PPS Ejercicio 11

Loading...

Flash Player 9 (or above) is needed to view presentations.
We have detected that you do not have it on your computer. To install it, go here.

0 comments

Post a comment

    Post a comment
    Embed Video
    Edit your comment Cancel

    Favorites, Groups & Events

    PPS Ejercicio 11 - Presentation Transcript

    1. PRACTICAS INTEGRADAS Grupo VOGUE
    2. TRABAJADORES AUTÓNOMOS
      • Aquel que por cuenta propia realiza una actividad económica a titulo lucrativo de forma habitual, personal y directa, sin sujeción por ella a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas
      • Se presumirá que en el interesado concurre la condición de trabajador por cuenta propia o autónomo si el mismo ostenta la titularidad de un establecimiento abierto al público como propietario, arrendatario, usufructuario u otro concepto análogo.
    3. ¿Quiénes quedan incluidos?
      • Trabajadores mayores de 18 años, que, de forma habitual, personal y directa, realizan una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción a contrato de trabajo
      • Los escritores de libros
      • Los trabajadores autónomos económicamente dependientes a los que se refiere el Capítulo III del Título II de la Ley 20/2007, de 11 de julio .
    4. ¿Quiénes quedan incluidos?
      • Cónyuge y familiares hasta el segundo grado inclusive (en el caso de trabajadores del Sistema Especial de Trabajadores Autónomos, hasta el tercer grado) por consanguinidad, afinidad y adopción que colaboren con el trabajador autónomo de forma personal, habitual y directa y no tengan la condición de asalariados. 
    5. ¿Quiénes quedan incluidos?
      • Los trabajadores autónomos extranjeros que residan y ejerzan legalmente su actividad en territorio español
      • Profesionales que ejerzan una actividad por cuenta propia, que requiera la incorporación a un Colegio Profesional cuyo colectivo se haya integrado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. 
    6. ¿Quiénes quedan excluidos?
      • Aquellos trabajadores por cuenta propia cuya actividad como tales de lugar a su inclusión en otros regímenes de la Seguridad Social
    7. EMPLEADOS DEL HOGAR
      • Son aquellos trabajadores que se dediquen a servicios exclusivamente domésticos para uno o varios titulares del hogar familiar, siempre que estos servicios sean prestados en la casa que habite el titular del hogar familiar y que perciban un sueldo o remuneración de cualquier clase
      • El encuadramiento dentro de este Régimen Especial, se efectuará dependiendo del número de horas trabajadas y si se trata de un solo empleador o varios de acuerdo con:
      • -Los empleados de hogar fijos: son los que prestan servicios para un solo titular del hogar familiar durante un tiempo igual o superior a 80 horas de trabajo efectivo al mes. -Los empleados de hogar discontinuos: son los que prestan sus servicios para uno o varios titulares , con carácter parcial o discontinuo, durante un mínimo de 72 horas de trabajo efectivo al mes, que han de realizarse, al menos, durante 12 días en dicho mes.
    8. ¿Quiénes quedan incluidos?
      • Todos los trabajadores, cualquiera que sea su sexo y estado civil, y que reúnan los siguientes requisitos: -Ser mayor de 16 años -Que presten servicios exclusivamente domésticos para uno o varios titulares del hogar familiar, o a un grupo de personas, que sin constituir una familia, convivan en el mismo hogar con tal carácter familiar
    9. ¿Quiénes quedan incluidos?
      • -Que estos servicios sean prestados en la casa que habite el titular del hogar familiar y demás personas que componen el hogar. -Que perciba por este servicio un sueldo o remuneración de cualquier clase que sea.
    10. ¿Quiénes quedan excluidos?
      • Parientes del titular del hogar familiar por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, excepto familiares del sexo femenino de sacerdotes célibes, que convivan con ellos
      • Prohijados o acogidos de hecho o de derecho
    11. ¿Quiénes quedan excluidos?
      • Personas que prestan servicios amistosos, benévolos o de buena vecindad
      • Conductores de vehículos de motor, al servicio de particulares, jardinería y guardería, cuando dichas actividades no formen parte del conjunto de tareas domésticas.

    + ambengoaambengoa, 2 years ago

    custom

    25 views, 0 favs, 0 embeds more stats


    <!DOCTYPE HTML PUBLIC "-//W3C//DTD HTML 4. more

    More info about this document

    © All Rights Reserved

    Go to text version

    • Total Views 25
      • 25 on SlideShare
      • 0 from embeds
    • Comments 0
    • Favorites 0
    • Downloads 0
    Most viewed embeds

    more

    All embeds

    less

    Flagged as inappropriate Flag as inappropriate
    Flag as inappropriate

    Select your reason for flagging this presentation as inappropriate. If needed, use the feedback form to let us know more details.

    Cancel
    File a copyright complaint
    Having problems? Go to our helpdesk?

    Categories