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Reforma del Sistema Privado de Pensiones


     Nuevo esquema de cobro de comisiones




           REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP).
Nuevo esquema de comisiones

 Actualmente las AFP reciben el pago de una comisión por la prestación de sus
  servicios, la cual es calculada sobre la remuneración mensual del afiliado, a este
  esquema de comisión se le conoce como “ Comisión sobre la remuneración o
  flujo”.


 La ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones (SPP) introduce el nuevo
  esquema de “Comisión por Saldo”, que cuenta con un período transitorio de 10
  años llamado “Comisión Mixta”.


 Usted deberá elegir desde el 02 de enero de 2013 hasta el día 31 de marzo de
  2013 entre el esquema de Comisión sobre la remuneración (flujo) o el esquema e
  Comisión sobre el saldo que incluye el periodo transitorio llamado “Comisión
  Mixta”.




                     REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP).
Características de los esquemas de Comisión
                                                          Comisión por Saldo con periodo transitorio de
              Comisión sobre el Flujo
                                                                        Comisión Mixta
Esquema vigente.                                      Nuevo esquema de comisión creado por la Ley de
                                                      Reforma del SPP.

Resulta de aplicar el porcentaje de comisión (1.60% Transitoriamente, por un periodo de 10 años, se aplicará
mensual) sobre su remuneración mensual.             una comisión mixta que tiene dos componentes:

                                                       Un porcentaje que se cobrará sobre su remuneración
                                                       mensual (1.51% mensual), que se irá reduciendo cada
                                                      dos años hasta llegar a cero en el año 2023.

                                                                                MÁS

                                                       Un porcentaje que se cobrará sobre el fondo
                                                      conformado por los aportes que realice desde abril de
                                                      2013 en adelante y el rendimiento acumulado que estos
                                                      aportes generen en su cuenta individual de capitalización
                                                      (1.90% anual).

                                                      El saldo acumulado en el fondo, hasta el 31 de marzo de
                                                      2013 y su rentabilidad, no estará afecto a cobros de
                                                      ningún tipo de comisión




                            REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP).
Características de los esquemas de Comisión
                                                        Comisión por Saldo con periodo transitorio de
              Comisión sobre el Flujo
                                                                      Comisión Mixta

                                                A partir de sus aportes del mes de abril de 2013 se
Los afiliados que decidan permanecer en este les aplicará el esquema de comisión por saldo,
sistema de comisión deberán ponerse en contacto salvo que manifiesten su voluntad de permanecer
con su AFP a fin de solicitar dicha opción.     en el sistema de cobro actual sobre la remuneración
                                                (flujo).

                                                       Los afiliados que no manifiesten su decisión de
                                                       continuar pagando una comisión sobre la
Los afiliados que decidieran permanecer en el          remuneración (flujo) pasarán automáticamente a la
esquema de cobro sobre la remuneración (flujo),
                                                       comisión por saldo, transcurriendo por la comisión
tendrán la opción de revocar tal decisión, por única
                                                       mixta y no podrán regresar a la comisión por
vez desde el 1 de abril hasta el 30 de setiembre de
                                                       remuneración (flujo).
2013.



                                                   En el caso que usted deje de realizar aportes, solo
La comisión sobre la remuneración (flujo) se cobra
                                                   se le cobrará el componente de la comisión sobre
cada vez que se realizan aportes mensuales.
                                                   su fondo acumulado desde abril de 2013.



                           REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP).
Características de los esquemas de Comisión

                                                     Comisión por Saldo con periodo transitorio de
              Comisión sobre el Flujo
                                                                   Comisión Mixta
                                                   La remuneración disponible (neta) aumenta debido
                                                   a que la comisión mixta afecta en forma decreciente
La remuneración disponible (neta) disminuye por el
                                                   la remuneración mensual. En ese sentido, luego de
pago de la comisión.
                                                   10 años del inicio del cobro de este tipo de
                                                   comisión, no se afectará en ninguna medida su
                                                   remuneración mensual.

                                                  Al fondo generado por los aportes que realice desde
El fondo acumulado no disminuye por el pago de la abril de 2013 se le aplicará el porcentaje
comisión                                          correspondiente a la comisión por saldo, afectando
                                                  su futura pensión.




                           REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP).
Plazos y consideraciones para la elección
  El plazo de elección para elegir mantenerse en la Comisión por Remuneración (Flujo) es
  del 02 de enero al 31 de marzo del 2013.

  En caso de no realizar ninguna elección en el plazo establecido, la ley indica que se le
  cobrará la Comisión Mixta (a partir de los aportes de abril del 2013) , y no podrá regresar
  a la Comisión por Flujo.


  Comisión sobre la Remuneración (Flujo):
         Si elige la Comisión sobre la remuneración (Flujo), podrá cambiar su elección
  (podrá revocar 1 sola vez) y en un plazo de 6 meses, del 01 de abril al 30 de
  setiembre de 2013.
        Si elige la Comisión sobre Remuneración (Flujo), en el plazo establecido por la
  SBS y no cambia su elección, este será el tipo de comisión que se mantendrá
  para usted de ahora en adelante


  Comisión Mixta:
  Si no realiza ninguna elección automáticamente pasará al esquema de Comisión por
  Saldo con periodo transitorio de Comisión Mixta.

                       REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP).
Además debe tener en cuenta…..

  Usted es responsable de elegir entre permanecer en la Comisión por Flujo o pasar
  automáticamente a la Comisión Mixta.

  Así como de:
         Informarse previamente sobre las características de ambos esquemas de
  cobro de comisión.
         Consignar correctamente su dirección y teléfonos de contacto, al momento
  de ejercer su elección.

        El SPP le provee una cobertura ante los riesgos de invalidez y fallecimiento, siempre que
        aporte de manera regular y conforme a los requisitos exigidos por las normas
        correspondientes del SPP (cuatro pagos dentro de los últimos ocho meses anteriores al
        siniestro).

          En caso de que elija la comisión mixta y no efectúe aportes mensuales a su cuenta
        individual, el cobro mensual de la comisión sobre el saldo de sus aportes no da derecho
        a la cobertura antes indicada.




                     REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP).
¿Cuál es el procedimiento para elegir quedarse en
la Comisión por Flujo?
Cuenta con tres opciones:


          Presencial: Agencias a nivel nacional (presentar DNI y llenar formato “Elección de
          Comisión sobre la Remuneración (Flujo)” .


          Por correo certificado: Enviar por correo certificado el formato de “Elección de
          Comisión sobre la Remuneración (Flujo)” con una copia del DNI a Calle Chinchón 980
          – San Isidro con atención al Dpto. de Elección de Comisión.



          Página web: ingresando a su sitio personal con número de DNI y clave web en:
          www.prima.com.pe




                       REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP).
Tenga en cuenta que:

   Si elige la Comisión sobre la Remuneración (Flujo), recibirá una carta en la que se le informará
    a detalle de los alcances de su decisión.


   Si realizó su elección por la página web o por correo certificado, recibirá una llamada telefónica
    de Prima AFP la cual será grabada con el fin de certificar la autenticidad de la elección.


   El formato de “Elección de Comisión sobre la Remuneración (Flujo)” lo encontrará en nuestra
    web (sección Afiliados/Formatos para trámites).




                        REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP).
¿Qué herramienta lo ayudará a comparar
ambos esquemas de comisiones?

  Puede acceder a la Calculadora de Comisiones a través de la página web de su AFP la
  cual le indicará el ahorro entre ambos esquemas de comisiones, de acuerdo a los
  supuestos y variables ingresadas.




        Calculadora de Comisiones
        de Prima AFP




                     REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP).
Preguntas frecuentes
  ¿Qué pasa si no elijo la Comisión sobre la remuneración (Flujo)?
  Si usted no elige la comisión sobre la remuneración (Flujo) en el plazo establecido,
  pasará automáticamente al esquema de comisión mixta y no podrá regresar nunca a la
  comisión sobre la remuneración.


  ¿Si ahora elijo la Comisión sobre la remuneración (Flujo), permaneceré en ella por
  siempre?
  Ese será el tipo de comisión que se mantendrá para usted hasta que se jubile, , salvo
  que usted revoque (cambie) su decisión en el plazo establecido por Ley (del 01 de abril
  al 30 de setiembre 2013).


  ¿Si no estoy aportando ahora, debo de todas maneras elegir?, Si no lo hago, que me
  cobrarían?
  En caso no se encuentre aportando no se le hará ningún cobro pues no está aportando y
  tampoco está generando un nuevo saldo. Sin embargo, debe tener en cuenta que sí
  tiene la opción de elegir la comisión por flujo (remuneración) en las mismas fechas y
  plazos establecidos. En caso de no elegir, cuando vuelva a aportar a su fondo se le
  cobrará la comisión mixta.

                      REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP).
Preguntas frecuentes
  ¿Qué pasa si dejo de aportar y me encuentro bajo el esquema de Comisión Mixta?
  Si usted deja de aportar y se encuentra en el esquema de Comisión Mixta, la ley
  establece que se le debe seguir cobrando la parte de la comisión que corresponde al
  saldo de los nuevos aportes a pesar de que no se encuentre aportando.


  ¿Cómo me cobrarán la Comisión a partir de febrero del 2023?
  Si usted eligió la Comisión por Flujo (remuneración) seguirá pagando bajo ese mismo
  esquema hasta que se jubile, sino eligió y pasó automáticamente a la Comisión Mixta
  pagará el porcentaje correspondiente a la comisión por saldo.
  Recuerde que a partir de febrero del 2023 quedará vigente la Comisión por Flujo
  (remuneración) para aquellos que eligieron esta y la Comisión por Saldo para aquellos
  que no realizaron la elección por Flujo.




                     REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP).

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  • 1. Reforma del Sistema Privado de Pensiones Nuevo esquema de cobro de comisiones REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP).
  • 2. Nuevo esquema de comisiones  Actualmente las AFP reciben el pago de una comisión por la prestación de sus servicios, la cual es calculada sobre la remuneración mensual del afiliado, a este esquema de comisión se le conoce como “ Comisión sobre la remuneración o flujo”.  La ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones (SPP) introduce el nuevo esquema de “Comisión por Saldo”, que cuenta con un período transitorio de 10 años llamado “Comisión Mixta”.  Usted deberá elegir desde el 02 de enero de 2013 hasta el día 31 de marzo de 2013 entre el esquema de Comisión sobre la remuneración (flujo) o el esquema e Comisión sobre el saldo que incluye el periodo transitorio llamado “Comisión Mixta”. REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP).
  • 3. Características de los esquemas de Comisión Comisión por Saldo con periodo transitorio de Comisión sobre el Flujo Comisión Mixta Esquema vigente. Nuevo esquema de comisión creado por la Ley de Reforma del SPP. Resulta de aplicar el porcentaje de comisión (1.60% Transitoriamente, por un periodo de 10 años, se aplicará mensual) sobre su remuneración mensual. una comisión mixta que tiene dos componentes:  Un porcentaje que se cobrará sobre su remuneración mensual (1.51% mensual), que se irá reduciendo cada dos años hasta llegar a cero en el año 2023. MÁS  Un porcentaje que se cobrará sobre el fondo conformado por los aportes que realice desde abril de 2013 en adelante y el rendimiento acumulado que estos aportes generen en su cuenta individual de capitalización (1.90% anual). El saldo acumulado en el fondo, hasta el 31 de marzo de 2013 y su rentabilidad, no estará afecto a cobros de ningún tipo de comisión REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP).
  • 4. Características de los esquemas de Comisión Comisión por Saldo con periodo transitorio de Comisión sobre el Flujo Comisión Mixta A partir de sus aportes del mes de abril de 2013 se Los afiliados que decidan permanecer en este les aplicará el esquema de comisión por saldo, sistema de comisión deberán ponerse en contacto salvo que manifiesten su voluntad de permanecer con su AFP a fin de solicitar dicha opción. en el sistema de cobro actual sobre la remuneración (flujo). Los afiliados que no manifiesten su decisión de continuar pagando una comisión sobre la Los afiliados que decidieran permanecer en el remuneración (flujo) pasarán automáticamente a la esquema de cobro sobre la remuneración (flujo), comisión por saldo, transcurriendo por la comisión tendrán la opción de revocar tal decisión, por única mixta y no podrán regresar a la comisión por vez desde el 1 de abril hasta el 30 de setiembre de remuneración (flujo). 2013. En el caso que usted deje de realizar aportes, solo La comisión sobre la remuneración (flujo) se cobra se le cobrará el componente de la comisión sobre cada vez que se realizan aportes mensuales. su fondo acumulado desde abril de 2013. REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP).
  • 5. Características de los esquemas de Comisión Comisión por Saldo con periodo transitorio de Comisión sobre el Flujo Comisión Mixta La remuneración disponible (neta) aumenta debido a que la comisión mixta afecta en forma decreciente La remuneración disponible (neta) disminuye por el la remuneración mensual. En ese sentido, luego de pago de la comisión. 10 años del inicio del cobro de este tipo de comisión, no se afectará en ninguna medida su remuneración mensual. Al fondo generado por los aportes que realice desde El fondo acumulado no disminuye por el pago de la abril de 2013 se le aplicará el porcentaje comisión correspondiente a la comisión por saldo, afectando su futura pensión. REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP).
  • 6. Plazos y consideraciones para la elección El plazo de elección para elegir mantenerse en la Comisión por Remuneración (Flujo) es del 02 de enero al 31 de marzo del 2013. En caso de no realizar ninguna elección en el plazo establecido, la ley indica que se le cobrará la Comisión Mixta (a partir de los aportes de abril del 2013) , y no podrá regresar a la Comisión por Flujo. Comisión sobre la Remuneración (Flujo): Si elige la Comisión sobre la remuneración (Flujo), podrá cambiar su elección (podrá revocar 1 sola vez) y en un plazo de 6 meses, del 01 de abril al 30 de setiembre de 2013. Si elige la Comisión sobre Remuneración (Flujo), en el plazo establecido por la SBS y no cambia su elección, este será el tipo de comisión que se mantendrá para usted de ahora en adelante Comisión Mixta: Si no realiza ninguna elección automáticamente pasará al esquema de Comisión por Saldo con periodo transitorio de Comisión Mixta. REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP).
  • 7. Además debe tener en cuenta….. Usted es responsable de elegir entre permanecer en la Comisión por Flujo o pasar automáticamente a la Comisión Mixta. Así como de: Informarse previamente sobre las características de ambos esquemas de cobro de comisión. Consignar correctamente su dirección y teléfonos de contacto, al momento de ejercer su elección. El SPP le provee una cobertura ante los riesgos de invalidez y fallecimiento, siempre que aporte de manera regular y conforme a los requisitos exigidos por las normas correspondientes del SPP (cuatro pagos dentro de los últimos ocho meses anteriores al siniestro). En caso de que elija la comisión mixta y no efectúe aportes mensuales a su cuenta individual, el cobro mensual de la comisión sobre el saldo de sus aportes no da derecho a la cobertura antes indicada. REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP).
  • 8. ¿Cuál es el procedimiento para elegir quedarse en la Comisión por Flujo? Cuenta con tres opciones: Presencial: Agencias a nivel nacional (presentar DNI y llenar formato “Elección de Comisión sobre la Remuneración (Flujo)” . Por correo certificado: Enviar por correo certificado el formato de “Elección de Comisión sobre la Remuneración (Flujo)” con una copia del DNI a Calle Chinchón 980 – San Isidro con atención al Dpto. de Elección de Comisión. Página web: ingresando a su sitio personal con número de DNI y clave web en: www.prima.com.pe REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP).
  • 9. Tenga en cuenta que:  Si elige la Comisión sobre la Remuneración (Flujo), recibirá una carta en la que se le informará a detalle de los alcances de su decisión.  Si realizó su elección por la página web o por correo certificado, recibirá una llamada telefónica de Prima AFP la cual será grabada con el fin de certificar la autenticidad de la elección.  El formato de “Elección de Comisión sobre la Remuneración (Flujo)” lo encontrará en nuestra web (sección Afiliados/Formatos para trámites). REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP).
  • 10. ¿Qué herramienta lo ayudará a comparar ambos esquemas de comisiones? Puede acceder a la Calculadora de Comisiones a través de la página web de su AFP la cual le indicará el ahorro entre ambos esquemas de comisiones, de acuerdo a los supuestos y variables ingresadas. Calculadora de Comisiones de Prima AFP REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP).
  • 11. Preguntas frecuentes ¿Qué pasa si no elijo la Comisión sobre la remuneración (Flujo)? Si usted no elige la comisión sobre la remuneración (Flujo) en el plazo establecido, pasará automáticamente al esquema de comisión mixta y no podrá regresar nunca a la comisión sobre la remuneración. ¿Si ahora elijo la Comisión sobre la remuneración (Flujo), permaneceré en ella por siempre? Ese será el tipo de comisión que se mantendrá para usted hasta que se jubile, , salvo que usted revoque (cambie) su decisión en el plazo establecido por Ley (del 01 de abril al 30 de setiembre 2013). ¿Si no estoy aportando ahora, debo de todas maneras elegir?, Si no lo hago, que me cobrarían? En caso no se encuentre aportando no se le hará ningún cobro pues no está aportando y tampoco está generando un nuevo saldo. Sin embargo, debe tener en cuenta que sí tiene la opción de elegir la comisión por flujo (remuneración) en las mismas fechas y plazos establecidos. En caso de no elegir, cuando vuelva a aportar a su fondo se le cobrará la comisión mixta. REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP).
  • 12. Preguntas frecuentes ¿Qué pasa si dejo de aportar y me encuentro bajo el esquema de Comisión Mixta? Si usted deja de aportar y se encuentra en el esquema de Comisión Mixta, la ley establece que se le debe seguir cobrando la parte de la comisión que corresponde al saldo de los nuevos aportes a pesar de que no se encuentre aportando. ¿Cómo me cobrarán la Comisión a partir de febrero del 2023? Si usted eligió la Comisión por Flujo (remuneración) seguirá pagando bajo ese mismo esquema hasta que se jubile, sino eligió y pasó automáticamente a la Comisión Mixta pagará el porcentaje correspondiente a la comisión por saldo. Recuerde que a partir de febrero del 2023 quedará vigente la Comisión por Flujo (remuneración) para aquellos que eligieron esta y la Comisión por Saldo para aquellos que no realizaron la elección por Flujo. REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP).