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LOS ÓRGANOS DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES
Los Estados son miembros de la comunidad internacional. No viven en aislamiento, por tanto, han de relacionarse entre si pero, requieren de personas físicas que los representen. Los órganos del Estado encargados de manejar los asuntos internacionales son los siguientes:  El Jefe de Estado El Secretario de Relaciones Exteriores Los Agentes Diplomáticos Los Agentes Consulares
EL JEFE DE ESTADO Sus competencias respecto de las relaciones internacionales se encuentran en el derecho interno de cada Estado. Presidente Barack Obama El presidente francés Nicolas Sarkozy con los Jefes de Estado de los países de la zona euro Primer Ministro Chino
EL JEFE DE ESTADO En el plano internacional le corresponde el llamado iusrepresentationis, que consiste en: La dirección de la política exterior La conclusión de tratados. La facultad de enviar y recibir agentes diplomáticos y consulares.
EL JEFE DE ESTADO Goza internacionalmente de un estatus privilegiado cuando visita otros estados. Los privilegios, la inviolabilidad e inmunidades de que goza en tales ocasiones son las siguientes: 1) Respecto a su persona. 2) Inmunidad en jurisdicción penal 3) Inmunidad civil 4) Inmunidad de policía 5) Exoneración de impuestos 6) Ejercer en el extranjero funciones propias de su cargo
EL SECRETARIO DE RELACIONES EXTERIORES Es el jefe de la rama administrativa que dirige la política exterior bajo la autoridad del jefe de Estado. Secretaria de Estado Hillary Rodham Clinton  Secretaria de Relaciones Exteriores de México, Patricia Espinosa Ministro de Relaciones Exteriores Chile 
EL SECRETARIO DE RELACIONES EXTERIORES La denominación puede variar de uno a otro país, en Estados Unidos se denomina «Secretario de Estado»; en Inglaterra, Ministro encargado de la «Foreing Office». En el plano internacional El derecho interno Las inmunidades y privilegios se encuentran reguladas por costumbre internacional, se hace referencia a ellas en el art. 21 de la Convención sobre Misiones Especiales de 1969. Le concede competencia para hacer declaraciones en nombre del Estado en el campo de las relaciones internacionales.
LOS AGENTES DIPLOMATICOS Los agentes diplomáticos son agentes que un Estado envía a otro para participar en las relaciones entre ambos. DiplomáticoIraniSaeedJalili and negociadorestadounidenseWilliam Burns Henry Alfred Kissinger, politólogo, diplomático y secretario de Estado Estadounidense. Diplomático Nicaragüense César Antonio Mercado P.
LOS AGENTES DIPLOMATICOS Conforme a la Convención de Viena sobre Relaciones Internacionales, las funciones de la misión diplomática son: 1) Representar al Estado acreditante ante el Estado receptor. 2) Proteger los intereses del Estado acreditarte y los de sus nacionales dentro del limite permitido por el derecho internacional. 3) Negociar con el gobierno del Estado receptor 4) Enterarse por todos los medios lícitos de las condiciones y evolución de los acontecimientos en el Estado receptor e informar de ello al gobierno del Estado acreditante. 5) Fomentar las relaciones amistosas y desarrollar las de carácter económico, cultural y científico
LOS AGENTES DIPLOMATICOS La Convención clasifica a los jefes de misión en las siguientes categorías: 1) Embajadores o nuncios acreditados ante los jefes de Estado. 2) Otros jefes de misión de rango equivalente. 3) Los enviados 4) Ministros e internuncios acreditados ante los jefes de Estado. 5) Encargados de negocios acreditados ante los Secretarios (Ministros) de relaciones exteriores.
LOS AGENTES DIPLOMATICOS La Convención señala los siguientes privilegios y exenciones personales de los agentes diplomáticos: 1) Exención de la prestación de servicios personales (art.35). 2) Derecho a no comparecer como testigo (art 31.2). 3) Exención de las disposiciones de la seguridad social (art. 33.1). 4) Exención del pago de impuestos y gravámenes reales o personales, nacionales, regionales o municipales.*  * Salvo impuestos indirectos, impuesto sobre sucesiones, sobre capital invertido en empresas del estado receptor y por servicios particulares prestados, bienes inmuebles privados o ingresos de origen en el Estado receptor (art. 36 párr. 2). 5) Exención de inspección del equipaje personal (art. 36, párr. 2).
LOS AGENTES DIPLOMATICOS La Convención señala los siguientes privilegios y exenciones personales de los agentes diplomáticos: 6) Derecho a utilizar la bandera y el escudo en su residencia y en sus medios de trasporte. 7) Exención de los derechos de aduana sobre los objetos para uso personal del agente diplomático y su familia, incluidos los de instalación (art. 36.1). 8) Exención de las disposiciones de la seguridad social (art. 33.1). Además, el Estado receptor deberá tomar todo tipo de medidas para proteger su persona, libertad y dignidad.
LOS AGENTES CONSULARES Los agentes consulares son agentes que un Estado establece en ciudades de otros Estados, con el fin de proteger sus intereses y los de sus nacionales.  A diferencia de los agentes diplomáticos, los agentes consulares no realizan actos de naturaleza política. Ed Clancy, Agente Consular de EUA en San Miguel de Allende, Gto.   Agente consular estadunidense Jaime Zapata
LOS AGENTES CONSULARES Las funciones de un agente consular son variadas: 1) Protección de los nacionales. 2) Informar al Estado acreditante de lo que ocurre en el Estado receptor. 3) Funciones de carácter administrativo. 4) Funciones de colaboración con los tribunales de justicia. 5) Otras relativas al estado civil de las personas. 5) Funciones relacionadas con la navegación marítima, el comercio y el ejercicio de las profesiones.
LOS AGENTES CONSULARES Entre los cónsules se ha distinguido 2 categorías: 1) Cónsules de carrera Son funcionarios públicos del Estado que los designa y poseen su nacionalidad; sus honorarios son cubiertos por el Estado que los envía. 4) Cónsules honorarios Pueden ser súbditos del Estado que los designa o bien extranjeros, y ejercen el comercio u otras profesiones; sus servicios son gratuitos, aunque pueden recibir ciertas subvenciones.
LOS AGENTES CONSULARES En lo tocante a las inmunidades, privilegios y facilidades de los consulados, la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1961 establece las siguientes: Facilidades: 1) Todas las necesarias para el ejercicio de las funciones de la referida oficina. 2) Prestar la ayuda necesaria para la adquisición, por el Estado que envía, de los locales. 3) Facilitar la libre comunicación 4) Informar sin retraso a la oficina consular de los casos de detención, arresto o prisión de los nacionales del Estado que envía.
LOS AGENTES CONSULARES Privilegios: 1) Exención fiscal para locales consulares y en la residencia del cónsul de carrera. 2) Libertad de transito y circulación de los miembros de dicha oficina por el territorio de Estado. 3) Libertad de comunicación de la oficina consular. 4) Exención fiscal sobre cantidades recibidas por concepto de aranceles y derechos consulares.
LOS AGENTES CONSULARES Inmunidades e inviolabilidad: 1) Inviolabilidad de locales consulares sin autorización del jefe de oficina. 2) Inviolabilidad de documentos, archivos y correspondencia. 3) Inmunidad de la oficina consular.
LOS AGENTES CONSULARES Por otro lado, a los funcionarios de carrera y demás miembros de la oficina consular se les reconocen las siguientes facilidades, privilegios e inmunidades: Facilidades: 1) Buen trato y seguridad de su persona, libertad o dignidad. 2) Comunidad al jefe de la oficina el arresto o detención de un miembro de la oficina consular. 3) Al se llamado como testigo, que no se le perturbe en el ejercicio de sus funciones.
Privilegios: 1) Exención de inscripción en el registro de extranjeros o de obtener el permiso de residencia. 2) Eximirlos de la obligación de prestar testimonios por hechos relacionados con el ejercicio de sus funciones. 3) Exenciones del permiso de trabajo. 4) Exención de disposiciones sobre seguridad social. 5) Exención fiscal de impuestos y gravámenes reales o personales, nacionales, regionales o municipales. 6) Concesión de franquicias aduaneras para objetos de uso oficial y de uso personal de funcionarios y familiares. 7) Permiso de exportación de bienes muebles y exención de pago de impuestos por trasmisiones de los mismos. 8) Exención de prestaciones personales.
Inmunidades e inviolabilidad: 1) Inviolabilidad personal, salvo por delitos graves y por decisión de autoridad judicial competente. 2) Inmunidad de jurisdicción por actos en ejercicio de sus funciones, salvo en el caso de un procedimiento civil: a) Que resulte de un contrato que el funcionario consular o el empleado consular no hayan concertado explícitamente o implícitamente, como agente del Estado que envía, o b) Que sea entablado por un tercero como consecuencia de daños causados por un accidente de vehículo, buque o avión, ocurrido en el Estado receptor Los funcionarios honorarios y las oficinas consulares dirigidas por ellos tienen las mismas facilidades, inmunidades y privilegios, con algunas salvedades.
En México, las funciones, privilegios e inmunidades del cuerpo diplomático y consular están reguladas por la Ley del Servidor Exterior Mexicano.  Gracias por su atención
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Organos de las relaciones internacionales

  • 1. LOS ÓRGANOS DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES
  • 2. Los Estados son miembros de la comunidad internacional. No viven en aislamiento, por tanto, han de relacionarse entre si pero, requieren de personas físicas que los representen. Los órganos del Estado encargados de manejar los asuntos internacionales son los siguientes: El Jefe de Estado El Secretario de Relaciones Exteriores Los Agentes Diplomáticos Los Agentes Consulares
  • 3. EL JEFE DE ESTADO Sus competencias respecto de las relaciones internacionales se encuentran en el derecho interno de cada Estado. Presidente Barack Obama El presidente francés Nicolas Sarkozy con los Jefes de Estado de los países de la zona euro Primer Ministro Chino
  • 4. EL JEFE DE ESTADO En el plano internacional le corresponde el llamado iusrepresentationis, que consiste en: La dirección de la política exterior La conclusión de tratados. La facultad de enviar y recibir agentes diplomáticos y consulares.
  • 5. EL JEFE DE ESTADO Goza internacionalmente de un estatus privilegiado cuando visita otros estados. Los privilegios, la inviolabilidad e inmunidades de que goza en tales ocasiones son las siguientes: 1) Respecto a su persona. 2) Inmunidad en jurisdicción penal 3) Inmunidad civil 4) Inmunidad de policía 5) Exoneración de impuestos 6) Ejercer en el extranjero funciones propias de su cargo
  • 6. EL SECRETARIO DE RELACIONES EXTERIORES Es el jefe de la rama administrativa que dirige la política exterior bajo la autoridad del jefe de Estado. Secretaria de Estado Hillary Rodham Clinton  Secretaria de Relaciones Exteriores de México, Patricia Espinosa Ministro de Relaciones Exteriores Chile 
  • 7. EL SECRETARIO DE RELACIONES EXTERIORES La denominación puede variar de uno a otro país, en Estados Unidos se denomina «Secretario de Estado»; en Inglaterra, Ministro encargado de la «Foreing Office». En el plano internacional El derecho interno Las inmunidades y privilegios se encuentran reguladas por costumbre internacional, se hace referencia a ellas en el art. 21 de la Convención sobre Misiones Especiales de 1969. Le concede competencia para hacer declaraciones en nombre del Estado en el campo de las relaciones internacionales.
  • 8. LOS AGENTES DIPLOMATICOS Los agentes diplomáticos son agentes que un Estado envía a otro para participar en las relaciones entre ambos. DiplomáticoIraniSaeedJalili and negociadorestadounidenseWilliam Burns Henry Alfred Kissinger, politólogo, diplomático y secretario de Estado Estadounidense. Diplomático Nicaragüense César Antonio Mercado P.
  • 9. LOS AGENTES DIPLOMATICOS Conforme a la Convención de Viena sobre Relaciones Internacionales, las funciones de la misión diplomática son: 1) Representar al Estado acreditante ante el Estado receptor. 2) Proteger los intereses del Estado acreditarte y los de sus nacionales dentro del limite permitido por el derecho internacional. 3) Negociar con el gobierno del Estado receptor 4) Enterarse por todos los medios lícitos de las condiciones y evolución de los acontecimientos en el Estado receptor e informar de ello al gobierno del Estado acreditante. 5) Fomentar las relaciones amistosas y desarrollar las de carácter económico, cultural y científico
  • 10. LOS AGENTES DIPLOMATICOS La Convención clasifica a los jefes de misión en las siguientes categorías: 1) Embajadores o nuncios acreditados ante los jefes de Estado. 2) Otros jefes de misión de rango equivalente. 3) Los enviados 4) Ministros e internuncios acreditados ante los jefes de Estado. 5) Encargados de negocios acreditados ante los Secretarios (Ministros) de relaciones exteriores.
  • 11. LOS AGENTES DIPLOMATICOS La Convención señala los siguientes privilegios y exenciones personales de los agentes diplomáticos: 1) Exención de la prestación de servicios personales (art.35). 2) Derecho a no comparecer como testigo (art 31.2). 3) Exención de las disposiciones de la seguridad social (art. 33.1). 4) Exención del pago de impuestos y gravámenes reales o personales, nacionales, regionales o municipales.* * Salvo impuestos indirectos, impuesto sobre sucesiones, sobre capital invertido en empresas del estado receptor y por servicios particulares prestados, bienes inmuebles privados o ingresos de origen en el Estado receptor (art. 36 párr. 2). 5) Exención de inspección del equipaje personal (art. 36, párr. 2).
  • 12. LOS AGENTES DIPLOMATICOS La Convención señala los siguientes privilegios y exenciones personales de los agentes diplomáticos: 6) Derecho a utilizar la bandera y el escudo en su residencia y en sus medios de trasporte. 7) Exención de los derechos de aduana sobre los objetos para uso personal del agente diplomático y su familia, incluidos los de instalación (art. 36.1). 8) Exención de las disposiciones de la seguridad social (art. 33.1). Además, el Estado receptor deberá tomar todo tipo de medidas para proteger su persona, libertad y dignidad.
  • 13. LOS AGENTES CONSULARES Los agentes consulares son agentes que un Estado establece en ciudades de otros Estados, con el fin de proteger sus intereses y los de sus nacionales. A diferencia de los agentes diplomáticos, los agentes consulares no realizan actos de naturaleza política. Ed Clancy, Agente Consular de EUA en San Miguel de Allende, Gto.   Agente consular estadunidense Jaime Zapata
  • 14. LOS AGENTES CONSULARES Las funciones de un agente consular son variadas: 1) Protección de los nacionales. 2) Informar al Estado acreditante de lo que ocurre en el Estado receptor. 3) Funciones de carácter administrativo. 4) Funciones de colaboración con los tribunales de justicia. 5) Otras relativas al estado civil de las personas. 5) Funciones relacionadas con la navegación marítima, el comercio y el ejercicio de las profesiones.
  • 15. LOS AGENTES CONSULARES Entre los cónsules se ha distinguido 2 categorías: 1) Cónsules de carrera Son funcionarios públicos del Estado que los designa y poseen su nacionalidad; sus honorarios son cubiertos por el Estado que los envía. 4) Cónsules honorarios Pueden ser súbditos del Estado que los designa o bien extranjeros, y ejercen el comercio u otras profesiones; sus servicios son gratuitos, aunque pueden recibir ciertas subvenciones.
  • 16. LOS AGENTES CONSULARES En lo tocante a las inmunidades, privilegios y facilidades de los consulados, la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1961 establece las siguientes: Facilidades: 1) Todas las necesarias para el ejercicio de las funciones de la referida oficina. 2) Prestar la ayuda necesaria para la adquisición, por el Estado que envía, de los locales. 3) Facilitar la libre comunicación 4) Informar sin retraso a la oficina consular de los casos de detención, arresto o prisión de los nacionales del Estado que envía.
  • 17. LOS AGENTES CONSULARES Privilegios: 1) Exención fiscal para locales consulares y en la residencia del cónsul de carrera. 2) Libertad de transito y circulación de los miembros de dicha oficina por el territorio de Estado. 3) Libertad de comunicación de la oficina consular. 4) Exención fiscal sobre cantidades recibidas por concepto de aranceles y derechos consulares.
  • 18. LOS AGENTES CONSULARES Inmunidades e inviolabilidad: 1) Inviolabilidad de locales consulares sin autorización del jefe de oficina. 2) Inviolabilidad de documentos, archivos y correspondencia. 3) Inmunidad de la oficina consular.
  • 19. LOS AGENTES CONSULARES Por otro lado, a los funcionarios de carrera y demás miembros de la oficina consular se les reconocen las siguientes facilidades, privilegios e inmunidades: Facilidades: 1) Buen trato y seguridad de su persona, libertad o dignidad. 2) Comunidad al jefe de la oficina el arresto o detención de un miembro de la oficina consular. 3) Al se llamado como testigo, que no se le perturbe en el ejercicio de sus funciones.
  • 20. Privilegios: 1) Exención de inscripción en el registro de extranjeros o de obtener el permiso de residencia. 2) Eximirlos de la obligación de prestar testimonios por hechos relacionados con el ejercicio de sus funciones. 3) Exenciones del permiso de trabajo. 4) Exención de disposiciones sobre seguridad social. 5) Exención fiscal de impuestos y gravámenes reales o personales, nacionales, regionales o municipales. 6) Concesión de franquicias aduaneras para objetos de uso oficial y de uso personal de funcionarios y familiares. 7) Permiso de exportación de bienes muebles y exención de pago de impuestos por trasmisiones de los mismos. 8) Exención de prestaciones personales.
  • 21. Inmunidades e inviolabilidad: 1) Inviolabilidad personal, salvo por delitos graves y por decisión de autoridad judicial competente. 2) Inmunidad de jurisdicción por actos en ejercicio de sus funciones, salvo en el caso de un procedimiento civil: a) Que resulte de un contrato que el funcionario consular o el empleado consular no hayan concertado explícitamente o implícitamente, como agente del Estado que envía, o b) Que sea entablado por un tercero como consecuencia de daños causados por un accidente de vehículo, buque o avión, ocurrido en el Estado receptor Los funcionarios honorarios y las oficinas consulares dirigidas por ellos tienen las mismas facilidades, inmunidades y privilegios, con algunas salvedades.
  • 22. En México, las funciones, privilegios e inmunidades del cuerpo diplomático y consular están reguladas por la Ley del Servidor Exterior Mexicano. Gracias por su atención