Material que se presentó en el III Seminario organizado por CONACULTA denominado EL DERECHO DE AUTOR EN EL ÁMBITO EDITORIAL y que se puede ver en: http://www.conaculta.gob.mx/seminario/
1. Cyber + Literatura
“Esta es una nueva clase de narrativa y una nueva clase de lectura. La forma
del texto es rítmica, enlazándose entre sí en patrones y capas que
gradualmente acumulan significado, justo como el paso del tiempo y
eventos lo hacen en la vida de uno”.
sábado 23 de abril de 2011 1
2. Los términos « obras
literarias y artísticas » comprenden todas las
[ ]
producciones en el campo literario, científico y artístico, cualquiera que
sea el modo o forma de expresión, tales como los libros, folletos
y otros escritos; las conferencias, alocuciones, sermones y otras obras de
la misma naturaleza; las obras dramáticas o dramático-musicales; las obras
coreográficas y las pantomimas; las composiciones musicales con o sin letra;
las obras cinematográficas, a las cuales se asimilan las obras expresadas por
procedimiento análogo a la cinematografía; las obras de dibujo, pintura,
arquitectura, escultura, grabado, litografía; las obras fotográficas a las cuales se
asimilan las expresadas por procedimiento análogo a la fotografía; las obras de
artes aplicadas; las ilustraciones, mapas, planos, croquis y obras plásticas
relativos a la geografía, a la topografía, a la arquitectura o a las ciencias.
sábado 23 de abril de 2011 2
6. ¿Dónde se expresa?
“Toda publicación unitaria, no periódica,
de carácter literario, artístico, científico,
técnico, educativo, informativo o recreativo,
impresa en cualquier soporte, cuya
edición se haga en su totalidad de una sola
vez en un volumen o a intervalos en varios
volúmenes o fascículos. Comprenderá
también los materiales complementarios en
cualquier tipo de soporte, incluido el
electrónico, que conformen,
conjuntamente con el libro, un todo unitario
que no pueda comercializarse
separadamente”.
sábado 23 de abril de 2011 6
7. Cyber + Literatura
+ Música
+ Danza
[ Art. 13. LFDA ]
+ Dibujo
+ Escultura
+ Arquitectura
+ Fotografía
sábado 23 de abril de 2011 7
8. CyberLiteratura
“aquellas obras literarias
creadas específicamente
para el formato digital -
principalmente, aunque
no sólo, para Internet-, y
WikipediA que no podrían existir
fuera de éste”.
sábado 23 de abril de 2011 8
13. W Portabilidad
Interactividad
e Redes Sociales
Contenido
b Nueva audiencia
Inversión
Estrategia
Apps
Conexión con clients
sábado 23 de abril de 2011 13
17. 1. Contrato de 3. Contrato colaboración
edición de obra remunerada (www)
literaria
4. Registro de su obra
2. Aspecto Fiscal
5. Registro de marca
6. Social media
7. Medio de pago ó
SGC
sábado 23 de abril de 2011 17
18. Aspectos Contractuales
[1] Objeto del contrato: obra
[2] Formato de explotación: ¿papel?
[3] Modalidades de explotación: ¿Apps?
[4] Contraprestación y forma de pago: $
[5] Bases de datos: Información
[6] Promoción: Twitter, Facebook, Youtube
[7] Formas de terminación: ouch!
[8] Mediación: Avenencia (INDAUTOR)
sábado 23 de abril de 2011 18
20. Muchas gracias,
Agustín Ríos
www. riosabogados.com
Twitter: r1osabogados
Facebook: Agustin Rios
sábado 23 de abril de 2011 20
21. Preguntas:
¿Qué es la Cyber-literatura?
aquellas obras literarias creadas específicamente para el formato
digital -principalmente, aunque no sólo, para Internet-, y que no
podrían existir fuera de éste
¿En el Internet impera la Ley de la
Selva?
Tecnología y Legislación, no están peleadas. El marco legal actual
en materia de derechos de autor, aplica al entorno electrónico
sábado 23 de abril de 2011 21