2. La Bioética es el estudio sistemático de la
conducta humana en el ámbito de las ciencias de
la vida y de la salud, analizados a la luz de los
valores y principios morales
3. AUTONOMIA
BENEFICIENCIA
NO MALEFICIENCIA
JUSTICIA
4. Es la capacidad de las personas de deliberar sobre
sus
finalidades personales y de actuar bajo la
dirección de las decisiones que
pueda tomar. Todos los individuos deben ser
tratados como seres autónomos y
las personas que tienen la autonomía mermada
tienen derecho a la protección
5. “Hacer el bien”, la obligación moral de actuar en
beneficio de los
demás. Curar el daño y promover el bien o el
bienestar. Es un principio de
ámbito privado y su no-cumplimiento no está
penado legalmente.
6. Es el primum non nocere. No producir daño y
prevenirlo.
Incluye no matar, no provocar dolor ni
sufrimiento, no producir incapacidades.
No hacer daño. Es un principio de ámbito público
y su incumplimiento está
penado por la ley.
7. Equidad en la distribución de cargas y beneficios.
El criterio para
saber si una actuación es o no ética, desde el
punto de vista de la justicia, es
valorar si la actuación es equitativa. Debe ser
posible para todos aquellos que
la necesiten. Incluye el rechazo a la discriminación
por cualquier motivo. Es
también un principio de carácter público y
legislado.
8. DECLARACION DE
CODIGO DE NUREMBERG HELSINKI
el Código de Nüremberg fue propuesta de principios éticos que
publicado el 20 de agosto de sirvan para orientar a los médicos y a
1947, como producto del Juicio de
Nüremberg (agosto 1945 a otras personas que realizan
octubre 1946), en el que, junto investigación médica en seres
con la jerarquía nazi, resultaron humanos.
condenados varios médicos por
gravísimos atropellos a los Fue adoptada por la 18.ª Asamblea
derechos humanos. Dicho texto general de la Asociación Médica
tiene el mérito de ser el primer Mundial (Helsinki, Finlandia), en junio
documento que planteó de 1964
explícitamente la obligación de
solicitar el Consentimiento
Informado, expresión de la
autonomía del paciente
9. DECLARACION DE
TOKIO INFORME DE BELMONT
Adoptada por la 29ª Asamblea Médica El Informe Belmont es un informe
Mundial, Tokio, Japón, octubre 1975 creado por el Departamento de Salud,
Normas Directivas para Médicos con Educación y Bienestar de los Estados
respecto a la Tortura y otros Tratos o Unidos, titulado "Principios éticos y
Castigos crueles, inhumanos o pautas para la protección de los seres
degradantes, impuestos sobre humanos en la investigación", y es un
personas detenidas o encarceladas. importante documento histórico en el
campo de la ética médica. El reporte
fue creado el 18 de abril de 1979, y
toma el nombre del Centro de
Conferencias Belmont, donde el
documento fue elaborado.
10. En esta resolución se establecen las normas
técnicas científicas y administrativas para los
procesos de investigación en salud