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DERECHO PESQUERO
Dr. José Vásquez Ampa
* 573883
jvasquezampa@gmail.com
Es importante conocer la coyuntura de la pesca matando el mar peruano.
Piura y Tumbes 70% pesca.
Seguridad alimentaria. Está en peligro
Pescador artesanal
Bolichera  30 Toneladas
Mar Norteño  No hay fiscalización
El Terrible Impacto (pesca clandestina)
Las bolicheras de mallas de 7.5 cm redes
Sacan 40 tn. de pesca y tienen sobre pesca y la devuelven.
Están arrastrando peces juveniles con pesca de arrastre
Y hacen una pesca de descarga del 90% (naves arrastreras)
En estos últimos años hay depredación.
Pesca artesanal
La pesca indiscriminada ya tiene consecuencias (porque no seleccionan)
El ecosistema esta alterado
Pescan a media milla de la orilla
ONG CEANA 
Encargados de controlar la pesca
Capitanía de puentes
Minist. Pesquería debía prohibir la pesca que atente la sostenibilidad de la pesca
peruana.
Restringiendo la alimentación de los peruanos.
- Peces Juveniles
En el mar hay niños, juveniles y adultos.
Si está capturando peces juveniles.
Está utilizando una malla selectiva, el tamaño del coco va influir en la pesca.
La norma debe regular el tamaño del coco e las redes
- Pesca indiscriminada se da por la malla de cocos
Sinónimo de pesca salvaje
- El tamaño está vinculado a la especie (coherente en tamaño y especie)
- La anchoveta, es punto de cadena alimenticia del recurso permite que el mar
sea diversificado.
- Fitoplancton  Ambiente adecuado del país, bajo la corriente de Humboldt
 Seguridad Alimentaria. Es el objetivo del E°
- La harina de pescado es de anchoveta
- Acuicultura: crían pescado
 Nave de arrastre: Técnica de pesca agresiva, solo 10% es válida.
 Pesca Artesanal: De 0 a 10 mt. cúbicos capacidad de bodega.
 Pesca Industrial: Mayor capacidad 32.6m3 a más
 Embarcaciones de menor escala: 10 a 32.6 m3 capacidad de bodega
El ************
 Ecosistema
- Bolicheras: mayas, donde se tiene que ver el tamaño del coco destruye el
lado
 Millas prohibidas
Nuestro mar tiene 200 millas marinas
Se ha dividido en 3 corredores (D.S.: 005)
1) Pesca artesanal: de 0 a 5 millas
2) Menor escala: 5 a 10 (volumen de mayor capacidad y es más sofisticada)
es limitada
3) Pesca industrial: 10 a 200
 IMARPE: Instituto del mar peruano, es la parte científica que se encarga de
estudiar el comportamiento del mar (temperatura, vio masa y deslizamiento del
mar)
Ellos determinan la ******** de pesca
- Pesca de descarte: forma de destruir la prueba
- Empadronamiento: va a partir cuantas son legales o ilegales.
ENTREVISTA
ANCHOVETA
98% de anchovetas es convertida en harina y aceite de pescado para: ganadería,
agricultura, industrias farmacéuticas avicultura.
87% de anchoveta (de todo lo que se pesca en el Perú)
Es consumo humano indirecto: harina de pescado y aceite de pescado
Ganadería, avicultura
CHI Industrias farmacéuticas
Consumo humano directo
CHD
El 2% lo consumimos directamente.
Consumo humano indirecto (consumo animal)
Omega 3 fosforo vitamina C
Omega 6 proteína
29,655 trabajadores 55 442
Puestos de trabajo pescadería
13% de la pesca destinada al consumo humano directo
Fresco
Enlatado
Congelado
55,442 pescadores
37,736 congelado y enlatado
101,981 vendedores restaurantes
195,159 consumo humano
Consumo humano VS consumo animal
13% - 87% Desembarque
Puestos de trabajo 87% 13%
Ganancias 66% 34%
PBI de la industria 68%
pesquera
32%
Anchoveta alimenta a:
Sardina - ballena
Curel - lobitos
Atún - delfines
Corvina - bonito
Caballa
Dejar la anchoveta en el mar debería triplicar los ingresos.
ENTREVISTA
Ministra de producción  Gladys Triveño
DS005
Antes 2 vías
0 a 5 millas Artesanal - 0 a 10m3 (ahorro)
Artesanal – menor escala 10 a 32.6m3 (antes)
5 a 10 millas Menos escala 10% de descarte (salidas residuales)
25 a 32.6 m3
10 millas a + Pesca industrial 32.6 a más
C.H.D.
Seguridad alimentaria: Garantizado por el consumo humano directo 66% del
desorden pesquero.
Sostenibilidad del productor:
El E° tiene la obligación de preservar el producto.
La pesca artesanal  consumo humano directo
La informalidad: Controlarlo con el EPS y satelital. Control satelital
En el Perú hay 9 empresas industriales de pesca, hay un monopolio fuerte, están
asociados.
Art. 2.2 del D.S. 005. No es constitucional porque discriminaba a las personas el
que acredite peligro al ecosistema.
Sacaron el D.S. 011 – que subsana el decreto anterior.
Depredando el recurso pesquero (mafia de la anchoveta)
Pesca negra de anchoveta  delito ecológico
- Pesca para el consumo humano
- Lo están utilizando para fabricar harina de pescado
- El muelle artesanal del callao
Dinos contiene ½ tonelada de anchoveta
79% 16% 5%
Industrial menor artesanal (consumo humano directo)
escala
más de 10 millas 10 millas 5 millas
botecitos de 10 a 20 toneladas
Falta los mecanismos de control o fiscalización.
La Sostenibilidad: Es pesca fundamental porque el recurso es renovable
Garantizar para las futuras generaciones, el producto permanezca generación tras
generación.
Sostenibilidad
Proteger el recurso  Solamente es para embarcaciones artesanales
 Crea normas de vigilancia y control.
Redistribuir riquezas entre
armadores
 Crea zonas exclusivas de menor escala milla 10.
Incrementar consumos
humano directo
 Desembarque de anchoveta para CHD ha disminuido
Significativamente a pesar de D.S.
Ahora existe el Ministerio de la Producción
Vice Ministros Pesquería
Producción
Ente competente
Que regula para
La aplicación de
La ley.
Presidente sociedad de pesquería (Institución Privada)
10 años antes En 10 años el recurso existe (sostenibilidad de la aglomaza)
20 años después Hay control y vigilancia, garantizar el consumo humano directo
Consolidad la melaza
en el consumo
humano
 Industria de consumo humano
 Investigación científica
 Gotas grávales e individuales (empresas): capacidad
de bodega, embarcaciones que tenga autorización.
 Términos ambientales (se exige consulta previa)
 Uso de tecnología de última ganancia
 Conseguir nuevos mercados.
Las empresas mineras tienen que tener PAMA
Objetivo del E°
Garantizar la alimentación.
La norma está logrando en las empresas legales otra visión consolidar el termino
de industria en el CH.
En versión de 400 millones en flora, en fábricas, congeladas conseguir nuevos
mercados.
Acuicultura. Genera en la pesquería, porque del mar ya no se va a poder sacar
Consolidar la producción
A los años los peces se van a extinguir.
Ordenamiento pesquero: Conjunto de lineamientos para la pesca industrial.
- Hay varias regulaciones
- Hay flotas artesanales
- Empresas de conservación
- Logar la sostenibilidad de la pesquería
La Corte Suprema. Decía que no había pesca en la milla D.S. y es constitucional
art. 2.2 no debería haber discriminación el Ministerio de Producción saca la
información científica.
Pesca informal  mueve 10 y 32.6  1000 toneladas y 250 en harina 400
millones, no hay control satelital, control de zarpe y desembarque.
Hay pesca con explosivos
Se sigue construyendo bolicheras
Toma de fiscalización de embarcaciones pequeñas
- Avanzando en empadronamiento
1. Embarcaciones que tienen permiso
2. Control satelital
3. Control de Ma muelle: Zarpe y desembarque
4. Control de vigilancia a embarcación
Año 2006
Construcción de nuevas embarcaciones
- Las capitanías no ven la construcción de bolicheras
- Las fiscalía tienen que controlar
Controlar el cumplimiento de las normas
- E° debería ser el fiscalizador.
- El Ministerio no tiene los recursos y hace los concursos y el privado pagos
Vence cuota de pesca. Nov. Dic. 2.3 millones de toneladas E°
Ojo el principio
Principio precautorio:
Un daño que ha sido probado científicamente sea cuantificable no hay necesidad
de tener evidencia científica que está corriendo el daño, solo basta un indicio que
va o está causando daño.
Grandes Reformas
- Educción
- Innovación Para un desarrollo económico
- Infraestructura – Logística
EL SECTOR DE LA PESCA Y ACUICULTURA EN PERÚ
Finalidad: mostrar la situación en la que se encuentra el Perú para la inversión
extranjera.
Ventas: 1,683 millones de dólares en exportación del CHI, 517 millones de
dólares en exportación de productos marinos como tablas y 140
millones de 28 en ventas internas de conserva.
Productos: Harina y aceite de pescado, pota congelada y conserva de pescado
congelado, langostino y concha de abanico.
Mercados: Productos de CHI: China (42% del valor total)
Alemania (16%)
Japón (8%)
Productos de CHD: EE.UU (20%)
España (15%)
China (9 %)
Productos: CH Ind.  Harina y aceite de pescado
Tasa (365 millones de $) diamante (176 millones)
CHD  Refrigerados $ 34 millones
Desempeño reciente: CHI  valor a la industria cotizando el precio de la
harina
CHO  el precio de las conservas disminuye y existe
una escases del consumo.
Perspectivas: CHI : Mayor valor por una nueva regulación a inversiones en mejora
de procesos.
CHD: Uso de anchovetas para conservas.
OPORTUNIDADES Y FORTALEZAS
CHI : Abundancia en anchovetas y la demanda en crecimiento, los procesos se
modernizan.
La nueva legislación está haciendo más eficiente a la industria
CHO: Mar rico en recursos (atún, anchoveta, etc.) con especies para
explotación.
Mar peruano tiene 3,000 km de costa y una gran variedad y cantidad de peces,
crustáceos y moluscos (gracias al nitrato y fosfato)
Anchoveta 85% de pesca de volumen total capturado.
INIEA: Instituto de investigación agraria.
15/11/2014
La acuicultura como herramienta de desarrollo.
Externalización de costo (costo menor)
- La mano de obra.
- Venta al por menor del precio
Donde vienen las cosas que compramos y a donde va.
Economía de producto
Extracción
Recursos Naturales Extracción
Sistema lineal en un planeta finito los recursos son finitos
Hay Sistema Lineal Estadio
Recursos
Naturales Transf. an Consumo Descarte
El mundo tiene recursos que son finitos
Elementos que faltan en el proceso
1. Gente que trabaja en el sistema (personas que trabajan)
2. Gobierno (personas de la gente por la gente)
(protegernos, cuidarnos)
3. Corporaciones
4. Extracción (es un límite, estamos usando demasiados recursos 1/3
desaparecieron de los recursos miran a las p subdesarrolladas y se busca
para tener mundo.
5. En el mundo hay un consumo exagerado de recursos.
Producción
Usamos energía para convertir los recursos naturales.
Usamos químicos (tóxicos que contaminan el ambiente)
Contaminantes tóxicos y los trabajadores están trabajando en tóxicos obvian
proteger el E°
Los tóxicos son como productos.
EE.UU 2,000 millones de tóxicos al año.
La gente emigra de lo rural a lo urbanos porque han distribuido sus lugares
naturales, buscan trabajo por necesidad.
Comercialización
Los productos pasan a la distribución
Los precios se mantienen bajos
Externalizan los costos: El costo real no se refleja el costo que asumimos no
refleja el costo real. Lo que cuesta no se refleja en el pago la gente paga con la
perdida de sus recursos naturales, los niños trabajan a menor costo.
Consumo (corazón del sistema)
Consumidores: - cuanto consumimos
- 1% 99% es basura
- Las personas consumen 2 veces de la anterior.
Necesitamos que los
Propósito es consumir más bienes
Obsolencia obsolenificada
Obsolencia planificada – cosas desechables
Obsolencia percibida – cosas útiles
Actividades principales: Compras, ventas
de las personas (ocio)
Todas las cosas que compras salen en la basura
Mioxina  botaden de reque queman la basura
Humo que sale de quema de basura
Respiramos Dioxina
EXPOSICIONES
D° Pesquero
Ley General de Pesca 25977 Reglamento de Ley General
Titulo I D. Ley 25977 D.S. 012-2001-PE
De las Normas Básicas
Art. 1. Objeto normar la actividad pesquera con el fin de promover su desarrollo
sostenido como fuente de alimentación, empleo e ingresos y de asegurar un
aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos.
La pesca es la 2da fuente de ingresos
Debemos optimizar esos ingresos.
Art. 2. Son patrimonio de la Nación los recursos hidrobiológicos
Art. 9. Base de evidencias científicas disponible IMARPE
Ministerio de la producción sobre la base de evidencias científicas que
permitan la sostenibilidad.
Art. 10.
Ordenamiento pesquero: Conjunto de normas y acciones que permiten administrar
una pesquería sobre la base del conocimiento actualizado de sus componentes
biológicos pesqueros económicos y sociales.
Ministerio de Producción - Vice Ministro de Producción
- Vice Ministro Pesquería
Esfuerzo pesquero: toda la actividad pesquera que está en el mar
Todas las embarcaciones que están en el mar
Plazo. 1 año para reemplazar.
1. Prevención
2. Precautorio
Ordenamiento pesquero establece diversos aspectos
- Capacidad de flota
- Talla
- Medidas
Ese ordenamiento el D.S. D.S.
Establece 3 días
0.5
5.10
15 a más soberanía alimentaria
Embarcaciones: - Artesanal - 0 – 5 millas - CHD (alimento
- Menor escala - 5 – 10 millas
- Industrial - 10 a más
Art. 17: D° habilitante
Autorización que el E° te otorga para que utilices para la investigación.
Tipos de D°.
Concesiones, autorizaciones, permisos de pesca, licencias
Art. 18. El Ministerio de Pesquería
La actividad pesquera está desde la investigación, capacitación extracción.
Actividad Pesquera
Investigación
Extracción: Fase de actividad pesquera tiene por objeto la captura de los recursos
hidrobiológicos mediante la pesca, la caza acuática o la recolección.
Procesamiento
Comercialización
Acuicultura
Art. 20.
Extracción se clasifica en:
a) Comercial
1. Menor escala o artesanal
2. Mayor escala
b) No comercial
1. De investigación científica
2. Deportivas
3. De subsistema
Art. 21. El estado promueve actividades extractivas
Art. 24. Contar con autorización previa.
Arrendamiento financiero  Lising
Inversión para hacer plantas conservar para el CHD
Genera condiciones de salubridad
Equipos electrónicos
Medidas de transporte y preservación
Reducir y minimizar los riesgos de contaminación ambiental
Tratamientos de residuos
Art. 30. Comercialización es libre de acuerdo a ley.
Art. 31. Ley de consumidores INDECOPI
DICAPI Direc General de capitanías y guarda costa del Ministerio de Defensa
garantiza que cumpla la Ley y Reglamento (registro, control,
inspección de pescadores y embarcaciones) autoridad nacional de
aguas ANU administra todo el suministro hídrico.
Acuicultura: Actividad que consiste en el cultivo y producción de especies
acuáticas, realizadas incurriendo seleccionado y controlado
abarcando su ciclo biológico completo o parcial en ambientes
hídricos naturales o artificiales tanto en las aguas marinas como en
las continentales.
Art. 43.
Concesión: terrenos públicos
Autorización: terrenos propiedad privada.
Personas naturales
Concesión:
- Para la administración y usufructo de la infraestructura pesquera del Estado
conforme a ley.
- Para acuicultura en terrenos públicos.
Autorización
- Acuicultura en propiedad privada
- Actividades de investigación
- Incremento de flota
- Instalación de establecimiento industriales pesqueros
Permisos de pesca
- Para la operación de embarcación pesquera a bandera nacional y pesquería.
- Para la operación de embarcación pesquera a bandera extranjera.
Licencias
- Operación de plantas del procesamiento de productos pesqueros.
Art. 44. Ministerio de pesquería por derechos específicos que otorga por
concesión, autorización y permisos.
Ingresos que genere el pago de todos los recursos propios del Ministerio de
Pesquería, Recursos Directos.
D° específicos: Títulos habilitantes (concesión, autorización, permisos)
FONDEPES: Crédito para ayuda al pescador
Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero
Infracciones
- Realizar una actividad de pesca sin título habilitante.
- Hacer actividad en área no permitida
- Utilizar un sistema de pesca prohibida
- Pescar especies que no tienen la talla permitida
Sanciones
a) Multa
b) Suspensión de concesiones, autorización, permiso o licencia.
c) Decomiso
d) Cancelación definitiva de la concesión, autorización, permiso o licencia.
Fuentes del D° Pesquero
- Ley general de pesca 25977
- D.S. N° 005-2012-produce
Institución que se encarga de la investigación, comportamiento del mar y
determina cuotas de pesca.
IMARPE (Instituto del mar peruano)
¿De qué se encarga el DICAPI?
DICAPI se encarga de :
 Interviene en el desembarque
 Garantiza que se cumpla la ley y el reglamento
 Se encarga del registro, inspección y control de pescadores y embarcaciones
Acuicultura
Actividad que consiste en el cultivo y producción de especies acuáticas, realizadas
en un medio seleccionado y controlado abarcando su ciclo biológico completo o
parcial, en ambientes hídricos naturales o artificiales tanto en las aguas marinas
como en las continentales.
1. ¿Cuáles es el objetivo de la Ley general de pesca?
Es promover el desarrollo sostenible como fuente de alimentación empleo e
ingresos y de asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos
hidrobiológicos.
2. ¿Cuáles son las modalidades de pesca?
Modalidad Vías Capacidad de bodega
Artesanal
Menor escala
Industrial
0 – 5 millas
5 – 10 millas
10 – 200 millas
0 a 10 mt3
10 a 32.6 mt3
32.6m3 a más
3. ¿Cuáles son las actividades pesqueras?
- Investigación - procesamiento
- Acuicultura - comercialización
4. ¿Cuáles son los objetivos del DS 005-2012 y cuál es el sustenta legal según su
opinión
1) Seguridad alimentaria, garantizando el consumo humano directo
2) Sostenibilidad del producto (proteger su extinción)
3) Redistribuir las riquezas entre armadores
4) Incrementar el consumo humano directo
Sustento legal
Acuicultura: Actividad que consta en el cultivo y producción de especies acuáticas
realizadas en un medio seleccionado y controlado abarcando su ciclo biológico
completo o parcial, en ambientes hídricos naturales o artificiales tanto en las
aguas marinas como en las continentales.
Concesión – terrenos públicos
Autorización – propiedad privada
Permiso – operación de embarcaciones pesquera de banderas nacional y
extranjera.
D° específico: Títulos habitantes (concesiones, permisos, autorización y licencia)
FONCODES: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquera ayuda social al pescador.
INFRACCIONES:
- Realizan actividades de pesca sin título habitante.
- Hacer actividad en área no permitida
- Utilizar sistema de pesca prohibidas
- Pescar especies que no tienen la talla permitida
CONCLUSION
Sanciones: (por Resolución Ministerial de Pesquería)
a) Multa: monto
b) Suspensión de concesiones, autorización, permiso o licencia (temporal)
c) Decomiso
d) Cancelación definitiva de concesión autorización, permiso o licencia.
Clases de Sanciones:
Se sostiene indistintamente
Fin de la Ley General de Pesca:
Promover su desarrollo sostenible como fuente de alimentación, empleo,
ingreso y de asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos
hidrobiológicos.
Ordenamiento Pesquero establece diferentes aspectos
- Capacidad de flota - Talla - Medidas
D.S.005-2012 establece 3 vías
Embarcaciones Millas
Artesanal
Menor escala
Industrial
0 – 5 millas
5 – 10 millas
10 – 200 millas
(CHD) soberanía alimento
D° Habitante: Autorización que el E° otorga para que utilices para la
investigación.
Tipos de D°: Concesión autorización, permiso o licencia.
Actividad Pesquera: Investigación – Extracción – Procesamiento –
Comercialización – Acuicultura.
Extracción: se clasifica en:
a. Comercial
Está en función
Capacidad
Vías
- Artesanal
- Menor escala
- Industrial
0 a 10 mt3
10 a 32.6 mt3
32.6m3 a más
0 – 5 millas
5 – 10 millas
10 – 200 millas
b. No comercial
- De investigación científica
- Deportivas
- De sub sistema
DICAPI: Autoriza las zapas y desembarque
Dirección General de capitanías y guarda costas
(registro, inspección y control de pescadores y embarcaciones).
ANA: Autoridad Nacional de Aguas (Administra el suministro de agua).
PRACTICA CIVIL
Página web del Poder Judicial
SPIJ: Sistema Peruano de Información Jurídica
Concurrente: Deben cumplirse a la vez.
Artículos más importantes del C.C. art. 140 Acto jurídico
Edictos: Avisos periodísticos
Testar: Rayar para que se vea el error nacional no es válido (lo testado no es
válido)
Dr. Domingo García Belaunde Derecho Constitucional
Actualidad jurídica: La no reelección de alcaldes regionales y locales
Los presidentes regionales  hoy es gobernador.
Google  SPIJ
 SPIJ sistema
Legislación Básica
 Códigos
Leyes más de 30,000
1ra Ley 1904  Ley N° 1
A partir de la fecha todas las normas
serán numeradas en forma correlativa
 Normas con rango de ley
1904 (1 - 41)
 Código Civil (2122 art.) Const. 226 principios – Norma
Notificación AUDIENCIA
Vista de causa – 3 días informe oral ambas partes
Audiencia el que apela
D° de replica habla el que solicitó primero
D° de duplica
Impostación de voz
Proc. Const.
Cod. Civil
Cod. Proc. C.
Cod. Proc. P.
Cod. Penal
Cod. Ejec. Penal
Cod. Nino Adolc.
Cod. Perú Justicia Militar
Cod. Trib.
Cod. De Protoc. Y defensa del
consumidor
Cod. Comercio
Audiencia Valle Riesta: caso Cecilia Valenzuela (Demanda Mufaref)
Principios  Son estándares, responde a cuestiones de justicia
D° por principio general
D° al agua potable
(D° Constitucional)
Jamás en regreso Ilustre magistrados
D° Comparado – Jurisprudencia española
Solicita D° Constitucional
Los principios constitucionales está desplazando
A los principios de legalidad
Penal
Art. 20
Importante
D° fundamentales debe estar concurrentes con 3 aspectos que están en el art. 3.
Art. 1 Constitución: Defensa de la persona humana.
 Dignidad de la persona
 Principios de soberanía del pueblo
 Estado democrático de D°
 Forma republicana de gobierno
Art. 293 de la Ley org. De Poder Judicial
La clave del derecho es ubicación
Contra el estado Contencioso Administrativo
(contra la ONP)
Confesión sincera 1/5 de la pena (debe pasar 24 hrs.)
Hermosa  D° familia
D° Laboral  Indemnización por despido arbitrario recurando su dinero.
D° Constitucional  Proceso de amparo
Cuando quiere recuperar su trabajo
Todos los códigos tienen título preliminar (10 artículos)
1936 Código anterior
1984 Código actual
Const. 1979  Igualdad de D°
Cambia el código 1984, aprobado D. Ley 295
Aprobó el D. Leg. ó D. Leg. Org. Poder Ejecutivo (Presidente de la República)
Ley N° 30,000 emitida por congreso
Decreto Ley: gobierno defacto (Gobierno a través de fuerzas)
 20530 – Cedula vivas
 19990 – Jubilación
Dec. Supremo: Normas reglamentarias
Hidrocarburos (Energía y Minas)
Ministro de Ramo
Pirámide de Kelsen (Austriaco)
Kelsen – Jurista más notable del siglo XX
 Se le atribuye del primer tribunal constitucional de Austria el poder lo controla
con poder autónomo.
 Es impulsar de la jerarquía de las normas
Art. 200 inc. 4. Constitución: normas con rango de ley
Constitución
Ley
D. sup.
Estatus o reglamento
Cuando el estatuto
infrinja el rango
superior se va al
ministerio de
Trabajo
Demanda Laboral
Demanda de inconstitucionalidad: Defensoría del pueblo y colegios profesionales
Código Civil
- Título preliminar (10 artículos)
Principio pro operario  la más favorable al trabajador art. 26 Constitución
CIDH (afectación de D° fundamentales)
Corte Suprema de justicia de la República (recurso extraordinario)
2do hasta 3 jueces (revisa medios probatorios)
1ra instancia (juez)
Última instancia juez especializado
Juzgado de Paz Letrado
Recurso de casación
Requisitos x que interpone
Recurso de casación
Apartamiento del precedente
Te dan 10 días
Cuento 3 días hábiles
Croc 10 días hábiles
Abrev 5 días hábiles
Sema 3 días hábiles
CSJR
Puede recurrir
Nulidad de cosa juzgada fraudulenta: 6 meses
Amparo: 60 días
- Afectación al debido proceso
- Se aparta del proceso constitucional
Puede interponer
Amparo contra amparo  fundado  nulo va hasta enviarlo a la sala.
En materia prima Recurso de revisión (requisito es una prueba contundente que
determine la inocencia)
CSJR Conciliación a 30 años  Habeas corpus – procede amparo
2da inst.
1ra inst.
Código Civil
Título preliminar x artículos
Libro I al X
Titulo final art. 2112 al 2122
Artículo I (derogación) abrogación de ley
La norma resulta ineficaz, pierde vigencia a pedido eficacia jurídica (según
doctrina)
La ley se deroga solo por otra ley
(Los principios responde a la justicia) según doctrina
Derogación: expresa, tácita
A D° se interpreta palabra por palabra
La ley se deroga por otra ley puede ser expresa o tácita (una norma se deroga por
otra norma del mismo rango)
Articulo II Ejercicio abusivo del D°
Art. 985: Imprescriptibilidad de la acción de partición
La Ley no ampara el ejercicio abusivo
La Ley es para regular los actos de vivesa
Ajustar a la inflación de los procesos hasta la actualidad
La liquidación ajustada con el proceso inflacionario
Toda demanda debe ir con una
medida cautelar, en algunos casos
no se interpone medida cautelar.
Recursos propios (TUPAC) acreditan que la cuenta es de cuando demandan al E°
27584
 Artículos 42 y siguientes cuando se trata de sumas de dinero, transcurrido los 6
meses podrá cobrar los embargos.
Art. 339 Plaza de caducidad
- En proceso de divorcio el juez tiene mandato imperativo
- En materia familiar no hay cosa juzgada en tenencia (familiar) cod niño del
niño 86
Se pide la exoneración de pensión de alimentos código Art. 84 código N.A.
Debe haber régimen de visita al otro cónyuge.
PRACTICA CIVIL
1977  Asamblea Constituyente
Presidida por Haya de la Torre
1979  Se crea la constitución de 1979
1980  Primer gob. Democrático
34 años de democracia continua hasta la actualidad (2014)
1988  Tribunal de Garantías Constitucionales (valle eresta)
(velar por la constitución del E°)
1990  Gana Fujimori
1992  Gob. Defacto de Fujimori
Disuelve el Congreso
Emite Decretos Ley
1993  Reforma la Constitución 1993
Convoca a elecciones
Congreso Constituyente Democrático (CCD)
1994
Interpretación auténtica
2000  Se viene a bajo el gobierno Fujimori
Extradición: Hoy por ti mañana por mi
Principios: Son estándares que obedecen a la justicia.
Art 2 inc. 20  Derecho de petición (inicia tu demanda)
* 30 días hábiles para abrir negocio (licencias)
Aplica silencio administrativo negativo (funciona con el cargo)
Título Preliminar  se debe empezar a nivel constitucional
Declaración del Hombre y el ciudadano 1849
Art. 2113 Derogación del Código Civil
I. Ejercicio abusivo del D°
Herencia  Cuando los padres están muertos
Vía compra venta puede vender todo
II. Aplicación de la Ley en el tiempo
Se mantiene la eficacia en el tiempo
Los casos van a estar sujetos a la nueva ley
III. Simple semejanza entre 2 cosas
Art. 2120 ultraactividad
La legislación anterior
Se prohíbe la analogía cuando hay restricciones o excepciones
En contratos
Los contratos son ley entre las partes
Art. V: Es nulo el acto jurídico contrario a las leyes atenta contra la moral y las
buenas costumbres. Art. Inc. 24 Const. num, a  lo que no está prohibido
está permitido.
Art. VI: Interés para obrar
El interesado tiene interés para obrar
Cuando demanda quien no debe se contesta con una excepción  falta
de legitimidad para obrar.
Art. VII: El principio del iura novit curia
El juez está obligado a aplicar la norma que corresponda aunque no la
haya invocado
El juez es perito de peritos
Fuentes del D°
1. Ley (Constitución hasta ord municipal)
2. Jurisprudencia (faltas emitidas por la corte suprema o el TC) cuando la
misma resolución lo expresa, precendentes judicial
3. Precedentes a la fecha del T.c.
 Sentencias (1979 a la fecha)
(1993 a la fecha)
2010  procedente laboral caso trabajadores en el callao
Las disposiciones no solamente se encuentra en la Ley también están en los:
- Plenos jurisdiccionales
- Precedentes vinculantes
- D° comparado
 Despidos arbitrario tienen 30 días hábiles, está en un pleno jurisdiccional de
1999
 Los trabajadores trabajan hasta 70 años
65 jubilación
Caso docentes universidades públicas hasta cuando quieran está en un
procedente vinculante.
Fuentes  3. Doctrina lo que dicen (autores en sus libros)
4. Principios generales del D°
- Justicia
- Equidad
5. D° consuetudinario
- Aplicación supletoria
Todo lo no regulado en otras normas del código civil se debe aplicar en D° civil
D° de Personas
Sujeto de D°: todo aquel individuo de gozar sus D°
Sujetos de D°
- Concebido
- Persona Natural
- Persona Jurídica
- Persona Jurídica no inscrita (no tiene inscripción registral)
Concebida
 Concepción  Unión de ovulo y espermatozoide (después de las 12 horas)
Después de 12 horas – es zigote
 Nacimiento  Corta el cordón umbilical
- Percepción visual (D°) (mito de nacimiento)
 Concebido  A partir 12 horas (pto de vista jurídico, se puede hablar de un
vida humana genéticamente)
La píldora del dia siguiente es legal
Sujeto de D° privilegiado
Persona Jurídica
Persona Juridica: - Son sociedades
- Se rige a su propia Ley de sociedades
- Con fines de lucro
- Inscritas en la SUNARP (seguridad jurídica ante tercero)
Sin fines de lucro - Fundación
- Comités inscritas o no inscritas
- Asociaciones
 No persiguen fines de lucro
 Unión de 2 personas naturales
 Unión de 2 personas una natural y otra jurídica
Pero determinados fin común.
 Fundación – poner algunos bienes que formen parte
Comités: Organización de personas naturales o jurídicas
Con finalidad de recaudación, con fines alturistas
- Personas inscritas en SUNARP  tienen una constitución jurídica
 Se nombra al representante
 Vigencia de poder
 Facultades
 Estatuto
 Inscribir en personas jurídicas
 Da seguridad jurídica
 Permite hacer actos jurídicos con representantes del comité, asociación
etc.
- Personas no inscritas
 Deciden no inscritas
- Domicilio (art. 40 )C.C. oponibilidad de cambio de domicilio.
- Nombre
ACTO JURIDICO 140 C.C.
Necesita 4 requisitos de validez
1. Agente capaz
2. Objeto físico y jurídicamente posible
3. Fin licito
4. Observancia de la forma prescrita bajo sanción de nulidad. Ejem. Donación
se delibera por escritura publica art. 1625 c.c.
- Si no cumple es ineficaz
- Voluntad de las partes
- Concurrente: debe cumplirse a la vez
- Si no se cumple es nulo
Compra venta
- Voucher pago
- Alcabala (voucher) 3% derecho de el D° transferencia paga el
comprador, a partir de 36,000
- 5ta categoría. Impuesto a la renta (Voucher)
DEFINICION DE CONTRATOS
- Tiene carácter patrimonial
- Se modifican a través de adenda
27584
Casación, de acuerdo al monto en lo referente a lo laboral
Mayores a 100 URD (38,000)
Menor a 100 URP corte suprema
 Desalojo se ventilan en la venta sumarísima  Juez Paz Letrado
Juez de Especialización pasan 50 4RP
Ocupante precario  Juez de Paz Letrado Civil
El poder
- Por escritura
- Por acta P. General: no requiere más que una simple carta
P. Especial: - Acta: proceso judicial
- Escritura pública
Muerto el poderdante  queda ineficaz
Acto jurídico Nulo
219 c.c.
Anulable:
221 c.c.
 Nace muerto. Ejem. Acto jurídico con menor
de edad
 Cuando por el camino que ese acto jurídico
perdió ineficacia. Ejem. Poder darle el poder al
hijo para comprar, vender, prestar, la mama
muere y el según cobrando, ese acto es
accesible
Contrato
Rescisión
1370 c.c.
Resolución
137 c.c.
 Cuando un contrato nace muerto
(demanda por resición del contrato
 Cuando viene una causa sobreviviente al
contrato. Ejem. Alquilo para una farmacia al
mes pone un nigh club, lo resuelve de pleno
D°. Demanda resolución del contrato por
causa sobreviviente
Si usted le da poder a una persona poder y tiene facultad para delegar a un
tercero y esta estaba arrendando, el inquilino no quiere salir, el apoderado
demanda y el juez no acepta, la delegación tuvo que hacerlo por escritura pública.
77 CPC: sustitución y delegación del poder.
Se hace una escritura pública delegando y ratificando art. 162 cc.
Art. 183: Computo del plazo
- Computo de días hábiles
- Cuando es a partir de 30 días (mes) es de 30 a 30 días años 31/1/2013 –
31/1/2014
Si el último días es hábil es el día siguiente hábil.
* Cualquier tema de civil
- Cónyuges está prohibido contratar entre sí, es norma de carácter imperativo
tema de fondo es dejar sin herencia a hija extramatrimonial. Art. 312 c.c.
Impedimentos de Ley
Consanguíneo
Grados de parentesco Afinidad
Espiritual
L. Recta Línea colateral
PRACTICA CIVIL
1370 c.c. Recisión
1371 c.c. Resolución Contractual
El Parentesco
1. Consanguíneo
2. Afinidad
3. Legal
4. Espiritual (*) no tiene efecto turístico
Consanguíneo
Línea Recta Línea Colateral
* Bisabuelo
* Abuelo
Ascendente * Padre
* A yo
* Hijo
Descendente * Nieto
* Bisnieto
Hermano del padre La clave es hallar tronco común
Por estirpe (descendencia) – la herencia irremunerable es imprescriptible
Por cabeza (agonía)
Afinidad
Familiares de la esposa o concubina
Primer grado de afinidad Padre de esposa
Segundo grado de afinidad Hermano (cuñado)
Afinidad
Suegro
1er 2do
Cuñada
Legal : Es la adopción
: Es por escritura pública 2117 c.c.
Espiritual: Padrino
 Los cónyuges o convivientes (más de 2 años forma continua
- Tiene que haber sentencia judicial
- Hijos reconocidos
Se reconoce a través de sentencia judicial para tener los deberes y derechos.
Art. 312 c.c.: Los cónyuges no pueden contratar entre si respecto a los brones
comunes para evitar el abuso del derecho (art. 312 c.c.)
Los brones propios (herencia) si se puede vender a la esposa.
Causales de Divorcio 333 c.c.
Causal 13  2 años cuando no hay hijos
 4 años cuando hay hijos
Computados de que ella denuncia (demanda)
Denuncia de retiro voluntario (fecha cierta)
Proceso de alimentos
1. Adulterio: Prueba partida del hijo adulterino, acto sexual debidamente probado.
2. Prueba ilegal se convierte en legal cuando el ofendido es quien forma o graba
se rompe el derecho a la intimidad.
3. Injuria Calumnia Difamación
Palabras soeces Se le atribuye un delito Atenta contra el honor
Agravada cuando lo hace
Públicamente
Aunque fuese verdad no puede difundirlo
Art. 335 c.c. (335) hecho propio
Plazos de caducidad 337 – 338 – 339
Adulterio caduca 6 meses de conocido el derecho (excepción de caducidad)
0 5 años de producido
Ficción jurídica (contrato de compra venta)
Nulidad por lesión  venta acumulada.
Alimentos  ya hay sentencia firme
Sumarísimo
1. Aumento de pensión: Tienen que probar que el tiene mejor trabaja siempre y
cuando este en soles.
2. Disminución de
3. Exoneración: Se su hija ya no estudia tiene hijo, ya es mayor de edad código
procesal civil 571 CPC 483 c.c.
4. Extinción: solo se da cuando falleció de alimentista 486 cc.
5. Promateo
6. Variación en tu firma de prestar alimentos.
S/. = Independiente (no presenta medida cautelar de pensión anticipada)
% = Dependiente, pensión anticipada a medida cautelar
Medida cautelar en forma de administración (empresas)
Medida cautelar en forma de recaudación (testamento)
Legitima: 1/3 art. 725 c.c.
Colación: (831 y sgts. C.c.) retorno
Demanda por colación para retraer la nasa hereditaria para ser repartido en
partes iguales.
1/3 libre disponibilidad, el tercio, la legitima
Donación: Escritura pública
Dispensa: Yo tercero y el 1/3 de libre disponibilidad
Le dona con dispensa de colación no se retrotraiga a la masa
hereditaria.
En escritura debe poner yo dono con dispensa de colación para que no
regrese a la masa hereditaria.
No colacionable 836. Los bienes que no son de la masa hereditaria
Si vende una herencia por anticipo, se colaciona integrando su valor 833 c.c.
División y partición respecto a herencia
- Todos los herederos tienen igual derecho
- El conyugue es un heredero más
Masa hereditaria viven acción y
derecho fallece es copropietario
Acciones y derechos = copropietarios
El E° protege al cónyuge supérstite respecto a la cosa (d° de propiedad) indefinida
(propiedad conyugal)
D° de sucesiones art. 731: D° de habitación vitalicia del cónyuge
Se heredan pasivos y activos y ante una liquidación se paga las deudas y el
remanente se divide.
D° Reales
Divide a los bienes muebles e inmuebles
D° Anglosajes – a través de jurados (Inglaterra, EE. UU., Canada, Australia)
D° Germano – Romano: Nace en Alemania – Francia – España – América
D° Musulman: Paises árabes.
Materia Civil
Alemán JHERING – Respecto a la posesión es poseedor quien tiene la
posesión inmediata
SAVIGNY – Poseedor es el que tiene la posesión inédita y el
que la entrega (mediata)
(Exposición de nativos del código civil (internet) del art. 905 c.c.)
Posesión
105 Es poseedor inmediato el poseedor temporal
Posesión mediata – el propietario
Prescripción adquisitiva de dominio (usurpación)
Propietario: Tiene que tener posesión pacifica, publica y continua durante 10
años judicialmente a través de una prescripción adquisitiva de
dominio.
Justo título  dcto. Privado 5 años  Se demanda por prescripción
adquisitiva de dominio
Propiedad: Minuta – escritura – notación preventiva en RRPP
Prescripción adquisitiva
Bienes muebles
Bienes inmuebles
Posesión y propietario: se habla de los coposesionarios de 2 a más.
se habla de los copropietarios.
Posesión tiene que ver con prescripción adquisitiva de propiedad.
Apropiación de bienes 933
Recompensa 3ra parte.
- Nulidad de Acto jurídico de Lizandro Taboada
- Interpretación de la Constitución según el T.C.
Marcial Rubro Correa.

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Derecho pesquero

  • 1. DERECHO PESQUERO Dr. José Vásquez Ampa * 573883 jvasquezampa@gmail.com Es importante conocer la coyuntura de la pesca matando el mar peruano. Piura y Tumbes 70% pesca. Seguridad alimentaria. Está en peligro Pescador artesanal Bolichera  30 Toneladas Mar Norteño  No hay fiscalización El Terrible Impacto (pesca clandestina) Las bolicheras de mallas de 7.5 cm redes Sacan 40 tn. de pesca y tienen sobre pesca y la devuelven. Están arrastrando peces juveniles con pesca de arrastre Y hacen una pesca de descarga del 90% (naves arrastreras) En estos últimos años hay depredación. Pesca artesanal La pesca indiscriminada ya tiene consecuencias (porque no seleccionan) El ecosistema esta alterado Pescan a media milla de la orilla ONG CEANA  Encargados de controlar la pesca Capitanía de puentes Minist. Pesquería debía prohibir la pesca que atente la sostenibilidad de la pesca peruana. Restringiendo la alimentación de los peruanos.
  • 2. - Peces Juveniles En el mar hay niños, juveniles y adultos. Si está capturando peces juveniles. Está utilizando una malla selectiva, el tamaño del coco va influir en la pesca. La norma debe regular el tamaño del coco e las redes - Pesca indiscriminada se da por la malla de cocos Sinónimo de pesca salvaje - El tamaño está vinculado a la especie (coherente en tamaño y especie) - La anchoveta, es punto de cadena alimenticia del recurso permite que el mar sea diversificado. - Fitoplancton  Ambiente adecuado del país, bajo la corriente de Humboldt  Seguridad Alimentaria. Es el objetivo del E° - La harina de pescado es de anchoveta - Acuicultura: crían pescado  Nave de arrastre: Técnica de pesca agresiva, solo 10% es válida.  Pesca Artesanal: De 0 a 10 mt. cúbicos capacidad de bodega.  Pesca Industrial: Mayor capacidad 32.6m3 a más  Embarcaciones de menor escala: 10 a 32.6 m3 capacidad de bodega El ************  Ecosistema - Bolicheras: mayas, donde se tiene que ver el tamaño del coco destruye el lado  Millas prohibidas Nuestro mar tiene 200 millas marinas Se ha dividido en 3 corredores (D.S.: 005) 1) Pesca artesanal: de 0 a 5 millas 2) Menor escala: 5 a 10 (volumen de mayor capacidad y es más sofisticada) es limitada 3) Pesca industrial: 10 a 200
  • 3.  IMARPE: Instituto del mar peruano, es la parte científica que se encarga de estudiar el comportamiento del mar (temperatura, vio masa y deslizamiento del mar) Ellos determinan la ******** de pesca - Pesca de descarte: forma de destruir la prueba - Empadronamiento: va a partir cuantas son legales o ilegales. ENTREVISTA ANCHOVETA 98% de anchovetas es convertida en harina y aceite de pescado para: ganadería, agricultura, industrias farmacéuticas avicultura. 87% de anchoveta (de todo lo que se pesca en el Perú) Es consumo humano indirecto: harina de pescado y aceite de pescado Ganadería, avicultura CHI Industrias farmacéuticas Consumo humano directo CHD El 2% lo consumimos directamente. Consumo humano indirecto (consumo animal) Omega 3 fosforo vitamina C Omega 6 proteína 29,655 trabajadores 55 442 Puestos de trabajo pescadería 13% de la pesca destinada al consumo humano directo Fresco Enlatado Congelado
  • 4. 55,442 pescadores 37,736 congelado y enlatado 101,981 vendedores restaurantes 195,159 consumo humano Consumo humano VS consumo animal 13% - 87% Desembarque Puestos de trabajo 87% 13% Ganancias 66% 34% PBI de la industria 68% pesquera 32% Anchoveta alimenta a: Sardina - ballena Curel - lobitos Atún - delfines Corvina - bonito Caballa Dejar la anchoveta en el mar debería triplicar los ingresos. ENTREVISTA Ministra de producción  Gladys Triveño DS005 Antes 2 vías 0 a 5 millas Artesanal - 0 a 10m3 (ahorro) Artesanal – menor escala 10 a 32.6m3 (antes) 5 a 10 millas Menos escala 10% de descarte (salidas residuales) 25 a 32.6 m3 10 millas a + Pesca industrial 32.6 a más C.H.D.
  • 5. Seguridad alimentaria: Garantizado por el consumo humano directo 66% del desorden pesquero. Sostenibilidad del productor: El E° tiene la obligación de preservar el producto. La pesca artesanal  consumo humano directo La informalidad: Controlarlo con el EPS y satelital. Control satelital En el Perú hay 9 empresas industriales de pesca, hay un monopolio fuerte, están asociados. Art. 2.2 del D.S. 005. No es constitucional porque discriminaba a las personas el que acredite peligro al ecosistema. Sacaron el D.S. 011 – que subsana el decreto anterior. Depredando el recurso pesquero (mafia de la anchoveta) Pesca negra de anchoveta  delito ecológico - Pesca para el consumo humano - Lo están utilizando para fabricar harina de pescado - El muelle artesanal del callao Dinos contiene ½ tonelada de anchoveta 79% 16% 5% Industrial menor artesanal (consumo humano directo) escala más de 10 millas 10 millas 5 millas botecitos de 10 a 20 toneladas Falta los mecanismos de control o fiscalización. La Sostenibilidad: Es pesca fundamental porque el recurso es renovable
  • 6. Garantizar para las futuras generaciones, el producto permanezca generación tras generación. Sostenibilidad Proteger el recurso  Solamente es para embarcaciones artesanales  Crea normas de vigilancia y control. Redistribuir riquezas entre armadores  Crea zonas exclusivas de menor escala milla 10. Incrementar consumos humano directo  Desembarque de anchoveta para CHD ha disminuido Significativamente a pesar de D.S. Ahora existe el Ministerio de la Producción Vice Ministros Pesquería Producción Ente competente Que regula para La aplicación de La ley. Presidente sociedad de pesquería (Institución Privada) 10 años antes En 10 años el recurso existe (sostenibilidad de la aglomaza) 20 años después Hay control y vigilancia, garantizar el consumo humano directo Consolidad la melaza en el consumo humano  Industria de consumo humano  Investigación científica  Gotas grávales e individuales (empresas): capacidad de bodega, embarcaciones que tenga autorización.  Términos ambientales (se exige consulta previa)  Uso de tecnología de última ganancia  Conseguir nuevos mercados.
  • 7. Las empresas mineras tienen que tener PAMA Objetivo del E° Garantizar la alimentación. La norma está logrando en las empresas legales otra visión consolidar el termino de industria en el CH. En versión de 400 millones en flora, en fábricas, congeladas conseguir nuevos mercados. Acuicultura. Genera en la pesquería, porque del mar ya no se va a poder sacar Consolidar la producción A los años los peces se van a extinguir. Ordenamiento pesquero: Conjunto de lineamientos para la pesca industrial. - Hay varias regulaciones - Hay flotas artesanales - Empresas de conservación - Logar la sostenibilidad de la pesquería La Corte Suprema. Decía que no había pesca en la milla D.S. y es constitucional art. 2.2 no debería haber discriminación el Ministerio de Producción saca la información científica. Pesca informal  mueve 10 y 32.6  1000 toneladas y 250 en harina 400 millones, no hay control satelital, control de zarpe y desembarque. Hay pesca con explosivos Se sigue construyendo bolicheras Toma de fiscalización de embarcaciones pequeñas - Avanzando en empadronamiento
  • 8. 1. Embarcaciones que tienen permiso 2. Control satelital 3. Control de Ma muelle: Zarpe y desembarque 4. Control de vigilancia a embarcación Año 2006 Construcción de nuevas embarcaciones - Las capitanías no ven la construcción de bolicheras - Las fiscalía tienen que controlar Controlar el cumplimiento de las normas - E° debería ser el fiscalizador. - El Ministerio no tiene los recursos y hace los concursos y el privado pagos Vence cuota de pesca. Nov. Dic. 2.3 millones de toneladas E° Ojo el principio Principio precautorio: Un daño que ha sido probado científicamente sea cuantificable no hay necesidad de tener evidencia científica que está corriendo el daño, solo basta un indicio que va o está causando daño. Grandes Reformas - Educción - Innovación Para un desarrollo económico - Infraestructura – Logística
  • 9. EL SECTOR DE LA PESCA Y ACUICULTURA EN PERÚ Finalidad: mostrar la situación en la que se encuentra el Perú para la inversión extranjera. Ventas: 1,683 millones de dólares en exportación del CHI, 517 millones de dólares en exportación de productos marinos como tablas y 140 millones de 28 en ventas internas de conserva. Productos: Harina y aceite de pescado, pota congelada y conserva de pescado congelado, langostino y concha de abanico. Mercados: Productos de CHI: China (42% del valor total) Alemania (16%) Japón (8%) Productos de CHD: EE.UU (20%) España (15%) China (9 %) Productos: CH Ind.  Harina y aceite de pescado Tasa (365 millones de $) diamante (176 millones) CHD  Refrigerados $ 34 millones Desempeño reciente: CHI  valor a la industria cotizando el precio de la harina CHO  el precio de las conservas disminuye y existe una escases del consumo. Perspectivas: CHI : Mayor valor por una nueva regulación a inversiones en mejora de procesos. CHD: Uso de anchovetas para conservas.
  • 10. OPORTUNIDADES Y FORTALEZAS CHI : Abundancia en anchovetas y la demanda en crecimiento, los procesos se modernizan. La nueva legislación está haciendo más eficiente a la industria CHO: Mar rico en recursos (atún, anchoveta, etc.) con especies para explotación. Mar peruano tiene 3,000 km de costa y una gran variedad y cantidad de peces, crustáceos y moluscos (gracias al nitrato y fosfato) Anchoveta 85% de pesca de volumen total capturado. INIEA: Instituto de investigación agraria. 15/11/2014 La acuicultura como herramienta de desarrollo. Externalización de costo (costo menor) - La mano de obra. - Venta al por menor del precio Donde vienen las cosas que compramos y a donde va. Economía de producto Extracción Recursos Naturales Extracción Sistema lineal en un planeta finito los recursos son finitos Hay Sistema Lineal Estadio Recursos Naturales Transf. an Consumo Descarte
  • 11. El mundo tiene recursos que son finitos Elementos que faltan en el proceso 1. Gente que trabaja en el sistema (personas que trabajan) 2. Gobierno (personas de la gente por la gente) (protegernos, cuidarnos) 3. Corporaciones 4. Extracción (es un límite, estamos usando demasiados recursos 1/3 desaparecieron de los recursos miran a las p subdesarrolladas y se busca para tener mundo. 5. En el mundo hay un consumo exagerado de recursos. Producción Usamos energía para convertir los recursos naturales. Usamos químicos (tóxicos que contaminan el ambiente) Contaminantes tóxicos y los trabajadores están trabajando en tóxicos obvian proteger el E° Los tóxicos son como productos. EE.UU 2,000 millones de tóxicos al año. La gente emigra de lo rural a lo urbanos porque han distribuido sus lugares naturales, buscan trabajo por necesidad. Comercialización Los productos pasan a la distribución Los precios se mantienen bajos Externalizan los costos: El costo real no se refleja el costo que asumimos no refleja el costo real. Lo que cuesta no se refleja en el pago la gente paga con la perdida de sus recursos naturales, los niños trabajan a menor costo. Consumo (corazón del sistema) Consumidores: - cuanto consumimos
  • 12. - 1% 99% es basura - Las personas consumen 2 veces de la anterior. Necesitamos que los Propósito es consumir más bienes Obsolencia obsolenificada Obsolencia planificada – cosas desechables Obsolencia percibida – cosas útiles Actividades principales: Compras, ventas de las personas (ocio) Todas las cosas que compras salen en la basura Mioxina  botaden de reque queman la basura Humo que sale de quema de basura Respiramos Dioxina EXPOSICIONES D° Pesquero Ley General de Pesca 25977 Reglamento de Ley General Titulo I D. Ley 25977 D.S. 012-2001-PE De las Normas Básicas Art. 1. Objeto normar la actividad pesquera con el fin de promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentación, empleo e ingresos y de asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos. La pesca es la 2da fuente de ingresos Debemos optimizar esos ingresos.
  • 13. Art. 2. Son patrimonio de la Nación los recursos hidrobiológicos Art. 9. Base de evidencias científicas disponible IMARPE Ministerio de la producción sobre la base de evidencias científicas que permitan la sostenibilidad. Art. 10. Ordenamiento pesquero: Conjunto de normas y acciones que permiten administrar una pesquería sobre la base del conocimiento actualizado de sus componentes biológicos pesqueros económicos y sociales. Ministerio de Producción - Vice Ministro de Producción - Vice Ministro Pesquería Esfuerzo pesquero: toda la actividad pesquera que está en el mar Todas las embarcaciones que están en el mar Plazo. 1 año para reemplazar. 1. Prevención 2. Precautorio Ordenamiento pesquero establece diversos aspectos - Capacidad de flota - Talla - Medidas Ese ordenamiento el D.S. D.S. Establece 3 días 0.5 5.10 15 a más soberanía alimentaria Embarcaciones: - Artesanal - 0 – 5 millas - CHD (alimento - Menor escala - 5 – 10 millas - Industrial - 10 a más
  • 14. Art. 17: D° habilitante Autorización que el E° te otorga para que utilices para la investigación. Tipos de D°. Concesiones, autorizaciones, permisos de pesca, licencias Art. 18. El Ministerio de Pesquería La actividad pesquera está desde la investigación, capacitación extracción. Actividad Pesquera Investigación Extracción: Fase de actividad pesquera tiene por objeto la captura de los recursos hidrobiológicos mediante la pesca, la caza acuática o la recolección. Procesamiento Comercialización Acuicultura Art. 20. Extracción se clasifica en: a) Comercial 1. Menor escala o artesanal 2. Mayor escala b) No comercial 1. De investigación científica 2. Deportivas 3. De subsistema Art. 21. El estado promueve actividades extractivas Art. 24. Contar con autorización previa. Arrendamiento financiero  Lising
  • 15. Inversión para hacer plantas conservar para el CHD Genera condiciones de salubridad Equipos electrónicos Medidas de transporte y preservación Reducir y minimizar los riesgos de contaminación ambiental Tratamientos de residuos Art. 30. Comercialización es libre de acuerdo a ley. Art. 31. Ley de consumidores INDECOPI DICAPI Direc General de capitanías y guarda costa del Ministerio de Defensa garantiza que cumpla la Ley y Reglamento (registro, control, inspección de pescadores y embarcaciones) autoridad nacional de aguas ANU administra todo el suministro hídrico. Acuicultura: Actividad que consiste en el cultivo y producción de especies acuáticas, realizadas incurriendo seleccionado y controlado abarcando su ciclo biológico completo o parcial en ambientes hídricos naturales o artificiales tanto en las aguas marinas como en las continentales. Art. 43. Concesión: terrenos públicos Autorización: terrenos propiedad privada. Personas naturales Concesión: - Para la administración y usufructo de la infraestructura pesquera del Estado conforme a ley. - Para acuicultura en terrenos públicos.
  • 16. Autorización - Acuicultura en propiedad privada - Actividades de investigación - Incremento de flota - Instalación de establecimiento industriales pesqueros Permisos de pesca - Para la operación de embarcación pesquera a bandera nacional y pesquería. - Para la operación de embarcación pesquera a bandera extranjera. Licencias - Operación de plantas del procesamiento de productos pesqueros. Art. 44. Ministerio de pesquería por derechos específicos que otorga por concesión, autorización y permisos. Ingresos que genere el pago de todos los recursos propios del Ministerio de Pesquería, Recursos Directos. D° específicos: Títulos habilitantes (concesión, autorización, permisos) FONDEPES: Crédito para ayuda al pescador Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero Infracciones - Realizar una actividad de pesca sin título habilitante. - Hacer actividad en área no permitida - Utilizar un sistema de pesca prohibida - Pescar especies que no tienen la talla permitida Sanciones a) Multa
  • 17. b) Suspensión de concesiones, autorización, permiso o licencia. c) Decomiso d) Cancelación definitiva de la concesión, autorización, permiso o licencia. Fuentes del D° Pesquero - Ley general de pesca 25977 - D.S. N° 005-2012-produce Institución que se encarga de la investigación, comportamiento del mar y determina cuotas de pesca. IMARPE (Instituto del mar peruano) ¿De qué se encarga el DICAPI? DICAPI se encarga de :  Interviene en el desembarque  Garantiza que se cumpla la ley y el reglamento  Se encarga del registro, inspección y control de pescadores y embarcaciones Acuicultura Actividad que consiste en el cultivo y producción de especies acuáticas, realizadas en un medio seleccionado y controlado abarcando su ciclo biológico completo o parcial, en ambientes hídricos naturales o artificiales tanto en las aguas marinas como en las continentales. 1. ¿Cuáles es el objetivo de la Ley general de pesca? Es promover el desarrollo sostenible como fuente de alimentación empleo e ingresos y de asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos.
  • 18. 2. ¿Cuáles son las modalidades de pesca? Modalidad Vías Capacidad de bodega Artesanal Menor escala Industrial 0 – 5 millas 5 – 10 millas 10 – 200 millas 0 a 10 mt3 10 a 32.6 mt3 32.6m3 a más 3. ¿Cuáles son las actividades pesqueras? - Investigación - procesamiento - Acuicultura - comercialización 4. ¿Cuáles son los objetivos del DS 005-2012 y cuál es el sustenta legal según su opinión 1) Seguridad alimentaria, garantizando el consumo humano directo 2) Sostenibilidad del producto (proteger su extinción) 3) Redistribuir las riquezas entre armadores 4) Incrementar el consumo humano directo Sustento legal
  • 19. Acuicultura: Actividad que consta en el cultivo y producción de especies acuáticas realizadas en un medio seleccionado y controlado abarcando su ciclo biológico completo o parcial, en ambientes hídricos naturales o artificiales tanto en las aguas marinas como en las continentales. Concesión – terrenos públicos Autorización – propiedad privada Permiso – operación de embarcaciones pesquera de banderas nacional y extranjera. D° específico: Títulos habitantes (concesiones, permisos, autorización y licencia) FONCODES: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquera ayuda social al pescador. INFRACCIONES: - Realizan actividades de pesca sin título habitante. - Hacer actividad en área no permitida - Utilizar sistema de pesca prohibidas - Pescar especies que no tienen la talla permitida CONCLUSION Sanciones: (por Resolución Ministerial de Pesquería) a) Multa: monto b) Suspensión de concesiones, autorización, permiso o licencia (temporal) c) Decomiso d) Cancelación definitiva de concesión autorización, permiso o licencia. Clases de Sanciones: Se sostiene indistintamente Fin de la Ley General de Pesca: Promover su desarrollo sostenible como fuente de alimentación, empleo, ingreso y de asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos.
  • 20. Ordenamiento Pesquero establece diferentes aspectos - Capacidad de flota - Talla - Medidas D.S.005-2012 establece 3 vías Embarcaciones Millas Artesanal Menor escala Industrial 0 – 5 millas 5 – 10 millas 10 – 200 millas (CHD) soberanía alimento D° Habitante: Autorización que el E° otorga para que utilices para la investigación. Tipos de D°: Concesión autorización, permiso o licencia. Actividad Pesquera: Investigación – Extracción – Procesamiento – Comercialización – Acuicultura. Extracción: se clasifica en: a. Comercial Está en función Capacidad Vías - Artesanal - Menor escala - Industrial 0 a 10 mt3 10 a 32.6 mt3 32.6m3 a más 0 – 5 millas 5 – 10 millas 10 – 200 millas b. No comercial - De investigación científica - Deportivas - De sub sistema DICAPI: Autoriza las zapas y desembarque Dirección General de capitanías y guarda costas (registro, inspección y control de pescadores y embarcaciones). ANA: Autoridad Nacional de Aguas (Administra el suministro de agua).
  • 21. PRACTICA CIVIL Página web del Poder Judicial SPIJ: Sistema Peruano de Información Jurídica Concurrente: Deben cumplirse a la vez. Artículos más importantes del C.C. art. 140 Acto jurídico Edictos: Avisos periodísticos Testar: Rayar para que se vea el error nacional no es válido (lo testado no es válido) Dr. Domingo García Belaunde Derecho Constitucional Actualidad jurídica: La no reelección de alcaldes regionales y locales Los presidentes regionales  hoy es gobernador. Google  SPIJ  SPIJ sistema Legislación Básica  Códigos Leyes más de 30,000 1ra Ley 1904  Ley N° 1 A partir de la fecha todas las normas serán numeradas en forma correlativa  Normas con rango de ley 1904 (1 - 41)  Código Civil (2122 art.) Const. 226 principios – Norma Notificación AUDIENCIA Vista de causa – 3 días informe oral ambas partes Audiencia el que apela D° de replica habla el que solicitó primero D° de duplica Impostación de voz Proc. Const. Cod. Civil Cod. Proc. C. Cod. Proc. P. Cod. Penal Cod. Ejec. Penal Cod. Nino Adolc. Cod. Perú Justicia Militar Cod. Trib. Cod. De Protoc. Y defensa del consumidor Cod. Comercio
  • 22. Audiencia Valle Riesta: caso Cecilia Valenzuela (Demanda Mufaref) Principios  Son estándares, responde a cuestiones de justicia D° por principio general D° al agua potable (D° Constitucional) Jamás en regreso Ilustre magistrados D° Comparado – Jurisprudencia española Solicita D° Constitucional Los principios constitucionales está desplazando A los principios de legalidad Penal Art. 20 Importante D° fundamentales debe estar concurrentes con 3 aspectos que están en el art. 3. Art. 1 Constitución: Defensa de la persona humana.  Dignidad de la persona  Principios de soberanía del pueblo  Estado democrático de D°  Forma republicana de gobierno Art. 293 de la Ley org. De Poder Judicial La clave del derecho es ubicación Contra el estado Contencioso Administrativo (contra la ONP) Confesión sincera 1/5 de la pena (debe pasar 24 hrs.) Hermosa  D° familia D° Laboral  Indemnización por despido arbitrario recurando su dinero.
  • 23. D° Constitucional  Proceso de amparo Cuando quiere recuperar su trabajo Todos los códigos tienen título preliminar (10 artículos) 1936 Código anterior 1984 Código actual Const. 1979  Igualdad de D° Cambia el código 1984, aprobado D. Ley 295 Aprobó el D. Leg. ó D. Leg. Org. Poder Ejecutivo (Presidente de la República) Ley N° 30,000 emitida por congreso Decreto Ley: gobierno defacto (Gobierno a través de fuerzas)  20530 – Cedula vivas  19990 – Jubilación Dec. Supremo: Normas reglamentarias Hidrocarburos (Energía y Minas) Ministro de Ramo Pirámide de Kelsen (Austriaco) Kelsen – Jurista más notable del siglo XX  Se le atribuye del primer tribunal constitucional de Austria el poder lo controla con poder autónomo.  Es impulsar de la jerarquía de las normas Art. 200 inc. 4. Constitución: normas con rango de ley Constitución Ley D. sup. Estatus o reglamento Cuando el estatuto infrinja el rango superior se va al ministerio de Trabajo Demanda Laboral
  • 24. Demanda de inconstitucionalidad: Defensoría del pueblo y colegios profesionales Código Civil - Título preliminar (10 artículos) Principio pro operario  la más favorable al trabajador art. 26 Constitución CIDH (afectación de D° fundamentales) Corte Suprema de justicia de la República (recurso extraordinario) 2do hasta 3 jueces (revisa medios probatorios) 1ra instancia (juez) Última instancia juez especializado Juzgado de Paz Letrado Recurso de casación Requisitos x que interpone Recurso de casación Apartamiento del precedente Te dan 10 días Cuento 3 días hábiles Croc 10 días hábiles Abrev 5 días hábiles Sema 3 días hábiles CSJR Puede recurrir Nulidad de cosa juzgada fraudulenta: 6 meses Amparo: 60 días - Afectación al debido proceso - Se aparta del proceso constitucional Puede interponer
  • 25. Amparo contra amparo  fundado  nulo va hasta enviarlo a la sala. En materia prima Recurso de revisión (requisito es una prueba contundente que determine la inocencia) CSJR Conciliación a 30 años  Habeas corpus – procede amparo 2da inst. 1ra inst. Código Civil Título preliminar x artículos Libro I al X Titulo final art. 2112 al 2122 Artículo I (derogación) abrogación de ley La norma resulta ineficaz, pierde vigencia a pedido eficacia jurídica (según doctrina) La ley se deroga solo por otra ley (Los principios responde a la justicia) según doctrina Derogación: expresa, tácita A D° se interpreta palabra por palabra La ley se deroga por otra ley puede ser expresa o tácita (una norma se deroga por otra norma del mismo rango) Articulo II Ejercicio abusivo del D° Art. 985: Imprescriptibilidad de la acción de partición La Ley no ampara el ejercicio abusivo La Ley es para regular los actos de vivesa
  • 26. Ajustar a la inflación de los procesos hasta la actualidad La liquidación ajustada con el proceso inflacionario Toda demanda debe ir con una medida cautelar, en algunos casos no se interpone medida cautelar. Recursos propios (TUPAC) acreditan que la cuenta es de cuando demandan al E° 27584  Artículos 42 y siguientes cuando se trata de sumas de dinero, transcurrido los 6 meses podrá cobrar los embargos. Art. 339 Plaza de caducidad - En proceso de divorcio el juez tiene mandato imperativo - En materia familiar no hay cosa juzgada en tenencia (familiar) cod niño del niño 86 Se pide la exoneración de pensión de alimentos código Art. 84 código N.A. Debe haber régimen de visita al otro cónyuge.
  • 27. PRACTICA CIVIL 1977  Asamblea Constituyente Presidida por Haya de la Torre 1979  Se crea la constitución de 1979 1980  Primer gob. Democrático 34 años de democracia continua hasta la actualidad (2014) 1988  Tribunal de Garantías Constitucionales (valle eresta) (velar por la constitución del E°) 1990  Gana Fujimori 1992  Gob. Defacto de Fujimori Disuelve el Congreso Emite Decretos Ley 1993  Reforma la Constitución 1993 Convoca a elecciones Congreso Constituyente Democrático (CCD) 1994 Interpretación auténtica 2000  Se viene a bajo el gobierno Fujimori Extradición: Hoy por ti mañana por mi Principios: Son estándares que obedecen a la justicia. Art 2 inc. 20  Derecho de petición (inicia tu demanda) * 30 días hábiles para abrir negocio (licencias) Aplica silencio administrativo negativo (funciona con el cargo) Título Preliminar  se debe empezar a nivel constitucional Declaración del Hombre y el ciudadano 1849
  • 28. Art. 2113 Derogación del Código Civil I. Ejercicio abusivo del D° Herencia  Cuando los padres están muertos Vía compra venta puede vender todo II. Aplicación de la Ley en el tiempo Se mantiene la eficacia en el tiempo Los casos van a estar sujetos a la nueva ley III. Simple semejanza entre 2 cosas Art. 2120 ultraactividad La legislación anterior Se prohíbe la analogía cuando hay restricciones o excepciones En contratos Los contratos son ley entre las partes Art. V: Es nulo el acto jurídico contrario a las leyes atenta contra la moral y las buenas costumbres. Art. Inc. 24 Const. num, a  lo que no está prohibido está permitido. Art. VI: Interés para obrar El interesado tiene interés para obrar Cuando demanda quien no debe se contesta con una excepción  falta de legitimidad para obrar. Art. VII: El principio del iura novit curia El juez está obligado a aplicar la norma que corresponda aunque no la haya invocado El juez es perito de peritos Fuentes del D° 1. Ley (Constitución hasta ord municipal) 2. Jurisprudencia (faltas emitidas por la corte suprema o el TC) cuando la misma resolución lo expresa, precendentes judicial
  • 29. 3. Precedentes a la fecha del T.c.  Sentencias (1979 a la fecha) (1993 a la fecha) 2010  procedente laboral caso trabajadores en el callao Las disposiciones no solamente se encuentra en la Ley también están en los: - Plenos jurisdiccionales - Precedentes vinculantes - D° comparado  Despidos arbitrario tienen 30 días hábiles, está en un pleno jurisdiccional de 1999  Los trabajadores trabajan hasta 70 años 65 jubilación Caso docentes universidades públicas hasta cuando quieran está en un procedente vinculante. Fuentes  3. Doctrina lo que dicen (autores en sus libros) 4. Principios generales del D° - Justicia - Equidad 5. D° consuetudinario - Aplicación supletoria Todo lo no regulado en otras normas del código civil se debe aplicar en D° civil D° de Personas Sujeto de D°: todo aquel individuo de gozar sus D° Sujetos de D° - Concebido - Persona Natural - Persona Jurídica
  • 30. - Persona Jurídica no inscrita (no tiene inscripción registral) Concebida  Concepción  Unión de ovulo y espermatozoide (después de las 12 horas) Después de 12 horas – es zigote  Nacimiento  Corta el cordón umbilical - Percepción visual (D°) (mito de nacimiento)  Concebido  A partir 12 horas (pto de vista jurídico, se puede hablar de un vida humana genéticamente) La píldora del dia siguiente es legal Sujeto de D° privilegiado Persona Jurídica Persona Juridica: - Son sociedades - Se rige a su propia Ley de sociedades - Con fines de lucro - Inscritas en la SUNARP (seguridad jurídica ante tercero) Sin fines de lucro - Fundación - Comités inscritas o no inscritas - Asociaciones  No persiguen fines de lucro  Unión de 2 personas naturales  Unión de 2 personas una natural y otra jurídica Pero determinados fin común.  Fundación – poner algunos bienes que formen parte Comités: Organización de personas naturales o jurídicas Con finalidad de recaudación, con fines alturistas
  • 31. - Personas inscritas en SUNARP  tienen una constitución jurídica  Se nombra al representante  Vigencia de poder  Facultades  Estatuto  Inscribir en personas jurídicas  Da seguridad jurídica  Permite hacer actos jurídicos con representantes del comité, asociación etc. - Personas no inscritas  Deciden no inscritas - Domicilio (art. 40 )C.C. oponibilidad de cambio de domicilio. - Nombre ACTO JURIDICO 140 C.C. Necesita 4 requisitos de validez 1. Agente capaz 2. Objeto físico y jurídicamente posible 3. Fin licito 4. Observancia de la forma prescrita bajo sanción de nulidad. Ejem. Donación se delibera por escritura publica art. 1625 c.c. - Si no cumple es ineficaz - Voluntad de las partes - Concurrente: debe cumplirse a la vez - Si no se cumple es nulo Compra venta - Voucher pago - Alcabala (voucher) 3% derecho de el D° transferencia paga el comprador, a partir de 36,000 - 5ta categoría. Impuesto a la renta (Voucher)
  • 32. DEFINICION DE CONTRATOS - Tiene carácter patrimonial - Se modifican a través de adenda 27584 Casación, de acuerdo al monto en lo referente a lo laboral Mayores a 100 URD (38,000) Menor a 100 URP corte suprema  Desalojo se ventilan en la venta sumarísima  Juez Paz Letrado Juez de Especialización pasan 50 4RP Ocupante precario  Juez de Paz Letrado Civil El poder - Por escritura - Por acta P. General: no requiere más que una simple carta P. Especial: - Acta: proceso judicial - Escritura pública Muerto el poderdante  queda ineficaz Acto jurídico Nulo 219 c.c. Anulable: 221 c.c.  Nace muerto. Ejem. Acto jurídico con menor de edad  Cuando por el camino que ese acto jurídico perdió ineficacia. Ejem. Poder darle el poder al hijo para comprar, vender, prestar, la mama muere y el según cobrando, ese acto es accesible Contrato Rescisión 1370 c.c. Resolución 137 c.c.  Cuando un contrato nace muerto (demanda por resición del contrato  Cuando viene una causa sobreviviente al contrato. Ejem. Alquilo para una farmacia al mes pone un nigh club, lo resuelve de pleno D°. Demanda resolución del contrato por causa sobreviviente
  • 33. Si usted le da poder a una persona poder y tiene facultad para delegar a un tercero y esta estaba arrendando, el inquilino no quiere salir, el apoderado demanda y el juez no acepta, la delegación tuvo que hacerlo por escritura pública. 77 CPC: sustitución y delegación del poder. Se hace una escritura pública delegando y ratificando art. 162 cc. Art. 183: Computo del plazo - Computo de días hábiles - Cuando es a partir de 30 días (mes) es de 30 a 30 días años 31/1/2013 – 31/1/2014 Si el último días es hábil es el día siguiente hábil. * Cualquier tema de civil - Cónyuges está prohibido contratar entre sí, es norma de carácter imperativo tema de fondo es dejar sin herencia a hija extramatrimonial. Art. 312 c.c. Impedimentos de Ley Consanguíneo Grados de parentesco Afinidad Espiritual L. Recta Línea colateral
  • 34. PRACTICA CIVIL 1370 c.c. Recisión 1371 c.c. Resolución Contractual El Parentesco 1. Consanguíneo 2. Afinidad 3. Legal 4. Espiritual (*) no tiene efecto turístico Consanguíneo Línea Recta Línea Colateral * Bisabuelo * Abuelo Ascendente * Padre * A yo * Hijo Descendente * Nieto * Bisnieto Hermano del padre La clave es hallar tronco común Por estirpe (descendencia) – la herencia irremunerable es imprescriptible Por cabeza (agonía) Afinidad Familiares de la esposa o concubina Primer grado de afinidad Padre de esposa Segundo grado de afinidad Hermano (cuñado)
  • 35. Afinidad Suegro 1er 2do Cuñada Legal : Es la adopción : Es por escritura pública 2117 c.c. Espiritual: Padrino  Los cónyuges o convivientes (más de 2 años forma continua - Tiene que haber sentencia judicial - Hijos reconocidos Se reconoce a través de sentencia judicial para tener los deberes y derechos. Art. 312 c.c.: Los cónyuges no pueden contratar entre si respecto a los brones comunes para evitar el abuso del derecho (art. 312 c.c.) Los brones propios (herencia) si se puede vender a la esposa. Causales de Divorcio 333 c.c. Causal 13  2 años cuando no hay hijos  4 años cuando hay hijos Computados de que ella denuncia (demanda) Denuncia de retiro voluntario (fecha cierta) Proceso de alimentos 1. Adulterio: Prueba partida del hijo adulterino, acto sexual debidamente probado. 2. Prueba ilegal se convierte en legal cuando el ofendido es quien forma o graba se rompe el derecho a la intimidad. 3. Injuria Calumnia Difamación Palabras soeces Se le atribuye un delito Atenta contra el honor Agravada cuando lo hace Públicamente
  • 36. Aunque fuese verdad no puede difundirlo Art. 335 c.c. (335) hecho propio Plazos de caducidad 337 – 338 – 339 Adulterio caduca 6 meses de conocido el derecho (excepción de caducidad) 0 5 años de producido Ficción jurídica (contrato de compra venta) Nulidad por lesión  venta acumulada. Alimentos  ya hay sentencia firme Sumarísimo 1. Aumento de pensión: Tienen que probar que el tiene mejor trabaja siempre y cuando este en soles. 2. Disminución de 3. Exoneración: Se su hija ya no estudia tiene hijo, ya es mayor de edad código procesal civil 571 CPC 483 c.c. 4. Extinción: solo se da cuando falleció de alimentista 486 cc. 5. Promateo 6. Variación en tu firma de prestar alimentos. S/. = Independiente (no presenta medida cautelar de pensión anticipada) % = Dependiente, pensión anticipada a medida cautelar Medida cautelar en forma de administración (empresas) Medida cautelar en forma de recaudación (testamento) Legitima: 1/3 art. 725 c.c. Colación: (831 y sgts. C.c.) retorno Demanda por colación para retraer la nasa hereditaria para ser repartido en partes iguales.
  • 37. 1/3 libre disponibilidad, el tercio, la legitima Donación: Escritura pública Dispensa: Yo tercero y el 1/3 de libre disponibilidad Le dona con dispensa de colación no se retrotraiga a la masa hereditaria. En escritura debe poner yo dono con dispensa de colación para que no regrese a la masa hereditaria. No colacionable 836. Los bienes que no son de la masa hereditaria Si vende una herencia por anticipo, se colaciona integrando su valor 833 c.c. División y partición respecto a herencia - Todos los herederos tienen igual derecho - El conyugue es un heredero más Masa hereditaria viven acción y derecho fallece es copropietario Acciones y derechos = copropietarios El E° protege al cónyuge supérstite respecto a la cosa (d° de propiedad) indefinida (propiedad conyugal) D° de sucesiones art. 731: D° de habitación vitalicia del cónyuge Se heredan pasivos y activos y ante una liquidación se paga las deudas y el remanente se divide. D° Reales Divide a los bienes muebles e inmuebles D° Anglosajes – a través de jurados (Inglaterra, EE. UU., Canada, Australia) D° Germano – Romano: Nace en Alemania – Francia – España – América D° Musulman: Paises árabes.
  • 38. Materia Civil Alemán JHERING – Respecto a la posesión es poseedor quien tiene la posesión inmediata SAVIGNY – Poseedor es el que tiene la posesión inédita y el que la entrega (mediata) (Exposición de nativos del código civil (internet) del art. 905 c.c.) Posesión 105 Es poseedor inmediato el poseedor temporal Posesión mediata – el propietario Prescripción adquisitiva de dominio (usurpación) Propietario: Tiene que tener posesión pacifica, publica y continua durante 10 años judicialmente a través de una prescripción adquisitiva de dominio. Justo título  dcto. Privado 5 años  Se demanda por prescripción adquisitiva de dominio Propiedad: Minuta – escritura – notación preventiva en RRPP Prescripción adquisitiva Bienes muebles Bienes inmuebles Posesión y propietario: se habla de los coposesionarios de 2 a más. se habla de los copropietarios. Posesión tiene que ver con prescripción adquisitiva de propiedad. Apropiación de bienes 933 Recompensa 3ra parte. - Nulidad de Acto jurídico de Lizandro Taboada - Interpretación de la Constitución según el T.C. Marcial Rubro Correa.