2. ¿Qué es?
Es un servicio que está dirigido a los comercios
que venden productos a turistas
Principalmente está dirigido a ventas de:
– Joyería
– Perfumería
– Textil de calidad
– Aparatos eléctricos y electrónicos
– Otras ventas de valor unitario superior a 36 euros
3. ¿A quién beneficia?
Principalmente al turista foráneo, que
recuperará parte del importe de su compra.
También beneficia al comercio, que con este
servicio es más competitivo y se sitúa al mismo
nivel que grandes superficies.
4. ¿Cómo funciona?
El comercio rellena el formulario habilitado en la
página web de la Cámara de Comercio
www.camaratenerife.com
7. Procedimiento: Tres pasos
1. El comerciante entrega la factura al turista.
2. El turista acude al puesto de Guardia Civil en el
puerto o aeropuerto al salir de Canarias.
Presentará las facturas que le ha dado el
comerciante y la Guardia Civil sellará ambas
copias y se quedará con un ejemplar.
3. El comercio recibirá una comunicación de que el
turista ha salido de Canarias para que le haga la
devolución del IGIC.
8. ¿Cómo se devuelve el dinero al turista?
La devolución se realiza en 15 días. El comercio
dispone de tres medios:
1. Transferencia bancaria
2. Pay Pal
3. Tarjeta bancaria
9. El comercio solicita la devolución
Después de que el comercio haya realizado la
devolución del IGIC al turista, solicitará el
reembolso al Gobierno de Canarias.
La Cámara dispone de un servicio de ayuda para
tramitar en nombre del comercio la devolución
de las cantidades devueltas al turista.
10. Coste para el comercio asociado
– Cuota de alta en el servicio: 200 euros al año.
– Por cada establecimiento adicional: 50 euros
al año.
– Renovaciones a partir del segundo año:
descuento del 50%.
– Tramitación de la devolución con el Gobierno
de Canarias: 60 euros por trimestre.