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La institucionalización de delincuentes en México
1. Etapa  precuauhtémica Las cárceles en México tienen una larga historia la cual se puede dividir como la historia misma de México: 2. La colonia 3. El siglo XIX y el  porfiriato 4. Los gobiernos posrevolucionarios 5. La reforma penitenciaria de los años setenta 6. El fin del siglo XX
ETAPA PRECUAUHTÉMICA Los Aztecas: El derecho indígena era terriblemente severo, la sanción penal era pena pública, responsabilidad estricta del Estado.  La determinación de la gravedad de la pena o de la forma de aplicación, dependía de las características del hecho delictuoso cometido.  Lo riguroso de las sanciones y la frecuencia del uso de la pena de muerte, explica que la prisión no fuera casi utilizada más que como preventiva. Al parecer sí existió la pena de prisión, aunque un poco al  estilo romano  Había diferentes tipos de prisiones: 1. El  teilpiloyan . 2. El  cuauhcalli . 3. El  malcalli . 4. El  petlalcalli  o  petalco .
LA PRISION EN ROMA Los antecedentes de la prisión, en sus aspectos preventivo y de pena, los encontramos en la vincula romana, lugar donde los atados, los vinculados eran custodiados dentro de las vinculas o cárceles. El fin principal que se perseguía a través de ellas, era asegurar la validez y prolongar la duración de una detención hasta el cumplimiento de la condena correspondiente.  En algunos momentos y para algunos casos, se llegó a utilizar la prisión en forma directa, es decir, como lugar de ejecución o para cumplir penas de pérdida de libertad, transitorias, lo cierto es que, la prisión fue más bien vista como lugar de custodia que como lugar de castigo. Había excepciones, sobre todo, tratándose de cuestiones económicas (falta de pago de multas o de impuestos).
EL TEILPILOYAN Fue una prisión no muy rígida, era para deudores y para reos que no deberían sufrir la pena de muerte.
EL CUAUHCALLI Cárcel para los delitos más graves, destinada a cautivos a quienes habría de serles aplicada la pena capital.  Consistía en una jaula de madera muy estrecha y vigilada, donde se procuraba hacer sentir al reo los rigores de la cercanía de la muerte, desde el momento en que era hecho prisionero.
EL MALCALLI Era una cárcel especial para los cautivos de guerra, a quienes se tenía con gran cuidado y se obsequiaba comida y bebida abundante.
EL PETLALCALLI Cárcel donde eran encerrados los reos por faltas leves.
LA COLONIA Las leyes de las Indias autorizaban expresamente la prisión, desde la época virreinal, siempre con el fin de asegurar al procesado, y en la Recopilación de las Leyes de las Indias se encuentran disposiciones en el sentido de estimular la construcción de cárceles en todas las ciudades. Existía la dicotomía Estado-Iglesia en materia penal, reconociendo la Corona española la jurisdicción eclesiástica para asuntos de carácter espiritual y religioso. Se utilizaban como penas la reconciliación, la penitencia, el paseo público con el sambenito, la prisión y la muerte en la hoguera, que debía ser ejecutada por las autoridades civiles para la relajación o entrega del sentenciado. Hubo muchas prisiones y casas para personas de mala conducta en las ciudades más importantes de la Nueva España, casas de recogidas para internar a mujeres jóvenes en estado de peligro por ser huérfanas o abandonadas, a cargo de religiosas las educaban y utilizaban manteniéndolas prácticamente prisioneras.  Fue en una de estas casas de recogidas donde se fundo la que llegaría a ser la cárcel municipal y después preventiva de la ciudad de México, la de Belén.  Junto a esta prisión, en la etapa porfirista se construyó lo que pomposamente designaron con el nombre de Palacio de Justicia, para albergar juzgados penales.
EL SIGLO XIX Y EL PORFIRIATO La evolución de la prisión en Europa se proyecto en nuestro país mezclada en mínimo grado con las costumbres y la normatividad vigentes en la etapa precuauhtémica.  Existieron cárceles, presidios, fortalezas, prisiones como las de San Juan de Ulúa, y Perote, y las prisiones famosas ubicadas en la ciudad de México, la cárcel de la ciudad, que era dependiente del cabildo metropolitano, para los transgresores de poca monta, la Real de Corte, que se ubicaba en la que actualmente es el Palacio Nacional, la de Santiago Tlatelolco que se utilizó para prisioneros especiales y por muchos años fue la prisión militar de México.  La de Acordada se encontraba en lo que actualmente es la avenida Juárez, a la altura de Balderas; además de las cárceles de la Santa Inquisición: la Perpetua, la Secreta y la de Ropería.  Para las prisiones civiles se recibió una abundante reglamentación procedente de las Cortés de Cádiz, en la que se disponía el trabajo de los presos como obligatorio y se precisaban las causas indispensables para ingresar a la prisión, como un caro reflejo de que la cárcel se utilizaba sin que en verdad mediaran siempre faltas o delitos.  A iniciativa de Mariano Otero, se construyó la penitenciaría del Distrito Federal en Lecumberri, se termino en 1900 y se inauguró en 1902.
LOS GOBIERNOS POSREVOLUCIONARIOS Plutarco Elías Calles Portes Gil Pascual Ortiz Rubio Abelardo L. Rodríguez Lázaro Cárdenas Manuel Ávila Camacho Miguel Alemán Adolfo Ruiz Cortines Adolfo López Mateos Gustavo Díaz Ordaz Luis Echeverría
PLUTARCO ELÍAS CALLES (1924-1928 El sistema de readaptación social como meta específica de la pena de prisión comienza a tomar características claras. Calles aspiraba a la “regenación” mediante el trabajo remunerado como estímulo y la obtención de un fondo para cuando recuperaban su libertad, ya que de otra forma, al salir de la prisión sin un centavo y, generalmente sin trabajo ni apoyos, lo más lógico era que tuevieran que reincidir en el delito. Había entonces la idea de que el ambiente libre de las Islas Marías era el ideal para la readaptación por el trabajo y que además podía desembarazarse a la administración pública de la carga presupuestal que la colonia representaba, por lo que se pensó impulsar las actividades productivas, tanto agrícolas como industriales, sin descuidar tampoco los aspectos educativos. Se pensó inclusive que las Islas Marías podría llegar a ser una institución para todos los reos federales diseminados por todas las prisiones de la República.  Se impulso la creación de talleres, campamentos, etc., para mejorar la situación de los presos en la colonia penal, pero desafortunadamente poco se avanzó y de las previsiones para la cárcel federal, la mayoría quedó en buenos deseos, utilizándose principalmente como destino de presos peligros, viciosos y rebeldes, como se utilizó en los tiempos de Porfirio Díaz.
PORTES GIL 1928-1930 Entro el vigor el Código de Almaraz, con un criterio de defensa social que justifica plenamente la intervención del Estado para defender los intereses de la sociedad mediante el aislamiento de los elementos que ocasionan daño o la ponen en peligro, debido a sus características personales. Este principio de defensa social generó la necesidad de la individualización penal y penitenciaria y la adopción de un sistema de sanciones indeterminadas en cuanto a su duración, En esta época se enviaron mujeres sentenciadas, por primera vez, a las Islas Marías.
PASCUAL ORTIZ RUBIO (1930-1932) Se dispuso una revisión total de la legislación penal en vigencia, dando como resultado la promulgación de un nuevo Código Penal que entró en vigor en 1931 y que se distingue por su concepto diferente en cuanto al fin de la pena, que ahora se consideraba justificado por la necesidad de conservar el orden social, aunque continua con la tendencia readaptoria.  En esta época se procuraran cambios de importancia en el medio penitenciario, ampliando las fuentes de trabajo para los internos y la enseñanza no formal para el aprendizaje práctico de cosas útiles para el trabajo en libertad.  Se promovió la posibilidad de que reos del orden común, procedentes de las entidades federativas, fuesen trasladados a las Islas Marías para su tratamiento y se pensó en la posibilidad de que las familias de los reos que se trasladasen a la colonia, los acompañaran para su readaptación.  El Departamento de Prevención Social promovió que los cambios que se proponían para las Islas Marías fueran también aplicados en lo posible a los penales de la ciudad de México, especialmente la instalación de talleres, lo cual se logró.
ABELARDO L. RODRÍGEZ (1932-1934) Ocurre un incremento de la población penitenciaria y se carece de ocupación en la mayoría de las cárceles, llegándose al extremo de tener una población de  3 000 internos en la penitenciaria del Distrito Federal y sin trabajo para ninguno.  En esta etapa no se había logrado sensibilizar ni siquiera a los jueces, menos al personal de prisiones, en cuanto a que la finalidad de la pena no era la retribución, sino que se requería un trato humanitario y racional para lograr los fines de la readaptación. Se intenta una nueva organización en las Islas Marías para impulsar la actividad laboral de los internos y aprovechar los recursos de la isla, sin perder de vista la readaptación social. Ocurre también un cambio de criterio respecto a los internos que deberían ser trasladados a la colonia penal de las Islas Marías o permanecer en ellas, decidiéndose que sólo sentenciados, reincidentes y peligrosos lo serían.
LÁZARO CÁRDENAS 1934-1940 En esta época funcionaba además de la penitenciaria, la cárcel del Carmen, que hacía las veces de prisión para arrestados y en algunos casos de preventiva, en la cual generalmente se recluían a los “toreros” de pulque, es decir, expendedores de la bebida sin licencia, las prostitutas callejeras, raterillos y afeminados, ademas de rijosos y golpeadores de mujeres.  En la penitenciaría, según testimonios, había alrededor de 2 500 internos, mujeres y hombres procesados y sentenciados, primoincidentes y habituales, enfermos y sanos, jóvenes y viejos, autores de los más variados delitos y viviendo en la más absoluta promiscuidad, sin posibilidades de clasificación alguna y para el colmo de males, sin trabajo más que para una mínima parte de ellos.  Suciedad, abuso e inmundicia eran los términos que podían aplicarse a esta cárcel. Los internos que pagaban podían pasarla bien dentro, inclusive salir por las noches y regresar por las mañanas a recluirse a sus “habitaciones”.  El Departamento de Prevención Social estableció en el interior de la penitenciaría una delegación responsable de practicar los estudios necesarios para la individualización penitenciaria, promoviendo por primera vez la concesión de la visita conyugal a los sentenciados. También en esa época surgió el proyecto de la edificación de un penitenciaría para mujeres, pero sólo se logró la construcción de una  crujía  para mujeres en Lecumberri, con 136 celdas para acomodar a las 260 procesadas en ese momento. En los estados permanecieron en el caos penitenciario, sin clasificación sin trabajo, sin tratamiento, sin seguridad, sin normatividad.
Crujía: Corredor largo de un edificio, que da acceso a piezas situadas a ambos lados.
MANUEL ÁVILA CAMACHO 1940-1946 El Departamento de Prevención Social de Gobernación logró que se admitieran en las entidades federativas algunos lineamientos, presionando para que en todas las cárceles de la República se cumpliera con el artículo 18 constitucional, y que se organizaran bajo el régimen del trabajo.  Se instituyó como obligatorio el estudio médico-social de los internos del Distrito Federal, con la idea que fuera la base para la individualización del tratamiento penitenciario.  Con la mira de evitar violencia sexual en las prisiones del Distrito Federal, se estimuló el otorgamiento de visitas conyugales, aunque se limitaba siempre a los internos de buena conducta, con lo que no podían alcanzarse precisamente esos fines. En cuanto a las Islas Marías, se le siguió utilizando como lugar para resolver la sobrepoblación carcelaria, “seleccionándolos entre los que carecían de trabajo y cuyas condiciones físicas los capacitaban para soportar el cambio de clima”, tomándose en cuenta su mayor o menor peligrosidad.  Con la intención de intensificar el trabajo en las Islas Marías, se envió un número importante de reos (350), facilitando el traslado de sus familias para que acompañaran a los de buena conducta y proporcionándoles un terreno para cultivarlo y ayudar a su sostenimiento. Sin embargo las condiciones de vida de los colonos seguían siendo muy malas: poco trabajo, pésima alimentación y malos tratos era lo que privaba, con la ineficacia resocializadora que esa de esperarse en un sistema deshumanizado.  La situación en los estados permaneció igual o peor, sin trabajo, sin higiene, en los mismos edificios sucios y viejos. Con mala alimentación, mal trato y promiscuidad como regla de readaptación.
MIGUEL ALEMAN 1946-1952 Fue responsabilidad de la Delegación del Departamento de Prevención y Readaptación Social, la práctica de los estudios médicos, psicológicos y sociales, que a partir de 1947, se inician en el momento en que se dicta el auto de formal prisión.  En las Islas Marías se siguen recibiendo “cuerdas” de presos, organizadas por la Delegación de Prevención Social que envía reos tanto federales como del orden común del Distrito Federal sin aclarar criterios. En esta etapa se recibe en Islas Marías una visita del jefe de Prevención Social , que deciden enviar otra cuerda de 200 prisioneros para incrementar la explotación de los recursos de las islas, sin hacer ninguna mención acerca de la readaptación social.  Fue en 1948 cuando un temblor ocasionó la destrucción del penal de las Islas Marías que quedó sin agua, sin luz eléctrica y sin atención médica, disponiéndose la iniciación de la reconstrucción de inmediato y durante cuatro años.  En las entidades federativas las situación mejoró un poco.
ADOLFO RUIZ CORTINES 1952-1958 Se construyó un penal exclusivo para mujeres y la Penitenciaria de Santa Martha Acatitla en el Distrito Federal, con lo que se contribuyó de manera importante a descongestionar el penal de Lecumberri.  En 1955 se instaló una Delegación de Departamento de Prevención en la cárcel de mujeres del Distrito Federal para desempeñar las funciones de su homóloga de la penitenciaría de varones y con un acentuado interés de la primera dama de entonces, María Izaguirre de Ruiz Cortines, quien organizaba visitas y donaciones frecuentes a esta prisión, así como desayunos escolares a los pequeños hijos de las internas.  Esta Delegación se preocupó porque las reclusas, al salir libres, encontraran trabajo y por darles ropa y zapatos o bien el importe de los boletos para que pudieran regresar a sus lugares de origen. Se prestó especial atención ala capacitación laboral de carácter práctico, para proporcionar una verdadera oportunidad de readaptación a las internas.  En cuanto a las Islas Marías, se puso especial interés en suprimir los procedimientos rígidos carcelarios, con un ambiente de relativa libertad y con igualdad de oportunidades para realizar su vida económica. Se acentuó la industrialización y la explotación agrícola y forestal. Se construyó la escuela, así como las casas para los soldados, y se llevaron a cabo obras de utilidad para la readaptación mediante el trabajo, lográndose abatir la reincidencia en ese periodo.
ADOLFO LÓPEZ MATEOS 1958-1964 Se creo el patronato de Reos Liberados. Su finalidad fue otorgar apoyos y orientación a los reos que obtenían su libertad, y buscarles trabajo, dándoles también orientación legal, a veces, dormitorio y alimentación o protección asistencial a ellos y a su familia. La cárcel de mujeres dio buenos resultados, demostrando las internas buena disposición para la readaptación social, haciéndose un adecuado manejo para evitar el llamado  carcelazo , que es la depresión profunda que ocurre en los primeros días de internamiento y que puede llevar inclusive al suicido.  En la cárcel preventiva de la ciudad de México, el palacio de Lecumberri, la situación no mejoró a pesar de haber disminuido la población al trasladarse a Santa Martha a los sentenciados, hubo delitos y hechos de sangre en el interior de la cárcel, tráfico de drogas, corrupción, abusos y sobre todo ociosidad, subsistiendo los mayores de crujía o cabos de vara, es decir, presos con autoridad sobre los demás de su dormitorio, que explotaban y maltrataban salvajemente a los sujetos a su autoridad.  En los Estados, existió poca atención y parece no quedar claro el constitucional de la readaptación mediante el trabajo y la educación.  En esa etapa se hace una reforma constitucional al artículo 18.
GUSTAVO DÍAZ ORDAZ 1964-1970 Se complementa la reforma al artículo 18 constitucional. En esta época empiezan a presentarse los primeros adelantos que han de fructificar en la reforma penitenciaria de los años setenta. Por ejemplo, Tamaulipas, Tabasco y el Estado de México construyen las primeras penitenciarías funcionales y se logra el establecimiento de escuelas, talleres y servicios médicos en varias prisiones.  Se procuró, en este periodo, mejorar las condiciones técnicas y habitacionales del penal de Islas Marías para fortalecer la readaptación y en busca de autosuficiencia.  Se logra terminar una carretera de circunvalación, el centro escolar, el jardín de niños, la unidad habitacional para 504 colonos solteros, la unidad deportiva y la casa piloto familiar. Se instala tubería para el agua en los campamentos de Morelos, Nayarit y Balleto, así como el drenaje de este último.  En el Estado de México se logra por primera vez un sólido desarrollo de actividades penitenciarias en un organizado manejo de política criminal, que aunada a la construcción de una prisión con todas las previsiones necesarias para practicar una moderna readaptación logran dar muestra de la factibilidad de un buen programa penitenciario.
LUIS ECHEVERRÍA 1970-1976 Se expide en febrero de 1971, La Ley de las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados. Esta ley fue en cimiento de la Reforma penitenciaria nacional y propició el desarrollo de un sistema de coordinación convencional entre los estados y la Federación, en la búsqueda de “la regeneración del delincuente por medio de la educación y del trabajo, a través de un sistema progresivo que culmine en instituciones abiertas que faciliten su reincorporación cabal a la comunidad”, con la esperanza de “trasformar en pocos años las carceles”.
LA REFORMA PENITENCIARIA DE LOS AÑOS SETENTA GOBIERNO DE LUIS ECHEVERRÍA GOBIERNO DE LÓPEZ PORTILLO
GOBIERNO DE LUIS ECHEVERRÍA La nueva década, con las miras de reforma jurídica de defensa social, comienza sus cambios con la promulgación de la Ley de Normas Mínimas. Esta ley forma parte de un ambicioso programa penitenciario que integraba en sus planteamientos aspectos en torno al tratamiento de los adultos delincuentes, modificaciones importantes en cuanto a la justicia de menores, la construcción de reclusorios tipo por toda la República, la mejor utilización e la mano de obra penitenciaria. En este periodo se verifica la segunda reforma del artículo 18 de la Carta Magna para introducir en ella el aspecto del traslado internacional de sentenciados.  Hubo reformas a los Códigos Penal, Federal de Procedimientos Penales y de Procedimientos Penales para Distrito y Territorios Federales para darles a estas leyes el enfoque de la readaptación social, ampliándose, la posibilidad de aplicar otras medidas que combinadas, dan flexibilidad al sistema penal.  Para 1975 se había logrado sensibilizar a la mayoría de los estados para que promulgaran sus leyes penitenciarias.  Se creó el Instituto de Capacitación del Personal Penitenciario que funcionó en el Distrito Federal para preparar el personal que desempeñaría los cargos de custodia en las nuevas instituciones.
Se iniciaron los trabajos para la organización del Instituto Nacional de Ciencias Penales, que nace bajo los auspicios de la reforma penitenciaria y destinado a cumplir, entre otros, con la preparación del personal adecuado para el trabajo readaptario penitenciario.  El penal de las Islas Marías no escapa a los vientos reformistas y el presidente manifiesta su decisión de hacer más digna y humana la vida de los colonos, por lo que se decide darle a la actividad laboral un fuerte impulso, estimulando la siembra y beneficio del henequén, el complejo agropecuario, la actividad pesquera y algunas actividades del sector de la construcción, así como también el apiario, el cultivo de legumbres y frutales. Se realizaron nuevas edificaciones, especialmente diseñadas para reclusorios, con un ambiente arquitectónico adecuado a las metas del sistema progresivo técnico, proponiendo un modelo ajustable que pudiera servir del base para todas las construcciones de este tipo en el territorio nacional. La mayoría de los edificios construidos en esta época adoptaron la distribución de internos en celdas trinarias, por razones de terapia y de economía, suprimiéndose las celdas de distinción y las de castigo.  En el Distrito Federal se desarrollo un programa de construcción para intentar resolver el problema del hacinamiento y corrupción existente en la cárcel de Lecumberri, con este fin se planeó construir cuatro reclusorios preventivos, uno correspondiente a cada punto cardinal de la ciudad, para abandonar para siempre Lecumberri.  De este ambicioso proyecto, sólo se pudieron edificar tres, el Norte, el Oriente y el Sur, puestos en marcha en ese orden.
De los mayores logros del programa de reclusorios, fue la construcción del Hospital de Reclusorios, con todas las medidas modernas para concentrar en Tetepan a los internos que requirieran tratamiento médico, edificándose en esos mismos terrenos, un área para delincuentes enfermos mentales que requirieran ser institucionalizados. El edificio se considero “poco productivo” y los enfermos mentales volvieron a la cárcel, contra las previsiones de la ley, atendiéndose a los internos enfermos en las áreas médicas de las instituciones con la complicaciones que implica.  El hospital fue abandonado al cuidado de los custodios y víctima del saqueo, echando por la borda los avances que con el retraso de cien años y una fuerte inversión estatal se había logrado.  La construcción del Centro Femenil de Readaptación Social en Santa Martha, fue convertida en bodegas y talleres mecánicos y las mujeres fueron trasladadas al edificio del hospital, con todos los inconvenientes imaginables por las diferentes finalidades de las construcciones.  La Dirección de Prevención y Readaptación Social se encarga de orientar subsidios federales para que los estados puedan ayudarse para la edificación de los nuevos reclusorios y proporciona la orientación técnica para los proyectos, incluyendo los de tratamiento de menores.
GOBIERNO DE LÓPEZ PORTILLO Se procede a la clausura del edificio de la cárcel preventiva de la ciudad de México (Lecumberri), lugar en donde actualmente se encuentra el Archivo General de la Nación. En la provincia se construyen algunas instituciones de importancia, como la de Jalisco, las de puebla, Mérida, Ciudad Juárez y Mazatlán.
EL FIN DEL SIGLO XX La década de los ochenta tiene para el penitenciarismo un triste sino. Pocos avances y muchos retrocesos. La violencia se enseñorea en la cárceles.  Vemos que todos los instrumentos no producen los frutos deseados por las dificultades que enfrenta la realidad interna y externa de la cárcel, en especial el aislamiento de la prisión, que impide el desarrollo normal del hombre para acostumbrarse a una nueva vida en libertad.  Las reformas de 1983 al Código Penal, constituyen un avance para las opciones otorgadas al juez, que antes no podía utilizar las medidas de tratamiento en sustitución de la prisión. Se plantea una eficaz labor de apoyo económico para la construcción de áreas de alta seguridad dentro de los reclusorios, que durante el decenio de los noventa enfrentan una de las más graves crisis.  Los problemas de sobrepoblación se han visto recrudecidos. La población está mal distribuida entre las 444 instituciones existentes, ya que hay cárceles con un 211% de sobrecupo y otras cuya capacidad está en un 7% arriba de su población, aunque la seguridad, la sobrepoblación y la corrupción son los problemas mayores que aquejan al sistema penitenciario mexicano.
Se necesita mejorar la seguridad en los reclusorios y mejorar el personal tanto directivo como de custodia, además de continuar con la revisión y Diagnostico de la situación en que se encuentran los edificios de las cárceles de toda la República, revisando aspectos de seguridad e instalaciones físicas para el trabajo de readaptación. Se encuentra muy abandonado el seguimiento y apoyo posinstitucional, y esto convierte en inútiles todos los esfuerzos de readaptación practicados.  En las áreas de los estados es necesario generar una normatividad penitenciaria semejante y una unidad de criterios en todo el país, en aras de lograr el cumplimiento de la previsión constitucional sobre la existencia de un verdadero sistema penitenciario nacional.
Los Mayas: También usaban jaulas como cárcel preventiva en tanto se esperaba el cumplimiento de la sentencia, o bien se decidía cuál era la pena procedente, como el adulterio, o bien para los prisioneros de guerra, los esclavos fugitivos y algún tipo de ladrones. Los Zapotecas: Conocían la cárcel por dos tipos de delito, la embriaguez entre los jóvenes y la desobediencia a las autoridades. Los Tarascos:  Se utilizó la prisión como estancia temporal en tanto se cumplía con la sentencia de muerte, que siendo ciertamente un pueblo bastante primitivo, aplicaban gran variedad de métodos.
Lo anterior muestra claramente una pena de prisión, aunque muy rudimentaria y desde luego, como las primitivas cárceles de todo el mundo en etapas culturales semejantes, no existía en ellas la menor idea de correccionalismo ni menos de readaptación. En el sistema penal precuauhtémico, la cárcel ocupa un sitio secundario para acciones delictivas poco importantes, y es nimia su trascendencia, como pena frente a las demás penas draconianas que se aplicaban con enorme rigor.

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  • 1. La institucionalización de delincuentes en México
  • 2. 1. Etapa precuauhtémica Las cárceles en México tienen una larga historia la cual se puede dividir como la historia misma de México: 2. La colonia 3. El siglo XIX y el porfiriato 4. Los gobiernos posrevolucionarios 5. La reforma penitenciaria de los años setenta 6. El fin del siglo XX
  • 3. ETAPA PRECUAUHTÉMICA Los Aztecas: El derecho indígena era terriblemente severo, la sanción penal era pena pública, responsabilidad estricta del Estado. La determinación de la gravedad de la pena o de la forma de aplicación, dependía de las características del hecho delictuoso cometido. Lo riguroso de las sanciones y la frecuencia del uso de la pena de muerte, explica que la prisión no fuera casi utilizada más que como preventiva. Al parecer sí existió la pena de prisión, aunque un poco al estilo romano Había diferentes tipos de prisiones: 1. El teilpiloyan . 2. El cuauhcalli . 3. El malcalli . 4. El petlalcalli o petalco .
  • 4. LA PRISION EN ROMA Los antecedentes de la prisión, en sus aspectos preventivo y de pena, los encontramos en la vincula romana, lugar donde los atados, los vinculados eran custodiados dentro de las vinculas o cárceles. El fin principal que se perseguía a través de ellas, era asegurar la validez y prolongar la duración de una detención hasta el cumplimiento de la condena correspondiente. En algunos momentos y para algunos casos, se llegó a utilizar la prisión en forma directa, es decir, como lugar de ejecución o para cumplir penas de pérdida de libertad, transitorias, lo cierto es que, la prisión fue más bien vista como lugar de custodia que como lugar de castigo. Había excepciones, sobre todo, tratándose de cuestiones económicas (falta de pago de multas o de impuestos).
  • 5. EL TEILPILOYAN Fue una prisión no muy rígida, era para deudores y para reos que no deberían sufrir la pena de muerte.
  • 6. EL CUAUHCALLI Cárcel para los delitos más graves, destinada a cautivos a quienes habría de serles aplicada la pena capital. Consistía en una jaula de madera muy estrecha y vigilada, donde se procuraba hacer sentir al reo los rigores de la cercanía de la muerte, desde el momento en que era hecho prisionero.
  • 7. EL MALCALLI Era una cárcel especial para los cautivos de guerra, a quienes se tenía con gran cuidado y se obsequiaba comida y bebida abundante.
  • 8. EL PETLALCALLI Cárcel donde eran encerrados los reos por faltas leves.
  • 9. LA COLONIA Las leyes de las Indias autorizaban expresamente la prisión, desde la época virreinal, siempre con el fin de asegurar al procesado, y en la Recopilación de las Leyes de las Indias se encuentran disposiciones en el sentido de estimular la construcción de cárceles en todas las ciudades. Existía la dicotomía Estado-Iglesia en materia penal, reconociendo la Corona española la jurisdicción eclesiástica para asuntos de carácter espiritual y religioso. Se utilizaban como penas la reconciliación, la penitencia, el paseo público con el sambenito, la prisión y la muerte en la hoguera, que debía ser ejecutada por las autoridades civiles para la relajación o entrega del sentenciado. Hubo muchas prisiones y casas para personas de mala conducta en las ciudades más importantes de la Nueva España, casas de recogidas para internar a mujeres jóvenes en estado de peligro por ser huérfanas o abandonadas, a cargo de religiosas las educaban y utilizaban manteniéndolas prácticamente prisioneras. Fue en una de estas casas de recogidas donde se fundo la que llegaría a ser la cárcel municipal y después preventiva de la ciudad de México, la de Belén. Junto a esta prisión, en la etapa porfirista se construyó lo que pomposamente designaron con el nombre de Palacio de Justicia, para albergar juzgados penales.
  • 10. EL SIGLO XIX Y EL PORFIRIATO La evolución de la prisión en Europa se proyecto en nuestro país mezclada en mínimo grado con las costumbres y la normatividad vigentes en la etapa precuauhtémica. Existieron cárceles, presidios, fortalezas, prisiones como las de San Juan de Ulúa, y Perote, y las prisiones famosas ubicadas en la ciudad de México, la cárcel de la ciudad, que era dependiente del cabildo metropolitano, para los transgresores de poca monta, la Real de Corte, que se ubicaba en la que actualmente es el Palacio Nacional, la de Santiago Tlatelolco que se utilizó para prisioneros especiales y por muchos años fue la prisión militar de México. La de Acordada se encontraba en lo que actualmente es la avenida Juárez, a la altura de Balderas; además de las cárceles de la Santa Inquisición: la Perpetua, la Secreta y la de Ropería. Para las prisiones civiles se recibió una abundante reglamentación procedente de las Cortés de Cádiz, en la que se disponía el trabajo de los presos como obligatorio y se precisaban las causas indispensables para ingresar a la prisión, como un caro reflejo de que la cárcel se utilizaba sin que en verdad mediaran siempre faltas o delitos. A iniciativa de Mariano Otero, se construyó la penitenciaría del Distrito Federal en Lecumberri, se termino en 1900 y se inauguró en 1902.
  • 11. LOS GOBIERNOS POSREVOLUCIONARIOS Plutarco Elías Calles Portes Gil Pascual Ortiz Rubio Abelardo L. Rodríguez Lázaro Cárdenas Manuel Ávila Camacho Miguel Alemán Adolfo Ruiz Cortines Adolfo López Mateos Gustavo Díaz Ordaz Luis Echeverría
  • 12. PLUTARCO ELÍAS CALLES (1924-1928 El sistema de readaptación social como meta específica de la pena de prisión comienza a tomar características claras. Calles aspiraba a la “regenación” mediante el trabajo remunerado como estímulo y la obtención de un fondo para cuando recuperaban su libertad, ya que de otra forma, al salir de la prisión sin un centavo y, generalmente sin trabajo ni apoyos, lo más lógico era que tuevieran que reincidir en el delito. Había entonces la idea de que el ambiente libre de las Islas Marías era el ideal para la readaptación por el trabajo y que además podía desembarazarse a la administración pública de la carga presupuestal que la colonia representaba, por lo que se pensó impulsar las actividades productivas, tanto agrícolas como industriales, sin descuidar tampoco los aspectos educativos. Se pensó inclusive que las Islas Marías podría llegar a ser una institución para todos los reos federales diseminados por todas las prisiones de la República. Se impulso la creación de talleres, campamentos, etc., para mejorar la situación de los presos en la colonia penal, pero desafortunadamente poco se avanzó y de las previsiones para la cárcel federal, la mayoría quedó en buenos deseos, utilizándose principalmente como destino de presos peligros, viciosos y rebeldes, como se utilizó en los tiempos de Porfirio Díaz.
  • 13. PORTES GIL 1928-1930 Entro el vigor el Código de Almaraz, con un criterio de defensa social que justifica plenamente la intervención del Estado para defender los intereses de la sociedad mediante el aislamiento de los elementos que ocasionan daño o la ponen en peligro, debido a sus características personales. Este principio de defensa social generó la necesidad de la individualización penal y penitenciaria y la adopción de un sistema de sanciones indeterminadas en cuanto a su duración, En esta época se enviaron mujeres sentenciadas, por primera vez, a las Islas Marías.
  • 14. PASCUAL ORTIZ RUBIO (1930-1932) Se dispuso una revisión total de la legislación penal en vigencia, dando como resultado la promulgación de un nuevo Código Penal que entró en vigor en 1931 y que se distingue por su concepto diferente en cuanto al fin de la pena, que ahora se consideraba justificado por la necesidad de conservar el orden social, aunque continua con la tendencia readaptoria. En esta época se procuraran cambios de importancia en el medio penitenciario, ampliando las fuentes de trabajo para los internos y la enseñanza no formal para el aprendizaje práctico de cosas útiles para el trabajo en libertad. Se promovió la posibilidad de que reos del orden común, procedentes de las entidades federativas, fuesen trasladados a las Islas Marías para su tratamiento y se pensó en la posibilidad de que las familias de los reos que se trasladasen a la colonia, los acompañaran para su readaptación. El Departamento de Prevención Social promovió que los cambios que se proponían para las Islas Marías fueran también aplicados en lo posible a los penales de la ciudad de México, especialmente la instalación de talleres, lo cual se logró.
  • 15. ABELARDO L. RODRÍGEZ (1932-1934) Ocurre un incremento de la población penitenciaria y se carece de ocupación en la mayoría de las cárceles, llegándose al extremo de tener una población de 3 000 internos en la penitenciaria del Distrito Federal y sin trabajo para ninguno. En esta etapa no se había logrado sensibilizar ni siquiera a los jueces, menos al personal de prisiones, en cuanto a que la finalidad de la pena no era la retribución, sino que se requería un trato humanitario y racional para lograr los fines de la readaptación. Se intenta una nueva organización en las Islas Marías para impulsar la actividad laboral de los internos y aprovechar los recursos de la isla, sin perder de vista la readaptación social. Ocurre también un cambio de criterio respecto a los internos que deberían ser trasladados a la colonia penal de las Islas Marías o permanecer en ellas, decidiéndose que sólo sentenciados, reincidentes y peligrosos lo serían.
  • 16. LÁZARO CÁRDENAS 1934-1940 En esta época funcionaba además de la penitenciaria, la cárcel del Carmen, que hacía las veces de prisión para arrestados y en algunos casos de preventiva, en la cual generalmente se recluían a los “toreros” de pulque, es decir, expendedores de la bebida sin licencia, las prostitutas callejeras, raterillos y afeminados, ademas de rijosos y golpeadores de mujeres. En la penitenciaría, según testimonios, había alrededor de 2 500 internos, mujeres y hombres procesados y sentenciados, primoincidentes y habituales, enfermos y sanos, jóvenes y viejos, autores de los más variados delitos y viviendo en la más absoluta promiscuidad, sin posibilidades de clasificación alguna y para el colmo de males, sin trabajo más que para una mínima parte de ellos. Suciedad, abuso e inmundicia eran los términos que podían aplicarse a esta cárcel. Los internos que pagaban podían pasarla bien dentro, inclusive salir por las noches y regresar por las mañanas a recluirse a sus “habitaciones”. El Departamento de Prevención Social estableció en el interior de la penitenciaría una delegación responsable de practicar los estudios necesarios para la individualización penitenciaria, promoviendo por primera vez la concesión de la visita conyugal a los sentenciados. También en esa época surgió el proyecto de la edificación de un penitenciaría para mujeres, pero sólo se logró la construcción de una crujía para mujeres en Lecumberri, con 136 celdas para acomodar a las 260 procesadas en ese momento. En los estados permanecieron en el caos penitenciario, sin clasificación sin trabajo, sin tratamiento, sin seguridad, sin normatividad.
  • 17. Crujía: Corredor largo de un edificio, que da acceso a piezas situadas a ambos lados.
  • 18. MANUEL ÁVILA CAMACHO 1940-1946 El Departamento de Prevención Social de Gobernación logró que se admitieran en las entidades federativas algunos lineamientos, presionando para que en todas las cárceles de la República se cumpliera con el artículo 18 constitucional, y que se organizaran bajo el régimen del trabajo. Se instituyó como obligatorio el estudio médico-social de los internos del Distrito Federal, con la idea que fuera la base para la individualización del tratamiento penitenciario. Con la mira de evitar violencia sexual en las prisiones del Distrito Federal, se estimuló el otorgamiento de visitas conyugales, aunque se limitaba siempre a los internos de buena conducta, con lo que no podían alcanzarse precisamente esos fines. En cuanto a las Islas Marías, se le siguió utilizando como lugar para resolver la sobrepoblación carcelaria, “seleccionándolos entre los que carecían de trabajo y cuyas condiciones físicas los capacitaban para soportar el cambio de clima”, tomándose en cuenta su mayor o menor peligrosidad. Con la intención de intensificar el trabajo en las Islas Marías, se envió un número importante de reos (350), facilitando el traslado de sus familias para que acompañaran a los de buena conducta y proporcionándoles un terreno para cultivarlo y ayudar a su sostenimiento. Sin embargo las condiciones de vida de los colonos seguían siendo muy malas: poco trabajo, pésima alimentación y malos tratos era lo que privaba, con la ineficacia resocializadora que esa de esperarse en un sistema deshumanizado. La situación en los estados permaneció igual o peor, sin trabajo, sin higiene, en los mismos edificios sucios y viejos. Con mala alimentación, mal trato y promiscuidad como regla de readaptación.
  • 19. MIGUEL ALEMAN 1946-1952 Fue responsabilidad de la Delegación del Departamento de Prevención y Readaptación Social, la práctica de los estudios médicos, psicológicos y sociales, que a partir de 1947, se inician en el momento en que se dicta el auto de formal prisión. En las Islas Marías se siguen recibiendo “cuerdas” de presos, organizadas por la Delegación de Prevención Social que envía reos tanto federales como del orden común del Distrito Federal sin aclarar criterios. En esta etapa se recibe en Islas Marías una visita del jefe de Prevención Social , que deciden enviar otra cuerda de 200 prisioneros para incrementar la explotación de los recursos de las islas, sin hacer ninguna mención acerca de la readaptación social. Fue en 1948 cuando un temblor ocasionó la destrucción del penal de las Islas Marías que quedó sin agua, sin luz eléctrica y sin atención médica, disponiéndose la iniciación de la reconstrucción de inmediato y durante cuatro años. En las entidades federativas las situación mejoró un poco.
  • 20. ADOLFO RUIZ CORTINES 1952-1958 Se construyó un penal exclusivo para mujeres y la Penitenciaria de Santa Martha Acatitla en el Distrito Federal, con lo que se contribuyó de manera importante a descongestionar el penal de Lecumberri. En 1955 se instaló una Delegación de Departamento de Prevención en la cárcel de mujeres del Distrito Federal para desempeñar las funciones de su homóloga de la penitenciaría de varones y con un acentuado interés de la primera dama de entonces, María Izaguirre de Ruiz Cortines, quien organizaba visitas y donaciones frecuentes a esta prisión, así como desayunos escolares a los pequeños hijos de las internas. Esta Delegación se preocupó porque las reclusas, al salir libres, encontraran trabajo y por darles ropa y zapatos o bien el importe de los boletos para que pudieran regresar a sus lugares de origen. Se prestó especial atención ala capacitación laboral de carácter práctico, para proporcionar una verdadera oportunidad de readaptación a las internas. En cuanto a las Islas Marías, se puso especial interés en suprimir los procedimientos rígidos carcelarios, con un ambiente de relativa libertad y con igualdad de oportunidades para realizar su vida económica. Se acentuó la industrialización y la explotación agrícola y forestal. Se construyó la escuela, así como las casas para los soldados, y se llevaron a cabo obras de utilidad para la readaptación mediante el trabajo, lográndose abatir la reincidencia en ese periodo.
  • 21. ADOLFO LÓPEZ MATEOS 1958-1964 Se creo el patronato de Reos Liberados. Su finalidad fue otorgar apoyos y orientación a los reos que obtenían su libertad, y buscarles trabajo, dándoles también orientación legal, a veces, dormitorio y alimentación o protección asistencial a ellos y a su familia. La cárcel de mujeres dio buenos resultados, demostrando las internas buena disposición para la readaptación social, haciéndose un adecuado manejo para evitar el llamado carcelazo , que es la depresión profunda que ocurre en los primeros días de internamiento y que puede llevar inclusive al suicido. En la cárcel preventiva de la ciudad de México, el palacio de Lecumberri, la situación no mejoró a pesar de haber disminuido la población al trasladarse a Santa Martha a los sentenciados, hubo delitos y hechos de sangre en el interior de la cárcel, tráfico de drogas, corrupción, abusos y sobre todo ociosidad, subsistiendo los mayores de crujía o cabos de vara, es decir, presos con autoridad sobre los demás de su dormitorio, que explotaban y maltrataban salvajemente a los sujetos a su autoridad. En los Estados, existió poca atención y parece no quedar claro el constitucional de la readaptación mediante el trabajo y la educación. En esa etapa se hace una reforma constitucional al artículo 18.
  • 22. GUSTAVO DÍAZ ORDAZ 1964-1970 Se complementa la reforma al artículo 18 constitucional. En esta época empiezan a presentarse los primeros adelantos que han de fructificar en la reforma penitenciaria de los años setenta. Por ejemplo, Tamaulipas, Tabasco y el Estado de México construyen las primeras penitenciarías funcionales y se logra el establecimiento de escuelas, talleres y servicios médicos en varias prisiones. Se procuró, en este periodo, mejorar las condiciones técnicas y habitacionales del penal de Islas Marías para fortalecer la readaptación y en busca de autosuficiencia. Se logra terminar una carretera de circunvalación, el centro escolar, el jardín de niños, la unidad habitacional para 504 colonos solteros, la unidad deportiva y la casa piloto familiar. Se instala tubería para el agua en los campamentos de Morelos, Nayarit y Balleto, así como el drenaje de este último. En el Estado de México se logra por primera vez un sólido desarrollo de actividades penitenciarias en un organizado manejo de política criminal, que aunada a la construcción de una prisión con todas las previsiones necesarias para practicar una moderna readaptación logran dar muestra de la factibilidad de un buen programa penitenciario.
  • 23. LUIS ECHEVERRÍA 1970-1976 Se expide en febrero de 1971, La Ley de las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados. Esta ley fue en cimiento de la Reforma penitenciaria nacional y propició el desarrollo de un sistema de coordinación convencional entre los estados y la Federación, en la búsqueda de “la regeneración del delincuente por medio de la educación y del trabajo, a través de un sistema progresivo que culmine en instituciones abiertas que faciliten su reincorporación cabal a la comunidad”, con la esperanza de “trasformar en pocos años las carceles”.
  • 24. LA REFORMA PENITENCIARIA DE LOS AÑOS SETENTA GOBIERNO DE LUIS ECHEVERRÍA GOBIERNO DE LÓPEZ PORTILLO
  • 25. GOBIERNO DE LUIS ECHEVERRÍA La nueva década, con las miras de reforma jurídica de defensa social, comienza sus cambios con la promulgación de la Ley de Normas Mínimas. Esta ley forma parte de un ambicioso programa penitenciario que integraba en sus planteamientos aspectos en torno al tratamiento de los adultos delincuentes, modificaciones importantes en cuanto a la justicia de menores, la construcción de reclusorios tipo por toda la República, la mejor utilización e la mano de obra penitenciaria. En este periodo se verifica la segunda reforma del artículo 18 de la Carta Magna para introducir en ella el aspecto del traslado internacional de sentenciados. Hubo reformas a los Códigos Penal, Federal de Procedimientos Penales y de Procedimientos Penales para Distrito y Territorios Federales para darles a estas leyes el enfoque de la readaptación social, ampliándose, la posibilidad de aplicar otras medidas que combinadas, dan flexibilidad al sistema penal. Para 1975 se había logrado sensibilizar a la mayoría de los estados para que promulgaran sus leyes penitenciarias. Se creó el Instituto de Capacitación del Personal Penitenciario que funcionó en el Distrito Federal para preparar el personal que desempeñaría los cargos de custodia en las nuevas instituciones.
  • 26. Se iniciaron los trabajos para la organización del Instituto Nacional de Ciencias Penales, que nace bajo los auspicios de la reforma penitenciaria y destinado a cumplir, entre otros, con la preparación del personal adecuado para el trabajo readaptario penitenciario. El penal de las Islas Marías no escapa a los vientos reformistas y el presidente manifiesta su decisión de hacer más digna y humana la vida de los colonos, por lo que se decide darle a la actividad laboral un fuerte impulso, estimulando la siembra y beneficio del henequén, el complejo agropecuario, la actividad pesquera y algunas actividades del sector de la construcción, así como también el apiario, el cultivo de legumbres y frutales. Se realizaron nuevas edificaciones, especialmente diseñadas para reclusorios, con un ambiente arquitectónico adecuado a las metas del sistema progresivo técnico, proponiendo un modelo ajustable que pudiera servir del base para todas las construcciones de este tipo en el territorio nacional. La mayoría de los edificios construidos en esta época adoptaron la distribución de internos en celdas trinarias, por razones de terapia y de economía, suprimiéndose las celdas de distinción y las de castigo. En el Distrito Federal se desarrollo un programa de construcción para intentar resolver el problema del hacinamiento y corrupción existente en la cárcel de Lecumberri, con este fin se planeó construir cuatro reclusorios preventivos, uno correspondiente a cada punto cardinal de la ciudad, para abandonar para siempre Lecumberri. De este ambicioso proyecto, sólo se pudieron edificar tres, el Norte, el Oriente y el Sur, puestos en marcha en ese orden.
  • 27. De los mayores logros del programa de reclusorios, fue la construcción del Hospital de Reclusorios, con todas las medidas modernas para concentrar en Tetepan a los internos que requirieran tratamiento médico, edificándose en esos mismos terrenos, un área para delincuentes enfermos mentales que requirieran ser institucionalizados. El edificio se considero “poco productivo” y los enfermos mentales volvieron a la cárcel, contra las previsiones de la ley, atendiéndose a los internos enfermos en las áreas médicas de las instituciones con la complicaciones que implica. El hospital fue abandonado al cuidado de los custodios y víctima del saqueo, echando por la borda los avances que con el retraso de cien años y una fuerte inversión estatal se había logrado. La construcción del Centro Femenil de Readaptación Social en Santa Martha, fue convertida en bodegas y talleres mecánicos y las mujeres fueron trasladadas al edificio del hospital, con todos los inconvenientes imaginables por las diferentes finalidades de las construcciones. La Dirección de Prevención y Readaptación Social se encarga de orientar subsidios federales para que los estados puedan ayudarse para la edificación de los nuevos reclusorios y proporciona la orientación técnica para los proyectos, incluyendo los de tratamiento de menores.
  • 28. GOBIERNO DE LÓPEZ PORTILLO Se procede a la clausura del edificio de la cárcel preventiva de la ciudad de México (Lecumberri), lugar en donde actualmente se encuentra el Archivo General de la Nación. En la provincia se construyen algunas instituciones de importancia, como la de Jalisco, las de puebla, Mérida, Ciudad Juárez y Mazatlán.
  • 29. EL FIN DEL SIGLO XX La década de los ochenta tiene para el penitenciarismo un triste sino. Pocos avances y muchos retrocesos. La violencia se enseñorea en la cárceles. Vemos que todos los instrumentos no producen los frutos deseados por las dificultades que enfrenta la realidad interna y externa de la cárcel, en especial el aislamiento de la prisión, que impide el desarrollo normal del hombre para acostumbrarse a una nueva vida en libertad. Las reformas de 1983 al Código Penal, constituyen un avance para las opciones otorgadas al juez, que antes no podía utilizar las medidas de tratamiento en sustitución de la prisión. Se plantea una eficaz labor de apoyo económico para la construcción de áreas de alta seguridad dentro de los reclusorios, que durante el decenio de los noventa enfrentan una de las más graves crisis. Los problemas de sobrepoblación se han visto recrudecidos. La población está mal distribuida entre las 444 instituciones existentes, ya que hay cárceles con un 211% de sobrecupo y otras cuya capacidad está en un 7% arriba de su población, aunque la seguridad, la sobrepoblación y la corrupción son los problemas mayores que aquejan al sistema penitenciario mexicano.
  • 30. Se necesita mejorar la seguridad en los reclusorios y mejorar el personal tanto directivo como de custodia, además de continuar con la revisión y Diagnostico de la situación en que se encuentran los edificios de las cárceles de toda la República, revisando aspectos de seguridad e instalaciones físicas para el trabajo de readaptación. Se encuentra muy abandonado el seguimiento y apoyo posinstitucional, y esto convierte en inútiles todos los esfuerzos de readaptación practicados. En las áreas de los estados es necesario generar una normatividad penitenciaria semejante y una unidad de criterios en todo el país, en aras de lograr el cumplimiento de la previsión constitucional sobre la existencia de un verdadero sistema penitenciario nacional.
  • 31. Los Mayas: También usaban jaulas como cárcel preventiva en tanto se esperaba el cumplimiento de la sentencia, o bien se decidía cuál era la pena procedente, como el adulterio, o bien para los prisioneros de guerra, los esclavos fugitivos y algún tipo de ladrones. Los Zapotecas: Conocían la cárcel por dos tipos de delito, la embriaguez entre los jóvenes y la desobediencia a las autoridades. Los Tarascos: Se utilizó la prisión como estancia temporal en tanto se cumplía con la sentencia de muerte, que siendo ciertamente un pueblo bastante primitivo, aplicaban gran variedad de métodos.
  • 32. Lo anterior muestra claramente una pena de prisión, aunque muy rudimentaria y desde luego, como las primitivas cárceles de todo el mundo en etapas culturales semejantes, no existía en ellas la menor idea de correccionalismo ni menos de readaptación. En el sistema penal precuauhtémico, la cárcel ocupa un sitio secundario para acciones delictivas poco importantes, y es nimia su trascendencia, como pena frente a las demás penas draconianas que se aplicaban con enorme rigor.