 ha.
5.- Machalilla.- Extensión: 55.059 ha.
6.- LLanganates.- Extensión: 219.707 ha.
7.- Podocarpus.- Extensión: 144.993 ha.
8.- Sangay.- Extensión: 517.765 ha.
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20. 9.- Sumaco Napo Galeras.- Extensión: 205 249 ha, con dos sectores: la zona del volcán
Sumaco y sus áreas adyacentes (190 562 ha) y la zona de la Cordillera de galeras (14 687
ha)
10.- Yacurí.- Extensión: 43.090,6 ha.
11.- Yasuní.- Extensión: 982.000 ha.
Reservas Biológicas (4).- Áreas naturales terrestres y/o marinas de tamaño variable que
contienen un conjunto de ecosistemas o macro ecosistemas intactos o muy bien
La mayor diversidad de especies y los recursos genéticos silvestres están representados en
el área.
1.- Quimi.- Extensión: 9.071 ha.
2.- Limoncocha.- Extensión: 4.613 ha.
3.- Condor.- Extensión: 2.240 ha.
4.- Cerro Plateado.- extensión 26114,5
Reservas Ecológicas (9).-
Áreas naturales terrestres y/o marinas generalmente grandes que pueden incluir uno o
varios ecosistemas o formaciones vegetales en estado natural o con alteración mediana.
Revisten importancia nacional o regional para el manejo y utilización sustentable de los
recursos naturales en beneficio de las comunidades humanas ancestrales presentes al
momento de su establecimiento.
1.- Antisana.- Extensión: 120.000 ha.
2.- Cofán Bermejo.- Extensión: 55.451 ha. (53.451 ha. Patrimonio Forestal y 2.000 ha. Del
Bosque Protector El Bermejo.
3.- Los Ilinizas.- Extensión: 149.900 ha.
4.- El Angel.- Extensión: 15.715 ha.
5.- Arenillas.- Extensión: 17.083 ha.
6.- Manglares Churute.- Extensión: 55.212 ha.
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conservados, con poca intervención humana.
21. 7.- Mache Chindul.- Extensión: 119.172 ha.
8.- Cotacachi Cayapas.- Extensión: 243.638 ha.
9.- Manglares Cayapas Mataje.- Extensión: 49.350 ha.
Reserva Geobotánica (1)
1.- Pululahua.- Extensión: 3.383 ha.
Reserva de Producción de Fauna (4).- Es una superficie de territorio de una extensión
mínima de mil hectáreas., con las siguientes características y propósitos:
1. Existen en sus hábitats especies de fauna silvestre de valor económico.
2. Comprende territorios que de costumbre han servido para la cacería de subsistencia
de comunidades o grupos nativos del país.
3. Bajo el correspondiente manejo u ordenamiento, se promueve la investigación y se
desarrolla el fomento y producción de animales vivos y elementos de la fauna
silvestre para cacería deportiva de subsistencia o comercial; y,
4. De conformidad con las normas correspondientes, se permite la entrada de
visitantes, cazadores y colectores de fauna silvestre o elementos de subsistencia de
esta naturaleza.
1.- Cuyabeno.- Extensión: 603.380 ha.
2.- Chimborazo.- Extensión: 58.560 ha.
3.- Manglares el Salado.- Extensión: 5.309 ha.
4.- Santa Elena.- Extensión: Extensión: terrestre 177 ha y marina 47278 ha.
Refugios de Vida Silvestre (10).- Son áreas de extensión variables, terrestres o acuáticas,
suficientes para garantizar la existencia de una o varias especies o poblaciones de fauna
silvestre, residente o migratoria, de interés regional, nacional e internacional.
Los refugios de vida silvestre también se establecen para proteger la información genética
de especies silvestres en riesgo de desaparecer, con lo cual se asegura sus posibilidades de
permanencia.
1.- El Zarza.- Extensión: 3.643 ha.
2.- Pasochoa.- Extensión: 500 ha.
3.- Isla Santa Clara.- Extensión: 5 ha. Terrestres, 2 m.n. marinas alrededor de la isla e
islotes, desde la zona intermareal.
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22. 4.- Isla Corazón y Fragatas.- Extensión: 800ha. (500 ha. Corresponden a la Isla Corazón y
300 ha. A la isla Fragatas.
5.- Manglares Estuario del Río Muisne.- Extensión: 3.173 ha.
6.- La Chiquita.- Extensión: 809 ha.
7.- Río Muisne.- Extensión: 3.173 ha.
8.- Estuario del Río Esmeraldas.- Extensión: 242,58 ha.
9.- Pambilar.- Extensión: 3.123,20 ha.
10.- Marino Costero Pacoche-Extensión:13.596,41 ha.(marina 8.500 ha., terrestre 5.096 ha)
Reserva Marina (2).- Comprende toda la zona marina dentro de una franja de 40 millas
náuticas, medidas a partir de las líneas base del Archipiélago y las aguas interiores e
incluye columna de agua, fondo marino y subsuelo.
1.- Reserva Biológica Marina Galápagos.- Extensión: 138.000 Km².
2.- Reserva Galera San Francisco.- Extensión: 54.604 ha.
Área Nacional de Recreación (4).- Son unidades continentales y/o marinas de extensión
variable, que contienen fundamentalmente paisajes naturales intactos o alterados, de valor
escénico, educativo, turístico y recreativo de importancia nacional e internacional.
Los recursos del área tienen la capacidad de soporte para el turismo y contribuyen al
desarrollo de pobladores locales en base al turismo de naturaleza.
* Políticas y Plan Estratégico del Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Ecuador
2007-2016.
1.- El Boliche.- Extensión: 392 ha.
2.- Parque Lago.- Extensión: 2.148 ha.
3.- Santay.- Extensión: 2.214 ha.
4.- Samanes.- Extensión: 379,79 ha
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23. Autónomo Descentralizado
Comprende las áreas Protegidas de Gobiernos Autónomos descentralizados, y esta permite
obtener un diagnóstico sobre el estado actual de las Áreas de Conservación Municipal y
contribuir con la protección y conservación de la biodiversidad existente en el país.
Áreas Protegidas Comunitarias
Son las áreas protegidas declaradas por los gobiernos seccionales comunitarios, de tal
manera que se tenga un registro de las mismas y se trabajen desde los organismos
seccionales en temas de conservación de las mismas.
Áreas Protegidas Privadas
Las áreas Protegidas Privadas son espacios naturales de dominio privado que se encuentran
bajo protección legal cuya gestión está sometida a un manejo sustentable que permite
cumplir con objetivos de conservación del patrimonio natural y están sujetas a las leyes de
la constitución ecuatoriana.
Herramientas de Conservación
Las herramientas de conservación, son, mecanismos orientados a integrar iniciativas de
protección de biodiversidad biológica con las demandas de desarrollo planteadas por las
comunidades relacionadas, para ello encontramos:
Reservas de la Biósfera
Las reservas de biosfera son zonas de ecosistemas terrestres o costeros/marinos, o una
combinación de los mismos, su área posee valores naturales a conservar pero habitado y
explotado por la sociedad, de tal manera que ha de buscar un equilibrio entre el desarrollo
económico y la conservación natural, para alcanzar un desarrollo sostenible que sea un
modelo de desarrollo alternativo a la depredación de los recursos naturales que ha habido
hasta ahora.
Zonas Intangibles
Son espacios protegidos de excepcional importancia cultural y biológica en los cuales no
puede realizarse ningún tipo de actividad extractiva debido a su valor ambiental, no solo
para la región, sino para el país y el mundo. La declaratoria de zona intangible incluye el
reconocimiento, respeto y apoyo a los derechos territoriales, colectivos y al uso cotidiano y
doméstico de los recursos naturales por parte de los pueblos indígenas, lo cual significa
garantizar la sobrevivencia de la zona y potenciar el desarrollo de sus sistemas sociales,
económicos y culturales. Declarar la intangibilidad donde existen reservas o bloques
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24. petroleros que exigen enormes inversiones, es asumir con responsabilidad el hecho de no
poner en riesgo una amplia variedad de recursos ambientales.
Corredores de conservación
Los Corredores Ecológicos o de Conservación son los corredores que conectan las áreas
protegidas existentes y con paisajes culturales protegidos. Un corredor está ubicado entre
dos áreas protegidas que cumple la función de conectarlas entre sí para promover el
intercambio reproductivo entre poblaciones aisladas de organismos biológicos. En este
sentido, el mapa del corredor procura delinearse aprovechando pasillos naturales de
conexión entre áreas protegidas, sobre las cuales se enfocan los esfuerzos de conservación.
Patrimonios Naturales
Los Patrimonios Naturales son formaciones fisiológicas, biológicas o geológicas, poseen
un valor universal estético o científico. Están delimitadas para preservar la conservación.
Los patrimonios de la naturaleza tienen una raíz biológica y por ello debe evitarse su
desaparición.
PARQUE NACIONAL CAYAMBE COCA
Cambio de Categoría
Las limitaciones administrativas hacen que el manejo de las diferentes categorías se aplique
de manera similar, sin tomar en cuenta las especificaciones técnicas de cada una de ellas.
Por lo anteriormente indicado desde hace algunos años se consideraba necesaria una
revisión de las categorías de manejo utilizadas en el país.
Según lo cual la Reserva Ecológica es una Reserva Estricta y, por tanto, el objetivo
primordial es mantener opciones abiertas y flexibles de manejo. Se la considera como una
categoría preliminar o transitoria, sujeta a una modificación posterior cuando el área sea
mejor conocida.
En el caso de la Reserva Ecológica Cayambe-Coca encontramos que tiene asentamientos
humanos en su interior que son comunidades indígenas que viven dentro de sus territorios
los que a su vez están dentro de la Reserva, lo cual es incompatible con el concepto dado
para una reserva estricta (categoría asignada por la UICN)
Por estas circunstancias, el Plan Estratégico del SNAP, impulsa el cambio necesario de
asignación de categoría y adelanta el criterio de que la categoría futura debe ser Parque
Nacional o Reserva Biológica.
Cuatro grandes cuencas hídricas nacen al interior de la Reserva: la del río Aguarico
(139.500 ha), la del Quijos (250.434 ha), la del río Mira (6.700 ha) y la del Esmeraldas
(26.243 ha); esta gran cantidad de recursos hídricos convierte a la RECAY en la reserva de
agua más importante del norte del país (Paredes et al. 1998).
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25. Entre las instituciones que inciden en el manejo del área protegida están las Juntas
Parroquias y Municipios.
A nivel de Juntas Parroquiales se identifican 21 gobiernos, en el caso de la provincia de
Imbabura en el Cantón Pimampiro, están las Juntas parroquiales de Mariano Acosta con
una cobertura de 2.544,64 lo que equivale al 0,62% y San Francisco de Sigsipamba con
3.691,69 con un equivalente a 0,90% de todo el Parque Nacional. (Fuente: Cartografía
EcoCiencia 1:250000, JVILLA-consultores).
Los principales ríos que salen de la RECAY son: Papallacta, Quijos, Sardinas, Salado, Due,
Aguarico, Cofanes, Blanco, Pisque, entre otros. La disponibilidad de agua con que cuenta la
Reserva hace que este recurso sea aprovechado en diferentes proyectos como: consumo
humano, riego de las poblaciones vecinas, e hidroelectricidad que benefician a diferentes
provincias.
Aproximadamente 80 lagunas se encuentran distribuidas en toda la zona de páramo, lo que
equivale a una superficie de 1.217 has., procedentes de los deshielos de los nevados
Cayambe, Sarahurco y el aporte de muchos manantiales y humedales por lo que
recientemente este complejo de humedales denominado Ñucanchi Turupamba fue
declarado de Sitio de Importancia Internacional bajo el marco de la convención
RAMSAR sobre la conservación y uso racional de los humedales.
RAMSAR.- La Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional, llamada la
Convención de Ramsar, es un tratado intergubernamental que sirve de marco para la acción
nacional y la cooperación internacional en pro de la conservación y el uso racional de los
humedales y sus recursos.
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Área del Parque Nacional Cayambe Coca: 403.103 ha.
Negociado en el año 1960 por los países y organizaciones no gubernamentales que se
preocupaban por la creciente pérdida y degradación de los hábitats de humedales de las
aves acuáticas migratorias, el tratado se adoptó en la ciudad iraní de Ramsar en 1971 y
entró en vigor en 1975. Es el único tratado global relativo al medio ambiente que se ocupa
de un tipo de ecosistema en particular, y los países miembros de la Convención abarcan
todas las regiones geográficas del planeta.
El propósito general del manejo del Parque Nacional es la sostenibilidad del
ambiente natural, del que dependen varias comunidades que habitan dentro y
en su entorno, y con las cuales está y estará íntimamente relacionado. Para
asegurar esta sostenibilidad es necesario mantener las condiciones naturales
del territorio, asegurando que la comunidad, que depende de su preservación,
comprenda y valore la oferta de servicios proveídos por él Parque.
26. Revisión de Instrumentos Legales
Con la promulgación de la Ley Forestal en 1981, se inicia el desarrollo del marco legal y
jurídico de las áreas protegidas del Ecuador, luego aparecen diversos esfuerzos nacionales
que han orientado el establecimiento y funcionamiento de políticas de manejo y la misma
administración del Sistema Nacional de Áreas Protegidas.
En el campo internacional, el marco de principios y orientaciones para el manejo de las
áreas protegidas culmina con el contenido del Acuerdo de Durban (V Congreso Mundial
del Parques, 2003), cuyo Plan de Acción encausa la acción del manejo de áreas protegidas
hacia el reconocimiento de la relación entre las personas y las zonas prioritarias de
conservación y hacia la implantación de iniciativas que procuren la reducción de la
pobreza. También confirma el objetivo de alcanzar compromisos internacionales para la
conservación; el rechazo a acuerdos comerciales que atenten contra la permanencia de las
áreas; el fortalecimiento de la capacidad de gestión; y la valoración económica que
partiendo de la importancia de las áreas para la economía local y nacional, promueva el
necesario incremento de la inversión y el financiamiento.
En estos instrumentos sobresalen al menos tres lineamientos de avanzada para la
administración del SNAP:
- La relación de las áreas naturales con tierras o territorios de pueblos y nacionalidades
ancestrales;
- La soberanía de los Estados sobre la administración y manejo de dichas áreas; y
- El fomento de la participación de los actores locales y de la sociedad en general en el
manejo de estos espacios naturales.
Marco Constitucional
La Constitución Política de la República, como la Ley máxima Nacional, en relación al
medio ambiente, establece en sus articulados lo siguiente:
En su Art. 395, la Constitución reconoce los siguientes principios ambientales:
1. El Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente
equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad y la
capacidad de regeneración natural de los ecosistemas, y asegure la satisfacción de las
necesidades de las generaciones presentes y futuras.
2. Las políticas de gestión ambiental se aplicarán de manera transversal y serán de
obligatorio cumplimiento por parte del Estado en todos sus niveles y por todas las
personas naturales o jurídicas en el territorio nacional.
3. El Estado garantizará la participación activa y permanente de las personas,
comunidades, pueblos y nacionalidades afectadas, en la planificación, ejecución y
control de toda actividad que genere impactos ambientales.
4. En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales en materia ambiental,
éstas se aplicarán en el sentido más favorable a la protección de la naturaleza.
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27. En el Art. 399 se señala que -El ejercicio integral de la tutela estatal sobre el ambiente y la
corresponsabilidad de la ciudadanía en su preservación, se articulará a través de un sistema
nacional descentralizado de gestión ambiental, que tendrá a su cargo la defensoría del
ambiente y la naturaleza.
En la Sección segunda, bajo el tema de Biodiversidad, establece:
Art. 400 -El Estado ejercerá la soberanía sobre la biodiversidad, cuya administración y
gestión se realizará con responsabilidad intergeneracional. Se declara de interés público la
conservación de la biodiversidad y todos sus componentes, en particular la biodiversidad
agrícola y silvestre y el patrimonio genético del país.
En la Sección tercera, bajo el tema de Patrimonio natural y ecosistemas, establece:
Art. 404. El patrimonio natural del Ecuador único e invaluable comprende, entre otras, las
formaciones físicas, biológicas y geológicas cuyo valor desde el punto de vista ambiental,
científico, cultural o paisajístico exige su protección, conservación, recuperación y
promoción. Su gestión se sujetará a los principios y garantías consagrados en la
Constitución y se llevará a cabo de acuerdo al ordenamiento territorial y una zonificación
ecológica, de acuerdo con la Ley.
Art. 405. El sistema nacional de áreas protegidas garantizará la conservación de la
biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas. El sistema se integrará por
los subsistemas estatal, autónomo descentralizado, comunitario y privado, y su rectoría y
regulación será ejercida por el Estado. El Estado asignará los recursos económicos
necesarios para la sostenibilidad financiera del sistema, y fomentará la participación de las
comunidades, pueblos y nacionalidades que han habitado ancestralmente las áreas
protegidas en su administración y gestión. Las personas naturales o jurídicas extranjeras no
podrán adquirir a ningún título tierras o concesiones en las áreas de seguridad nacional ni
en áreas protegidas de acuerdo con la Ley.
Art. 406. El Estado regulará la conservación, manejo y uso sustentable, recuperación, y
limitaciones de dominio de los ecosistemas frágiles y amenazados; entre otros, los páramos,
humedales, bosques nublados, bosques tropicales secos y húmedos y manglares,
ecosistemas marinos y marinos costeros.
Art. 407. Se prohíbe la actividad extractiva de recursos no renovables en las áreas
protegidas y en zonas declaradas como intangibles, incluida la explotación forestal.
Excepcionalmente dichos recursos se podrán explotar a petición fundamentada de la
Presidencia de la República y previa declaratoria de interés nacional por parte de la
Asamblea Nacional, que, de estimarlo conveniente, podrá convocar a consulta popular.
En la Sección sexta, bajo el tema Agua, establece:
Art. 411. El Estado garantizará la conservación, recuperación y manejo integral de los
recursos hídricos, cuencas hidrográficas y caudales ecológicos asociados al ciclo
hidrológico. Se regulará toda actividad que pueda afectar la calidad y cantidad de agua, y el
equilibrio de los ecosistemas, en especial en las fuentes y zonas de recarga de agua.
La sustentabilidad de los ecosistemas y el consumo humano serán prioritarios en el uso y
aprovechamiento del agua.
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28. Art. 412. La autoridad a cargo de la gestión del agua será responsable de su planificación,
regulación y control. Esta autoridad cooperará y se coordinará con la que tenga a su cargo
la gestión ambiental para garantizar el manejo del agua con un enfoque ecosistémico.
Convenios Internacionales
El Ecuador es signatario de varios convenios internacionales que tienen como objetivo la
conservación de los ambientes y recursos naturales, siendo los más importantes para el
manejo de la RECAY los siguientes:
Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de flora y fauna
silvestre (CITES. Washington 1973)
Convención destinada a proteger ciertas especies amenazadas por la explotación, a través
de un sistema de permisos de importación y exportación. Ratificada por Ecuador mediante
Registro Oficial 746 del 20 de febrero de 1975: Registro Oficial 227 del 7 de diciembre de
1976, y Registro Oficial 910 del 8 de abril de 1988.
Convención relativa a humedales de importancia internacional, especialmente como
hábitat de aves acuáticas (RAMSAR 1971), su protocolo (Paris 1982) y enmiendas (Regina
1987)
Su principal objetivo es detener la pérdida e invasión progresivas de las marismas,
pantanos, turberas, manglares y demás humedales, reconociendo las funciones ecológicas
de los mismos y su valor económico, cultural, científico y recreativo. Ecuador ingresa a la
Convención el 7 de Enero de 1991. El país ratifica la Convención mediante Registro Oficial
755 del 24 de agosto de 1987.
Convenio de las Naciones Unidas sobre diversidad biológica
Su principal objetivo es adoptar medidas para la protección de los ecosistemas (naturales o
modificados), las especies, los microorganismos y los recursos genéticos e impedir su
degradación, asegurando su manejo y preservación. Ecuador ratifica el convenio mediante
Registro Oficial 109 del 18 de enero de 1993 y Registro Oficial 148 del 16 de marzo de
1993.
Convenio sobre la protección de la naturaleza y la conservación de la vida silvestre en el
hemisferio occidental (Washington 1940)
Su principal objetivo es preservar de la extinción a todas las especies y géneros de flora y
fauna nativas de los países de América, y proteger áreas de extraordinaria belleza,
formaciones geológicas excepcionales o zonas de valor estético, histórico o científico.
Ecuador ratifica el convenio mediante Registro Oficial 990 del 17 de diciembre 1943.
Tratado de cooperación amazónica (TCA 1978)
Su propósito es el fomento del desarrollo armónico de la Amazonia para elevar el nivel de
vida de los pueblos amazónicos, mediante acciones que faciliten la preservación, la
conservación y la utilización racional de los recursos naturales y el medio ambiente de los
territorios amazónicos.
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29. Acuerdo de Cartagena (1969)
El Grupo Andino, en el protocolo modificatorio del Acuerdo (1987) incluyen el propósito
de realizar acciones orientadas a la utilización y conservación de los recursos naturales y
del medio ambiente. Además, la decisión 391 del Acuerdo que se refiere al- Régimen
común sobre Acceso a los Recursos Genéticos, publicada en el registro Oficial 05 del 16 de
agosto de 1996.
Convenio 169 de la OIT (1989)
Resalta el tratamiento a las áreas protegidas no solo como espacios de alta biodiversidad
sino como zonas de relevancia social, cultural e histórica, en la que debe canalizarse la
participación de las poblaciones y comunidades locales para la conservación y
aprovechamiento sustentable de los recursos.
Declaración de Río (1992)
En su principio 15 señala que la mejor forma de tratar los asuntos ambientales es a través
de la participación de los sectores involucrados.
Comunidad Andina de Naciones.
La decisión 523 de la Comunidad Andina de Naciones, fundamentó la aprobación de la
estrategia Regional de Biodiversidad para los Países del Trópico Andino (2002), mediante
la cual los Estados miembros se comprometen a impulsar una política homogénea y
coordinada sobre conservación y administración de la diversidad biológica y potenciar su
aprovechamiento sustentable.
CODIFICACIÓN DE LA LEY FORESTAL Y DE ÁREAS NATURALES
Y VIDA SILVESTRE
La Codificación de la Ley Forestal, (Ley Forestal promulgada el 24 de Agosto de 1981 en
el RO 64) para conservación y protección de áreas naturales y vida silvestre, recopila la
normativa reglamentaria sobre Áreas Naturales Protegidas que forma parte de los libros III
y IV del TULAS, incluyendo precisiones sobre las funciones y mecanismos de
administración de las Áreas Protegidas.
TITULO II
DE LAS ÁREAS NATURALES Y DE LA FLORA Y FAUNA SILVESTRES.
CAPITULO I
Del Patrimonio Nacional de Áreas Naturales
Art. 66.- El patrimonio de áreas naturales del Estado se halla constituido por el conjunto de
áreas silvestres que se destacan por su valor protector, científico, escénico, educacional,
turístico y recreacional, por su flora y fauna, o porque constituyen ecosistemas que
contribuyen a mantener el equilibrio del medio ambiente.
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30. Corresponde al Ministerio del Ambiente, mediante Acuerdo, la determinación y
delimitación de las áreas que forman este patrimonio, sin perjuicio de las áreas ya
establecidas por leyes especiales, decretos o acuerdos ministeriales anteriores a esta Ley.
Art. 67.- Las áreas naturales del patrimonio del Estado se clasifican para efectos de su
administración, en las siguientes categorías:
a) Parques nacionales;
b) Reserva ecológica;
c) Refugio de vida silvestre;
d) Reservas biológicas;
e) Áreas nacionales de recreación;
f ) Reserva de producción de fauna; y,
g) Área de caza y pesca.
Art. 68.- El patrimonio de áreas naturales del Estado deberá conservarse inalterado. A este
efecto se formularán planes de ordenamiento de cada una de dichas áreas.
Este patrimonio es inalienable e imprescriptible y no puede constituirse sobre él ningún
derecho real.
CAPITULO II
De la Administración del Patrimonio de Áreas Naturales
Art. 69.- La planificación, manejo, desarrollo, administración, protección y control del
patrimonio de áreas naturales del Estado, estará a cargo del Ministerio del Ambiente.
La utilización de sus productos y servicios se sujetará a los reglamentos y disposiciones
administrativas pertinentes.
Art. 70.- Las tierras y recursos naturales de propiedad privada comprendidos dentro de los
límites del patrimonio de áreas naturales, serán .expropiadas o revertirán al dominio del
Estado, de acuerdo con las leyes de la materia.
CAPITULO III
De la Conservación de la Flora y Fauna Silvestres
Art. 71.- El patrimonio de áreas naturales del Estado se manejará con sujeción a programas
específicos de ordenamiento, de las respectivas unidades de conformidad con el plan
general sobre esta materia.
En estas áreas sólo se ejecutarán las obras de infraestructura que autorice el Ministerio del
Ambiente.
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31. Art. 72.- En las unidades del patrimonio de áreas naturales del Estado, que el Ministerio del
Ambiente determine, se controlará el ingreso del público y sus actividades, incluyendo la
investigación científica.
En los reglamentos se fijarán las tarifas de ingresos y servicios y los demás requisitos que
fueren necesarios.
Art. 73.- La flora y fauna silvestres son de dominio del Estado y corresponde al Ministerio
del Ambiente su conservación, protección y administración, para lo cual ejercerá las
siguientes funciones:
a) Controlar la cacería, recolección, aprehensión, transporte y tráfico de animales y otros
elementos de la fauna y flora silvestres;
b) Prevenir y controlar la contaminación del suelo y de las aguas, así como la degradación
del medio ambiente;
c) Proteger y evitar la eliminación de las especies de flora y fauna silvestres amenazadas o
en proceso de extinción;
d) Establecer zoocriaderos, viveros, jardines de plantas silvestres y estaciones de
investigación para la reproducción y fomento de la flora y fauna silvestres;
e) Desarrollar actividades demostrativas de uso y aprovechamiento doméstico de la flora y
fauna silvestres, mediante métodos que eviten menoscabar su integridad;
f) Cumplir y hacer cumplir los convenios nacionales e internacionales para la conservación
de la flora y fauna silvestres y su medio ambiente; y,
g) Las demás que le asignen la Ley y el reglamento.
Otras Leyes Sectoriales
Ley de Gestión Ambiental
La Ley de Gestión Ambiental expedida el 30 de Julio de 1999, tiene como fundamento
establecer los principios de política ambiental; determinar obligaciones, responsabilidades,
niveles de participación en la gestión ambiental y señalar los límites permisibles, controles
y sanciones en esta materia.
Art. 9.- Le corresponde al Ministerio del ramo:
Coordinar con los organismos competentes para expedir y aplicar normas técnicas,
manuales y parámetros generales de protección ambiental, aplicables en el ámbito nacional;
el régimen normativo general aplicable al sistema de permisos y licencias de actividades
potencialmente contaminantes, normas aplicables a planes nacionales y normas técnicas
relacionadas con el ordenamiento territorial.
Art. 19.- Las obras públicas privadas o mixtas y los proyectos de inversión públicos o
privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificados previamente a su
ejecución, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema Único de
Manejo Ambiental, cuyo principio rector será el precautelatorio.
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32. Art. 33.- Establécense como instrumentos de aplicación de las normas ambientales los
siguientes: parámetros de calidad ambiental, normas de efluentes y emisiones, normas
técnicas de calidad de productos, régimen de permisos y licencias administrativas,
evaluaciones de impacto ambiental, listados de productos contaminantes y nocivos para la
salud humana y el medio ambiente, certificaciones de calidad ambiental de productos y
servicios y otras que serán regulados en el respectivo reglamento.
Ley de Régimen Municipal
Los Gobiernos Municipales pueden contribuir significativamente a la conservación del
ambiente natural ya que tienen la facultad de crear incentivos para los propietarios privados
que protejan los recursos naturales ubicados dentro de sus predios, crear áreas de protección
ecológica o crear mecanismos de pago por servicios ambientales.
Además, en la Ley Orgánica de Régimen Municipal, existen varias normas en relación al
rol que juegan los Municipios en la conservación del ambiente y el uso racional de recursos
naturales, con un enfoque de planificación basado en el ordenamiento territorial que
permita regular los usos y ocupación del suelo urbano y rural, aún más, cuando este uso y
ocupación del suelo está estrictamente relacionado con las áreas protegidas del Estado.
Ley Orgánica de las Juntas Parroquiales Rurales
Declarada con jerarquía y calidad de orgánica por el Congreso Nacional mediante
Resolución 22-058, publicada en el Registro Oficial el 8 de marzo de 2001. Plan de Manejo
del Parque Nacional
Art. 4.- Atribuciones.- Para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la
Constitución y en la presente Ley, la junta parroquial rural tendrá las siguientes
atribuciones: (…)
e) Coordinar con los concejos municipales, consejos provinciales y demás organismos del
Estado, la planificación, presupuesto y ejecución de políticas, programas y proyectos de
desarrollo de la parroquia, promoviendo y protegiendo la participación ciudadana en
actividades que se emprenda para el progreso de su circunscripción territorial, en todas
las áreas de su competencia;
f) Coordinar con los consejos provinciales, concejos municipales y demás entidades
estatales y organizaciones no gubernamentales todo lo relacionado con el medio
ambiente, los recursos naturales, el desarrollo turístico y la cultura popular de la
parroquia y los problemas sociales de sus habitantes; Para estos efectos podrá recibir
directamente recursos económicos de organizaciones no gubernamentales,
especializadas en la protección del medio ambiente;
g) Evaluar la ejecución de los planes, programas, proyectos y acciones que se emprendan
en el sector, llevados a cabo por los habitantes de la circunscripción territorial o por
organizaciones que en ella trabajen, así como llevar un registro de los mismos para que
exista un desarrollo equilibrado y equitativo de la parroquia.
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33. Ley de Turismo
Con la finalidad de ordenar la actividad turística se creó la Ley No 2002-97, publicada en el
Registro Oficial 733 del 27 de diciembre del año 2002, que establece:
Art. 3.- Son principios de la actividad turística, los siguientes:
e) La iniciativa y participación comunitaria indígena; campesina, montubia o afro-
ecuatoriana, con su cultura y tradiciones preservando su identidad, protegiendo su
ecosistema y participando en la prestación de servicios turísticos, en los términos
previstos en esta Ley y sus reglamentos.
Art. 4.- La política estatal con relación al sector del turismo, debe cumplir los siguientes
objetivos:
e) Promover la capacitación técnica y profesional de quienes ejercen legalmente la
actividad turística.
Art. 12.- Cuando las comunidades locales organizadas y capacitadas deseen prestar
servicios turísticos, recibirán del Ministerio de Turismo o sus delegados, en igualdad de
condiciones todas las facilidades necesarias para el desarrollo de estas actividades, las que
no tendrán exclusividad de operación en el lugar en el que presten sus servicios y se
sujetarán a lo dispuesto en esta Ley y a los reglamentos respectivos.
Reglamento General de Aplicación a la Ley de Turismo.
Establecido mediante Decreto Ejecutivo No 11-86, y publicado en el Registro Oficial 244
del 5 de enero de 2004, establece en el Título Tercero, Capítulo I, relacionado a la actividad
turística en el Patrimonio de Áreas Protegidas:
Art. 64.- “De la coordinación interministerial.- En el ejercicio de sus competencias, los
ministerios de turismo y del Ambiente, coordinarán sus actividades dentro del Patrimonio
Nacional de Áreas Naturales Protegidas.
El Ministerio del Ambiente, sus Distritos Forestales y Direcciones de Parques Nacionales
requerirán de la información y criterios previos del Ministerio de Turismo, en las
actividades que tengan o pudieran tener impacto en el sector turístico.
Los mecanismos específicos de coordinación institucional entre el Ministerio del Ambiente
y el Ministerio de Turismo, son aquellos establecidos en el reglamento especial de Turismo
en Áreas Naturales Protegidas¨.
Reglamento Especial de Turismo en Áreas Naturales Protegidas (RETANP)
Dado mediante Decreto Ejecutivo No. 3045 suscrito 28 de agosto de 2002, y publicado en
el Registro Oficial
Art. 11.- “Las actividades turísticas en el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas,
en cada una de sus fases deberán desarrollarse sobre la base de los principios ambientales
establecidos en los planes de manejo de cada área protegida”.
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34. Art. 13.- “El control que el Ministerio del Ambiente ejercerá, en el ámbito de sus
competencias, a través de sus dependencias, de las actividades turísticas en el Sistema
Nacional de Áreas Naturales Protegidas permitirá monitorear cualitativa y
cuantitativamente, y manejar los impactos derivados de la implementación y operación de
la actividad turística en áreas protegidas de conformidad con los Planes Regionales y de
Manejo”.
Art. 17.- “Las evaluaciones de impacto ambiental que se deban realizar para la iniciación
de las actividades turísticas en el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas deberán
contener los componentes que se refiere el artículo 21 de la Ley de Gestión Ambiental”…
De igual manera en este cuerpo legal, en su Art. 20, indica que los procesos de
investigación turística estarán dirigidos fundamentalmente a:
Evaluar los impactos en los diferentes recursos del área protegida, derivados de la actividad
turística.
Determinar los niveles de participación comunitaria en el desarrollo de las actividades
turísticas.
En el Art. 28.- señala que para realizar operaciones turísticas en áreas del Sistema Nacional
de Áreas Naturales Protegidas en el territorio continental, se requerirá la obtención de una
patente de operación turística, del registro y la licencia anual de funcionamiento otorgados
por el Ministerio de Turismo y el cumplimiento de todas las formalidades y procedimientos
establecidos en este Reglamento Especial.
Art.30.- La patente de operación turística se solicitará y otorgará para la operación
principal en cada área del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas del Estado a
través de las Direcciones Regionales Forestales del Ministerio del Ambiente; en materia de
la categorización de la calidad de los servicios turísticos se respetará lo impuesto por el
Ministerio de Turismo.
Ley de Aguas
La Codificación 16, a la Ley de Aguas, Registro Oficial 339 del 20 de mayo del 2004,
señala lo siguiente:
Art. 6.- El concesionario de un derecho de aprovechamiento de aguas tiene igualmente la
facultad de constituir las servidumbres de tránsito, acueducto y conexas. Está obligado a
efectuar las obras necesarias para ejercitar tales derechos.
Art. 20.- A fin de lograr las mejores disponibilidades de las aguas, el Instituto Ecuatoriano
de Recursos Hidráulicos, prevendrá, en lo posible, la disminución de ellas, protegiendo y
desarrollando las cuencas hidrográficas y efectuando los estudios de investigación
correspondientes.
Las concesiones y planes de manejo de las fuentes y cuencas hídricas deben contemplar los
aspectos culturales relacionados a ellas, de las poblaciones indígenas y locales.
Art. 25.- Cuando las aguas disponibles sean insuficientes para satisfacer múltiples
requerimientos, se dará preferencia a los que sirvan mejor al interés económico social del
país.
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35. Art. 34.- Las concesiones del derecho de aprovechamiento de agua se efectuarán de
acuerdo al siguiente orden de preferencia:
a. Para el abastecimiento de poblaciones, para necesidades domésticas y abrevadero de
animales;
b. Para agricultura y ganadería;
c. Para usos energéticos, industriales y mineros…
Art. 37.- Las concesiones de agua para consumo humano, usos domésticos y saneamientos
de poblaciones, se otorgarán a los Municipios, Consejos Provinciales, Organismos de
Derecho Público o Privado y particulares, de acuerdo a las disposiciones de esta Ley.
Art. 47.- Las aguas minerales, termales y medicinales se explotarán preferentemente por el
Estado, Municipalidades o mediante concesiones del derecho de aprovechamiento a
particulares, y también celebrando contratos de asociación, para destinarlas a centros de
recuperación, balnearios, plantas de envase, etc. Los actuales usuarios, continuarán
gozando del derecho de aprovechamiento mientras se celebren los contratos de asociación,
o se otorguen las concesiones previstas en esta Ley. A la finalización del plazo de la
concesión, o antes de éste, si se dejare de explotar las aguas a que se refiere este Art., las
obras e instalaciones pasarán a ser de propiedad del Estado sin indemnización alguna.
Codificación a la Ley de Desarrollo Agrario
Con la finalidad de incrementar la producción y la productividad agropecuaria, y de
establecer estímulos y medidas de protección para las actividades productivas que utilicen
racionalmente los recursos disponibles; se promulgó la presente ley, el 6 de marzo de 1979.
Art. 18.- Medidas Ecológicas.- El Ministerio de Agricultura y Ganadería, a través de sus
organismos especializados, adoptará las medidas aconsejadas por las consideraciones
ecológicas que garanticen la utilización racional del suelo y exigirá que las personas
naturales o jurídicas que realicen actividades agrícolas, pecuarias, forestales u obras de
infraestructura que afecten negativamente a los suelos, adopten las medidas de
conservación y recuperación que, con los debidos fundamentos técnicos y científicos,
determinen las autoridades competentes.
Art. 19.- Suspensión.- El Ministerio de Agricultura y Ganadería podrá ordenar la
suspensión de las tareas y obras de que trate el artículo anterior, que ejecutaren personas
naturales o jurídicas, si tales tareas y obras pudieren determinar deterioro de los suelos o
afectar a los sistemas ecológicos.
Ley de Biodiversidad
La Ley que protege la biodiversidad fue promulgada mediante Registro Oficial 35, del 27
de septiembre de 1996, que en sus articulados determina lo siguiente:
Art. 1.- Se considerarán bienes nacionales de uso público, las especies que integran la
diversidad biológica del país, esto es, los organismos vivos de cualquier fuente, los
ecosistemas terrestres y marinos, los ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de
los que forman parte.
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36. El Estado Ecuatoriano tiene el derecho soberano de explotar sus recursos en aplicación de
su propia política ambiental.
Su explotación comercial se sujetará a las leyes vigentes y a la reglamentación especial, que
para este efecto, dictará el Presidente Constitucional de la República, garantizando los
derechos ancestrales de las comunidades indígenas sobre los conocimientos, los
componentes intangibles de biodiversidad y los recursos genéticos a disponer sobre ellos.
Art. 2.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial
y prevalecerá sobre las que se le opongan.
Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, en la Sala de
Sesiones del Congreso Nacional del Ecuador, a los cuatro días del mes de septiembre de
mil novecientos noventa y seis.
Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero
Con la finalidad recoger las disposiciones relacionadas con la actividad pesquera,
centralizando su control en los organismos especializados así como regulando todas sus
fases, se creó la presente ley el 12 de febrero de 1974
Art. 1.- Los recursos biológicos existentes en el mar territorial, en las aguas marítimas
interiores, en los ríos, en los lagos o canales naturales y artificiales, son bienes nacionales
cuyo racional aprovechamiento será regulado y controlado por el Estado de acuerdo con sus
intereses.
Art. 18.- Para ejercer la actividad pesquera en cualquiera de sus fases se requiere estar
expresamente autorizado por el Ministerio de Recursos Naturales y Energéticos y sujetarse
a las disposiciones de esta ley, de sus reglamentos y de las demás leyes, en cuanto fueren
aplicables.
Art. 31.- El Ministerio de Recursos Naturales y Energéticos, en coordinación con el
Ministerio de Educación Pública y Deportes, reglamentará y controlará la pesca deportiva.
Los clubes y más organizaciones que incluyan entre sus actividades a la pesca deportiva,
deberán también registrarse en la Dirección General de Pesca o en la Inspectoría más
cercana a su sede social.
Principios que rigen el Sistema de Áreas Protegidas
El Plan estratégico del SNAP, se establecen los siguientes principios para el manejo de las
unidades del SNAP:
Soberanía. La diversidad biológica representada en el Sistema Nacional de Áreas
Protegidas constituye un patrimonio común de la sociedad ecuatoriana y tiene un
valor estratégico para el desarrollo presente y futuro del país.
Inalienabilidad. El Estado ecuatoriano garantizará que la diversidad biológica,
contenida dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, no sea enajenada o
afectada, conforme a las disposiciones constitucionales y legales.
Participación y equidad. La gestión del Sistema Nacional de Áreas Protegidas se
llevará a cabo con la cooperación y la responsabilidad compartida de los diversos
actores involucrados.
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37. Respeto a la diversidad cultural. En la gestión del Sistema Nacional de Áreas
Protegidas se reconocerán, respetarán y fortalecerán la identidad y la diversidad
cultural, promoviendo la protección y valoración de los conocimientos, innovaciones
y prácticas tradicionales de los pueblos indígenas, afroecuatorianos y comunidades
locales.
Manejo integral. La gestión del Sistema Nacional de Áreas Protegidas se orientará a
mantener la integralidad de las funciones y componentes de la diversidad biológica
contenida en las áreas de los subsistemas que lo constituyen.
Prevención. La gestión del Sistema Nacional de Áreas Protegidas priorizará la
prevención de los daños o amenazas a los recursos naturales antes que los
mecanismos de compensación y mitigación de los daños causados.
Sostenibilidad financiera. La gestión del SNAP es responsabilidad del Estado y de
los actores públicos y privados nacionales e internacionales; por lo tanto, se
implementarán los mecanismos de aportación de los involucrados promoviendo el
cofinanciamiento de las intervenciones, con el fin de garantizar los recursos
necesarios que permitan una efectiva gestión de las áreas protegidas.
Precaución. La falta de información suficiente no justificará el aplazamiento de
medidas de precaución cuando existe presunción de riesgo de afectación o pérdida
sustancial de los recursos naturales contenidos en el Sistema Nacional de Áreas
Protegidas.
Gestión intersectorial. En la gestión del Sistema Nacional de Áreas Protegidas se
fortalecerá la coordinación entre la Autoridad Ambiental Nacional, entidades públicas,
privadas, organizaciones sociales y otros actores involucrados, con la finalidad de articular
el SNAP con las políticas de desarrollo del país. El SNAP debe ser considerado un sector
estratégico para el desarrollo económico del país, y debe alcanzar un alto posicionamiento
público y una fuerte capacidad de incidencia política.
Ecuador y su Diversidad Biológica
Según los datos más recientes, Ecuador alberga 25.000 especies de plantas vasculares, de
estas el 20% son endémicas; su fauna incluye 460 especies de anfibios, 402 de reptiles, más
de 1.600 en aves y 324 de mamíferos, en tanto que se conoce menos del 5% de los micro
organismos, por todo esto; de forma relativa el Ecuador es el primero en el mundo en
diversidad biológica por Km².
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38. PARROQUIA SAN FRANCISCO DE SIGSIPAMBA
La parroquia tiene un área de 172 km² o 17.200 Ha., dentro de la misma posee una buena
muestra de recursos naturales tanto bióticos como abióticos, esto se debe a varios factores o
características climáticas y geográficas, es con esto que la topografía irregular ha impedido
de cierta forma el avance de la frontera agrícola ganadera o el aprovechamiento de madera.
El tener a la Cordillera de Mainas o Pimampiro, sus páramos y bosques, ecosistemas que
albergan a muchas especies de mamíferos, aves y vegetación en general muchos de estos
comparten alguna categoría de amenaza esto dado por la Unión Internacional para la
Conservación de la Naturaleza - UICN, otra característica en la parroquia es la presencia de
pequeños relictos de bosque Seco una formación vegetal que se la puede encontrar en las
riveras de los ríos o pendientes de las quebradas, en fin las propiedades ambientales y
paisajísticas que posee la parroquia bien podrían ser consideradas únicas en el Cantón
Pimampiro y la provincia de Imbabura.
Sigsipamba, forma parte del Parque Nacional Cayambe Coca (0,03%), con el mismo
comparten varias formaciones vegetales como bosques Montanos, variedad de páramos y
también su diversidad biológica, pero una característica especial de la parroquia es el
Bosque Seco mismo que no posee el área protegida, se lo puede apreciar en varias de las
comunidades, en las riveras de los ríos Blanco, Verde y Pisque (comunidades
Shanshipamba, San Antonio y San José).
El sistema hídrico de la parroquia, es importante para los miembros de las comunidades, ya
que de este recurso natural se benefician las personas, animales y sus tierras, ya sea para el
riego o el uso doméstico en los hogares de las comunidades, este recurso nace de los
bosques y páramos en las zonas altas de la cordillera de Mainas o Pimampiro en donde
también se pueden apreciar varias lagunas como la Negra en la Floresta, Chiquita o Peñas
Blancas compartida por las comunidades Esperanza y Shanshipamba y dos lagunas más en
Ramos Danta, es así que; las sub cuencas y micro cuencas se unen y junto con las de
Mariano Acosta y Chuga alimentan a la Cuenca del Rio Chota.
Las comunidades de Ramos Danta, San Miguel, La Floresta, San Vicente, Shanshipamba
así como el caserío de La Esperanza, conservan muestras de bosque y páramos sus áreas
más altas y de topografía irregular y zonas ya determinadas como Parque Nacional son las
que aún conservan variedad de zonas de vida.
Características Biofísicas de la Parroquia
Zoo geográficamente.
Altoandino, hay presencia e partir de los 2.900 hasta los 3.600 m.s.n.m. en las
comunidades de Ramos Danta, La Floresta, San Vicente, La Esperanza y
Shanshipamba, su clima es frío.
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39. Temperado, ubicado en las estribaciones y valles entre los 2.000 a 2.800 msnm., su
clima es temperado - seco a frío - húmedo.
Zonas de Vida.
• Páramo pluvial subandino (ppSA)
• Bosque pluvial montano (bpM)
• Bosque Muy Húmedo Montano (bmhM) en altitudes comprendidas entre 3.000 y
4.000 m.
• Bosque Húmedo Montano (bhM) más a la cordillera oriental, entre los 3.000 y
3.600 m.
• El bosque húmedo montano bajo (bhMB) entre los 2.200 y 3.000 m.
• Matorral seco montano y Espinar seco montano, estos se los puede ver también en
los Valles del Chota y Guayllabamba.
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40. FLORA Y FAUNA REPRESENTATIVA
La vegetación natural, incluye 6 tipos de asociaciones vegetales, correspondientes a:
1.- Bosque de neblina montano (Bm)
En la parroquia se lo puede
encontrar entre los 2.400 y
2.900 m.s.n.m. Típicamente
es un bosque cuyos árboles
están cargados plantas
epífitas y musgo. En esta
altitud las epífitas,
especialmente orquídeas,
helechos y bromelias, son
numerosas en especies e
individuos, registrándose
probablemente su más alta
diversidad. Se puede
apreciar la presencia de
ciertas plantas pioneras de
la familia del bambú como
la del Suro (Chusque scandens), mismas que en esta franja altitudinal muestran variedad o
diversidad. Se ha podido ver al Suro en zonas abiertas por el hombre o por causa natural en
los deslizamientos de tierra dentro de las zonas boscosas, en las comunidades de Ramos
Danta, San Miguel, La Floresta, San Vicente, La Esperanza, cerca de las riveras del río
Blanco, en Shanshipamba.
Flora característica:
Anthurium penningtonii, y A. spp. (Araceae); Geonoma weberbaueri (Arecaceae); Begonia
spp. (Begoniaceae); Alnus acuminate (Betulaceae); Weinmannia spp. (Cunoniaceae);
Cyathea caracasana (Cyatheaceae); Oennstaedtia kalbreyeri, O. producta, D. paucirrhiza
(Dennstaedtiaceae); Gunnera brephogea (Gunneraceae); Juglans neotropica
(Juglandaceae); Miconia spp. (Melastomataceae); Cedrela montana (Meliaceae);
Bocconia integrifolia (Papaveraceae); Passiflora spp. (Passifloraceae); Peperomia spp.
(Piperaceae); Chusquea spp: (Poaceae).
Correspondencia en otros sistemas: Las especies antes mencionadas también se las puede
ver en otros sistemas como en el bosque húmedo montano bajo, bosque muy húmedo
montano bajo, bosque pluvial montano y bosque nublado.
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41. 2.- Bosque siempreverde montano alto (Bma)
Este sistema se lo puede
apreciar con mayor claridad
en zonas altas de las
comunidades de Ramos Danta
y San Miguel el mismo
conecta de forma biológica a
las dos poblaciones, también
se lo puede apreciar en San
Vicente y la parte alta del Río
Blanco (área del P.N.
Cayambe Coca), es decir en
las estribaciones orientales,
desde los 2.800 hasta los
3.500 m.s.n..m. esto podría
incluir zonas cercanas a las
lagunas Negra en la Floresta y
Blanca o Chiquita en Shanshipamba – La Esperanza, puede ser considerada como
vegetación de transición entre los bosques montano altos y el páramo. El bosque húmedo
montano es similar al bosque nublado en cuanto a su fisonomía y a la cantidad de musgos y
plantas epífitas.
Flora característica:
Oreopanax spp. (Araliaceae); Gynoxys. spp.(Asteraceae); Toumefortia fuliginosa , T.
scabrida (Boraginaceae); Buddleja multiceps (Buddlejaceae); Vallea stipularis
(Elaeocarpaceae); Axinaea quitensis, Brachyotum gracilescens, B. ledifolium y B. spp.,
Miconia barclayana y M. spp. (Melastomataceae); Piper spp. (Piperaceae); Hesperomeles
lanuginosa (Rosaceae).
A mayor altitud, en Ceja Andina, los arbustos son más frecuentes (entre ellos Brachyotum
spp., y Lupinus spp.), pero ocasionalmente se encuentran árboles de Oreopanax spp. y
Miconia spp., entre otras especies.
Correspondencia en otros sistemas: AS: incluye la ceja andina; C: incluido en bosque
húmedo montano, bosque muy húmedo montano, bosque pluvial montano; H: bosque
nublado.
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45. armadas o espinosas, especialmente de la familia Cactaceae, pero donde las familias
Fabaceae, Mimosaceae Y Acanthaceae pueden ser importantes. Ocurre en áreas secas, con
suelos pobres y con
precipitación aún más escasa que donde se encuentran los matorrales secos. Esta formación
puede ser encontrada en forma restringida en los valles de Chota, Guayllabamba Y
Chanchán.
Flora característica:
Este tipo de vegetación está dominada por varios géneros y especies de cactos, como,
Opuntia soedeistromiana, O. Pubescens y O. tunicata. Es frecuente además Acacia
macracantha (Mimosaceae).
Una formación vegetal que no se menciona en el presente documento es el Herbazal
lacustre montano, esta es característica de las zonas lacustres y por tener 4 lagunas
en la parroquia y la de Puruhanta compartida con la parroquia de Mariano Acosta,
se recomienda hacer una investigación o estudio especial de este ecosistema.
Valor Ecológico.
El valor ecológico de los recursos naturales existentes en la parroquia es
incalculable ya que son fuente de vida de muchas especies, origen y regulación del recurso
hídrico, captación de carbono entre otros, es decir que, brindan servicios ambientales hacia
la parroquia y comunidades cercanas.
Estos se ven afectados por, la falta de fuentes de trabajo en las zonas pobladas, mismas que
buscando un incremento económico en sus vidas, producen el avance de la frontera
agrícola – ganadera y tala de madera a pequeña escala para el uso en casa como tablones,
etc., son los factores que alteran el orden ecológico.
El Páramo y los bosques son ecosistemas que permiten el desarrollo de una gran diversidad
de aves, mamíferos, anfibios y reptiles, los humedales; de altura, forman parte del sistema
de lagunas permanentes y temporales ubicadas en la parte alta de la parroquia sobre los
3.200 m.s.n.m. como las lagunas; Negra, Blanca o Chiquita, Puruhanta y dos más en Ramos
Danta (sin nombre).
Los Bosques hogar también de especies, en donde la capa vegetal mantiene a los suelos
ricos en humus, estos evitan la erosión y posteriores problemas así minimizando posibles
amenazas naturales, junto con el Páramo alimentan del recurso hídrico a los ríos, mismos
que prestan su servicio a la flora, fauna y personas que habitan la parroquia.
En definitiva:
Estos ecosistemas cumplen funciones vitales como captación de agua, alimento y
refugio para fauna silvestre, mantiene los ecosistemas aguas abajo y puede ofrecer
opciones para turismo recreativo y escénico.
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46. La importancia de los humedales como ecosistemas, se centra en que son
verdaderos reservorios de agua que posteriormente pueden ser distribuidas a las
cuencas bajas para diversos usos, tienen importancia por su atractivo turístico como
consecuencia de su belleza natural, son hábitats de fauna acuática entre otras
propiedades.
Los bosques andinos de estribación, son ecosistemas que se hallan cubiertos por
vegetación natural de tipo arbóreo alto y/o bajo, ubicados entre los 600 -
3.200/3.400 msnm, a lo largo de la estribación exterior de la cordillera andina que
desciende a la región Amazónica y que en casi su totalidad corresponden a tierras
frágiles debido a las condiciones de topografía accidentada, a los suelos delgados y
superficiales y a los substratos rocosos poco coherentes, que sumados a las
condiciones de humedad extrema, implican una alta inestabilidad geomorfológica y
una elevada susceptibilidad a los procesos erosivos y movimientos en masa (Mejía,
1.997).
En el territorio andino y los Andes en general la intervención del hombre es notoria
la parroquia es un buen ejemplo, ya que los bosques que existen en algunos sitios
están sujetos a la intervención humana (Shanshipamba, San Antonio, San José, El
Cielito, Bellavista, la Merced, El Carmelo y la cabecera parroquial San Francisco,
con actividades principalmente de tala del bosque, extracción forestal y ampliación
de la frontera pecuaria, siendo el caso de los sectores adyacentes, esto debido
principalmente a las facilidades de acceso.
Finalmente, están los bosques intervenidos, que se identifican principalmente en el
sector norte y sur - oriental de la parroquia. Si bien gran parte de las funciones que
originalmente desempeñaban en el ecosistema andino han sido alteradas o reducidas,
por ser ecosistemas modificados, aún mantienen su importancia en cuanto se refiere a
mantener el equilibrio ecológico, ya que continúan siendo refugios de fauna, mantienen
la capacidad aunque menor, sobre el control de erosión y escurrimientos, provee leña,
proporciona fibras vegetales, plantas medicinales y ornamentales, entre otros.
Actualmente, estos remanentes son pequeños corredores, parte de estos ecosistemas
siguen siendo protegidos, con el anhelo de apoyar a la regeneración y recuperación
natural de la vegetación nativa y atractivo turístico.
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47. MAMÍFEROS
Siendo la Cayambe Coca una de las áreas protegidas con mayor diversidad biológica del
país, no es de extrañar que los bosques de la parroquia compartan parte de esta riqueza.
En las zonas altas de las comunidades Ramos Danta, San Miguel, La Floresta, San Vicente,
la Esperanza y Shanshipamba, en donde se conservan bosques y páramos se tienen registros
de varias especies grandes y medianas en mamíferos entre los que podemos mencionar;
1.- Venado enano - Pudu mephistophiles (VU),
2.- Oso de Anteojos - Tremarctos ornatus (EN),
3.- Puma o león americano - Puma concolor (VU),
4.- Tapir de montaña o Danta - Tapirus pinchaque (CR); y,
5.- Lobo de páramo - Pseudalopex culpaeus.
Oso de Anteojos - Tremarctos ornatus (EN)
Tapir o Danta - Tapirus pinchaque(CR)
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48. Entre los mamíferos pequeños que se pueden encontrar en los bosques y las comunidades,
se ha tenido un pequeño registro de;
1.- Conejo de Monte - Sylvilagus brasiliensi (LC),
2.- Zorrillo o Mofeta – Conepatus semistriatus (LC),
3.- Sachacuy - Agouti taczanowskii ,
4.- Cohati Andino o Cusumbo – Nasuella olivacea (VU),
5.- Erizo o puerco espín andino – Coendou quichua, (VU)
6.- Ardilla cola roja o ardilla roja norteña – Sciurus granatensis (LC),
7.- Raposa – Didelphis pernigra (LC),
8.- Musaraña de Orejas Cortas – Cryptotis spp.
9.- Comadreja andina – Mustela felipei (LC), (por confirmar si es M. frenata).
Seguramente, hay más especies de mamíferos pequeños como los ratones (Orden Rodentia)
y murciélagos (Orden Chiroptera), que no se tiene una identificación.
Sachacuy - Agouti taczanowskii
http://travel.mongabay.com/colombia/images/co06-1289.html
Cohati Andino o Cusumbo – Nasua narica
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49. Conejo de Monte - Sylvilagus brasiliensis
http://boto-cor-de-rosa.blogspot.com/2008_12_01_archive.html
Comadreja, Mustela felipei Erizo o puerco espín andino,
Coendou quichua, (VU)
Peces.-
Solo se tiene una especie la misma en los ríos Verde, Blanco y Pisque;
Trucha arcoíris - Salmo gairdneri.
Anfibios.-
Ecuador posee 479 especies descritas formalmente (449 Anura, 7 Caudata y 23
Gymnophiona), somos el 3er. País después de Brasil y Colombia en número de anfibios.
Como se menciona en la descripción del Parque Nacional, el mismo es considerado como
uno del Sistema Nacional con mayor número de especies, aunque no se tiene un estudio que
confirme un número exacto de anfibios en la Cayambe Coca, de igual forma no se lo tiene
en los bosques y páramos de la Parroquia.
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