2. 4.1 Determinar cuáles son las competencias
del Estado sobre su territorio
Territorio: el área sobre la cual ejerce el Estado la soberanía
territorial.
Propiedad y las tierras y aguas pertenecen a la nación= transmite el
dominio a los particulares= pequeña propiedad.
dictarán las medidas necesarias para ordenar los sentamientos
humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y
destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras
públicas y de planear y regular la fundación, conservación,
mejoramiento y crecimiento de los centros de población; para
preservar y restaurar el equilibrio ecológico; para el fraccionamiento
de los latifundios.
3.
Corresponde a la Nación los recursos naturales de la
plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas;
minerales, vetas, mantos, etc.
Son propiedad de la Nación las aguas de los mares
territoriales, lagos, ríos, etc el Ejecutivo Federal podrá
reglamentar su extracción y utilización y aún establecer
zonas vedadas.
Corresponde también a la Nación el aprovechamiento de los
combustibles nucleares para la generación de energía
nuclear.
4. 4.2 Explicar de qué forma se otorgan las cinco
libertades del aire
a)Soberanía plena y
Convención franco-alemana exclusiva de cada Estado
de 1913. sobre su espacio aéreo;
b)Libertad de paso
Convención de París
inofensivo de la aeronaves
de 1919. privadas de los Estados
contratantes, en tiempo de
paz.
En la convención Iberoamericana de Madrid, de 1926, y la
Convensión de Chicago de 1944, afirma en su art I:
“los Estados contratantes reconocen que cada Estado tiene la
soberanía completa y exclusiva sobre el espacio atmosféfico
encima de su territorio”.
5.
En la conferencia de Chicago de 1944, se adoptó tambien un
“Convenio sobre Transporte Aéreo Internacional” llamado
de las cinco libertades:
Libertad sobrevuelo si aterrizaje.
Libertad de aterrizar para fines no comerciales.
Libertad de aterrizar para dejar correo, carga y
pasaje, tomado en el país de la nacionalidad de la aeronave.
Libertad de tomar correo, carga y pasaje, para el país de la
nacionalidad de la aeronave.
Libertad de tomar correo, carga y pasaje, de cualquier país
contratante, con destino a cualquier otro país contratante.
6. 4.3 En qué consiste la teoría constitutiva y
declarativa del reconocimiento de Estado y
de Gobierno
Teoría Constitutiva
Estados
Teoría Declarativa
Teoria del
Reconocimiento
Gobierno Doctrina Tobar
Doctrina Estrada
Doctrina de Díaz
Ordaz, o tesis de la
continuidad
7. T. CONSTITUTIVA:
Antes del reconocimiento , la
comunidad política en cuestión no Ambas teorías
tiene la cualidad plena de Estado, de coinciden en
Sujeto de Derecho internacional, considerar que el
viniendo a ser el reconocimiento de reconocimiento es un
los otros Estados lo que le da tal acto discrecional de
cualidad los Estados, que puede
negarse a otorgarlo,
T DECLARATIVA: considera que la sin que el Derecho
cualidad estatal la tiene la nueva internacional
comunidad aun antes del establezca una
reconocimiento, y el Estado que lo obligación particular a
otroga no hace más que aceptar un ese respecto.
hecho.
8. El reconocimiento de estado lleva implicito el
reconocimiento del gobierno. El problema del
reconocimiento se presenta cuando éste tomó el poder
mediante la ruptura del orden constitucional.
D. Tobar
• Sostiene que no debe otorgarse el reconocimiento a los gobiernos resultados de
un acto de fuerza, mientras no hayan sido legitimados constitucionalmete.
D. Estrada
• El deber de continuar las relaciones diplomáticas en la medida de lo posible, sin
tener en cuenta los cambios revolucionarios.
D. De Díaz Ordaz, o tesis de la continuidad
• Se abstiene de hablar del reconocimiento o no reconcimiento de los gobiernos de
que se trate, pero pone de manifiesto su deseo de continuar las relaciones,
independimetne del “carácter u oritentación de los gobiernos.
9. 4.4 Que es la sucesión de estado en materia
de tratados
Es cuando un Estado voluntariamente o por la fuerza se integra
en otro, o cuando es desmembrado y absorbido en parte o
totalmente por otros.
Es para lograr una mayor seguridad jurídica en las relaciones
internacionales, ante la transformación que la descolonizacion ha
producido en la sociedad internacional.
Unión o separación: se retiene el principio de la continuidad
de los tratados que estuvierno vigentes en el momento de la
sucesión .
Estados que surgieron de territorios anteriormente
dependientes: se afirma el “principio de empezar de nuevo”.