08. Servicios MéDicos

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    08. Servicios MéDicos - Presentation Transcript

    1. SERVICIOS MÉDICOS Curso de actualización Ley del ISSSTE Abril, 2008
    2. Contenidos
      • Reformas a los sistemas de salud en América Latina
      • Situación de los servicios médicos
      • Seguro de Salud
      • Invalidez
      • Riesgos del trabajo
    3. Reforma a los sistemas de salud
    4. Las reformas a los sistemas de salud en América Latina
      • Desde los años 80 del siglo pasado se han iniciado procesos de reforma del sector salud en casi todos los países de América Latina.
      • Las características de estas reformas son muy distintas aunque las razones para su puesta en marcha sean relativamente comunes.
      • Metas :
      • Mantener la solvencia del sistema de salud frente a los crecientes costos operativos.
      • Conseguir una mayor participación del sector privado en los servicios de salud y seguridad social creando mercados competitivos, ofreciendo opciones para seleccionar proveedores y creando un servicio más eficaz así como una cobertura más equitativa.
    5. El paradigma de las reformas de salud en América Latina
      • El Informe del Banco Mundial (BM) “ Invertir en Salud ” (1993) analizó la situación sanitaria mundial desde una perspectiva económica y constituyó la base para estas reformas.
      • Algunas conclusiones del Informe:
      • El financiamiento público de salud es ineficiente e inequitativo.
      • Los sistemas sanitarios van a tener que hacer frente en un futuro inmediato a una gran explosión de los costos, debido al desarrollo de la tecnología médica y las transiciones demográfica y epidemiológica.
      • En algunos países en desarrollo los gastos en asistencia sanitaria aumentan con mucha más rapidez que los ingresos.
    6. El financiamiento de los servicios de salud, según el BM
      • El gasto público en salud tiende a subvencionar a personas que podrían pagarse sus propios servicios .
      • P ara garantizar la prestación de servicios básicos a toda la población, al tiempo que el resto del sistema de salud pasa a autofinanciarse, se requieren reformas importantes.
      • Una manera de hacerlo sería cobrar a los pacientes acomodados que utilicen los hospitales y servicios estatales en función a su nivel de ingresos.
      • Este tipo de medidas ha creado sistemas sanitarios distintos para ricos y pobres.
    7. El paradigma del BM en México
      • En 1994, la Fundación Mexicana para la Salud (Funsalud), aplicó el Informe del BM en el marco del proyecto “Economía y Salud”.
      • Según Funsalud, si se fomenta la prestación plural (pública y privada) de los servicios de salud y se separan la prestación del financiamiento, se dará un empujón decisivo a la eficiencia y la competitividad del sector salud pero también a la equidad y calidad de los servicios.
      • En 2000, Funsalud presenta la propuesta “Hacia un México más saludable“ sobre tres puntos clave :
        • Separación entre financiamiento a la salud y la prestación de los servicios;
        • Creación de un seguro universal de salud financiado a través de un fondo nacional de salud; y
        • Fomentar la prestación plural de los servicios .
    8. Situación de los servicios médicos
    9. Situación de los servicios médicos del ISSSTE
      • La dinámica demográfica y epidemiológica han impactado la capacidad de atención del Instituto.
      • El envejecimiento de la población ha llevado a que los padecimientos que predominantemente atiende el ISSSTE sean más costosos y más prolongados .
      • El costo de los medicamentos, los materiales de curación y el equipo médico, crece con un ritmo superior al de la inflación .
      • El gasto en salud para pensionados representa la cuarta parte de las contribuciones totales del fondo médico. Para 2015, se prevé que este gasto llegue al 50% de los ingresos.
      • La situación de este fondo ha llegado a un desequilibrio que representa más de 5 mil millones de pesos en 2007 , a lo que habría que agregar la fuerte desinversión en infraestructura por más de 10 años.
    10. Calidad de los servicios médicos
      • Los servicios médicos del ISSSTE operan desde hace varios años con recursos insuficientes para el abasto de medicamentos y materiales de curación, rezagos en equipamiento e infraestructura e insuficiente personal médico para la atención de la demanda interna.
      • En 2004 asistieron a servicios privados 3 de cada 5 derechohabientes del ISSSTE;
      • En 2005 fue la segunda institución con más quejas ante la SFP y
      • Fue la primera entidad con más recomendaciones y la sexta en quejas ante la CNDH
    11. Valuación actuarial del Fondo Médico del ISSSTE
      • El pasivo por servicios médicos se estima en 1 billón 863 mil millones de pesos y las cuotas que se espera ingresen por este ramo asciendan a 1 billón 12 mil millones, por lo que las cuotas representan el 54.31% del pasivo y el déficit el 45.69%.
      • Por tanto, Servicios Médicos, al 31 de diciembre de 2005, presenta un déficit del 9.89% de los salarios de cotización , en términos absolutos asciende a $851,682 millones, lo que equivale al 10.17% del PIB a la misma fecha.
      • No se cuenta con información del gasto de servicios médicos en el seguro de riesgos de trabajo.
    12. Seguro de Salud
    13. Nuevo modelo de gestión
      • La nueva Ley del ISSSTE menciona que se establecerá:
        • un modelo y programas de salud “en atención a las características demográficas, socioeconómicas y epidemiológicas de sus derechohabientes”;
        • “ desarrollará una función prestadora de servicios de salud”, separándola de las funciones de financiamiento ;
        • regionalizará los servicios y
        • sienta las bases para la celebración de convenios de subrogación para la oferta de la capacidad excedente.
      • El modelo se va a determinar por disposiciones reglamentarias .
    14. Nuevo modelo de gestión
      • Se establecerá un Comité de Evaluación y Seguimiento para:
        • Evaluar los resultados y proponer medidas para la óptima prestación de los servicios médicos;
        • Plantear recomendaciones para que las unidades prestadoras de servicios de salud tengan los recursos necesarios y aseguren el equilibrio financiero;
        • Proponer reconocimientos por desempeño , de conformidad con lo que establezca el reglamento.
    15. Preguntas sobre el nuevo modelo de gestión
      • ¿Cómo se garantiza la equidad si el nuevo modelo tomará como criterio las características socioeconómicas de los derechohabientes?
      • ¿Se propone que la calidad del servicio dependa de la aportación y no de la necesidad del derechohabiente?
      • ¿Se establecerán sistemas de copago complementarios a las aportaciones obligatorias?
      • ¿Qué pasará con las unidades que no den “buenos resultados”?
      • ¿Qué tipo de servicios recibirán los usuarios adscritos a estas unidades?
    16. Servicios médicos
      • ATENCIÓN MÉDICA PREVENTIVA
      • El control de enfermedades prevenibles por vacunación;
      • El control de enfermedades transmisibles;
      • Los programas de autocuidado y de detección oportuna de padecimientos ;
      • Educación para la salud;
      • Programas de combate a la drogadicción, el alcoholismo y el tabaquismo;
      • Salud reproductiva y planificación familiar;
      • Atención materno infantil;
      • Salud bucal;
      • Educación nutricional;
      • Salud mental;
      • Atención primaria a la salud;
      • Envejecimiento saludable;
      • Prevención y rehabilitación de pacientes con capacidades disminuidas , y
      • Las demás actividades que determine como tales la Junta Directiva de acuerdo con las posibilidades financieras del seguro de salud.
      • ATENCIÓN MÉDICA CURATIVA Y REHABILITACIÓN FÍSICA Y MENTAL
      • Medicina familiar;
      • Medicina de especialidades;
      • Gerontológico y geriátrico;
      • Traumatología y urgencias;
      • Oncológico;
      • Quirúrgico, y
      • Extensión hospitalaria.
    17. Servicios médicos
      • En caso de enfermedad el Trabajador y el Pensionado tendrán derecho a recibir atención médica de diagnóstico, de tratamiento , odontológica, consulta externa , quirúrgica, hospitalaria, farmacéutica y de rehabilitación que sea necesaria desde el comienzo de la enfermedad y durante el plazo máximo de 52 semanas para la misma enfermedad.
      • En el caso de enfermos ambulantes, cuyo tratamiento médico no les impida trabajar, y en el de Pensionados, el tratamiento de una misma enfermedad se continuará hasta su curación .
    18. Licencias médicas (1/2)
      • Cuando la enfermedad imposibilite al Trabajador para desempeñar su actividad laboral, tendrá derecho a licencia con goce de sueldo o con medio sueldo pagado por la Dependencia o Entidad en que labore , conforme a lo siguiente:
      • A los Trabajadores que tengan menos de un año de servicios , se les podrá conceder licencia por enfermedad no profesional, hasta 15 días con goce de sueldo íntegro y hasta 15 días más con medio sueldo;
      • A los que tengan de uno a cinco años de servicios , hasta 30 días con goce de sueldo íntegro y hasta 30 días más con medio sueldo;
      • A los que tengan de cinco a diez años de servicios , hasta 45 días con goce de sueldo íntegro y hasta 45 días más con medio sueldo, y
      • A los que tengan de diez años de servicios en adelante , hasta 60 días con goce de sueldo íntegro y hasta 60 días más con medio sueldo.
    19. Licencias médicas (2/2)
      • Si al vencer la licencia con medio sueldo continúa la imposibilidad del Trabajador para desempeñar su labor, se concederá licencia sin goce de sueldo mientras dure la incapacidad , hasta por 52 semanas.
      • Si al concluir el periodo de 52 semanas el Trabajador sigue enfermo, el Instituto prorrogará su tratamiento hasta por 52 semanas más , previo dictamen médico. De estas últimas el Instituto sólo cubrirá el subsidio hasta por 26 semanas.
      • A más tardar, al concluir el segundo periodo de 52 semanas, el Instituto deberá dictaminar sobre la procedencia de la invalidez del Trabajador. Si al declararse esta invalidez el Trabajador no reúne los requisitos para tener derecho a una Pensión por invalidez (5 años de cotización), podrá optar por retirar en una sola exhibición , el saldo de su Cuenta Individual, en el momento que lo desee.
    20. Invalidez
      • Existe invalidez cuando el Trabajador activo haya quedado imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneración superior al cincuenta por ciento de su remuneración habitual , percibida durante el último año de trabajo, y que esa imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no profesional.
      • El saldo de la cuenta individual es aplicado para la contratación del Seguro de Pensión.
      • La pensión se otorga hasta los 65 años ; entonces, se otorga al trabajador una pensión de vejez financiada con los propios recursos de la cuenta individual.
      • Si el trabajador cumple 65 años pero no cumple con los requisitos de cotización , se le otorgará la pensión garantizada
      • El estado de invalidez da derecho al Trabajador al otorgamiento de:
        • I. Pensión temporal (por un periodo de adaptación de dos años), o
        • II. Pensión definitiva (transcurrido el período de adaptación).
    21. Pensiones de IV Pensión del 100% de la que le hubiere correspondido al trabajador por invalidez o de la pensión que venía disfrutando el pensión, con 3 años de servicio del asegurado, cuando menos Pensión del 100% si el trabajador tiene 15 años de servicio Muerte Pensión del 35% a partir de 5 años de servicio. Dicha cuantía no debe ser menor a la pensión mínima prevista en la Ley del Seguro Social. Si la invalidez es de más del 75%, sólo se piden 3 años de servicio. Pensión del 50 al 95% a partir de 15 años de servicio Invalidez Invalidez y Vida Nueva Ley Décimo Transitorio Riesgo Seguro
    22. Atención gíneco obstétrica
      • La mujer Trabajadora, la pensionada, la cónyuge y la hija del Trabajador o Pensionado, soltera, menor de 18 años que dependa económicamente de éstos, tendrán derecho a:
      • Asistencia obstétrica .
      • Ayuda para la lactancia , hasta por un lapso de 6 meses con posterioridad al nacimiento, y
      • Con cargo al seguro de salud, una canastilla de maternidad .
      • Para tener derecho a estas prestaciones vigencia de derechos durante 6 meses anteriores al parto . En caso contrario, la Dependencia o Entidad de su adscripción, cubrirá el costo del servicio (art. 39 y 40) .
    23. Beneficiarios
      • El o la cónyuge , o a falta de éste, el varón o la mujer con quien ha vivido como si fuera su cónyuge durante los 5 años anteriores a la enfermedad o con quien tuviese uno o más hijos(as), siempre que ambos permanezcan libres de matrimonio;
      • Los hijos menores de 18 años de ambos o de sólo uno de los cónyuges, siempre que dependan económicamente de alguno de ellos;
      • Los hijos solteros mayores de 18 años, hasta la edad de 25 , que están realizando estudios de nivel medio superior o superior, y que no tengan un trabajo;
      • Los hijos mayores de 18 años incapacitados física o psíquicamente , y
      • Los ascendientes que dependan económicamente del Trabajador o Pensionado.
    24. Apoyos extraordinarios en salud
      • Según FCH (mayo 18, 2007), en 90 días se terminará el rezago acumulado en el ISSSTE :
        • 10 mil intervenciones quirúrgicas y estudios de gabinete;
        • 18 mil consultas de especialidades;
        • Se resolverá el desabasto de medicamentos;
        • Especialización y ampliación del personal médico;
        • Entrega de 8 mil millones de pesos en 30 meses, para renovar y equipar unidades médicas, concluir obras, ampliar hospitales y construir nuevos: los hospitales generales de Tultitlán, Emiliano Zapata (Cuernavaca) y el Instituto Nacional de Geriatría y Gerontología
    25. Seguro de Riesgos de Trabajo
    26. Riesgos del trabajo
      • Accidentes del trabajo : toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte producida repentinamente en el ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste, así como aquéllos que ocurran al Trabajador al trasladarse de su domicilio o de la estancia de bienestar infantil de sus hijos , al lugar en que desempeñe su trabajo o viceversa.
      • E nfermedades señaladas por las leyes del trabajo: todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios (art. 475, LFT).
    27. No se consideran riesgos del trabajo
      • Si el accidente ocurre encontrándose el Trabajador en estado de embriaguez;
      • Si el accidente ocurre encontrándose el Trabajador bajo la acción de algún narcótico o droga enervante, salvo que exista prescripción médica y que el Trabajador hubiese puesto el hecho en conocimiento del jefe inmediato, presentándole la prescripción suscrita por el médico;
      • Si el Trabajador se ocasiona intencionalmente una lesión por sí o de acuerdo con otra persona;
      • Los que sean resultado de un intento de suicidio o efecto de una riña en que hubiere participado el Trabajador u originados por algún delito cometido por éste, y
      • Las enfermedades o lesiones que presente el Trabajador consideradas como crónico degenerativas o congénitas y que no tengan relación con el riesgo de trabajo, aun cuando el Trabajador ignore tenerlas o se haya percatado de la existencia de éstas, al sufrir un riesgo del trabajo.
    28. Prestaciones en especie del Seguro de Riesgos del Trabajo
      • Diagnóstico, asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica;
      • Servicio de hospitalización;
      • Aparatos de prótesis y ortopedia, y
      • Rehabilitación.
    29. El saldo de la cuenta individual es aplicado para la contratación del Seguro de Pensión , al darse los riesgos previstos. La pensión se otorga hasta los 65 años ; entonces, se otorga al trabajador una pensión de vejez financiada con los propios recursos de la cuenta individual. Si el trabajador cumple 65 años pero no cumple con los requisitos de cotización, se le otorgará la pensión garantizada . Pensión del 100% del salario básico hasta 10 SM Muerte Pensión del 100% del salario básico hasta los 65 años, hasta 10 SM Incapacidad permanente total Pensión calculada conforme a la tabla de valuación de incapacidades de la Ley Federal del Trabajo. Si el monto es menor a 25% del salario mínimo, se pagará una indemnización equivalente a 5 anualidades de pensión Incapacidad permanente parcial Licencia con goce de sueldo al 100% Incapacidad temporal Riesgos de Trabajo Nueva Ley Décimo Transitorio Riesgo Seguro
    30. Gracias por su atención Alberto García [email_address]

    + Alberto GarcíaAlberto García, 2 years ago

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