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UNA APROXIMACION A LA PRAGMATICA


              Alain Berrendonner: Elementos de pragmótica lingüística.
                        Buenos Aires: Gedisa, 1987, pp,202,


                                    Mercedes Rueda Rueda


  Si bien en un principio la pragmalingüística se desarrolló casi exclusiva-
mente en los países anglosajones, la obra ahora analizada viene a confirmar la
importancia y expansión que esta disciplina ha alcanzado durante los últimos
años en Francia. Buena prueba de ello son los trabajos de O. Ducrot de
cuyas.aportaciones ningún autor que se adentre en esta materia puede pres-
cindirl.
   El presente volumen, traducción del publicado en París en 1982, pretende,
a lo largo de cinco capítulos, cuestionar la teoría de los actos de habla. El
punto de partida es la exposición de los principios considerados esenciales
para el establecimiento de una semántica digna de tal nombre.
   El primer paso es la revisión del esquema seguido por la mayoría de los
autores que trabajan en este campo. Dicho esquema (p. 11) se caracteriza por
articular dos elementos, tal como aparecen en la figura 1.
  El componente propiamente lingüístico representa el significado preciso y
concreto de los enunciados de la lengua; el extralingüístico atiende a los sig-
nificados que se manifiestan fuera del enunciado, en el acto de la comunica-
ción. Como puede comprobarse, este sistema organizativo se basa en realidad
en una oposición entre signific^aciones explícitas e implícitas que, aunque res-
ponde a una realidad evidenter, no deja de plantear problemas. Lo más com-
plejo al trabajar con una estructura de este tipo es distribuir correctamente
las significaciones entre lo implícito y lo explícito.


L Lo demuestran, sin ir más lejos, las constantes referencias de la propia obra comentada. A los
estudios que en ella se citan pueden añadirse entre otros La preuve et Ie dire, Langage et logique,
Paris, Repéres-Mtme, 1973; El decir y lo dicho. Politonía de la enunciación, Buenos Aires, Paidós
Comunicación, 1986; así como infinidad de artículos. Efectivamente Ducrot, que comenzó e6tu-
diando la historia dc la lingüística, se ha convertido en una de las figuras que más ha potenciado el
desarrollo de 106 actuales métodos de la pragmática.
2 Vid. O. Dtcrot, Dccir y no decit, Principios de semántica lingüística, Barcelona, Anagrama, 1982,
pp. 10-11.


Contextos VII I 13, 1989 (pp. 153-163)
L54                                                                             Me¡cedes Ruedc

  Una vez examinadas las limitaciones de una teorla "en Y", se analiza un
concepto especialmente conflictivo, el de ilocutorio, con el que Austin.intro-
duce una nueva entidad semántica caractefizada por medio de dos ejes de
oposición. Según el primero de ellos lo ilocutorio se define frente a lo locu-
torio por carecer de función denotativa. Atendiendo al segundo, lo ilocutorio,
a diferencia de lo perlocutorio, tiene carácter convencional, es decir, regular
y predecibler.


                Enunciado                                       Medio enunciativo
                       I

                       I
                 COMPONENTE
                 LINGUISTICO
                       I
                       I
                Significado
                "literal" o
                "primitivo'
                (: explícito)
                                         COMPONENTE
                                         EXTRALINGUISTICO
                                                 I


                                                 I
                                   Significaciones "implícitasn
                                          de la enunciación.


                                              figura   1




  Ante esta descripción, Berrendonner considera que lo ilocutorio es una es-
pecie de "producto inestable" que no posee unos rasgos definitorios específi-
cos y determinados ya que es solamente resultado de la conjunció'n de dos
propiedades de las cuales ninguna le es propia. Tal concepto, en una se-
mántica basada etr una partición de los hechos del sentido en dos órdenes
(explícitolimplícito), sólo puede recuperarse de tres modos:

   1. Los valores "ilocutorios" se atribuyen segfrn los significados explÍcitos.


3 No obstante, ya Austin aludió a la dificultad que encierra este criterio dado que no siempre es fá-
cil saber dónde cornienzan y acaban las convenciones (J. L. Austin, Quand dire c'est faire, París,
Edifions du Seuil, 7970, pp- 1,25-726.
Una aproximccíón a la pragmótica                                                                     155


  2. Los valores "ilocutorios" se dividen en                  dos clases:     lo ilocutorio explí-
cito/lo ilocutorio impllcito.

  3. Los valores "ilocutorios" son considerados como hechos de lo implícito
enunciativo.

  Ante los problemas suscitados por las dos primeras soluciones, y al señalar
que no es posible defender que todo valor ilocutorio esté marcado en el
enunciado, la única actitud coherente es afirmar que ninguno de ellos está
presente en el mismo. Tal perspectiva muestra que los valores ilocutorios son
significaciones que se manifiestaÍ en y por el acto de enunciación pero sin
estar inscritas en el enunciado. También itdica Berrendonner que las reglas
que producen tales valores no difieren esencialmente de las que determinan
los efectos perlocutorios y que la distinción defendida por Austin entre estos
dos órdenes no es adecuadaa. Todo ello le conduce al abandono de este con-
cepto en favor de una visión representacionalista de la lengua que la defina
como un conjunto de posibilidades denotativas.



4 Ante esto hay qu! señalar que ya el propió Austin manifestó su escepticismo ante los tests lin-
güísticos que supuestamente habrían de servir para diferenciar lo ilocutorio de lo perlocutorio: "ces
formules constituent au mieux des tests trés délicats i manier lorsqu'il s'agit de décider qu'une ex-
pression est illocutoire ou perlocutoire, ou ni I'un ni I'autre" (J. L. Austin, Ibid, p. 136). La defini-
ción del acto ilocutorio y la determinación de sus características frente a las del acto locutorio y
pedocutorio ha sido una cuestión sobre la que reiteradamente han insistido múltiples autores. Entre
ellos destaca especialmente Ducrot. Este, reconociendo los inconvenientes de las propuestas de
Austin, lleya a cabo una reformulación de las mismas que, sin s!r la "solución definitiva", Permite
mostrar que tales nociones pueden describirse por medio de una serie de rasgos relativamente bien
diferenciados. Así en 1972 afirma que los actos ilocutorios dependen de reglas específicas del dis-
curso, mientras que los actos perlocutorios hacen intervenir leyes cuyo campo de aplicación des-
borda con mucho tal ámbito. Lo locucionario, por su parte, srían aquellos caracteres semánticos de
un enunciado definidos independientemente de los resultados producidos en la situación de discurso.
(O. Ducrot, "De Saussure á la philosophie du langage', Introducción a la traducción francesa de Se-
arle Lcs actes de langage...(1969), Paris, Hermann, 7972, pp. 16, ?7). En el mismo año Ducrot in-
tenta conslidar la oposición ilocutorio/pcrlocutorio al afirmar que el primero es inmcdiato, tiene un
valor jurídico y necesita prcscntarsc como tal; aspectos que no se dan en el segundo: 'Si realizo un
acto perlocutorio, como el de consolar, el efecto que espero en este caso para mi habla puede ser un
efecto muy indirecto, vinculado a un encadenamiento causal muy complejo (...). El efecto perlocu-
torio no es, pues, necesariamente inmediato. Por otro lado, el perlocutorio puede no tener ningún
aspecto jurídico: puedo consolar a X sin pretender por ello que él deba, utilizando este verbo en un
sentido muy amplio, dejarse consolar. Por último, para alcanzar un objetivo perlocutorio, no nece-
sito presentarme como que persigo este objetivo: puedo consolar sin presentar mis palabras como
consoladoras, mientras que no puedo interrogar sin dar a entender al mismo tiempo que interrogo'
(O, Ducrot, Decir y no dccir. Principios dc &mántica lingüística, Barcelona, Anagrama, Versión es-
pañola de 1.982, p.272).
156                                                                            Merced¿s Rued¿

  Otros puntos tratados son, por un lado, la defensa, en oposición a una se-
mántica autónoma y fragmentada, de una teorla del significado vinculada a
los aspectos sintagmáticos; y, de otro, la incorporación de las leyes d.el dis-
curso a un sistema normativo más amplio en el que tienen cabida los gestos y
las normas sociales.
  En el segundo capítulo, siguiendo las directrices ya establecidas por Ducrot
según las cuales ciertos verbos de "opinión", a veces, pueden ser vehículos de
presuposiciones de verdad o falsedad, se aborda el análisis semántico de dos
verbos performativos de afirmaciím; sostener y convenir. Esto lleva a reivin-
dicar la noción de complejo ilocutorio, concepto este que muestra su utilidad
desde el mismo instante en que verbos como los citados suponen la realiza-
ción simultánea de dos actos ilocutorios. Así por ejemplo Sostengo que p sería
analizable en:

   -   expuesto: afirmo p

   -   presupuesto:   p   es SE-falso

entendiendo la notación   /p es SE-falso/ como "p es generalmente considerado
como falso", "la opinión general es que p es falso", o "se cree que p es falso"S.
   De esta forma se da cuenta de la relación de solidaridad que se establece
entre esos dos actos ilocutorios elementales, los cuales, al no poder ser conce-
bidos independientemente uno del otro, constituyen un todo indisociable.
   Tal concepto incide sobre todo en algunos problemas capitales en semán-
tica. Uno de ellos es el de la negación. A partir de la diferencia observada
por Ducrot entre negaciín descriptiva y negación polémica, un enunciado
como Pedro no vino admite un doble análisisó:




5 Con esta y la notación que indica que p es, en general, considerado como verdadero (p es SE-ver-
dad), aplicable, por ejemplo, a un verbo como conveni4 Berrendonner aporta dos nuevos valores de
verdad que vienen a sumarse a los que tradicionalmente ya se manejaban: V y F "a secas" (p. 33),
ó Vid. O. Ducrot, La preuve et le dirc, Paris, Repéres-Mame, 1973, pp. 723-i,24. La negación des-
criPtiva afirma un contenido negativo sin hacer referencia a una afirmación antitética. La negación
polémica, en cambio, es utilizada como refutación del enunciado correspondiente. Esta diferencia,
que sirve a Ducrot para explicar temas tales como negación y modalidad, negación y parejas dc
contrarios, negación y presuposición, así como los contraejemplos negativos en relación con las es-
calas argumentatiyas (Ibid, pp. 124-131,24O), *rá aprovechada por Moeschler para esclarecer las
oposiciones generalmente establecidas entre negación interna-negación externa, negación de cons-
tituyente-negación de frase y contrario-contradictorio (J. Mcschler, Dire et contredire. Pragmati-
que de la négation et acte dc réfutation dans la conversation, Berne, Editions Peter Lang SA, 1982,
p. 31 y ss).
Una aproximación a la          pragmótica                                                         157

  1. Interpretación refutativa, metalingüística o polémica7: NO (p). NO es un
marcador ilocutorio que significa un acto especlfico de refutación; p es el
contenido refutado, en este caso concreto, /Pedro vino/.

  2. Interpretación descriptiva: Afirma (-p). lAfirma/ representa el acto ilo-
cutorio de afirmación y /-l un operador proposicional que permite construir
un contenido negativo a partir de uno positivo.

  A pesar de la utilidad de tal distinción, Berrendonner defiende la posibili-
dad de integrar las dos negaciones -/NO/ y l-l- en una entidad negativa
única:

    Si, en efecto, a iguat capacidad descriptiya, s llegara a demostrar que los dos funcionamientos
    semánticos llamados 'negación descriptiva" y "negación refutatiya' son solamente dos usos dis-
    tintos de un mismo morfema y pueden situarse en dos posiciones sintagmáticas diferentes de una
    entidad "negación" única, entonces, tendríamos el derecho de decir que s! ha hecho un progreso
    teórico hacia una generalidad mayor de la descripción" (p. 47).

  Ya Ducrot sigue esta tendencia al intentar caracteÍizar toda negación des-
criptiva como un caso particular de negación refutativa. Para ello acude a la
noción de polifonía según la cual todo enunciado negativo conlleva la expre-
sión simultánea de dos voces: una que sostiene la proposición afirmativa p y
otra que la rechazaS. De este modo el efecto descriptivo - refutativo sólo de-
pendería del contexto. Si p, efectivamente, ha sido objeto de una afirmación
anterior, la negación será refutativa. Si, en cambio, tal afirmación no se ha
producido, la negación será descriptiva, viéndose en ella el rechazo de una
proposición cuya afirmación es evocada como eventualmente posible.
  Nuestro autor, no obstante, sin rechazar la propuesta de Ducrot, apunta la
posibilidad de convertir a NO en un caso particular de /-1. La hipótesis es
suponer que en francés existe un solo morfema de negaciót -l-l- que, apli-
cado a las proposiciones, provoca la construcción de otras nuevas con un
comportamiento semántico inverso. Asl, la oración antes citada, según el
contexto en el que se formule, podrá entenderse como realizada performati-
vamente en tres modos implícitos:



7 Ducrot se sirve indistintamente de los términos plémica y metalinguística para referir* a la fun-
ción refutativa de la negación. Moeschler intenta sistematizar la diferencia entrc ambos: "ces deux
prédicats désignent la méme fonction, mais d'un point de vuc différent:.'métalinguistique' référe au
commentaire du locuteur sur un autre acte d'énonciation, alors que 'polémique' désigne le type
d'acte d'activité, le ré6ultat de l'usage de la négation' (J. Moeschler, Ibid, p.37, nota 20).
8 Para un desarrollo completo del concepto de polifonía aplicado a la negación vid. Ducrot y otros,
Les mots du discours, Paris, Les Editions de Minuit, 1980, pp. 49-55. Sobre la teoría polifónica de
la enunciación en general vid. Ducrot, EI decir y Io dicho. PolifonÍa de la enunciación, Buenos Aires,
Paidós Comunicación, 1986.
158                                                                              Me¡ccdes Rueda

      1.   Afirmo que Pedro no vino

      2. Sostengo que Pedro no vino

      3. Convengo en que Pedro no vino

  En estos tres casos el efecto de la negación no será el mismo. En el primero
de ellos se afirma un contenido negativo que no cotrlleva ningún tipo de
presuposición. Se trataría de u¡a negación descriptiva: Afirma (-p).
  La segunda oración, en cambio, está constituida por dos componentes. De
un lado, lo expuesto asertivo de contenido negativo: nDigo no-p". De otro,
una presuposición "no-p es SE-falso", lo cual, al producir /-l ru:na'inver-
sión" verifuncional equivale a np es SE-verdad".
  Por tanto, el hablante dice /-p/ mientras que se presupone p es SE-verdad.
Esto viene a mostrar que la negación polémica puede concebirse como una
realidad constituida semánticamente por un complejo ilocutorio /Sostengo
que.../ aplicado a un contenido negativo.
  El tercer ejemplo permite a Berrendonner delimitar un uso concesivo de la
negación9. Al emitir Convengo en que Pedro no vino, se concede nno-pn a una
opinión pública que ya juzga falso a p. Este empleo concesivo de la negación
es frecuente y tiene la posibilidad de combinarse con sí afirmativo:

      X:-Parece que Pedro no vino,

      Y:-Y sí, no vino. óY entonces? (p,           ¿9)

  Cerrando ya el capítulo, Berrendonner plantea el tan conflictivo tema de la
verdad/falsedad de las proposiciones; términos estos qr¡e no son concebidos
como "absolutos", sino como nrelaciones binarias, que enuncian un lazo entre
dos objetos: una proposición y un individuo" (p. 50). Es un punto de vista
bastante difundido según el cual la verdad, más que como una propiedad bá-
sica o privativa de los enunciados, ha de considerarse relacionada con todas
las circunstancias que rodean la enunciaciónl0..8n este sentido, el contexto
deja de ser un elemento inerte para convertirse en parté activa dentro del fe-
nómeno de interlocución. Es é1, en definitiva, el que determina la veracidad
de las proposiciones de tal manera que la verdad de estas aparece como


9 Creemos que en este caso ha de entenders concesivo como un calificativo derivado de conceder y
no en el s!ntido de impedimento o dificultad.
10 "l'énoncé en lui-méme n'est pas vrai ou      faux, il peut le devenir uniquement au cours d'une
énonciation particuliére" (T. Todorov, "Problémes de l'énonciation", Langages,1970,77, p.8);
"desde una perspectiva lingüística, y no lógica, la verdad de un enunciado no es una propiedad que
le es intrínseca, inmanente o constitutiva: es una propiedad que el enunciado adquiere -si la ad-
quiere- en el recorrido de su actualización discursíva" (J. Lozano y otros, AnáIrili del discurso. Ha-
cia una remiótica dc la interacción textual, Madrid, C^tedra, 1982, p. 62).
Una aproximeción a la pragmótica                                                                  159



  vn cstado de cosas, lo 'real" susceptible, así como cualquier hecho u objeto natural, de ser aleno-
  tado por un enunciado bajo la forma proposicional (expuesta o presupuesta) (p.S:)11.

  El tercer apartado del libro, como su propio título indica, pretende ofrecer
una alternativa a la formulación austiniana de los actos de lenguaje. Para ello
Berrendonner intenta mostrar las ventajas de la teoría nrepresentacionalista"
según la cual la función semántica primitiva de un enunciado es, en general,
representar un nestado de cosas" referencial: el lenguaje, como código de sig-
nos, no es más que un cuadro de la realidad. Cuando decir supone hacer
algo, el valor de acto que recibe el enunciado se deriva de su significación
representacional primitiva. Se trata de un valor pragmático-retórico figurado
y no del testimonio de una significación lingüística propia.
  El primer paso es preguntarse qué es hacer, qué es un acto. Berrendonner,
basándose en el nsentido común" y en la teoría conductista de la comunica-
ción, concluye que "IJn acto es un gesto o conjunto de gestos" (p. OO)12' Esto
trae consigo varias consecuencias:

    1-. Hablar, como articulación fonatoria y rítmica, reveladora de una acti-
  vidad de combinación sintagmática, supone la realización de un acto con-
  creto. Es decir, la existencia de actos locutorios es plenameote aceptada por
  Berrendonner.

     2. Si todo acto es un gesto, es natural que conlleve la producción de un
  resultado.

     3. Los actos, definidos como gestos, son mensajes codificados                     y descodi-
  ficados según el código de la mimogestualidad.

  En resumen, hay que tener en cuenta los tres puntos siguientes:

  1. Existe un sistema semiótico autónomo cuyas unidades son los gestos'



11 Obúrvese la similitud con lo formulado por T. A. van Dijk en 1981: 'Taking 'truth'as a Pure
remantical concept we construct it as a predicate for rcrne type of relation between an expression,
or lerhaps between the 'meaning' or 'intension' of that expression and some state of affairs (world)"
(T. A. van Dijk, Srudr'es in the Pragmatics oÍ Discourse, The Hague, Mouton, 1981, p. 50)' Sobre el
vínculo existente entre la verdad de un enunciado y el contexto en el que es cmitido pueden con-
sultars! por ejemplo V. Camps, Pragmática del lenguaje y filotufía analítica, Barcelona, Península'
L976, p.127; f.J. Acero y otro9, Introducción a la Íilosofía del lenguaje, Madrid, Cátedra, 1982, pp'
118, 131.
'],2 üna vez más viene a ponerse de manifiesto la importancia de la actividad gestual como Parte

integrante del proceso de la comunicación. Sobre este asunto puede consultarsc la amplísima biblio-
grafía reunida por T. de Mauro, Minisemántica. Sobre los lenguajes no vctbales y sobre las lenguas'
Madrid, Gredos, 198ó, pp. 14-1ó, nota 1.
160                                                                              Mercedes Rucda


   2. Un acto es un rncnsajc construido scgún las reglas dc cstc cfrigo, provisto de una sintagmática
   interna, y al que está acociado un rcsultado.

   3. La producción dc un cnunciado verbal, visto como hccho puramentc gestual, e6 un acto locu-
   torio: cl acto de enunciación (p. 68).

  Por lo tanto, si para Austin una frase como Le prometo que vendré mañana
supone la realización simultánea de una enunciación verbal y un acto de
promesa; para Berrendonner tal enunciación constituirá un acto locutorio de
fonación pero no un acto ilocutorio de promesa. Admite, sin embargo que, etr
ciertas circunstancias, un enunciado E puede funcionar como sustituto de un
acto A. Ello será factible siempre que el acto que se pretende llevar a cabo
sea imposible de realizar, seá demasiado largo, o bien sea ambiguo. En defi-
nitiva, cuando se trate de un acto incómodo. No obstante, si la "incomodidad"
es una condición necesaria, no es suficiente ya que si un acto es por natura-
leza productor de un resultado, ha de existir una garantla, avalada por las
instituciones, que asegure que una enunciación será seguida de un efecto. En
resumen,

   Un acto A es H-sustituible si y solo si
   1) A es incómodo
   2) existe una institución X que garantiza la preservación del ¡esultado de A en este caso de H-
   sustitución (p.80).

   Tras formular los requisitos que hacen que un acto sea H-sustituible, es
necesario especificar los rasgos que un enunciado ha de poseer para poder
funcionar como sustituto de la acción. En un principio se pensó que esto era
algo que dependía de la naturaleza del verbo, de tal modo que existirla una
clase de verbos performativos destinados a construir enunciados A-sustituti-
vos. Pronto pudo comprobarse que esto era insostenible ya que

  todo verbo performativo tiene usos constatativos, y todo predicado constatativo puede ocasio-
  nalmente adoptar usos performativos. Po¡ lo tanto, nada, ninguna propiedad lingüística pcrmite
  distinguir la clasc de los verbos llamados "performativos" de la clase de los verbos en general. Así,
  la "performatividad" vs la 'constatatividad" no es asunto de la lengua en el sntido de que no
  está Predeterminada por la estructura del código: no hay una cate$oría específica de verbos que
  sirven para construir enunciados A-sustitutivos (p. 86)13.




13 Ya Austin reconoció que una misma frase puede, scgún las circunstancias en las que es emitida,
rer empleada de modo constatativo o performativo (Austin, op. ctt. passim). No obstante, Recanati
considera que, a Pesar de que todo enunciado encierra estrechamente imbricadas las dos dimensio-
nes -descriptiva y performativa-, es posible, al menos a nivel abstracto, su disociación (F. Recanati,
La transparence et l'énonciation, Paris, Seuil, L979, pp.115-119).
Una aproximacíón a la pragmótica                                                                           161


  Por otro lado, tampoco a las oraciones de estado se les puede asignar en
exclusividad la función de realizar actos ilocutorios. Esto lleva a concluir que
el valor A-sustitutivo de un etunciado no es algo que dependa de la lengua.
Si esto es así habrá que explicar por qué un enunciado concreto puede reem-
plazar a un acto. Berrendonner apunta que la clave puede estar en

  Ia ausencia de rcfcrentes capaz de validar el cnunciado, dicho de otro modo, en el hecho de que
  las palabras dicen la realización de un acto, aunquc no se realice ningún acto realmente (p. 91).


  Es decir, un enunciado se constituye como A-sustitutivo a través del pro-
ceso de su validación. (Jna vez reconocida su veracidad, se puede asumir que
su referente existe. Validar el enunciado es admitir que el acto denotado por
él tiene lugar aunque patezea imposible:

  si el enunciado en los términos del que   X   realiza el acto   A   es verdadero, entonces es que   X realiza
  el acto A, o es como si lo hiciera (p. 94).

   El cuarto capítulo se dedica a las interrogaciones directas. Estas, a diferen-
cia de lo que ocurre con las indirectas, no pueden utilizarse para describir en
términos literales el hecho de que se está haciendo una pregunta. Este pecu-
liar comportamiento puede interpretarse acudiendo a la sintaxis. El objetivo
sería demostrar que todas las características morfosintácticas de la interroga-
ción son consecuencias regulares de un principio estructural originario. Ello
supondría identificar el giro interrogativo por excelencia, relacionado direc-
tamente con la información "pregunta" y del que todas las demás posibilida-
des serían variantes o especificaciones. Sin embargo, nada hay en la estruc-
tura de estas oraciones que, desde el punto de vista sintáctico, pueda ser
considerado como una marca propia del acto de interrogación. La única
norma general que en este aspecto se puede dar es que son

  enunciados cons¡ituidos sintácticamente Por una proposición subordinada, rcgida Por un
  constituyente cero (p. 134).

  Este signo cero es resultado de un fenómeno de elipsis que se produce
gracias a la identidad formal existente entre dos constituyentes del mismo
texto. Sería una especie de variante contextual de un segmento pleno que
aparece en su entorno verbal. Según esto en Te pregunto las novedades: O
tCómo te va por allí?; Ó es variante posicional de la fórmula antecedente (fe
pregunto) con la que está en distribución complementaria' Esta solución se
enfrenta, no obstante, a construcciones del tipo Entonces, iCómo te va? et las
que la elipsis supondría una indudable arbitrariedad semántica ya que sería
necesario reconstruir una fórmula performativa subyacente de la que nada
nos indica su naturaleza: pregunto, me gusttría saber, lo ignoro, dime etc,
  Todas estas dificultades llevan al autor a sostener que no existe acto de
pregunta. "Interrogar" sólo serfa un procedimiento para manifestar la incerti-
t62                                                                            M¿rccdes Rucda

dumbre respecto a la verdad de una proposición. Además, dado que toda
                                                            nobliga" al oyente
confesión de ignorancia, aunque no sea una interrogación,
a dar una respuesta, no parece necesario formular una ley de discurso que
derive la pregunta de una confesión de ignorancia. Por otro lado, no todas las
interrogaciones crean el deber de responder. Es evidente que una frase como
Me pregunto si ha llovido no conlleva tal exigencia. En los casos elr que esta
sl existe se entiende como efecto perlocutorio de la declaración de incerti-
dumbre.
   La conclusión fundamental de este nuevo planteamiento es que el análisis
de las interrogativas puede prescindir de la noción de acto ilocutorio con tal
que adopte la terminología de las lógicas de la edad clásica que denominaban
pregunta a toda proposición de la que desconocían si era verdad o no.
  El núcleo temático de la quinta y filtima sección es la ironla, término este
con el que el autor designa el fenómeno por el que se produce una contra-
dicción de valores argumentativos. Es decir, un enunciado es irónico cuando
sirve para argumentar e¡ un sentido y en el contrario:

  esel hecho de que en un momento dado, la intersección entre dos clases d! afgumentos    C' y C'',
  que además se saben disjuntas, deja de ser vacía (p.152).


   La ironía ha sido estudiada a veces como un hecho de mención de manera
que su empleo implicaría una enunciaciÓn E, a propósito de otra enunciación
E^, anterior o implícita, que se trata de desacreditar.
  "Esta perspectiva justifica el nexo entre la ironía y los gestos ya que son
                                                           nnegativo", 'peyora-
estos los que nos indican que Eo es considerado de modo
tivo' o, al menos, "crítico".
   Precisando más lo anterior habría que decir que esta figura encierra un fe-
nómeno de mención autoevocadora según el cual no se califica de falso el
acto de palabra precedente o virtual de otra persona' sino que es falsa la pro-
pia enunciación cuando se la realiza. Esto es 1o que hace que la ironía, más
que una contradicción, sea una paradoja.
   Berrendonner atribuye al mecanismo irónico un papel básicamente defen-
sivo contra todas las normas. Gracias a él los hablantes pueden liberarse de
las obligaciones que aquellas imponen sin tener que enfrentarse a las conse-
cuencias que acarrearía su infracción. Supone el "último iefugio de la libertad
individual'" (p.   199)1a.
  No queremos terminar estas líneas sin hacer hincapié en la novedad de los
principios aqul expuestos. En efecto, se pone de relieve que si algunas pala-
bras sirven para cumplir actos no es en virtud de una fuerza inscrita en estas
a modo de propiedad consubstancial, sino simplemente porque el discurso

14 En una línea similar s! sitúa la opinión, recogida por Ferrater Mora, de Eugenio d'Ors para
quien la ironía se caracteriza por no despreciar las fórmulas, pero, a la yez, por no aceptar la su-
perstición de estas.(J. Ferrater Mora, Diccionario de filonfía,2e volumen, Madrid, Alianza Edito-
rial, 1980, p.1760).
Una aproximsciú, a la pragmótica                                                                 163

tiene la capacidad de reemplazar, en ocasiones, a ciertos actos que, de otro
modo, no serían realizable¡.
   Mostradas, por tanto, las limitaciones de algunos de los conceptos conside-
rados hasta el momento esenciales en pragmática, se hace evidente la necesi-
dad de dar paso a una hipótesis más amplia en la que la semántica se integre
en una semiologla global de la comunicación. Esta nueva perspectiva es la
que se presenta en este-tratado cuya lectura, sólo enturbiada por los frecuen-
tes errores tipográficosr), permite descubrir al investigador interesado en el
tema una nueva forma de abordar los fenómenos de los que tradicionalmente
se ocupa la pragmática. Ello contribuirá sin duda a la difusión y progreso de
los planteamientos de esta teoría en el ámbito de la lingüística española.


                                                                          Universidad de León




15 Errores tipográficos que, a veces, impiden o dificultan la correcta comprensión. Es lo que ocurre,
por ejemplo, en la página 141 dondc cn la terccra línca sc ha omitido el adverbio no. Más gravc es
aún la suprcsión, al final de csta misma página, del siguiente párrafo al que corresponde la nota 8
que, sin embargo, sí es incluida: "Por todas estas razones, y otraE más, sostendré la idea de que no
existe acto de pregunta. No hace falta decir que cn estc caso igualmente..." (Traducción realizaóa a
partir de la edición original Eléments de pngmatiquc linguistiquc, Paris, Editions dc Minuit, 1982,
p. l7l'¡.

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  • 1. UNA APROXIMACION A LA PRAGMATICA Alain Berrendonner: Elementos de pragmótica lingüística. Buenos Aires: Gedisa, 1987, pp,202, Mercedes Rueda Rueda Si bien en un principio la pragmalingüística se desarrolló casi exclusiva- mente en los países anglosajones, la obra ahora analizada viene a confirmar la importancia y expansión que esta disciplina ha alcanzado durante los últimos años en Francia. Buena prueba de ello son los trabajos de O. Ducrot de cuyas.aportaciones ningún autor que se adentre en esta materia puede pres- cindirl. El presente volumen, traducción del publicado en París en 1982, pretende, a lo largo de cinco capítulos, cuestionar la teoría de los actos de habla. El punto de partida es la exposición de los principios considerados esenciales para el establecimiento de una semántica digna de tal nombre. El primer paso es la revisión del esquema seguido por la mayoría de los autores que trabajan en este campo. Dicho esquema (p. 11) se caracteriza por articular dos elementos, tal como aparecen en la figura 1. El componente propiamente lingüístico representa el significado preciso y concreto de los enunciados de la lengua; el extralingüístico atiende a los sig- nificados que se manifiestan fuera del enunciado, en el acto de la comunica- ción. Como puede comprobarse, este sistema organizativo se basa en realidad en una oposición entre signific^aciones explícitas e implícitas que, aunque res- ponde a una realidad evidenter, no deja de plantear problemas. Lo más com- plejo al trabajar con una estructura de este tipo es distribuir correctamente las significaciones entre lo implícito y lo explícito. L Lo demuestran, sin ir más lejos, las constantes referencias de la propia obra comentada. A los estudios que en ella se citan pueden añadirse entre otros La preuve et Ie dire, Langage et logique, Paris, Repéres-Mtme, 1973; El decir y lo dicho. Politonía de la enunciación, Buenos Aires, Paidós Comunicación, 1986; así como infinidad de artículos. Efectivamente Ducrot, que comenzó e6tu- diando la historia dc la lingüística, se ha convertido en una de las figuras que más ha potenciado el desarrollo de 106 actuales métodos de la pragmática. 2 Vid. O. Dtcrot, Dccir y no decit, Principios de semántica lingüística, Barcelona, Anagrama, 1982, pp. 10-11. Contextos VII I 13, 1989 (pp. 153-163)
  • 2. L54 Me¡cedes Ruedc Una vez examinadas las limitaciones de una teorla "en Y", se analiza un concepto especialmente conflictivo, el de ilocutorio, con el que Austin.intro- duce una nueva entidad semántica caractefizada por medio de dos ejes de oposición. Según el primero de ellos lo ilocutorio se define frente a lo locu- torio por carecer de función denotativa. Atendiendo al segundo, lo ilocutorio, a diferencia de lo perlocutorio, tiene carácter convencional, es decir, regular y predecibler. Enunciado Medio enunciativo I I COMPONENTE LINGUISTICO I I Significado "literal" o "primitivo' (: explícito) COMPONENTE EXTRALINGUISTICO I I Significaciones "implícitasn de la enunciación. figura 1 Ante esta descripción, Berrendonner considera que lo ilocutorio es una es- pecie de "producto inestable" que no posee unos rasgos definitorios específi- cos y determinados ya que es solamente resultado de la conjunció'n de dos propiedades de las cuales ninguna le es propia. Tal concepto, en una se- mántica basada etr una partición de los hechos del sentido en dos órdenes (explícitolimplícito), sólo puede recuperarse de tres modos: 1. Los valores "ilocutorios" se atribuyen segfrn los significados explÍcitos. 3 No obstante, ya Austin aludió a la dificultad que encierra este criterio dado que no siempre es fá- cil saber dónde cornienzan y acaban las convenciones (J. L. Austin, Quand dire c'est faire, París, Edifions du Seuil, 7970, pp- 1,25-726.
  • 3. Una aproximccíón a la pragmótica 155 2. Los valores "ilocutorios" se dividen en dos clases: lo ilocutorio explí- cito/lo ilocutorio impllcito. 3. Los valores "ilocutorios" son considerados como hechos de lo implícito enunciativo. Ante los problemas suscitados por las dos primeras soluciones, y al señalar que no es posible defender que todo valor ilocutorio esté marcado en el enunciado, la única actitud coherente es afirmar que ninguno de ellos está presente en el mismo. Tal perspectiva muestra que los valores ilocutorios son significaciones que se manifiestaÍ en y por el acto de enunciación pero sin estar inscritas en el enunciado. También itdica Berrendonner que las reglas que producen tales valores no difieren esencialmente de las que determinan los efectos perlocutorios y que la distinción defendida por Austin entre estos dos órdenes no es adecuadaa. Todo ello le conduce al abandono de este con- cepto en favor de una visión representacionalista de la lengua que la defina como un conjunto de posibilidades denotativas. 4 Ante esto hay qu! señalar que ya el propió Austin manifestó su escepticismo ante los tests lin- güísticos que supuestamente habrían de servir para diferenciar lo ilocutorio de lo perlocutorio: "ces formules constituent au mieux des tests trés délicats i manier lorsqu'il s'agit de décider qu'une ex- pression est illocutoire ou perlocutoire, ou ni I'un ni I'autre" (J. L. Austin, Ibid, p. 136). La defini- ción del acto ilocutorio y la determinación de sus características frente a las del acto locutorio y pedocutorio ha sido una cuestión sobre la que reiteradamente han insistido múltiples autores. Entre ellos destaca especialmente Ducrot. Este, reconociendo los inconvenientes de las propuestas de Austin, lleya a cabo una reformulación de las mismas que, sin s!r la "solución definitiva", Permite mostrar que tales nociones pueden describirse por medio de una serie de rasgos relativamente bien diferenciados. Así en 1972 afirma que los actos ilocutorios dependen de reglas específicas del dis- curso, mientras que los actos perlocutorios hacen intervenir leyes cuyo campo de aplicación des- borda con mucho tal ámbito. Lo locucionario, por su parte, srían aquellos caracteres semánticos de un enunciado definidos independientemente de los resultados producidos en la situación de discurso. (O. Ducrot, "De Saussure á la philosophie du langage', Introducción a la traducción francesa de Se- arle Lcs actes de langage...(1969), Paris, Hermann, 7972, pp. 16, ?7). En el mismo año Ducrot in- tenta conslidar la oposición ilocutorio/pcrlocutorio al afirmar que el primero es inmcdiato, tiene un valor jurídico y necesita prcscntarsc como tal; aspectos que no se dan en el segundo: 'Si realizo un acto perlocutorio, como el de consolar, el efecto que espero en este caso para mi habla puede ser un efecto muy indirecto, vinculado a un encadenamiento causal muy complejo (...). El efecto perlocu- torio no es, pues, necesariamente inmediato. Por otro lado, el perlocutorio puede no tener ningún aspecto jurídico: puedo consolar a X sin pretender por ello que él deba, utilizando este verbo en un sentido muy amplio, dejarse consolar. Por último, para alcanzar un objetivo perlocutorio, no nece- sito presentarme como que persigo este objetivo: puedo consolar sin presentar mis palabras como consoladoras, mientras que no puedo interrogar sin dar a entender al mismo tiempo que interrogo' (O, Ducrot, Decir y no dccir. Principios dc &mántica lingüística, Barcelona, Anagrama, Versión es- pañola de 1.982, p.272).
  • 4. 156 Merced¿s Rued¿ Otros puntos tratados son, por un lado, la defensa, en oposición a una se- mántica autónoma y fragmentada, de una teorla del significado vinculada a los aspectos sintagmáticos; y, de otro, la incorporación de las leyes d.el dis- curso a un sistema normativo más amplio en el que tienen cabida los gestos y las normas sociales. En el segundo capítulo, siguiendo las directrices ya establecidas por Ducrot según las cuales ciertos verbos de "opinión", a veces, pueden ser vehículos de presuposiciones de verdad o falsedad, se aborda el análisis semántico de dos verbos performativos de afirmaciím; sostener y convenir. Esto lleva a reivin- dicar la noción de complejo ilocutorio, concepto este que muestra su utilidad desde el mismo instante en que verbos como los citados suponen la realiza- ción simultánea de dos actos ilocutorios. Así por ejemplo Sostengo que p sería analizable en: - expuesto: afirmo p - presupuesto: p es SE-falso entendiendo la notación /p es SE-falso/ como "p es generalmente considerado como falso", "la opinión general es que p es falso", o "se cree que p es falso"S. De esta forma se da cuenta de la relación de solidaridad que se establece entre esos dos actos ilocutorios elementales, los cuales, al no poder ser conce- bidos independientemente uno del otro, constituyen un todo indisociable. Tal concepto incide sobre todo en algunos problemas capitales en semán- tica. Uno de ellos es el de la negación. A partir de la diferencia observada por Ducrot entre negaciín descriptiva y negación polémica, un enunciado como Pedro no vino admite un doble análisisó: 5 Con esta y la notación que indica que p es, en general, considerado como verdadero (p es SE-ver- dad), aplicable, por ejemplo, a un verbo como conveni4 Berrendonner aporta dos nuevos valores de verdad que vienen a sumarse a los que tradicionalmente ya se manejaban: V y F "a secas" (p. 33), ó Vid. O. Ducrot, La preuve et le dirc, Paris, Repéres-Mame, 1973, pp. 723-i,24. La negación des- criPtiva afirma un contenido negativo sin hacer referencia a una afirmación antitética. La negación polémica, en cambio, es utilizada como refutación del enunciado correspondiente. Esta diferencia, que sirve a Ducrot para explicar temas tales como negación y modalidad, negación y parejas dc contrarios, negación y presuposición, así como los contraejemplos negativos en relación con las es- calas argumentatiyas (Ibid, pp. 124-131,24O), *rá aprovechada por Moeschler para esclarecer las oposiciones generalmente establecidas entre negación interna-negación externa, negación de cons- tituyente-negación de frase y contrario-contradictorio (J. Mcschler, Dire et contredire. Pragmati- que de la négation et acte dc réfutation dans la conversation, Berne, Editions Peter Lang SA, 1982, p. 31 y ss).
  • 5. Una aproximación a la pragmótica 157 1. Interpretación refutativa, metalingüística o polémica7: NO (p). NO es un marcador ilocutorio que significa un acto especlfico de refutación; p es el contenido refutado, en este caso concreto, /Pedro vino/. 2. Interpretación descriptiva: Afirma (-p). lAfirma/ representa el acto ilo- cutorio de afirmación y /-l un operador proposicional que permite construir un contenido negativo a partir de uno positivo. A pesar de la utilidad de tal distinción, Berrendonner defiende la posibili- dad de integrar las dos negaciones -/NO/ y l-l- en una entidad negativa única: Si, en efecto, a iguat capacidad descriptiya, s llegara a demostrar que los dos funcionamientos semánticos llamados 'negación descriptiva" y "negación refutatiya' son solamente dos usos dis- tintos de un mismo morfema y pueden situarse en dos posiciones sintagmáticas diferentes de una entidad "negación" única, entonces, tendríamos el derecho de decir que s! ha hecho un progreso teórico hacia una generalidad mayor de la descripción" (p. 47). Ya Ducrot sigue esta tendencia al intentar caracteÍizar toda negación des- criptiva como un caso particular de negación refutativa. Para ello acude a la noción de polifonía según la cual todo enunciado negativo conlleva la expre- sión simultánea de dos voces: una que sostiene la proposición afirmativa p y otra que la rechazaS. De este modo el efecto descriptivo - refutativo sólo de- pendería del contexto. Si p, efectivamente, ha sido objeto de una afirmación anterior, la negación será refutativa. Si, en cambio, tal afirmación no se ha producido, la negación será descriptiva, viéndose en ella el rechazo de una proposición cuya afirmación es evocada como eventualmente posible. Nuestro autor, no obstante, sin rechazar la propuesta de Ducrot, apunta la posibilidad de convertir a NO en un caso particular de /-1. La hipótesis es suponer que en francés existe un solo morfema de negaciót -l-l- que, apli- cado a las proposiciones, provoca la construcción de otras nuevas con un comportamiento semántico inverso. Asl, la oración antes citada, según el contexto en el que se formule, podrá entenderse como realizada performati- vamente en tres modos implícitos: 7 Ducrot se sirve indistintamente de los términos plémica y metalinguística para referir* a la fun- ción refutativa de la negación. Moeschler intenta sistematizar la diferencia entrc ambos: "ces deux prédicats désignent la méme fonction, mais d'un point de vuc différent:.'métalinguistique' référe au commentaire du locuteur sur un autre acte d'énonciation, alors que 'polémique' désigne le type d'acte d'activité, le ré6ultat de l'usage de la négation' (J. Moeschler, Ibid, p.37, nota 20). 8 Para un desarrollo completo del concepto de polifonía aplicado a la negación vid. Ducrot y otros, Les mots du discours, Paris, Les Editions de Minuit, 1980, pp. 49-55. Sobre la teoría polifónica de la enunciación en general vid. Ducrot, EI decir y Io dicho. PolifonÍa de la enunciación, Buenos Aires, Paidós Comunicación, 1986.
  • 6. 158 Me¡ccdes Rueda 1. Afirmo que Pedro no vino 2. Sostengo que Pedro no vino 3. Convengo en que Pedro no vino En estos tres casos el efecto de la negación no será el mismo. En el primero de ellos se afirma un contenido negativo que no cotrlleva ningún tipo de presuposición. Se trataría de u¡a negación descriptiva: Afirma (-p). La segunda oración, en cambio, está constituida por dos componentes. De un lado, lo expuesto asertivo de contenido negativo: nDigo no-p". De otro, una presuposición "no-p es SE-falso", lo cual, al producir /-l ru:na'inver- sión" verifuncional equivale a np es SE-verdad". Por tanto, el hablante dice /-p/ mientras que se presupone p es SE-verdad. Esto viene a mostrar que la negación polémica puede concebirse como una realidad constituida semánticamente por un complejo ilocutorio /Sostengo que.../ aplicado a un contenido negativo. El tercer ejemplo permite a Berrendonner delimitar un uso concesivo de la negación9. Al emitir Convengo en que Pedro no vino, se concede nno-pn a una opinión pública que ya juzga falso a p. Este empleo concesivo de la negación es frecuente y tiene la posibilidad de combinarse con sí afirmativo: X:-Parece que Pedro no vino, Y:-Y sí, no vino. óY entonces? (p, ¿9) Cerrando ya el capítulo, Berrendonner plantea el tan conflictivo tema de la verdad/falsedad de las proposiciones; términos estos qr¡e no son concebidos como "absolutos", sino como nrelaciones binarias, que enuncian un lazo entre dos objetos: una proposición y un individuo" (p. 50). Es un punto de vista bastante difundido según el cual la verdad, más que como una propiedad bá- sica o privativa de los enunciados, ha de considerarse relacionada con todas las circunstancias que rodean la enunciaciónl0..8n este sentido, el contexto deja de ser un elemento inerte para convertirse en parté activa dentro del fe- nómeno de interlocución. Es é1, en definitiva, el que determina la veracidad de las proposiciones de tal manera que la verdad de estas aparece como 9 Creemos que en este caso ha de entenders concesivo como un calificativo derivado de conceder y no en el s!ntido de impedimento o dificultad. 10 "l'énoncé en lui-méme n'est pas vrai ou faux, il peut le devenir uniquement au cours d'une énonciation particuliére" (T. Todorov, "Problémes de l'énonciation", Langages,1970,77, p.8); "desde una perspectiva lingüística, y no lógica, la verdad de un enunciado no es una propiedad que le es intrínseca, inmanente o constitutiva: es una propiedad que el enunciado adquiere -si la ad- quiere- en el recorrido de su actualización discursíva" (J. Lozano y otros, AnáIrili del discurso. Ha- cia una remiótica dc la interacción textual, Madrid, C^tedra, 1982, p. 62).
  • 7. Una aproximeción a la pragmótica 159 vn cstado de cosas, lo 'real" susceptible, así como cualquier hecho u objeto natural, de ser aleno- tado por un enunciado bajo la forma proposicional (expuesta o presupuesta) (p.S:)11. El tercer apartado del libro, como su propio título indica, pretende ofrecer una alternativa a la formulación austiniana de los actos de lenguaje. Para ello Berrendonner intenta mostrar las ventajas de la teoría nrepresentacionalista" según la cual la función semántica primitiva de un enunciado es, en general, representar un nestado de cosas" referencial: el lenguaje, como código de sig- nos, no es más que un cuadro de la realidad. Cuando decir supone hacer algo, el valor de acto que recibe el enunciado se deriva de su significación representacional primitiva. Se trata de un valor pragmático-retórico figurado y no del testimonio de una significación lingüística propia. El primer paso es preguntarse qué es hacer, qué es un acto. Berrendonner, basándose en el nsentido común" y en la teoría conductista de la comunica- ción, concluye que "IJn acto es un gesto o conjunto de gestos" (p. OO)12' Esto trae consigo varias consecuencias: 1-. Hablar, como articulación fonatoria y rítmica, reveladora de una acti- vidad de combinación sintagmática, supone la realización de un acto con- creto. Es decir, la existencia de actos locutorios es plenameote aceptada por Berrendonner. 2. Si todo acto es un gesto, es natural que conlleve la producción de un resultado. 3. Los actos, definidos como gestos, son mensajes codificados y descodi- ficados según el código de la mimogestualidad. En resumen, hay que tener en cuenta los tres puntos siguientes: 1. Existe un sistema semiótico autónomo cuyas unidades son los gestos' 11 Obúrvese la similitud con lo formulado por T. A. van Dijk en 1981: 'Taking 'truth'as a Pure remantical concept we construct it as a predicate for rcrne type of relation between an expression, or lerhaps between the 'meaning' or 'intension' of that expression and some state of affairs (world)" (T. A. van Dijk, Srudr'es in the Pragmatics oÍ Discourse, The Hague, Mouton, 1981, p. 50)' Sobre el vínculo existente entre la verdad de un enunciado y el contexto en el que es cmitido pueden con- sultars! por ejemplo V. Camps, Pragmática del lenguaje y filotufía analítica, Barcelona, Península' L976, p.127; f.J. Acero y otro9, Introducción a la Íilosofía del lenguaje, Madrid, Cátedra, 1982, pp' 118, 131. '],2 üna vez más viene a ponerse de manifiesto la importancia de la actividad gestual como Parte integrante del proceso de la comunicación. Sobre este asunto puede consultarsc la amplísima biblio- grafía reunida por T. de Mauro, Minisemántica. Sobre los lenguajes no vctbales y sobre las lenguas' Madrid, Gredos, 198ó, pp. 14-1ó, nota 1.
  • 8. 160 Mercedes Rucda 2. Un acto es un rncnsajc construido scgún las reglas dc cstc cfrigo, provisto de una sintagmática interna, y al que está acociado un rcsultado. 3. La producción dc un cnunciado verbal, visto como hccho puramentc gestual, e6 un acto locu- torio: cl acto de enunciación (p. 68). Por lo tanto, si para Austin una frase como Le prometo que vendré mañana supone la realización simultánea de una enunciación verbal y un acto de promesa; para Berrendonner tal enunciación constituirá un acto locutorio de fonación pero no un acto ilocutorio de promesa. Admite, sin embargo que, etr ciertas circunstancias, un enunciado E puede funcionar como sustituto de un acto A. Ello será factible siempre que el acto que se pretende llevar a cabo sea imposible de realizar, seá demasiado largo, o bien sea ambiguo. En defi- nitiva, cuando se trate de un acto incómodo. No obstante, si la "incomodidad" es una condición necesaria, no es suficiente ya que si un acto es por natura- leza productor de un resultado, ha de existir una garantla, avalada por las instituciones, que asegure que una enunciación será seguida de un efecto. En resumen, Un acto A es H-sustituible si y solo si 1) A es incómodo 2) existe una institución X que garantiza la preservación del ¡esultado de A en este caso de H- sustitución (p.80). Tras formular los requisitos que hacen que un acto sea H-sustituible, es necesario especificar los rasgos que un enunciado ha de poseer para poder funcionar como sustituto de la acción. En un principio se pensó que esto era algo que dependía de la naturaleza del verbo, de tal modo que existirla una clase de verbos performativos destinados a construir enunciados A-sustituti- vos. Pronto pudo comprobarse que esto era insostenible ya que todo verbo performativo tiene usos constatativos, y todo predicado constatativo puede ocasio- nalmente adoptar usos performativos. Po¡ lo tanto, nada, ninguna propiedad lingüística pcrmite distinguir la clasc de los verbos llamados "performativos" de la clase de los verbos en general. Así, la "performatividad" vs la 'constatatividad" no es asunto de la lengua en el sntido de que no está Predeterminada por la estructura del código: no hay una cate$oría específica de verbos que sirven para construir enunciados A-sustitutivos (p. 86)13. 13 Ya Austin reconoció que una misma frase puede, scgún las circunstancias en las que es emitida, rer empleada de modo constatativo o performativo (Austin, op. ctt. passim). No obstante, Recanati considera que, a Pesar de que todo enunciado encierra estrechamente imbricadas las dos dimensio- nes -descriptiva y performativa-, es posible, al menos a nivel abstracto, su disociación (F. Recanati, La transparence et l'énonciation, Paris, Seuil, L979, pp.115-119).
  • 9. Una aproximacíón a la pragmótica 161 Por otro lado, tampoco a las oraciones de estado se les puede asignar en exclusividad la función de realizar actos ilocutorios. Esto lleva a concluir que el valor A-sustitutivo de un etunciado no es algo que dependa de la lengua. Si esto es así habrá que explicar por qué un enunciado concreto puede reem- plazar a un acto. Berrendonner apunta que la clave puede estar en Ia ausencia de rcfcrentes capaz de validar el cnunciado, dicho de otro modo, en el hecho de que las palabras dicen la realización de un acto, aunquc no se realice ningún acto realmente (p. 91). Es decir, un enunciado se constituye como A-sustitutivo a través del pro- ceso de su validación. (Jna vez reconocida su veracidad, se puede asumir que su referente existe. Validar el enunciado es admitir que el acto denotado por él tiene lugar aunque patezea imposible: si el enunciado en los términos del que X realiza el acto A es verdadero, entonces es que X realiza el acto A, o es como si lo hiciera (p. 94). El cuarto capítulo se dedica a las interrogaciones directas. Estas, a diferen- cia de lo que ocurre con las indirectas, no pueden utilizarse para describir en términos literales el hecho de que se está haciendo una pregunta. Este pecu- liar comportamiento puede interpretarse acudiendo a la sintaxis. El objetivo sería demostrar que todas las características morfosintácticas de la interroga- ción son consecuencias regulares de un principio estructural originario. Ello supondría identificar el giro interrogativo por excelencia, relacionado direc- tamente con la información "pregunta" y del que todas las demás posibilida- des serían variantes o especificaciones. Sin embargo, nada hay en la estruc- tura de estas oraciones que, desde el punto de vista sintáctico, pueda ser considerado como una marca propia del acto de interrogación. La única norma general que en este aspecto se puede dar es que son enunciados cons¡ituidos sintácticamente Por una proposición subordinada, rcgida Por un constituyente cero (p. 134). Este signo cero es resultado de un fenómeno de elipsis que se produce gracias a la identidad formal existente entre dos constituyentes del mismo texto. Sería una especie de variante contextual de un segmento pleno que aparece en su entorno verbal. Según esto en Te pregunto las novedades: O tCómo te va por allí?; Ó es variante posicional de la fórmula antecedente (fe pregunto) con la que está en distribución complementaria' Esta solución se enfrenta, no obstante, a construcciones del tipo Entonces, iCómo te va? et las que la elipsis supondría una indudable arbitrariedad semántica ya que sería necesario reconstruir una fórmula performativa subyacente de la que nada nos indica su naturaleza: pregunto, me gusttría saber, lo ignoro, dime etc, Todas estas dificultades llevan al autor a sostener que no existe acto de pregunta. "Interrogar" sólo serfa un procedimiento para manifestar la incerti-
  • 10. t62 M¿rccdes Rucda dumbre respecto a la verdad de una proposición. Además, dado que toda nobliga" al oyente confesión de ignorancia, aunque no sea una interrogación, a dar una respuesta, no parece necesario formular una ley de discurso que derive la pregunta de una confesión de ignorancia. Por otro lado, no todas las interrogaciones crean el deber de responder. Es evidente que una frase como Me pregunto si ha llovido no conlleva tal exigencia. En los casos elr que esta sl existe se entiende como efecto perlocutorio de la declaración de incerti- dumbre. La conclusión fundamental de este nuevo planteamiento es que el análisis de las interrogativas puede prescindir de la noción de acto ilocutorio con tal que adopte la terminología de las lógicas de la edad clásica que denominaban pregunta a toda proposición de la que desconocían si era verdad o no. El núcleo temático de la quinta y filtima sección es la ironla, término este con el que el autor designa el fenómeno por el que se produce una contra- dicción de valores argumentativos. Es decir, un enunciado es irónico cuando sirve para argumentar e¡ un sentido y en el contrario: esel hecho de que en un momento dado, la intersección entre dos clases d! afgumentos C' y C'', que además se saben disjuntas, deja de ser vacía (p.152). La ironía ha sido estudiada a veces como un hecho de mención de manera que su empleo implicaría una enunciaciÓn E, a propósito de otra enunciación E^, anterior o implícita, que se trata de desacreditar. "Esta perspectiva justifica el nexo entre la ironía y los gestos ya que son nnegativo", 'peyora- estos los que nos indican que Eo es considerado de modo tivo' o, al menos, "crítico". Precisando más lo anterior habría que decir que esta figura encierra un fe- nómeno de mención autoevocadora según el cual no se califica de falso el acto de palabra precedente o virtual de otra persona' sino que es falsa la pro- pia enunciación cuando se la realiza. Esto es 1o que hace que la ironía, más que una contradicción, sea una paradoja. Berrendonner atribuye al mecanismo irónico un papel básicamente defen- sivo contra todas las normas. Gracias a él los hablantes pueden liberarse de las obligaciones que aquellas imponen sin tener que enfrentarse a las conse- cuencias que acarrearía su infracción. Supone el "último iefugio de la libertad individual'" (p. 199)1a. No queremos terminar estas líneas sin hacer hincapié en la novedad de los principios aqul expuestos. En efecto, se pone de relieve que si algunas pala- bras sirven para cumplir actos no es en virtud de una fuerza inscrita en estas a modo de propiedad consubstancial, sino simplemente porque el discurso 14 En una línea similar s! sitúa la opinión, recogida por Ferrater Mora, de Eugenio d'Ors para quien la ironía se caracteriza por no despreciar las fórmulas, pero, a la yez, por no aceptar la su- perstición de estas.(J. Ferrater Mora, Diccionario de filonfía,2e volumen, Madrid, Alianza Edito- rial, 1980, p.1760).
  • 11. Una aproximsciú, a la pragmótica 163 tiene la capacidad de reemplazar, en ocasiones, a ciertos actos que, de otro modo, no serían realizable¡. Mostradas, por tanto, las limitaciones de algunos de los conceptos conside- rados hasta el momento esenciales en pragmática, se hace evidente la necesi- dad de dar paso a una hipótesis más amplia en la que la semántica se integre en una semiologla global de la comunicación. Esta nueva perspectiva es la que se presenta en este-tratado cuya lectura, sólo enturbiada por los frecuen- tes errores tipográficosr), permite descubrir al investigador interesado en el tema una nueva forma de abordar los fenómenos de los que tradicionalmente se ocupa la pragmática. Ello contribuirá sin duda a la difusión y progreso de los planteamientos de esta teoría en el ámbito de la lingüística española. Universidad de León 15 Errores tipográficos que, a veces, impiden o dificultan la correcta comprensión. Es lo que ocurre, por ejemplo, en la página 141 dondc cn la terccra línca sc ha omitido el adverbio no. Más gravc es aún la suprcsión, al final de csta misma página, del siguiente párrafo al que corresponde la nota 8 que, sin embargo, sí es incluida: "Por todas estas razones, y otraE más, sostendré la idea de que no existe acto de pregunta. No hace falta decir que cn estc caso igualmente..." (Traducción realizaóa a partir de la edición original Eléments de pngmatiquc linguistiquc, Paris, Editions dc Minuit, 1982, p. l7l'¡.