1. “UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA”
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
CÁTEDRA DE INFORMÁTICA JURÍDICA
TEMA: “LA IMPORTANCIA DE LA CONFIANZA Y LA SEGURIDAD
JURÍDICA EN LOS CONTRATOS DIGITALES PARA EL
EFECTIVO DESARROLLO DEL COMERCIO ELECTRÓNICO EN
EL PERÚ.”
INTEGRANTES: HUAYHUA COLQUE, Cristian
MAMANI VALERIANO, Liliana
PALZA PACCI, Rosario
SALAS HALLASI, Katherine
2. PROYECTO DE INVESTIGACIÓN
I. TÍTULO:
“LA IMPORTANCIA DE LA CONFIANZA Y LA
SEGURIDAD JURÍDICA EN LOS CONTRATOS
DIGITALES PARA EL EFECTIVO DESARROLLO
DEL COMERCIO ELECTRÓNICO EN EL
DISTRITO DE TACNA.”
3. II. PLANTEAMIENTO
DEL PROBLEMA:
¿CUÁN IMPORTANTE
RESULTA LA CONFIANZA Y
LA SEGURIDAD JURÍDICA EN
LOS CONTRATOS DIGITALES
PARA EL EFECTIVO
DESARROLLO DEL
COMERCIO ELECTRÓNICO
EN EL DISTRITO DE TACNA?
4. JUSTIFICACIÓ
N
GENERAL:
Destacar la importancia de la
confianza y la seguridad
jurídica en los contratos
OBJETIVOS digitales para un efectivo
comercio electrónico.
ESPECÍFICOS:
•Conocer el alcance de la normatividad
jurídica en materia de contratos digitales.
•Inferir respecto de la regulación como
mecanismo de confianza.
•Analizar la problemática d el contratación
electrónica.
•Reconocer la importancia del desarrollo
del comercio electrónico.
5. III. MARCO
2. COMERCIO
TEÓRICO
ELECTRÓNICO
1. CONTRATO
ELECTRÓNICO
6. EVOLUCIÓN
Utilización de
Transacción de Reducción de
medios e.
bs. Y ss. costos de
transacción
CARACTERÍSTICAS
Privacidad y
seguridad Apertura de
Riesgo nuevo
mercado
SUJETOS
EMPRESARIO CONSUMIDORES ADMINISTRACIÓN
7. 3. EL C.E. EN LA 4. LA CONFIANZA EN EL
SOCIEDAD DE LA INTERNET COMO ACTIVO
INFORMACIÓN FUNDAMENTAL EN LAS
TRANSACCIONES ON LINE
8. 5. La 6. Los sellos
autorregulación de confianza
Se trata de que una tercera parte
La autorregulación consiste en
da una garantía escrita de que un
una forma que tiene la compañía
producto, proceso o servicio está
de mostrar a sus clientes el
cumpliendo determinadas
cumplimiento de estrictas reglas
características, en otras palabras
en su página web.
se les puede definir como terceras
el Estado como distintas
partes de confianza, lo cual
comunidades han alentado a
constituyen organizaciones
losa gentes por la adopción de
independientes en las que se
diferentes instrumentos de
puede confiar y que buscan la
autorregulación, como son por
promoción de confianza “on line”
ejemplo los códigos de conducta
a través del ofrecimiento de un
y los sellos de confianza.
sistema de certificación.
9. 7. Normatividad jurídica
existente en materia de comercio
electrónico – Perú:
LEY 27291. Ley que modifica el Código Civil permitiendo la utilización de
los medios electrónicos para la comunicación de la manifestación de
voluntad y la utilización de la firma electrónica. Arts. 141, 141 –A, 1374.
LEY 2626. Ley de Firmas y Certificados Digitales, la presente ley tiene por
objeto regular la utilización de la firma electrónica otorgándole la misma
validez y eficacia jurídica que el uso de una firma manuscrita u otra análoga
que conlleve manifestación de voluntad. Art. 3
LEY 27309. Ley que incorpora los delitos informáticos al Código Penal:
Art.207 Inc. A, B y C.
Las normas emitidas por el INDECOPI, trata sobre el código de barras y
el Intercambio Electrónico de Datos o EDI.
10. 8. La seguridad en 9. Manifestaciones
la contratación de voluntades
electrónica electrónicas
Esta seguridad está referida a El Art. 1374 se regula la utilización de
la celebración del mismo acto la firma electrónica otorgándole la
como a las declaraciones misma validez y eficacia jurídica que
contractuales emitidas por el uso de una firma manuscrita que
medios electrónicos. L conlleve manifestación de voluntad.
a Ley de Firmas y Certificados Código civil en su art. 1373 aplica la
Digitales tiene por objeto teoría del conocimiento, esta teoría
permitir el uso de la firma sostiene que el contrato es un
electrónica en los actos y acuerdo de declaración de
contratos voluntades. Sin embargo el Art. 1374
electrónicos, otorgándole la considera la teoría de la recepción al
misma validez y eficacia disponer que el contrato queda
jurídica que a una firma concluido cuando la aceptación llega
manuscrita. a la dirección del oferente.
11. 10. Derecho de
resolución
Una contratación vía internet expone el consumidor
numerosos riesgos, como la imposibilidad de conocer el
producto o servicio en sí. El derecho de resolución es la
posibilidad que tiene el consumidor de resolver el
contrario sin penalización alguna y sin indicación de los
motivos en un plazo determinado. El ultimo gasto, que
puede imputarse al consumidor, es el costo directo de la
devolución de las mercancías al proveedor.
12. CONCLUSIONES:
PRIMERA. Dentro de la dinámica comercial que presenta el mundo globalizado
por medio del internet, se desenvuelve el comercio electrónico, el cual no es
otra cosa que el intercambio de bienes y servicios, con una naturaleza
onerosa, sin embargo cabe resaltar que ésta actividad es tan cual la es la física
sino que con la particularidad que es mediante el soporte virtual, lo que acorta
distancias y elimina las fronteras, haciendo las transacciones a tiempo
veloz, sin embargo es preciso resaltar la confianza que genera éste medio
asimismo los mecanismos de seguridad que envuelven y protegen la actividad
misma virtual en esta materia, en tanto se observan las leyes que amparan
dicha actividad en tal soporte digital como los instrumentos de confianza que
garantizan la satisfacción tanto del consumidor como del oferente.
En tal razón es importante la confianza generada y la seguridad en la
celebración de los contratos digitales dentro de la dinámica del comercio
electrónico.
13. SEGUNDA. Actualmente el mundo vive una etapa de transición, la cual se
encuentra orientada hacia una nueva etapa de total digitalización de la
información y donde los recursos y avances tecnológicos serán el común de la
vida diaria de las personas. Es fundamental adaptar la legislación tradicional y/o
formular de nuevas leyes que cubrirán las expectativas del comercio electrónico
en su globalidad, como la adaptación de una ley sobre la protección de los
datos personales. A pesar de todas las formas de seguridad que hay para el
Comercio electrónico, estas transacciones tienen un alto porcentaje de
riesgos, fraude o alteración de datos personales.