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Índice de contenidos

   Referencia Normativa
   RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs
   Tratamiento y gestión de los RCDs en las obras de construcción
   Obligaciones y responsabilidades de las partes implicadas
   Aspectos de la normativa que, desde una perspectiva jurídica y
    profesional son de interés




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Índice de contenidos

   Referencia Normativa
   RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs
   Tratamiento y gestión de los RCDs en las obras de construcción
   Obligaciones y responsabilidades de las partes implicadas
   Aspectos de la normativa que, desde una perspectiva jurídica y
    profesional son de interés




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REFERENCIA NORMATIVA


 RD 105/2008: de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de
  los residuos de construcción y demolición.

 PLAN NACIONAL INTEGRADO DE RESIDUOS (PNIR) 2008-2015

 Ley 22/2011: de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

 Ordenanzas Municipales




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REFERENCIA NORMATIVA
 RD 105/2008: de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de
  los residuos de construcción y demolición.

     Fase de Proyecto: Estudio de Gestión de los RCDs
     Fase de Ejecución de obra: Plan de Gestión de los RCDs




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Proyecto


       La normativa que regula la producción y gestión de los residuos
       de construcción y demolición es R.D. 105/2008, y que establece
       la obligatoriedad de desarrollar:

            Durante la Fase de proyecto: (Artículo 4. Obligaciones del productor
           de residuos de construcción y demolición).
           Incluir en el proyecto de ejecución de la obra un estudio de gestión
           de residuos de construcción y demolición, ……….




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Ejecución Obra


                  Durante la Fase de Ejecución de obra: Artículo 5. Obligaciones del
                 poseedor de residuos de construcción y demolición.

                 Además de las obligaciones previstas en la normativa aplicable, la
                 persona física o jurídica que ejecute la obra estará obligada a
                 presentar a la propiedad de la misma un plan que refleje cómo
                 llevará a cabo las obligaciones que le incumban en relación con los
                 residuos de construcción y demolición que se vayan a producir en la
                 obra, ……...




                                                                      www.urbicad.com
PLAN NACIONAL INTEGRADO DE RESIDUOS (PNIR) 2008-2015

Surge como una necesidad debida al incremento paulatino e imparable del
aumento en la generación de residuos, para regularlos con rigor ecológico y
planificar la puesta en práctica de esa regulación de manera racional y realista
Recoge la directiva marco europea, Directiva 2006/12/CE, en la cual se pone el
acento en la necesidad y obligación de los Estados miembros de dotarse de
instrumentos jurídicos y de planificación en Gestión de Residuos.
Es de ámbito generalista, abarcando los Residuos de Construcción y Demolición
como un residuo más:
         Residuos Urbanos / Residuos Peligrosos / Suelos contaminados /
         Neumáticos fuera de uso / Actividades extractiva, etc……




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PLAN NACIONAL INTEGRADO DE RESIDUOS (PNIR) 2008-2015




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PLAN NACIONAL INTEGRADO DE RESIDUOS (PNIR) 2008-2015




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Ley 22/2011: de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

• Es una transposición de la Directiva 2008/98/CE (Directiva marco de residuos).


• Incorpora el principio de jerarquía en la producción y gestión de residuos que ha
de centrarse en la prevención, la preparación para la reutilización, el reciclaje
u otras formas de valorización, incluida la valorización energética.

• Esta Ley es de aplicación a todo tipo de residuos (incluidos los de construcción)
excepto a los suelos no contaminados excavados y otros materiales
naturales excavados durante las actividades de construcción, cuando se
tenga la certeza de que estos materiales se utilizarán con fines de construcción en
su estado natural en el lugar u obra donde fueron extraídos.




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Ley 22/2011: de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

• Se incluye un artículo de definiciones entre las que se recogen conceptos clave
como:
Residuo peligroso: residuo que presenta una o varias de las características peligrosas enumeradas en
el anexo III, y aquél que pueda aprobar el Gobierno de conformidad con lo establecido en la normativa
europea o en los convenios internacionales de los que España sea parte, así como los recipientes y
envases que los hayan contenido.

Prevención: conjunto de medidas adoptadas en la fase de concepción y diseño, de producción, de
distribución y de consumo de una sustancia, material o producto, para reducir:

     1.º La cantidad de residuo, incluso mediante la reutilización de los productos o el alargamiento de la
     vida útil de los productos.
     2.º Los impactos adversos sobre el medio ambiente y la salud humana de los residuos generados,
     incluyendo el ahorro en el uso de materiales o energía.
     3.º El contenido de sustancias nocivas en materiales y productos.



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Ley 22/2011: de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Productor de residuos: cualquier persona física o jurídica cuya actividad produzca residuos (productor
inicial de residuos) o cualquier persona que efectúe operaciones de tratamiento previo, de mezcla o de
otro tipo, ……… En el RD 105/2008 se establece el PROMOTOR.

Poseedor de residuos: el productor de residuos u otra persona física o jurídica que esté en posesión de
residuos. En el RD 105/2008 se establece el CONTRATISTA.

Reutilización: cualquier operación mediante la cual productos o componentes de productos que no sean
residuos se utilizan de nuevo con la misma finalidad para la que fueron concebidos.

Tratamiento: las operaciones de valorización o eliminación, incluida la preparación anterior a la
valorización o eliminación.

Valorización: cualquier operación cuyo resultado principal sea que el residuo sirva a una finalidad útil al
sustituir a otros materiales, que de otro modo se habrían utilizado para cumplir una función particular, o
que el residuo sea preparado para cumplir esa función en la instalación o en la economía en general. En
el anexo II se recoge una lista no exhaustiva de operaciones de valorización.



                                                                               www.urbicad.com
Ley 22/2011: de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Productor de residuos: cualquier persona física o jurídica cuya actividad produzca residuos (productor
inicial de residuos) o cualquier persona que efectúe operaciones de tratamiento previo, de mezcla o de
otro tipo, ……… En el RD 105/2008 se establece el PROMOTOR.

Poseedor de residuos: el productor de residuos u otra persona física o jurídica que esté en posesión de
residuos. En el RD 105/2008 se establece el CONTRATISTA.

Reutilización: cualquier operación mediante la cual productos o componentes de productos que no sean
residuos se utilizan de nuevo con la misma finalidad para la que fueron concebidos.

Tratamiento: las operaciones de valorización o eliminación, incluida la preparación anterior a la
valorización o eliminación.

Valorización: cualquier operación cuyo resultado principal sea que el residuo sirva a una finalidad útil al
sustituir a otros materiales, que de otro modo se habrían utilizado para cumplir una función particular, o
                    Se incluye la clasificación y la recogida selectiva de los RCDs de la
que el residuo sea preparado para cumplir esa función en la instalación o en la economía en general. En
                    obra,
el anexo II se recoge una lista no exhaustiva de operaciones de valorización.



                                                                               www.urbicad.com
Ley 22/2011: de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Productor de residuos: cualquier persona física o jurídica cuya actividad produzca residuos (productor
inicial de residuos) o cualquier persona que efectúe operaciones de tratamiento previo, de mezcla o de
otro tipo, ……… En el RD 105/2008 se establece el PROMOTOR.

Poseedor de residuos: el productor de residuos u otra persona física o jurídica que esté en posesión de
residuos. En el RD 105/2008 se establece el CONTRATISTA.

Reutilización: cualquier operación mediante la cual productos o componentes de productos que no sean
residuos se utilizan de nuevo con la misma finalidad para la que fueron concebidos.

Tratamiento: las operaciones de valorización o eliminación, incluida la preparación anterior a la
valorización o eliminación.

Valorización: cualquier operación cuyo resultado principal sea que el residuo sirva a una finalidad útil al
sustituir a otros materiales, que de otro modo se habrían utilizado para cumplir una función particular, o
que el residuo sea preparado para cumplir esa función en la instalación o en la economía en general. En
el anexo II se recoge una lista no exhaustiva de operaciones de valorización.



                                                                               www.urbicad.com
Ley 22/2011: de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Productor de residuos: cualquier persona física o jurídica cuya actividad produzca residuos (productor
inicial de residuos) o cualquier persona que efectúe operaciones de tratamiento previo, de mezcla o de
otro tipo, ……… En el RD 105/2008 se establece el PROMOTOR.

Poseedor de residuos: el productor de residuos u otra persona física o jurídica que esté en posesión de
residuos. En el RD 105/2008 se establece el CONTRATISTA.

Reutilización: cualquier operación mediante la cual productos o componentes de productos que no sean
residuos se utilizan de nuevo con la misma finalidad para la que fueron concebidos.
                  Aprovechamiento de los recursos contenidos en los residuos:
Tratamiento: las operaciones de valorización o eliminación, incluida la preparación anterior a la
valorización o eliminación.
                  - La utilización como combustible.
Valorización: cualquier operación cuyo resultado principal sea que el residuo sirva a una finalidad útil al
                  - Reciclado de de otro modo se habrían utilizado para cumplir una función particular, o
sustituir a otros materiales, quesustancias orgánicas (formación de abono)
que el residuo sea preparado para cumplir esa metales en la instalación o en la economía en general. En
                  - Reciclado o recuperación de función
el anexo II se recoge una lista no exhaustiva de operaciones de valorización.
                  - Tratamiento de suelos
                - etc…
                                                                              www.urbicad.com
Ley 22/2011: de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Reciclado: toda operación de valorización mediante la cual los materiales de residuos son transformados
de nuevo en productos, materiales o sustancias, tanto si es con la finalidad original como con cualquier
otra finalidad. Incluye la transformación del material orgánico, pero no la valorización energética ni la
transformación en materiales que se vayan a usar como combustibles o para operaciones de relleno.

Eliminación: cualquier operación que no sea la valorización, incluso cuando la operación tenga como
consecuencia secundaria el aprovechamiento de sustancias o energía. En el anexo I se recoge una lista
no exhaustiva de operaciones de eliminación.

Residuos domésticos: residuos generados en los hogares como consecuencia de las actividades
domésticas. Se incluyen también en esta categoría los residuos y escombros procedentes de obras
menores de construcción y reparación domiciliaria.




                                                                            www.urbicad.com
Ley 22/2011: de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Reciclado: toda operación de valorización mediante la cual los materiales de residuos son transformados
de nuevo en productos, materiales o sustancias, tanto si es con la finalidad original como con cualquier
otra finalidad. Incluye la transformación del material orgánico, pero no la valorización energética ni la
transformación en materiales que se vayan a usar como combustibles o para operaciones de relleno.

Eliminación: cualquier operación que no sea la valorización, incluso cuando la operación tenga como
consecuencia secundaria el aprovechamiento de sustancias o energía. En el anexo I se recoge una lista
no exhaustiva de operaciones de eliminación.

Residuos domésticos: residuos generados en los hogares como consecuencia de las actividades
domésticas. SeTodo procedimientoesta categoría los vertido oyaescombros procedentes de obras
              incluyen también en dirigido, bien al residuos su destrucción.
menores de construcción y reparación domiciliaria.




                                                                            www.urbicad.com
Ley 22/2011: de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Reciclado: toda operación de valorización mediante la cual los materiales de residuos son transformados
de nuevo en productos, materiales o sustancias, tanto si es con la finalidad original como con cualquier
otra finalidad. Incluye la transformación del material orgánico, pero no la valorización energética ni la
transformación en materiales que se vayan a usar como combustibles o para operaciones de relleno.

Eliminación: cualquier operación que no sea la valorización, incluso cuando la operación tenga como
consecuencia secundaria el aprovechamiento de sustancias o energía. En el anexo I se recoge una lista
no exhaustiva de operaciones de eliminación.

Residuos domésticos: residuos generados en los hogares como consecuencia de las actividades
domésticas. Se incluyen también en esta categoría los residuos y escombros procedentes de obras
menores de construcción y reparación domiciliaria.




                                                                            www.urbicad.com
Ley 22/2011: de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

Antes de 2020,

la cantidad de residuos no peligrosos de construcción y demolición destinados a la
preparación para la reutilización, el reciclado y otra valorización de materiales, con
exclusión de los materiales en estado natural definidos en la categoría 17 05 04 de
la lista de residuos, deberá alcanzar como mínimo el 70% en peso de los
producidos.




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Ordenanzas Municipales.

Se está exigiendo a nivel de muchos Ayuntamiento el
 Plan de Gestión de RCDs y las Fianzas Municipales
 Actualmente a partir del RD 105/2008, las CC.AA. ya regulan la
 Gestión de los RCDs, en sus normativas.

 Y como consecuencia de ello los Ayuntamientos han ido emitiendo
 ORDENANZAS MUNICIPALES que contemplan la regulación de
 los RCDS y establecen las Fianzas.




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Ayuntamientos como el de:
 Carmona (Andalucia)




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Ayuntamientos como el de:
 Carmona (Andalucia)
 Rivas-Vaciamadrid (Madrid)




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Ayuntamientos como el de:
 Carmona (Andalucia)
 Rivas-Vaciamadrid (Madrid)
 Azuqueca de Henares
  (Castilla-La Mancha )




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Ayuntamientos como el de:
 Carmona (Andalucia)
 Rivas-Vaciamadrid (Madrid)
 Azuqueca de Henares
  (Castilla-La Mancha )
 Rodezno (La Rioja)




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Ayuntamientos como el de:
 Carmona (Andalucia)
 Rivas-Vaciamadrid (Madrid)
 Azuqueca de Henares
  (Castilla-La Mancha )
 Rodezno (La Rioja)


 Etc………….




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Valores mín./máx.
                 Euros
                 Tierras
                                 Valores mín./máx
Euros/m3                            Euros
 Tierras                           Resto RCDs


             Cálculo Fianza
                 RCDs
                                   % Mín./Máx.
Euros/m3                             PEM
Resto RCDs
                                  Resto RCDs
               % Mín./Máx.
                  PEM
                 Tierras
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   Referencia Normativa
   RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs
   Tratamiento y gestión de los RCDs en las obras de construcción
   Obligaciones y responsabilidades de las partes implicadas
   Aspectos de la normativa que, desde una perspectiva jurídica y
    profesional son de interés




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RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs

Autor del Estudio de Gestión de RCDs
Autor del Plan de Gestión de RCDs
Productor de Residuos (PROMOTOR)
Poseedor de Residuos (CONTRATISTA, SUBCONTRATISTA o T.AUTÓNOMO)
Dirección Facultativa


RD 1627/1997: Coordinador de Seguridad y Salud




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RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs

Autor del Estudio de Gestión de RCDs
Autor del Plan de Gestión de RCDs
  El Estudio de gestión de residuos podrá estar redactado por el autor del proyecto ó por otro
Productor de Residuos (PROMOTOR):
  técnico cualificado para ello en virtud de competencia adquirida a través de su formación
  académica en materia de planificación y ordenación de obras de edificación, materiales y
Poseedor de Residuos (CONTRATISTA, SUBCONTRATISTA o T.AUTÓNOMO)
  elementos de construcción.




                                                                     www.urbicad.com
RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs

Autor del Estudio de Gestión de RCDs
Autor del Plan de Gestión de RCDs
Productor de Residuos (PROMOTOR):
  Cada contratista, subcontratista ó trabajador autónomo que intervenga en la obra con
Poseedor de Residuos (CONTRATISTA, SUBCONTRATISTA o T.AUTÓNOMO)
  actividad propia susceptible de generar residuos habrá de elaborar el plan de gestión de los
  mismos.
  Por lo tanto el Autor del Plan es el Contratista, Subcontratista o T. Autónomo.




                                                                     www.urbicad.com
RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs

Autor del Estudio de Gestión de RCDs
Autor del Plan de Gestión de RCDs
Productor de Residuos (PROMOTOR):
Poseedor de Residuos (CONTRATISTA, SUBCONTRATISTA o T.AUTÓNOMO)
     1. La persona física o jurídica titular de la licencia urbanística en una obra de construcción o
     demolición; en aquellas obras que no precisen de licencia urbanística, tendrá la
     consideración de productor del residuo la persona física o jurídica titular del bien inmueble
     objeto de una obra de construcción o demolición.

     2. La persona física o jurídica que efectúe operaciones de tratamiento, de mezcla o de otro
     tipo, que ocasionen un cambio de naturaleza o de composición de los residuos.

     3. El importador o adquirente en cualquier Estado miembro de la Unión Europea de residuos
     de construcción y demolición.



                                                                            www.urbicad.com
RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs

Autor del Estudio de Gestión de RCDs
Autor del Plan de Gestión de RCDs
Productor de Residuos (PROMOTOR):
Poseedor de Residuos (CONTRATISTA, SUBCONTRATISTA o T.AUTÓNOMO)

    La persona física o jurídica que tenga en su poder los residuos de construcción y demolición
    y que no ostente la condición de gestor de residuos. En todo caso, tendrá la consideración
    de poseedor la persona física o jurídica que ejecute la obra de construcción o demolición,
    tales como el constructor, los subcontratistas o los trabajadores autónomos.

    En todo caso, no tendrán la consideración de poseedor de residuos de construcción y
    demolición los trabajadores por cuenta ajena.




                                                                         www.urbicad.com
RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs

Autor del Estudio de Gestión de RCDs
  No se ha creado una figura responsable de la Gestión de los RCDs producidos en la
Autor del Plan de Gestión de RCDs
    obra.
   Recae en
Productor decada Empresa, el hacerse cargo de su correcta gestión de sus residuos.
             Residuos (PROMOTOR):
  La Dirección Facultativa se limita a “Aprobar los Planes de Gestión”, las moficiaciones al
Poseedor las autorización para valorización in-situSUBCONTRATISTA o T.AUTÓNOMO)
    Plan y de Residuos (CONTRATISTA, de los RCDs

Dirección Facultativa


RD 1627/1997: Coordinador de Seguridad y Salud (Fase de Obra).




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Artículo 9. Obligaciones del coordinador en materia de seguridad y de salud durante
    la ejecución de la obra
    El coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra deberá
RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs
    desarrollar las siguientes funciones:
    a)….
    b) Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas y, en su caso,
Autor del Estudio deyGestión de RCDs
    los subcontratistas los trabajadores autónomos apliquen de manera coherente y
    responsable los principios de la acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley
Autor del Plan de Gestión Laborales durante la ejecución de la obra y, en particular, en las
    de Prevención de Riesgos de RCDs
    tareas o actividades a que se refiere el artículo 10 de este Real Decreto.
Productor de Residuos (PROMOTOR):
      Articulo 10. Principios generales aplicables durante la ejecución de la obra
Poseedor de Residuos (CONTRATISTA, SUBCONTRATISTA o T.AUTÓNOMO)
    e)…..
      f) La recogida de los materiales peligrosos utilizados
Direcciónalmacenamiento y la eliminación o evacuación de residuos y escombros
     g) El Facultativa
      h) ……..


RD 1627/1997: Coordinador de Seguridad y Salud (Fase de Obra).




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Índice de contenidos

   Referencia Normativa
   RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs
   Tratamiento y gestión de los RCDs en las obras de construcción
   Obligaciones y responsabilidades de las partes implicadas
   Aspectos de la normativa que, desde una perspectiva jurídica y
    profesional son de interés




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Tratamiento y gestión de los RCDs en las obras de construcción

  Reducir en origen la generación de RCD:

   - Gestionar correctamente todos los RP de los RCD
   - Valorizar todo lo posible (reciclar, reutilizar)
   - Aplicar el principio de jerarquía: tras la prevención el orden es el siguiente:
          Reutilización, Reciclaje, Valorización, eliminación en vertedero.

  Objetivos cuantitativos:

    - Recogida controlada y correcta gestión del 95% de los RCD a partir de 2011
    - Reducción o reutilización del 15% de RCD a partir de 2011
    - Reciclaje del 40% de RCD, a partir de 2011
    - Valorización del 70% de los residuos de envases de materiales de construcción a partir
      del 2010
    - RP: recogida selectiva y correcta gestión del 95% a partir de 2008




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Índice de contenidos

   Referencia Normativa
   RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs
   Tratamiento y gestión de los RCDs en las obras de construcción
   Obligaciones y responsabilidades de las partes implicadas
   Aspectos de la normativa que, desde una perspectiva jurídica y
    profesional son de interés




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Obligaciones y responsabilidades de las partes implicadas


 Productor de Residuos (Promotor)
 Poseedor de residuos (Contratista)
 Dirección Facultativa


 Coordinador de Seguridad y Salud




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Obligaciones y responsabilidades de las partes implicadas


 Productor de Residuos (Promotor)
 Poseedor de residuos (Contratista)
 Dirección Facultativa de proyecto: (Artículo 4. Obligaciones del
       Durante la Fase
       productor de residuos de construcción y demolición).
       Incluir en el proyecto de ejecución de la obra un estudio de
 Coordinador de Seguridad y construcción y demolición, que
       gestión de residuos de Salud
       contendrá como mínimo:




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1.º Una estimación de la cantidad, expresada en T y en m3, de los RCDs
   generados, codificados con arreglo a la lista MAM/304/2002.
2.º Las medidas para la prevención de residuos en la obra objeto del
   proyecto.
3.º Las operaciones de reutilización, valorización o eliminación a que se
   destinarán los RCDs
4.º Las medidas para la separación de los RCDs.
5.º Los planos de las instalaciones previstas para el almacenamiento,
   manejo, separación y, en su caso, otras operaciones de gestión de los
   RCDs.
6.º Las prescripciones del pliego de prescripciones técnicas particulares
   del proyecto, en relación con el almacenamiento, manejo, separación y,
   en su caso, otras operaciones de gestión de los residuos de
   construcción y demolición dentro de la obra.
7.º Una valoración del coste previsto de la gestión de los RCDs y que
   formará parte del presupuesto del proyecto en capítulo independiente.


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Obligaciones y responsabilidades de las partes implicadas


 Productor de Residuos (Promotor)
 Poseedor de residuos (Contratista)
 Hacer un inventario de los residuos peligrosos que se generarán, que deberá incluirse
 - Dirección Facultativa
 en el estudio de gestión

 - Prever la retirada selectiva de los RP, con el fin de evitar la mezcla entre ellos o con
 Coordinador de Seguridad y su envío a gestores autorizados de residuos
 otros residuos no peligrosos, y asegurar Salud
 peligrosos.

 - Disponer de la documentación que acredite que los residuos de construcción y
 demolición realmente producidos en sus obras han sido gestionados, en su caso, en
 obra o entregados a una instalación de valorización o de eliminación

 - Mantener la documentación durante los cinco años siguientes.

 - En el caso de obras sometidas a licencia urbanística, constituir, la fianza o garantía
 financiera equivalente que asegure el cumplimiento de los requisitos establecidos.

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Obligaciones y responsabilidades de las partes implicadas


 Productor de Residuos (Promotor)
 Poseedor de Residuos (Contratista)
 Dirección Facultativa
     Además de las obligaciones previstas en la normativa aplicable, la persona
     física o jurídica que ejecute la obra estará obligada a presentar a la propiedad
   Coordinador de Seguridad y Salud a cabo las obligaciones que le
     de la misma un plan que refleje cómo llevará
     incumban en relación con los residuos de construcción y demolición que se
     vayan a producir en la obra, ……...




                                                                      www.urbicad.com
1º. Contempla la elaboración de un documento que al menos contiene los
requisitos establecidos para el Estudio de Gestión, y deberá ser aprobado
por la Dirección Facultativa.
2º. La entrega de los RCDs se hará de constar en documento, en el que
figure: la identificación del poseedor y del productor, la obra de procedencia y
número de licencia, la cantidad, en T o en m3, el tipo de residuos según MAM.
3º. La separación de los RCDs en fracciones, cuando, de forma
individualizada se superen las siguientes cantidades: Hormigón: 80 t,
Ladrillos, tejas, cerámicos: 40 t, Metal: 2 t, Madera: 1 t, Vidrio: 1 t, Plástico: 0,5 t,
Papel y cartón: 0,5 t.
4º. El compromiso, mientras los RCDs se encuentren en su poder, a
mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad, y evitar la
mezcla de fracciones.
5º La separación en fracciones, dentro de la obra en que se produzcan.
6º. Los planos de las instalaciones previstas para el almacenamiento,
manejo, separación adaptados a las características particulares de la obra y
sus sistemas de ejecución.

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Obligaciones y responsabilidades de las partes implicadas


 Productor de Residuos (Promotor)
 Poseedor de Residuos (Contratista)
 Dirección Facultativa

- Aprobar el Plan o Planes de Gestión de Residuos de la obra
 Coordinador previstos para la valorización
- Aprobar los medios de Seguridad y Salud in situ de los RCDs de la obra




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Obligaciones y responsabilidades de las partes implicadas


 Productor de Residuos (Promotor)
 Poseedor de Residuos (Contratista)
 Dirección Facultativa


 Coordinador de Seguridad y Salud

Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas y, en su caso,
los subcontratistas y los trabajadores autónomos apliquen de manera coherente y
responsable las tareas o actividades con relación a los RCDs:

- La recogida de los materiales peligrosos utilizados
- El almacenamiento y la eliminación o evacuación de residuos y escombros



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Índice de contenidos

   Referencia Normativa
   RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs
   Tratamiento y gestión de los RCDs en las obras de construcción
   Obligaciones y responsabilidades de las partes implicadas
   Aspectos de la normativa que, desde una perspectiva jurídica y
    profesional son de interés




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¿ Lo están exigiendo los Ayuntamientos ?

¿ Quién está habilitado para hacer los Estudios y Planes ?

¿ Es necesario u obligatorio hacerlos ?

¿ Cuántos Planes debe haber en la obra ?

¿ A partir de cuando es obligatorio hacer esto?

¿ Porqué gestionar la producción de los RCDs ?


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Obras que deben llevar Estudio de
                     Gestión de RCDs


Todos los proyectos, básicos o de ejecución, correspondientes a
obras de demolición, reforma, rehabilitación y construcción de
nueva planta, para las que la normativa aplicable exija la firma de
profesional titulado, a efectos de otorgamiento de la licencia
urbanística, deberán incluir el estudio de gestión de residuos,
sin cuyo requisito no debería procederse al visado colegial del
proyecto.




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Técnicos cualificados para
                     elaboración de los Estudios de
                     Gestión de los RCDs.

El estudio de gestión de residuos podrá estar redactado por el
autor del proyecto ó por otro técnico cualificado para ello en virtud
de competencia adquirida a través de su formación académica en
materia de planificación y ordenación de obras de edificación,
materiales y elementos de construcción. Los Arquitectos Técnicos
poseen la habilitación legal necesaria para ello. El estudio habrá
de someterse al visado colegial.




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Necesidad de los Planes de
                    Ejecución de los RCDs

Cada contratista, subcontratista ó trabajador autónomo que
intervenga en la obra con actividad propia susceptible de
generar residuos habrá de elaborar el plan de gestión de los
mismos, que, en función de las condiciones de ejecución de los
trabajos, podrá modificar los planos contenidos en el estudio.
Sería deseable que hubiera un plan director, establecido por el
contratista principal, al que se acomodaran a efectos de
coordinación y funcionalidad los elaborados por los demás
contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos partícipes
en la obra.


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Aprobación de los Planes de
                     Ejecución de los RCDs


Los planes han de ser sometidos a la aprobación de la
Dirección facultativa y a la aceptación del promotor. Esta
intervención técnica de la dirección facultativa, es decir del órgano
colegiado formado por el director de obra y el director de ejecución
de la obra se instrumentará a través de Acta específica, sujeta a
visado colegial, a la que se unirá el plan objeto de aprobación,
firmado por la empresa, y en cuya Acta puede incluirse una
diligencia haciendo constar la aceptación del promotor, con su firma.



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Actuaciones de la DF en obras sin
                     Plan de Ejecución de RCDs


Si los empresarios (poseedores de los residuos) obligados a ello
-contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos- no
presentaran sus correspondientes planes, antes de iniciar su
actividad en la obra, a la dirección facultativa, para su preceptiva
aprobación, se recomienda que aquélla deje constancia expresa de
tal circunstancia en el Libro de Órdenes y Asistencias, con firma del
representante ó encargado de la empresa, dando cuenta de ello al
promotor (productor de residuos)



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¿Dónde se especifica el contenido mínimo que debe
   tener un Estudio de Gestión de los RCDs?
En el Artículo 4º del RD 105/2008 ‘Obligaciones del productor de
residuos de construcción y demolición’, se especifica en el apartado
a)

…….el contenido mínimo que debe tener el estudio de gestión de
residuos de construcción y demolición.




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¿Dónde se especifica el contenido mínimo que debe
    tener un Plan de Ejecución de los RCDs?
En el Artículo 5º del RD 105/2008 ‘Obligaciones del poseedor de
residuos de construcción y demolición.’, se especifica en el punto 1º:

……. la persona física o jurídica que ejecute la obra estará obligada a
presentar a la propiedad de la misma un plan que refleje cómo llevará a
cabo las obligaciones que le incumban en relación con los residuos de
construcción y demolición que se vayan a producir en la obra, en
particular las recogidas en el artículo 4.1. y en este artículo.




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¿ Debe aplicarse a obras menores (reformas de cocinas y
                   baños por ejemplo) ?.


 El RD 105/2008 excluye a los productores y poseedores de residuos de
 construcción y demolición de obras menores de construcción y
 reparación domiciliaria, puesto que tienen la consideración jurídica
 de residuo urbano y estarán por tanto sujetos a los requisitos que
 establezcan las entidades locales en sus ordenanzas municipales.




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¿ Porqué interesa Gestionar la Producción de los RCDs ?.


1º- Solicitar la devolución de la Fianza o Garantía Financiera
    depositada por el Promotor por la Gestión correcta de los RCDs.

2º- Evitación de sanciones medioambientales, al no poder
    demostrar una correcta Gestión de los RCDs de la obra.

3º- Compromiso medioambiental de la Empresa: Imagen corporativa
   de cara a trabajadores, proveedores, adminsitración, etc…

4º- Porque hacerlo correctamente no supone ni una elevada
   inversión ni necesidad de personal cualificado.


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Necesidades      Empresa 1

de controlar la                         Gestor 1
                  Empresa 2
   producción                           Gestor 2

                  Empresa 3
                                        Gestor 3

                  Empresa 4                …
                                           …
                    …                      …
                    …                      …
                    …
                    …
                                         Gestor n
                    …
                    …


                  Empresa n


                              www.urbicad.com
Necesidades      Empresa 1
                              Fecha:
                              T / m3 :


de controlar la               07 09 11
                                            Gestor 1

   producción     Empresa 2   07 12 11
                               Fecha:
                               T / m3 :
                                            Gestor 2

                  Empresa 3
                                            Gestor 3

                  Empresa 4                    …

                                07 15 12       …
                    …                          …
                                 Fecha:
                    …                          …
                                 T / m3 :
                    …
                    …
                                            Gestor n
                    …
                    …


                  Empresa n
Necesidades      Empresa 1

de controlar la                         Gestor 1

   producción     Empresa 2
                                        Gestor 2

                  Empresa 3
                                        Gestor 3

                  Empresa 4                …
                                           …
                    …                      …
                    …                      …
                    …
                    …
                                         Gestor n
                    …
                    …


                  Empresa n


                              www.urbicad.com
Necesidades      Empresa 1

de controlar la                    07 19 12
                                             07 09 11
                                                               Gestor 1

   producción     Empresa 2
                                                07 06 15       Gestor 2
                                  07 09 01
                  Empresa 3
                                         07 09 11              Gestor 3

                  Empresa 4                                       …
                                  07 12 10
                                                    07 15 12      …
                    …                                             …
                    …                                             …
                                              07 07 30
                    …
                    …         07 12 11
                                                               Gestor n
                    …
                    …                         07 21 14


                  Empresa n


                                                    www.urbicad.com
Visto esto, la pregunta es:

  ¿ Cómo podemos llevar a cabo
       estas exigencias ?




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Desarrollo en el Proyecto:

     Estudio de Gestión de los RCDs
Desarrollo en la Fase de ejecución de las obras:

      Plan de Ejecución de los RCDs
   Controlar la producción de los RCDs:
          Entregas de RCDs a Gestor



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Gestión de Residuos en Construcción: Obligaciones y responsabilidades

  • 2. Índice de contenidos  Referencia Normativa  RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs  Tratamiento y gestión de los RCDs en las obras de construcción  Obligaciones y responsabilidades de las partes implicadas  Aspectos de la normativa que, desde una perspectiva jurídica y profesional son de interés www.urbicad.com
  • 3. Índice de contenidos  Referencia Normativa  RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs  Tratamiento y gestión de los RCDs en las obras de construcción  Obligaciones y responsabilidades de las partes implicadas  Aspectos de la normativa que, desde una perspectiva jurídica y profesional son de interés www.urbicad.com
  • 4. REFERENCIA NORMATIVA  RD 105/2008: de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.  PLAN NACIONAL INTEGRADO DE RESIDUOS (PNIR) 2008-2015  Ley 22/2011: de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.  Ordenanzas Municipales www.urbicad.com
  • 5. REFERENCIA NORMATIVA  RD 105/2008: de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.  Fase de Proyecto: Estudio de Gestión de los RCDs  Fase de Ejecución de obra: Plan de Gestión de los RCDs www.urbicad.com
  • 6. Proyecto La normativa que regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición es R.D. 105/2008, y que establece la obligatoriedad de desarrollar:  Durante la Fase de proyecto: (Artículo 4. Obligaciones del productor de residuos de construcción y demolición). Incluir en el proyecto de ejecución de la obra un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición, ………. www.urbicad.com
  • 7. Ejecución Obra  Durante la Fase de Ejecución de obra: Artículo 5. Obligaciones del poseedor de residuos de construcción y demolición. Además de las obligaciones previstas en la normativa aplicable, la persona física o jurídica que ejecute la obra estará obligada a presentar a la propiedad de la misma un plan que refleje cómo llevará a cabo las obligaciones que le incumban en relación con los residuos de construcción y demolición que se vayan a producir en la obra, ……... www.urbicad.com
  • 8. PLAN NACIONAL INTEGRADO DE RESIDUOS (PNIR) 2008-2015 Surge como una necesidad debida al incremento paulatino e imparable del aumento en la generación de residuos, para regularlos con rigor ecológico y planificar la puesta en práctica de esa regulación de manera racional y realista Recoge la directiva marco europea, Directiva 2006/12/CE, en la cual se pone el acento en la necesidad y obligación de los Estados miembros de dotarse de instrumentos jurídicos y de planificación en Gestión de Residuos. Es de ámbito generalista, abarcando los Residuos de Construcción y Demolición como un residuo más: Residuos Urbanos / Residuos Peligrosos / Suelos contaminados / Neumáticos fuera de uso / Actividades extractiva, etc…… www.urbicad.com
  • 9. PLAN NACIONAL INTEGRADO DE RESIDUOS (PNIR) 2008-2015 www.urbicad.com
  • 10. PLAN NACIONAL INTEGRADO DE RESIDUOS (PNIR) 2008-2015 www.urbicad.com
  • 11. Ley 22/2011: de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. • Es una transposición de la Directiva 2008/98/CE (Directiva marco de residuos). • Incorpora el principio de jerarquía en la producción y gestión de residuos que ha de centrarse en la prevención, la preparación para la reutilización, el reciclaje u otras formas de valorización, incluida la valorización energética. • Esta Ley es de aplicación a todo tipo de residuos (incluidos los de construcción) excepto a los suelos no contaminados excavados y otros materiales naturales excavados durante las actividades de construcción, cuando se tenga la certeza de que estos materiales se utilizarán con fines de construcción en su estado natural en el lugar u obra donde fueron extraídos. www.urbicad.com
  • 12. Ley 22/2011: de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. • Se incluye un artículo de definiciones entre las que se recogen conceptos clave como: Residuo peligroso: residuo que presenta una o varias de las características peligrosas enumeradas en el anexo III, y aquél que pueda aprobar el Gobierno de conformidad con lo establecido en la normativa europea o en los convenios internacionales de los que España sea parte, así como los recipientes y envases que los hayan contenido. Prevención: conjunto de medidas adoptadas en la fase de concepción y diseño, de producción, de distribución y de consumo de una sustancia, material o producto, para reducir: 1.º La cantidad de residuo, incluso mediante la reutilización de los productos o el alargamiento de la vida útil de los productos. 2.º Los impactos adversos sobre el medio ambiente y la salud humana de los residuos generados, incluyendo el ahorro en el uso de materiales o energía. 3.º El contenido de sustancias nocivas en materiales y productos. www.urbicad.com
  • 13. Ley 22/2011: de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Productor de residuos: cualquier persona física o jurídica cuya actividad produzca residuos (productor inicial de residuos) o cualquier persona que efectúe operaciones de tratamiento previo, de mezcla o de otro tipo, ……… En el RD 105/2008 se establece el PROMOTOR. Poseedor de residuos: el productor de residuos u otra persona física o jurídica que esté en posesión de residuos. En el RD 105/2008 se establece el CONTRATISTA. Reutilización: cualquier operación mediante la cual productos o componentes de productos que no sean residuos se utilizan de nuevo con la misma finalidad para la que fueron concebidos. Tratamiento: las operaciones de valorización o eliminación, incluida la preparación anterior a la valorización o eliminación. Valorización: cualquier operación cuyo resultado principal sea que el residuo sirva a una finalidad útil al sustituir a otros materiales, que de otro modo se habrían utilizado para cumplir una función particular, o que el residuo sea preparado para cumplir esa función en la instalación o en la economía en general. En el anexo II se recoge una lista no exhaustiva de operaciones de valorización. www.urbicad.com
  • 14. Ley 22/2011: de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Productor de residuos: cualquier persona física o jurídica cuya actividad produzca residuos (productor inicial de residuos) o cualquier persona que efectúe operaciones de tratamiento previo, de mezcla o de otro tipo, ……… En el RD 105/2008 se establece el PROMOTOR. Poseedor de residuos: el productor de residuos u otra persona física o jurídica que esté en posesión de residuos. En el RD 105/2008 se establece el CONTRATISTA. Reutilización: cualquier operación mediante la cual productos o componentes de productos que no sean residuos se utilizan de nuevo con la misma finalidad para la que fueron concebidos. Tratamiento: las operaciones de valorización o eliminación, incluida la preparación anterior a la valorización o eliminación. Valorización: cualquier operación cuyo resultado principal sea que el residuo sirva a una finalidad útil al sustituir a otros materiales, que de otro modo se habrían utilizado para cumplir una función particular, o Se incluye la clasificación y la recogida selectiva de los RCDs de la que el residuo sea preparado para cumplir esa función en la instalación o en la economía en general. En obra, el anexo II se recoge una lista no exhaustiva de operaciones de valorización. www.urbicad.com
  • 15. Ley 22/2011: de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Productor de residuos: cualquier persona física o jurídica cuya actividad produzca residuos (productor inicial de residuos) o cualquier persona que efectúe operaciones de tratamiento previo, de mezcla o de otro tipo, ……… En el RD 105/2008 se establece el PROMOTOR. Poseedor de residuos: el productor de residuos u otra persona física o jurídica que esté en posesión de residuos. En el RD 105/2008 se establece el CONTRATISTA. Reutilización: cualquier operación mediante la cual productos o componentes de productos que no sean residuos se utilizan de nuevo con la misma finalidad para la que fueron concebidos. Tratamiento: las operaciones de valorización o eliminación, incluida la preparación anterior a la valorización o eliminación. Valorización: cualquier operación cuyo resultado principal sea que el residuo sirva a una finalidad útil al sustituir a otros materiales, que de otro modo se habrían utilizado para cumplir una función particular, o que el residuo sea preparado para cumplir esa función en la instalación o en la economía en general. En el anexo II se recoge una lista no exhaustiva de operaciones de valorización. www.urbicad.com
  • 16. Ley 22/2011: de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Productor de residuos: cualquier persona física o jurídica cuya actividad produzca residuos (productor inicial de residuos) o cualquier persona que efectúe operaciones de tratamiento previo, de mezcla o de otro tipo, ……… En el RD 105/2008 se establece el PROMOTOR. Poseedor de residuos: el productor de residuos u otra persona física o jurídica que esté en posesión de residuos. En el RD 105/2008 se establece el CONTRATISTA. Reutilización: cualquier operación mediante la cual productos o componentes de productos que no sean residuos se utilizan de nuevo con la misma finalidad para la que fueron concebidos. Aprovechamiento de los recursos contenidos en los residuos: Tratamiento: las operaciones de valorización o eliminación, incluida la preparación anterior a la valorización o eliminación. - La utilización como combustible. Valorización: cualquier operación cuyo resultado principal sea que el residuo sirva a una finalidad útil al - Reciclado de de otro modo se habrían utilizado para cumplir una función particular, o sustituir a otros materiales, quesustancias orgánicas (formación de abono) que el residuo sea preparado para cumplir esa metales en la instalación o en la economía en general. En - Reciclado o recuperación de función el anexo II se recoge una lista no exhaustiva de operaciones de valorización. - Tratamiento de suelos - etc… www.urbicad.com
  • 17. Ley 22/2011: de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Reciclado: toda operación de valorización mediante la cual los materiales de residuos son transformados de nuevo en productos, materiales o sustancias, tanto si es con la finalidad original como con cualquier otra finalidad. Incluye la transformación del material orgánico, pero no la valorización energética ni la transformación en materiales que se vayan a usar como combustibles o para operaciones de relleno. Eliminación: cualquier operación que no sea la valorización, incluso cuando la operación tenga como consecuencia secundaria el aprovechamiento de sustancias o energía. En el anexo I se recoge una lista no exhaustiva de operaciones de eliminación. Residuos domésticos: residuos generados en los hogares como consecuencia de las actividades domésticas. Se incluyen también en esta categoría los residuos y escombros procedentes de obras menores de construcción y reparación domiciliaria. www.urbicad.com
  • 18. Ley 22/2011: de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Reciclado: toda operación de valorización mediante la cual los materiales de residuos son transformados de nuevo en productos, materiales o sustancias, tanto si es con la finalidad original como con cualquier otra finalidad. Incluye la transformación del material orgánico, pero no la valorización energética ni la transformación en materiales que se vayan a usar como combustibles o para operaciones de relleno. Eliminación: cualquier operación que no sea la valorización, incluso cuando la operación tenga como consecuencia secundaria el aprovechamiento de sustancias o energía. En el anexo I se recoge una lista no exhaustiva de operaciones de eliminación. Residuos domésticos: residuos generados en los hogares como consecuencia de las actividades domésticas. SeTodo procedimientoesta categoría los vertido oyaescombros procedentes de obras incluyen también en dirigido, bien al residuos su destrucción. menores de construcción y reparación domiciliaria. www.urbicad.com
  • 19. Ley 22/2011: de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Reciclado: toda operación de valorización mediante la cual los materiales de residuos son transformados de nuevo en productos, materiales o sustancias, tanto si es con la finalidad original como con cualquier otra finalidad. Incluye la transformación del material orgánico, pero no la valorización energética ni la transformación en materiales que se vayan a usar como combustibles o para operaciones de relleno. Eliminación: cualquier operación que no sea la valorización, incluso cuando la operación tenga como consecuencia secundaria el aprovechamiento de sustancias o energía. En el anexo I se recoge una lista no exhaustiva de operaciones de eliminación. Residuos domésticos: residuos generados en los hogares como consecuencia de las actividades domésticas. Se incluyen también en esta categoría los residuos y escombros procedentes de obras menores de construcción y reparación domiciliaria. www.urbicad.com
  • 20. Ley 22/2011: de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Antes de 2020, la cantidad de residuos no peligrosos de construcción y demolición destinados a la preparación para la reutilización, el reciclado y otra valorización de materiales, con exclusión de los materiales en estado natural definidos en la categoría 17 05 04 de la lista de residuos, deberá alcanzar como mínimo el 70% en peso de los producidos. www.urbicad.com
  • 21. Ordenanzas Municipales. Se está exigiendo a nivel de muchos Ayuntamiento el Plan de Gestión de RCDs y las Fianzas Municipales Actualmente a partir del RD 105/2008, las CC.AA. ya regulan la Gestión de los RCDs, en sus normativas. Y como consecuencia de ello los Ayuntamientos han ido emitiendo ORDENANZAS MUNICIPALES que contemplan la regulación de los RCDS y establecen las Fianzas. www.urbicad.com
  • 22. Ayuntamientos como el de:  Carmona (Andalucia) www.urbicad.com
  • 23. Ayuntamientos como el de:  Carmona (Andalucia)  Rivas-Vaciamadrid (Madrid) www.urbicad.com
  • 24. Ayuntamientos como el de:  Carmona (Andalucia)  Rivas-Vaciamadrid (Madrid)  Azuqueca de Henares (Castilla-La Mancha ) www.urbicad.com
  • 25. Ayuntamientos como el de:  Carmona (Andalucia)  Rivas-Vaciamadrid (Madrid)  Azuqueca de Henares (Castilla-La Mancha )  Rodezno (La Rioja) www.urbicad.com
  • 26. Ayuntamientos como el de:  Carmona (Andalucia)  Rivas-Vaciamadrid (Madrid)  Azuqueca de Henares (Castilla-La Mancha )  Rodezno (La Rioja)  Etc…………. www.urbicad.com
  • 27. Valores mín./máx. Euros Tierras Valores mín./máx Euros/m3 Euros Tierras Resto RCDs Cálculo Fianza RCDs % Mín./Máx. Euros/m3 PEM Resto RCDs Resto RCDs % Mín./Máx. PEM Tierras
  • 28. Índice de contenidos  Referencia Normativa  RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs  Tratamiento y gestión de los RCDs en las obras de construcción  Obligaciones y responsabilidades de las partes implicadas  Aspectos de la normativa que, desde una perspectiva jurídica y profesional son de interés www.urbicad.com
  • 29. RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs Autor del Estudio de Gestión de RCDs Autor del Plan de Gestión de RCDs Productor de Residuos (PROMOTOR) Poseedor de Residuos (CONTRATISTA, SUBCONTRATISTA o T.AUTÓNOMO) Dirección Facultativa RD 1627/1997: Coordinador de Seguridad y Salud www.urbicad.com
  • 30. RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs Autor del Estudio de Gestión de RCDs Autor del Plan de Gestión de RCDs El Estudio de gestión de residuos podrá estar redactado por el autor del proyecto ó por otro Productor de Residuos (PROMOTOR): técnico cualificado para ello en virtud de competencia adquirida a través de su formación académica en materia de planificación y ordenación de obras de edificación, materiales y Poseedor de Residuos (CONTRATISTA, SUBCONTRATISTA o T.AUTÓNOMO) elementos de construcción. www.urbicad.com
  • 31. RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs Autor del Estudio de Gestión de RCDs Autor del Plan de Gestión de RCDs Productor de Residuos (PROMOTOR): Cada contratista, subcontratista ó trabajador autónomo que intervenga en la obra con Poseedor de Residuos (CONTRATISTA, SUBCONTRATISTA o T.AUTÓNOMO) actividad propia susceptible de generar residuos habrá de elaborar el plan de gestión de los mismos. Por lo tanto el Autor del Plan es el Contratista, Subcontratista o T. Autónomo. www.urbicad.com
  • 32. RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs Autor del Estudio de Gestión de RCDs Autor del Plan de Gestión de RCDs Productor de Residuos (PROMOTOR): Poseedor de Residuos (CONTRATISTA, SUBCONTRATISTA o T.AUTÓNOMO) 1. La persona física o jurídica titular de la licencia urbanística en una obra de construcción o demolición; en aquellas obras que no precisen de licencia urbanística, tendrá la consideración de productor del residuo la persona física o jurídica titular del bien inmueble objeto de una obra de construcción o demolición. 2. La persona física o jurídica que efectúe operaciones de tratamiento, de mezcla o de otro tipo, que ocasionen un cambio de naturaleza o de composición de los residuos. 3. El importador o adquirente en cualquier Estado miembro de la Unión Europea de residuos de construcción y demolición. www.urbicad.com
  • 33. RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs Autor del Estudio de Gestión de RCDs Autor del Plan de Gestión de RCDs Productor de Residuos (PROMOTOR): Poseedor de Residuos (CONTRATISTA, SUBCONTRATISTA o T.AUTÓNOMO) La persona física o jurídica que tenga en su poder los residuos de construcción y demolición y que no ostente la condición de gestor de residuos. En todo caso, tendrá la consideración de poseedor la persona física o jurídica que ejecute la obra de construcción o demolición, tales como el constructor, los subcontratistas o los trabajadores autónomos. En todo caso, no tendrán la consideración de poseedor de residuos de construcción y demolición los trabajadores por cuenta ajena. www.urbicad.com
  • 34. RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs Autor del Estudio de Gestión de RCDs  No se ha creado una figura responsable de la Gestión de los RCDs producidos en la Autor del Plan de Gestión de RCDs obra.  Recae en Productor decada Empresa, el hacerse cargo de su correcta gestión de sus residuos. Residuos (PROMOTOR):  La Dirección Facultativa se limita a “Aprobar los Planes de Gestión”, las moficiaciones al Poseedor las autorización para valorización in-situSUBCONTRATISTA o T.AUTÓNOMO) Plan y de Residuos (CONTRATISTA, de los RCDs Dirección Facultativa RD 1627/1997: Coordinador de Seguridad y Salud (Fase de Obra). www.urbicad.com
  • 35. Artículo 9. Obligaciones del coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra El coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra deberá RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs desarrollar las siguientes funciones: a)…. b) Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas y, en su caso, Autor del Estudio deyGestión de RCDs los subcontratistas los trabajadores autónomos apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley Autor del Plan de Gestión Laborales durante la ejecución de la obra y, en particular, en las de Prevención de Riesgos de RCDs tareas o actividades a que se refiere el artículo 10 de este Real Decreto. Productor de Residuos (PROMOTOR): Articulo 10. Principios generales aplicables durante la ejecución de la obra Poseedor de Residuos (CONTRATISTA, SUBCONTRATISTA o T.AUTÓNOMO) e)….. f) La recogida de los materiales peligrosos utilizados Direcciónalmacenamiento y la eliminación o evacuación de residuos y escombros g) El Facultativa h) …….. RD 1627/1997: Coordinador de Seguridad y Salud (Fase de Obra). www.urbicad.com
  • 36. Índice de contenidos  Referencia Normativa  RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs  Tratamiento y gestión de los RCDs en las obras de construcción  Obligaciones y responsabilidades de las partes implicadas  Aspectos de la normativa que, desde una perspectiva jurídica y profesional son de interés www.urbicad.com
  • 37. Tratamiento y gestión de los RCDs en las obras de construcción Reducir en origen la generación de RCD: - Gestionar correctamente todos los RP de los RCD - Valorizar todo lo posible (reciclar, reutilizar) - Aplicar el principio de jerarquía: tras la prevención el orden es el siguiente: Reutilización, Reciclaje, Valorización, eliminación en vertedero. Objetivos cuantitativos: - Recogida controlada y correcta gestión del 95% de los RCD a partir de 2011 - Reducción o reutilización del 15% de RCD a partir de 2011 - Reciclaje del 40% de RCD, a partir de 2011 - Valorización del 70% de los residuos de envases de materiales de construcción a partir del 2010 - RP: recogida selectiva y correcta gestión del 95% a partir de 2008 www.urbicad.com
  • 38. Índice de contenidos  Referencia Normativa  RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs  Tratamiento y gestión de los RCDs en las obras de construcción  Obligaciones y responsabilidades de las partes implicadas  Aspectos de la normativa que, desde una perspectiva jurídica y profesional son de interés www.urbicad.com
  • 39. Obligaciones y responsabilidades de las partes implicadas  Productor de Residuos (Promotor)  Poseedor de residuos (Contratista)  Dirección Facultativa  Coordinador de Seguridad y Salud www.urbicad.com
  • 40. Obligaciones y responsabilidades de las partes implicadas  Productor de Residuos (Promotor)  Poseedor de residuos (Contratista)  Dirección Facultativa de proyecto: (Artículo 4. Obligaciones del Durante la Fase productor de residuos de construcción y demolición). Incluir en el proyecto de ejecución de la obra un estudio de  Coordinador de Seguridad y construcción y demolición, que gestión de residuos de Salud contendrá como mínimo: www.urbicad.com
  • 41. 1.º Una estimación de la cantidad, expresada en T y en m3, de los RCDs generados, codificados con arreglo a la lista MAM/304/2002. 2.º Las medidas para la prevención de residuos en la obra objeto del proyecto. 3.º Las operaciones de reutilización, valorización o eliminación a que se destinarán los RCDs 4.º Las medidas para la separación de los RCDs. 5.º Los planos de las instalaciones previstas para el almacenamiento, manejo, separación y, en su caso, otras operaciones de gestión de los RCDs. 6.º Las prescripciones del pliego de prescripciones técnicas particulares del proyecto, en relación con el almacenamiento, manejo, separación y, en su caso, otras operaciones de gestión de los residuos de construcción y demolición dentro de la obra. 7.º Una valoración del coste previsto de la gestión de los RCDs y que formará parte del presupuesto del proyecto en capítulo independiente. www.urbicad.com
  • 42. Obligaciones y responsabilidades de las partes implicadas  Productor de Residuos (Promotor)  Poseedor de residuos (Contratista)  Hacer un inventario de los residuos peligrosos que se generarán, que deberá incluirse - Dirección Facultativa en el estudio de gestión - Prever la retirada selectiva de los RP, con el fin de evitar la mezcla entre ellos o con  Coordinador de Seguridad y su envío a gestores autorizados de residuos otros residuos no peligrosos, y asegurar Salud peligrosos. - Disponer de la documentación que acredite que los residuos de construcción y demolición realmente producidos en sus obras han sido gestionados, en su caso, en obra o entregados a una instalación de valorización o de eliminación - Mantener la documentación durante los cinco años siguientes. - En el caso de obras sometidas a licencia urbanística, constituir, la fianza o garantía financiera equivalente que asegure el cumplimiento de los requisitos establecidos. www.urbicad.com
  • 43. Obligaciones y responsabilidades de las partes implicadas  Productor de Residuos (Promotor)  Poseedor de Residuos (Contratista)  Dirección Facultativa Además de las obligaciones previstas en la normativa aplicable, la persona física o jurídica que ejecute la obra estará obligada a presentar a la propiedad  Coordinador de Seguridad y Salud a cabo las obligaciones que le de la misma un plan que refleje cómo llevará incumban en relación con los residuos de construcción y demolición que se vayan a producir en la obra, ……... www.urbicad.com
  • 44. 1º. Contempla la elaboración de un documento que al menos contiene los requisitos establecidos para el Estudio de Gestión, y deberá ser aprobado por la Dirección Facultativa. 2º. La entrega de los RCDs se hará de constar en documento, en el que figure: la identificación del poseedor y del productor, la obra de procedencia y número de licencia, la cantidad, en T o en m3, el tipo de residuos según MAM. 3º. La separación de los RCDs en fracciones, cuando, de forma individualizada se superen las siguientes cantidades: Hormigón: 80 t, Ladrillos, tejas, cerámicos: 40 t, Metal: 2 t, Madera: 1 t, Vidrio: 1 t, Plástico: 0,5 t, Papel y cartón: 0,5 t. 4º. El compromiso, mientras los RCDs se encuentren en su poder, a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad, y evitar la mezcla de fracciones. 5º La separación en fracciones, dentro de la obra en que se produzcan. 6º. Los planos de las instalaciones previstas para el almacenamiento, manejo, separación adaptados a las características particulares de la obra y sus sistemas de ejecución. www.urbicad.com
  • 45. Obligaciones y responsabilidades de las partes implicadas  Productor de Residuos (Promotor)  Poseedor de Residuos (Contratista)  Dirección Facultativa - Aprobar el Plan o Planes de Gestión de Residuos de la obra  Coordinador previstos para la valorización - Aprobar los medios de Seguridad y Salud in situ de los RCDs de la obra www.urbicad.com
  • 46. Obligaciones y responsabilidades de las partes implicadas  Productor de Residuos (Promotor)  Poseedor de Residuos (Contratista)  Dirección Facultativa  Coordinador de Seguridad y Salud Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas y, en su caso, los subcontratistas y los trabajadores autónomos apliquen de manera coherente y responsable las tareas o actividades con relación a los RCDs: - La recogida de los materiales peligrosos utilizados - El almacenamiento y la eliminación o evacuación de residuos y escombros www.urbicad.com
  • 47. Índice de contenidos  Referencia Normativa  RD 105/2008: Agentes intervinientes en la Gestión de RCDs  Tratamiento y gestión de los RCDs en las obras de construcción  Obligaciones y responsabilidades de las partes implicadas  Aspectos de la normativa que, desde una perspectiva jurídica y profesional son de interés www.urbicad.com
  • 48. ¿ Lo están exigiendo los Ayuntamientos ? ¿ Quién está habilitado para hacer los Estudios y Planes ? ¿ Es necesario u obligatorio hacerlos ? ¿ Cuántos Planes debe haber en la obra ? ¿ A partir de cuando es obligatorio hacer esto? ¿ Porqué gestionar la producción de los RCDs ? www.urbicad.com
  • 49. Obras que deben llevar Estudio de Gestión de RCDs Todos los proyectos, básicos o de ejecución, correspondientes a obras de demolición, reforma, rehabilitación y construcción de nueva planta, para las que la normativa aplicable exija la firma de profesional titulado, a efectos de otorgamiento de la licencia urbanística, deberán incluir el estudio de gestión de residuos, sin cuyo requisito no debería procederse al visado colegial del proyecto. www.urbicad.com
  • 50. Técnicos cualificados para elaboración de los Estudios de Gestión de los RCDs. El estudio de gestión de residuos podrá estar redactado por el autor del proyecto ó por otro técnico cualificado para ello en virtud de competencia adquirida a través de su formación académica en materia de planificación y ordenación de obras de edificación, materiales y elementos de construcción. Los Arquitectos Técnicos poseen la habilitación legal necesaria para ello. El estudio habrá de someterse al visado colegial. www.urbicad.com
  • 51. Necesidad de los Planes de Ejecución de los RCDs Cada contratista, subcontratista ó trabajador autónomo que intervenga en la obra con actividad propia susceptible de generar residuos habrá de elaborar el plan de gestión de los mismos, que, en función de las condiciones de ejecución de los trabajos, podrá modificar los planos contenidos en el estudio. Sería deseable que hubiera un plan director, establecido por el contratista principal, al que se acomodaran a efectos de coordinación y funcionalidad los elaborados por los demás contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos partícipes en la obra. www.urbicad.com
  • 52. Aprobación de los Planes de Ejecución de los RCDs Los planes han de ser sometidos a la aprobación de la Dirección facultativa y a la aceptación del promotor. Esta intervención técnica de la dirección facultativa, es decir del órgano colegiado formado por el director de obra y el director de ejecución de la obra se instrumentará a través de Acta específica, sujeta a visado colegial, a la que se unirá el plan objeto de aprobación, firmado por la empresa, y en cuya Acta puede incluirse una diligencia haciendo constar la aceptación del promotor, con su firma. www.urbicad.com
  • 53. Actuaciones de la DF en obras sin Plan de Ejecución de RCDs Si los empresarios (poseedores de los residuos) obligados a ello -contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos- no presentaran sus correspondientes planes, antes de iniciar su actividad en la obra, a la dirección facultativa, para su preceptiva aprobación, se recomienda que aquélla deje constancia expresa de tal circunstancia en el Libro de Órdenes y Asistencias, con firma del representante ó encargado de la empresa, dando cuenta de ello al promotor (productor de residuos) www.urbicad.com
  • 54. ¿Dónde se especifica el contenido mínimo que debe tener un Estudio de Gestión de los RCDs? En el Artículo 4º del RD 105/2008 ‘Obligaciones del productor de residuos de construcción y demolición’, se especifica en el apartado a) …….el contenido mínimo que debe tener el estudio de gestión de residuos de construcción y demolición. www.urbicad.com
  • 55. ¿Dónde se especifica el contenido mínimo que debe tener un Plan de Ejecución de los RCDs? En el Artículo 5º del RD 105/2008 ‘Obligaciones del poseedor de residuos de construcción y demolición.’, se especifica en el punto 1º: ……. la persona física o jurídica que ejecute la obra estará obligada a presentar a la propiedad de la misma un plan que refleje cómo llevará a cabo las obligaciones que le incumban en relación con los residuos de construcción y demolición que se vayan a producir en la obra, en particular las recogidas en el artículo 4.1. y en este artículo. www.urbicad.com
  • 56. ¿ Debe aplicarse a obras menores (reformas de cocinas y baños por ejemplo) ?. El RD 105/2008 excluye a los productores y poseedores de residuos de construcción y demolición de obras menores de construcción y reparación domiciliaria, puesto que tienen la consideración jurídica de residuo urbano y estarán por tanto sujetos a los requisitos que establezcan las entidades locales en sus ordenanzas municipales. www.urbicad.com
  • 57. ¿ Porqué interesa Gestionar la Producción de los RCDs ?. 1º- Solicitar la devolución de la Fianza o Garantía Financiera depositada por el Promotor por la Gestión correcta de los RCDs. 2º- Evitación de sanciones medioambientales, al no poder demostrar una correcta Gestión de los RCDs de la obra. 3º- Compromiso medioambiental de la Empresa: Imagen corporativa de cara a trabajadores, proveedores, adminsitración, etc… 4º- Porque hacerlo correctamente no supone ni una elevada inversión ni necesidad de personal cualificado. www.urbicad.com
  • 58. Necesidades Empresa 1 de controlar la Gestor 1 Empresa 2 producción Gestor 2 Empresa 3 Gestor 3 Empresa 4 … … … … … … … … Gestor n … … Empresa n www.urbicad.com
  • 59. Necesidades Empresa 1 Fecha: T / m3 : de controlar la 07 09 11 Gestor 1 producción Empresa 2 07 12 11 Fecha: T / m3 : Gestor 2 Empresa 3 Gestor 3 Empresa 4 … 07 15 12 … … … Fecha: … … T / m3 : … … Gestor n … … Empresa n
  • 60. Necesidades Empresa 1 de controlar la Gestor 1 producción Empresa 2 Gestor 2 Empresa 3 Gestor 3 Empresa 4 … … … … … … … … Gestor n … … Empresa n www.urbicad.com
  • 61. Necesidades Empresa 1 de controlar la 07 19 12 07 09 11 Gestor 1 producción Empresa 2 07 06 15 Gestor 2 07 09 01 Empresa 3 07 09 11 Gestor 3 Empresa 4 … 07 12 10 07 15 12 … … … … … 07 07 30 … … 07 12 11 Gestor n … … 07 21 14 Empresa n www.urbicad.com
  • 62. Visto esto, la pregunta es: ¿ Cómo podemos llevar a cabo estas exigencias ? www.urbicad.com
  • 63. Desarrollo en el Proyecto: Estudio de Gestión de los RCDs Desarrollo en la Fase de ejecución de las obras: Plan de Ejecución de los RCDs Controlar la producción de los RCDs: Entregas de RCDs a Gestor www.urbicad.com