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MICRONATIONAL BROADCASTING UNION CHARTER
INTRODUCTION
Article 1. The UMR/MBU is an alliance of media entities.
Article 2. The members have the common goal of associating to produce media content and develop
micronational culture.
CHAPTER 1
The offices
Article 3. The secretary-general is elected by the vote of the members, with the ratio of one member / one vote
and by absolute majority in one round for a one-year term.
Article 4. The Secretary-General is accompanied in his mission by "directors" whom are appointed with their
consent by decree.
Article 5. Are appointed, a director for Microvision Secretary, for the Associated Media Secretary and for the
High Commission.
Article 6.
1. The Director of the Microvision Secretary is the supervisor of the contest, associated with the host
broadcaster.
2. The associate media director appointed by decree, one “Project Manager” for each franchise of the
UMR / MBU . * This article does not include the Microvision Song Festival.
3. The High Commission aims to control the legal and institutional functioning of the organization.
CHAPTER 2
The members
Article 7. Members are collaborative entities; they should only be media companies.
Article 8
1. Members do not represent a nation, several media based in the same country can be members.
2. Nations are represented by a member of the UMR / MBU at the following events: Microvision Song
Festival.
Article 9. During the admission phase, a media entity can join alone or within a media group.
CHAPTER 3
Internal Policy
Article 10. This charter abolishes all previous texts.
Article 11. The UMR / MBU is a non-profit, apolitical, public international organization promoting universal
values.
Article 12. The Secretary General may by referendum initiative and only by this way, amend this charter.
Article 12 bis. Decisions concerning the prerogatives of the general secretary or department heads are made
by decree in a logic of consultation and negotiation.
Article 14. Official languages are Castilian and English. However, the linguistic abilities of each should be
used for the promotion of the organization.
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CARTA DE LA UNIÓN MICRONACIONAL DE RADIODIFUSIÓN
INTRODUCTION
Artículo 1. La UMR/MBU es una alianza de entidades de comunicación [medios de comunicación].
Artículo 2. Los miembros tienen un objetivo común de asociarse para producir contenido de comunicación
[i. e. contenidos propios de medios de comunicación] y desarrollar cultura micronacional.
CAPÍTULO 1
Las oficinas
Artículo 3. El Secretario General es elegido por sufragio de los miembros, con la ratio [sic.] de un voto por
miembro, y por mayoría absoluta en una ronda, por una legislatura de un año.
Artículo 4. El Secretario General es asistido [«acompañado en su misión»] por los Directores, que se
instituyen por Decreto.
Artículo 5. Se establecerá un director para la Secretaría de Microvisión, uno para la Secretaría de Medios
Asociados, y uno para la Alta Comisión.
Artículo 6.
1. El Director de la Secretaría de Microvisión es el supervisor del festival, asociado con el organizador.
2. El Director de la Secretaría de Medios Asociados elige por Decreto a un Gestor de Proyecto para cada
franquicia de la UMR/MBU. *Este artículo no incluye el Festival de Microvisión.[nota i
]
3. La Alta Comisión aspira a controlar el funcionamiento legal e institucional de la organización.
CAPÍTULO 2
Los miembros
Artículo 7. Los miembros son entidades colaborativas; solamente deberían ser compañías de comunicación.
Artículo 8.
1. Los miembros no representan a una nación, varios medios de comunicación en el mismo país pueden
ser miembros.
2. Las naciones son representadas por un miembro de la UMR/MBU en los siguientes eventos: Festival
de Microvisión.
Artículo 9. Durante la fase de admisión, una entidad de comunicación puede entrar a formar parte de la
organización por sí sola o dentro de un grupo de medios de comunicación.
CAPÍTULO 3
Política Interna
Artículo 10. Esta Carta deroga todos los textos previos.
Artículo 11. La UMR/MBU es una organización internacional pública apolítica y sin ánimo de lucro que
promueve los valores universales.
Artículo 12. El Secretario General [dudamos en si quieren decir Secretaría General] puede por iniciativa de
referéndum, y sólo de esta manera, enmendar la presente Carta.
Artículo 12 bis [entiéndase como 13]. Las decisiones que conciernan las prerrogativas de la Secretaría
General o Jefes de Departamento [dudamos en si debemos entender “Secretarios de las Oficinas”] se hacen
por Decreto en una lógica de consulta y negociación.
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Artículo 14. Las lenguas oficiales son el castellano y el inglés. No obstante, las habilidades lingüísticas de
cada uno deberían ser usadas para la promoción de la organización.
i
Esta traducción es confusa, pues el texto del articulado es vago y ambiguo. Dudamos en el significado de “franchise”, que no
sabemos si se refiere a “franquicia” o al “derecho de sufragio” o “sufragio”. Hemos optado por la primera opción, porque nos
parecía más lógica. ¶Otra duda es sobre la formulación de la primera frase del apartado y la expresión “appointed by decree”: En
principio, pareciera que el que es instituido por decreto sea el propio Secretario, pero por contexto, hemos optado por darle la
vuelta a sensu contrario, pues no tendría sentido el artículo de así ser.
1. La primera página contiene el texto original y oficial en inglés.
2. La segunda y tercera páginas contienen la traducción del texto a la lengua castellana, con las
observaciones específicas de las traducciones del texto.
Traducción Realizada por la Academia Nacional Traductora de Troncopañya (ANTT)
Esperamos humildemente que sea de vuestra gran utilidad.

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  • 2. Página 2 de 3 CARTA DE LA UNIÓN MICRONACIONAL DE RADIODIFUSIÓN INTRODUCTION Artículo 1. La UMR/MBU es una alianza de entidades de comunicación [medios de comunicación]. Artículo 2. Los miembros tienen un objetivo común de asociarse para producir contenido de comunicación [i. e. contenidos propios de medios de comunicación] y desarrollar cultura micronacional. CAPÍTULO 1 Las oficinas Artículo 3. El Secretario General es elegido por sufragio de los miembros, con la ratio [sic.] de un voto por miembro, y por mayoría absoluta en una ronda, por una legislatura de un año. Artículo 4. El Secretario General es asistido [«acompañado en su misión»] por los Directores, que se instituyen por Decreto. Artículo 5. Se establecerá un director para la Secretaría de Microvisión, uno para la Secretaría de Medios Asociados, y uno para la Alta Comisión. Artículo 6. 1. El Director de la Secretaría de Microvisión es el supervisor del festival, asociado con el organizador. 2. El Director de la Secretaría de Medios Asociados elige por Decreto a un Gestor de Proyecto para cada franquicia de la UMR/MBU. *Este artículo no incluye el Festival de Microvisión.[nota i ] 3. La Alta Comisión aspira a controlar el funcionamiento legal e institucional de la organización. CAPÍTULO 2 Los miembros Artículo 7. Los miembros son entidades colaborativas; solamente deberían ser compañías de comunicación. Artículo 8. 1. Los miembros no representan a una nación, varios medios de comunicación en el mismo país pueden ser miembros. 2. Las naciones son representadas por un miembro de la UMR/MBU en los siguientes eventos: Festival de Microvisión. Artículo 9. Durante la fase de admisión, una entidad de comunicación puede entrar a formar parte de la organización por sí sola o dentro de un grupo de medios de comunicación. CAPÍTULO 3 Política Interna Artículo 10. Esta Carta deroga todos los textos previos. Artículo 11. La UMR/MBU es una organización internacional pública apolítica y sin ánimo de lucro que promueve los valores universales. Artículo 12. El Secretario General [dudamos en si quieren decir Secretaría General] puede por iniciativa de referéndum, y sólo de esta manera, enmendar la presente Carta. Artículo 12 bis [entiéndase como 13]. Las decisiones que conciernan las prerrogativas de la Secretaría General o Jefes de Departamento [dudamos en si debemos entender “Secretarios de las Oficinas”] se hacen por Decreto en una lógica de consulta y negociación.
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