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De acuerdo con nuestra Constitución Política, en su capitulo II “De los
Mexicanos” en su art. 31 “Son obligaciones de los mexicanos” en su fracción
IV “Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación como del Estado
y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que
dispongan las leyes”
OBLIGACIÓN DEL PAGO DE IMPUESTOS


   CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
                               Artículo 31.
Son obligaciones de los mexicanos:
IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación como del
Estado, Municipio y Distrito Federal en que residan de la manera
proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

Los elementos esenciales de las contribuciones son:
Sujeto.
Objeto.
Base.
Tasa, tarifa o cuota.
Jerarquía de la Leyes



La jerarquía en materia fiscal se rige en base a dos
principios básicos:

el de Supremacía y
el de Preferencia;
Con base en lo anterior, puede establecerse la
siguiente clasificación:
Jerarquía de las Leyes Fiscales.

- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Tratados Internacionales (Art. 133 CPEUM)
- Leyes especiales o específicas promulgadas por el Congreso de la Unión (de
acuerdo a la materia que se aplique, por ejemplo: del Impuesto Sobre la
Renta, del Impuesto al Valor Agregado, etc.)
- Código Fiscal de la Federación (Ordenamiento legal que se aplica de
manera supletoria a las leyes fiscales)
- Derecho Común (supletorio en todo lo que no esté contenido en el Código
Fiscal de la Federación)
- Reglamentos.
- Reglas Misceláneas.
- Circulares y publicaciones en general de carácter administrativo.
Jerarquía de las leyes fiscales.




La concepción jerárquica de las normas parte del
propio artículo 133 constitucional, el cual
establece la supremacía de la constitución y el
marco de las leyes federales a las que deberá
ajustarse el poder judicial.
PIRAMIDE
                           Constitución Política de los Estados Unidos
                                           Mexicanos                              CONSTITUCIONAL



                                    Tratados Internacionales




    Leyes y Códigos                  Leyes Ordinarias                    Constituciones Políticas
       Federales                  Orgánico Administrativas                   de los Estados




Acuerdos y Decretos   Reglamentos y Leyes      Normas Especiales            Leyes Estatales
   Presidenciales          Federales




     Acuerdos              Circulares            Avisos          Reglamentos               Bandos de Policía y
   Secretariales                                                  Estatales                  Buen Gobierno



                                                                           Reglamentos Avisos y
                                                                                Circulares
SUJETO LISR 1, 8 CFF 22 AL 28




Las personas físicas y las morales, están
obligadas al pago del impuesto sobre la
renta.
OBJETO LISR 1, 8 CFF 22 AL 28



El ISR se deberá pagar por los ingresos obtenidos en los siguientes casos:

I. Las residentes en México, respecto de todos sus ingresos cualquiera que sea
   la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan.

II. Los residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente
    en el país, respecto de los ingresos atribuibles a dicho establecimiento
    permanente.

III. Los residentes en el extranjero, respecto de los ingresos procedentes de
     fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un
     establecimiento permanente en el país, o cuando teniéndolo, dichos ingresos
     no sean atribuibles a éste
• ART. 73.-El Congreso tiene facultad:

• Fr. VII.-Para imponer las contribuciones
  necesarias a cubrir el presupuesto.
• ART.74.-Son facultades exclusivas de la
  Cámara de Diputados:
• Fr.IV.- Examinar, discutir y aprobar anualmente
  el presupuesto de egresos de la Federación,
  discutiendo primero las contribuciones que, a
  su juicio, deben decretarse para cubrirlo, así
  como revisar la Cuenta Pública del año
  anterior
INICIATIVA DE LEY
• El Ejecutivo Federal hará llegar a la Cámara la
  iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de
  Presupuesto de Egresos de la Federación a
  más tardar el día 08 Septiembre, para su
  aprobación al 15 de noviembre o hasta el día
  15 de diciembre cuando inicie su encargo en
  la fecha prevista por el Artículo 83, debiendo
  comparecer el Secretario de Despacho
  correspondiente a dar cuenta de los mismos.
• ART.72.-
• h)La formación de las leyes o decretos puede
  comenzar indistintamente en cualquiera de
  las dos Cámaras con excepción de los
  proyectos que versaren sobre empréstito,
  contribuciones o impuestos, ó sobre
  reclutamiento de tropas, todos los cuales
  deberán discutirse primero en la Cámara de
  Diputados.
CONCEPTO
• Es el acto legislativo que determina los
  ingresos que el Gobierno Federal está
  autorizado para recaudar en un año
  determinado.
• La iniciativa de Ley de Ingresos contiene una
  exposición de motivos con las consideraciones
  de orden económico y la política fiscal que la
  inspira.
CARACTERISTICAS
• La discusión y aprobación de la Ley de
  Ingresos debe ser antes que la discusión y
  aprobación del Presupuesto de Egresos.
• Su aprobación debe ser por las dos Cámaras.
  (Senadores y Diputados).
• Es una Ley General, señala los conceptos por
  los que la Federación puede percibir ingresos,
  sin fijar ningún elemento de los impuestos.
CARACTERISTICAS
• Es una Ley anual, señala plazos para su
  discusión para cubrir el presupuesto de
  egresos.
• Debe imponer las contribuciones necesarias
  para cubrir el presupuesto de egresos.
CODIGO CIVIL FEDERAL
• ART.22.-La capacidad jurídica de las personas
  físicas se adquiere por el nacimiento y se
  pierde por la muerte; pero desde el momento
  en que un individuo es concebido, entra bajo
  la protección de la Ley y se le tiene por nacido
  para los efectos declarados en el presente
  código.
• Ingresos en efectivo, en bienes, devengado
  cuando la ley lo establezca, en crédito, en
  servicios, o de cualquier otro tipo.
• La que se determine de acuerdo al Capitulo
  que le aplique a sus ingresos.




   Según corresponda al Capitulo
   que le aplique a sus ingresos.
ESTRUCTURA LEY ISR

                           I
                     DISPOSICIONES                              II
                       GENERALES                        DE LAS PERSONAS
                                                            MORALES




                                                                                  III
                                                                          DEL RÉGIMEN DE LAS
        VI                                   VII
                                                                          PERSONAS MORALES
REGIMENES FISCALES                   DE LOS ESTIMULOS
                                                                               CON FINES
   PREFERENTES                            FISCALES
                                                                            NO LUCRATIVOS




                     V
              RESIDENTES EN EL                                  IV
                EXTRANJERO                              DE LAS PERSONAS
                                                             FÍSICAS
ESTRUCTURA DEL TÍTULO IV DE LA LEY DE ISR PERSONAS FÍSICAS

               Disposiciones Generales
                                                 Régimen General
               I Salarios
               II Act. Empresariales y Prof.     Régimen Intermedio.

               III Arrendamiento
                                                 Régimen Pequeños
               IV Enajenación de bienes

               V Adquisición de bienes
Título IV
               VI Intereses
               VII Obtención de Premios
               VIII Dividendos y Ganancia PM

               IX De los demás Ingresos

               X Requisitos de las deducciones

               XI De la declaración anual
I.     SALARIOS                                         INGRESOS
                                                          ACUMULABLES
    II. ACTIVIDADES                            Sección I General
        EMPRESARIALES Y                        Sección II Intermedio
        PROFESIONALES
                                               Sección III Pequeños
    III.   ARRENDAMIENTO                       (DEFINITIVO)
I
N   IV. ENAJENACIÓN DE
        BIENES
G
R   V. ADQUISICIÓN DE                                    ACUMULAN
E      BIENES
                                                          ARTS. 75 Y 77
S   VI. INTERESES                                              LISR
O          (Excepción Arts. 160 y 175)

S   VII. PREMIOS (DEFINITIVO)
           Salvo que no se declaren Art. 163


    VIII. DIVIDENDOS

    XI. DEMÀS INGRESOS
DIVISIÓN DE LOS INGRESOS
           (COPROPIEDAD O SOCIEDAD CONYUGAL)
                                     ART. 108 LISR
                    CAPÍTULOS                    DIVISIBLES        NO DIVISIBLES
I. SALARIOS                                                      ART. 110, PENÚLT. PFO.

II. ACTIVIDADES   EMPRESARIALES Y
    PROFESIONALES
Sección I. General
Sección II Intermedio
                                                     108 Y 129
Sección III. Pequeño (DEFINITIVO)
                                                     108 Y 129
III. ARRENDAMIENTO                                     108

IV. ENAJENACIÓN DE BIENES                              108

V. ADQUISICIÓN DE BIENES                               108

VI. INTERESES                                          108

VII. PREMIOS (DEFINITIVO) ART. 163
VIII. DIVIDENDOS                                       108

XI. DEMÁS INGRESOS                                     108

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01 isr p fisicas introduccion

  • 1.
  • 2. De acuerdo con nuestra Constitución Política, en su capitulo II “De los Mexicanos” en su art. 31 “Son obligaciones de los mexicanos” en su fracción IV “Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación como del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”
  • 3. OBLIGACIÓN DEL PAGO DE IMPUESTOS CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos: IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación como del Estado, Municipio y Distrito Federal en que residan de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes. Los elementos esenciales de las contribuciones son: Sujeto. Objeto. Base. Tasa, tarifa o cuota.
  • 4. Jerarquía de la Leyes La jerarquía en materia fiscal se rige en base a dos principios básicos: el de Supremacía y el de Preferencia; Con base en lo anterior, puede establecerse la siguiente clasificación:
  • 5. Jerarquía de las Leyes Fiscales. - Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos - Tratados Internacionales (Art. 133 CPEUM) - Leyes especiales o específicas promulgadas por el Congreso de la Unión (de acuerdo a la materia que se aplique, por ejemplo: del Impuesto Sobre la Renta, del Impuesto al Valor Agregado, etc.) - Código Fiscal de la Federación (Ordenamiento legal que se aplica de manera supletoria a las leyes fiscales) - Derecho Común (supletorio en todo lo que no esté contenido en el Código Fiscal de la Federación) - Reglamentos. - Reglas Misceláneas. - Circulares y publicaciones en general de carácter administrativo.
  • 6. Jerarquía de las leyes fiscales. La concepción jerárquica de las normas parte del propio artículo 133 constitucional, el cual establece la supremacía de la constitución y el marco de las leyes federales a las que deberá ajustarse el poder judicial.
  • 7. PIRAMIDE Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos CONSTITUCIONAL Tratados Internacionales Leyes y Códigos Leyes Ordinarias Constituciones Políticas Federales Orgánico Administrativas de los Estados Acuerdos y Decretos Reglamentos y Leyes Normas Especiales Leyes Estatales Presidenciales Federales Acuerdos Circulares Avisos Reglamentos Bandos de Policía y Secretariales Estatales Buen Gobierno Reglamentos Avisos y Circulares
  • 8. SUJETO LISR 1, 8 CFF 22 AL 28 Las personas físicas y las morales, están obligadas al pago del impuesto sobre la renta.
  • 9. OBJETO LISR 1, 8 CFF 22 AL 28 El ISR se deberá pagar por los ingresos obtenidos en los siguientes casos: I. Las residentes en México, respecto de todos sus ingresos cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan. II. Los residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, respecto de los ingresos atribuibles a dicho establecimiento permanente. III. Los residentes en el extranjero, respecto de los ingresos procedentes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente en el país, o cuando teniéndolo, dichos ingresos no sean atribuibles a éste
  • 10.
  • 11. • ART. 73.-El Congreso tiene facultad: • Fr. VII.-Para imponer las contribuciones necesarias a cubrir el presupuesto.
  • 12. • ART.74.-Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados: • Fr.IV.- Examinar, discutir y aprobar anualmente el presupuesto de egresos de la Federación, discutiendo primero las contribuciones que, a su juicio, deben decretarse para cubrirlo, así como revisar la Cuenta Pública del año anterior
  • 13. INICIATIVA DE LEY • El Ejecutivo Federal hará llegar a la Cámara la iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 08 Septiembre, para su aprobación al 15 de noviembre o hasta el día 15 de diciembre cuando inicie su encargo en la fecha prevista por el Artículo 83, debiendo comparecer el Secretario de Despacho correspondiente a dar cuenta de los mismos.
  • 14. • ART.72.- • h)La formación de las leyes o decretos puede comenzar indistintamente en cualquiera de las dos Cámaras con excepción de los proyectos que versaren sobre empréstito, contribuciones o impuestos, ó sobre reclutamiento de tropas, todos los cuales deberán discutirse primero en la Cámara de Diputados.
  • 15.
  • 16. CONCEPTO • Es el acto legislativo que determina los ingresos que el Gobierno Federal está autorizado para recaudar en un año determinado. • La iniciativa de Ley de Ingresos contiene una exposición de motivos con las consideraciones de orden económico y la política fiscal que la inspira.
  • 17. CARACTERISTICAS • La discusión y aprobación de la Ley de Ingresos debe ser antes que la discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos. • Su aprobación debe ser por las dos Cámaras. (Senadores y Diputados). • Es una Ley General, señala los conceptos por los que la Federación puede percibir ingresos, sin fijar ningún elemento de los impuestos.
  • 18. CARACTERISTICAS • Es una Ley anual, señala plazos para su discusión para cubrir el presupuesto de egresos. • Debe imponer las contribuciones necesarias para cubrir el presupuesto de egresos.
  • 19.
  • 20.
  • 21.
  • 22.
  • 23. CODIGO CIVIL FEDERAL • ART.22.-La capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte; pero desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la Ley y se le tiene por nacido para los efectos declarados en el presente código.
  • 24.
  • 25.
  • 26. • Ingresos en efectivo, en bienes, devengado cuando la ley lo establezca, en crédito, en servicios, o de cualquier otro tipo.
  • 27. • La que se determine de acuerdo al Capitulo que le aplique a sus ingresos. Según corresponda al Capitulo que le aplique a sus ingresos.
  • 28. ESTRUCTURA LEY ISR I DISPOSICIONES II GENERALES DE LAS PERSONAS MORALES III DEL RÉGIMEN DE LAS VI VII PERSONAS MORALES REGIMENES FISCALES DE LOS ESTIMULOS CON FINES PREFERENTES FISCALES NO LUCRATIVOS V RESIDENTES EN EL IV EXTRANJERO DE LAS PERSONAS FÍSICAS
  • 29. ESTRUCTURA DEL TÍTULO IV DE LA LEY DE ISR PERSONAS FÍSICAS Disposiciones Generales Régimen General I Salarios II Act. Empresariales y Prof. Régimen Intermedio. III Arrendamiento Régimen Pequeños IV Enajenación de bienes V Adquisición de bienes Título IV VI Intereses VII Obtención de Premios VIII Dividendos y Ganancia PM IX De los demás Ingresos X Requisitos de las deducciones XI De la declaración anual
  • 30. I. SALARIOS INGRESOS ACUMULABLES II. ACTIVIDADES Sección I General EMPRESARIALES Y Sección II Intermedio PROFESIONALES Sección III Pequeños III. ARRENDAMIENTO (DEFINITIVO) I N IV. ENAJENACIÓN DE BIENES G R V. ADQUISICIÓN DE ACUMULAN E BIENES ARTS. 75 Y 77 S VI. INTERESES LISR O (Excepción Arts. 160 y 175) S VII. PREMIOS (DEFINITIVO) Salvo que no se declaren Art. 163 VIII. DIVIDENDOS XI. DEMÀS INGRESOS
  • 31. DIVISIÓN DE LOS INGRESOS (COPROPIEDAD O SOCIEDAD CONYUGAL) ART. 108 LISR CAPÍTULOS DIVISIBLES NO DIVISIBLES I. SALARIOS ART. 110, PENÚLT. PFO. II. ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES Sección I. General Sección II Intermedio 108 Y 129 Sección III. Pequeño (DEFINITIVO) 108 Y 129 III. ARRENDAMIENTO 108 IV. ENAJENACIÓN DE BIENES 108 V. ADQUISICIÓN DE BIENES 108 VI. INTERESES 108 VII. PREMIOS (DEFINITIVO) ART. 163 VIII. DIVIDENDOS 108 XI. DEMÁS INGRESOS 108