Bajo las NIIF, todas las personas naturales y jurídicas llevarían 3 libros de contabilidad oficiales: 1) Libro Diario, 2) Libro Mayor, y 3) Auxiliares. Esto representa un cambio con respecto a la norma actual que exonera a algunos de llevar el Libro Diario. Además, la DIAN y el Consejo de Estado han indicado que también se debe llevar el libro de inventarios y balances.