1. Pago por compensación U.L.A.C.I.T. Obligaciones Civiles II Prof. Ian Berrocal A. Andrés Cordero Chacón
2. Refiere en una obligación cuando dos sujetos ambos fungen en figuras de acreedor y deudor una de la otra, de este modo se torna extinguible la deuda por la reciprocidad. Ejemplo: “Si Fulano debe una cena a Mengano y Mengano viceversa, ambas invitaciones acaban o cesan por la reciprocidad que los sujetos se tienen”. Pago por compensación
3. Funciones que ejerce: Es una figura de modalidad de pago que cumple dos funciones: Facilitadora: evita complicaciones de realizar dos pagos Garantía: evita una acción (conducta) a favor de otro sujeto, el cual a su vez posee otra
4. Clases de compensación Legal: encuentra su fuente en la ley Convencional o voluntaria: sustanciada en las capacidades volitivas de las partes Facultativa: voluntad de una parte Judicial: se origina en una sentencia declarativa
5. Bienes y créditos no compensables: Cuando en los contratos se desecha la opción Cuando ocurre la devolución de una cosa depositada Deudas como pensiones alimentarias Perjuicio de derecho a terceros
6. Efectos y otrs: Si la cuantía de ambos sujetos es la misma se extingue, sino el deudor de la deuda mayor paga la diferencia Compensación a petición de garantes o deudores La compensación puede ser renunciable