1. POLÍTICAS DE LA OACI
I
SOBRE DERECHOS AEROPORTUARIOS
Y POR SERVICIOS
DE NAVEGACIÓN AÉREA
Adoptadas por el Consejo el 22 de junio de 1992, en la 14 a sesión de su 136
o período de sesiones y enmendadas por el mismo órgano el 8 de diciembre
de 2000, en la 18 a sesión de su 161 o período de sesiones
Consideraciones a la Plataforma
Tecnológica de la Aviación Civil
Elaborado por: Ing. Tulio Mármol
Dr. Francisco Ramirez
2. Derechos e Impuestos
Los derechos son los gravámenes
que se cobran para cubrir los
costos del funcionamiento de las
instalaciones y los servicios
proporcionados a la aviación civil.
Mientras que los impuestos se
cobran con miras a recaudar
ingresos para el gobierno local y
nacional y se utilizan con fines no
aeronáuticos.
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3. Limitaciones a la Implementación
del PRNA
Venezuela dispone de limitados recursos financieros para
proporcionar y mantener las instalaciones y los servicios
aeroportuarios y de navegación aérea que son requeridos en el
plan regional de navegación aérea CAR-SAM.
Entre otras cosas debido a la insuficiente utilización de
aeropuertos y los servicios de navegación aérea y no haber
realizado inversiones, que permitan hacer frente a los elevados
costos de obtener equipos de otros Estados, y contratar y
mantener a personal competente en número suficiente.
Sin embargo podemos apoyarnos en que el Consejo OACI,
permanentemente toma decisiones apropiadas con miras a
obtener ayudas para los Estados con limitaciones, en lo que
respecta a la planificación y financiamiento de los servicios de
navegación aérea, así como al suministro de recursos
humanos adecuados.
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4. Documentos de Soporte y su
Cumplimiento
Para asistir a los Estados en la
aplicación de las Políticas, la Secretaría
de la OACI ha preparado dos
manuales:
• Manual sobre los aspectos económicos
de los aeropuertos (Doc 9562); y el
• Manual sobre los aspectos económicos
de los servicios de navegación aérea
(Doc 9161).
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5. Otros Documentos de Soporte
Las políticas paralelas de la Asamblea y el
Consejo, sobre reglamentación de los
transportistas aéreos las cuales figuran en:
• Criterios y texto de orientación sobre la
reglamentación económica del transporte aéreo
internacional (Doc 9587); así como en el
• Manual de reglamentación del transporte aéreo
internacional (Doc 9626); y en el
• Documento Tarifas de aeropuertos y de servicios de
navegación aérea (Doc 7100) publicado
anualmente.
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6. Organización y Gestión
Recomendada
Autonomía y privatización
El Consejo observa ademas, que la
experiencia a escala mundial, indica que
cuando los aeropuertos y los servicios de
navegación aérea han sido explotados por
entidades autónomas, su situación financiera
global y la eficacia de la gestión han tendido a
mejorar. Casi todas las entidades que han sido
establecidas inicialmente por los gobiernos, si
bien en su explotación y en particular aquéllas
que explotan aeropuertos, se ha transferido
posteriormente parcial o completamente a
empresas privadas.
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7. Creación del INAC y la Cooperación
Internacional
El Consejo recomienda, por consiguiente, que
cuando corresponda a los intereses de los
proveedores y usuarios, los Estados consideren la
posibilidad de establecer entidades autónomas
para explotar sus aeropuertos o servicios de
navegación aérea, reconociéndose que en
algunas circunstancias una sola entidad pueda
explotar tanto los aeropuertos como los servicios
de navegación aérea, y que dicha entidad pueda
ser una autoridad autónoma de aviación civil.
El Consejo alienta también la cooperación internacional
en materia de suministro y explotación de servicios de
navegación aérea cuando esto corresponda a los
intereses de los proveedores y usuarios
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8. Mecanismo independiente de
reglamentación económica de aeropuertos y
servicios de navegación aérea
Dado el creciente suministro y
explotación de aeropuertos y
numerosos servicios de
navegación aérea, el Estado
debera establecer un HUB
mecanismo independiente de
reglamentación económica de
los aeropuertos y de los
servicios de navegación aérea.
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9. Objetivo del Mecanismo
Independiente de reglamentación
Dicho mecanismo, supervisaría las prácticas
económicas, comerciales y financieras, y sus objetivos
podrían extraerse o adaptarse a los siguientes puntos,
sin necesidad de limitarse a ellos:
i) Asegurar que no haya discriminación en la aplicación de los
derechos.
ii) Asegurar que no existan tarifas excesivas u otras prácticas
anticompetitivas o abuso de posición dominante.
iii) Asegurar la transparencia, así como la disponibilidad y
presentación de todos los datos financieros requeridos para
determinar la base de los derechos.
iv) Evaluar y alentar la eficiencia y la eficacia en el
funcionamiento de los proveedores.
v) Establecer y revisar las normas, la calidad y el nivel de los
servicios prestados.
vi) Vigilar y estimular las inversiones requeridas para satisfacer la
futura demanda.
vii) Asegurar los puntos de vista de los usuarios.
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10. Mejores prácticas
comerciales
El Consejo apoya la aplicación de los principios de las
mejores prácticas comerciales para los aeropuertos y los
servicios de navegación aérea, que permitan fomentar la
transparencia, la eficiencia y la rentabilidad en el suministro
de los servicios y disponer de las instalaciones de calidad
apropiada. Por consiguiente, el Consejo recomienda que
los Estados apliquen las mejores prácticas comerciales en
los siguientes sectores:
i) Calidad y puntualidad de los servicios.
ii) Evaluación de las propuestas de inversión.
iii) Procedimiento de consulta y trato a los usuarios.
iv) Prácticas de contabilidad y transparencia.
v) Otorgamiento de subvenciones.
vi) Planes de desarrollo.
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11. Recaudación colectiva de derechos
El Consejo recomienda que los Estados o sus proveedores
de servicios delegados consideren su participación en
organismos de recaudación colectiva de derechos cuando
esto sea ventajoso, teniendo en cuenta lo siguiente:
i) La importancia de que los Estados mismos
controlen la recaudación de sus derechos.
ii) La necesidad de un estudio cuidadoso de las
condiciones en que deba prestarse el servicio
de recaudación.
iii) La identificación y descripción de los costos de
los servicios que se les cobran.
iv) La introducción de toda tasa administrativa en
los derechos.
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12. Otros factores que afectan a la
situación económica de los aeropuertos
1/4 y los servicios de navegación aérea
Entre dichos factores figuran:
• La creciente liberalización de los servicios aéreos
• La concentración de transportistas aéreos,
incluyendo las fusiones
• Los cambios en los métodos de financiamiento,
considerándose que los aeropuertos (en particular)
y los proveedores de servicios de navegación aérea
deberían asumir la responsabilidad primaria en
materia de financiamiento de las inversiones en sus
requisitos de infraestructura.
• La gestión de la capacidad,
• La congestión de los aeropuertos y del espacio
aéreo;
• Y por último, las preocupaciones relativas al medio
ambiente. sigue ...
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13. Otros factores que afectan a la
situación económica de los aeropuertos
2/4 y los servicios de navegación aérea
... viene
• El Aumento en el número de entidades autónomas
que explotan aeropuertos o servicios de navegación
aérea. Esto da lugar a un mayor número de
situaciones en las que un aeropuerto esté
administrado por una entidad diferente a la que presta
los servicios de navegación aérea (control de
aproximación y de aeródromo y servicios de
navegación aérea en ruta).
• La necesidad de nuevos recursos para resolver el
problema de la congestión del espacio aéreo e
implantar sistemas de comunicaciones, navegación y
vigilancia (CNS) y de gestión del tránsito aéreo (ATM)
basados en satélites, así como otras instalaciones y
servicios multinacionales, y otras mejoras de la
infraestructura.
sigue ...
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14. Otros factores que afectan a la
situación económica de los aeropuertos
3/4 y los servicios de navegación aérea
... viene
• El Consejo observa que, dadas las circunstancias,
numerosos aeropuertos y proveedores de servicios de
navegación aérea pueden estimar necesario aumentar
los derechos y, en el caso de los aeropuertos,
intensificar la búsqueda de nuevos ingresos
procedentes de fuentes no aeronáuticas.
• El Consejo, reconociendo que los usuarios se enfrentan a
restricciones respecto a su selección de aeropuertos
específicos y de rutas para los vuelos, recomienda que se
proceda con cautela al procurar compensar las pérdidas de
ingresos y que se tenga en cuenta el efecto que tiene el
aumento de los derechos para los transportistas aéreos,
quienes pueden verse obligados a ajustar sus tarifas para
poder hacer frente a los aumentos de gastos imputables al
incremento de los derechos.
sigue ...
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15. Otros factores que afectan a la
situación económica de los aeropuertos
4/4 y los servicios de navegación aérea
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• El Consejo estima también que debería haber cierto
equilibrio entre los intereses respectivos de los aeropuertos
y los proveedores de servicios de navegación aérea, por
una parte, y los de los transportistas aéreos, por otra, en
vista de la importancia que el sistema de transporte aéreo
reviste para los Estados, así como su influencia para el
fomento del intercambio económico, cultural y social entre
los mismos. Esto corresponde particularmente a los
períodos de dificultad económica. Así, pues, el Consejo
recomienda que los Estados fomenten una mayor
cooperación entre los aeropuertos y los proveedores de
servicios de navegación aérea, por una parte, y los
transportistas aéreos, por otra, a fin de lograr que las
dificultades económicas a las que todos tienen que hacer
frente sean compartidas en forma razonable.
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16. Reconocimiento y Aclaratoria
El presente trabajo pretende dar cumplimiento
en todas las recomendaciones emanadas por el
Consejo de la OACI, en la elaboracion de la
arquitectura de la Plataforma Tecnologica de
la Aviación Civil, por ello se apoya en sus
publicaciones y respeta la institucionalidad de
las mismas. Haciendo los señalamientos
pertinentes.
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