2.
Contrato verbal.
5 vendedores obligados a renunciar.
2 vendedores despedidos injustificadamente.
Incumplimiento en el pago indemnización.
La empresa no incluyo el salario completo
para el pago de indemnización y prestaciones.
Demanda de los trabajadores.
3. Contrato de trabajo:
Contrato individual de trabajo, sea cual
fuere su denominación, es el vínculo
económico jurídico mediante el que una
persona (trabajador), queda obligada a
presentar a otra (patrono) sus servicios
personales o a ejecutarle una
obra, personalmente, bajo la
dependencia continuada y dirección
inmediata o delegada de esta última, a
cambio de una retribución de cualquier
clase o forma. Artículo 18 (Código de
Trabajo, 1961)
4. ▪ Terminación de contrato:
Hay terminación de los contratos de trabajo cuando una
o las dos partes que forman la relación laboral le ponen
fin a ésta, cesándola efectivamente, ya sea por voluntad
de una de ellas, por mutuo consentimiento o por causa
imputable a la otra, o en que ocurra lo mismo por
disposición de la ley Artículo 76 (Código de Trabajo,
1961).
5.
Despido
Es un derecho potestativo que
empresario para denunciar la
laboral; deriva de un acto de su
unilateral por la cual le pone
relación de trabajo.
tiene el
relación
voluntad
fin a la
6.
Despido Indirecto
Proviene del incumplimiento contractual
por cualquiera de las partes y da motivo a
la otra parte para resolver el contrato
El trabajador que se dé por despedido en
forma indirecta, goza asimismo del
derecho de demandar a su patrono, antes
de que transcurra el término de
prescripción, el pago de las
indemnizaciones y demás prestaciones
legales que procedan. Artículo 80,
7.
▪ Despido injustificado:
Si el contrato de trabajo por tiempo indeterminado
concluye una vez transcurrido el período de
prueba, por razón de despido injustificado del
trabajador, o por alguna de las causas previstas en
el artículo 79 del código de trabajo, el patrono debe
pagar a éste una indemnización por tiempo servido
equivalente a un mes de salario por cada año de
servicios continuos y si los servicios no alcanzan a
un año, en forma proporcional al plazo trabajado.
Artículo 82
8. ▪ La primer alternativa para el empleador
era despedir a los vendedores, y pagarles lo que
les correspondía según la ley, es decir
indemnización, bono 14, aguinaldo, último sueldo
y vacaciones, incluyéndoles en estos cálculos las
comisiones y todo lo que devengaban, de esta
forma
se
hubieran
evitado
problemas
jurídicos, pago de abogados e indemnización
sobre valorada, ya que tuvieron que pagar más
de lo que les hubiera correspondido en un inicio
a los vendedores que entablaron la demanda.
9. ▪ Otra
alternativa
era
despedir a los vendedores
en forma justificada, ya que
si era decisión despedir a
todos posiblemente estaban
fallando en algo, hubiera
demorado más tiempo en
reunir pruebas pero se
hubiera ahorrado muchos
gastos.
10. ▪ La última alternativa fue la
que decidió elegir la empresa,
coaccionando a los vendedores
para que renunciaran y terminar
despidiéndolos
injustificadamente, lo que llevo
un proceso muy largo y
desgastante para ambas partes,
provocándoles gastos que no
eran necesarios.
11.
Luego de estudiar el caso, las leyes que amparan
tanto al trabajador como al empleador se
concluye que la mejor alternativa era la número
uno, ya que cumple con todo lo establecido por
la ley, pagando lo que le corresponde al
trabajador.
Otra medida que puede tomar el empleador a
partir de lo sucedió es implementar un
reglamento interno de trabajo, para que así se
rijan en cuanto a éste, y le sea más fácil poner
reglas o despedir a los trabajadores cuando no
cumplan con los lineamientos de la empresa.
12.
¿El contrato verbal también es
válido como prueba en las leyes
guatemaltecas?
Si, ya que claramente en el
artículo 30 del código de trabajo
dice “El contrato verbal se
puede probar por los medios
generales de prueba y, al
efecto, pueden ser testigos los
trabajadores al servicio de un
mismo patrono.”