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ESCUELA PARTICUAR mIxTA
         mATUTINA Nº 79




                 “EQUINOCCIAL”




“El niño creativo de hoy es el líder y genio del mañana”

                          2009 - 2010

       DIAGNÓSTICO SITUACIONAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA:
La Institución Educativa Particular “Equinoccial”, está ubicada en la Provincia del Guayas, Cantón
Durán, Parroquia Eloy Alfaro, Sector urbano Norte, en la calle Jaime Roldós en la lotización los
Rosales Manzana. O Solares: 3, 4, 5,15, 16,17.


En nuestra Escuela contamos con los estudiantes de clase social media baja del sector. Los padres
de familia desempeñan diversas actividades económicas y emigrantes. La Institución Educativa es
Particular, respetando ideología y costumbres ya que los mismos estudiantes son tratados con
respeto y consideración, tratando de realzar su autoestima con mucho más énfasis a los
estudiantes cuyos padres se encuentran en el extranjero.


Forjamos valores cívico-culturales, éticos-morales para el buen desarrollo de los niños en la
sociedad.


Pertenecemos a la UTE 13, CEM D1, nuestra Supervisora es la Máster. Ana Bélgica Espinoza.


                                                                                          CREACIÓN.
Mediante Acuerdo Ministerial No. 271, en el año lectivo 2000 – 2001 la Escuela fue creada con
fecha 30 de agosto del 2000, como Institución Particular con las siguientes características:
Nombre del Plantel “Equinoccial”
Nº 79
Jornada Matutina
Alumnado Mixto
Nivel Inicial: Jardín y Primer Año de Educación Básica
Nivel Primario: Escuela Completa (Del Segundo al Séptimo Año Básico).


La estructura física de la Institución consta de 8 aulas, y un patio amplio para el desarrollo
recreativo de los estudiantes. Las aulas son amplias ventiladas y con suficiente claridad, consta de
2 laboratorios de Computación en el cual se ha implementado la pizarra interactiva para el
mejoramiento de la calidad de educación, 1 laboratorio de inglés y el departamento de Bienestar
Estudiantil.


La capacitación constante del Personal Docente con la dirección de la Directora en seminarios,
organizados por las Editoriales y por medios propios, compromete a un buen desempeño en la
educación del estudiantado.
                                                                                                  2
Las reuniones de Padres de Familia o representantes junto a los Docentes y Directivos, es un
triángulo de comunicación, para observar los resultados y rendimiento estudiantil, tanto en el
aprovechamiento como en el comportamiento.


Para el mejor desenvolvimiento del educando dentro de la Institución, se establece la siguiente
organización: Consejo Técnico; Comité de Padres de Familia; Comité Estudiantil; Comité de Aula
tanto de Padres de Familia como de estudiantes.




                                  ORGANIZACIÓN INTERNA:


 Está constituida según el Acuerdo 182 por:


        Un Equipo responsable o Equipo Impulsador de los Códigos de Convivencia


        Comité de Redacción Institucional


        Consejo Técnico


        Asamblea


        Comité de Vigilancia


   Dentro de la organizativa el Acuerdo 182 establece cómo y quienes deben conformar estos
   órganos que regulen e impulsen la construcción de los Códigos de Convivencia. A partir de lo
   establecido como Colectivo, se ha considerado que la participación plena de los actores es
   limitada.

                                                                                             3
I.    Equipo impulsador de los Códigos de Convivencia


      a. Presidente del Gobierno Estudiantil:


         Tyron Yunda Sánchez


      b. Directora


         Lcda. Blanca Palaquibay


      c. Presidente del Comité de Padres de Familia:


         Sr. Walberto Jácome


      d. Docente:


         Lcda. Verónica García




II.   Comité de Redacción


      1. Comité Institucional

                                                        4
a) 5 miembros del Gobierno Escolar:




                                  PRESIDENTE:
                                  Tyron Yunda



                                SECRETARIO:
                             Lizbeth Izquierdo




 VICE- PRESIDENTE           VICE- PRESID. SALUD Y        VICE-PRESID. DEFENSORÍA
EDUCACIÓN Y CULT.:              MEDIO AMB.:                   DERECHO NNA.:
 Anet Oviedo               Luz Clara Yanza                      Heydi León




          b) Un Docente del Consejo Directivo:

             Prof. Griselda Matamoros

          c) Dos Padres de Familia:

             María León; Blanca Pérez

          d) Un Administrativo:

             Directora Lcda. Blanca Palaquibay




   2. Comité por Aula:



                         JARDÍN- ESCUELA “EQUINOCCIAL”


                                                                                   5
ALCALDE:
                       Plaza Palaquibay Vanessa
 SEGUNDO AÑO BÁSICO



    VICE- ALCALDE                                                 VOCAL
                              TESORERO
Chimbo Pezo Bryan                                           Yanza Cuji Daysi
                       Salguero Jiménez Andrea



                                              COMISIONES:
                                 •   DISCIPLINA: Loor Aveiga Maitte

                                 •   ASEO: Merchán Ponce Génesis




                             ALCALDE:
                       JONATHAN PACHECO
  TERCERO AÑO BÁSICO



  VICE- ALCALDE              TESORERO                               VOCAL
MAYERLI NAVARRO        RAÚL AVILES                           WILLIAM BALLADARES




                                                  COMISIONES:
                                     •   DISCIPLINA: BLANCA RUIZ

                                     •   ASEO: KAREN BAJAÑA




                              ALCALDE:
                       NAYELI ROJAS
  CUARTO AÑO BÁSICO


                                                                                  6
VICE- ALCALDE                                                 VOCAL
                           TESORERO
LUZ CLARA YANZA                                            LUIS PUMA
                      EDGAR VALLEJO

                                                     COMISIONES:
                                   •        DISCIPLINA: AMY TOMALA

                                   •        ASEO: NAGELY VERDUGO




                           ALCALDE:
  QUINTO AÑO BÁSICO     HECTOR SALGUERO




   VICE- ALCALDE                                                  VOCAL
HEYDI LEÓN                  TESORERO                       ADRIAN RODRÍGUEZ
                      NICOL CARRILLO



                                                       COMISIONES:
                                        •     DISCIPLINA: ANTHONY PLAZA

                                        •     ASEO: ROSA MORAN




                            ALCALDE:
                      MARÍA JOSÉ VERA
   SEXTO AÑO BÁSICO
                                                                              7
VICE- ALCALDE                     TESORERO                                   VOCAL
   ANET OVIEDO                  DAYANA CAÑARTE                           PAULINA FIGUEROA




                                                               COMISIONES:
                                                 •    DISCIPLINA: DIYANA SÁNCHEZ

                                                 •    ASEO: JORGE VERA




                                     ALCALDE:
 SÉPTIMO AÑO BÁSICO             TYRON YUNDA




   VICE- ALCALDE                    TESORERO                                  VOCAL
CORAIMA GUIJARRO               MELANY NAVARRO                          MERLY COBEÑA



                                                              COMISIONES:
                                             •       DISCIPLINA: JOSEPH SINCHI

                                             •       ASEO: MARCO JUMBO




       1. Miembros de las Directivas de los Padres de Familia por aula de la Escuela:



                                      PRESIDENTE:
 PRIMER AÑO BÁSICO              LILIANA DECINTONIO
                                                                                            8
VICE- PRESIDENTE                           SECRETARIO
SOLANGE CASSAGNE                            JULIA MIERS




                          PRESIDENTE
 SEGUNDO AÑO BÁSICO    LADY MONTENEGRO



  VICE- PRESIDENTE                           SECRETARIO
 ADRIANA RODRIGUEZ                       BEATRIZ JIMÉNEZ




                          PRESIDENTE:
                      MARÍA LEON
  TERCER AÑO BÁSICO




  VICE- PRESIIDENTE                           SECRETARIO
BLANCA RUIZ                               DORA MACIAS




                          PRESIDENTE:
                      FANNY PAZMIÑO
 CUARTO AÑO BÁSICO




  VICE- PRESIDENTE                              SECRETARIO
CARMN REYES                               FELICITA ALVARADO




                          PRESIDENTE:
                      ROSA ESCOBAR
                                                              9
QUINTO AÑO BÁSICO



  VICE- PRESIDENTE                                                    SECRETARIO
  MAGALY ROSERO                                                   MARIA ANTAMBA




                                    PRESIDENTE:
  SEXTO AÑO BÁSICO              MARIA VERA




   VICE- PRESIDENTE                                                     SECRETARIO
CLARA MAQUILON                                                           JOSE COX




                                       PRESIDENTE:
                                  EDITH SANCHEZ
   SÉPTIMO AÑO BÁSICO




  VICE- PRESIDENTE                       VOCAL                           SECRETARIO
 FABIOLA SAÑAICELA                 JENNY VALDEZ                       NURIA FLORES




   III.   ASAMBLEA DE LA INSTITUCIÓN:

          Conformada por representantes de


          1. Miembros de las directivas de estudiantes: Escuela




                                                SEGUNDO AÑO BÁSICO:
                                                    RICHARD PLAZA


                                                                                      10
TERCER AÑO BÁSICO:
                                           JONATHAN PACHECO




                                           CUARTO AÑO BÁSICO:
                                             JULISA COROZO
ESCUELA PARTICULAR
   EQUINOCCIAL

                                           QUINTO AÑO BÁSICO:
                                            HECTOR SALGUERO




                                            SEXTO AÑO BÁSICO:
                                              MARTHA RIVERA



                                           SÉPTIMO AÑO BÁSICO:
                                              EDITH SANCHEZ




   2. Miembros de las Directivas de Padres de Familia:



        a) Por la Escuela


                                            PRIMER AÑO BÁSICO:
                                       LILIANA DECINTONIO
                                       SOLANGE CASSAGNE


                                                                 11
SEGUNDO AÑO BÁSICO:
                                  SRA LADY MONTENEGRO
                                  ADRIANA RODRÍGUEZ



                                      TERCER AÑO BÁSICO.
                                          MARÍA LEÓN
                                        SRA. Blanca Pérez


JARDÍN –ESCUELA
  “Equinoccial”                        CUARTO AÑO BÁSICO:
                                  Sra. FANNY PAZMIÑO
                                  Sra. CARMEN REYES



                                      QUINTO AÑO BÁSICO:
                                  Sra. ROSA ESCOBAR
                                  Sra. MAGALI ROSERO



                                       SEXTO AÑO BÁSICO:
                                  SRA. MARÍA VERA
                                  SRA. CLARA MAQUILON



                                      SÉPTIMO AÑO BÁSICO:
                                  SRA. EDITH SÁNCHEZ
                                  SRA. FABIOLA SAÑAICELA




3. Gobierno Estudiantil:


                             PRESIDENTE:
                            TYRON YUNDA



                             SECRETARIO:
                           LUZ CLARA YANZA
                                                            12
VICE- PRESIDENTE                  VICE- PRESID. SALUD Y                   VICE-PRESID. DEPORTES Y
  EDUCACIÓN Y CULT.:                     MEDIO AMB.:                                RECREAC.:
  LIZBETH IZQUIERDO                      ANET OVIEDO                                HEYDI LEON




          4. Comité Central de Padres de Familia de la Escuela


                                         PRESIDENTE:
                                       Walberto JACOME




 VICE- PRESIDENTE                       SECRETARIO                                   VOCAL
MARGARITA TOMALA                       NURIA FLORES                          1.-SRA. REINA SOLIS
                                                                             2.- SRA. MÓNICA PIGUAVE
                                                                             3.- SR. JULIO SORIANO




          5. 14 Responsables del aula- Tutores


                                              JARDÍN- ESCUELA
                                 •    Kínder: Lcda. María Rosero León

                                 •    1er A.E.B.: Prof. Griselda Matamoros

                                 •    2do A.E.B.: Prof. Angélica Alvarado

                                 •    3er A.E.B.: Prof. Magali Lima

                                 •    4to A.E.B.: Prof. Sandra Sinchi

                                 •    5to A.E.B.: Prof. Jessenia Arcos



                                                                                                       13
CONSEJO TECNICO



        6. Director/a:

             •   Directora del Jardín –Escuela “Equinoccial” Lcda. Blanca Palaquibay



        7. Representante de la Comunidad:

                Sra. Blanca Bonilla



        8. Personal Administrativo:

              Ing. Comerc. Ana Sánasela




  IV.    COMITÉ DE VIGILANCIA:

         Espacio de Control Social para vigilar el proceso de implementación de los Códigos de
         Convivencia. Se constituye en una veeduría permanente para verificar que se cumpla
         con lo establecido en el Código de la Convivencia




                                                                                           14
Presidente:   LCDA. BLANCA PALAQUIBAY
1er Vocal     MAGALI LIMA
2do Vocal     ING. SANDRA SINCHI
3er Vocal     GRISELDA MATAMOROS
4ta Vocal     VERÓNICA GARCÍA
Secretaría    ANA DEL PILAR SAÑAICELA CRUZ



              SENSIBILIZACIÓN


                                             15
La Institución Educativa, dentro de la convivencia ha sido programada diferentes cursos de
capacitación, dirigido a la comunidad como por ejemplo Los días sábados se realiza ensayos de la
banda musical, bastoneras, chearleaders, cursos de manualidades artísticas, computación.


Todos los cursos son dictados por el personal docente del plantel: en cuanto a artesanía dirigido
por la Profesora el área; y los ensayos de la banda musical el Prof. de Música Marco Guaranda;
Computación por la Lcda. Jessenia     Arcos e Ingles con la Prof. Juanita Torres.      Además se
realiza: Asesoría Familiar, Tratamiento psicopedagógico para el hogar y para la comunidad cuyas
sesiones y consultas son realizadas por el Departamento de Orientación y Bienestar Estudiantil-
Familiar por el Orientador y Asesor Familiar Lcdo. Andrés Nieto Santos.


Dentro de las actividades en la Institución Educativa, se realizan: Feria de Ciencias, Casa Abierta,
donde se exponen pequeños proyectos de las actividades científicas-técnicas. Además se realiza la
semana cultural donde los estudiantes exponen sus conocimientos de las diferentes asignaturas
ante los profesores, padres de familia y ciudadanía en general.


Participación en los concursos y programas cívico-culturales y de conocimiento que realiza la
Dirección de la Zona UTE 13 y la Dirección Provincial.


Participación del estudiantado en los programas internos socio-culturales y deportivos como la
semana cultural o fiestas patronales, Bailes folklóricos de las diferentes regiones del País
mostrando así su riqueza pluricultural. Se manifiesta el pregón navideño asociado con la
comunidad en honor a la Navidad de la Escuela.




                                                                                                 16
DIA DEL NIÑO




        REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA

          PARTICULAR # 79 “EQUINOCCIAL”
                                           17
El Honorable Consejo Técnico de la Escuela “Equinoccial”
 Considerando:

 Que:     La Escuela Particular Mixta Equinoccial tiene su Reglamento Interno en vigencia
          desde Mayo del 2009, fecha en la que fue aprobado mediante EL Honorable
          Consejo Técnico de la Escuela Particular Mixta Equinoccial previo a la presentación
          de la Dirección Provincial de Educación del Guayas.

Que:     Desde esa fecha la Escuela Particular Mixta Equinoccial ha estado actualizándose
         mediante innovaciones curriculares y cambios inherentes a su misión y visión, y
         que no están contemplados en dicho Reglamento.

 Que:     El Honorable Consejo atendiendo la petición de los diferentes estamentos del
          Plantel, ha elaborado el nuevo Reglamento Interno, y en uso a sus atribuciones
          contempladas en el artículo 107, literal C del Reglamento a la Ley de Educación
          vigente.

                                             RESUELVE:
 Art. 1.- Aprobar el nuevo Reglamento Interno de la Institución en sesión celebrada el 25 de Mayo
 del 2009 y que consta de hojas útiles.

 Art. 2.- Remitir el Reglamento Interno del Plantel la Sra. Directora Provincial de Educación para su
 aprobación y vigencia.

 Dado y firmado en la sala de sesiones del Consejo Técnico de la Escuela Particular Mixta
 Equinoccial a los 25 días del mes de Mayo del 2009.




 _______________________                                 ___________________________
 Lcda. Blanca Palaquibay Sañay                             ING. ANA DEL PILAR SAÑAICELA
         DIRECTORA                                                SECRETARIA




                                          CONSEJO        TÉCNICO




                                                                                                  18
Presidente:   LCDA. BLANCA PALAQUIBAY
1er Vocal     MAGALI LIMA
2do Vocal     ING. SANDRA SINCHI
3er Vocal     GRISELDA MATAMOROS
4ta Vocal     VERÓNICA GARCÍA
Secretaría     ING. ANA DEL PILAR SAÑAICELA




                                              19
TÍTULO I

                               DE LOS PRINCIPIOS GENERALES



                                         CAPÍTULO I




DE LOS OBJETIVOS DEL REGLAMENTO

Art.1.   El presente Reglamento Interno tiene como objetivos:
         a. Disponer de la base normativa que regule el sistema educativo interno de la
            Escuela Equinoccial Y del colegio Equinoccial Ecuatoriano de Durán, de acuerdo con
            la política educativa implantada por el Ministerio de Educación y Cultura.
         b. Lograr procedimientos ágiles, fundamentales y específicos en coordinación con la
            Ley de Educación y su Reglamento General vigente, que faciliten la aplicación de
            disposiciones legales.
         c. Fortalecer las alternativas que posibiliten un lógico ordenamiento administrativo
            de la institución, principalmente en aquellos aspectos no considerados en la Ley de
            Educación y su Reglamento General y en el Manual de Organización pertinente.




                                         CAPÍTULO II

                            DE LOS PRINCIPIOS DEL REGLAMENTO

Art.2.   La Escuela Particular Mixta “Equinoccial ” y el Colegio Equinoccial Ecuatoriano de Durán
         constituye una estructura educativa que pedagógica y administrativamente se sujetará
         en los principios y fines tipificados en la Constitución Política de la República del
         Ecuador, Reglamentos Generales y Especiales vigentes.

                                         CAPÍTULO III

OBJETIVOS GENERALES DE LA INSTITUCIÓN
                                                                                              20
Art.3.    a.- Disponer de un marco legal, que permita la organización      administrativa, técnica y
          operacional de la institución.
          b.- Establecer una normatividad, que facilite la aplicación de los instrumentos legales
          vigentes.



                                           CAPÍTULO IV

OBJETIVOS ESPECÍFICOS DE LA INSTITUCIÓN

Art.4.    Mejorar el proceso de enseñanza aprendizaje en las asignaturas de Computación y
          Matemática actualizando sus programas e incorporando nuevos docentes,
          técnicamente capacitados, con métodos y técnicas acordes con el modelo pedagógico
          de la Institución, a fin de lograr aprendizajes significativos que satisfagan a estudiantes
          y representantes. Es así como implementa la Pizarra Interactiva.
Art.5.    Desarrollar en los alumnos habilidades de investigación a través de un cambio en la
          forma de enseñanza de las ciencias, a fin de que las apliquen en proyectos de
          investigación diseñados por ellos mismos.
Art.6.    Potenciar mecanismos de comunicación que hagan posible la participación de la
          comunidad educativa en la gestión del Plantel.
Art.7.    Proporcionar a los alumnos una adecuada orientación personal, escolar y profesional
          mediante un sistema de tutorías, a fin de equilibrar las carencias afectivas y otras,
          propiciadas por la emigración ú otros problemas de índole social.
Art.8.    Adecuar las estrategias de enseñanza a las motivaciones y necesidades de los
          estudiantes, utilizando variadas fuentes de información tales como programas de TV,
          Internet, noticias de la realidad nacional e internacional como instrumentos de los que
          podemos valernos para educar.
Art.9.    Fomentar a los estudiantes el espíritu emprendedor.
Art.10.   Reformular la enseñanza de Inglés para reforzar las habilidades de lectura, escritura,
          comunicación oral y audición.
Art.11.   Conducir a los estudiantes hacia el descubrimiento de su vocación.
Art.12.   Crear en los estudiantes una cultura hacia el conocimiento y la proyección del medio
          ambiente.



                                           T Í T U L O II

                                     ESTRATEGIA ORGÁNICA


                                                                                                  21
CAPÍTULO I

DE LA NATURALEZA Y DEPENDENCIA



Art.13.   En el año    2000 abre sus puertas el establecimiento, una organización educativa
        integrada. Su lema: “El niño y Joven Creativo de hoy es el genio y líder del mañana”.
        Todo empezó con un anhelo de sus fundadores, el Sr. Ángel Cruz Rivera y la Lcda.
        Blanca Palaquibay Sañay, en dar a la sociedad Durandeña un plantel que respondiera a
        las necesidades y expectativas de nuestro país, Ecuador. En el año 2004 asume la
        dirección general la Lcda. Blanca Palaquibay Sañay como Directora General.
Art.14. El Colegio “Equinoccial Ecuatoriano” se creó en el año 2004 está subordinado a la
          Dirección Provincial de Educación del Guayas y, por intermedio de ésta, al Ministerio de
          Educación y Cultura.
          Depende de la Unidad Educativa Particular “Equinoccial Ecuatoriano”, todos los
          organismos, departamentos y divisiones reflejadas en el Orgánico Institucional.



                                           CAPÍTULO II

CARACTERÍSTICA INSTITUCIONAL

Art.15. La Escuela Particular Mixta “Equinoccial ” cubrirá la educación en sus etapas:
          a.- Educación Inicial
          b.- Educación nivel Primaria completa

Art.16. Autoridades:
          Organismos: Consejo Técnico; Junta general de directivos y profesores; Junta de
          profesores de curso; Junta de Directores de Área; Junta de Profesores de Área; Consejo
          de orientación y bienestar estudiantil; Departamento de Orientación y Bienestar
          Estudiantil- Familiar; Secretaría; Colecturía; Servicios Generales.

                                          CAPÍTULO III

DE LA ESTRATEGIA INTERNA



Art.17.   Con el fin de optimizar el funcionamiento del sistema educativo, La Escuela Particular
          Mixta “Equinoccial ” incluye, en su estrategia interna los niveles referidos en el Art. 28
          del Régimen Legal de la Educación y, que son los siguientes:
          a. Nivel Ejecutivo, representado por la autoridad máxima del establecimiento.
                                                                                                 22
b. Nivel Asesor, constituido por las Juntas y Consejos.
           c. Nivel Operativo, constituido por el personal docente, discente y organizaciones de
             padres de familia; y,
         d. Nivel Auxiliar y de apoyo, integrado por los sectores administrativos y de servicio.
         e.
Art.18. El nivel Ejecutivo estará representado por la máxima autoridad, de conformidad a lo
          establecido en el Art. 95 del Reglamento General de la Ley de Educación.

Art.19. El nivel Asesor, lo constituyen fundamentalmente los Directores de Área Académica de
          la Escuela Particular Mixta “Equinoccial ”, quienes actúan como consultores
          permanentes de la Rectora y de todos los miembros de la Institución, en el estudio y
          evaluación de asuntos específicos en lo relacionado a las actividades académicas, extra-
          académicas.

Art.20. El nivel Operativo lo representa el personal docente, los y las alumnas, las Comisiones
          de Padres de Familia de los Años Básicos y Cursos de secundaria, según los casos,
          quienes tienen la responsabilidad de ejecutar acciones vinculadas con el proceso
          educativo y dispuesto en los Reglamentos pertinentes de la Ley de Educación y
          Reglamento Interno.

Art.21.   Con el nivel Auxiliar o de Apoyo, actuará el personal administrativo, y auxiliares de
          servicios varios, cada uno dentro del ámbito de sus responsabilidades pertinentes y
          acordes con los objetivos y requerimientos institucionales.




                                          CAPÍTULO IV

DE LA ESTRUCTURA INTERNA

Art.22.   La Escuela Particular Mixta “Equinoccial, está organizado de acuerdo al siguiente
          esquema:




                                                                                               23
DENOMINACIÓN
          DENOMINACIONES VIGENTES                                 TRADICIONAL O
                                                                   EQUIVALENTE
            PRIMER AÑO DE EDUCACIÓN           PRE PRIMARIA
            BÁSICA                            PRIMER GRADO
     SEGUNDO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA          SEGUNDO GRADO
     TERCERO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA          TERCER GRADO
     CUARTO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA           CUARTO GRADO
     QUINTO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA           QUINTO GRADO
     SEXTO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA            SEXTO GRADO
     SÉPTIMO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA




                                         Í T U L O III



DE LA DIRECCIÓN FUNCIONAL

                                         CAPÍTULO I



   A. DE LAS AUTORIDADES QUE DIRIGEN LA ESCUELA PARTICULAR MIXTA “EQUINOCCIAL”

Art.23. Las autoridades que dirigen la Escuela Equinoccial son:



          FUNCIÓN                       REQUISITO




                                                                                  24
DIRECTORA                      Será designado un profesional, Licenciado (y/o
                                            Diplomado, Doctor) en Ciencias de la Educación, con un
                                            mínimo de diez años de experiencia docente en los
                                            niveles de Educación Inicial y Educación Básica
                                            Otros méritos profesionales         como: cursos de
                                            formación docente, post-grados realizados en el país o
                                            en el exterior.




                                         B. DE LA DIRECTORA

Art.24.     La Directora es la primera autoridad del establecimiento.


Art.25. Son Deberes y Atribuciones de la Rectora además de lo estipulado en el artículo 96 del
            Reglamento General de la Ley de Educación

          a. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones del Ministerio de Educación y Cultura y de la
             Dirección Provincial de Educación del Guayas.
          b. Asistir a las reuniones convocadas por la Dirección Provincial de Educación o el Sub-
             secretario de Educación.
          c. Supervisar en forma conjunta con los Directores de Área Académica, el cumplimiento
             del Reglamento Interno de la Escuela Mixta Particular Equinoccial procurando el
             fortalecimiento, agilidad y normalidad institucional, elementales para coordinar las
             funciones administrativas y académicas.
          d. Elaborar Políticas para cumplir con la MISIÓN DEL LA ESCUELA MIXTA PARTICULAR
             EQUINOCCIAL
          e. Ejercer y/o delegar a los Directores de Área Académica, la supervisión pedagógica de
             la Escuela Mixta Particular “Equinoccial”
          f. Designar a Directivos, Jefes Departamentales, de otras oficinas y Secciones, acorde
             con el organigrama de la Escuela Mixta Particular Equinoccial.
          g. Designar a los profesores GUÍAS de cada paralelo, de los diferentes años de Educación
             básica, y cursos, al inicio del Año Lectivo (Art. 116 Reglamento General de la Ley de
             Educación).
          h. Convocar y presidir reuniones establecidas en el orden académico, económico y
             administrativo.
          i. Asistir y/o designar un Directivo – Representante a los actos oficiales o sesiones de
             trabajo, convocadas por Autoridades del Ministerio de Educación, y la Dirección o Sub-
             Secretaría de Educación.
          j. Conocer y evaluar los informes escritos enviados trimestralmente, y los ocasionales
             que ameriten ser presentados con la oportunidad correspondiente, por parte de la
             secretaría.

                                                                                                 25
k. Contratar a profesores, personal administrativo y de servicios varios en general para
           laborar en el Plantel, de acuerdo con los requerimientos existentes en el orgánico,
           acorde con las necesidades del nivel curricular.




                                                CAPÍTULO II

DE LOS ORGANISMOS ESTRUCTURALES

    A. DEL CONSEJO TÉCNICO

Art.26. El Consejo Técnico estará conformado por:
             a. La Directora que lo preside.
             b. Los Docentes
             c. Tres vocales principales, elegidos por la Junta General y sus respectivos suplentes.
        Actuará como secretario el titular del plantel.
        El secretario tendrá voz informativa pero no voto.
        La Directora tendrá voto dirimente.
Art.27. Elección del Consejo Técnico.- Los vocales del consejo técnico serán elegidos en la última sesión
           ordinaria de la Junta General, y entrarán en funciones treinta días después de su elección,
           previa ratificación de la Dirección Provincial de Educación del Guayas. Durarán dos años en sus
           funciones y podrán ser reelegidos después de un periodo, salvo el caso de que el número de
           profesores imposibilite el cumplimiento de esta disposición.
Art.28. Reuniones.- El Consejo Directivo se reunirá ordinariamente por lo menos una vez al mes; y
           extraordinariamente cuando lo convoque la Directora, por sí o a pedido de tres de sus
           miembros. Sesionará con la presencia de por lo menos cuatro de sus integrantes.
           En caso de ausencia temporal de uno o más de sus vocales principales, serán convocados los
           suplentes en orden de elección; y, en caso en caso de ausencia definitiva de los vocales
           principales, se principalizará a los suplentes en el orden indicado. Si la ausencia definitiva fuera
           de principales y suplentes, el Rector convocará a la Junta General de Directivos y profesores
           para la elección de los vocales principales y suplentes, quienes entrarán en función luego de la
           ratificación de la Dirección Provincial y actuarán hasta la finalización del periodo.

Art.29. Requisitos para ser vocal del Consejo Técnico. Para ser elegido vocal del consejo directivo se
            requiere:
          a. Ser profesor titular, en el ejercicio de la cátedra;
          b. Haber laborado en el plantel un mínimo de dos años, excepto en los planteles de reciente
               creación,
          c. No haber sido sancionado con suspensión en el ejercicio docente.

         El primer vocal principal será designado por la Directora, según lo estipulado en el Reglamento
         General de la Ley de educación en al Art. 170; los designados deberán tener el título profesional
         docente correspondiente al nivel educativo para el que fuere nombrado y reunirán los demás
         requisitos legales y reglamentarios correspondientes.
                                                                                                       26
Art.30. Deberes y Atribuciones. Son deberes y atribuciones además de las contempladas en el Art. 107
             del Reglamento General de la Ley de Educación lo siguiente:

             a.   Conocer, analizar y aprobar el Plan Institucional.
             b.   Conocer y aprobar el Informe de la Comisión encargada de estudiar los promedios de los
                  estudiantes para la elección de abanderado.
             c.   Conocer el Informe elaborado por la Secretaría del Plantel para saber qué alumnos se han
                  hecho acreedores a los premios de aprovechamiento y disciplina que el Centro otorga.
             d.   Analizar y Resolver otras situaciones que la superioridad del plantel ponga a su
                  consideración.




      B. DE LA JUNTA GENERAL DE DIRECTIVOS Y PROFESORES

Art.31. Integración.- La Junta General de directivos y profesores se integrará con los siguientes
          miembros: La Directora, que la presidirá: profesores que se hallaren laborando en el
          plantel. Actuará como secretario, el titular del establecimiento.
          La Junta general de directivos y profesores se reunirá, en forma ordinaria, al inicio y
          finalización del año lectivo. La convocatoria se realizará por escrito, por lo menos con tres
          días de anticipación.
          Las sesiones extraordinarias se realizaran previa convocatoria de la Directora, por sí o a
          petición de las dos terceras partes de sus miembros, y en ellas se tratarán los asuntos
                                                                                                       27
constantes en la convocatoria. Las citaciones se harán por escrito, al menos con cuarenta y
          ocho horas de anticipación.



Art.32. Deberes y Atribuciones:- Son deberes y atribuciones de la Junta general de directivos y
            profesores además de lo estipulado en el artículo 109 del Reglamento General de la
            Ley de Educación.

             a. Conocer la planificación anual institucional para prever condiciones o posibilidades
                futuras y tomar una serie de decisiones con respecto a ellas.
             b. Estudiar y resolver los asuntos que fueren sometidos a su consideración por la
                Directora




                               C. DE LA JUNTA DE DIRECTORES DE ÁREA

Art.33.     La Junta de Directores de Área Académica estará integrada por todos los directores de
            Área Académica, designados por el Consejo Ténico y por el Jefe del Departamento de
            Orientación

Art.34. Deberes y Atribuciones.-Son deberes y atribuciones de la Junta de Directores de Área
            Académica, además de lo contemplado en el Reglamento General de la Ley de
            Educación en el Art. 113.

             a. Planificar anualmente se trabajo.
             b. Promover un permanente proceso de mejoramiento de la educación y un trabajo
                educativo coordinado continuo e integrado.
             c. Coordinar las actividades educativas del profesorado;
             d. Promover la capacitación y el perfeccionamiento del personal docente;
             e. Promover la acción interdisciplinaria entre las diversas áreas.
             f. Seleccionar y recomendar los procesos didácticos, más convenientes para la
                dirección del aprendizaje y los criterios de evaluación aplicables a las diferentes
                áreas académicas.
             g. Propiciar la investigación y experimentación pedagógicas, así como la innovación y
                adaptación curricular.
             h. Promover la elaboración y utilización de los cursos materiales que la tecnología
                educativa ofrece al proceso educativo.
             i. Aprobar los planes de trabajo de las Juntas de área.
             j. Evaluar su trabajo e informar de sus resultados a la Rectora.
             k. Cumplir las demás funciones que le asignaren las autoridades y las que señalare el
                reglamento interno del establecimiento.

                                                                                                  28
l. Reunirse una vez por mes y, extraordinariamente, cuando fuere necesario.
           m. Llevar el Libro de Actas de Juntas de Directores y Subdirectores de Áreas
              Académicas.
           n. Planificar proyecto de visitas a las aulas de clase, analizarlo y coordinarlo, con el
              Vicerrector.
           o. Adecuar los objetivos generales de la Educación, con la Visión y Misión
              Institucional.
           p. Promover el adecuado uso y aplicación de los recursos audiovisuales existentes en
              el Plantel, con el fin de lograr significación y sentido a los procesos del aprendizaje,
              desarrollando operaciones cognitivas básicas y, creatividad.
           q. Verificar los avances de los contenidos programáticos, en relación con el plan anual
              presentado, a través de las evaluaciones de clases, revisión de los leccionarios y
              planes semanales.
           r. Evaluar los Planes anuales y Semanales de Clase, así como las pruebas a aplicarse,
              por parte de los diferentes docentes de las respectivas áreas.
           s. Coordinar, supervisar y participar activamente en la planificación, desarrollo y
              evaluación de los Eventos que se planificaren dentro de las áreas académicas.
           t. Conocer e informar acerca del uso adecuado de textos básicos y otros útiles
              solicitados por los profesores de las diferentes áreas académicas y, la pertinencia
              de los mismos.

                      D. DE LA JUNTA DE PROFESORES DE ÁREAS ACADÉMICAS

Art.35.    Estará integrada por profesores de las asignaturas correspondientes a un área. El
           Director de esta junta será designado por el Consejo Ténico.
           La Junta elegirá al secretario, de entre sus miembros.
           Los Directores de Área Académica conformarán la Comisión Pedagógica.

Art.36. Deberes y Atribuciones.-Son deberes y atribuciones de la Junta de Áreas Académicas,
           además de lo estipulado en el Reglamento General de la Ley de Educación en el Art.
           115.

          a. Elaborar el plan anual de trabajo y ponerlo a consideración de la Junta de Directores
             de área académica.
          b. Formular los objetivos curriculares, seleccionar los contenidos programáticos, la
             metodología y los instrumentos de evaluación, de acuerdo con las condiciones
             socio-educativas y culturales en las que se realiza el proceso educativo.
          c. Coordinar la planificación didáctica dentro del área, de conformidad por las
             orientaciones impartidas por los niveles superiores.
          d. Controlar y evaluar la adaptación y ejecución de los programas de estudio.
          e. Diseñar procesos de recuperación pedagógica para los alumnos con dificultades de
             aprendizaje.

                                                                                                   29
f.     Unificar criterios y procedimientos de evaluación del aprendizaje y analizar los
                  resultados obtenidos en las pruebas, exámenes, y otros medios que utilice cada
                  profesor.
           g.     Preparar y aplicar en coordinación con el departamento de Orientación y Bienestar
                  Estudiantil, pruebas de diagnóstico.
           h.     Cumplir las funciones que le asignaren las autoridades del establecimiento y las que
                  determinare el Reglamento Interno.
           i.     Adecuar los objetivos curriculares y los contenidos programáticos, con la Visión y
                  Misión del Plantel.
           j.     Analizar sistemáticamente, contenidos programáticos, avances de los mismos,
                  coordinarlos, evaluarlos y reestructurarlos, con criterios fundamentados, en caso de
                  ameritarlos, haciendo constar en el acta respectiva, para conocimiento del
                  Vicerrector Académico y Rectora.
           k.     Analizar y evaluar documentos pedagógicos que fortalezcan el cumplimiento de la
                  Misión Institucional y el desarrollo profesional de los docentes.
           l.     Diseñar estrategias para hacer uso en el proceso de enseñanza – aprendizaje, de los
                  avances tecnológicos y recursos con los que cuenta el Plantel.
           m.     Procurar la adecuada utilización de los textos básicos y otros útiles solicitados por los
                  profesores a los alumnos, evaluarlos, emitir criterios fundamentados acerca de los
                  mismos, y considerarlos para próximos requerimientos, y constancia respectiva en
                  los informes de cada profesor de la asignatura.
           n.     Compartir criterios acerca de la aplicación de estrategia dispuesta por la Directora,
                  para lograr la recuperación académica de alumnos que manifiesten bajo
                  rendimiento; así como la de los deportistas, quienes por tener que representar a la
                  institución, demostraren falencias académicas originadas por la responsabilidad
                  asumida.




                                         E. DE LA JUNTA ECONÓMICA

Art.37.         La conforman, la propietaria, el Rector(a) que la preside, el Vicerrector Administrativo
                y Jefe del Departamento Financiero.

Art.38. Deberes y Atribuciones.-Son deberes y atribuciones de la Junta de Económica.


          a. Conocer y analizar la ejecución presupuestaria – financiera de los recursos económicos
             institucionales.

                                                                                                        30
b. Controlar y evaluar el cumplimiento de lo diseñado, en relación con la ejecución de
             partidas presupuestarias.
          c. Presentar necesidades, y asegurar la gestión de los medios humanos y materiales.
          d. Asesorar a la Rectora, en el uso de los recursos financieros hacia los elementos
             prioritarios, para alcanzar una        competitividad sostenible: promover calidad,
             desarrollo tecnológico y atención a la demanda de mayor urgencia.

                                F. DE LAS COMISIONES PERMANENTES

Art.39.     Las comisiones permanentes la integran: La Comisión Técnico Pedagógica, Comisión de
            disciplina, Comisión Social, Comisión de Extensión Cultural,

                              G. DE LA COMISIÓN TÉCNICO PEDAGÓGICA

Art.40.     La Comisión Técnico Pedagógica la integran los Directores de Área Académica.


Art.41. Deberes y Atribuciones.-Son deberes y atribuciones de la Comisión Técnico Pedagógica,
            además de lo contemplado en el Reglamento General de la Ley de Educación en los
            Art. 113 y 316 lo siguiente:

               a. Coordinar, con la Directora, actividades de supervisión educativa, en las
                  diferentes áreas académicas que existen en el Plantel.
               b. Conocer y apoyar el desarrollo del Proyecto Educativo Institucional.
               c. Verificar la concordancia entre el Plan Didáctico Anual, Distribución trimestral de
                  los Contenidos Programáticos; Planes de Clase Semanales, y evaluar su
                  desarrollo.
               d. Diseñar directrices que apoyen las gestiones del Vicerrector Académico en
                  cumplimiento de tareas específicas, y de disposiciones remitidas por la Rectora
                  del Plantel.




                                  H. DE LA COMISIÓN DE DISCIPLINA

Art.42. La comisión de disciplina tiene un papel relevante en la promoción, profundización y
            control para que la disciplina del plantel sea asumida por los estudiantes como
            autodisciplina es decir, como un valor intrínseco para sus vidas.




                                                                                                  31
Art.43. Deberes y Atribuciones.-Son deberes y atribuciones de la Comisión de Disciplina,
            además de lo contemplado en el Reglamento General de la Ley de Educación en los
            Art. 101 y 118, lo siguiente:

          a. Cumplir y hacer cumplir, con lo pertinente en la Ley de Educación, el Reglamento
             Interno del Plantel y disposiciones de la Directora.
          b. Desarrollar acciones tendentes a asegurar el desarrollo de la autodisciplina de los
             alumnos del Plantel.
          c. Al Iniciar el año lectivo presentará un plan de actividades tendentes a conseguir el
             objetivo planteado.
          d. Colaborar y fortalecer acciones emprendidas por la Rectora y Directivos del Plantel.

                                        I. DE LA COMISIÓN SOCIAL

Art.44.     Los miembros de la Comisión Social deben poseer comportamientos cordiales y buenos
            manejos de relaciones interpersonales con los miembros del Plantel.

Art.45. Deberes y Atribuciones.-Son deberes y atribuciones de la Comisión Social lo siguiente:
      a. Elaborar y presentar al Rectorado, Plan Anual de Actividades de la comisión, así como
         los informes mensuales, y los requeridos ocasionalmente.
      b. Programar y organizar los eventos sociales que le encomiende la autoridad del plantel.
      c. Colaborar en la organización de los actos cívicos académicos y deportivos que se
         organicen en la Institución.

                             J. DE LA COMISIÓN DE EXTENSIÓN CULTURAL

Art.46.     Los miembros de esta comisión serán nombrados por el Consejo Técnico,           previa
            sugerencia delo Director.

Art.47. Deberes y Atribuciones.-Son deberes y atribuciones de la Comisión de Extensión
            Cultural lo siguiente:

             a. Elaborar y presentar a la Dirección del plantel, el Plan Anual de Actividades de la
                comisión, así como los informes mensuales, y los requeridos ocasionalmente.
             b. Definir funciones y responsabilidades en la ejecución de las diferentes actividades
                culturales y sociales programadas.
             c. A través de la Dirección, coordinar las acciones de la comisión.
             d. Programar mesas redondas, paneles, fórum, seminarios, etc. Sobre temas
                relacionados con el quehacer educativo, mantenimiento y desarrollo de la salud.
             e. Difundir las actividades realizadas por los diferentes departamentos del Plantel.


                                                                                                32
K. DEL CONSEJO DE ORIENTACIÓN Y BIENESTAR ESTUDIANTIL: COBE

Art.48. Es un organismo técnico y asesor encargado de impulsar y dinamizar la orientación
          educativa y los servicios destinados al bienestar estudiantil del establecimiento.

Art.49. Integración.- Estará integrado por el Vicerrector que lo preside, el coordinador del
          departamento de orientación o el orientador, en caso de que no exista el
          departamento; el inspector general, un representante de los profesores guías del ciclo
          básico, un representante de los profesores guías del ciclo diversificado, nombrados por
          el Rector y el Médico.

Art.50. Deberes y Atribuciones.- Son deberes y atribuciones las siguientes:


        a. Formular las políticas que guíen la labor de Orientación y bienestar estudiantil del
           establecimiento.
        b. Aprobar el plan anual elaborado por el Departamento de Orientación y bienestar
           estudiantil del establecimiento.
        c. Poner en práctica acciones que promuevan la participación del personal directivo,
           docente, administrativo, así como estudiantes y padres de familia, en los programas
           de Orientación y bienestar estudiantil.
        d. Analizar los informes anuales y ocasionales presentados por el servicio de Orientación
           y Bienestar Estudiantil y formular las recomendaciones pertinentes.
        e. Evaluar los programas de Orientación y bienestar estudiantil desarrollados en el
           establecimiento.
        f. Reunirse, ordinariamente, una vez por mes; y extraordinariamente cuando lo
           convoque la Directora.
        g. Elaborar el Plan Anual de Actividades y presentarlo al Consejo Técnico, para su
           aprobación.
        h. Conocer informes ocasionales, mensuales presentados por los miembros que
           conforman el COBE y, que ameriten su análisis en estas reuniones.
        i. Poner en práctica acciones que comprometan la participación del personal Directivo,
           Docente y Administrativo, así como de alumnos y Padres de Familia, en los programas
           de Orientación y Bienestar Estudiantil.
        j. Establecer diagnósticos psico-socio-económicos y de salud de los alumnos, y plantear
           alternativas de solución.
        k. Establecer mecanismos de coordinación con los servicios de educación preventiva,
           mejoramiento y conservación de la salud e higiene de los alumnos.
        l. Establecer nexos de coordinación con instituciones y organismos que realizan
           programas de Bienestar Estudiantil.
        m. Elaborar el informe anual de actividades del COBE: Consejo de Orientación y
           Bienestar Estudiantil, y remitirlo a la Rectora por u enviado


                                                                                               33
L. DEL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN Y BIENESTAR ESTUDIANTIL (DOBE).

Art.51. La orientación es consustancial al proceso de formación de los alumnos y se organizará
          en los establecimientos de todos los niveles y modalidades del Plantel.

Art.52. Integración.-En los establecimientos del nivel medio, los servicios de orientación y
        bienestar estudiantil estarán a cargo del departamento correspondiente, integrado así:
        el orientador que lo dirige, un médico, un trabajador social y otros profesionales
        necesarios.
Art.53. Coordinador del Departamento. En los establecimientos de nivel medio en los cuales
        hubiere dos o más profesores orientadores, el consejo directivo designará de entre
        ellos el coordinador del departamento, quien durará dos años en sus funciones,
        pudiendo ser reelegido.
Art.54. Ejercicio de Funciones. Las funciones de profesor orientador serán ejercidas,
          exclusivamente por profesionales en psicología educativa y orientación.

Art.55. Deberes y Atribuciones. Son deberes y atribuciones, además de las estipuladas en el
          art.127 del Reglamento General de la Ley de Educación, lo siguiente:

        a. Las funciones del profesor orientador serán desempeñadas exclusivamente por
           profesionales en psicología educativa y orientación.
        b. Planificar las inscripciones y matriculación de los aspirantes e informar al Rectorado
           para su aceptación. Orientar a los Padres de Familia y aspirantes sobre la forma de
           trabajar en el Plantel.
        c. Elaborar cuadros de promedios y porcentajes de aprovechamiento y conducta de los
           alumnos para ser presentados a la consideración de las respectivas juntas de cursos.
        d. Colaborar con los alumnos de los sextos cursos en el acto de bienvenida a los nuevos
           estudiantes del Plantel.
        e. Su coordinador representará al Plantel en el Programa Participación Estudiantil.
        f. Elaborar el Plan Anual de Actividades del Departamento, y la correspondiente
           programación operativa anual, en base a los Planes Anuales y Programación
           Operativa presentadas por los miembros del Departamento.
        g. Integrar la Junta Académica.
        h. Coordinar e informar, acerca de las actividades de orientación y bienestar estudiantil
           con los miembros del Departamento, personal del establecimiento, padres de familia
           y demás miembros de la comunidad.
        i. Diseñar y aplicar las pruebas psicológicas de admisión a los aspirantes a estudiantes
           de la Unidad Educativa Particular Equinoccial Ecuatoriano, evaluarlos, analizar los
           resultados y remitir el informe correspondiente a la Dirección.
        j.


                                                                                              34
k. Coordinar con la Dirección General, para atender casos especiales de conducta y
             emocionales; y de rendimiento académico, a fin de realizar el seguimiento y
             evaluación correspondiente.
          l. Dirigir el desarrollo y la supervisión (dirección, coordinación, estímulo y control) de
             investigaciones y diagnósticos integrales, sobre aspectos psicológicos, sociales,
             económicos, de salud y académicos de los estudiantes.
          m. Sugerir criterios y procedimientos, para realizar las adaptaciones curriculares, para los
             alumnos con necesidades educativas especiales y de los que ameriten recuperación
             académica.
          n. Planificar, organizar, coordinar, ejecutar y evaluar las actividades del Departamento.
          o. Organizar los paralelos, ubicación de alumnos nuevos, repetidores y de los que hayan
             manifestado problemas de adaptación.
          p. Convocar a reuniones de trabajo evaluativo del Departamento, por lo menos una vez
             al mes, y, cuando el caso lo requiera en coordinación con Asesoría Pedagógica.
          q. Participar en las deliberaciones de las JUNTAS DE CURSO con voz y voto, llevando
             criterio del Departamento en forma documentada.
          r. Participar en la Junta Mensual de Directores de Área, en forma documentada,
             llevando el criterio del DOBE.
          s. Informar oportunamente a las autoridades, sobre asuntos relacionados con las tareas
             respectivas, comunicaciones recibidas, y más novedades.
          t. Coordinar con el Vicerrector, el personal de Inspección, Profesores Guías de Curso, de
             las diferentes asignaturas, y más personal especializado del DOBE, actividades de
             orientación grupal e individual, talleres para padres, conferencias, charlas
             informativas, de orientación y preventivas, relacionadas con orientación sexual, uso
             indebido de drogas, desajuste y las razones de la desviación escolar, familiar y social,
             aspectos vocacionales y profesionales.
          u. Participar, a través del Psicopedagogo(a), del Psicólogo, y/o de otro representante del
             DOBE, en el Consejo de Disciplina que se convocare.
          v. Desarrollar actividades e informes trimestrales, anuales de orientación que
             fortalezcan las decisiones vocacionales, profesionales y ocupacionales de los
             estudiantes y presentarlos a la Dirección provincial de Educación a la Jefa del Dpto.
             Provincial De Bienestar Estudiantil.




                                    M. DE LA SECRETARÍA GENERAL



Art.56.     Estará desempeñada por un profesional del ramo.


Art.57. Deberes y Atribuciones.- Son deberes y atribuciones además de lo estipulados en el
            Art. 128 del Reglamento general de la Ley de Educación lo siguiente.

                                                                                                   35
a. Llevar los libros, registros y formularios oficiales y responsabilizarse de su
             conservación, integridad, inviolabilidad y reserva. En caso de infracción, el secretario
             será sancionado de acuerdo con la ley;
          b. Organizar, centralizar y mantener actualizada la estadística y el archivo del
             establecimiento.;
          c. Tramitar la correspondencia oficial y llevar un registro de ingresos y egresos de la
             misma.
          d. Conferir previo decreto de la Directora, copias y certificaciones.
          e. Suscribir en base a las disposiciones reglamentarias y conjuntamente con la rectora,
             los documentos de carácter estudiantil.
          f. Realizar convocatorias escritas, de acuerdo con las indicaciones de la Directora.
          g. Recopilar y conservar debidamente organizados los instrumentos legales que regulan
             la educación, tales como: leyes, reglamentos, acuerdos, circulares, planes y
             programas de estudio,
          h. Desempeñar sus funciones con oportunidad, cortesía, responsabilidad y ética
             profesional
          i. Ser el Fedatario de la autenticidad, veracidad y objetividad de las actas de
             calificaciones, cuadros estadísticos, actas de grado, otras certificaciones oficiales de
             su dependencia, y de Juntas Académicas de su competencia: Consejo Directivo, Junta
             General de Directivos y Profesores.
          j. Mantener actualizada la nómina de autoridades educativas ministeriales,
             provinciales, locales, de policía y de aquellos con los que tenemos vinculaciones
             académicas culturales, sociales y deportivas.
          k. Ejecutar personalmente la legalización de documentos oficiales en las dependencias
             del Ministerio de Educación o Dirección Provincial de Educación del Guayas.




                                               TÍTULO IV

DEL NIVEL OPERATIVO

DEL PERSONAL DOCENTE, ADMINISTRATIVO, ALUMNOS, PADRES DE FAMILIA, SERVICIOS
GENERALES

                                             CAPÍTULO I

                                                     A. PERSONAL DOCENTE

Art.58.     CLASIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE


     El personal docente de la Escuela Particular Mixta Equinoccial, se clasifica en:
     a. Profesores a tiempo completo.
                                                                                                  36
b. Profesores a medio tiempo.

                                                   B. DE LOS DIRECTORES               DE    ÁREAS
                                                      ACADÉMICAS

Art.59. Será un profesor de la Escuela Particular Mixta Equinoccial, con un mínimo de 2 años
        de labores en la institución
Art.60. Deberes y Atribuciones.- Son deberes y atribuciones, además de lo estipulado en el Art.
          113 del Reglamento General de la Ley de Educación lo siguiente.

        a. Presidir la Junta de Profesores de Áreas Académicas, una vez por mes de acuerdo al
           horario establecido y, extraordinariamente cuando lo amerite y, cumplir con lo
           pertinente.
        b. Planificar anualmente las actividades curriculares y extra-curriculares a ejecutar y, el
           respectivo cronograma.
        c. Al inicio de cada año lectivo, planificarán en sus respectivas áreas, un proyecto de
           visitas, proyectos de aula y otras actividades extracurriculares, así como su
           correspondiente cronograma básico, el que deberá ser analizado, conocido y
           coordinado en la primera Junta mensual de Directores, para su ejecución y
           reconsideraciones pertinentes, previa a la aprobación de la Directora.
        d. Coordinar las actividades académicas de los docentes del área.
        e. Durante las sesiones, dar cumplimiento a los objetivos de la convocatoria.
        f. Responsabilizarse de que el Secretario(a) desarrolle las actas de reuniones y, las
           presente oportunamente al Vicerrector Académico.
        g. Adecuar los objetivos generales de la educación, con la Visión y Misión institucional.
        h. Los Directores de las Áreas Académicas, conformarán, la Comisión Pedagógica,
           debiendo cumplir con lo pertinente.
        i. Revisar semanalmente, la planificación didáctica a desarrollar en el aula, por parte de
           los docentes del área.
        j. Coordinar estrategias pedagógicas, para que las acciones docentes de los profesores
           del área, estén guiadas por osamentos teóricos de la didáctica: Epistemológicos –
           Pedagógicos, Sociológicos y los Psicológicos, correspondientes al Proyecto Educativo
           Institucional.
        k. Promover el adecuado uso y aplicación de los recursos existentes en la Escuela
           Particular Equinoccial Ecuatoriano, a través de la Sección de Ayudas Audiovisuales,
           con el fin de lograr significación y sentido a los procesos del aprendizaje,
           desarrollando operaciones cognitivas básicas y, creatividad.
        l. Impulsar actividades de investigación y experimentación pedagógica que surjan de los
           profesores del área, así como sugerir propuestas de innovación y de adaptaciones
           curriculares, acordes a los requerimientos institucionales y locales.
        m. Verificar los avances de los contenidos programáticos, en relación con el plan y
           programa anual, presentado por los profesores del área, a través de las evaluaciones

                                                                                                37
de clases, revisión de los leccionarios y, de observaciones circunstanciales de textos
     y cuadernos de los estudiantes, en cuanto a su área académica.
n.   Conocer el desarrollo del proceso de enseñanza – aprendizaje, ejecutado por los
     docentes del área académica, de su responsabilidad.
o.   Evaluar y aprobar los Planes Semanales de Lección, así como las pruebas a aplicarse,
     por parte de los diferentes docentes de las respectivas áreas.
p.   Coordinar, supervisar y participar activamente en la planificación, desarrollo y
     evaluación de concursos internos y externos.
q.   Promover la capacitación y el perfeccionamiento del personal docente y, participar
     en ella.
r.   Establecer directrices para promover acciones interdisciplinarias, entre las diversas
     áreas académicas.
s.   Coordinar acciones dispuestas por la Directora, y en cuanto a representatividad
     institucional, de docentes y alumnos, en eventos intercolegiales u otros, locales y
     nacionales.
t.   Conocer e informar acerca del uso adecuado de textos y otros útiles solicitados por
     los profesores del área y, la pertinencia de los mismos, así como sugerir
     oportunamente, en forma escrita, Supervisar y evaluar al personal docente de su área
     académica y, emitir sugerencias oportunas y pertinentes.
u.   Asesorar a los profesores del área, sobre aspectos didácticos y científicos pertinentes.
v.   Revisar y evaluar los instrumentos técnicos – didácticos presentados por los
     profesores del área, y realizar sugerencias que fueren necesarias, para la aprobación
     por parte de la Vicerrectora.




a. Desarrollar en forma participativa y constante, estructuras intelectuales
   indispensables para la construcción del pensamiento lógico-formal y, mejorar los
   procesos de comunicación a través del uso y el manejo eficiente del idioma nacional.
b. Estimular y evaluar sistemáticamente el trabajo de los alumnos y de las alumnas, en
   función de los objetivos de la Educación Básica y, de los niveles, llevando en forma
   ordenada, el registro de dichas calificaciones, conforme el Sistema de Evaluación del
   Proceso Educativo vigente.
c. Participar en Juntas de Profesores de Nivel, de Guías de años de Educación Básica, de
   Áreas Académicas, Consejo Técnico, de Directivos y Profesores. (Pertinentes y
   nominados).
d. Promover y/o participar en actividades y/o concursos culturales, académicos,
   sociales, deportivos, defensa del medio ambiente y de educación para la salud, que
   sean de su pertinencia, en coordinación con la Directora de la Institución Educativa
   Particular Mixta Equinoccial Ecuatoriano.
e. Coordinar sus actividades didácticas y desarrollo curricular con los profesores de las
   áreas de: Cultura Física, Estética, Computación e Inglés.

                                                                                          38
f.   Elaborar listas de útiles escolares o, de requerimientos, para desarrollo de su gestión,
     análisis y aprobación definitiva.
g.   Diseñar y elaborar material didáctico complementario y, utilizarlo oportunamente.
h.   Conocer, analizar y evaluar textos para el nivel correspondiente.
i.   Demostrar una práctica docente responsable, profesional, observando un
     comportamiento digno y, constituirse frente a sus alumnos y alumnas como ejemplo
     permanente de cumplimiento, puntualidad en el horario establecido,
     responsabilidad, disciplina y, buena presentación personal.
j.   Proporcionar a los estudiantes un trato adecuado, respetando su personalidad, las
     características de su desarrollo, su dignidad e integridad personal, combinando
     comprensividad y diferencias individuales.
k.   Promover y fomentar una permanente integración entre el establecimiento, los
     padres de familia y la comunidad en general.
l.   Atender a los Padres de Familia, o representantes de los y las alumnas, de acuerdo a
     horarios establecidos, promoviendo el análisis y la reflexión, así como
     proporcionándoles información exacta, completa del progreso formativo y académico
     y, de dificultades que en los aspectos mencionados, tuvieran sus hijos o
     representados.
m.   Organizar y atender grupos de recuperación pedagógica con los niños y niñas que
     presentaren problemas de aprendizaje; en coordinación con el DOBE.
n.   Participar activamente en programas de perfeccionamiento profesional: interno y
     externo.
o.   Llevar prolijamente y contar permanentemente con los leccionarios, planificaciones
     desarrolladas y las que se estén ejecutando, los libros de “Vida del Curso”:registros de
     asistencia, conducta, evaluación del rendimiento académico, del desarrollo de
     capacidades (destrezas, habilidades y actitudes) y valores personales de los niños y
     niñas de su responsabilidad y, más instrumentos técnicos, determinados por el
     Ministerio de Educación y Cultura, la Dirección Provincial de Educación y la Unidad
     Educativa Equinoccial Ecuatoriano.
p.   Ejercer la docencia de acuerdo al plan de estudios vigente en la institución los mismos
     que habrán sido conocidos y aprobados por la Dirección Provincial de Educación.
q.   No hacer proselitismo político, ni religioso dentro del plantel.
r.   No vender libros, ni folletos, ni otros objetos, ni solicitar contribuciones económicas a
     los alumnos y padres de familia.
s.   Si algún profesor faltara sin causa justificada el día que debe receptar una evaluación
     escrita, las autoridades del Plantel podrán determinar para que el alumno no sea
     irrespetado.
t.   Prohibido dictar clases particulares a los alumnos de la Escuela Mixta Particular



                                               C. DE LOS PROFESORES GUÍAS DE CURSO




                                                                                           39
Art.61.     Los Profesores Guías de curso, serán designados al inicio del año lectivo escolar por la
            Directora del Plantel de entre los profesores del Curso y de acuerdo a sus méritos
            durarán en sus funciones hasta el inicio del año lectivo siguiente.

Art.62. Deberes y Atribuciones.- Son deberes y atribuciones además de los estipulados en el
            Art.117 del Reglamento General de la Ley de Educación los siguientes:

          a. Presidir obligatoria la junta de curso.
          b. Coordinar la labor de los profesores y alumnos del curso y la participación del consejo
             de orientación, padres de familia y personal de inspección, para alcanzar los mejores
             resultados en el proceso educativo.
          c. Planificar, ejecutar y evaluar su trabajo con la colaboración del departamento de
             orientación y bienestar estudiantil.
          d. Cooperar con el desarrollo de las actividades de asociación de clase y estimular la
             participación de los alumnos en actividades académicas, deportivas y sociales.
          e. Colaborar en la solución de problemas estudiantiles.
          f. Coordinar con los profesores de la asignatura las actividades extra-aula y enviarlas al
             Rectorado para su análisis y aprobación.
          g. Responsabilizarse de los alumnos que se le asigne, en eventos: Feria Científica,
             Jornadas Deportivas y otros actos cívicos o sociales que el Centro organice.
          h. Colaborar con la solución de problemas del curso o de algún alumno en particular.
          i. Establecer mecanismos de comunicación con los padres de familia para tratar de
             asuntos relacionados con la disciplina y aprovechamiento de los alumnos.
          j. Cumplir con las demás funciones que le fueran señaladas por las Autoridades del
             Establecimiento.

                                                      D. DE LOS PROFESORES DEL ÁREA DE
                                                         CULTURA ESTÉTICA (MÚSICA, DIBUJO Y
                                                         DE ACTIVIDADES PRÁCTICAS

Art.63.     Son los profesores de las asignaturas de: Dibujo Artístico, Actividades Prácticas,
            Educación Musical, Cherleaders.

Art.64. DIBUJO ARTÍSTICO: Los profesores de Dibujo Artístico serán los egresados del Colegio
            de Bellas Artes y que posean conocimientos de técnicas básicas de: témperas,
            acuarelas, lápiz, óleos, de composición artística y cromática, etc.

Art.65. Deberes y Atribuciones.- Son deberes y atribuciones las siguientes.


          a. Transmitir e incentivar el dibujo artístico y, fortalecer conocimientos al respecto.


                                                                                                    40
b. Organizar exposiciones de dibujo, e informar de eventos que se programen
           externamente.
        c. Organizar visitas a museos, exposiciones y, centros culturales.
        d. Organizar y participar en concursos de dibujo y de pintura internos y externos.
        e. Actualizar sus conocimientos en las diferentes manifestaciones artísticas.
        f. Apreciar el hecho artístico como fuente de goce estético y, como parte integrante de
           un patrimonio cultural, contribuyendo activamente a su respeto, conservación y
           mejora.
        g. Valorar las posibilidades expresivas que ofrece la investigación con diversas técnicas
           artísticas, estimulando el esfuerzo de superación que supone el proceso creativo.
        h. Coordinar todas las actividades de Dibujo Artístico de los niveles de su
           responsabilidad.
        i. Participar activa y eficientemente en los actos programados en sus niveles.

Art.66. DIBUJO TÉCNICO: Los profesores de dibujo técnico serán graduados o egresados de la
          Facultad de Arquitectura; poseer conocimientos sobre el uso y conservación de los
          materiales a utilizar; dominar la geometría analítica, descriptiva, proyecciones,
          perspectiva y maquetaría.

Art.67. Deberes y Atribuciones.- Son deberes y atribuciones las siguientes


        a. Difundir el diseño arquitectónico.
        b. Organizar y asistir a exposiciones pertinentes.
        c. Desarrollar en los alumnos y alumnas la percepción e interpretación crítica de
           imágenes y las formas de su entorno, para sensibilizar sus cualidades estéticas y
           funcionales.
        d. Organizar y participar en concursos de Dibujo Técnico, interno y externos.
        e. Coordinar las actividades curriculares y extra-curriculares, con el Asesor Pedagógico
           Coordinador del Área y, con profesores de matemáticas, en lo pertinente y necesario
           e informar.

Art.68. EDUCACIÓN MUSICAL: Serán los profesionales egresados(as) o graduados(as) del
          Conservatorio Nacional, o estar cursando años superiores en dicha institución.

Art.69. Deberes y Atribuciones.- Son deberes y atribuciones lo siguiente.


        a. Coordinar y participar activamente en todas las actividades y actos de carácter
           musical que se realizan en la escuela y/o colegio respectivamente.
        b. Coordinar con el Asesor Pedagógico del Área Académica, Directora del Jardín.
        c. Ayudar al desarrollo del gusto y apreciación por la música, así como al interés por la
           lectura y escritura musical.

                                                                                              41
d. Descubrir el grado de desarrollo musical de cada alumno y alumna y, en
             consecuencia, planificar experiencias de aprendizaje musical que resulten útiles.
          e. Estimular la utilización de la música por medio de expresiones espontáneas, tanto
             dentro de la clase como al aire libre.
          f. Estimular la creatividad y formar el coro de los alumnos y alumnas.
          g. Demostrar interés y entusiasmo por las actividades que realiza con sus alumnos y
             alumnas.
          h. Conocer la diversidad de intereses de sus alumnos y alumnas, para planificar en
             consecuencia.
          i. Incentivar el amor a los diferentes estilos musicales, aplicando criterios selectivos en
             las manifestaciones de los mismos.
          j. Enseñar en forma progresiva y variada, el uso de instrumentos musicales, tales como
             la flauta, guitarra, órganos musicales y, otros.
          k. Formar grupos musicales folklóricos, coros: hablado, recitado y poli rítmico y, dirigir
             círculos de interés pertinentes, acorde al nivel de su gestión profesional.
          l. Tener sólidos conocimientos en la organización de juegos, rondas y folklore nacional e
             internacional.
          m. Organizar y participar en concursos de música, internos y externos.
          n. Cultivar valores y actitudes como las siguientes:
                           1. Cultivo de la voz
                           2. Desarrollo de la agudeza y precisión auditiva.
                           3. Actitud a la percepción y utilización del ritmo.
                           4. Actitud a la creatividad.
                           5. Desarrollo del sentimiento patriótico y el respeto por las tradiciones.
                           6. Actitud a la movilización funcional del instrumento a utilizar.
                           7. Actitud a la relación del movimiento corporal con el espacio.
                           8. Actitud a la dramatización de estados de ánimo.

Art.70. DE LA PROFESORA DE CHEERELEADER`S: La profesora de cherleaders debe estudiar en
            curso superior, ser egresada o graduada de una academia de danza. Experiencia
            docente, mínima de 1 año en lo pertinente; poseer amplio conocimiento pedagógico
            para impartir la danza como un medio de crecimiento personal, de auto-estima.

Art.71.     Deberes y Atribuciones de la Profesora de danza.


     a. Dirigir el grupo de cherleaders.
     b. Participar en concursos internos y externos que se prevean.
     c. Participar activa y eficientemente en eventos que organice la Escuela Particular Mixta
        Equinoccial
     d. Cumplir con las disposiciones pertinentes a su gestión docente, impartidas por los
        Directivos de la Escuela Particular Mixta Equinoccial
     e. Incentivar y desarrollar formas de expresión de manera lúdica.

                                                                                                  42
f.   Hacer que los alumnos y alumnas, disfruten del movimiento y de las cherleaders, como
          medio de representación de imágenes, sensaciones e ideas y, apreciarlas como forma de
          expresión y comunicación individual y colectiva, valorando su contribución al bienestar
          personal y al conocimiento de sí mismo.

Art.72. DE LA PROFESORA DE MÚSICA: La profesora de Música debe poseer dominio de varios
           instrumentos musicales; conocimiento de dirección coral; conocer y manejar la teoría
           musical y manejar elementos pedagógicos – musicales.

Art.73.    Deberes y Atribuciones de la Profesora de Música.


     a. Dirigir el Círculo de música.
     b. Fortalecer el desarrollo del grupo musical de la Escuela, a través de las técnicas de: Coro
        Hablado, Recitado y Rítmico: Desde el Jardín, Escuela Básica
     c. Incentivar en los alumnos y alumnas, el desarrollo de la creatividad musical.
     d. Aplicar metodología adecuada para el buen desarrollo del círculo de interés.
     e. Participar en todos los eventos que organice la Escuela Particular Mixta Equinoccial.
     f. Ayudar al desarrollo del gusto y la apreciación por la música.
     g. Descubrir el grado de desarrollo musical de cada niño y niña y, en consecuencia,
        planificar experiencias de aprendizaje musical, que resulten útiles.
     h. Estimular la utilización de la música por medio de expresiones espontáneas, tanto dentro
        de la clase como al aire libre.
     i. Demostrar interés y entusiasmo, por las actividades que realiza con los alumnos y
        alumnas.
     j. Conocer la diversidad de intereses de sus alumnos y alumnas, para planificar en
        consecuencia.

                                                    E. DE LOS PROFESORES DE CULTURA FÍSICA
                                                       DE LA ESCUELA

Art.74.    Serán Profesionales, que posean el título de Licenciados en Ciencias de la Educación,
           especializados en el Área de la Cultura Física y deben contar con un mínimo de tres
           años de experiencia docente.

Art.75. Deberes y Atribuciones


     a. Asistir puntualmente al establecimiento, en el horario establecido para el efecto
        por parte de la Directora
     b. Dirigir el proceso de aprendizaje, con sujeción al horario establecido, programas
        vigentes, orientaciones didácticas


                                                                                                43
c. Planificar, organizar, ejecutar y evaluar eficiente y oportunamente, el currículo
   correspondiente al Área de Cultura Física, conforme a la Reforma Curricular y al
   Proyecto Educativo Institucional.
d. Operativizar durante la clase de Cultura Física, los elementos básicos del currículo
   (objetivos, destrezas, metodologías y evaluación).
e. Elaborar la planificación didáctica, desarrollando los programas de curso y planes
   semanales; utilizar técnicas y procesos que permitan la participación activa de los
   estudiantes; emplear materiales y otros recursos didácticos para objetivizar el
   aprendizaje y, evaluar permanentemente el progreso alcanzado por alumnos y
   alumnas, en función de los objetivos propuestos.
f. Utilizar en su gestión docente los métodos didácticos del área de Cultura Física:
   directos e indirectos y, los correspondientes procesos didácticos, que permitan la
   participación activa de los alumnos y alumnas, garantizando un aprendizaje
   significativo de las capacidades (destrezas, habilidades y actitudes) así como el
   fortalecimiento de sus valores personales.
g. Coordinar el desarrollo de sus actividades con el Profesor Guía, así como resolver
   las dificultades y problemas que se presentaren en sus actividades docentes.
h. Promover y/o participar en actividades, concursos y/o competencias internas y
   externas, pertinentes al Área de Cultura Física y Deportes. Demostrar una
   práctica docente responsable, profesional, observando un comportamiento digno
   y constituirse frente a sus alumnos y alumnas como ejemplo permanente de
   cumplimiento, puntualidad en el horario establecido, responsabilidad, disciplina y
   buena presentación personal.
i. Atender a los padres de familia en los horarios asignados, así como coordinar con
   el D.O.B.E el llamado del representante del alumno, cuando la situación
   académica lo requiera para tomar las medidas correctivas necesarias.
j. Cooperar activamente en el desarrollo de las acciones programadas por el
   Departamento de Orientación y Bienestar Estudiantil.
k. Propender el desarrollo de las capacidades físicas motoras (fuerza, resistencia,
   velocidad, coordinación y flexibilidad).
l. Evaluar las condiciones de las pruebas físicas del alumno, mediante la aplicación de las
   pruebas físicas y, su evaluación, aplicando las tablas de puntuación respectivas.
m. Apoyar en acción coordinada con los entrenadores deportivos, la preparación física de
   los alumnos integrantes de las diferentes selecciones de la Escuela Particular Mixta
   Equinoccial
n. Exigir a los alumnos el buen uso del uniforme.
o. Cumplir las comisiones encomendadas por Directivos de la Escuela Particular Mixta
   Equinoccial
p. Informar el cumplimiento de las comisiones, dar aviso de salida y retorno y presentar el
   informe Final.

                                                                                        44
q. Aprovechar toda circunstancia favorable para la práctica del civismo, las normas de
        salud, los principios morales, las buenas costumbres y las relaciones humanas positivas
        entre los alumnos; así como precautelar por el buen mantenimiento de la institución en
        general.

Art.76. LABORATORIO DE INGLÉS: La persona encargada debe poseer título académico,
           otorgado por una Universidad: Profesor de Segunda Enseñanza, y/o Licenciado(a) en
           Lenguas, especialización Inglés. Acreditar experiencia docente, mínima de cinco años; y
           de manejo de equipos electrónicos y de audio.

Art.77.    Deberes y Atribuciones.


     a. Conocer la Visión y Misión de la Escuela Particular Mixta Equinoccial para, a través de su
          gestión, fortalecerlas.
     b.   Elaborar el Plan Anual de Actividades del Laboratorio de Inglés.
     c.   Coordinar con el Asesor Pedagógico que atiende el Área de Inglés, acciones que
          optimicen los procesos didácticos para el aprendizaje activo, así como fortalecer
          gestiones extra – curriculares del Área ( Exposiciones, Seminarios, Semana cultural, Feria
          de Ciencias, Visitas, Prácticas Demostrativas de los Docentes, entre otras)
     d.   Establecer cronogramas y directrices puntuales, referentes a las precauciones a
          considerar durante las prácticas y uso del Laboratorio de Inglés.
     e.   Conocer, analizar el desarrollo programático de Inglés, en los diferentes cursos, evaluar
          resultados y en base de ellos, fortalecerlos a través de las clases de laboratorio.
     f.   Supervisar y mantener operativos, los equipos e implementos como textos, cintas de
          audio y videograbadoras, computadora e impresora, entre otros., revisar su estado y
          cantidad, antes y después de cada clase, e informar oportunamente, novedades, al
          Asesor Pedagógico encargado del Área; y velar por el seguimiento a los informes
          presentados.
     g.   Coordinar, controlar y sugerir, la implementación del Laboratorio de Inglés, conforme a
          los avances tecnológicos y pertinentes, en el área educativa.
     h.   Informar, inmediatamente, a la Dirección sobre alguna novedad suscitada en los equipos
          y periféricos asignados al Laboratorio de Inglés, así como también, gestionar a través de
          éste, la actualización de software instalado en las mismas.
     a.   Mantener actualizado el Inventario general, del laboratorio correspondiente.
     i.   Elaborar el Informe final, pertinente a la gestión cumplida por el laboratorio.

Art.78. LABORATORIO DE COMPUTACIÓN: Estará a cargo de un Profesional con título de
           Tecnólogo y/o Licenciado en Computación. Acreditar experiencia docente, mínima de
           tres años y, de tres años en manejo de equipos de Computación e Internet.

Art.79.    Deberes y Atribuciones.


                                                                                                 45
a. Conocer la Visión y Misión de la Escuela Particular Mixta Equinoccial para, a través de su
     gestión, fortalecerla.
b.   Elaborar el Plan Anual de Actividades del Laboratorio de Computación.
c.   Coordinar, con el Asesor Pedagógico del Área de Computación, acciones que optimicen
     los procesos didácticos para el aprendizaje activo, así como fortalecer gestiones extra –
     curriculares del Área (Concursos Intercolegiales, Exposiciones, Feria de Ciencias,
     Seminarios, Visitas, Prácticas Demostrativas de los Docentes, etc.)
d.   Establecer cronogramas y directrices puntuales, referentes a las precauciones a
     considerar durante las prácticas y uso del Laboratorio de Computación.
e.   Participar en reuniones colectivas de la sección de laboratorios, que fueren convocadas
f.   Diseñar estrategias y dar a conocer a docentes del área de computación y de la Escuela
     Particular Mixta Equinoccial, el Plan Anual del Laboratorio de Computación para, en
     coordinación general, optimizar las funciones del Laboratorio de Computación,
     conociendo sus fortalezas, debilidades, y procedimientos pertinentes.
g.   Controlar permanentemente el buen uso de los equipos de computación.
h.   Mantener el 100% operativos todos los equipos y periféricos del laboratorio, revisar su
     estado y cantidad, antes y después de cada clase, e informar inmediatamente al
     Rector(a), las novedades que se presentaren en el mismo.
i.   Supervisar los trabajos técnicos de mantenimiento para un perfecto desarrollo de las
     actividades.
j.   Mantener operativos todo el software utilizado en las clases de computación.
k.   Solicitar, previa justificación, nuevos equipos y software.
l.   Informar por escrito a la Directora por las ejecuciones parciales, y definitivas, del
     cumplimiento de responsabilidades asignadas por esta oficina.
m.   Colaborar con el personal docente de otras áreas que requieran del servicio del
     laboratorio, en el cumplimiento de actividades internas y externas.
n.   Procurar una buena presentación de los laboratorios, en cuanto a limpieza y
     mantenimiento total del área.
o.   Enviar los informes trimestrales a la Rectora y Vicerrector.
p.   Llevar un registro (kárdex) diario, por cada laboratorio, de uso de las computadoras, en
     el que se anotará: # de máquina, fecha, hora (inicio, fin), nombre del usuario (alumno,
     profesor, personal docente de cursos), de ser alumno, es necesario anotar el curso, y el
     Nivel al que pertenece. También se deberá anotar el estado en que se encuentra la
     computadora.
q.   Organizar y prever la documentación actualizada y pertinente para que, al final de cada
     año lectivo, el Laboratorio de Computación, disponga de tres libros que corresponderán
     a la evaluación del cumplimiento de gestión correspondiente a:
          1. Inventario general, actualizado y detallado, del Laboratorio de Computación.
          2. Informes ocasionales, trimestrales y final, pertinentes a la gestión cumplida, en
              cuanto a la enseñanza de computación.
          3. Sugerencias, requerimientos y novedades.



                                                                                           46
F. DEL COLECTOR

Art.80.   Estará a cargo de un Profesional del ramo contable, caucionado, de acuerdo con las
          disposiciones señaladas en las leyes y reglamentos pertinentes, a cuyo cargo estarán los
          fondos y bienes del establecimiento.
          Los funcionarios que trabajen en la colecturía estarán sujetos a las disposiciones de la Ley
          Orgánica de Administración Financiera.

Art.81. Deberes y atribuciones.- Son deberes y atribuciones además de los estipulados en el
          Art. 131 del Reglamento General de la Ley de Educación lo siguiente.

     a. Laborar 8 horas diarias en horarios continuos.
     b. Cumplir el calendario de trabajo, según instructivo del Plan Anual de Actividades.
     c. Cumplir con las disposiciones que señala el art. 131, literales: a, c, d, f, g, i de la Ley
        General de Educación y su Reglamento.
     d. Cumplir con las Leyes y Reglamentos pertinentes y responsabilizarse de los bienes y
        recursos presupuestarios del establecimiento.
     e. Participar en la elaboración de la proforma presupuestaria.
     f. Atender los egresos que sean debidamente justificados, así como recaudar con diligencia
        los fondos y las asignaciones del establecimiento.
     g. Responsabilizarse del trabajo del personal que labora en ese departamento.
     h. Presentar a la Directora informes sobre el estado financiero del establecimiento y las
        necesidades presupuestarias.
     i. Suscribir conjuntamente con la Directora cheques y comprobantes de pago.
     j. Mantener actualizado el inventario de los bienes muebles e inmuebles.
     k. Cumplir con puntualidad y eficiencia las disposiciones emanadas por las Autoridades.

Art.82. DE LA CONTADORA: Estará a cargo de un Profesional con el título de Bachiller en
          Comercio y Administración, especialidad contabilidad y/o afines y, haber aprobado el
          segundo año de Instrucción Superior en la Especialización de Contabilidad, Auditoria y/
          o Administración.

Art.83.   Deberes y Atribuciones


     a. Elaborar los estados financieros.
     b. Clasificar y revisar comprobantes, recibos y otros documentos contables efectuando el
        control previo.
     c. Ejercer el control y comprobar la exactitud, legalidad, veracidad y propiedad de los roles
        de pago.
     d. Preparar la información contable que le fuera requerida.
     e. Realizar la conciliación de cuentas bancarias.
     f. Cumplir con las disposiciones emanadas de los Directivos de la Institución.
                                                                                                   47
g. Organizar y llevar la contabilidad de la institución en forma automatizada.
     h. Realizar diariamente, los asientos contables de ingresos de la Escuela Particular Mixta
        Equinoccial Dializar asiento de ajustes.
     i. Coordinar la preparación de reportes mensuales contables de la institución.
     j. Establecer, saldos mensuales contables y presupuestarios para la elaboración de
        Balances y Cédulas.
     k. Coordinar y elaborar los Estados Financieros mensuales de la Escuela Particular Mixta
        Equinoccial
     l. Coordinar y elaborar los informes tributarios a ser realizados, mensualmente, para su
        presentación al Servicios de Rentas Internas.

Art.84. DE LOS ACTIVOS FIJOS: Estará a cargo de un Profesional con el título de Bachiller en
            Comercio y Administración, especialidad contabilidad y/o afines y, haber aprobado el
            segundo año de Instrucción Superior en la Especialización de Contabilidad, Auditoria y/
            o Administración.

Art.85. Deberes y Atribuciones


          a. Llevar el registro y control actualizado, de los activos fijos, de acuerdo al sistema
             computarizado dispuesto por la Directora.
          b. Intervenir en la entrega–recepción por traspaso de activos, con su debida acta
             legalizada.
          c. Realizar la inspección física de los activos, en forma periódica si el caso amerita y al
             final del año lectivo.
          d. Tramitar las resoluciones de baja de bienes, emitidas por los directivos de la Escuela
             Particular Mixta Equinoccial
          e. Cumplir el Plan Anual de Actividades..

Art.86.     Deberes y Atribuciones


          a. Coordinar con la Jefa Financiera y la Directora.
          b. Cumplir y estar sujeto en lo previsto y pertinente, a las Leyes y Reglamentos del
             Servicio Civil y Carrera Administrativa, el Manual de Organización y el Reglamento
             Interno de la Institución.
          c. Recoger los requerimientos de los Departamentos, Divisiones, Secciones u oficinas
             de la Escuela Particular Mixta Equinoccial, con la finalidad de presentar a la Jefa del
             Departamento Financiero o          a la Dirección, requerimientos periódicos de
             necesidades de oficinas, consumos de aseo, limpieza y mantenimiento a utilizar.
          d. Distribuir los materiales a su cargo, respaldándose en requerimientos que cumplan
             con el procedimiento administrativo, previstos en el manual correspondiente.
          e. Llevar un Kárdex actualizado de los materiales entregados para su custodia.


                                                                                                  48
f. Efectuar oportunamente, los requerimientos para reposición y abastecimiento de la
             sección a su cargo.
          g. Cuidar de la imagen y buena presentación de la oficina adecuada para el
             funcionamiento de la sección.
          h. Socializar entre el personal que requiere de sus servicios el procedimiento
             administrativo a seguir, para informar y cubrir necesidades disponibles en la sección.
.

Art.87.     Deberes y Atribuciones
          a. Elaborar anualmente los requerimientos de uniformes, para conocimiento, análisis,
             evaluación, ratificación o rectificación de los mismos, por parte de la Directora, Jefa
             del Departamento Financiero.
          b. Recibir, inventariar y clasificar los diferentes uniformes y complementos de los
             mismos, así como folletos, libros, cuadernos y otros artículos entregados para la
             venta.
          c. Mantener un Kárdex actualizado de todos los artículos: uniformes, folletos, libros y
             demás, entregados a esa sección.
          d. Llevar el control permanente y oportuno de saldos de artículos con stock mínimo,
             para establecer mecanismos de reposición, acorde a disposiciones de la Jefa del
             Departamento Financiero.
          e. Efectuar la venta y cobro de los uniformes y complementos de los mismos, y demás
             artículos, previa facturación, conforme a lo establecido en el Manual de Organización
             y en el Reglamento Interno Institucional.
          f. Realizar semestralmente, la constatación física del inventario de mercadería, emitir el
             listado correspondiente, remitirlo a la Jefa del Departamento Financiero, para que
             procedan a la conciliación correspondiente con el inventario contable, emitido por el
             sistema computarizado de la institución.
          g. Elaborar informes diarios y, remitirlos a la Jefa del Departamento Financiero, acerca
             de la venta de uniformes, aplicando estrictamente las disposiciones reglamentarias
             establecidas por el Manuales de Organización y el Reglamento Interno Institucional.

                                                      G. DE LA ASISTENCIA DEL PERSONAL
                                                         DOCENTE, ADMINISTRATIVO Y DE
                                                         VARIOS SERVICIOS

Art.88. El control y registro de asistencia del personal docente, administrativo y de varios
            servicios; son obligatorios por parte de las autoridades y deben hacerse de acuerdo a
            los mecanismos de carácter interno que para el efecto se implementen dentro de la
            Escuela                   Particular                 Mixta                 Equinoccial
            los mismos que se detallan a continuación.

          a. Los profesores, el personal administrativo y de varios servicios, deben cumplir con el
             horario académico establecido en la institución, así como asistir a los diferentes actos,
                                                                                                   49
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CóDigo Escuela Equinoccial 2009

  • 1. ESCUELA PARTICUAR mIxTA mATUTINA Nº 79 “EQUINOCCIAL” “El niño creativo de hoy es el líder y genio del mañana” 2009 - 2010 DIAGNÓSTICO SITUACIONAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA:
  • 2. La Institución Educativa Particular “Equinoccial”, está ubicada en la Provincia del Guayas, Cantón Durán, Parroquia Eloy Alfaro, Sector urbano Norte, en la calle Jaime Roldós en la lotización los Rosales Manzana. O Solares: 3, 4, 5,15, 16,17. En nuestra Escuela contamos con los estudiantes de clase social media baja del sector. Los padres de familia desempeñan diversas actividades económicas y emigrantes. La Institución Educativa es Particular, respetando ideología y costumbres ya que los mismos estudiantes son tratados con respeto y consideración, tratando de realzar su autoestima con mucho más énfasis a los estudiantes cuyos padres se encuentran en el extranjero. Forjamos valores cívico-culturales, éticos-morales para el buen desarrollo de los niños en la sociedad. Pertenecemos a la UTE 13, CEM D1, nuestra Supervisora es la Máster. Ana Bélgica Espinoza. CREACIÓN. Mediante Acuerdo Ministerial No. 271, en el año lectivo 2000 – 2001 la Escuela fue creada con fecha 30 de agosto del 2000, como Institución Particular con las siguientes características: Nombre del Plantel “Equinoccial” Nº 79 Jornada Matutina Alumnado Mixto Nivel Inicial: Jardín y Primer Año de Educación Básica Nivel Primario: Escuela Completa (Del Segundo al Séptimo Año Básico). La estructura física de la Institución consta de 8 aulas, y un patio amplio para el desarrollo recreativo de los estudiantes. Las aulas son amplias ventiladas y con suficiente claridad, consta de 2 laboratorios de Computación en el cual se ha implementado la pizarra interactiva para el mejoramiento de la calidad de educación, 1 laboratorio de inglés y el departamento de Bienestar Estudiantil. La capacitación constante del Personal Docente con la dirección de la Directora en seminarios, organizados por las Editoriales y por medios propios, compromete a un buen desempeño en la educación del estudiantado. 2
  • 3. Las reuniones de Padres de Familia o representantes junto a los Docentes y Directivos, es un triángulo de comunicación, para observar los resultados y rendimiento estudiantil, tanto en el aprovechamiento como en el comportamiento. Para el mejor desenvolvimiento del educando dentro de la Institución, se establece la siguiente organización: Consejo Técnico; Comité de Padres de Familia; Comité Estudiantil; Comité de Aula tanto de Padres de Familia como de estudiantes. ORGANIZACIÓN INTERNA: Está constituida según el Acuerdo 182 por:  Un Equipo responsable o Equipo Impulsador de los Códigos de Convivencia  Comité de Redacción Institucional  Consejo Técnico  Asamblea  Comité de Vigilancia Dentro de la organizativa el Acuerdo 182 establece cómo y quienes deben conformar estos órganos que regulen e impulsen la construcción de los Códigos de Convivencia. A partir de lo establecido como Colectivo, se ha considerado que la participación plena de los actores es limitada. 3
  • 4. I. Equipo impulsador de los Códigos de Convivencia a. Presidente del Gobierno Estudiantil: Tyron Yunda Sánchez b. Directora Lcda. Blanca Palaquibay c. Presidente del Comité de Padres de Familia: Sr. Walberto Jácome d. Docente: Lcda. Verónica García II. Comité de Redacción 1. Comité Institucional 4
  • 5. a) 5 miembros del Gobierno Escolar: PRESIDENTE: Tyron Yunda SECRETARIO: Lizbeth Izquierdo VICE- PRESIDENTE VICE- PRESID. SALUD Y VICE-PRESID. DEFENSORÍA EDUCACIÓN Y CULT.: MEDIO AMB.: DERECHO NNA.: Anet Oviedo Luz Clara Yanza Heydi León b) Un Docente del Consejo Directivo: Prof. Griselda Matamoros c) Dos Padres de Familia: María León; Blanca Pérez d) Un Administrativo: Directora Lcda. Blanca Palaquibay 2. Comité por Aula: JARDÍN- ESCUELA “EQUINOCCIAL” 5
  • 6. ALCALDE: Plaza Palaquibay Vanessa SEGUNDO AÑO BÁSICO VICE- ALCALDE VOCAL TESORERO Chimbo Pezo Bryan Yanza Cuji Daysi Salguero Jiménez Andrea COMISIONES: • DISCIPLINA: Loor Aveiga Maitte • ASEO: Merchán Ponce Génesis ALCALDE: JONATHAN PACHECO TERCERO AÑO BÁSICO VICE- ALCALDE TESORERO VOCAL MAYERLI NAVARRO RAÚL AVILES WILLIAM BALLADARES COMISIONES: • DISCIPLINA: BLANCA RUIZ • ASEO: KAREN BAJAÑA ALCALDE: NAYELI ROJAS CUARTO AÑO BÁSICO 6
  • 7. VICE- ALCALDE VOCAL TESORERO LUZ CLARA YANZA LUIS PUMA EDGAR VALLEJO COMISIONES: • DISCIPLINA: AMY TOMALA • ASEO: NAGELY VERDUGO ALCALDE: QUINTO AÑO BÁSICO HECTOR SALGUERO VICE- ALCALDE VOCAL HEYDI LEÓN TESORERO ADRIAN RODRÍGUEZ NICOL CARRILLO COMISIONES: • DISCIPLINA: ANTHONY PLAZA • ASEO: ROSA MORAN ALCALDE: MARÍA JOSÉ VERA SEXTO AÑO BÁSICO 7
  • 8. VICE- ALCALDE TESORERO VOCAL ANET OVIEDO DAYANA CAÑARTE PAULINA FIGUEROA COMISIONES: • DISCIPLINA: DIYANA SÁNCHEZ • ASEO: JORGE VERA ALCALDE: SÉPTIMO AÑO BÁSICO TYRON YUNDA VICE- ALCALDE TESORERO VOCAL CORAIMA GUIJARRO MELANY NAVARRO MERLY COBEÑA COMISIONES: • DISCIPLINA: JOSEPH SINCHI • ASEO: MARCO JUMBO 1. Miembros de las Directivas de los Padres de Familia por aula de la Escuela: PRESIDENTE: PRIMER AÑO BÁSICO LILIANA DECINTONIO 8
  • 9. VICE- PRESIDENTE SECRETARIO SOLANGE CASSAGNE JULIA MIERS PRESIDENTE SEGUNDO AÑO BÁSICO LADY MONTENEGRO VICE- PRESIDENTE SECRETARIO ADRIANA RODRIGUEZ BEATRIZ JIMÉNEZ PRESIDENTE: MARÍA LEON TERCER AÑO BÁSICO VICE- PRESIIDENTE SECRETARIO BLANCA RUIZ DORA MACIAS PRESIDENTE: FANNY PAZMIÑO CUARTO AÑO BÁSICO VICE- PRESIDENTE SECRETARIO CARMN REYES FELICITA ALVARADO PRESIDENTE: ROSA ESCOBAR 9
  • 10. QUINTO AÑO BÁSICO VICE- PRESIDENTE SECRETARIO MAGALY ROSERO MARIA ANTAMBA PRESIDENTE: SEXTO AÑO BÁSICO MARIA VERA VICE- PRESIDENTE SECRETARIO CLARA MAQUILON JOSE COX PRESIDENTE: EDITH SANCHEZ SÉPTIMO AÑO BÁSICO VICE- PRESIDENTE VOCAL SECRETARIO FABIOLA SAÑAICELA JENNY VALDEZ NURIA FLORES III. ASAMBLEA DE LA INSTITUCIÓN: Conformada por representantes de 1. Miembros de las directivas de estudiantes: Escuela SEGUNDO AÑO BÁSICO: RICHARD PLAZA 10
  • 11. TERCER AÑO BÁSICO: JONATHAN PACHECO CUARTO AÑO BÁSICO: JULISA COROZO ESCUELA PARTICULAR EQUINOCCIAL QUINTO AÑO BÁSICO: HECTOR SALGUERO SEXTO AÑO BÁSICO: MARTHA RIVERA SÉPTIMO AÑO BÁSICO: EDITH SANCHEZ 2. Miembros de las Directivas de Padres de Familia: a) Por la Escuela PRIMER AÑO BÁSICO: LILIANA DECINTONIO SOLANGE CASSAGNE 11
  • 12. SEGUNDO AÑO BÁSICO: SRA LADY MONTENEGRO ADRIANA RODRÍGUEZ TERCER AÑO BÁSICO. MARÍA LEÓN SRA. Blanca Pérez JARDÍN –ESCUELA “Equinoccial” CUARTO AÑO BÁSICO: Sra. FANNY PAZMIÑO Sra. CARMEN REYES QUINTO AÑO BÁSICO: Sra. ROSA ESCOBAR Sra. MAGALI ROSERO SEXTO AÑO BÁSICO: SRA. MARÍA VERA SRA. CLARA MAQUILON SÉPTIMO AÑO BÁSICO: SRA. EDITH SÁNCHEZ SRA. FABIOLA SAÑAICELA 3. Gobierno Estudiantil: PRESIDENTE: TYRON YUNDA SECRETARIO: LUZ CLARA YANZA 12
  • 13. VICE- PRESIDENTE VICE- PRESID. SALUD Y VICE-PRESID. DEPORTES Y EDUCACIÓN Y CULT.: MEDIO AMB.: RECREAC.: LIZBETH IZQUIERDO ANET OVIEDO HEYDI LEON 4. Comité Central de Padres de Familia de la Escuela PRESIDENTE: Walberto JACOME VICE- PRESIDENTE SECRETARIO VOCAL MARGARITA TOMALA NURIA FLORES 1.-SRA. REINA SOLIS 2.- SRA. MÓNICA PIGUAVE 3.- SR. JULIO SORIANO 5. 14 Responsables del aula- Tutores JARDÍN- ESCUELA • Kínder: Lcda. María Rosero León • 1er A.E.B.: Prof. Griselda Matamoros • 2do A.E.B.: Prof. Angélica Alvarado • 3er A.E.B.: Prof. Magali Lima • 4to A.E.B.: Prof. Sandra Sinchi • 5to A.E.B.: Prof. Jessenia Arcos 13
  • 14. CONSEJO TECNICO 6. Director/a: • Directora del Jardín –Escuela “Equinoccial” Lcda. Blanca Palaquibay 7. Representante de la Comunidad:  Sra. Blanca Bonilla 8. Personal Administrativo:  Ing. Comerc. Ana Sánasela IV. COMITÉ DE VIGILANCIA: Espacio de Control Social para vigilar el proceso de implementación de los Códigos de Convivencia. Se constituye en una veeduría permanente para verificar que se cumpla con lo establecido en el Código de la Convivencia 14
  • 15. Presidente: LCDA. BLANCA PALAQUIBAY 1er Vocal MAGALI LIMA 2do Vocal ING. SANDRA SINCHI 3er Vocal GRISELDA MATAMOROS 4ta Vocal VERÓNICA GARCÍA Secretaría ANA DEL PILAR SAÑAICELA CRUZ SENSIBILIZACIÓN 15
  • 16. La Institución Educativa, dentro de la convivencia ha sido programada diferentes cursos de capacitación, dirigido a la comunidad como por ejemplo Los días sábados se realiza ensayos de la banda musical, bastoneras, chearleaders, cursos de manualidades artísticas, computación. Todos los cursos son dictados por el personal docente del plantel: en cuanto a artesanía dirigido por la Profesora el área; y los ensayos de la banda musical el Prof. de Música Marco Guaranda; Computación por la Lcda. Jessenia Arcos e Ingles con la Prof. Juanita Torres. Además se realiza: Asesoría Familiar, Tratamiento psicopedagógico para el hogar y para la comunidad cuyas sesiones y consultas son realizadas por el Departamento de Orientación y Bienestar Estudiantil- Familiar por el Orientador y Asesor Familiar Lcdo. Andrés Nieto Santos. Dentro de las actividades en la Institución Educativa, se realizan: Feria de Ciencias, Casa Abierta, donde se exponen pequeños proyectos de las actividades científicas-técnicas. Además se realiza la semana cultural donde los estudiantes exponen sus conocimientos de las diferentes asignaturas ante los profesores, padres de familia y ciudadanía en general. Participación en los concursos y programas cívico-culturales y de conocimiento que realiza la Dirección de la Zona UTE 13 y la Dirección Provincial. Participación del estudiantado en los programas internos socio-culturales y deportivos como la semana cultural o fiestas patronales, Bailes folklóricos de las diferentes regiones del País mostrando así su riqueza pluricultural. Se manifiesta el pregón navideño asociado con la comunidad en honor a la Navidad de la Escuela. 16
  • 17. DIA DEL NIÑO REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA PARTICULAR # 79 “EQUINOCCIAL” 17
  • 18. El Honorable Consejo Técnico de la Escuela “Equinoccial” Considerando: Que: La Escuela Particular Mixta Equinoccial tiene su Reglamento Interno en vigencia desde Mayo del 2009, fecha en la que fue aprobado mediante EL Honorable Consejo Técnico de la Escuela Particular Mixta Equinoccial previo a la presentación de la Dirección Provincial de Educación del Guayas. Que: Desde esa fecha la Escuela Particular Mixta Equinoccial ha estado actualizándose mediante innovaciones curriculares y cambios inherentes a su misión y visión, y que no están contemplados en dicho Reglamento. Que: El Honorable Consejo atendiendo la petición de los diferentes estamentos del Plantel, ha elaborado el nuevo Reglamento Interno, y en uso a sus atribuciones contempladas en el artículo 107, literal C del Reglamento a la Ley de Educación vigente. RESUELVE: Art. 1.- Aprobar el nuevo Reglamento Interno de la Institución en sesión celebrada el 25 de Mayo del 2009 y que consta de hojas útiles. Art. 2.- Remitir el Reglamento Interno del Plantel la Sra. Directora Provincial de Educación para su aprobación y vigencia. Dado y firmado en la sala de sesiones del Consejo Técnico de la Escuela Particular Mixta Equinoccial a los 25 días del mes de Mayo del 2009. _______________________ ___________________________ Lcda. Blanca Palaquibay Sañay ING. ANA DEL PILAR SAÑAICELA DIRECTORA SECRETARIA CONSEJO TÉCNICO 18
  • 19. Presidente: LCDA. BLANCA PALAQUIBAY 1er Vocal MAGALI LIMA 2do Vocal ING. SANDRA SINCHI 3er Vocal GRISELDA MATAMOROS 4ta Vocal VERÓNICA GARCÍA Secretaría ING. ANA DEL PILAR SAÑAICELA 19
  • 20. TÍTULO I DE LOS PRINCIPIOS GENERALES CAPÍTULO I DE LOS OBJETIVOS DEL REGLAMENTO Art.1. El presente Reglamento Interno tiene como objetivos: a. Disponer de la base normativa que regule el sistema educativo interno de la Escuela Equinoccial Y del colegio Equinoccial Ecuatoriano de Durán, de acuerdo con la política educativa implantada por el Ministerio de Educación y Cultura. b. Lograr procedimientos ágiles, fundamentales y específicos en coordinación con la Ley de Educación y su Reglamento General vigente, que faciliten la aplicación de disposiciones legales. c. Fortalecer las alternativas que posibiliten un lógico ordenamiento administrativo de la institución, principalmente en aquellos aspectos no considerados en la Ley de Educación y su Reglamento General y en el Manual de Organización pertinente. CAPÍTULO II DE LOS PRINCIPIOS DEL REGLAMENTO Art.2. La Escuela Particular Mixta “Equinoccial ” y el Colegio Equinoccial Ecuatoriano de Durán constituye una estructura educativa que pedagógica y administrativamente se sujetará en los principios y fines tipificados en la Constitución Política de la República del Ecuador, Reglamentos Generales y Especiales vigentes. CAPÍTULO III OBJETIVOS GENERALES DE LA INSTITUCIÓN 20
  • 21. Art.3. a.- Disponer de un marco legal, que permita la organización administrativa, técnica y operacional de la institución. b.- Establecer una normatividad, que facilite la aplicación de los instrumentos legales vigentes. CAPÍTULO IV OBJETIVOS ESPECÍFICOS DE LA INSTITUCIÓN Art.4. Mejorar el proceso de enseñanza aprendizaje en las asignaturas de Computación y Matemática actualizando sus programas e incorporando nuevos docentes, técnicamente capacitados, con métodos y técnicas acordes con el modelo pedagógico de la Institución, a fin de lograr aprendizajes significativos que satisfagan a estudiantes y representantes. Es así como implementa la Pizarra Interactiva. Art.5. Desarrollar en los alumnos habilidades de investigación a través de un cambio en la forma de enseñanza de las ciencias, a fin de que las apliquen en proyectos de investigación diseñados por ellos mismos. Art.6. Potenciar mecanismos de comunicación que hagan posible la participación de la comunidad educativa en la gestión del Plantel. Art.7. Proporcionar a los alumnos una adecuada orientación personal, escolar y profesional mediante un sistema de tutorías, a fin de equilibrar las carencias afectivas y otras, propiciadas por la emigración ú otros problemas de índole social. Art.8. Adecuar las estrategias de enseñanza a las motivaciones y necesidades de los estudiantes, utilizando variadas fuentes de información tales como programas de TV, Internet, noticias de la realidad nacional e internacional como instrumentos de los que podemos valernos para educar. Art.9. Fomentar a los estudiantes el espíritu emprendedor. Art.10. Reformular la enseñanza de Inglés para reforzar las habilidades de lectura, escritura, comunicación oral y audición. Art.11. Conducir a los estudiantes hacia el descubrimiento de su vocación. Art.12. Crear en los estudiantes una cultura hacia el conocimiento y la proyección del medio ambiente. T Í T U L O II ESTRATEGIA ORGÁNICA 21
  • 22. CAPÍTULO I DE LA NATURALEZA Y DEPENDENCIA Art.13. En el año 2000 abre sus puertas el establecimiento, una organización educativa integrada. Su lema: “El niño y Joven Creativo de hoy es el genio y líder del mañana”. Todo empezó con un anhelo de sus fundadores, el Sr. Ángel Cruz Rivera y la Lcda. Blanca Palaquibay Sañay, en dar a la sociedad Durandeña un plantel que respondiera a las necesidades y expectativas de nuestro país, Ecuador. En el año 2004 asume la dirección general la Lcda. Blanca Palaquibay Sañay como Directora General. Art.14. El Colegio “Equinoccial Ecuatoriano” se creó en el año 2004 está subordinado a la Dirección Provincial de Educación del Guayas y, por intermedio de ésta, al Ministerio de Educación y Cultura. Depende de la Unidad Educativa Particular “Equinoccial Ecuatoriano”, todos los organismos, departamentos y divisiones reflejadas en el Orgánico Institucional. CAPÍTULO II CARACTERÍSTICA INSTITUCIONAL Art.15. La Escuela Particular Mixta “Equinoccial ” cubrirá la educación en sus etapas: a.- Educación Inicial b.- Educación nivel Primaria completa Art.16. Autoridades: Organismos: Consejo Técnico; Junta general de directivos y profesores; Junta de profesores de curso; Junta de Directores de Área; Junta de Profesores de Área; Consejo de orientación y bienestar estudiantil; Departamento de Orientación y Bienestar Estudiantil- Familiar; Secretaría; Colecturía; Servicios Generales. CAPÍTULO III DE LA ESTRATEGIA INTERNA Art.17. Con el fin de optimizar el funcionamiento del sistema educativo, La Escuela Particular Mixta “Equinoccial ” incluye, en su estrategia interna los niveles referidos en el Art. 28 del Régimen Legal de la Educación y, que son los siguientes: a. Nivel Ejecutivo, representado por la autoridad máxima del establecimiento. 22
  • 23. b. Nivel Asesor, constituido por las Juntas y Consejos. c. Nivel Operativo, constituido por el personal docente, discente y organizaciones de padres de familia; y, d. Nivel Auxiliar y de apoyo, integrado por los sectores administrativos y de servicio. e. Art.18. El nivel Ejecutivo estará representado por la máxima autoridad, de conformidad a lo establecido en el Art. 95 del Reglamento General de la Ley de Educación. Art.19. El nivel Asesor, lo constituyen fundamentalmente los Directores de Área Académica de la Escuela Particular Mixta “Equinoccial ”, quienes actúan como consultores permanentes de la Rectora y de todos los miembros de la Institución, en el estudio y evaluación de asuntos específicos en lo relacionado a las actividades académicas, extra- académicas. Art.20. El nivel Operativo lo representa el personal docente, los y las alumnas, las Comisiones de Padres de Familia de los Años Básicos y Cursos de secundaria, según los casos, quienes tienen la responsabilidad de ejecutar acciones vinculadas con el proceso educativo y dispuesto en los Reglamentos pertinentes de la Ley de Educación y Reglamento Interno. Art.21. Con el nivel Auxiliar o de Apoyo, actuará el personal administrativo, y auxiliares de servicios varios, cada uno dentro del ámbito de sus responsabilidades pertinentes y acordes con los objetivos y requerimientos institucionales. CAPÍTULO IV DE LA ESTRUCTURA INTERNA Art.22. La Escuela Particular Mixta “Equinoccial, está organizado de acuerdo al siguiente esquema: 23
  • 24. DENOMINACIÓN DENOMINACIONES VIGENTES TRADICIONAL O EQUIVALENTE PRIMER AÑO DE EDUCACIÓN PRE PRIMARIA BÁSICA PRIMER GRADO SEGUNDO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA SEGUNDO GRADO TERCERO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA TERCER GRADO CUARTO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA CUARTO GRADO QUINTO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA QUINTO GRADO SEXTO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA SEXTO GRADO SÉPTIMO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA Í T U L O III DE LA DIRECCIÓN FUNCIONAL CAPÍTULO I A. DE LAS AUTORIDADES QUE DIRIGEN LA ESCUELA PARTICULAR MIXTA “EQUINOCCIAL” Art.23. Las autoridades que dirigen la Escuela Equinoccial son: FUNCIÓN REQUISITO 24
  • 25. DIRECTORA Será designado un profesional, Licenciado (y/o Diplomado, Doctor) en Ciencias de la Educación, con un mínimo de diez años de experiencia docente en los niveles de Educación Inicial y Educación Básica Otros méritos profesionales como: cursos de formación docente, post-grados realizados en el país o en el exterior. B. DE LA DIRECTORA Art.24. La Directora es la primera autoridad del establecimiento. Art.25. Son Deberes y Atribuciones de la Rectora además de lo estipulado en el artículo 96 del Reglamento General de la Ley de Educación a. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones del Ministerio de Educación y Cultura y de la Dirección Provincial de Educación del Guayas. b. Asistir a las reuniones convocadas por la Dirección Provincial de Educación o el Sub- secretario de Educación. c. Supervisar en forma conjunta con los Directores de Área Académica, el cumplimiento del Reglamento Interno de la Escuela Mixta Particular Equinoccial procurando el fortalecimiento, agilidad y normalidad institucional, elementales para coordinar las funciones administrativas y académicas. d. Elaborar Políticas para cumplir con la MISIÓN DEL LA ESCUELA MIXTA PARTICULAR EQUINOCCIAL e. Ejercer y/o delegar a los Directores de Área Académica, la supervisión pedagógica de la Escuela Mixta Particular “Equinoccial” f. Designar a Directivos, Jefes Departamentales, de otras oficinas y Secciones, acorde con el organigrama de la Escuela Mixta Particular Equinoccial. g. Designar a los profesores GUÍAS de cada paralelo, de los diferentes años de Educación básica, y cursos, al inicio del Año Lectivo (Art. 116 Reglamento General de la Ley de Educación). h. Convocar y presidir reuniones establecidas en el orden académico, económico y administrativo. i. Asistir y/o designar un Directivo – Representante a los actos oficiales o sesiones de trabajo, convocadas por Autoridades del Ministerio de Educación, y la Dirección o Sub- Secretaría de Educación. j. Conocer y evaluar los informes escritos enviados trimestralmente, y los ocasionales que ameriten ser presentados con la oportunidad correspondiente, por parte de la secretaría. 25
  • 26. k. Contratar a profesores, personal administrativo y de servicios varios en general para laborar en el Plantel, de acuerdo con los requerimientos existentes en el orgánico, acorde con las necesidades del nivel curricular. CAPÍTULO II DE LOS ORGANISMOS ESTRUCTURALES A. DEL CONSEJO TÉCNICO Art.26. El Consejo Técnico estará conformado por: a. La Directora que lo preside. b. Los Docentes c. Tres vocales principales, elegidos por la Junta General y sus respectivos suplentes. Actuará como secretario el titular del plantel. El secretario tendrá voz informativa pero no voto. La Directora tendrá voto dirimente. Art.27. Elección del Consejo Técnico.- Los vocales del consejo técnico serán elegidos en la última sesión ordinaria de la Junta General, y entrarán en funciones treinta días después de su elección, previa ratificación de la Dirección Provincial de Educación del Guayas. Durarán dos años en sus funciones y podrán ser reelegidos después de un periodo, salvo el caso de que el número de profesores imposibilite el cumplimiento de esta disposición. Art.28. Reuniones.- El Consejo Directivo se reunirá ordinariamente por lo menos una vez al mes; y extraordinariamente cuando lo convoque la Directora, por sí o a pedido de tres de sus miembros. Sesionará con la presencia de por lo menos cuatro de sus integrantes. En caso de ausencia temporal de uno o más de sus vocales principales, serán convocados los suplentes en orden de elección; y, en caso en caso de ausencia definitiva de los vocales principales, se principalizará a los suplentes en el orden indicado. Si la ausencia definitiva fuera de principales y suplentes, el Rector convocará a la Junta General de Directivos y profesores para la elección de los vocales principales y suplentes, quienes entrarán en función luego de la ratificación de la Dirección Provincial y actuarán hasta la finalización del periodo. Art.29. Requisitos para ser vocal del Consejo Técnico. Para ser elegido vocal del consejo directivo se requiere: a. Ser profesor titular, en el ejercicio de la cátedra; b. Haber laborado en el plantel un mínimo de dos años, excepto en los planteles de reciente creación, c. No haber sido sancionado con suspensión en el ejercicio docente. El primer vocal principal será designado por la Directora, según lo estipulado en el Reglamento General de la Ley de educación en al Art. 170; los designados deberán tener el título profesional docente correspondiente al nivel educativo para el que fuere nombrado y reunirán los demás requisitos legales y reglamentarios correspondientes. 26
  • 27. Art.30. Deberes y Atribuciones. Son deberes y atribuciones además de las contempladas en el Art. 107 del Reglamento General de la Ley de Educación lo siguiente: a. Conocer, analizar y aprobar el Plan Institucional. b. Conocer y aprobar el Informe de la Comisión encargada de estudiar los promedios de los estudiantes para la elección de abanderado. c. Conocer el Informe elaborado por la Secretaría del Plantel para saber qué alumnos se han hecho acreedores a los premios de aprovechamiento y disciplina que el Centro otorga. d. Analizar y Resolver otras situaciones que la superioridad del plantel ponga a su consideración. B. DE LA JUNTA GENERAL DE DIRECTIVOS Y PROFESORES Art.31. Integración.- La Junta General de directivos y profesores se integrará con los siguientes miembros: La Directora, que la presidirá: profesores que se hallaren laborando en el plantel. Actuará como secretario, el titular del establecimiento. La Junta general de directivos y profesores se reunirá, en forma ordinaria, al inicio y finalización del año lectivo. La convocatoria se realizará por escrito, por lo menos con tres días de anticipación. Las sesiones extraordinarias se realizaran previa convocatoria de la Directora, por sí o a petición de las dos terceras partes de sus miembros, y en ellas se tratarán los asuntos 27
  • 28. constantes en la convocatoria. Las citaciones se harán por escrito, al menos con cuarenta y ocho horas de anticipación. Art.32. Deberes y Atribuciones:- Son deberes y atribuciones de la Junta general de directivos y profesores además de lo estipulado en el artículo 109 del Reglamento General de la Ley de Educación. a. Conocer la planificación anual institucional para prever condiciones o posibilidades futuras y tomar una serie de decisiones con respecto a ellas. b. Estudiar y resolver los asuntos que fueren sometidos a su consideración por la Directora C. DE LA JUNTA DE DIRECTORES DE ÁREA Art.33. La Junta de Directores de Área Académica estará integrada por todos los directores de Área Académica, designados por el Consejo Ténico y por el Jefe del Departamento de Orientación Art.34. Deberes y Atribuciones.-Son deberes y atribuciones de la Junta de Directores de Área Académica, además de lo contemplado en el Reglamento General de la Ley de Educación en el Art. 113. a. Planificar anualmente se trabajo. b. Promover un permanente proceso de mejoramiento de la educación y un trabajo educativo coordinado continuo e integrado. c. Coordinar las actividades educativas del profesorado; d. Promover la capacitación y el perfeccionamiento del personal docente; e. Promover la acción interdisciplinaria entre las diversas áreas. f. Seleccionar y recomendar los procesos didácticos, más convenientes para la dirección del aprendizaje y los criterios de evaluación aplicables a las diferentes áreas académicas. g. Propiciar la investigación y experimentación pedagógicas, así como la innovación y adaptación curricular. h. Promover la elaboración y utilización de los cursos materiales que la tecnología educativa ofrece al proceso educativo. i. Aprobar los planes de trabajo de las Juntas de área. j. Evaluar su trabajo e informar de sus resultados a la Rectora. k. Cumplir las demás funciones que le asignaren las autoridades y las que señalare el reglamento interno del establecimiento. 28
  • 29. l. Reunirse una vez por mes y, extraordinariamente, cuando fuere necesario. m. Llevar el Libro de Actas de Juntas de Directores y Subdirectores de Áreas Académicas. n. Planificar proyecto de visitas a las aulas de clase, analizarlo y coordinarlo, con el Vicerrector. o. Adecuar los objetivos generales de la Educación, con la Visión y Misión Institucional. p. Promover el adecuado uso y aplicación de los recursos audiovisuales existentes en el Plantel, con el fin de lograr significación y sentido a los procesos del aprendizaje, desarrollando operaciones cognitivas básicas y, creatividad. q. Verificar los avances de los contenidos programáticos, en relación con el plan anual presentado, a través de las evaluaciones de clases, revisión de los leccionarios y planes semanales. r. Evaluar los Planes anuales y Semanales de Clase, así como las pruebas a aplicarse, por parte de los diferentes docentes de las respectivas áreas. s. Coordinar, supervisar y participar activamente en la planificación, desarrollo y evaluación de los Eventos que se planificaren dentro de las áreas académicas. t. Conocer e informar acerca del uso adecuado de textos básicos y otros útiles solicitados por los profesores de las diferentes áreas académicas y, la pertinencia de los mismos. D. DE LA JUNTA DE PROFESORES DE ÁREAS ACADÉMICAS Art.35. Estará integrada por profesores de las asignaturas correspondientes a un área. El Director de esta junta será designado por el Consejo Ténico. La Junta elegirá al secretario, de entre sus miembros. Los Directores de Área Académica conformarán la Comisión Pedagógica. Art.36. Deberes y Atribuciones.-Son deberes y atribuciones de la Junta de Áreas Académicas, además de lo estipulado en el Reglamento General de la Ley de Educación en el Art. 115. a. Elaborar el plan anual de trabajo y ponerlo a consideración de la Junta de Directores de área académica. b. Formular los objetivos curriculares, seleccionar los contenidos programáticos, la metodología y los instrumentos de evaluación, de acuerdo con las condiciones socio-educativas y culturales en las que se realiza el proceso educativo. c. Coordinar la planificación didáctica dentro del área, de conformidad por las orientaciones impartidas por los niveles superiores. d. Controlar y evaluar la adaptación y ejecución de los programas de estudio. e. Diseñar procesos de recuperación pedagógica para los alumnos con dificultades de aprendizaje. 29
  • 30. f. Unificar criterios y procedimientos de evaluación del aprendizaje y analizar los resultados obtenidos en las pruebas, exámenes, y otros medios que utilice cada profesor. g. Preparar y aplicar en coordinación con el departamento de Orientación y Bienestar Estudiantil, pruebas de diagnóstico. h. Cumplir las funciones que le asignaren las autoridades del establecimiento y las que determinare el Reglamento Interno. i. Adecuar los objetivos curriculares y los contenidos programáticos, con la Visión y Misión del Plantel. j. Analizar sistemáticamente, contenidos programáticos, avances de los mismos, coordinarlos, evaluarlos y reestructurarlos, con criterios fundamentados, en caso de ameritarlos, haciendo constar en el acta respectiva, para conocimiento del Vicerrector Académico y Rectora. k. Analizar y evaluar documentos pedagógicos que fortalezcan el cumplimiento de la Misión Institucional y el desarrollo profesional de los docentes. l. Diseñar estrategias para hacer uso en el proceso de enseñanza – aprendizaje, de los avances tecnológicos y recursos con los que cuenta el Plantel. m. Procurar la adecuada utilización de los textos básicos y otros útiles solicitados por los profesores a los alumnos, evaluarlos, emitir criterios fundamentados acerca de los mismos, y considerarlos para próximos requerimientos, y constancia respectiva en los informes de cada profesor de la asignatura. n. Compartir criterios acerca de la aplicación de estrategia dispuesta por la Directora, para lograr la recuperación académica de alumnos que manifiesten bajo rendimiento; así como la de los deportistas, quienes por tener que representar a la institución, demostraren falencias académicas originadas por la responsabilidad asumida. E. DE LA JUNTA ECONÓMICA Art.37. La conforman, la propietaria, el Rector(a) que la preside, el Vicerrector Administrativo y Jefe del Departamento Financiero. Art.38. Deberes y Atribuciones.-Son deberes y atribuciones de la Junta de Económica. a. Conocer y analizar la ejecución presupuestaria – financiera de los recursos económicos institucionales. 30
  • 31. b. Controlar y evaluar el cumplimiento de lo diseñado, en relación con la ejecución de partidas presupuestarias. c. Presentar necesidades, y asegurar la gestión de los medios humanos y materiales. d. Asesorar a la Rectora, en el uso de los recursos financieros hacia los elementos prioritarios, para alcanzar una competitividad sostenible: promover calidad, desarrollo tecnológico y atención a la demanda de mayor urgencia. F. DE LAS COMISIONES PERMANENTES Art.39. Las comisiones permanentes la integran: La Comisión Técnico Pedagógica, Comisión de disciplina, Comisión Social, Comisión de Extensión Cultural, G. DE LA COMISIÓN TÉCNICO PEDAGÓGICA Art.40. La Comisión Técnico Pedagógica la integran los Directores de Área Académica. Art.41. Deberes y Atribuciones.-Son deberes y atribuciones de la Comisión Técnico Pedagógica, además de lo contemplado en el Reglamento General de la Ley de Educación en los Art. 113 y 316 lo siguiente: a. Coordinar, con la Directora, actividades de supervisión educativa, en las diferentes áreas académicas que existen en el Plantel. b. Conocer y apoyar el desarrollo del Proyecto Educativo Institucional. c. Verificar la concordancia entre el Plan Didáctico Anual, Distribución trimestral de los Contenidos Programáticos; Planes de Clase Semanales, y evaluar su desarrollo. d. Diseñar directrices que apoyen las gestiones del Vicerrector Académico en cumplimiento de tareas específicas, y de disposiciones remitidas por la Rectora del Plantel. H. DE LA COMISIÓN DE DISCIPLINA Art.42. La comisión de disciplina tiene un papel relevante en la promoción, profundización y control para que la disciplina del plantel sea asumida por los estudiantes como autodisciplina es decir, como un valor intrínseco para sus vidas. 31
  • 32. Art.43. Deberes y Atribuciones.-Son deberes y atribuciones de la Comisión de Disciplina, además de lo contemplado en el Reglamento General de la Ley de Educación en los Art. 101 y 118, lo siguiente: a. Cumplir y hacer cumplir, con lo pertinente en la Ley de Educación, el Reglamento Interno del Plantel y disposiciones de la Directora. b. Desarrollar acciones tendentes a asegurar el desarrollo de la autodisciplina de los alumnos del Plantel. c. Al Iniciar el año lectivo presentará un plan de actividades tendentes a conseguir el objetivo planteado. d. Colaborar y fortalecer acciones emprendidas por la Rectora y Directivos del Plantel. I. DE LA COMISIÓN SOCIAL Art.44. Los miembros de la Comisión Social deben poseer comportamientos cordiales y buenos manejos de relaciones interpersonales con los miembros del Plantel. Art.45. Deberes y Atribuciones.-Son deberes y atribuciones de la Comisión Social lo siguiente: a. Elaborar y presentar al Rectorado, Plan Anual de Actividades de la comisión, así como los informes mensuales, y los requeridos ocasionalmente. b. Programar y organizar los eventos sociales que le encomiende la autoridad del plantel. c. Colaborar en la organización de los actos cívicos académicos y deportivos que se organicen en la Institución. J. DE LA COMISIÓN DE EXTENSIÓN CULTURAL Art.46. Los miembros de esta comisión serán nombrados por el Consejo Técnico, previa sugerencia delo Director. Art.47. Deberes y Atribuciones.-Son deberes y atribuciones de la Comisión de Extensión Cultural lo siguiente: a. Elaborar y presentar a la Dirección del plantel, el Plan Anual de Actividades de la comisión, así como los informes mensuales, y los requeridos ocasionalmente. b. Definir funciones y responsabilidades en la ejecución de las diferentes actividades culturales y sociales programadas. c. A través de la Dirección, coordinar las acciones de la comisión. d. Programar mesas redondas, paneles, fórum, seminarios, etc. Sobre temas relacionados con el quehacer educativo, mantenimiento y desarrollo de la salud. e. Difundir las actividades realizadas por los diferentes departamentos del Plantel. 32
  • 33. K. DEL CONSEJO DE ORIENTACIÓN Y BIENESTAR ESTUDIANTIL: COBE Art.48. Es un organismo técnico y asesor encargado de impulsar y dinamizar la orientación educativa y los servicios destinados al bienestar estudiantil del establecimiento. Art.49. Integración.- Estará integrado por el Vicerrector que lo preside, el coordinador del departamento de orientación o el orientador, en caso de que no exista el departamento; el inspector general, un representante de los profesores guías del ciclo básico, un representante de los profesores guías del ciclo diversificado, nombrados por el Rector y el Médico. Art.50. Deberes y Atribuciones.- Son deberes y atribuciones las siguientes: a. Formular las políticas que guíen la labor de Orientación y bienestar estudiantil del establecimiento. b. Aprobar el plan anual elaborado por el Departamento de Orientación y bienestar estudiantil del establecimiento. c. Poner en práctica acciones que promuevan la participación del personal directivo, docente, administrativo, así como estudiantes y padres de familia, en los programas de Orientación y bienestar estudiantil. d. Analizar los informes anuales y ocasionales presentados por el servicio de Orientación y Bienestar Estudiantil y formular las recomendaciones pertinentes. e. Evaluar los programas de Orientación y bienestar estudiantil desarrollados en el establecimiento. f. Reunirse, ordinariamente, una vez por mes; y extraordinariamente cuando lo convoque la Directora. g. Elaborar el Plan Anual de Actividades y presentarlo al Consejo Técnico, para su aprobación. h. Conocer informes ocasionales, mensuales presentados por los miembros que conforman el COBE y, que ameriten su análisis en estas reuniones. i. Poner en práctica acciones que comprometan la participación del personal Directivo, Docente y Administrativo, así como de alumnos y Padres de Familia, en los programas de Orientación y Bienestar Estudiantil. j. Establecer diagnósticos psico-socio-económicos y de salud de los alumnos, y plantear alternativas de solución. k. Establecer mecanismos de coordinación con los servicios de educación preventiva, mejoramiento y conservación de la salud e higiene de los alumnos. l. Establecer nexos de coordinación con instituciones y organismos que realizan programas de Bienestar Estudiantil. m. Elaborar el informe anual de actividades del COBE: Consejo de Orientación y Bienestar Estudiantil, y remitirlo a la Rectora por u enviado 33
  • 34. L. DEL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN Y BIENESTAR ESTUDIANTIL (DOBE). Art.51. La orientación es consustancial al proceso de formación de los alumnos y se organizará en los establecimientos de todos los niveles y modalidades del Plantel. Art.52. Integración.-En los establecimientos del nivel medio, los servicios de orientación y bienestar estudiantil estarán a cargo del departamento correspondiente, integrado así: el orientador que lo dirige, un médico, un trabajador social y otros profesionales necesarios. Art.53. Coordinador del Departamento. En los establecimientos de nivel medio en los cuales hubiere dos o más profesores orientadores, el consejo directivo designará de entre ellos el coordinador del departamento, quien durará dos años en sus funciones, pudiendo ser reelegido. Art.54. Ejercicio de Funciones. Las funciones de profesor orientador serán ejercidas, exclusivamente por profesionales en psicología educativa y orientación. Art.55. Deberes y Atribuciones. Son deberes y atribuciones, además de las estipuladas en el art.127 del Reglamento General de la Ley de Educación, lo siguiente: a. Las funciones del profesor orientador serán desempeñadas exclusivamente por profesionales en psicología educativa y orientación. b. Planificar las inscripciones y matriculación de los aspirantes e informar al Rectorado para su aceptación. Orientar a los Padres de Familia y aspirantes sobre la forma de trabajar en el Plantel. c. Elaborar cuadros de promedios y porcentajes de aprovechamiento y conducta de los alumnos para ser presentados a la consideración de las respectivas juntas de cursos. d. Colaborar con los alumnos de los sextos cursos en el acto de bienvenida a los nuevos estudiantes del Plantel. e. Su coordinador representará al Plantel en el Programa Participación Estudiantil. f. Elaborar el Plan Anual de Actividades del Departamento, y la correspondiente programación operativa anual, en base a los Planes Anuales y Programación Operativa presentadas por los miembros del Departamento. g. Integrar la Junta Académica. h. Coordinar e informar, acerca de las actividades de orientación y bienestar estudiantil con los miembros del Departamento, personal del establecimiento, padres de familia y demás miembros de la comunidad. i. Diseñar y aplicar las pruebas psicológicas de admisión a los aspirantes a estudiantes de la Unidad Educativa Particular Equinoccial Ecuatoriano, evaluarlos, analizar los resultados y remitir el informe correspondiente a la Dirección. j. 34
  • 35. k. Coordinar con la Dirección General, para atender casos especiales de conducta y emocionales; y de rendimiento académico, a fin de realizar el seguimiento y evaluación correspondiente. l. Dirigir el desarrollo y la supervisión (dirección, coordinación, estímulo y control) de investigaciones y diagnósticos integrales, sobre aspectos psicológicos, sociales, económicos, de salud y académicos de los estudiantes. m. Sugerir criterios y procedimientos, para realizar las adaptaciones curriculares, para los alumnos con necesidades educativas especiales y de los que ameriten recuperación académica. n. Planificar, organizar, coordinar, ejecutar y evaluar las actividades del Departamento. o. Organizar los paralelos, ubicación de alumnos nuevos, repetidores y de los que hayan manifestado problemas de adaptación. p. Convocar a reuniones de trabajo evaluativo del Departamento, por lo menos una vez al mes, y, cuando el caso lo requiera en coordinación con Asesoría Pedagógica. q. Participar en las deliberaciones de las JUNTAS DE CURSO con voz y voto, llevando criterio del Departamento en forma documentada. r. Participar en la Junta Mensual de Directores de Área, en forma documentada, llevando el criterio del DOBE. s. Informar oportunamente a las autoridades, sobre asuntos relacionados con las tareas respectivas, comunicaciones recibidas, y más novedades. t. Coordinar con el Vicerrector, el personal de Inspección, Profesores Guías de Curso, de las diferentes asignaturas, y más personal especializado del DOBE, actividades de orientación grupal e individual, talleres para padres, conferencias, charlas informativas, de orientación y preventivas, relacionadas con orientación sexual, uso indebido de drogas, desajuste y las razones de la desviación escolar, familiar y social, aspectos vocacionales y profesionales. u. Participar, a través del Psicopedagogo(a), del Psicólogo, y/o de otro representante del DOBE, en el Consejo de Disciplina que se convocare. v. Desarrollar actividades e informes trimestrales, anuales de orientación que fortalezcan las decisiones vocacionales, profesionales y ocupacionales de los estudiantes y presentarlos a la Dirección provincial de Educación a la Jefa del Dpto. Provincial De Bienestar Estudiantil. M. DE LA SECRETARÍA GENERAL Art.56. Estará desempeñada por un profesional del ramo. Art.57. Deberes y Atribuciones.- Son deberes y atribuciones además de lo estipulados en el Art. 128 del Reglamento general de la Ley de Educación lo siguiente. 35
  • 36. a. Llevar los libros, registros y formularios oficiales y responsabilizarse de su conservación, integridad, inviolabilidad y reserva. En caso de infracción, el secretario será sancionado de acuerdo con la ley; b. Organizar, centralizar y mantener actualizada la estadística y el archivo del establecimiento.; c. Tramitar la correspondencia oficial y llevar un registro de ingresos y egresos de la misma. d. Conferir previo decreto de la Directora, copias y certificaciones. e. Suscribir en base a las disposiciones reglamentarias y conjuntamente con la rectora, los documentos de carácter estudiantil. f. Realizar convocatorias escritas, de acuerdo con las indicaciones de la Directora. g. Recopilar y conservar debidamente organizados los instrumentos legales que regulan la educación, tales como: leyes, reglamentos, acuerdos, circulares, planes y programas de estudio, h. Desempeñar sus funciones con oportunidad, cortesía, responsabilidad y ética profesional i. Ser el Fedatario de la autenticidad, veracidad y objetividad de las actas de calificaciones, cuadros estadísticos, actas de grado, otras certificaciones oficiales de su dependencia, y de Juntas Académicas de su competencia: Consejo Directivo, Junta General de Directivos y Profesores. j. Mantener actualizada la nómina de autoridades educativas ministeriales, provinciales, locales, de policía y de aquellos con los que tenemos vinculaciones académicas culturales, sociales y deportivas. k. Ejecutar personalmente la legalización de documentos oficiales en las dependencias del Ministerio de Educación o Dirección Provincial de Educación del Guayas. TÍTULO IV DEL NIVEL OPERATIVO DEL PERSONAL DOCENTE, ADMINISTRATIVO, ALUMNOS, PADRES DE FAMILIA, SERVICIOS GENERALES CAPÍTULO I A. PERSONAL DOCENTE Art.58. CLASIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE El personal docente de la Escuela Particular Mixta Equinoccial, se clasifica en: a. Profesores a tiempo completo. 36
  • 37. b. Profesores a medio tiempo. B. DE LOS DIRECTORES DE ÁREAS ACADÉMICAS Art.59. Será un profesor de la Escuela Particular Mixta Equinoccial, con un mínimo de 2 años de labores en la institución Art.60. Deberes y Atribuciones.- Son deberes y atribuciones, además de lo estipulado en el Art. 113 del Reglamento General de la Ley de Educación lo siguiente. a. Presidir la Junta de Profesores de Áreas Académicas, una vez por mes de acuerdo al horario establecido y, extraordinariamente cuando lo amerite y, cumplir con lo pertinente. b. Planificar anualmente las actividades curriculares y extra-curriculares a ejecutar y, el respectivo cronograma. c. Al inicio de cada año lectivo, planificarán en sus respectivas áreas, un proyecto de visitas, proyectos de aula y otras actividades extracurriculares, así como su correspondiente cronograma básico, el que deberá ser analizado, conocido y coordinado en la primera Junta mensual de Directores, para su ejecución y reconsideraciones pertinentes, previa a la aprobación de la Directora. d. Coordinar las actividades académicas de los docentes del área. e. Durante las sesiones, dar cumplimiento a los objetivos de la convocatoria. f. Responsabilizarse de que el Secretario(a) desarrolle las actas de reuniones y, las presente oportunamente al Vicerrector Académico. g. Adecuar los objetivos generales de la educación, con la Visión y Misión institucional. h. Los Directores de las Áreas Académicas, conformarán, la Comisión Pedagógica, debiendo cumplir con lo pertinente. i. Revisar semanalmente, la planificación didáctica a desarrollar en el aula, por parte de los docentes del área. j. Coordinar estrategias pedagógicas, para que las acciones docentes de los profesores del área, estén guiadas por osamentos teóricos de la didáctica: Epistemológicos – Pedagógicos, Sociológicos y los Psicológicos, correspondientes al Proyecto Educativo Institucional. k. Promover el adecuado uso y aplicación de los recursos existentes en la Escuela Particular Equinoccial Ecuatoriano, a través de la Sección de Ayudas Audiovisuales, con el fin de lograr significación y sentido a los procesos del aprendizaje, desarrollando operaciones cognitivas básicas y, creatividad. l. Impulsar actividades de investigación y experimentación pedagógica que surjan de los profesores del área, así como sugerir propuestas de innovación y de adaptaciones curriculares, acordes a los requerimientos institucionales y locales. m. Verificar los avances de los contenidos programáticos, en relación con el plan y programa anual, presentado por los profesores del área, a través de las evaluaciones 37
  • 38. de clases, revisión de los leccionarios y, de observaciones circunstanciales de textos y cuadernos de los estudiantes, en cuanto a su área académica. n. Conocer el desarrollo del proceso de enseñanza – aprendizaje, ejecutado por los docentes del área académica, de su responsabilidad. o. Evaluar y aprobar los Planes Semanales de Lección, así como las pruebas a aplicarse, por parte de los diferentes docentes de las respectivas áreas. p. Coordinar, supervisar y participar activamente en la planificación, desarrollo y evaluación de concursos internos y externos. q. Promover la capacitación y el perfeccionamiento del personal docente y, participar en ella. r. Establecer directrices para promover acciones interdisciplinarias, entre las diversas áreas académicas. s. Coordinar acciones dispuestas por la Directora, y en cuanto a representatividad institucional, de docentes y alumnos, en eventos intercolegiales u otros, locales y nacionales. t. Conocer e informar acerca del uso adecuado de textos y otros útiles solicitados por los profesores del área y, la pertinencia de los mismos, así como sugerir oportunamente, en forma escrita, Supervisar y evaluar al personal docente de su área académica y, emitir sugerencias oportunas y pertinentes. u. Asesorar a los profesores del área, sobre aspectos didácticos y científicos pertinentes. v. Revisar y evaluar los instrumentos técnicos – didácticos presentados por los profesores del área, y realizar sugerencias que fueren necesarias, para la aprobación por parte de la Vicerrectora. a. Desarrollar en forma participativa y constante, estructuras intelectuales indispensables para la construcción del pensamiento lógico-formal y, mejorar los procesos de comunicación a través del uso y el manejo eficiente del idioma nacional. b. Estimular y evaluar sistemáticamente el trabajo de los alumnos y de las alumnas, en función de los objetivos de la Educación Básica y, de los niveles, llevando en forma ordenada, el registro de dichas calificaciones, conforme el Sistema de Evaluación del Proceso Educativo vigente. c. Participar en Juntas de Profesores de Nivel, de Guías de años de Educación Básica, de Áreas Académicas, Consejo Técnico, de Directivos y Profesores. (Pertinentes y nominados). d. Promover y/o participar en actividades y/o concursos culturales, académicos, sociales, deportivos, defensa del medio ambiente y de educación para la salud, que sean de su pertinencia, en coordinación con la Directora de la Institución Educativa Particular Mixta Equinoccial Ecuatoriano. e. Coordinar sus actividades didácticas y desarrollo curricular con los profesores de las áreas de: Cultura Física, Estética, Computación e Inglés. 38
  • 39. f. Elaborar listas de útiles escolares o, de requerimientos, para desarrollo de su gestión, análisis y aprobación definitiva. g. Diseñar y elaborar material didáctico complementario y, utilizarlo oportunamente. h. Conocer, analizar y evaluar textos para el nivel correspondiente. i. Demostrar una práctica docente responsable, profesional, observando un comportamiento digno y, constituirse frente a sus alumnos y alumnas como ejemplo permanente de cumplimiento, puntualidad en el horario establecido, responsabilidad, disciplina y, buena presentación personal. j. Proporcionar a los estudiantes un trato adecuado, respetando su personalidad, las características de su desarrollo, su dignidad e integridad personal, combinando comprensividad y diferencias individuales. k. Promover y fomentar una permanente integración entre el establecimiento, los padres de familia y la comunidad en general. l. Atender a los Padres de Familia, o representantes de los y las alumnas, de acuerdo a horarios establecidos, promoviendo el análisis y la reflexión, así como proporcionándoles información exacta, completa del progreso formativo y académico y, de dificultades que en los aspectos mencionados, tuvieran sus hijos o representados. m. Organizar y atender grupos de recuperación pedagógica con los niños y niñas que presentaren problemas de aprendizaje; en coordinación con el DOBE. n. Participar activamente en programas de perfeccionamiento profesional: interno y externo. o. Llevar prolijamente y contar permanentemente con los leccionarios, planificaciones desarrolladas y las que se estén ejecutando, los libros de “Vida del Curso”:registros de asistencia, conducta, evaluación del rendimiento académico, del desarrollo de capacidades (destrezas, habilidades y actitudes) y valores personales de los niños y niñas de su responsabilidad y, más instrumentos técnicos, determinados por el Ministerio de Educación y Cultura, la Dirección Provincial de Educación y la Unidad Educativa Equinoccial Ecuatoriano. p. Ejercer la docencia de acuerdo al plan de estudios vigente en la institución los mismos que habrán sido conocidos y aprobados por la Dirección Provincial de Educación. q. No hacer proselitismo político, ni religioso dentro del plantel. r. No vender libros, ni folletos, ni otros objetos, ni solicitar contribuciones económicas a los alumnos y padres de familia. s. Si algún profesor faltara sin causa justificada el día que debe receptar una evaluación escrita, las autoridades del Plantel podrán determinar para que el alumno no sea irrespetado. t. Prohibido dictar clases particulares a los alumnos de la Escuela Mixta Particular C. DE LOS PROFESORES GUÍAS DE CURSO 39
  • 40. Art.61. Los Profesores Guías de curso, serán designados al inicio del año lectivo escolar por la Directora del Plantel de entre los profesores del Curso y de acuerdo a sus méritos durarán en sus funciones hasta el inicio del año lectivo siguiente. Art.62. Deberes y Atribuciones.- Son deberes y atribuciones además de los estipulados en el Art.117 del Reglamento General de la Ley de Educación los siguientes: a. Presidir obligatoria la junta de curso. b. Coordinar la labor de los profesores y alumnos del curso y la participación del consejo de orientación, padres de familia y personal de inspección, para alcanzar los mejores resultados en el proceso educativo. c. Planificar, ejecutar y evaluar su trabajo con la colaboración del departamento de orientación y bienestar estudiantil. d. Cooperar con el desarrollo de las actividades de asociación de clase y estimular la participación de los alumnos en actividades académicas, deportivas y sociales. e. Colaborar en la solución de problemas estudiantiles. f. Coordinar con los profesores de la asignatura las actividades extra-aula y enviarlas al Rectorado para su análisis y aprobación. g. Responsabilizarse de los alumnos que se le asigne, en eventos: Feria Científica, Jornadas Deportivas y otros actos cívicos o sociales que el Centro organice. h. Colaborar con la solución de problemas del curso o de algún alumno en particular. i. Establecer mecanismos de comunicación con los padres de familia para tratar de asuntos relacionados con la disciplina y aprovechamiento de los alumnos. j. Cumplir con las demás funciones que le fueran señaladas por las Autoridades del Establecimiento. D. DE LOS PROFESORES DEL ÁREA DE CULTURA ESTÉTICA (MÚSICA, DIBUJO Y DE ACTIVIDADES PRÁCTICAS Art.63. Son los profesores de las asignaturas de: Dibujo Artístico, Actividades Prácticas, Educación Musical, Cherleaders. Art.64. DIBUJO ARTÍSTICO: Los profesores de Dibujo Artístico serán los egresados del Colegio de Bellas Artes y que posean conocimientos de técnicas básicas de: témperas, acuarelas, lápiz, óleos, de composición artística y cromática, etc. Art.65. Deberes y Atribuciones.- Son deberes y atribuciones las siguientes. a. Transmitir e incentivar el dibujo artístico y, fortalecer conocimientos al respecto. 40
  • 41. b. Organizar exposiciones de dibujo, e informar de eventos que se programen externamente. c. Organizar visitas a museos, exposiciones y, centros culturales. d. Organizar y participar en concursos de dibujo y de pintura internos y externos. e. Actualizar sus conocimientos en las diferentes manifestaciones artísticas. f. Apreciar el hecho artístico como fuente de goce estético y, como parte integrante de un patrimonio cultural, contribuyendo activamente a su respeto, conservación y mejora. g. Valorar las posibilidades expresivas que ofrece la investigación con diversas técnicas artísticas, estimulando el esfuerzo de superación que supone el proceso creativo. h. Coordinar todas las actividades de Dibujo Artístico de los niveles de su responsabilidad. i. Participar activa y eficientemente en los actos programados en sus niveles. Art.66. DIBUJO TÉCNICO: Los profesores de dibujo técnico serán graduados o egresados de la Facultad de Arquitectura; poseer conocimientos sobre el uso y conservación de los materiales a utilizar; dominar la geometría analítica, descriptiva, proyecciones, perspectiva y maquetaría. Art.67. Deberes y Atribuciones.- Son deberes y atribuciones las siguientes a. Difundir el diseño arquitectónico. b. Organizar y asistir a exposiciones pertinentes. c. Desarrollar en los alumnos y alumnas la percepción e interpretación crítica de imágenes y las formas de su entorno, para sensibilizar sus cualidades estéticas y funcionales. d. Organizar y participar en concursos de Dibujo Técnico, interno y externos. e. Coordinar las actividades curriculares y extra-curriculares, con el Asesor Pedagógico Coordinador del Área y, con profesores de matemáticas, en lo pertinente y necesario e informar. Art.68. EDUCACIÓN MUSICAL: Serán los profesionales egresados(as) o graduados(as) del Conservatorio Nacional, o estar cursando años superiores en dicha institución. Art.69. Deberes y Atribuciones.- Son deberes y atribuciones lo siguiente. a. Coordinar y participar activamente en todas las actividades y actos de carácter musical que se realizan en la escuela y/o colegio respectivamente. b. Coordinar con el Asesor Pedagógico del Área Académica, Directora del Jardín. c. Ayudar al desarrollo del gusto y apreciación por la música, así como al interés por la lectura y escritura musical. 41
  • 42. d. Descubrir el grado de desarrollo musical de cada alumno y alumna y, en consecuencia, planificar experiencias de aprendizaje musical que resulten útiles. e. Estimular la utilización de la música por medio de expresiones espontáneas, tanto dentro de la clase como al aire libre. f. Estimular la creatividad y formar el coro de los alumnos y alumnas. g. Demostrar interés y entusiasmo por las actividades que realiza con sus alumnos y alumnas. h. Conocer la diversidad de intereses de sus alumnos y alumnas, para planificar en consecuencia. i. Incentivar el amor a los diferentes estilos musicales, aplicando criterios selectivos en las manifestaciones de los mismos. j. Enseñar en forma progresiva y variada, el uso de instrumentos musicales, tales como la flauta, guitarra, órganos musicales y, otros. k. Formar grupos musicales folklóricos, coros: hablado, recitado y poli rítmico y, dirigir círculos de interés pertinentes, acorde al nivel de su gestión profesional. l. Tener sólidos conocimientos en la organización de juegos, rondas y folklore nacional e internacional. m. Organizar y participar en concursos de música, internos y externos. n. Cultivar valores y actitudes como las siguientes: 1. Cultivo de la voz 2. Desarrollo de la agudeza y precisión auditiva. 3. Actitud a la percepción y utilización del ritmo. 4. Actitud a la creatividad. 5. Desarrollo del sentimiento patriótico y el respeto por las tradiciones. 6. Actitud a la movilización funcional del instrumento a utilizar. 7. Actitud a la relación del movimiento corporal con el espacio. 8. Actitud a la dramatización de estados de ánimo. Art.70. DE LA PROFESORA DE CHEERELEADER`S: La profesora de cherleaders debe estudiar en curso superior, ser egresada o graduada de una academia de danza. Experiencia docente, mínima de 1 año en lo pertinente; poseer amplio conocimiento pedagógico para impartir la danza como un medio de crecimiento personal, de auto-estima. Art.71. Deberes y Atribuciones de la Profesora de danza. a. Dirigir el grupo de cherleaders. b. Participar en concursos internos y externos que se prevean. c. Participar activa y eficientemente en eventos que organice la Escuela Particular Mixta Equinoccial d. Cumplir con las disposiciones pertinentes a su gestión docente, impartidas por los Directivos de la Escuela Particular Mixta Equinoccial e. Incentivar y desarrollar formas de expresión de manera lúdica. 42
  • 43. f. Hacer que los alumnos y alumnas, disfruten del movimiento y de las cherleaders, como medio de representación de imágenes, sensaciones e ideas y, apreciarlas como forma de expresión y comunicación individual y colectiva, valorando su contribución al bienestar personal y al conocimiento de sí mismo. Art.72. DE LA PROFESORA DE MÚSICA: La profesora de Música debe poseer dominio de varios instrumentos musicales; conocimiento de dirección coral; conocer y manejar la teoría musical y manejar elementos pedagógicos – musicales. Art.73. Deberes y Atribuciones de la Profesora de Música. a. Dirigir el Círculo de música. b. Fortalecer el desarrollo del grupo musical de la Escuela, a través de las técnicas de: Coro Hablado, Recitado y Rítmico: Desde el Jardín, Escuela Básica c. Incentivar en los alumnos y alumnas, el desarrollo de la creatividad musical. d. Aplicar metodología adecuada para el buen desarrollo del círculo de interés. e. Participar en todos los eventos que organice la Escuela Particular Mixta Equinoccial. f. Ayudar al desarrollo del gusto y la apreciación por la música. g. Descubrir el grado de desarrollo musical de cada niño y niña y, en consecuencia, planificar experiencias de aprendizaje musical, que resulten útiles. h. Estimular la utilización de la música por medio de expresiones espontáneas, tanto dentro de la clase como al aire libre. i. Demostrar interés y entusiasmo, por las actividades que realiza con los alumnos y alumnas. j. Conocer la diversidad de intereses de sus alumnos y alumnas, para planificar en consecuencia. E. DE LOS PROFESORES DE CULTURA FÍSICA DE LA ESCUELA Art.74. Serán Profesionales, que posean el título de Licenciados en Ciencias de la Educación, especializados en el Área de la Cultura Física y deben contar con un mínimo de tres años de experiencia docente. Art.75. Deberes y Atribuciones a. Asistir puntualmente al establecimiento, en el horario establecido para el efecto por parte de la Directora b. Dirigir el proceso de aprendizaje, con sujeción al horario establecido, programas vigentes, orientaciones didácticas 43
  • 44. c. Planificar, organizar, ejecutar y evaluar eficiente y oportunamente, el currículo correspondiente al Área de Cultura Física, conforme a la Reforma Curricular y al Proyecto Educativo Institucional. d. Operativizar durante la clase de Cultura Física, los elementos básicos del currículo (objetivos, destrezas, metodologías y evaluación). e. Elaborar la planificación didáctica, desarrollando los programas de curso y planes semanales; utilizar técnicas y procesos que permitan la participación activa de los estudiantes; emplear materiales y otros recursos didácticos para objetivizar el aprendizaje y, evaluar permanentemente el progreso alcanzado por alumnos y alumnas, en función de los objetivos propuestos. f. Utilizar en su gestión docente los métodos didácticos del área de Cultura Física: directos e indirectos y, los correspondientes procesos didácticos, que permitan la participación activa de los alumnos y alumnas, garantizando un aprendizaje significativo de las capacidades (destrezas, habilidades y actitudes) así como el fortalecimiento de sus valores personales. g. Coordinar el desarrollo de sus actividades con el Profesor Guía, así como resolver las dificultades y problemas que se presentaren en sus actividades docentes. h. Promover y/o participar en actividades, concursos y/o competencias internas y externas, pertinentes al Área de Cultura Física y Deportes. Demostrar una práctica docente responsable, profesional, observando un comportamiento digno y constituirse frente a sus alumnos y alumnas como ejemplo permanente de cumplimiento, puntualidad en el horario establecido, responsabilidad, disciplina y buena presentación personal. i. Atender a los padres de familia en los horarios asignados, así como coordinar con el D.O.B.E el llamado del representante del alumno, cuando la situación académica lo requiera para tomar las medidas correctivas necesarias. j. Cooperar activamente en el desarrollo de las acciones programadas por el Departamento de Orientación y Bienestar Estudiantil. k. Propender el desarrollo de las capacidades físicas motoras (fuerza, resistencia, velocidad, coordinación y flexibilidad). l. Evaluar las condiciones de las pruebas físicas del alumno, mediante la aplicación de las pruebas físicas y, su evaluación, aplicando las tablas de puntuación respectivas. m. Apoyar en acción coordinada con los entrenadores deportivos, la preparación física de los alumnos integrantes de las diferentes selecciones de la Escuela Particular Mixta Equinoccial n. Exigir a los alumnos el buen uso del uniforme. o. Cumplir las comisiones encomendadas por Directivos de la Escuela Particular Mixta Equinoccial p. Informar el cumplimiento de las comisiones, dar aviso de salida y retorno y presentar el informe Final. 44
  • 45. q. Aprovechar toda circunstancia favorable para la práctica del civismo, las normas de salud, los principios morales, las buenas costumbres y las relaciones humanas positivas entre los alumnos; así como precautelar por el buen mantenimiento de la institución en general. Art.76. LABORATORIO DE INGLÉS: La persona encargada debe poseer título académico, otorgado por una Universidad: Profesor de Segunda Enseñanza, y/o Licenciado(a) en Lenguas, especialización Inglés. Acreditar experiencia docente, mínima de cinco años; y de manejo de equipos electrónicos y de audio. Art.77. Deberes y Atribuciones. a. Conocer la Visión y Misión de la Escuela Particular Mixta Equinoccial para, a través de su gestión, fortalecerlas. b. Elaborar el Plan Anual de Actividades del Laboratorio de Inglés. c. Coordinar con el Asesor Pedagógico que atiende el Área de Inglés, acciones que optimicen los procesos didácticos para el aprendizaje activo, así como fortalecer gestiones extra – curriculares del Área ( Exposiciones, Seminarios, Semana cultural, Feria de Ciencias, Visitas, Prácticas Demostrativas de los Docentes, entre otras) d. Establecer cronogramas y directrices puntuales, referentes a las precauciones a considerar durante las prácticas y uso del Laboratorio de Inglés. e. Conocer, analizar el desarrollo programático de Inglés, en los diferentes cursos, evaluar resultados y en base de ellos, fortalecerlos a través de las clases de laboratorio. f. Supervisar y mantener operativos, los equipos e implementos como textos, cintas de audio y videograbadoras, computadora e impresora, entre otros., revisar su estado y cantidad, antes y después de cada clase, e informar oportunamente, novedades, al Asesor Pedagógico encargado del Área; y velar por el seguimiento a los informes presentados. g. Coordinar, controlar y sugerir, la implementación del Laboratorio de Inglés, conforme a los avances tecnológicos y pertinentes, en el área educativa. h. Informar, inmediatamente, a la Dirección sobre alguna novedad suscitada en los equipos y periféricos asignados al Laboratorio de Inglés, así como también, gestionar a través de éste, la actualización de software instalado en las mismas. a. Mantener actualizado el Inventario general, del laboratorio correspondiente. i. Elaborar el Informe final, pertinente a la gestión cumplida por el laboratorio. Art.78. LABORATORIO DE COMPUTACIÓN: Estará a cargo de un Profesional con título de Tecnólogo y/o Licenciado en Computación. Acreditar experiencia docente, mínima de tres años y, de tres años en manejo de equipos de Computación e Internet. Art.79. Deberes y Atribuciones. 45
  • 46. a. Conocer la Visión y Misión de la Escuela Particular Mixta Equinoccial para, a través de su gestión, fortalecerla. b. Elaborar el Plan Anual de Actividades del Laboratorio de Computación. c. Coordinar, con el Asesor Pedagógico del Área de Computación, acciones que optimicen los procesos didácticos para el aprendizaje activo, así como fortalecer gestiones extra – curriculares del Área (Concursos Intercolegiales, Exposiciones, Feria de Ciencias, Seminarios, Visitas, Prácticas Demostrativas de los Docentes, etc.) d. Establecer cronogramas y directrices puntuales, referentes a las precauciones a considerar durante las prácticas y uso del Laboratorio de Computación. e. Participar en reuniones colectivas de la sección de laboratorios, que fueren convocadas f. Diseñar estrategias y dar a conocer a docentes del área de computación y de la Escuela Particular Mixta Equinoccial, el Plan Anual del Laboratorio de Computación para, en coordinación general, optimizar las funciones del Laboratorio de Computación, conociendo sus fortalezas, debilidades, y procedimientos pertinentes. g. Controlar permanentemente el buen uso de los equipos de computación. h. Mantener el 100% operativos todos los equipos y periféricos del laboratorio, revisar su estado y cantidad, antes y después de cada clase, e informar inmediatamente al Rector(a), las novedades que se presentaren en el mismo. i. Supervisar los trabajos técnicos de mantenimiento para un perfecto desarrollo de las actividades. j. Mantener operativos todo el software utilizado en las clases de computación. k. Solicitar, previa justificación, nuevos equipos y software. l. Informar por escrito a la Directora por las ejecuciones parciales, y definitivas, del cumplimiento de responsabilidades asignadas por esta oficina. m. Colaborar con el personal docente de otras áreas que requieran del servicio del laboratorio, en el cumplimiento de actividades internas y externas. n. Procurar una buena presentación de los laboratorios, en cuanto a limpieza y mantenimiento total del área. o. Enviar los informes trimestrales a la Rectora y Vicerrector. p. Llevar un registro (kárdex) diario, por cada laboratorio, de uso de las computadoras, en el que se anotará: # de máquina, fecha, hora (inicio, fin), nombre del usuario (alumno, profesor, personal docente de cursos), de ser alumno, es necesario anotar el curso, y el Nivel al que pertenece. También se deberá anotar el estado en que se encuentra la computadora. q. Organizar y prever la documentación actualizada y pertinente para que, al final de cada año lectivo, el Laboratorio de Computación, disponga de tres libros que corresponderán a la evaluación del cumplimiento de gestión correspondiente a: 1. Inventario general, actualizado y detallado, del Laboratorio de Computación. 2. Informes ocasionales, trimestrales y final, pertinentes a la gestión cumplida, en cuanto a la enseñanza de computación. 3. Sugerencias, requerimientos y novedades. 46
  • 47. F. DEL COLECTOR Art.80. Estará a cargo de un Profesional del ramo contable, caucionado, de acuerdo con las disposiciones señaladas en las leyes y reglamentos pertinentes, a cuyo cargo estarán los fondos y bienes del establecimiento. Los funcionarios que trabajen en la colecturía estarán sujetos a las disposiciones de la Ley Orgánica de Administración Financiera. Art.81. Deberes y atribuciones.- Son deberes y atribuciones además de los estipulados en el Art. 131 del Reglamento General de la Ley de Educación lo siguiente. a. Laborar 8 horas diarias en horarios continuos. b. Cumplir el calendario de trabajo, según instructivo del Plan Anual de Actividades. c. Cumplir con las disposiciones que señala el art. 131, literales: a, c, d, f, g, i de la Ley General de Educación y su Reglamento. d. Cumplir con las Leyes y Reglamentos pertinentes y responsabilizarse de los bienes y recursos presupuestarios del establecimiento. e. Participar en la elaboración de la proforma presupuestaria. f. Atender los egresos que sean debidamente justificados, así como recaudar con diligencia los fondos y las asignaciones del establecimiento. g. Responsabilizarse del trabajo del personal que labora en ese departamento. h. Presentar a la Directora informes sobre el estado financiero del establecimiento y las necesidades presupuestarias. i. Suscribir conjuntamente con la Directora cheques y comprobantes de pago. j. Mantener actualizado el inventario de los bienes muebles e inmuebles. k. Cumplir con puntualidad y eficiencia las disposiciones emanadas por las Autoridades. Art.82. DE LA CONTADORA: Estará a cargo de un Profesional con el título de Bachiller en Comercio y Administración, especialidad contabilidad y/o afines y, haber aprobado el segundo año de Instrucción Superior en la Especialización de Contabilidad, Auditoria y/ o Administración. Art.83. Deberes y Atribuciones a. Elaborar los estados financieros. b. Clasificar y revisar comprobantes, recibos y otros documentos contables efectuando el control previo. c. Ejercer el control y comprobar la exactitud, legalidad, veracidad y propiedad de los roles de pago. d. Preparar la información contable que le fuera requerida. e. Realizar la conciliación de cuentas bancarias. f. Cumplir con las disposiciones emanadas de los Directivos de la Institución. 47
  • 48. g. Organizar y llevar la contabilidad de la institución en forma automatizada. h. Realizar diariamente, los asientos contables de ingresos de la Escuela Particular Mixta Equinoccial Dializar asiento de ajustes. i. Coordinar la preparación de reportes mensuales contables de la institución. j. Establecer, saldos mensuales contables y presupuestarios para la elaboración de Balances y Cédulas. k. Coordinar y elaborar los Estados Financieros mensuales de la Escuela Particular Mixta Equinoccial l. Coordinar y elaborar los informes tributarios a ser realizados, mensualmente, para su presentación al Servicios de Rentas Internas. Art.84. DE LOS ACTIVOS FIJOS: Estará a cargo de un Profesional con el título de Bachiller en Comercio y Administración, especialidad contabilidad y/o afines y, haber aprobado el segundo año de Instrucción Superior en la Especialización de Contabilidad, Auditoria y/ o Administración. Art.85. Deberes y Atribuciones a. Llevar el registro y control actualizado, de los activos fijos, de acuerdo al sistema computarizado dispuesto por la Directora. b. Intervenir en la entrega–recepción por traspaso de activos, con su debida acta legalizada. c. Realizar la inspección física de los activos, en forma periódica si el caso amerita y al final del año lectivo. d. Tramitar las resoluciones de baja de bienes, emitidas por los directivos de la Escuela Particular Mixta Equinoccial e. Cumplir el Plan Anual de Actividades.. Art.86. Deberes y Atribuciones a. Coordinar con la Jefa Financiera y la Directora. b. Cumplir y estar sujeto en lo previsto y pertinente, a las Leyes y Reglamentos del Servicio Civil y Carrera Administrativa, el Manual de Organización y el Reglamento Interno de la Institución. c. Recoger los requerimientos de los Departamentos, Divisiones, Secciones u oficinas de la Escuela Particular Mixta Equinoccial, con la finalidad de presentar a la Jefa del Departamento Financiero o a la Dirección, requerimientos periódicos de necesidades de oficinas, consumos de aseo, limpieza y mantenimiento a utilizar. d. Distribuir los materiales a su cargo, respaldándose en requerimientos que cumplan con el procedimiento administrativo, previstos en el manual correspondiente. e. Llevar un Kárdex actualizado de los materiales entregados para su custodia. 48
  • 49. f. Efectuar oportunamente, los requerimientos para reposición y abastecimiento de la sección a su cargo. g. Cuidar de la imagen y buena presentación de la oficina adecuada para el funcionamiento de la sección. h. Socializar entre el personal que requiere de sus servicios el procedimiento administrativo a seguir, para informar y cubrir necesidades disponibles en la sección. . Art.87. Deberes y Atribuciones a. Elaborar anualmente los requerimientos de uniformes, para conocimiento, análisis, evaluación, ratificación o rectificación de los mismos, por parte de la Directora, Jefa del Departamento Financiero. b. Recibir, inventariar y clasificar los diferentes uniformes y complementos de los mismos, así como folletos, libros, cuadernos y otros artículos entregados para la venta. c. Mantener un Kárdex actualizado de todos los artículos: uniformes, folletos, libros y demás, entregados a esa sección. d. Llevar el control permanente y oportuno de saldos de artículos con stock mínimo, para establecer mecanismos de reposición, acorde a disposiciones de la Jefa del Departamento Financiero. e. Efectuar la venta y cobro de los uniformes y complementos de los mismos, y demás artículos, previa facturación, conforme a lo establecido en el Manual de Organización y en el Reglamento Interno Institucional. f. Realizar semestralmente, la constatación física del inventario de mercadería, emitir el listado correspondiente, remitirlo a la Jefa del Departamento Financiero, para que procedan a la conciliación correspondiente con el inventario contable, emitido por el sistema computarizado de la institución. g. Elaborar informes diarios y, remitirlos a la Jefa del Departamento Financiero, acerca de la venta de uniformes, aplicando estrictamente las disposiciones reglamentarias establecidas por el Manuales de Organización y el Reglamento Interno Institucional. G. DE LA ASISTENCIA DEL PERSONAL DOCENTE, ADMINISTRATIVO Y DE VARIOS SERVICIOS Art.88. El control y registro de asistencia del personal docente, administrativo y de varios servicios; son obligatorios por parte de las autoridades y deben hacerse de acuerdo a los mecanismos de carácter interno que para el efecto se implementen dentro de la Escuela Particular Mixta Equinoccial los mismos que se detallan a continuación. a. Los profesores, el personal administrativo y de varios servicios, deben cumplir con el horario académico establecido en la institución, así como asistir a los diferentes actos, 49