UTPL Análisis - Las Normas Infraconstitucionales garantizan que el Estado cumpla con su obligación de adoptar medidas necesarias para prevenir en los niños niñas y adolescentes el uso de estupefacientes o psicotrópicos y el consumo de bebidas alcohólicas y otras sustancias nocivas para su salud y desarrollo
1. UNIVERSIDAD TÉCNICA PARTICULAR DE LOJA
La Universidad Católica de Loja
MODALIDAD ABIERTAY A DISTANCIA
ÁREA SOCIO HUMANÍSTICA
TITULACIÓN DE ABOGADO
TRABAJO DE FIN DETITULACIÓN.
AUTORA: Salazar Navarrete Angélica Elizabeth
DIRECTOR : Mgs. José Francisco Pereira Estupiñan
CENTRO UNIVERSITARIO: San Miguel de los Bancos
2015
2. PRESENTACION:
Al tratar de establecer el alcance de las normas constitucionales,
necesariamente debemos cuestionarnos si las normas y leyes
Infraconstitucionales creadas para su cumplimiento, garantizan efectivamente
esa correcta ejecución de las normas y leyes establecidas constitucionalmente.
Con la finalidad de lograr un acercamiento a la Constitucionalización de ese
ordenamiento jurídico ecuatoriano, La Universidad Técnica Particular de Loja,
ha realizado la explicación de las premisas teóricas, metodológicas y técnicas
para orientar a los estudiantes de la carrera de Jurisprudencia, guiando y
orientando hacia el tratamiento de los problemas de interpretación
constitucional.
Se realizó también el análisis de casos concretos, casos que se han dado en
nuestro país (Ecuador) y los pronunciamientos por parte de las autoridades
competentes, de lo que, se concluye el desarrollo de propuestas viables para
lograr el cumplimiento o ejecución de las normativas consagradas en nuestra
Constitución.
3. TEMA:
“Las Normas Infraconstitucionales garantizan que el Estado
cumpla con su obligación de adoptar medidas necesarias para
prevenir en los niños niñas y adolescentes el uso de
estupefacientes o psicotrópicos y el consumo de bebidas
alcohólicas y otras sustancias nocivas para su salud y desarrollo”.
Esto, en base al Art. 46 (núm. 5) de La constitución ecuatoriana, la misma
que dice: El Estado adoptará, entre otras, las siguientes medidas que
aseguren a las niñas, niños y adolescentes:
Prevención contra el uso de estupefacientes o psicotrópicos y el consumo
de bebidas alcohólicas y otras sustancias nocivas para su salud y desarrollo.
4. Antes que nada, a manera de introducción es necesario decir que
la tendencia a consumir sustancias estupefacientes o nocivas
para los niños, niñas y adolescentes se ha incrementado cada vez
más, lo cual se constituye un problema que debemos enfrentar
todos, buscando los mecanismos necesarios en beneficio de los
menores que es el grupo más vulnerable a caer en adiciones que
ponen en riesgo su salud y su vida; para ello, se ha determinado
que el consumo que mayormente ha incrementado en nuestro
país en los menores de edad, es el de las drogas, superando por
mucho al alcohol y al tabaco que antes ocupaban los primeros
lugares.
5. IDENTIFICACIÓN DE LAS NORMAS CONSTITUCIONALES:
Se ha identificado, las normas constitucionales concordantes con nuestro
tema materia de estudio:
Artículo 14,…. el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y
ecológicamente equilibrado que garantice el buen vivir.
Artículo 19,…. se prohíbe la emisión de publicidad que induzca entre
otros, a la toxicomanía y toda aquella que atente contra los derechos.
Artículo 32,…. la salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya
realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos, la
educación, la cultura física, los ambientes sanos y otros que sustentan
el buen vivir.
Artículo 39,…. que el Estado garantizará a las y los jóvenes, entre
otros, el derecho a la salud.
6. Artículo 39,…. que el Estado garantizará a las y los jóvenes, entre
otros, el derecho a la salud.
Artículo 46 numeral 5,….Prevención contra el uso de estupefacientes
o psicotrópicos y el consumo de bebidas alcohólicas y otras sustancias
nocivas para su salud y desarrollo.
Artículo 344….el Estado ejercerá la rectoría del Sistema Nacional de
Educación a través de la Autoridad Educativa Nacional, que formulará
la política nacional de educación; asimismo regulará y controlará las
actividades relacionadas con la educación, así como el
funcionamiento de las entidades del sistema.
Artículo 364….establece que las adicciones son un problema de salud
pública y que corresponderá al Estado desarrollar programas
coordinados de información, prevención y control del consumo de
tabaco y sustancias estupefacientes y psicotrópicas; así como ofrecer
tratamiento y rehabilitación a los consumidores ocasionales,
habituales y problemáticos.
7. IDENTIFICACIÓN DE LAS NORMAS
INFRACONSTITUCIONALES:
Las Normas Infraconstitucionales que han sido creadas para cumplir con la
norma Constitucional de nuestro análisis son las siguientes:
LEYES ORGANICAS:
Código Orgánico Integral Penal. (COIP).
Ley Orgánica de Salud Ecuador.
Ley Orgánica de Educación Intercultural.
Ley Orgánica de Educación Superior.
Ley Orgánica para la Regulación y Control delTabaco.
Código de la Niñez y Adolescencia.
Ley del Deporte Educación Física y Recreación.
8. TRATADOSY CONVENIOS INTERNACIONALES:
Acuerdo Bilateral con Perú para Brindar Atención en Salud.
La Convención Única sobre Estupefacientes.
Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas.
Convención de las Naciones Unidas Contra elTráfico Ilícito de
Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas.
Convención Interamericana sobre Asistencia Mutua en Materia Penal.
Convenio marco con la OPT.
Las Naciones Unidas y la Fiscalización del Uso Indebido de Drogas,
NuevaYork
9. OTROS ACTOSY RESOLUCIONES DE PODERES:
Plan Nacional de Desarrollo para el BuenVivir.
Plan Nacional de Prevención Integral de Drogas 2012-2013.
Declaración del Sistema Nacional de Educación Libre de Tabaco y
Alcohol.
Normativa para la Organización y Funcionamiento del Departamento
de Consejería. Estudiantil en los Establecimientos del Sistema
Nacional de Educación.
10. CASO UNO.-
Tipo de Norma: Resolución de la Corte Constitucional 89
Publicación: Registro Oficial Suplemento 121
Fecha de publicación: 04-may-2009
Estado: Vigente
NIEGA HABEAS CORPUS POR PRIVACION DE LIBERTAD
TERCERA SALA
Quito D. M. 15 de abril de 2009
No. 0089-2008-HC
Juez ponente: Doctor ManuelViteri Olvera
En el caso signado con el No. 0089-2008-HC
Los casos que fueron analizados, debido a su extensión no se los expone a
continuación, solamente se hace mención a los datos generales de cada uno de ellos:
JURISPRUDENCIAS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL ECUATORIANA
11. CASO DOS.-
Tipo de Norma: Resolución de la Corte Constitucional 1
Publicación: Registro Oficial Suplemento 275
Fecha de publicación: 25-jun-2014
Estado: Vigente
NIEGA ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD DE
REGLAMENTO LEY EDUCACION.
Resolución de la Corte Constitucional 1, Registro Oficial
Suplemento 275 de 25 de Junio del 2014.
SENTENCIA No. 001-14-SIN-CC
CASO No. 0057-12-IN
CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR
12. CASOTRES.-
Tipo de Norma: Resolución de la Corte Constitucional 1378
Publicación: Registro Oficial Suplemento 1
Fecha de publicación: 18-ago-2009
Estado: Vigente
NIEGA ACCION DE AMPARO POR CLAUSURA SALON DE
JUEGOS.
Resolución de la Corte Constitucional 1378, Registro Oficial
Suplemento 1 de 18 de Agosto del 2009.
TERCERA SALA
Quito, D. M., 29 de julio de 2009
No. 1378-2008-RA.
Juez Ponente: Dr. ManuelViteri Overa.
En el Caso No. 1378-2008-RA.
13. CASO CUATRO.-
Tipo de Norma: Resolución de la Corte Constitucional 91
Publicación: Registro Oficial Suplemento 97
Fecha de publicación: 04-feb-2009
Estado:Vigente
CONCEDE RECURSO DE HABEAS CORPUS POR DETENCION
ILEGAL.
Resolución de la Corte Constitucional 91, Registro Oficial
Suplemento 97 de 4 de Febrero del 2009.
TERCERA SALA
Quito D. M., 20 de enero del 2009.
No. 0091-2008-HC
Juez ponente: Dr. Hernando MoralesVinueza
Caso No. 0091-2008-HC
14. CASO CINCO.-
Tipo de Norma: Resolución delTribunal Constitucional 54
Publicación: Registro Oficial Suplemento 361
Fecha de publicación: 21-sep-2006
Estado: Vigente
CONCEDE EL RECURSO DE HABEAS CORPUS. Resolución
delTribunal Constitucional 54, Registro Oficial Suplemento
361, 21 de Septiembre del 2006.
Magistrado ponente: Dr. José García Falconí
15. CASO UNO.-
Tipo de Norma: Expediente de Casación 563
Publicación: Registro Oficial Suplemento 166
Fecha de publicación: 16-sep-2014
Estado: Vigente
DELITO DETENENCIAY POSESION ILICITA DE
ESTUPEFACIENTES. Expediente 563, Registro Oficial
Suplemento 166, 16 de Septiembre del 2014. -No. 563-2010 MAV
IMPUTADO: Narváez Morales Ramiro Fabián.
OFENDIDO: Estado Ecuatoriano.
JUEZ PONENTE Dr.Wilson Merino Sánchez.
CORTE NACIONAL DE JUSTICIA SALA ESPECIALIZADA DE LO
PENAL
Quito, 18 Junio de 2012; a las 10h15.
JURISPRUDENCIA DE LA CORTE NACIONAL DE JUSTICIA:
16. Para complementar nuestra investigación y poder reafirmar el criterio
obtenido, se realizó entrevistas a expertos en el tema Constitucional y
de manera específica en el tema que estamos tratando.
Los expertos que colaboraron en las entrevistas realizadas, en las cuales
se preguntó su opinión acerca de que: “Si las normas
Infraconstitucionales garantizan que se cumpla la Constitución;
específicamente en el tema del art. 46 de la Constitución, que dice que
el estado adoptará entre otras las siguientes medidas que aseguren a las
niñas, niños y adolescentes: El numeral 5 sobre la prevención contra el
uso de estupefacientes o psicotrópicos y el consumo de bebidas
alcohólicas y otras substancias nocivas para la salud y desarrollo”, sus
opiniones al respecto, se presentan a continuación.
17. Datos del Entrevistado: Dr. Ramiro Ávila Santa María
Actividad del Entrevistado: Constitucionalista, Catedrático y expositor
experto en temas Constitucionales, Penales y de Derechos Humanos de la
Universidad Andina (Ecuador).
Fecha de la Entrevista: 22 de diciembre del 2014
Nos dice que a su criterio, la norma constitucional tiene ya algunos
dispositivos infraconstitucionales legales y que son adecuados; por lo tanto, el
problema no es infra legal, manifiesta que no se va a resolver ni se va a
prevenir el uso de drogas con cambios normativos ya que estos no producen
cambios en la realidad, que el problema va por otro lado, no por la reforma
legal, sino, por el cambio de concepción, de los paradigmas en la gente que
aplica las leyes, las concepciones de la gente que aplica las normas en los
centros educativos, en los centros de rehabilitación de adolescentes, en la
policía, en los profesores, etc.
Por lo tanto, no hace falta normas para cumplir la ley, ya que el problema con
las drogas no es uno, son varios y uno de esos es la concepción que se tiene de
droga como que fuera negativo, indica que es necesario cambiar eso.
ENTREVISTA 1.-
18. Indica que quien se droga, es por otras razones distintas a lo que la gente
cree y generalmente es porque tiene problemas y hay que abordar esos
problemas y no las drogas; también se manifiesta que el concepto del
niño y adolescente no se acaba solo asumiendo que son sujetos de
derechos, se sigue considerando que son objetos y las personas que
consumen drogas se consideran que son potenciales criminales ahí hay
un problema también en la concepción, insisto en que no es un problema
de leyes es un problema de concepción de la gente y de las substancias.
Concluye que no hace falta legislación secundaria, lo que hay que hacer
es abordar los temas de que están viendo los niños en sus casas, en su
tiempo libre, qué programas de televisión ven, la violencia que existe en
la sociedad y eso de la estructuración de la familia, la falta de afectividad
y el problema no es las leyes, el problema es la vida, es la realidad;
entonces la prevención no pasa por cambiar las leyes; sino, por tener
programas y gente que sea capacitada para tratar estos temas.
19. Datos del Entrevistado: Dr. Marco AsimbayaTorres
Actividad del Entrevistado: Abogado en libre ejercicio con maestría en
Ciencias Internacionales, Constitucionales y otra maestría en Derecho
Procesal Civil y Derecho de Familia.
Fecha de la Entrevista: 22 de diciembre del 2014
Nos manifiesta que el Estado no garantiza el cumplimiento de esta
norma constitucional, porque las niñas, niños y adolescentes se
encuentran expuestos a los peligros del consumo tanto en el ambiente
social, así como en el ambiente familiar.
Expresa que nuestro país tiene este problema, de que por ley no falta,
pero en la aplicabilidad no tenemos centros que en la realidad sean un
verdadero apoyo y colaboración para el desarrollo del niño, que si bien la
ley es clara en respecto a la protección al menor, el Código de la Niñez,
Derechos Humanos, Derechos del Niño, Convenciones, etc., dan la
protección del menor, pero no hay los centros adecuados de ayuda o de
prevención del consumo de los psicotrópicos o sustancias.
ENTREVISTA 2.-
20. Agrega que si bien es cierto existen un sinnúmero de leyes tendientes a la
protección de estos derechos, lo que necesitamos es mayor control de su
cumplimiento y esto sí que es un deber y obligación del estado el velar porque
los mismos se cumplan de manera efectiva y sobre todo ágil y oportuna, para
lo cual, es necesario el control institucional de cada una de las entidades
llamadas a ello, porque de nada sirve que existan leyes, normas, etc., si no hay
un organismo articulado que garantice y controle su cumplimiento.
Finalmente nos dice que la responsabilidad no es únicamente del Estado o una
institución de manera específica; que es un tema que afecta a todas las áreas y
niveles de la población, por ende, tiene que ver en todos los ámbitos: sociales,
culturales, de educación, salud y aún a nivel familiar, por lo tanto todos
deberían estar involucrados ya que solo así, con la unidad se podrá hacer algo
que efectivamente ayude a nuestros niños y jóvenes a salir adelante, a no caer
o a salir de las garras de este terrible mal que se incrementa de manera
desmedida y del cual todos estamos llamados a protegerlos ya que la
comunidad y la sociedad o padres de familia son quienes conocen o pueden
aportar de mejor manera con alternativas válidas para mitigar y frenar el
avance desmedido y alarmante que se ha visto reflejado en los últimos
tiempos.
21. De lo que se trata es de que haya apoyo a los menores y
sobre todo el cariño necesario para brindar una estabilidad
emocional a los mismos; es sabido que los menores que
mayor vulnerabilidad presentan son quienes se ven
afectados por diversas causas en relación al ámbito
personal y familiar los que buscan en las sustancias un
refugio o escape a sus problemas o porque debido a la falta
de comprensión en sus hogares se relacionan con personas
que buscan precisamente a quienes tienen estos problemas
y que son presa fácil de caer en estas tendencias; así que
muy pocos lo hacen por simple curiosidad.
22. CONCLUSIÓN DE LAS ENTREVISTAS REALIZADAS
Como hemos visto, de las entrevistas realizadas a los expertos en el tema
constitucional Dr. Ramiro Ávila Santa María y Dr. Marco Asimbaya Torres,
los dos concluyen que en nuestro país, las leyes existen, y todas son
tendientes a la protección de los menores, por tanto, no habría que
inventarse más leyes o normativas que las ya existentes; existen
ministerios, existen policías, existen centros educativos; por lo tanto,
considero que efectivamente hay que cambiar las concepciones de formas
de intervención, las concepciones de lo que es niño y al tener conciencia de
que debe ir enfocado en el ámbito educativo, encaminarlo en el aspecto
formativo de los menores.
23. PROPUESTA DE DESARROLLO NORMATIVO:
En el año 2012, se elaboró el Plan Nacional de Prevención Integral de
Drogas 2012-2013, con la participación de varios Ministerios, Fiscalía
General del Estado, Instituto de Altos Estudios Nacional y la Secretaría
Ejecutiva del CONSEP.
Desde entonces, las acciones de prevención al uso y consumo de alcohol,
tabaco y otras drogas han sido desarrolladas de manera aislada y con poca
cobertura, la mayoría de acciones se han desarrollado en las ciudades y
lamentablemente no se contó con la participación Gobiernos Autónomos
Descentralizados, dirigentes barriales en general y mucho menos con la
comunidad, ya que en la coordinación con los mismos no se cuenta con
una organización interinstitucional o gubernamental que permita
desarrollar acciones conjuntas de prevención integral de manera efectiva y
con cobertura a nivel nacional.
24. Partiendo de los resultados obtenidos del Resumen Ejecutivo de la
Cuarta Encuesta a Estudiantes 2012, realizada por el CONSEP, es
evidente que existe un alto consumo de sustancias estupefacientes,
psicotrópicas y otras sustancias nocivas para la salud y desarrollo de las
niñas, niños y adolescentes y que el problema va en aumento a pesar de
que existe una percepción general de los estudiantes de que en su colegio
si se realizan actividades de tipo preventivo y que además los maestros y
autoridades muestran constante interés en tratar estos temas en el
colegio, estas acciones no han sido suficientes.
25. ARGUMENTO PRINCIPAL:
De las entrevistas realizadas a expertos y las sentencias que fueron analizadas,
se evidencia que en nuestro país, existen casos, en los cuales se ha
comprobado el acto de tenencia, posesión y tráfico de sustancias
estupefacientes psicotrópicas y otras sustancias nocivas para los niños, niñas y
adolescentes; en muchos de los cuales, quienes se dedican a su
comercialización, los utilizan por su inimputabilidad o pretenden valerse del
hecho de serlo para evitar ser juzgados, tratando de inducir a la autoridad al
error, minimizando el impacto que puede causar o a su vez, victimizando a los
que cometen estos ilícitos, haciendo mal uso de las garantías constitucionales;
todo esto representa un peligro y es clara la necesidad de mayor prevención,
control y aplicación de las normativas que protegen a los menores para frenar
o erradicar el consumo de estas sustancias. El reto es la prevención en el
consumo de alcohol, tabaco y toda clase de sustancias estupefacientes y
psicotrópicas en los niños, niñas y adolescentes, ya es uno de los principales
problemas que afectan a la juventud en nuestro país.
26. Existe falta de coordinación y comprometimiento institucional de las
autoridades competentes,
Tenemos una idea tanto de la problemática ante lo cual se ha formulado
políticas públicas de protección; sin embargo no hay las acciones necesarias
tendientes a la que se dé el efectivo cumplimiento de las mismas.
El Estado debe implementar mayor cantidad de centros de prevención así
como de desintoxicación especializado en atención a menores; esta
propuesta de creación de centros de rehabilitación, obviamente se
enmarca dentro de la prevención y sería en este caso, la prevención a la
reincidencia de quienes ya han sido víctimas del consumo de sustancias
estupefacientes, psicotrópicas, alcohol, etc., para que reciban un
tratamiento adecuado o reciban motivación y sean orientados al
conocimiento del daño que les ocasionan estas sustancias; y, más que todo
que estos centros sean orientados a reinsertar a los menores en una labor
que sea social, con activiades en el futuro les pueda generar un ingreso
económico para que esos menores salgan con esa motivación, no a
consumir, o a delinquir; sino a ser útiles para ellos, la sociedad y por ende
sus familias.
27. Es necesario que se establezca como política pública nacional la
creación, permanencia y control de organismos especializados en
la aplicación de programas, medidas, estrategias e
intervenciones que abarcan el centro escolar, la participación de
padres y madres, la comunidad local, así como los medios de
comunicación, la publicidad, las etiquetas de advertencia y las
leyes y regulaciones.
28. ARGUMENTOS DERIVADOS:
Argumento derivado 1:
Es indispensable preparar un programa de especialización de
profesionales en políticas públicas sobre drogas mediante o a través
cursos, talleres y seminarios ya que nuestro país no cuenta con un
programa de especialización de profesionales en políticas públicas
sobre prevención y rehabilitación en consumo de sustancia
estupefacientes, psicotrópicas o sustancias nocivas y mucho menos con
especialización de estos en la atención a niños, niñas y adolescentes.
Los mecanismos que el estado debería incrementar sería contar con los
profesionales psicólogos, médicos y personal altamente capacitados y
especializados; es decir, que sean personas que conozcan a fondo la
situación de los menores, que puedan orientar al conocimiento de lo
que es el hecho de su consumo, para primero explicarles el alcance, el
perjuicio que esto ocasiona con el dicho consumo y recibir los
correspondientes talleres, capacitación y orientación y motivación
29. Haciendo especial énfasis en lograr conocer los motivos por los
cuales los menores caen en el consumo de los mismos, para así
poder lograr que se rehabiliten; adicionalmente, debería
abarcarse aún más allá del enfoque solo en el menor, sino
también a sus familias porque la idea no es solamente sancionar,
castigar, la idea es orientar ayudar, apoyar y que esa persona
salga.
De manera personal también considero que por leyes no falta, lo
que si falta es personal capacitado y centros adecuados en donde el
menor, el niño o el adolescente incluso el adulto reciban verdadera
orientación y ayuda, para que esto se logre de manera exitosa,
debería mejorarse el sistema de capacitación a nivel institucional
que vaya desde las instituciones educativas hasta las del sistema
de salud pública.
30. Argumento derivado 2:
Desarrollar herramientas o instrumentos técnicos como manuales,
procesos, procedimientos, instructivos, etc., con el objeto de manejar
un único criterio las acciones; así como, proponer la creación de
instrumentos metodológicos que permitan realizar técnicamente
procesos de seguimiento y evaluación de impacto de los proyectos y
acciones que se desarrollan en prevención integral. Ya que a pesar de la
elaboración del mencionado Plan, el problema del consumo de
sustancias estupefacientes y psicotrópicas continúa y con el agravante
que en los últimos tiempos los adolescentes se encuentran consumiendo
heroína más comúnmente conocida como la “h”, sustancia altamente
adictiva; de igual manera, se ha incrementado de manera alármate
luego del consumo de drogas, el consumo de alcohol y tabaco en los
menores.
31. Es importante fortalecer internamente las Redes interinstitucionales
que coordinen acciones enfocadas a incluir a las autoridades y la
sociedad en general, comprometiendo más a las personas y
organizando de mejor manera el trabajo que estas instituciones
realizan; y por otro lado, desde el exterior, coordinando con otras la
sociedad y las personas niños, niñas y adolescentes y sus familias que
están involucradas con la problemática y también a aquellos que no lo
están, fomentando el campo preventivo.
Es necesario emprender acciones que garanticen el control y
cumplimiento de las normas y leyes a todo nivel, para controlar el
expendio y consumo de sustancias estupefacientes y sicotrópicas así
como el alcohol y tabaco, sobre todo en los grupos poblacionales más
vulnerables como son los adolescentes.
32. Argumento derivado 3:
La prevención del consumo de drogas de manera principal y del
consumo de otras sustancias, es uno de los ejes de acción
fundamentales para enfrentar este problema vigente en la población
ecuatoriana; entendiendo que las actividades, acciones y programas
implementados con este objetivo deben centrarse en la persona,
fomentando su participación activa, creando conciencia de
corresponsabilidad social, reforzando los elementos de protección
frente al consumo y disminuyendo los factores de riesgo.
De ahí que se haya planteado la necesidad de disponer de un
conocimiento especializado sobre aquellas políticas, estrategias e
intervenciones preventivas que han resultado efectivas cuando han sido
evaluadas con métodos de rigor científico, y que han demostrado ser
exitosas a la hora de lograr una disminución del consumo de sustancias
en los menores.
33. Hay que reconocer que el Estado juega un papel importante en la
solución y la respuesta a la problemática. Si bien es cierto, a través del
CONSEP se han logrado varias capacitaciones a varias personas y éstas
han sido entes multiplicadores en sus instituciones; se requiere además,
como ya se ha mencionado, un mayor aporte económico para la
creación y manejo de los centros especializados en el cuidado de niñas,
niños y adolescentes para la rehabilitación de quienes tienen problemas
de adicción de estas sustancias.
Finalmente, considero que es fundamental contar con información
estadística que permita generar políticas en base a información real, y
que además permita la evaluación de estas acciones. Esto permitirá la
utilización inteligente de los recursos, tanto humanos como
económicos por parte del estado en beneficio de todos, principalmente
de los menores que es la población más vulnerable de nuestra sociedad.