SlideShare a Scribd company logo
1 of 28
Download to read offline
Análisis normativo




Marco legislativo de ESO y Bachillerato
                        Juan Jesús Larrubia
                Málaga 1 de febrero de2010
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                                                        J. J. Larrubia


 Normativa Estatal
                                                                             Real Decreto
                                                     E.S.O.                   1631/2006
                  L.O.E.                                                      (mínimos)
            Ley Orgánica 2/2006,
              de 3 de mayo, de
                 Educación.                                                  Real Decreto
                                                  Bachillerato                1467/2007
                                                                              (mínimos)

                                                                                 ORDEN 10/08/2007
Normativa Andalucía                                                              (desarrollo currículo)
                                                          Decreto 231/2006
                                       ESO
                                                            (ordenación)
                                                                                 ORDEN 10/08/2007
                                                                                     (evaluación)
        L.E.A.
                                                                                  Orden 05/08/2008
                                                                                 (desarrollo currículo)
                                                          Decreto 416/2008
                                   Bachillerato
                                                            (Ordenación)
                                                                                  Orden 15/12/2008
                                                                                     (evaluación)
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                      J. J. Larrubia




      Normativa Estatal




                                                       Real Decreto
                                          E.S.O.
                                                   1631/2006 (mínimos)
            L.O.E.
  Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
      mayo, de Educación.
                                                       Real Decreto
                                    Bachillerato
                                                   1467/2007 (mínimos)
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                                    J. J. Larrubia

                  L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)
   •TÍTULO PRELIMINAR.
   CAPÍTULO I. PRINCIPIOS Y FINES DE LA EDUCACIÓN
   Artículo 1. Principios
 a. La calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus
 condiciones y circunstancias.
 b. La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y
 la no discriminación y actúe como elemento compensador de las desigualdades
 personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que
 deriven de discapacidad.
 m. La consideración de la función docente como factor esencial de la calidad de la
 educación, el reconocimiento social del profesorado y el apoyo a su tarea.
 n. El fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la
 innovación educativa.
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                                       J. J. Larrubia

                   L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)
     •TÍTULO PRELIMINAR.
     CAPÍTULO I. PRINCIPIOS Y FINES DE LA EDUCACIÓN
     Artículo 2. Fines
 1. El sistema educativo español se orientará a la consecución de los siguientes
 fines:
 •    El pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos.
 •    El desarrollo de la capacidad de los alumnos para regular su propio
      aprendizaje, (…)
 •    La adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, de
      conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y artísticos, (…)
 •    La capacitación para el ejercicio de actividades profesionales.
 •    La capacitación para la comunicación en la lengua oficial y cooficial, (…)
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                                    J. J. Larrubia

                  L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)
   •TÍTULO PRELIMINAR.
   CAPÍTULO I. PRINCIPIOS Y FINES DE LA EDUCACIÓN
   Artículo 2. Fines
 2. Los poderes públicos prestarán una atención prioritaria al conjunto de factores
      que favorecen la calidad de la enseñanza y, en especial, la cualificación y
      formación del profesorado, su trabajo en equipo, la dotación de recursos
      educativos, la investigación, la experimentación y la renovación educativa, el
      fomento de la lectura y el uso de bibliotecas, la autonomía pedagógica,
      organizativa y de gestión, la función directiva, la orientación educativa y
      profesional, la inspección educativa y la evaluación.
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                                     J. J. Larrubia

                   L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)
   •TÍTULO PRELIMINAR.
   CAPÍTULO III. CURRÍCULO
   Artículo 6. Currículo
 1. A los efectos de lo dispuesto en esta Ley, se entiende por
 currículo el conjunto de objetivos, competencias básicas,
 contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación
 de cada una de las enseñanzas reguladas en la presente
 Ley.
 2. Con el fin de asegurar una formación común y garantizar la validez de los títulos
 correspondientes, el Gobierno fijará, en relación con los objetivos, competencias
 básicas, contenidos y criterios de evaluación, los aspectos básicos del currículo que
 constituyen las enseñanzas mínimas a las que se refiere la disposición adicional
 primera, apartado 2, letra c de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del
 Derecho a la Educación.
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                                 J. J. Larrubia

                   L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)

 CAPÍTULO III. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA.

 Artículo 22. Principios generales.
 Artículo 23. Objetivos.
 Artículo 24. Organización de los cursos primero, segundo y tercero.
 Artículo 25. Organización del cuarto curso.
 Artículo 26. Principios pedagógicos.
 Artículo 27. Programas de diversificación curricular.
 Artículo 28. Evaluación y promoción.
 Artículo 29. Evaluación de diagnóstico.
 Artículo 30. Programas de cualificación profesional inicial.
 Artículo 31. Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                                    J. J. Larrubia

                  L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)
 CAPÍTULO III. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA.
 Artículo 22. Principios generales.
 (…)
 4. La educación secundaria obligatoria se organizará de acuerdo con los principios
 de educación común y de atención a la diversidad del alumnado. Corresponde a
 las Administraciones educativas regular las medidas de atención a la diversidad,
 organizativas y curriculares, que permitan a los centros, en el ejercicio de su
 autonomía, una organización flexible de las enseñanzas.

                                     principios
                                     generales


                                               atención a la
                       educación
                                               diversidad del
                        común
                                                 alumnado
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                                  J. J. Larrubia

                  L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)
 CAPÍTULO III. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA.
 Artículo 22. Principios generales.
 (…)
 5. Entre las medidas señaladas en el apartado anterior se contemplarán las
 adaptaciones del currículo, la integración de materias en ámbitos, los
 agrupamientos flexibles, los desdoblamientos de grupos, la oferta de materias
 optativas, programas de refuerzo y programas de tratamiento personalizado
 para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

     Medidas de
     atención a la                 curriculares
      diversidad

               oferta de                                la integración
                                  adaptaciones
               materias                                de materias en
                                  del currículo
               optativas                                    ámbitos
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                             J. J. Larrubia

                  L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)

 CAPÍTULO III. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA.
 Artículo 22. Principios generales

      Medidas atención a la
          diversidad

                                     organizativas



    agrupamientos        desdoblamientos       programas de    programas de
       flexibles            de grupos            refuerzo       tratamiento
                                                              personalizado
                                                              para alumnado
                                                                 n. e. apoyo
                                                                 educativo
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                                     J. J. Larrubia

                  L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)

 CAPÍTULO III. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA.
 Artículo 23. Objetivos.

 La educación secundaria obligatoria contribuirá a desarrollar en los alumnos y las
 alumnas las capacidades que les permitan:
 (…)
 f. Concebir el conocimiento científico como un saber integrado, que
 se estructura en distintas disciplinas, así como conocer y aplicar los
 métodos para identificar los problemas en los diversos campos del
 conocimiento y de la experiencia.


                    objetivos se expresan como
                            capacidades
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                         J. J. Larrubia

                  L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)

 CAPÍTULO III. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA.
 Artículo 26. Principios pedagógicos.

  1. propuestas pedagógicas consideración:
  •la atención a la diversidad y del acceso de todo el alumnado a la
  educación común.
  •diferentes ritmos de aprendizaje
  •capacidad de aprender por sí mismos
  •el trabajo en equipo.
  2. especial a la adquisición y el desarrollo de las
  competencias básicas
  la correcta expresión oral y escrita y el uso de las matemáticas.
  hábito de la lectura, se dedicará un tiempo a la misma todas las
  materias
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                        J. J. Larrubia

                  L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)

 CAPÍTULO III. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA.
 Artículo 26. Principios pedagógicos.

  5. Asimismo, corresponde a las Administraciones
  educativas regular soluciones específicas para la atención
  de
  •alumnos que manifiesten dificultades especiales de
  aprendizaje o
  •de integración en la actividad ordinaria de los centros,
  •de los alumnos de alta capacidad intelectual y
  •de los alumnos con discapacidad
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                        J. J. Larrubia

                  L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)

 CAPÍTULO III. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA.
 Artículo 28. Evaluación y promoción.

  1. La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado
      de la educación secundaria obligatoria será continua y
      diferenciada según las distintas materias del currículo.

  4. materias con evaluación negativa, los centros organizan
      pruebas extraordinarias
  5. Quienes promocionen sin haber superado todas las
      materias seguirán los programas de refuerzo que
      establezca
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                        J. J. Larrubia

                  L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)

 CAPÍTULO III. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA.
 Artículo 29. Evaluación de diagnóstico.

  •    Al finalizar el segundo curso de la educación
       secundaria obligatoria todos los centros realizarán una
       evaluación de diagnóstico de las competencias básicas
       alcanzadas por sus alumnos.
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                        J. J. Larrubia

                  L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)

 CAPÍTULO IV. BACHILLERATO.

 Artículo 32. Principios generales.
 Artículo 33. Objetivos.
 Artículo 34. Organización.
 Artículo 35. Principios pedagógicos.
 Artículo 36. Evaluación y promoción.
 Artículo 37. Título de Bachiller.
 Artículo 38. Prueba de acceso a la universidad
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                        J. J. Larrubia

                  L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)

 CAPÍTULO IV. BACHILLERATO.
 Artículo 32. Principios generales.
 1. El bachillerato tiene como finalidad proporcionar a los
     alumnos formación, madurez intelectual y humana,
     conocimientos y habilidades que les permitan
     desarrollar funciones sociales e incorporarse a la vida
     activa con responsabilidad y competencia. Asimismo,
     capacitará a los alumnos para acceder a la educación
     superior.
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                        J. J. Larrubia

                  L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)

 CAPÍTULO IV. BACHILLERATO.
 Artículo 33. Objetivos.
 Artículo 35. Principios pedagógicos.
 1. Las actividades educativas en el bachillerato favorecerán
 la capacidad del alumno para aprender por sí mismo, para
 trabajar en equipo y para aplicar los métodos de
 investigación apropiados.
 2. Las Administraciones educativas promoverán las
 medidas necesarias para que en las distintas materias se
 desarrollen actividades que estimulen el interés y el hábito
 de la lectura y la capacidad de expresarse correctamente
 en público.
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                        J. J. Larrubia

                  L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)

 CAPÍTULO IV. BACHILLERATO.
 Artículo 36. Evaluación y promoción.
  1. La evaluación del aprendizaje de los alumnos será
 continua y diferenciada según las distintas materias. El
 profesor de cada materia decidirá, al término del curso, si
 el alumno ha superado los objetivos de la misma.


 3. Los alumnos podrán realizar una prueba extraordinaria
 de las materias que no hayan superado, en las fechas que
 determinen las Administraciones educativas.
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                        J. J. Larrubia

                  L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)

 TÍTULO II. EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN.
 CAPÍTULO I. ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE
 APOYO EDUCATIVO.

 Artículo 71. Principios.
 1. … todo el alumnado alcance el máximo desarrollo
 personal, intelectual, social y emocional,

 3. … La atención integral al alumnado con necesidad
 específica de apoyo educativo se iniciará desde el mismo
 momento en que dicha necesidad sea identificada y se
 regirá por los principios de normalización e inclusión.
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                             J. J. Larrubia

                    L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)


                                                           ALUMNADO QUE
                                                        PRESENTA NECESIDADES
                                                        EDUCATIVAS ESPECIALES.

                                 ALUMNADO CON
                               NECESIDAD ESPECÍFICA
                               DE APOYO EDUCATIVO.      ALUMNADO CON ALTAS
                                                            CAPACIDADES
                                                           INTELECTUALES.


    EQUIDAD EN LA                                            ALUMNOS CON
     EDUCACIÓN.                                         INTEGRACIÓN TARDÍA EN
                                                         EL SISTEMA EDUCATIVO
                                                                ESPAÑOL.
                               COMPENSACIÓN DE LAS
                                DESIGUALDADES EN
                                   EDUCACIÓN.
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                        J. J. Larrubia

                  L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)

 TÍTULO II. EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN.

 CAPÍTULO I. ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE
 APOYO EDUCATIVO.

 SECCIÓN I. ALUMNADO QUE PRESENTA NECESIDADES
 EDUCATIVAS ESPECIALES.
 Artículo 73. Ámbito.
 Artículo 74. Escolarización.
 Artículo 75. Integración social y laboral.
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                        J. J. Larrubia

                  L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)

 TÍTULO II. EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN.

 SECCIÓN II. ALUMNADO                     CON   ALTAS   CAPACIDADES
 INTELECTUALES.
 Artículo 76. Ámbito.
 Artículo 77. Escolarización.

 SECCIÓN III. ALUMNOS CON INTEGRACIÓN TARDÍA EN EL
 SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL.
 Artículo 78. Escolarización.
 Artículo 79. Programas específicos.
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                        J. J. Larrubia

                  L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)

 TÍTULO II. EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN.

 CAPÍTULO II. COMPENSACIÓN DE LAS DESIGUALDADES EN
 EDUCACIÓN.
 Artículo 80. Principios.
 Artículo 81. Escolarización.
 Artículo 82. Igualdad de oportunidades en el mundo rural.
 Artículo 83. Becas y ayudas al estudio.
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                  J. J. Larrubia




      Normativa Estatal




                                                   Real Decreto
                                          E.S.O.    1631/2006
                                                    (mínimos)
            L.O.E.
  Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
      mayo, de Educación.
                                                   Real Decreto
                                    Bachillerato    1467/2007
                                                    (mínimos)
Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato                                J. J. Larrubia




Normativa Andalucía
                                                             ORDEN 10/08/2007
                                                             (desarrollo currículo)
                                          Decreto 231/2006
                           ESO
                                            (ordenación)
                                                             ORDEN 10/08/2007
                                                                 (evaluación)
    L.E.A.
                                                              Orden 05/08/2008
                                                             (desarrollo currículo)
                                          Decreto 416/2008
                       Bachillerato
                                            (Ordenación)
                                                              Orden 15/12/2008
                                                                 (evaluación)
Análisis normativo

More Related Content

Similar to Análisis normativo

Rd 1467 2007 ensenanzas minimas bachillerato nacional
Rd 1467 2007 ensenanzas minimas bachillerato nacionalRd 1467 2007 ensenanzas minimas bachillerato nacional
Rd 1467 2007 ensenanzas minimas bachillerato nacionalIES Juanelo Turriano
 
Programas de lengua españa-decreto
Programas de lengua españa-decretoProgramas de lengua españa-decreto
Programas de lengua españa-decretoRocio Sanchez
 
Convocatoria
ConvocatoriaConvocatoria
ConvocatoriaMovb Glez
 
Programación y unidades didácticas en audición y lenguaje
Programación  y unidades didácticas en audición y lenguajeProgramación  y unidades didácticas en audición y lenguaje
Programación y unidades didácticas en audición y lenguajePilar Torres
 

Similar to Análisis normativo (7)

Aspectos Generales Centros
Aspectos Generales CentrosAspectos Generales Centros
Aspectos Generales Centros
 
Rd 1467 2007 ensenanzas minimas bachillerato nacional
Rd 1467 2007 ensenanzas minimas bachillerato nacionalRd 1467 2007 ensenanzas minimas bachillerato nacional
Rd 1467 2007 ensenanzas minimas bachillerato nacional
 
Programas de lengua españa-decreto
Programas de lengua españa-decretoProgramas de lengua españa-decreto
Programas de lengua españa-decreto
 
tema 2-1.ppt
tema 2-1.ppttema 2-1.ppt
tema 2-1.ppt
 
Legislacion practicum
Legislacion practicumLegislacion practicum
Legislacion practicum
 
Convocatoria
ConvocatoriaConvocatoria
Convocatoria
 
Programación y unidades didácticas en audición y lenguaje
Programación  y unidades didácticas en audición y lenguajeProgramación  y unidades didácticas en audición y lenguaje
Programación y unidades didácticas en audición y lenguaje
 

Recently uploaded

plan de capacitacion docente AIP 2024 clllll.pdf
plan de capacitacion docente  AIP 2024          clllll.pdfplan de capacitacion docente  AIP 2024          clllll.pdf
plan de capacitacion docente AIP 2024 clllll.pdfenelcielosiempre
 
Programacion Anual Matemática5 MPG 2024 Ccesa007.pdf
Programacion Anual Matemática5    MPG 2024  Ccesa007.pdfProgramacion Anual Matemática5    MPG 2024  Ccesa007.pdf
Programacion Anual Matemática5 MPG 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxTIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxlclcarmen
 
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circular
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circularLey 21.545 - Circular Nº 586.pdf circular
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circularMooPandrea
 
Valoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCV
Valoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCVValoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCV
Valoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCVGiustinoAdesso1
 
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonablesPIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonablesYanirisBarcelDelaHoz
 
Qué es la Inteligencia artificial generativa
Qué es la Inteligencia artificial generativaQué es la Inteligencia artificial generativa
Qué es la Inteligencia artificial generativaDecaunlz
 
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
Ejercicios de PROBLEMAS PAEV 6 GRADO 2024.pdf
Ejercicios de PROBLEMAS PAEV 6 GRADO 2024.pdfEjercicios de PROBLEMAS PAEV 6 GRADO 2024.pdf
Ejercicios de PROBLEMAS PAEV 6 GRADO 2024.pdfMaritzaRetamozoVera
 
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdfCuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdfNancyLoaa
 
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñoproyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñotapirjackluis
 
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA IIAFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA IIIsauraImbrondone
 
Imperialismo informal en Europa y el imperio
Imperialismo informal en Europa y el imperioImperialismo informal en Europa y el imperio
Imperialismo informal en Europa y el imperiomiralbaipiales2016
 
Estrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptx
Estrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptxEstrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptx
Estrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptxdkmeza
 
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptxSEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptxYadi Campos
 
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptxINSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptxdeimerhdz21
 
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.Alejandrino Halire Ccahuana
 

Recently uploaded (20)

plan de capacitacion docente AIP 2024 clllll.pdf
plan de capacitacion docente  AIP 2024          clllll.pdfplan de capacitacion docente  AIP 2024          clllll.pdf
plan de capacitacion docente AIP 2024 clllll.pdf
 
Programacion Anual Matemática5 MPG 2024 Ccesa007.pdf
Programacion Anual Matemática5    MPG 2024  Ccesa007.pdfProgramacion Anual Matemática5    MPG 2024  Ccesa007.pdf
Programacion Anual Matemática5 MPG 2024 Ccesa007.pdf
 
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxTIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
 
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circular
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circularLey 21.545 - Circular Nº 586.pdf circular
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circular
 
Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.
Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.
Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.
 
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptxPower Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
 
Valoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCV
Valoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCVValoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCV
Valoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCV
 
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonablesPIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
 
Qué es la Inteligencia artificial generativa
Qué es la Inteligencia artificial generativaQué es la Inteligencia artificial generativa
Qué es la Inteligencia artificial generativa
 
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
 
Medición del Movimiento Online 2024.pptx
Medición del Movimiento Online 2024.pptxMedición del Movimiento Online 2024.pptx
Medición del Movimiento Online 2024.pptx
 
Ejercicios de PROBLEMAS PAEV 6 GRADO 2024.pdf
Ejercicios de PROBLEMAS PAEV 6 GRADO 2024.pdfEjercicios de PROBLEMAS PAEV 6 GRADO 2024.pdf
Ejercicios de PROBLEMAS PAEV 6 GRADO 2024.pdf
 
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdfCuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
 
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñoproyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
 
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA IIAFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
 
Imperialismo informal en Europa y el imperio
Imperialismo informal en Europa y el imperioImperialismo informal en Europa y el imperio
Imperialismo informal en Europa y el imperio
 
Estrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptx
Estrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptxEstrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptx
Estrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptx
 
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptxSEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
 
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptxINSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptx
 
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
 

Análisis normativo

  • 1. Análisis normativo Marco legislativo de ESO y Bachillerato Juan Jesús Larrubia Málaga 1 de febrero de2010
  • 2. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia Normativa Estatal Real Decreto E.S.O. 1631/2006 L.O.E. (mínimos) Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Real Decreto Bachillerato 1467/2007 (mínimos) ORDEN 10/08/2007 Normativa Andalucía (desarrollo currículo) Decreto 231/2006 ESO (ordenación) ORDEN 10/08/2007 (evaluación) L.E.A. Orden 05/08/2008 (desarrollo currículo) Decreto 416/2008 Bachillerato (Ordenación) Orden 15/12/2008 (evaluación)
  • 3. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia Normativa Estatal Real Decreto E.S.O. 1631/2006 (mínimos) L.O.E. Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Real Decreto Bachillerato 1467/2007 (mínimos)
  • 4. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) •TÍTULO PRELIMINAR. CAPÍTULO I. PRINCIPIOS Y FINES DE LA EDUCACIÓN Artículo 1. Principios a. La calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias. b. La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación y actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que deriven de discapacidad. m. La consideración de la función docente como factor esencial de la calidad de la educación, el reconocimiento social del profesorado y el apoyo a su tarea. n. El fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa.
  • 5. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) •TÍTULO PRELIMINAR. CAPÍTULO I. PRINCIPIOS Y FINES DE LA EDUCACIÓN Artículo 2. Fines 1. El sistema educativo español se orientará a la consecución de los siguientes fines: • El pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos. • El desarrollo de la capacidad de los alumnos para regular su propio aprendizaje, (…) • La adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y artísticos, (…) • La capacitación para el ejercicio de actividades profesionales. • La capacitación para la comunicación en la lengua oficial y cooficial, (…)
  • 6. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) •TÍTULO PRELIMINAR. CAPÍTULO I. PRINCIPIOS Y FINES DE LA EDUCACIÓN Artículo 2. Fines 2. Los poderes públicos prestarán una atención prioritaria al conjunto de factores que favorecen la calidad de la enseñanza y, en especial, la cualificación y formación del profesorado, su trabajo en equipo, la dotación de recursos educativos, la investigación, la experimentación y la renovación educativa, el fomento de la lectura y el uso de bibliotecas, la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión, la función directiva, la orientación educativa y profesional, la inspección educativa y la evaluación.
  • 7. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) •TÍTULO PRELIMINAR. CAPÍTULO III. CURRÍCULO Artículo 6. Currículo 1. A los efectos de lo dispuesto en esta Ley, se entiende por currículo el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en la presente Ley. 2. Con el fin de asegurar una formación común y garantizar la validez de los títulos correspondientes, el Gobierno fijará, en relación con los objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación, los aspectos básicos del currículo que constituyen las enseñanzas mínimas a las que se refiere la disposición adicional primera, apartado 2, letra c de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación.
  • 8. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) CAPÍTULO III. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA. Artículo 22. Principios generales. Artículo 23. Objetivos. Artículo 24. Organización de los cursos primero, segundo y tercero. Artículo 25. Organización del cuarto curso. Artículo 26. Principios pedagógicos. Artículo 27. Programas de diversificación curricular. Artículo 28. Evaluación y promoción. Artículo 29. Evaluación de diagnóstico. Artículo 30. Programas de cualificación profesional inicial. Artículo 31. Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
  • 9. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) CAPÍTULO III. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA. Artículo 22. Principios generales. (…) 4. La educación secundaria obligatoria se organizará de acuerdo con los principios de educación común y de atención a la diversidad del alumnado. Corresponde a las Administraciones educativas regular las medidas de atención a la diversidad, organizativas y curriculares, que permitan a los centros, en el ejercicio de su autonomía, una organización flexible de las enseñanzas. principios generales atención a la educación diversidad del común alumnado
  • 10. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) CAPÍTULO III. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA. Artículo 22. Principios generales. (…) 5. Entre las medidas señaladas en el apartado anterior se contemplarán las adaptaciones del currículo, la integración de materias en ámbitos, los agrupamientos flexibles, los desdoblamientos de grupos, la oferta de materias optativas, programas de refuerzo y programas de tratamiento personalizado para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. Medidas de atención a la curriculares diversidad oferta de la integración adaptaciones materias de materias en del currículo optativas ámbitos
  • 11. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) CAPÍTULO III. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA. Artículo 22. Principios generales Medidas atención a la diversidad organizativas agrupamientos desdoblamientos programas de programas de flexibles de grupos refuerzo tratamiento personalizado para alumnado n. e. apoyo educativo
  • 12. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) CAPÍTULO III. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA. Artículo 23. Objetivos. La educación secundaria obligatoria contribuirá a desarrollar en los alumnos y las alumnas las capacidades que les permitan: (…) f. Concebir el conocimiento científico como un saber integrado, que se estructura en distintas disciplinas, así como conocer y aplicar los métodos para identificar los problemas en los diversos campos del conocimiento y de la experiencia. objetivos se expresan como capacidades
  • 13. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) CAPÍTULO III. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA. Artículo 26. Principios pedagógicos. 1. propuestas pedagógicas consideración: •la atención a la diversidad y del acceso de todo el alumnado a la educación común. •diferentes ritmos de aprendizaje •capacidad de aprender por sí mismos •el trabajo en equipo. 2. especial a la adquisición y el desarrollo de las competencias básicas la correcta expresión oral y escrita y el uso de las matemáticas. hábito de la lectura, se dedicará un tiempo a la misma todas las materias
  • 14. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) CAPÍTULO III. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA. Artículo 26. Principios pedagógicos. 5. Asimismo, corresponde a las Administraciones educativas regular soluciones específicas para la atención de •alumnos que manifiesten dificultades especiales de aprendizaje o •de integración en la actividad ordinaria de los centros, •de los alumnos de alta capacidad intelectual y •de los alumnos con discapacidad
  • 15. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) CAPÍTULO III. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA. Artículo 28. Evaluación y promoción. 1. La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de la educación secundaria obligatoria será continua y diferenciada según las distintas materias del currículo. 4. materias con evaluación negativa, los centros organizan pruebas extraordinarias 5. Quienes promocionen sin haber superado todas las materias seguirán los programas de refuerzo que establezca
  • 16. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) CAPÍTULO III. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA. Artículo 29. Evaluación de diagnóstico. • Al finalizar el segundo curso de la educación secundaria obligatoria todos los centros realizarán una evaluación de diagnóstico de las competencias básicas alcanzadas por sus alumnos.
  • 17. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) CAPÍTULO IV. BACHILLERATO. Artículo 32. Principios generales. Artículo 33. Objetivos. Artículo 34. Organización. Artículo 35. Principios pedagógicos. Artículo 36. Evaluación y promoción. Artículo 37. Título de Bachiller. Artículo 38. Prueba de acceso a la universidad
  • 18. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) CAPÍTULO IV. BACHILLERATO. Artículo 32. Principios generales. 1. El bachillerato tiene como finalidad proporcionar a los alumnos formación, madurez intelectual y humana, conocimientos y habilidades que les permitan desarrollar funciones sociales e incorporarse a la vida activa con responsabilidad y competencia. Asimismo, capacitará a los alumnos para acceder a la educación superior.
  • 19. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) CAPÍTULO IV. BACHILLERATO. Artículo 33. Objetivos. Artículo 35. Principios pedagógicos. 1. Las actividades educativas en el bachillerato favorecerán la capacidad del alumno para aprender por sí mismo, para trabajar en equipo y para aplicar los métodos de investigación apropiados. 2. Las Administraciones educativas promoverán las medidas necesarias para que en las distintas materias se desarrollen actividades que estimulen el interés y el hábito de la lectura y la capacidad de expresarse correctamente en público.
  • 20. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) CAPÍTULO IV. BACHILLERATO. Artículo 36. Evaluación y promoción. 1. La evaluación del aprendizaje de los alumnos será continua y diferenciada según las distintas materias. El profesor de cada materia decidirá, al término del curso, si el alumno ha superado los objetivos de la misma. 3. Los alumnos podrán realizar una prueba extraordinaria de las materias que no hayan superado, en las fechas que determinen las Administraciones educativas.
  • 21. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) TÍTULO II. EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN. CAPÍTULO I. ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO. Artículo 71. Principios. 1. … todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, 3. … La atención integral al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo se iniciará desde el mismo momento en que dicha necesidad sea identificada y se regirá por los principios de normalización e inclusión.
  • 22. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) ALUMNADO QUE PRESENTA NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES. ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO. ALUMNADO CON ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES. EQUIDAD EN LA ALUMNOS CON EDUCACIÓN. INTEGRACIÓN TARDÍA EN EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL. COMPENSACIÓN DE LAS DESIGUALDADES EN EDUCACIÓN.
  • 23. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) TÍTULO II. EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN. CAPÍTULO I. ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO. SECCIÓN I. ALUMNADO QUE PRESENTA NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES. Artículo 73. Ámbito. Artículo 74. Escolarización. Artículo 75. Integración social y laboral.
  • 24. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) TÍTULO II. EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN. SECCIÓN II. ALUMNADO CON ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES. Artículo 76. Ámbito. Artículo 77. Escolarización. SECCIÓN III. ALUMNOS CON INTEGRACIÓN TARDÍA EN EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL. Artículo 78. Escolarización. Artículo 79. Programas específicos.
  • 25. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia L.O.E.(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) TÍTULO II. EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN. CAPÍTULO II. COMPENSACIÓN DE LAS DESIGUALDADES EN EDUCACIÓN. Artículo 80. Principios. Artículo 81. Escolarización. Artículo 82. Igualdad de oportunidades en el mundo rural. Artículo 83. Becas y ayudas al estudio.
  • 26. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia Normativa Estatal Real Decreto E.S.O. 1631/2006 (mínimos) L.O.E. Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Real Decreto Bachillerato 1467/2007 (mínimos)
  • 27. Marco legislativo E.S.O. y Bachillerato J. J. Larrubia Normativa Andalucía ORDEN 10/08/2007 (desarrollo currículo) Decreto 231/2006 ESO (ordenación) ORDEN 10/08/2007 (evaluación) L.E.A. Orden 05/08/2008 (desarrollo currículo) Decreto 416/2008 Bachillerato (Ordenación) Orden 15/12/2008 (evaluación)