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Personería Jurídica Nº 00484 de enero 16 de 1.976
ASONAL JUDICIAL
NEIVA HUILA

INFORME NO ACOGIDOS
Neiva (H), 20 de Septiembre de 2013

Señores
ASONAL NACIONAL JUDICIAL Y SECCIONAL
DEMÁS SERVIDORES Y EMPLEADOS “NO ACOGIDOS”
RAMA JUDICIAL Y FISCALÍA
Atento y cordial saludo:
Luego del último informe rendido el pasado 20 de agosto, producto de
la reunión llevada a cabo en la ciudad de Cali, y habiéndose acordado
el plan de acción a transcribir, se informa lo siguiente:
“PLAN DE ACCIÓN:
1. AGOTAR VÍA ADMINISTRATIVA: PETICIÓN, APELACIÓN ANTE LA NEGACIÓN DE LAS
PAGADURÍAS; LUEGO HA DE EFECTUARSE SOLICITUD DE CONCILIACIÓN ANTE LA
PROCURADURÍA PROVINCIAL PARA LUEGO PRESENTAR LAS DEMANDAS DE
NULIDAD POR SEPARADO, HASTA TANTO NO SE RECOMIENDE
OTRO
PROCEDIMIENTO A SEGUIR, DE ASÍ LLEGARE A OCURRIR.
2. DEFINIR LA FECHA DE LA NUEVA REUNIÓN CON EL GRUPO DE JURISTAS DE
VARIAS CIUDADES PARA PRESENTAR, DE SER POSIBLE, UNA DEMANDA
UNIFICADA CON LA SUPERVISIÓN DE ASONAL JUDICIAL.

3. ADELANTAR DEMANDAS PARA TODOS LOS SERVIDORES DE LA RAMA JUDICIAL Y
DE LA FISCALÍA A EFECTO DE QUE SEA
RECONOCIDA LA BONIFICACIÓN
JUDICIAL como carácter SALARIAL.
4. INDAGAR Y CONSULTAR en qué estado están LAS DEMANDAS QUE SE HAN
PRESENTADO HASTA AHORA FRENTE AL TEMA DE LA BONIFICACIÓN JUDICIAL.
5. LLEVAR A CABO UNA
PRÓXIMA REUNIÓN EN UNOS QUINCE DÍAS, O MAS,
SIEMPRE Y CUANDO EXISSTAN RECURSOS, EN LA CIUDAD DE SANTA MARTA,
CON LA ASISTENCIA DE LOS ABOGADOS ASESORES, PARA GUBRIR EL PERSONAL
DE NO ACOGIDOS EN LA COSTA ATLANTICA y demás sectores.

Frente al punto No. 1, se sigue agotando en las diferentes seccionales
la vía Gubernativa, unas peticiones se inician, otras, frente a la
negativa como era de esperarse, se interpusieron recurso de
reposición –cuando se recomendó APELACIÓN en forma directa para
ganar tiempo-; habiéndose ya desatado el recurso de Apelación en la
mayoría, se inicia el trámite ante las procuradurías provinciales, para
luego iniciar las demandas de nulidad y restablecimiento del derecho
ante la jurisdicción administrativa.
Frente al punto 2 y 3, ha de decirse que a efectos de poder visitar
algunas ciudades principales del país, el suscrito a través de NUEVO
ASONAL BOGOTÁ –en cabeza de su presidente Dr. OTALVAROtramité un permiso sindical por un (1) mes por todo el mes de octubre,
el CUAL FUE DENEGADO en el día de ayer (18 de Sept./13) bajo el
argumento de afectación a la administración de Justicia en virtud de
lo prolongado del término de 30 días.
Lo anterior, a más de imposibilitar la ACTIVIDAD SINDICAL y, en el
caso propio, afecta en sumo grado las gestiones de reclamación de
derechos conculcados de LOS SERVIDORES NO ACOGIDOS
TANTO DE RAMA JUDICIAL COMO DE LA FISCALIA GENERAL DE
LA NACIÓN. Imposibilita igualmente atender el llamado –que como
representante-han hecho con insistencia las diferentes ciudades
(SANTA MARTA, TUNJA, MEDELLIN, MANIZALES, entre otras) e
imposibilita la consecución directa del suscrito de citas con los
Ministerios de Justicia y Hacienda, a efectos de profundizar y
materializar la propuesta de RETIRO VOLUNTARIO COMPENSADO,
pendiente aún de ser analizada por el CONSEJO SUPERIOR DE LA
JUDICATURA y demás organismos.
Como en la negativa del permiso sindical se aduce además que no se
indican las fechas de las actividades a realizar –las que fueron
supeditadas a si se concedía el permiso, el que se pasara con casi un
mes de antelación- SE DECIDIO HOY conjuntamente con los demás
compañeros, PROGRAMAR FECHA PARA REUNIÓN EN LA CIUDAD
DE SANTA MARTA, los días 9, 10 y 11 de OCTUBRE, para dar
información detallada y efectuar mesas de estudio con los
compañeros de BARRANQUILLA, CARTAGENA , RIO HACHA y
poblaciones circunvecinas; en el mes de NOVIEMBRE 15 EN LA
CIUDAD DE MEDELLIN; y los días 13 y 16 de DICIEMBRE en la
ciudad de TUNJA dado el número considerable de compañeros NO
ACOGIDOS tanto de la Rama Judicial como de la Fiscalía General de
Nación.
Frente al punto 4, se hicieron las indagaciones sobre la evolución de
las demandas interpuestas ante el Consejo de Estado de los decretos
382- 383/13 y se no fue informado que están en el proceso de
nombramiento de conjueces. Esperamos coadyuvar mejorando
dichas acciones en virtud a que en dichas demandas sólo se
peticionó la bonificación
tuviere carácter salarial, habiéndose
omitido que también debía ser cancelada a los NO ACOGIDOS –sin
condicionamiento algunoporque como se ha dicho la
bonificación debe ser cancelada a todos los SERVIDORES DE LA
RAMA Y FISCALÍA, por ser fruto del desarrollo de la Ley 4ª/92,
que no hace distinción alguna entre ACOGIDOS y NO ACOGIDOS.

Se continúa
y continuará entonces
con las acciones y
conversaciones con el propósito de conseguir dichos objetivos, junto
con movilizaciones y protestas, de ser necesario y cuando sea
convenido con las BASE de los servidores -alcanza y número
cercano a los 2000- con la vela y viento a favor que fuimos y
seguiremos siendo quienes sostuvimos los ceses de actividades, por
lo que estaríamos dispuestos a promover Asambleas Permanentes,
Paros, y planes tortuga EN NUESTROS SITIOS DE TRABAJO, si a
ellos nos obliga el Gobierno Nacional.
De otra parte, el suscrito siguiendo con la labor y compromiso
adquirido tendiente a hacer valer nuestros derechos como No
Acogidos tanto de la Rama como de la Fiscalía CTI, y demás
servidores, solicitó al NIVEL CENTRAL certificación, cuantificación y
normatividad que actualmente rige a los funcionarios y empleados NO
ACOGIDOS
DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN.
Esperamos Respuesta en 1 ó 2 semanas a más tardar.
Las reclamaciones se efectuarán de MANERA CONJUNTA y/o
GRUPAL, a través de la firma de abogados TORRES Y TORRES
de la ciudad de Cali, CON ESTRICTA SUPERVISIÓN DE LA
COMISIÓN DE LOS NO ACOGIDOS Y DEL SUSCRITO COMO
REPRESENTANTE, a efectos de tener mayores garantías. No se
recomienda por tanto se efectúe de manera individual, por falta de
garantías procesales y jurídicas.
Se continúa efectuando diligencias y análisis jurídico a efectos
de seguir haciendo valer y prevalecer el REGIMEN ESPECIAL de
que trata el DCRETO 546/71, sus normas concordantes así como
la evolución jurisprudencial en materia de favorabilidad y/o
condición más beneficiosa.

GRACIAS COMPAÑEROS. SEGUIREMOS ESPECTANTES Y ALERTA.
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GUSTAVO NUÑEZ SERRATO
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Informe no acogidos 2

  • 1. Personería Jurídica Nº 00484 de enero 16 de 1.976 ASONAL JUDICIAL NEIVA HUILA INFORME NO ACOGIDOS Neiva (H), 20 de Septiembre de 2013 Señores ASONAL NACIONAL JUDICIAL Y SECCIONAL DEMÁS SERVIDORES Y EMPLEADOS “NO ACOGIDOS” RAMA JUDICIAL Y FISCALÍA Atento y cordial saludo: Luego del último informe rendido el pasado 20 de agosto, producto de la reunión llevada a cabo en la ciudad de Cali, y habiéndose acordado el plan de acción a transcribir, se informa lo siguiente: “PLAN DE ACCIÓN: 1. AGOTAR VÍA ADMINISTRATIVA: PETICIÓN, APELACIÓN ANTE LA NEGACIÓN DE LAS PAGADURÍAS; LUEGO HA DE EFECTUARSE SOLICITUD DE CONCILIACIÓN ANTE LA PROCURADURÍA PROVINCIAL PARA LUEGO PRESENTAR LAS DEMANDAS DE NULIDAD POR SEPARADO, HASTA TANTO NO SE RECOMIENDE OTRO PROCEDIMIENTO A SEGUIR, DE ASÍ LLEGARE A OCURRIR. 2. DEFINIR LA FECHA DE LA NUEVA REUNIÓN CON EL GRUPO DE JURISTAS DE VARIAS CIUDADES PARA PRESENTAR, DE SER POSIBLE, UNA DEMANDA UNIFICADA CON LA SUPERVISIÓN DE ASONAL JUDICIAL. 3. ADELANTAR DEMANDAS PARA TODOS LOS SERVIDORES DE LA RAMA JUDICIAL Y DE LA FISCALÍA A EFECTO DE QUE SEA RECONOCIDA LA BONIFICACIÓN JUDICIAL como carácter SALARIAL. 4. INDAGAR Y CONSULTAR en qué estado están LAS DEMANDAS QUE SE HAN PRESENTADO HASTA AHORA FRENTE AL TEMA DE LA BONIFICACIÓN JUDICIAL.
  • 2. 5. LLEVAR A CABO UNA PRÓXIMA REUNIÓN EN UNOS QUINCE DÍAS, O MAS, SIEMPRE Y CUANDO EXISSTAN RECURSOS, EN LA CIUDAD DE SANTA MARTA, CON LA ASISTENCIA DE LOS ABOGADOS ASESORES, PARA GUBRIR EL PERSONAL DE NO ACOGIDOS EN LA COSTA ATLANTICA y demás sectores. Frente al punto No. 1, se sigue agotando en las diferentes seccionales la vía Gubernativa, unas peticiones se inician, otras, frente a la negativa como era de esperarse, se interpusieron recurso de reposición –cuando se recomendó APELACIÓN en forma directa para ganar tiempo-; habiéndose ya desatado el recurso de Apelación en la mayoría, se inicia el trámite ante las procuradurías provinciales, para luego iniciar las demandas de nulidad y restablecimiento del derecho ante la jurisdicción administrativa. Frente al punto 2 y 3, ha de decirse que a efectos de poder visitar algunas ciudades principales del país, el suscrito a través de NUEVO ASONAL BOGOTÁ –en cabeza de su presidente Dr. OTALVAROtramité un permiso sindical por un (1) mes por todo el mes de octubre, el CUAL FUE DENEGADO en el día de ayer (18 de Sept./13) bajo el argumento de afectación a la administración de Justicia en virtud de lo prolongado del término de 30 días. Lo anterior, a más de imposibilitar la ACTIVIDAD SINDICAL y, en el caso propio, afecta en sumo grado las gestiones de reclamación de derechos conculcados de LOS SERVIDORES NO ACOGIDOS TANTO DE RAMA JUDICIAL COMO DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN. Imposibilita igualmente atender el llamado –que como representante-han hecho con insistencia las diferentes ciudades (SANTA MARTA, TUNJA, MEDELLIN, MANIZALES, entre otras) e imposibilita la consecución directa del suscrito de citas con los Ministerios de Justicia y Hacienda, a efectos de profundizar y materializar la propuesta de RETIRO VOLUNTARIO COMPENSADO, pendiente aún de ser analizada por el CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA y demás organismos. Como en la negativa del permiso sindical se aduce además que no se indican las fechas de las actividades a realizar –las que fueron supeditadas a si se concedía el permiso, el que se pasara con casi un mes de antelación- SE DECIDIO HOY conjuntamente con los demás compañeros, PROGRAMAR FECHA PARA REUNIÓN EN LA CIUDAD
  • 3. DE SANTA MARTA, los días 9, 10 y 11 de OCTUBRE, para dar información detallada y efectuar mesas de estudio con los compañeros de BARRANQUILLA, CARTAGENA , RIO HACHA y poblaciones circunvecinas; en el mes de NOVIEMBRE 15 EN LA CIUDAD DE MEDELLIN; y los días 13 y 16 de DICIEMBRE en la ciudad de TUNJA dado el número considerable de compañeros NO ACOGIDOS tanto de la Rama Judicial como de la Fiscalía General de Nación. Frente al punto 4, se hicieron las indagaciones sobre la evolución de las demandas interpuestas ante el Consejo de Estado de los decretos 382- 383/13 y se no fue informado que están en el proceso de nombramiento de conjueces. Esperamos coadyuvar mejorando dichas acciones en virtud a que en dichas demandas sólo se peticionó la bonificación tuviere carácter salarial, habiéndose omitido que también debía ser cancelada a los NO ACOGIDOS –sin condicionamiento algunoporque como se ha dicho la bonificación debe ser cancelada a todos los SERVIDORES DE LA RAMA Y FISCALÍA, por ser fruto del desarrollo de la Ley 4ª/92, que no hace distinción alguna entre ACOGIDOS y NO ACOGIDOS. Se continúa y continuará entonces con las acciones y conversaciones con el propósito de conseguir dichos objetivos, junto con movilizaciones y protestas, de ser necesario y cuando sea convenido con las BASE de los servidores -alcanza y número cercano a los 2000- con la vela y viento a favor que fuimos y seguiremos siendo quienes sostuvimos los ceses de actividades, por lo que estaríamos dispuestos a promover Asambleas Permanentes, Paros, y planes tortuga EN NUESTROS SITIOS DE TRABAJO, si a ellos nos obliga el Gobierno Nacional. De otra parte, el suscrito siguiendo con la labor y compromiso adquirido tendiente a hacer valer nuestros derechos como No Acogidos tanto de la Rama como de la Fiscalía CTI, y demás servidores, solicitó al NIVEL CENTRAL certificación, cuantificación y normatividad que actualmente rige a los funcionarios y empleados NO
  • 4. ACOGIDOS DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN. Esperamos Respuesta en 1 ó 2 semanas a más tardar. Las reclamaciones se efectuarán de MANERA CONJUNTA y/o GRUPAL, a través de la firma de abogados TORRES Y TORRES de la ciudad de Cali, CON ESTRICTA SUPERVISIÓN DE LA COMISIÓN DE LOS NO ACOGIDOS Y DEL SUSCRITO COMO REPRESENTANTE, a efectos de tener mayores garantías. No se recomienda por tanto se efectúe de manera individual, por falta de garantías procesales y jurídicas. Se continúa efectuando diligencias y análisis jurídico a efectos de seguir haciendo valer y prevalecer el REGIMEN ESPECIAL de que trata el DCRETO 546/71, sus normas concordantes así como la evolución jurisprudencial en materia de favorabilidad y/o condición más beneficiosa. GRACIAS COMPAÑEROS. SEGUIREMOS ESPECTANTES Y ALERTA. ATENTAMENTE, GUSTAVO NUÑEZ SERRATO ASONAL JUDICIAL NEIVA – REPRESENTANTE NO ACOGIDOS3107887751 Fijo 8710273