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LOS FONDOS MUTUOS 
JUAN RIDER RAMIREZ RODRÍGUEZ 
DERECHO CORPORATIVO 
AÑO : 2014 – II
Índice 
I. Introducción…………………………………………………… Pág. 1 
II. Definición…………………………………………………….. Pág. 2 
III. Tipos Básicos de fondos mutuos…………………………. Pág. 3 
IV. Características………………………………………………. Pág. 3 
V. Sociedades administradoras de fondos mutuos……….. Pág. 4 
VI. Capital Mínimo……………………………………………… Pág. 4 
VII. El riesgo en los fondos mutuos…………………………... Pág. 5 
VIII. Número de Partícipes de los fondos Mutuos…………… Pág. 5 
IX. Conclusiones………………………………………………... Pág. 6 
Recursos…………………………………………………………. Pág. 7 
Modelo de contrato de Fondos Mutuos……………………… Pág. 7
Pág. 1 
INSTRUMENTOS FINANCIEROS – FONDOS MUTUOS 
JUAN RIDER RAMIREZ RODRÍGUEZ 
Resumen 
Los fondos mutuos son vehículos de inversión, que brindan a los inversionistas 
individuales o institucionales acceso a una gran variedad de oportunidades, a 
través de un equipo de profesionales que manejan del dinero, con lo cual se 
amplían las posibilidades del rendimiento de los activos financieros, más allá de 
los depósitos de ahorro y a plazo. Este instrumento financiero, viene funcionando 
en Perú desde la década de los 90 y que está regulado por la CONASEV. La 
doctrina comprende dentro de los fondos comunes de inversión, tanto a los 
fondos mutuos de inversión (Fondos Mutuos), así como a los fondos de inversión 
en valores (Fondos de inversión), los cuales constituyen una alternativa de 
inversión para pequeños y medianos inversionistas, con lo que se demuestra 
que un esfuerzo colectivo es más provechoso que el que se desarrolla en forma 
individual. 
Abstract 
Mutual funds are investment vehicles that provide individual and institutional 
investors access to a wide variety of opportunities , through a team of 
professionals who handle money , thus the chances of return on financial assets 
expand, beyond the savings and time deposits . This financial instrument has 
been operating in Peru since the 90s and is regulated by the CONASEV . The 
doctrine comprises within the investment funds , both mutual funds ( Mutual 
Funds ) and the securities investment funds ( investment funds ) , which are an 
alternative investment for small and medium investors , which shows that a 
collective effort is more profitable than developed individually. 
I. Introducción 
Mediante los fondos mutuos, los inversionistas se introducen principalmente en 
el mercado de capitales, confiando sus capitales a empresas especializadas en 
este tipo de negocios, a las que son denominadas sociedades administradoras, 
cuya función es administrar uno o más fondos, así pues, los inversionistas 
acceden a los beneficios de un portafolio de inversiones profesionalmente 
efectuado y administrado, convirtiéndolo en una alternativa distinta a las 
tradicionales y al mismo tiempo más rentable que ellas. 
Según el artículo 238 de la Ley de Mercado de Valores, establece que: “Fondo 
mutuo de inversión en valores es un patrimonio autónomo integrado por aportes 
de personas naturales y jurídicas para su inversión en instrumentos y 
operaciones financieras.
El fondo mutuo es administrado por una sociedad anónima denominada 
sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores, quien actúa 
por cuenta y riesgo de los partícipes del fondo” 1. 
En el Perú, los fondos mutuos se regulan actualmente por los Decretos 
Legislativos Nos. 861 y 862, que han sido reglamentados por las Resoluciones 
CONASEV Nos. 078-97-EF/94.10 del 11 de Febrero de 1997 y 002-97-EF/94.10 
del 8 de Enero de 1997, respectivamente. Su tratamiento contable está regulado 
en las Resoluciones CONASEV Nos. 627-97-EF/94.10 y 628-97-EF/94.10, 
ambas del 23 de Octubre de 19972. 
Pág. 2 
II. Definición 
Según VELARDE COSTA, Luis de Equilibrium Clasificadora de Riesgo S.A., el 
Fondo Mutuo de Inversión en Valores es un patrimonio común constituido por 
aportes voluntarios de personas naturales o jurídicas a las cuales se les 
denomina partícipes. Este patrimonio está dividido en cuotas iguales, y su valor 
varía diariamente en función al comportamiento del mercado; razón por la cual, 
la rentabilidad de un fondo mutuo se refleja en la variación del valor de esa cuota. 
Invertir en fondos mutuos no asegura un rendimiento positivo, sino más bien un 
rendimiento acorde con las condiciones crediticias y de mercado que afectan a 
las inversiones que ha realizado un fondo mutuo por cuenta de los partícipes, es 
decir, si las inversiones de un fondo son afectadas por un retroceso en su 
clasificación de riesgo o por una variable de riesgo de mercado, por ejemplo: 
tasa de interés, estás se reflejarán en el valor cuota del fondo negativamente. En 
caso contrario, si la cartera del fondo mutuo tiene excelentes clasificaciones de 
riesgo para sus inversiones y, un contexto de tasas de interés bajos, el valor 
cuota del fondo se verá afectado de forma positiva3. 
1Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, Artículo 238 
2 DE ALMEIDA FAGGRI, Julio. Tratamiento tributario de los fondos mutuos de inversión y de los 
fondos de inversión en valores. Pág.1. Recuperado: http://www.ipdt.org/editor/docs/03_Rev33_JDAF.pdf 
3 COSTA VELARDE, Luis. Fondos mutuos en el Perú -Una revisión a los últimos acontecimientos-. 
Equilibrium Clasificadora de Riesgo S.A. Pág. 1. Recuperado: 
http://www.equilibrium.com.pe/FondosMutuosoct04.pdf
Pág. 3 
III. Tipos Básicos de fondos mutuos 
Existen tres tipos básicos de fondos mutuos: 
a) Fondos Mutuos de Renta Fija; los recursos son invertidos únicamente 
en instrumentos financieros que reditúan una rentabilidad fija en 
determinado período de tiempo, como los bonos, pagarés, etc. 
b) Fondos Mutuos de Renta Variable; los recursos son invertidos en 
acciones y otros derivados. 
c) Fondos Mutuos Mixtos; la sociedad administradora, invierte los recursos 
en acciones e instrumentos de renta fija y variable. 
Estos pueden ser fondos en moneda nacional o fondos en moneda 
extranjera. 
IV. Características 
 Objetivo de Inversión Establecido; emplean estrategias que generan 
rendimiento, y estas son explicadas un prospecto, en el cual, también se 
informa acerca del tipo de compañías a las que se les comprarán 
acciones: 
a) Incipientes y poco conocidas, 
b) En desarrollo, 
c) En crecimiento o empresas establecidas con una larga trayectoria. 
 Equipo Gerencial Especializado; grupo de analistas que eligen a las 
empresas en las cuales se a invertir, liberando al inversor individual de 
tener que tomar decisiones de las cuales carece de conocimiento. 
 Potencial de rendimiento a largo plazo; en los fondos mutuos es donde 
más provecho se obtiene aplicando ciertas técnicas de inversión como 
son, el valor promedio del dólar, del efecto de diferir los impuestos y de 
las ganancias de los intereses compuestos, pero estas inversiones no 
están garantizadas y pueden perder su valor inicial o simplemente 
producir un rendimiento menor que el esperado4. 
_______________________________________________________________ 
4 CORTEZ PEREZ, Cesar Daniel. Fondos Mutuos de Inversión en Valores. Pág. 3. Recuperado: 
http://www.uss.edu.pe/uss/RevistasVirtuales/ssias/ssias3/pdf/FONDOS_MUTUOS_DE_INVERSION_EN_ 
VALORES.pdf
Pág. 4 
V. Sociedades administradoras de fondos mutuos 
Las Sociedades Administradoras de Fondos Mutuos (SAFM), son sociedades 
anónimas, que está autorizadas por CONASEV y, tienen como función exclusiva 
la administración de uno o más fondos mutuos por cuenta y riesgo del 
participante. Estas Sociedades Administradoras cobran una comisión por la 
administración de los fondos, la cual es determinada libremente, también pueden 
cobrar comisiones por suscripción y rescate de cuotas, todas estas comisiones 
son cobradas independientemente de que las inversiones tengan éxito o no y 
deben estar detalladas en el Reglamento de Participación. Estas deben ser 
denominadas Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversión en 
Valores, o su abreviatura "SAFM". Corresponde a CONASEV autorizar la 
organización y funcionamiento de la sociedad administradora, así como ejercer 
el control y supervisión de ésta. Según el Artículo 261º de la Ley del Mercado de 
Valores - Administración de fondos, “La sociedad administradora invierte los 
recursos del fondo mutuo por cuenta de éstos, de acuerdo con los términos del 
reglamento de participación. Asimismo, se encarga de determinar el valor de las 
cuotas emitidas ciñéndose a lo establecido por el reglamento de participación del 
fondo y las disposiciones de carácter general que al efecto se dicten. (*) 
La sociedad administradora podrá administrar más de un fondo mutuo, siendo 
los patrimonios de cada uno de los fondos independientes entre sí y con respecto 
al de la sociedad administradora. 
(*) Párrafo sustituido por el Artículo 79 de la Ley Nº 27649.”5 
VI. Capital Mínimo 
Según el artículo 260 de la Ley del Mercado de Valores, “El capital mínimo de 
las sociedades administradoras es de setecientos cincuenta mil Nuevos Soles 
(S/. 750 000,00), el mismo que debe estar totalmente pagado al momento de 
iniciar sus operaciones. 
No obstante lo anterior, el patrimonio neto de la sociedad administradora no 
podrá ser inferior a 0.75% de la suma de los patrimonios de los fondos mutuos y 
fondos de inversión bajo su administración. 
CONASEV mediante normas de carácter general podrá establecer un límite 
máximo al patrimonio mínimo exigible a las sociedades administradoras en 
función a las características de los fondos administrados y a la situación del 
mercado. 
(*) Artículo sustituido por el Artículo 78 de la Ley Nº 27649.”6 
_______________________________________________________________ 
5 Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, Artículo 261 
6 Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, Artículo 260
Pág. 5 
VII. El riesgo en los fondos mutuos 
La difusión de los riesgos del fondo mutuo debe ir más allá que el reporte de la 
variabilidad de la rentabilidad histórica. Los inversionistas y las sociedades 
administradoras necesitan contar con información que les permita sopesar las 
fuentes de futuros riesgos. Para difundir mejor las fuentes de riesgo asociadas 
con las inversiones de los fondos mutuos, los gerentes de los fondos, deben 
brindar estimados de los principales factores de riesgo que puedan influenciar 
en la rentabilidad futura. Los gerentes de los fondos, deben proporcionar 
consideraciones acerca de la exposición a los factores claves del riesgo con 
adelanto e inmediatamente después, informar sobre la rentabilidad relacionada 
con esas exposiciones al riesgo7. 
El riesgo se relaciona con la incertidumbre acerca del futuro, entonces el 
conocimiento de los inversionistas no puede basarse con lo sucedido con 
rendimientos pasados, ya que su primera necesidad será predecir el posible 
rango de rentabilidad futura, mientras más amplio sea ese rango, más riesgosos 
serán los prospectos del fondo, con lo que, se hace necesario su conocimiento 
y difusión, aun así, la variabilidad histórica en los rendimientos brinda información 
útil para muchos inversionistas, por lo que sí, debe tomarse en cuenta. 
VIII. Número de Partícipes de los fondos Mutuos 
El número de partícipes en el Sistema de Fondos Mutuos se incremente de 601 
partícipes en 1993 a 12 955 en marzo de 1999, observando un crecimiento 
significativo del Sistema de Fondos Mutuos. Inclusive a pesar de que en ese año 
empiezan a sentirse los problemas relacionados con la crisis financiera de los 
países asiáticos, el número de partícipes del sistema se incrementó. Esta 
incrementación continuó en 1998, pero más lentamente hasta el mes de julio, ya 
luego de agosto a setiembre, se observa el inicio sostenido de una reducción de 
participantes, que se pronuncia considerablemente en noviembre de dicho año. 
Esta salida de participantes continúa en el primer trimestre de 1999, retirándose 
2660 participantes de diciembre de 1997 a marzo de 1999. Esta fuerte reducción 
en el número de participantes nos estaría indicando que muchos de los 
inversionistas no consideraron a los fondos como alternativas de inversión a 
largo plazo, sino como de rentabilidad a corto plazo, y que no estaban dispuestos 
a esperar por mejores épocas8. 
_______________________________________________________________ 
7 Financial Economists Roundtable. Statement on Risk Disclosure by Mutual Funds. Pág. 1. Recuperado: 
http://www.ifa.com/articles/Statement_on_Risk_Disclosure_by_Mutual_Funds 
8 CORTEZ CORTEZ, Gaby. Los Fondos Mutuos De Inversión En Valores En 1997 Y 1998. Revista de la 
Facultad de Ciencias Económicas. UNMSM. 1999. Pág. 96
Pág. 6 
IX. Conclusiones 
Que, el Fondo Mutuo de Inversión en Valores es un patrimonio común constituido 
por aportes voluntarios de personas naturales o jurídicas a las cuales se les 
denomina partícipes. 
Que, constituyen una alternativa de inversión para pequeños y medianos 
inversionistas, con lo que se demuestra que un esfuerzo colectivo es más 
provechoso que el que se desarrolla en forma individual. 
Que, Invertir en fondos mutuos no asegura un rendimiento positivo, sino más 
bien un rendimiento acorde con las condiciones crediticias y de mercado que 
afectan a las inversiones que ha realizado un fondo mutuo por cuenta de los 
partícipes. 
Que en caso contrario, si la cartera del fondo mutuo tiene excelentes 
clasificaciones de riesgo para sus inversiones y, un contexto de tasas de interés 
bajos, el valor cuota del fondo se verá afectado de forma positiva. 
Que, la sociedad administradora podrá administrar más de un fondo mutuo, 
siendo los patrimonios de cada uno de los fondos independientes entre sí y con 
respecto al de la sociedad administradora. 
Que, el capital mínimo de las sociedades administradoras es de setecientos 
cincuenta mil Nuevos Soles (S/. 750 000,00), el mismo que debe estar totalmente 
pagado al momento de iniciar sus operaciones. 
Que, la CONASEV mediante normas de carácter general podrá establecer un 
límite máximo al patrimonio mínimo exigible a las sociedades administradoras en 
función a las características de los fondos administrados y a la situación del 
mercado. 
Que, los gerentes de los fondos, deben proporcionar consideraciones acerca de 
la exposición a los factores claves del riesgo con adelanto e inmediatamente 
después, informar sobre la rentabilidad relacionada con esas exposiciones al 
riesgo. 
Que, el riesgo se relaciona con la incertidumbre acerca del futuro, entonces el 
conocimiento de los inversionistas no puede basarse con lo sucedido con 
rendimientos pasados. 
Qué, mientras más amplio sea ese rango, más riesgosos serán los prospectos 
del fondo, con lo que, se hace necesario su conocimiento y difusión
Pág. 7 
Recursos 
1Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, Artículo 238 
2 DE ALMEIDA FAGGRI, Julio. Tratamiento tributario de los fondos mutuos de inversión y de los 
fondos de inversión en valores. Pág.1. Recuperado: http://www.ipdt.org/editor/docs/03_Rev33_JDAF.pdf 
3 COSTA VELARDE, Luis. Fondos mutuos en el Perú -Una revisión a los últimos acontecimientos-. 
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4 CORTEZ PEREZ, Cesar Daniel. Fondos Mutuos de Inversión en Valores. Pág. 3. Recuperado: 
http://www.uss.edu.pe/uss/RevistasVirtuales/ssias/ssias3/pdf/FONDOS_MUTUOS_DE_INVERSION_EN_ 
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5 Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, Artículo 261 
6 Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, Artículo 260 
7 Financial Economists Roundtable. Statement on Risk Disclosure by Mutual Funds. Pág. 1. Recuperado: 
http://www.ifa.com/articles/Statement_on_Risk_Disclosure_by_Mutual_Funds 
8 CORTEZ CORTEZ, Gaby. Los Fondos Mutuos De Inversión En Valores En 1997 Y 1998. Revista de la 
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Instrumentos financieros fondos mutuos

  • 1. LOS FONDOS MUTUOS JUAN RIDER RAMIREZ RODRÍGUEZ DERECHO CORPORATIVO AÑO : 2014 – II
  • 2. Índice I. Introducción…………………………………………………… Pág. 1 II. Definición…………………………………………………….. Pág. 2 III. Tipos Básicos de fondos mutuos…………………………. Pág. 3 IV. Características………………………………………………. Pág. 3 V. Sociedades administradoras de fondos mutuos……….. Pág. 4 VI. Capital Mínimo……………………………………………… Pág. 4 VII. El riesgo en los fondos mutuos…………………………... Pág. 5 VIII. Número de Partícipes de los fondos Mutuos…………… Pág. 5 IX. Conclusiones………………………………………………... Pág. 6 Recursos…………………………………………………………. Pág. 7 Modelo de contrato de Fondos Mutuos……………………… Pág. 7
  • 3. Pág. 1 INSTRUMENTOS FINANCIEROS – FONDOS MUTUOS JUAN RIDER RAMIREZ RODRÍGUEZ Resumen Los fondos mutuos son vehículos de inversión, que brindan a los inversionistas individuales o institucionales acceso a una gran variedad de oportunidades, a través de un equipo de profesionales que manejan del dinero, con lo cual se amplían las posibilidades del rendimiento de los activos financieros, más allá de los depósitos de ahorro y a plazo. Este instrumento financiero, viene funcionando en Perú desde la década de los 90 y que está regulado por la CONASEV. La doctrina comprende dentro de los fondos comunes de inversión, tanto a los fondos mutuos de inversión (Fondos Mutuos), así como a los fondos de inversión en valores (Fondos de inversión), los cuales constituyen una alternativa de inversión para pequeños y medianos inversionistas, con lo que se demuestra que un esfuerzo colectivo es más provechoso que el que se desarrolla en forma individual. Abstract Mutual funds are investment vehicles that provide individual and institutional investors access to a wide variety of opportunities , through a team of professionals who handle money , thus the chances of return on financial assets expand, beyond the savings and time deposits . This financial instrument has been operating in Peru since the 90s and is regulated by the CONASEV . The doctrine comprises within the investment funds , both mutual funds ( Mutual Funds ) and the securities investment funds ( investment funds ) , which are an alternative investment for small and medium investors , which shows that a collective effort is more profitable than developed individually. I. Introducción Mediante los fondos mutuos, los inversionistas se introducen principalmente en el mercado de capitales, confiando sus capitales a empresas especializadas en este tipo de negocios, a las que son denominadas sociedades administradoras, cuya función es administrar uno o más fondos, así pues, los inversionistas acceden a los beneficios de un portafolio de inversiones profesionalmente efectuado y administrado, convirtiéndolo en una alternativa distinta a las tradicionales y al mismo tiempo más rentable que ellas. Según el artículo 238 de la Ley de Mercado de Valores, establece que: “Fondo mutuo de inversión en valores es un patrimonio autónomo integrado por aportes de personas naturales y jurídicas para su inversión en instrumentos y operaciones financieras.
  • 4. El fondo mutuo es administrado por una sociedad anónima denominada sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores, quien actúa por cuenta y riesgo de los partícipes del fondo” 1. En el Perú, los fondos mutuos se regulan actualmente por los Decretos Legislativos Nos. 861 y 862, que han sido reglamentados por las Resoluciones CONASEV Nos. 078-97-EF/94.10 del 11 de Febrero de 1997 y 002-97-EF/94.10 del 8 de Enero de 1997, respectivamente. Su tratamiento contable está regulado en las Resoluciones CONASEV Nos. 627-97-EF/94.10 y 628-97-EF/94.10, ambas del 23 de Octubre de 19972. Pág. 2 II. Definición Según VELARDE COSTA, Luis de Equilibrium Clasificadora de Riesgo S.A., el Fondo Mutuo de Inversión en Valores es un patrimonio común constituido por aportes voluntarios de personas naturales o jurídicas a las cuales se les denomina partícipes. Este patrimonio está dividido en cuotas iguales, y su valor varía diariamente en función al comportamiento del mercado; razón por la cual, la rentabilidad de un fondo mutuo se refleja en la variación del valor de esa cuota. Invertir en fondos mutuos no asegura un rendimiento positivo, sino más bien un rendimiento acorde con las condiciones crediticias y de mercado que afectan a las inversiones que ha realizado un fondo mutuo por cuenta de los partícipes, es decir, si las inversiones de un fondo son afectadas por un retroceso en su clasificación de riesgo o por una variable de riesgo de mercado, por ejemplo: tasa de interés, estás se reflejarán en el valor cuota del fondo negativamente. En caso contrario, si la cartera del fondo mutuo tiene excelentes clasificaciones de riesgo para sus inversiones y, un contexto de tasas de interés bajos, el valor cuota del fondo se verá afectado de forma positiva3. 1Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, Artículo 238 2 DE ALMEIDA FAGGRI, Julio. Tratamiento tributario de los fondos mutuos de inversión y de los fondos de inversión en valores. Pág.1. Recuperado: http://www.ipdt.org/editor/docs/03_Rev33_JDAF.pdf 3 COSTA VELARDE, Luis. Fondos mutuos en el Perú -Una revisión a los últimos acontecimientos-. Equilibrium Clasificadora de Riesgo S.A. Pág. 1. Recuperado: http://www.equilibrium.com.pe/FondosMutuosoct04.pdf
  • 5. Pág. 3 III. Tipos Básicos de fondos mutuos Existen tres tipos básicos de fondos mutuos: a) Fondos Mutuos de Renta Fija; los recursos son invertidos únicamente en instrumentos financieros que reditúan una rentabilidad fija en determinado período de tiempo, como los bonos, pagarés, etc. b) Fondos Mutuos de Renta Variable; los recursos son invertidos en acciones y otros derivados. c) Fondos Mutuos Mixtos; la sociedad administradora, invierte los recursos en acciones e instrumentos de renta fija y variable. Estos pueden ser fondos en moneda nacional o fondos en moneda extranjera. IV. Características  Objetivo de Inversión Establecido; emplean estrategias que generan rendimiento, y estas son explicadas un prospecto, en el cual, también se informa acerca del tipo de compañías a las que se les comprarán acciones: a) Incipientes y poco conocidas, b) En desarrollo, c) En crecimiento o empresas establecidas con una larga trayectoria.  Equipo Gerencial Especializado; grupo de analistas que eligen a las empresas en las cuales se a invertir, liberando al inversor individual de tener que tomar decisiones de las cuales carece de conocimiento.  Potencial de rendimiento a largo plazo; en los fondos mutuos es donde más provecho se obtiene aplicando ciertas técnicas de inversión como son, el valor promedio del dólar, del efecto de diferir los impuestos y de las ganancias de los intereses compuestos, pero estas inversiones no están garantizadas y pueden perder su valor inicial o simplemente producir un rendimiento menor que el esperado4. _______________________________________________________________ 4 CORTEZ PEREZ, Cesar Daniel. Fondos Mutuos de Inversión en Valores. Pág. 3. Recuperado: http://www.uss.edu.pe/uss/RevistasVirtuales/ssias/ssias3/pdf/FONDOS_MUTUOS_DE_INVERSION_EN_ VALORES.pdf
  • 6. Pág. 4 V. Sociedades administradoras de fondos mutuos Las Sociedades Administradoras de Fondos Mutuos (SAFM), son sociedades anónimas, que está autorizadas por CONASEV y, tienen como función exclusiva la administración de uno o más fondos mutuos por cuenta y riesgo del participante. Estas Sociedades Administradoras cobran una comisión por la administración de los fondos, la cual es determinada libremente, también pueden cobrar comisiones por suscripción y rescate de cuotas, todas estas comisiones son cobradas independientemente de que las inversiones tengan éxito o no y deben estar detalladas en el Reglamento de Participación. Estas deben ser denominadas Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversión en Valores, o su abreviatura "SAFM". Corresponde a CONASEV autorizar la organización y funcionamiento de la sociedad administradora, así como ejercer el control y supervisión de ésta. Según el Artículo 261º de la Ley del Mercado de Valores - Administración de fondos, “La sociedad administradora invierte los recursos del fondo mutuo por cuenta de éstos, de acuerdo con los términos del reglamento de participación. Asimismo, se encarga de determinar el valor de las cuotas emitidas ciñéndose a lo establecido por el reglamento de participación del fondo y las disposiciones de carácter general que al efecto se dicten. (*) La sociedad administradora podrá administrar más de un fondo mutuo, siendo los patrimonios de cada uno de los fondos independientes entre sí y con respecto al de la sociedad administradora. (*) Párrafo sustituido por el Artículo 79 de la Ley Nº 27649.”5 VI. Capital Mínimo Según el artículo 260 de la Ley del Mercado de Valores, “El capital mínimo de las sociedades administradoras es de setecientos cincuenta mil Nuevos Soles (S/. 750 000,00), el mismo que debe estar totalmente pagado al momento de iniciar sus operaciones. No obstante lo anterior, el patrimonio neto de la sociedad administradora no podrá ser inferior a 0.75% de la suma de los patrimonios de los fondos mutuos y fondos de inversión bajo su administración. CONASEV mediante normas de carácter general podrá establecer un límite máximo al patrimonio mínimo exigible a las sociedades administradoras en función a las características de los fondos administrados y a la situación del mercado. (*) Artículo sustituido por el Artículo 78 de la Ley Nº 27649.”6 _______________________________________________________________ 5 Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, Artículo 261 6 Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, Artículo 260
  • 7. Pág. 5 VII. El riesgo en los fondos mutuos La difusión de los riesgos del fondo mutuo debe ir más allá que el reporte de la variabilidad de la rentabilidad histórica. Los inversionistas y las sociedades administradoras necesitan contar con información que les permita sopesar las fuentes de futuros riesgos. Para difundir mejor las fuentes de riesgo asociadas con las inversiones de los fondos mutuos, los gerentes de los fondos, deben brindar estimados de los principales factores de riesgo que puedan influenciar en la rentabilidad futura. Los gerentes de los fondos, deben proporcionar consideraciones acerca de la exposición a los factores claves del riesgo con adelanto e inmediatamente después, informar sobre la rentabilidad relacionada con esas exposiciones al riesgo7. El riesgo se relaciona con la incertidumbre acerca del futuro, entonces el conocimiento de los inversionistas no puede basarse con lo sucedido con rendimientos pasados, ya que su primera necesidad será predecir el posible rango de rentabilidad futura, mientras más amplio sea ese rango, más riesgosos serán los prospectos del fondo, con lo que, se hace necesario su conocimiento y difusión, aun así, la variabilidad histórica en los rendimientos brinda información útil para muchos inversionistas, por lo que sí, debe tomarse en cuenta. VIII. Número de Partícipes de los fondos Mutuos El número de partícipes en el Sistema de Fondos Mutuos se incremente de 601 partícipes en 1993 a 12 955 en marzo de 1999, observando un crecimiento significativo del Sistema de Fondos Mutuos. Inclusive a pesar de que en ese año empiezan a sentirse los problemas relacionados con la crisis financiera de los países asiáticos, el número de partícipes del sistema se incrementó. Esta incrementación continuó en 1998, pero más lentamente hasta el mes de julio, ya luego de agosto a setiembre, se observa el inicio sostenido de una reducción de participantes, que se pronuncia considerablemente en noviembre de dicho año. Esta salida de participantes continúa en el primer trimestre de 1999, retirándose 2660 participantes de diciembre de 1997 a marzo de 1999. Esta fuerte reducción en el número de participantes nos estaría indicando que muchos de los inversionistas no consideraron a los fondos como alternativas de inversión a largo plazo, sino como de rentabilidad a corto plazo, y que no estaban dispuestos a esperar por mejores épocas8. _______________________________________________________________ 7 Financial Economists Roundtable. Statement on Risk Disclosure by Mutual Funds. Pág. 1. Recuperado: http://www.ifa.com/articles/Statement_on_Risk_Disclosure_by_Mutual_Funds 8 CORTEZ CORTEZ, Gaby. Los Fondos Mutuos De Inversión En Valores En 1997 Y 1998. Revista de la Facultad de Ciencias Económicas. UNMSM. 1999. Pág. 96
  • 8. Pág. 6 IX. Conclusiones Que, el Fondo Mutuo de Inversión en Valores es un patrimonio común constituido por aportes voluntarios de personas naturales o jurídicas a las cuales se les denomina partícipes. Que, constituyen una alternativa de inversión para pequeños y medianos inversionistas, con lo que se demuestra que un esfuerzo colectivo es más provechoso que el que se desarrolla en forma individual. Que, Invertir en fondos mutuos no asegura un rendimiento positivo, sino más bien un rendimiento acorde con las condiciones crediticias y de mercado que afectan a las inversiones que ha realizado un fondo mutuo por cuenta de los partícipes. Que en caso contrario, si la cartera del fondo mutuo tiene excelentes clasificaciones de riesgo para sus inversiones y, un contexto de tasas de interés bajos, el valor cuota del fondo se verá afectado de forma positiva. Que, la sociedad administradora podrá administrar más de un fondo mutuo, siendo los patrimonios de cada uno de los fondos independientes entre sí y con respecto al de la sociedad administradora. Que, el capital mínimo de las sociedades administradoras es de setecientos cincuenta mil Nuevos Soles (S/. 750 000,00), el mismo que debe estar totalmente pagado al momento de iniciar sus operaciones. Que, la CONASEV mediante normas de carácter general podrá establecer un límite máximo al patrimonio mínimo exigible a las sociedades administradoras en función a las características de los fondos administrados y a la situación del mercado. Que, los gerentes de los fondos, deben proporcionar consideraciones acerca de la exposición a los factores claves del riesgo con adelanto e inmediatamente después, informar sobre la rentabilidad relacionada con esas exposiciones al riesgo. Que, el riesgo se relaciona con la incertidumbre acerca del futuro, entonces el conocimiento de los inversionistas no puede basarse con lo sucedido con rendimientos pasados. Qué, mientras más amplio sea ese rango, más riesgosos serán los prospectos del fondo, con lo que, se hace necesario su conocimiento y difusión
  • 9. Pág. 7 Recursos 1Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, Artículo 238 2 DE ALMEIDA FAGGRI, Julio. Tratamiento tributario de los fondos mutuos de inversión y de los fondos de inversión en valores. Pág.1. Recuperado: http://www.ipdt.org/editor/docs/03_Rev33_JDAF.pdf 3 COSTA VELARDE, Luis. Fondos mutuos en el Perú -Una revisión a los últimos acontecimientos-. Equilibrium Clasificadora de Riesgo S.A. Pág. 1. Recuperado: http://www.equilibrium.com.pe/FondosMutuosoct04.pdf 4 CORTEZ PEREZ, Cesar Daniel. Fondos Mutuos de Inversión en Valores. Pág. 3. Recuperado: http://www.uss.edu.pe/uss/RevistasVirtuales/ssias/ssias3/pdf/FONDOS_MUTUOS_DE_INVERSION_EN_ VALORES.pdf 5 Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, Artículo 261 6 Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, Artículo 260 7 Financial Economists Roundtable. Statement on Risk Disclosure by Mutual Funds. Pág. 1. Recuperado: http://www.ifa.com/articles/Statement_on_Risk_Disclosure_by_Mutual_Funds 8 CORTEZ CORTEZ, Gaby. Los Fondos Mutuos De Inversión En Valores En 1997 Y 1998. Revista de la Facultad de Ciencias Económicas. UNMSM. 1999. Pág. 96