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ANGELA MARIA MOSQUERA 
VIDALINA ZORAYA TAMAYO
(Aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a 
periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2009)
ALCANCE 
explica lo que constituye evidencia de auditoría en una auditoría de E.F 
, y trata de la responsabilidad que tiene el auditor de diseñar y aplicar 
procedimientos de auditoría para obtener evidencia de auditoría 
suficiente y adecuada que le permita alcanzar conclusiones razonables 
en las que basar su opinión. 
Esta NIA es aplicable a toda la evidencia de auditoría obtenida en el 
transcurso de la auditoría. Otras NIA tratan de aspectos específicos de la 
auditoría 
FECHA DE ENTRADA EN VIGOR 
auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a 
partir del 15 de diciembre de 2009. 
OBJETIVO 
El objetivo del auditor es diseñar y aplicar procedimientos de auditoría 
de forma que le permita obtener evidencia de auditoría suficiente y 
adecuada para poder alcanzar conclusiones razonables en las que basar 
su opinión.
a) Registros contables: de asientos contables iniciales y documentación de soporte. 
b) Adecuación (de la evidencia de auditoría): medida cualitativa de la evidencia de auditoría, es 
decir, su relevancia y fiabilidad para respaldar las conclusiones en las que se basa la opinión del 
auditor. 
c) Evidencia de auditoría: información utilizada por el auditor para alcanzar las conclusiones en las 
que basa su opinión. incluye tanto la información contenida en los registros contables de los que se 
obtienen los estados financieros, como otra información. 
d) Experto de la dirección: persona u organización especializada en un campo distinto al de la 
contabilidad o auditoría, cuyo trabajo en ese ámbito se utiliza por la entidad para facilitar la 
preparación de los estados financieros. 
e) Suficiencia (de la evidencia de auditoría): medida cuantitativa de la evidencia de auditoría. La 
cantidad de evidencia de auditoría necesaria depende de la valoración del auditor del riesgo de 
incorrección material así como de la calidad de dicha evidencia de auditoría.
Evidencia de auditoría suficiente y adecuada 
El auditor diseñará y aplicará procedimientos de auditoría que sean adecuados, teniendo en cuenta las 
circunstancias, con el fin de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada. (Ref: Apartados A1-A25) 
Información que se utilizará como evidencia de auditoría 
 Consideración de la relevancia y la fiabilidad de la información que se utilizará como evidencia de 
auditoría. (Ref: Apartados A26-A33) 
 Si la información a utilizar como evidencia de auditoría se ha preparado utilizando el trabajo de un 
experto de la dirección se: 
(a) evaluará la competencia, la capacidad y la objetividad de dicho experto; (Ref: Apartados A37-A43) 
(b) obtendrá conocimiento del trabajo de dicho experto; y (Ref: Apartados A44-A47) 
(c) evaluará la adecuación del trabajo de dicho experto como evidencia de auditoría en relación con la 
afirmación correspondiente. (Ref: Apartado A48) 
 Al utilizar información generada por la entidad, el auditor evaluará si, para sus fines, dicha información es 
suficientemente fiable, lo que comportará, según lo requieran las circunstancias: 
(a) la obtención de evidencia de auditoría sobre la exactitud e integridad de la información 
(b) (b) la evaluación de la información para determinar si es suficientemente precisa y detallada para los 
fines del auditor.
Selección de los elementos sobre los que se realizarán pruebas para 
obtener evidencia de auditoría 
Al realizar el diseño de las pruebas de controles y de las pruebas de detalle, el 
auditor determinará medios de selección de los elementos sobre los que se 
realizarán pruebas que sean eficaces para conseguir la finalidad del procedimiento 
de auditoría. 
Incongruencia en la evidencia de auditoría o reservas sobre su 
fiabilidad 
El auditor determinará las modificaciones o adiciones a los procedimientos de 
auditoría que sean necesarias para resolver la cuestión, y considerará, en su caso, 
el efecto de ésta sobre otros aspectos de la auditoría (Ref: Apartado A57), si: 
(a) la evidencia de auditoría obtenida de una fuente es incongruente con la 
obtenida de otra fuente; o 
(b) el auditor tiene reservas sobre la fiabilidad de la información que se utilizará 
como evidencia de auditoría.
Evidencia de auditoría suficiente y adecuada (Ref: Apartado 6) 
 La evidencia de auditoría es necesaria para sustentar la opinión y el 
informe de auditoría. Es de naturaleza acumulativa y se obtiene 
principalmente de la aplicación de procedimientos de auditoría en el 
transcurso de la auditoría. No obstante, también puede incluir 
información obtenida de otras fuentes. 
 La mayor parte del trabajo del auditor al formarse una opinión 
consiste en la obtención y evaluación de evidencia de auditoría. Los 
procedimientos de auditoría para obtener evidencia de auditoría 
pueden incluir la inspección, la observación, la confirmación, el 
recálcalo, la re ejecución y procedimientos analíticos. 
 la seguridad razonable se alcanza cuando el auditor ha obtenido 
evidencia de auditoría suficiente y adecuada para reducir el riesgo de 
auditoría.
 La suficiencia y adecuación de la evidencia de auditoría están 
interrelacionadas. La suficiencia es la medida cuantitativa de la 
evidencia de auditoría. La cantidad necesaria de evidencia de auditoría 
depende de la valoración realizada por el auditor de los riesgos de 
incorrección 
 La adecuación es la medida cualitativa de la evidencia de auditoría, es 
decir, de su relevancia y fiabilidad para sustentar las conclusiones en las 
que se basa la opinión del auditorA6. La NIA 330 requiere que el auditor 
concluya sobre si se ha obtenido evidencia de auditoría suficiente y 
adecuada. 
 La determinación de si se ha obtenido evidencia de auditoría suficiente 
y adecuada para reducir el riesgo de auditoría a un nivel aceptablemente 
bajo.
FUENTES DE EVIDENCIA DE AUDITORIA 
 Verificación de registros contables 
 Fuentes independientes 
PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA PARA OBTENER EVIDENCIA DE AUDITORIA 
(a) procedimientos de valoración del riesgo; y 
(b) procedimientos de auditoría posteriores, que comprenden: 
 (i) pruebas de controles, cuando las requieran las NIA o cuando el 
auditor haya decidido realizarlas; y 
 (ii) procedimientos sustantivos, que incluyen pruebas de detalle y 
procedimientos analíticos sustantivos.
 INSPECCIÓN 
el examen de registros o de documentos, ya sean internos o externos, en 
papel, en soporte electrónico o en otro medio, o un examen físico de un 
activo. 
 OBSERVACIÓN 
presenciar un proceso o un procedimiento aplicados por otras personas. 
 CONFIRMACION EXTERNA 
Información obtenida por el auditor mediante una respuesta directa escrita 
de un tercero (la parte confirmante) dirigida al auditor, en papel, en soporte 
electrónico u otro medio. 
 RECÁLCULO 
consiste en comprobar la exactitud de los cálculos matemáticos incluidos en 
los documentos o registros. El recálculo se puede realizar manualmente o por 
medios electrónicos.
 REEJECUCIÓN 
Implica la ejecución independiente por parte del auditor de 
procedimientos o de controles que en origen fueron realizados como parte 
del control interno de la entidad. 
 PROCEDIMIENTOS ANALITICOS 
Evaluaciones de información financiera realizadas mediante el análisis de 
las relaciones que razonablemente quepa suponer que existan entre datos 
financieros y no financieros. 
 INDAGACIÓN 
Búsqueda de información, financiera o no financiera, a través de personas 
bien informadas tanto de dentro como de fuera de la entidad. 
Las respuestas a las indagaciones pueden proporcionar al auditor 
información que no poseía previamente o evidencia de auditoría 
corroborativa.
Se refiere a la conexión lógica con la finalidad del 
procedimiento de auditoría, o su pertinencia al 
respecto, y, en su caso, con la afirmación que se 
somete a comprobación. La relevancia de la 
información que se utilizará como evidencia de 
auditoría puede verse afectada por la orientación de 
las pruebas.
La fiabilidad de la información que se 
utilizará como evidencia de auditoría y, 
por lo tanto, de la propia evidencia de 
auditoría, se ve afectada por su origen y 
su naturaleza, así como por las 
circunstancias en las que se obtiene, 
incluido, cuando sean relevantes, los 
controles sobre su preparación y 
conservación.
 La fiabilidad de la evidencia de auditoría aumenta si se obtiene de fuentes externas 
independientes de la entidad 
 La fiabilidad de la evidencia de auditoría que se genera internamente aumenta cuando los 
controles relacionados aplicados por la entidad, incluido los relativos a su preparación y 
conservación, son eficaces. 
 La evidencia de auditoría obtenida directamente por el auditor (por ejemplo, la 
observación de la aplicación de un control) es más fiable que la evidencia de auditoría 
obtenida indirectamente o por inferencia (por ejemplo, la indagación sobre la aplicación de 
un control). 
 La evidencia de auditoría en forma de documento, ya sea en papel, soporte electrónico u 
otro medio, es más fiable que la evidencia de auditoría obtenida verbalmente. 
 La evidencia de auditoría proporcionada por documentos originales es más fiable que la 
evidencia de auditoría proporcionada por fotocopias ,o documentos que han sido filmados, 
digitalizados o convertidos, de cualquier otro modo, en formato electrónico, cuya fiabilidad 
puede depender de los controles sobre su preparación y conservación.
La preparación de los estados financieros de una entidad puede requerir especialización en un 
campo distinto al de la contabilidad o auditoría, como cálculos actuariales, valoraciones o 
datos tecnológicos. La entidad puede emplear o contratar a expertos en dichos campos para 
obtener la especialización necesaria para preparar los estados financieros. 
LA FIABILIDAD DE LA INFORMACION DE UN EXPERTO PUEDE VERSE 
AFECTADA POR CUESTIONES TALES COMO: 
 La naturaleza y complejidad de la materia tratada por el experto de la dirección. 
 El riesgo de incorrección material en la materia. 
 La naturaleza, el alcance y los objetivos del trabajo del experto de la dirección. 
 Si el experto de la dirección es un empleado de la entidad, o si es un tercero contratado por 
ésta para proporcionar los servicios correspondientes. 
 Si el experto de la dirección está sujeto, en la realización de su trabajo, a normas técnicas o a 
otros requerimientos profesionales o del sector.
La COMPETENCIA se refiere a la naturaleza y al grado de especialización del 
experto de la dirección. 
La CAPACIDAD se refiere a la aptitud del experto de la dirección para ejercitar 
dicha competencia en las circunstancias concurrentes. 
La OBJETIVIDAD se refiere a los posibles efectos que un determinado sesgo de 
opinión, un conflicto de intereses o la influencia de terceros pueden tener sobre 
el juicio profesional o técnico del experto de la dirección. 
La competencia, capacidad y objetividad de un experto de la dirección, así como 
cualquier control de la entidad sobre el trabajo de dicho experto, son factores 
importantes en relación con la fiabilidad de cualquier información generada por 
dicho experto.
 La experiencia personal con trabajos anteriores de dicho experto. 
 Las discusiones con dicho experto. 
 Las discusiones con terceros que están familiarizados con el trabajo de dicho 
experto. 
 El conocimiento de las cualificaciones de dicho experto, su pertenencia a un 
organismo profesional o una asociación del sector, su autorización para ejercer, 
u otras formas de reconocimiento externo. 
 Los artículos publicados o libros escritos por el experto.
El conocimiento del trabajo del experto de la dirección incluye la comprensión del 
correspondiente campo de especialización. La labor de comprensión del 
correspondiente campo de especialización irá ligada a la decisión del auditor 
sobre si él mismo tiene la capacidad necesaria para evaluar el trabajo del experto 
de la dirección, o si necesita un experto propio con esta finalidad
Los aspectos que han de considerarse para la evaluación de la adecuación del 
trabajo del experto de la dirección como evidencia de auditoría con respecto a la 
correspondiente afirmación pueden ser, entre otros: 
 la relevancia y la razonabilidad de los hallazgos o de las conclusiones del 
experto, su congruencia con otra evidencia de auditoría, así como si se han 
reflejado adecuadamente en los estados financieros; 
 en el caso de que el trabajo del experto implique el empleo de hipótesis y 
métodos significativos, la relevancia y razonabilidad de dichas hipótesis y 
métodos; y 
 cuando el trabajo del experto implique el empleo significativo de datos 
fuente, la relevancia, integridad y exactitud de dichos datos fuente.
Una prueba será eficaz si proporciona evidencia de auditoría adecuada, de tal 
modo que, considerada junto con otra evidencia de auditoría obtenida o que se 
vaya a obtener, sea suficiente para los fines del auditor. 
MEDIOS A DISPOSICIÓN DEL AUDITOR PARA SELECCIONAR ELEMENTOS 
SOBRE LOS QUE SE REALIZARAN PRUEBAS: 
a) la selección de todos los elementos (examen del 100%); 
b) la selección de elementos específicos; y 
c) el muestreo de auditoría.
El auditor puede decidir que lo más adecuado es examinar la totalidad de la 
población de elementos que integran un tipo de transacción o un saldo contable (o 
un estrato dentro de dicha población). 
El examen del 100% puede ser adecuado cuando, por ejemplo: 
 la población está formada por un número reducido de elementos de gran valor; 
 existe un riesgo significativo y otros medios no proporcionan evidencia de 
auditoría suficiente y adecuada; o 
 la naturaleza repetitiva de un cálculo o de otro proceso realizado 
automáticamente mediante un sistema de información hace que resulte eficaz, 
en términos de coste, un examen del 100%.
El auditor puede decidir seleccionar elementos específicos de una población. 
Los elementos específicos seleccionados pueden incluir: 
 Elementos clave o de valor elevado. 
 Todos los elementos por encima de un determinado importe. 
 Elementos para obtener información.
El muestreo de auditoría tiene como finalidad permitir alcanzar conclusiones 
respecto del total de una población sobre la base de la realización de pruebas 
sobre una muestra extraída de dicha población. NIA 530
La obtención de evidencia de auditoría a partir de fuentes diversas o de 
naturaleza diferente puede poner de relieve que un elemento individual de 
evidencia de auditoría no es fiable, como, por ejemplo, en el caso de que la 
evidencia de auditoría obtenida de una fuente sea incongruente con la obtenida 
de otra. 
La NIA 230 incluye un requerimiento específico de documentación en el caso de 
que el auditor identifique información incongruente con la conclusión final del 
auditor relativa a una cuestión significativa
(Aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a 
periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2009)
ALCANCE 
Consideraciones específicas que el auditor ha de tener en cuenta en relación con la 
obtención de evidencia de auditoría suficiente y adecuada, de conformidad con la NIA 
330,1 la NIA 5002 y otras NIA aplicables, con respecto a determinados aspectos de las 
existencias, los litigios y reclamaciones en los que interviene la entidad, así como la 
información por segmentos en una auditoría de estados financieros. 
FECHA DE ENTRADA EN VIGOR 
auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 
de diciembre de 2009. 
OBJETIVO 
Obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre las siguientes cuestiones: 
 (a) la realidad y el estado de las existencias, 
 (b) la totalidad de los litigios y reclamaciones en los que interviene la entidad; y 
 (c) la presentación y revelación de la información por segmentos de conformidad 
con el marco de información financiera aplicable.
EXISTENCIAS 
 Si las existencias son materiales para los estados financieros, el auditor 
obtendrá evidencia de auditoría suficiente y adecuada con respecto a su 
realidad y a su estado mediante: 
 (a) su presencia en el recuento físico de las existencias, salvo que no sea 
factible, con el fin de: (Ref: Apartados A1-A3) 
 (i) evaluar las instrucciones y los procedimientos de la dirección relativos al 
registro y control de los resultados del recuento físico de las existencias de la 
entidad; (Ref: Apartado A4) 
 (ii) observar la aplicación de los procedimientos de recuento de la dirección; 
(Ref: Apartado A5) 
 (iii) inspeccionar las existencias; y (Ref: Apartado A6) 
 (iv) realizar pruebas de recuento; y (Ref: Apartados A7-A8) 
 (b) Aplicar procedimientos de auditoría a los registros finales de existencias de 
la entidad con el fin de determinar si reflejan con exactitud los resultados 
reales del recuento de las existencias.
El auditor diseñará y aplicará procedimientos de auditoría con el 
fin de identificar los litigios y las reclamaciones que afecten a la 
entidad y que puedan originar un riesgo de incorrección material, 
incluidos los siguientes 
(a) indagaciones ante la dirección y, en su caso, ante otras 
personas de la entidad, incluidos los asesores jurídicos internos; 
(b) revisión de las actas de reuniones de los responsables del 
gobierno de la entidad y de la correspondencia entre la entidad y 
sus asesores jurídicos externos; y 
(c) revisión de las cuentas de gastos jurídicos. (Ref: Apartado A20)
 El auditor obtendrá evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre la 
presentación y revelación de la información por segmentos de conformidad 
con el marco de información financiera aplicable mediante: (Ref: Apartado 
A26) 
(a) la obtención de conocimiento de los métodos utilizados por la dirección para 
la determinación de la información por segmentos; y (Ref: Apartado A27) 
 (i) la evaluación de si dichos métodos pueden generar información acorde 
con lo requerido por el marco de información financiera aplicable; y 
 (ii) en su caso, la comprobación de la aplicación de dichos métodos; y 
(b) la aplicación de procedimientos analíticos o de otros procedimientos de 
auditoría adecuados teniendo en cuenta las circunstancias.
EXISTENCIAS 
 Presencia en el recuento físico de las existencias 
La dirección habitualmente establece procedimientos de acuerdo con los cuales 
se realiza un recuento físico de existencias al menos una vez al año con el fin 
de que sirvan de base para la preparación de los estados financieros y, en su 
caso, para determinar la fiabilidad del sistema de inventario permanente de la 
entidad. 
 Evaluación de las instrucciones y los procedimientos de la dirección 
A la hora de evaluar las instrucciones y los procedimientos de la dirección con 
respecto al registro y control del recuento físico de existencias se determinará, 
entre otras cosas, si tales instrucciones y procedimientos tratan por ejemplo: 
.
 Observación de la aplicación de los procedimientos de recuento de la 
dirección 
La observación de la aplicación de los procedimientos de recuento de la 
dirección, por ejemplo, de los que están relacionados con el control de los 
movimientos de las existencias antes, durante y después del recuento, facilita 
al auditor la obtención de evidencia de auditoría sobre si las instrucciones y los 
procedimientos de recuento de la dirección se han diseñado e implementado 
adecuadamente. 
 Inspección de las existencias 
La inspección de las existencias, al presenciar un recuento físico, facilita al 
auditor la determinación de su realidad (aunque no necesariamente de su 
propiedad) y la identificación, por ejemplo, de existencias obsoletas, dañadas o 
antiguas. 
 Realización de pruebas de recuento 
La realización de pruebas de recuento, por ejemplo, localizando en las 
existencias físicas elementos seleccionados en los registros de recuento de la 
dirección, y localizando en los registros de recuento de la dirección elementos 
seleccionados de las existencias físicas.
 Recuento físico de existencias realizado en una fecha distinta a la 
de los estados financieros 
Por razones prácticas, el recuento físico de existencias se puede 
realizar en una fecha o fechas distintas a la de los estados financieros. 
Esto se puede realizar con independencia de que la dirección 
establezca las cantidades de existencias mediante un recuento físico 
anual o mediante un sistema de inventario permanente. 
 La presencia en el recuento físico de existencias no es factible 
Esto se puede deber a factores tales como la naturaleza y ubicación de 
las existencias. Por ejemplo, cuando las existencias se almacenan en 
un lugar que puede suponer una amenaza para la seguridad del auditor. 
Sin embargo, los inconvenientes de carácter general que ello cause al 
auditor no bastan para justificar la decisión del auditor de que su 
presencia no es factible.
 Existencias custodiadas y controladas por un tercero 
Confirmación 
La NIA 505 establece requerimientos y proporciona orientaciones para 
aplicar procedimientos de confirmación externa. 
Otros procedimientos de auditoría 
Dependiendo de las circunstancias; por ejemplo, cuando se obtenga 
información que origine dudas sobre la integridad y objetividad del 
tercero, el auditor puede considerar adecuado aplicar otros 
procedimientos de auditoría, en lugar de, o además de, confirmar con 
el tercero.
 Integridad de los litigios y reclamaciones 
Los litigios y reclamaciones que afectan a la entidad pueden tener un 
efecto material sobre los estados financieros y, por consiguiente, 
puede ser necesario revelarlos o contabilizarlos en los estados 
financieros. 
 Comunicación con los asesores jurídicos externos de la entidad 
La comunicación directa con los asesores jurídicos externos de la 
entidad facilita al auditor la obtención de evidencia de auditoría 
suficiente y adecuada con respecto a si se conocen los litigios y 
reclamaciones potencialmente materiales, así como sobre si las 
estimaciones de la dirección sobre las implicaciones financieras, 
incluidos los costes, son razonables.
Dependiendo del marco de información financiera aplicable, la entidad puede 
estar obligada o autorizada a revelar información por segmentos en los estados 
financieros. La responsabilidad del auditor con respecto a la presentación y 
revelación de información por segmentos se refiere a los estados financieros 
tomados en su conjunto. Por consiguiente, no se requiere al auditor que aplique 
los procedimientos de auditoría que serían necesarios para expresar una opinión 
sobre la información por segmentos presentada por separado 
 Conocimiento de los métodos utilizados por la dirección 
Dependiendo de las circunstancias, los siguientes son ejemplos de cuestiones 
que pueden ser relevantes para la obtención de conocimiento de los métodos 
utilizados por la dirección para determinar la información por segmentos y de si 
dichos métodos pueden generar información a revelar acorde con el marco de 
información financiera aplicable
(Aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a 
periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2009)
 Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata del 
empleo por parte del auditor de procedimientos de 
confirmación externa para obtener evidencia de 
auditoría de conformidad con los requerimientos de la 
NIA 330 y de la NIA 500. 
 No trata de las indagaciones sobre litigios y 
reclamaciones, las cuales se contemplan en la NIA 501.
La NIA 500 indica que la fiabilidad de la evidencia de auditoría se ve afectada por su 
origen y naturaleza, y depende de las circunstancias concretas en las que se obtiene. 
 La evidencia de auditoría es más fiable cuando se obtiene de fuentes independientes 
externas a la entidad. 
 La evidencia de auditoría obtenida directamente por el auditor es más fiable que la 
evidencia de auditoría obtenida indirectamente o por inferencia. 
 La evidencia de auditoría es más fiable cuando existe en forma de documento, ya sea 
en formato papel, soporte electrónico u otro medio. 
Otras NIA reconocen la importancia de las confirmaciones externas como evidencia de 
auditoría; por ejemplo: 
 La NIA 330 
 La NIA 240
 El objetivo del auditor cuando 
utiliza procedimientos de 
confirmación externa es 
diseñar y aplicar dichos 
procedimientos con el fin de 
obtener evidencia de auditoría 
relevante y fiable.
Al utilizar procedimientos de confirmación externa, el auditor 
mantendrá el control de las solicitudes de confirmación externa, lo 
que implicará: 
a) la determinación de la información que ha de confirmarse o solicitarse; 
b) la selección de la parte confirmante adecuada; 
c) el diseño de las solicitudes de confirmación, incluida la comprobación de 
que las solicitudes estén adecuadamente dirigidas y contengan 
información que permita enviar las respuestas directamente al auditor; y 
d) el envío de las solicitudes a la parte confirmante, incluidas las solicitudes 
de seguimiento, cuando proceda.
LOS FACTORES A CONSIDERAR CUANDO SE DISEÑAN 
SOLICITUDES DE CONFIRMACIÓN INCLUYEN: 
 Las afirmaciones de las que se trata. 
 Los riesgos específicos de incorrección material identificados, 
incluidos los riesgos de fraude. 
 El formato y presentación de la solicitud de confirmación. 
 La experiencia anterior en la auditoría o en encargos similares. 
 El método de comunicación 
 La autorización o la incitación por la dirección a las partes 
confirmantes para que respondan al auditor. 
 La capacidad que tiene la parte confirmante seleccionada de 
confirmar o de proporcionar la información solicitada
Si la dirección se niega a permitir que el auditor envíe una solicitud de 
confirmación, éste: 
(a) Indagará sobre los motivos de la dirección para ello, y buscará evidencia 
de auditoría sobre la validez y razonabilidad de tales motivos. 
(a) Evaluará las implicaciones de la negativa de la dirección sobre la 
valoración por el auditor de los correspondientes riesgos de incorrección 
material, incluido el riesgo de fraude, y sobre la naturaleza, el momento 
de realización y la extensión de otros procedimientos de auditoría; y 
(c) Aplicará procedimientos de auditoría alternativos diseñados con el fin de 
obtener evidencia de auditoría relevante y fiable.
Fiabilidad de las respuestas a las solicitudes de confirmación 
 Si el auditor identifica factores que originen dudas sobre la fiabilidad de la 
respuesta a una solicitud de confirmación, obtendrá evidencia de auditoría 
adicional para resolver dichas dudas. 
Los factores que pueden originar dudas acerca de la fiabilidad de una respuesta 
incluyen que: 
• se reciba por el auditor de forma indirecta; o 
• parezca no proceder de la parte confirmante seleccionada originariamente. 
 Si el auditor determina que una respuesta a una solicitud de confirmación no es 
fiable, evaluará las implicaciones de esta circunstancia sobre la valoración de los 
correspondientes riesgos de incorrección material, incluido el riesgo de fraude, y 
sobre la naturaleza, el momento de realización y la extensión de otros 
procedimientos de auditoría relacionados.
Sin contestación 
En cada caso de falta de contestación, el auditor realizará procedimientos de auditoría 
alternativos con el fin de obtener evidencia de auditoría relevante y fiable. 
Casos en los que es necesaria una respuesta a una solicitud de 
confirmación positiva para obtener evidencia de auditoría suficiente y 
adecuada 
Dichas circunstancias pueden darse cuando: 
• La información existente para corroborar afirmaciones de la dirección solo está disponible 
fuera de la entidad. 
• Existen factores específicos de riesgo de fraude, tales como el riesgo de que la dirección 
eluda los controles, o el riesgo de colusión que puede afectar a empleados y/o a la dirección, 
que impiden al auditor confiar en la evidencia procedente de la entidad. 
Contestación en disconformidad 
El auditor investigará las contestaciones en disconformidad para determinar si son indicativas o 
no de incorrecciones.
El auditor evaluará si los resultados de los procedimientos de confirmación 
externa proporcionan evidencia de auditoría relevante y fiable, o si es 
necesaria evidencia de auditoría adicional. 
Para evaluar los resultados de las solicitudes de confirmación externa 
individuales, el auditor puede clasificar dichos resultados de la forma 
siguiente: 
(a) una respuesta de la parte confirmante adecuada que indica su acuerdo 
con la información contenida en la solicitud de confirmación, o que 
proporciona la información solicitada sin excepciones; 
(b) una respuesta considerada no fiable; 
(c) la falta de contestación; o 
(d) una contestación en disconformidad.
Presentación Nia 500 501-505

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Presentación Nia 500 501-505

  • 1. ANGELA MARIA MOSQUERA VIDALINA ZORAYA TAMAYO
  • 2. (Aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2009)
  • 3. ALCANCE explica lo que constituye evidencia de auditoría en una auditoría de E.F , y trata de la responsabilidad que tiene el auditor de diseñar y aplicar procedimientos de auditoría para obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada que le permita alcanzar conclusiones razonables en las que basar su opinión. Esta NIA es aplicable a toda la evidencia de auditoría obtenida en el transcurso de la auditoría. Otras NIA tratan de aspectos específicos de la auditoría FECHA DE ENTRADA EN VIGOR auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2009. OBJETIVO El objetivo del auditor es diseñar y aplicar procedimientos de auditoría de forma que le permita obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada para poder alcanzar conclusiones razonables en las que basar su opinión.
  • 4. a) Registros contables: de asientos contables iniciales y documentación de soporte. b) Adecuación (de la evidencia de auditoría): medida cualitativa de la evidencia de auditoría, es decir, su relevancia y fiabilidad para respaldar las conclusiones en las que se basa la opinión del auditor. c) Evidencia de auditoría: información utilizada por el auditor para alcanzar las conclusiones en las que basa su opinión. incluye tanto la información contenida en los registros contables de los que se obtienen los estados financieros, como otra información. d) Experto de la dirección: persona u organización especializada en un campo distinto al de la contabilidad o auditoría, cuyo trabajo en ese ámbito se utiliza por la entidad para facilitar la preparación de los estados financieros. e) Suficiencia (de la evidencia de auditoría): medida cuantitativa de la evidencia de auditoría. La cantidad de evidencia de auditoría necesaria depende de la valoración del auditor del riesgo de incorrección material así como de la calidad de dicha evidencia de auditoría.
  • 5. Evidencia de auditoría suficiente y adecuada El auditor diseñará y aplicará procedimientos de auditoría que sean adecuados, teniendo en cuenta las circunstancias, con el fin de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada. (Ref: Apartados A1-A25) Información que se utilizará como evidencia de auditoría  Consideración de la relevancia y la fiabilidad de la información que se utilizará como evidencia de auditoría. (Ref: Apartados A26-A33)  Si la información a utilizar como evidencia de auditoría se ha preparado utilizando el trabajo de un experto de la dirección se: (a) evaluará la competencia, la capacidad y la objetividad de dicho experto; (Ref: Apartados A37-A43) (b) obtendrá conocimiento del trabajo de dicho experto; y (Ref: Apartados A44-A47) (c) evaluará la adecuación del trabajo de dicho experto como evidencia de auditoría en relación con la afirmación correspondiente. (Ref: Apartado A48)  Al utilizar información generada por la entidad, el auditor evaluará si, para sus fines, dicha información es suficientemente fiable, lo que comportará, según lo requieran las circunstancias: (a) la obtención de evidencia de auditoría sobre la exactitud e integridad de la información (b) (b) la evaluación de la información para determinar si es suficientemente precisa y detallada para los fines del auditor.
  • 6. Selección de los elementos sobre los que se realizarán pruebas para obtener evidencia de auditoría Al realizar el diseño de las pruebas de controles y de las pruebas de detalle, el auditor determinará medios de selección de los elementos sobre los que se realizarán pruebas que sean eficaces para conseguir la finalidad del procedimiento de auditoría. Incongruencia en la evidencia de auditoría o reservas sobre su fiabilidad El auditor determinará las modificaciones o adiciones a los procedimientos de auditoría que sean necesarias para resolver la cuestión, y considerará, en su caso, el efecto de ésta sobre otros aspectos de la auditoría (Ref: Apartado A57), si: (a) la evidencia de auditoría obtenida de una fuente es incongruente con la obtenida de otra fuente; o (b) el auditor tiene reservas sobre la fiabilidad de la información que se utilizará como evidencia de auditoría.
  • 7. Evidencia de auditoría suficiente y adecuada (Ref: Apartado 6)  La evidencia de auditoría es necesaria para sustentar la opinión y el informe de auditoría. Es de naturaleza acumulativa y se obtiene principalmente de la aplicación de procedimientos de auditoría en el transcurso de la auditoría. No obstante, también puede incluir información obtenida de otras fuentes.  La mayor parte del trabajo del auditor al formarse una opinión consiste en la obtención y evaluación de evidencia de auditoría. Los procedimientos de auditoría para obtener evidencia de auditoría pueden incluir la inspección, la observación, la confirmación, el recálcalo, la re ejecución y procedimientos analíticos.  la seguridad razonable se alcanza cuando el auditor ha obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada para reducir el riesgo de auditoría.
  • 8.  La suficiencia y adecuación de la evidencia de auditoría están interrelacionadas. La suficiencia es la medida cuantitativa de la evidencia de auditoría. La cantidad necesaria de evidencia de auditoría depende de la valoración realizada por el auditor de los riesgos de incorrección  La adecuación es la medida cualitativa de la evidencia de auditoría, es decir, de su relevancia y fiabilidad para sustentar las conclusiones en las que se basa la opinión del auditorA6. La NIA 330 requiere que el auditor concluya sobre si se ha obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada.  La determinación de si se ha obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada para reducir el riesgo de auditoría a un nivel aceptablemente bajo.
  • 9. FUENTES DE EVIDENCIA DE AUDITORIA  Verificación de registros contables  Fuentes independientes PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA PARA OBTENER EVIDENCIA DE AUDITORIA (a) procedimientos de valoración del riesgo; y (b) procedimientos de auditoría posteriores, que comprenden:  (i) pruebas de controles, cuando las requieran las NIA o cuando el auditor haya decidido realizarlas; y  (ii) procedimientos sustantivos, que incluyen pruebas de detalle y procedimientos analíticos sustantivos.
  • 10.  INSPECCIÓN el examen de registros o de documentos, ya sean internos o externos, en papel, en soporte electrónico o en otro medio, o un examen físico de un activo.  OBSERVACIÓN presenciar un proceso o un procedimiento aplicados por otras personas.  CONFIRMACION EXTERNA Información obtenida por el auditor mediante una respuesta directa escrita de un tercero (la parte confirmante) dirigida al auditor, en papel, en soporte electrónico u otro medio.  RECÁLCULO consiste en comprobar la exactitud de los cálculos matemáticos incluidos en los documentos o registros. El recálculo se puede realizar manualmente o por medios electrónicos.
  • 11.  REEJECUCIÓN Implica la ejecución independiente por parte del auditor de procedimientos o de controles que en origen fueron realizados como parte del control interno de la entidad.  PROCEDIMIENTOS ANALITICOS Evaluaciones de información financiera realizadas mediante el análisis de las relaciones que razonablemente quepa suponer que existan entre datos financieros y no financieros.  INDAGACIÓN Búsqueda de información, financiera o no financiera, a través de personas bien informadas tanto de dentro como de fuera de la entidad. Las respuestas a las indagaciones pueden proporcionar al auditor información que no poseía previamente o evidencia de auditoría corroborativa.
  • 12. Se refiere a la conexión lógica con la finalidad del procedimiento de auditoría, o su pertinencia al respecto, y, en su caso, con la afirmación que se somete a comprobación. La relevancia de la información que se utilizará como evidencia de auditoría puede verse afectada por la orientación de las pruebas.
  • 13. La fiabilidad de la información que se utilizará como evidencia de auditoría y, por lo tanto, de la propia evidencia de auditoría, se ve afectada por su origen y su naturaleza, así como por las circunstancias en las que se obtiene, incluido, cuando sean relevantes, los controles sobre su preparación y conservación.
  • 14.  La fiabilidad de la evidencia de auditoría aumenta si se obtiene de fuentes externas independientes de la entidad  La fiabilidad de la evidencia de auditoría que se genera internamente aumenta cuando los controles relacionados aplicados por la entidad, incluido los relativos a su preparación y conservación, son eficaces.  La evidencia de auditoría obtenida directamente por el auditor (por ejemplo, la observación de la aplicación de un control) es más fiable que la evidencia de auditoría obtenida indirectamente o por inferencia (por ejemplo, la indagación sobre la aplicación de un control).  La evidencia de auditoría en forma de documento, ya sea en papel, soporte electrónico u otro medio, es más fiable que la evidencia de auditoría obtenida verbalmente.  La evidencia de auditoría proporcionada por documentos originales es más fiable que la evidencia de auditoría proporcionada por fotocopias ,o documentos que han sido filmados, digitalizados o convertidos, de cualquier otro modo, en formato electrónico, cuya fiabilidad puede depender de los controles sobre su preparación y conservación.
  • 15. La preparación de los estados financieros de una entidad puede requerir especialización en un campo distinto al de la contabilidad o auditoría, como cálculos actuariales, valoraciones o datos tecnológicos. La entidad puede emplear o contratar a expertos en dichos campos para obtener la especialización necesaria para preparar los estados financieros. LA FIABILIDAD DE LA INFORMACION DE UN EXPERTO PUEDE VERSE AFECTADA POR CUESTIONES TALES COMO:  La naturaleza y complejidad de la materia tratada por el experto de la dirección.  El riesgo de incorrección material en la materia.  La naturaleza, el alcance y los objetivos del trabajo del experto de la dirección.  Si el experto de la dirección es un empleado de la entidad, o si es un tercero contratado por ésta para proporcionar los servicios correspondientes.  Si el experto de la dirección está sujeto, en la realización de su trabajo, a normas técnicas o a otros requerimientos profesionales o del sector.
  • 16. La COMPETENCIA se refiere a la naturaleza y al grado de especialización del experto de la dirección. La CAPACIDAD se refiere a la aptitud del experto de la dirección para ejercitar dicha competencia en las circunstancias concurrentes. La OBJETIVIDAD se refiere a los posibles efectos que un determinado sesgo de opinión, un conflicto de intereses o la influencia de terceros pueden tener sobre el juicio profesional o técnico del experto de la dirección. La competencia, capacidad y objetividad de un experto de la dirección, así como cualquier control de la entidad sobre el trabajo de dicho experto, son factores importantes en relación con la fiabilidad de cualquier información generada por dicho experto.
  • 17.  La experiencia personal con trabajos anteriores de dicho experto.  Las discusiones con dicho experto.  Las discusiones con terceros que están familiarizados con el trabajo de dicho experto.  El conocimiento de las cualificaciones de dicho experto, su pertenencia a un organismo profesional o una asociación del sector, su autorización para ejercer, u otras formas de reconocimiento externo.  Los artículos publicados o libros escritos por el experto.
  • 18. El conocimiento del trabajo del experto de la dirección incluye la comprensión del correspondiente campo de especialización. La labor de comprensión del correspondiente campo de especialización irá ligada a la decisión del auditor sobre si él mismo tiene la capacidad necesaria para evaluar el trabajo del experto de la dirección, o si necesita un experto propio con esta finalidad
  • 19. Los aspectos que han de considerarse para la evaluación de la adecuación del trabajo del experto de la dirección como evidencia de auditoría con respecto a la correspondiente afirmación pueden ser, entre otros:  la relevancia y la razonabilidad de los hallazgos o de las conclusiones del experto, su congruencia con otra evidencia de auditoría, así como si se han reflejado adecuadamente en los estados financieros;  en el caso de que el trabajo del experto implique el empleo de hipótesis y métodos significativos, la relevancia y razonabilidad de dichas hipótesis y métodos; y  cuando el trabajo del experto implique el empleo significativo de datos fuente, la relevancia, integridad y exactitud de dichos datos fuente.
  • 20. Una prueba será eficaz si proporciona evidencia de auditoría adecuada, de tal modo que, considerada junto con otra evidencia de auditoría obtenida o que se vaya a obtener, sea suficiente para los fines del auditor. MEDIOS A DISPOSICIÓN DEL AUDITOR PARA SELECCIONAR ELEMENTOS SOBRE LOS QUE SE REALIZARAN PRUEBAS: a) la selección de todos los elementos (examen del 100%); b) la selección de elementos específicos; y c) el muestreo de auditoría.
  • 21. El auditor puede decidir que lo más adecuado es examinar la totalidad de la población de elementos que integran un tipo de transacción o un saldo contable (o un estrato dentro de dicha población). El examen del 100% puede ser adecuado cuando, por ejemplo:  la población está formada por un número reducido de elementos de gran valor;  existe un riesgo significativo y otros medios no proporcionan evidencia de auditoría suficiente y adecuada; o  la naturaleza repetitiva de un cálculo o de otro proceso realizado automáticamente mediante un sistema de información hace que resulte eficaz, en términos de coste, un examen del 100%.
  • 22. El auditor puede decidir seleccionar elementos específicos de una población. Los elementos específicos seleccionados pueden incluir:  Elementos clave o de valor elevado.  Todos los elementos por encima de un determinado importe.  Elementos para obtener información.
  • 23. El muestreo de auditoría tiene como finalidad permitir alcanzar conclusiones respecto del total de una población sobre la base de la realización de pruebas sobre una muestra extraída de dicha población. NIA 530
  • 24. La obtención de evidencia de auditoría a partir de fuentes diversas o de naturaleza diferente puede poner de relieve que un elemento individual de evidencia de auditoría no es fiable, como, por ejemplo, en el caso de que la evidencia de auditoría obtenida de una fuente sea incongruente con la obtenida de otra. La NIA 230 incluye un requerimiento específico de documentación en el caso de que el auditor identifique información incongruente con la conclusión final del auditor relativa a una cuestión significativa
  • 25. (Aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2009)
  • 26. ALCANCE Consideraciones específicas que el auditor ha de tener en cuenta en relación con la obtención de evidencia de auditoría suficiente y adecuada, de conformidad con la NIA 330,1 la NIA 5002 y otras NIA aplicables, con respecto a determinados aspectos de las existencias, los litigios y reclamaciones en los que interviene la entidad, así como la información por segmentos en una auditoría de estados financieros. FECHA DE ENTRADA EN VIGOR auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2009. OBJETIVO Obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre las siguientes cuestiones:  (a) la realidad y el estado de las existencias,  (b) la totalidad de los litigios y reclamaciones en los que interviene la entidad; y  (c) la presentación y revelación de la información por segmentos de conformidad con el marco de información financiera aplicable.
  • 27. EXISTENCIAS  Si las existencias son materiales para los estados financieros, el auditor obtendrá evidencia de auditoría suficiente y adecuada con respecto a su realidad y a su estado mediante:  (a) su presencia en el recuento físico de las existencias, salvo que no sea factible, con el fin de: (Ref: Apartados A1-A3)  (i) evaluar las instrucciones y los procedimientos de la dirección relativos al registro y control de los resultados del recuento físico de las existencias de la entidad; (Ref: Apartado A4)  (ii) observar la aplicación de los procedimientos de recuento de la dirección; (Ref: Apartado A5)  (iii) inspeccionar las existencias; y (Ref: Apartado A6)  (iv) realizar pruebas de recuento; y (Ref: Apartados A7-A8)  (b) Aplicar procedimientos de auditoría a los registros finales de existencias de la entidad con el fin de determinar si reflejan con exactitud los resultados reales del recuento de las existencias.
  • 28. El auditor diseñará y aplicará procedimientos de auditoría con el fin de identificar los litigios y las reclamaciones que afecten a la entidad y que puedan originar un riesgo de incorrección material, incluidos los siguientes (a) indagaciones ante la dirección y, en su caso, ante otras personas de la entidad, incluidos los asesores jurídicos internos; (b) revisión de las actas de reuniones de los responsables del gobierno de la entidad y de la correspondencia entre la entidad y sus asesores jurídicos externos; y (c) revisión de las cuentas de gastos jurídicos. (Ref: Apartado A20)
  • 29.  El auditor obtendrá evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre la presentación y revelación de la información por segmentos de conformidad con el marco de información financiera aplicable mediante: (Ref: Apartado A26) (a) la obtención de conocimiento de los métodos utilizados por la dirección para la determinación de la información por segmentos; y (Ref: Apartado A27)  (i) la evaluación de si dichos métodos pueden generar información acorde con lo requerido por el marco de información financiera aplicable; y  (ii) en su caso, la comprobación de la aplicación de dichos métodos; y (b) la aplicación de procedimientos analíticos o de otros procedimientos de auditoría adecuados teniendo en cuenta las circunstancias.
  • 30. EXISTENCIAS  Presencia en el recuento físico de las existencias La dirección habitualmente establece procedimientos de acuerdo con los cuales se realiza un recuento físico de existencias al menos una vez al año con el fin de que sirvan de base para la preparación de los estados financieros y, en su caso, para determinar la fiabilidad del sistema de inventario permanente de la entidad.  Evaluación de las instrucciones y los procedimientos de la dirección A la hora de evaluar las instrucciones y los procedimientos de la dirección con respecto al registro y control del recuento físico de existencias se determinará, entre otras cosas, si tales instrucciones y procedimientos tratan por ejemplo: .
  • 31.  Observación de la aplicación de los procedimientos de recuento de la dirección La observación de la aplicación de los procedimientos de recuento de la dirección, por ejemplo, de los que están relacionados con el control de los movimientos de las existencias antes, durante y después del recuento, facilita al auditor la obtención de evidencia de auditoría sobre si las instrucciones y los procedimientos de recuento de la dirección se han diseñado e implementado adecuadamente.  Inspección de las existencias La inspección de las existencias, al presenciar un recuento físico, facilita al auditor la determinación de su realidad (aunque no necesariamente de su propiedad) y la identificación, por ejemplo, de existencias obsoletas, dañadas o antiguas.  Realización de pruebas de recuento La realización de pruebas de recuento, por ejemplo, localizando en las existencias físicas elementos seleccionados en los registros de recuento de la dirección, y localizando en los registros de recuento de la dirección elementos seleccionados de las existencias físicas.
  • 32.  Recuento físico de existencias realizado en una fecha distinta a la de los estados financieros Por razones prácticas, el recuento físico de existencias se puede realizar en una fecha o fechas distintas a la de los estados financieros. Esto se puede realizar con independencia de que la dirección establezca las cantidades de existencias mediante un recuento físico anual o mediante un sistema de inventario permanente.  La presencia en el recuento físico de existencias no es factible Esto se puede deber a factores tales como la naturaleza y ubicación de las existencias. Por ejemplo, cuando las existencias se almacenan en un lugar que puede suponer una amenaza para la seguridad del auditor. Sin embargo, los inconvenientes de carácter general que ello cause al auditor no bastan para justificar la decisión del auditor de que su presencia no es factible.
  • 33.  Existencias custodiadas y controladas por un tercero Confirmación La NIA 505 establece requerimientos y proporciona orientaciones para aplicar procedimientos de confirmación externa. Otros procedimientos de auditoría Dependiendo de las circunstancias; por ejemplo, cuando se obtenga información que origine dudas sobre la integridad y objetividad del tercero, el auditor puede considerar adecuado aplicar otros procedimientos de auditoría, en lugar de, o además de, confirmar con el tercero.
  • 34.  Integridad de los litigios y reclamaciones Los litigios y reclamaciones que afectan a la entidad pueden tener un efecto material sobre los estados financieros y, por consiguiente, puede ser necesario revelarlos o contabilizarlos en los estados financieros.  Comunicación con los asesores jurídicos externos de la entidad La comunicación directa con los asesores jurídicos externos de la entidad facilita al auditor la obtención de evidencia de auditoría suficiente y adecuada con respecto a si se conocen los litigios y reclamaciones potencialmente materiales, así como sobre si las estimaciones de la dirección sobre las implicaciones financieras, incluidos los costes, son razonables.
  • 35. Dependiendo del marco de información financiera aplicable, la entidad puede estar obligada o autorizada a revelar información por segmentos en los estados financieros. La responsabilidad del auditor con respecto a la presentación y revelación de información por segmentos se refiere a los estados financieros tomados en su conjunto. Por consiguiente, no se requiere al auditor que aplique los procedimientos de auditoría que serían necesarios para expresar una opinión sobre la información por segmentos presentada por separado  Conocimiento de los métodos utilizados por la dirección Dependiendo de las circunstancias, los siguientes son ejemplos de cuestiones que pueden ser relevantes para la obtención de conocimiento de los métodos utilizados por la dirección para determinar la información por segmentos y de si dichos métodos pueden generar información a revelar acorde con el marco de información financiera aplicable
  • 36. (Aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2009)
  • 37.  Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata del empleo por parte del auditor de procedimientos de confirmación externa para obtener evidencia de auditoría de conformidad con los requerimientos de la NIA 330 y de la NIA 500.  No trata de las indagaciones sobre litigios y reclamaciones, las cuales se contemplan en la NIA 501.
  • 38. La NIA 500 indica que la fiabilidad de la evidencia de auditoría se ve afectada por su origen y naturaleza, y depende de las circunstancias concretas en las que se obtiene.  La evidencia de auditoría es más fiable cuando se obtiene de fuentes independientes externas a la entidad.  La evidencia de auditoría obtenida directamente por el auditor es más fiable que la evidencia de auditoría obtenida indirectamente o por inferencia.  La evidencia de auditoría es más fiable cuando existe en forma de documento, ya sea en formato papel, soporte electrónico u otro medio. Otras NIA reconocen la importancia de las confirmaciones externas como evidencia de auditoría; por ejemplo:  La NIA 330  La NIA 240
  • 39.  El objetivo del auditor cuando utiliza procedimientos de confirmación externa es diseñar y aplicar dichos procedimientos con el fin de obtener evidencia de auditoría relevante y fiable.
  • 40. Al utilizar procedimientos de confirmación externa, el auditor mantendrá el control de las solicitudes de confirmación externa, lo que implicará: a) la determinación de la información que ha de confirmarse o solicitarse; b) la selección de la parte confirmante adecuada; c) el diseño de las solicitudes de confirmación, incluida la comprobación de que las solicitudes estén adecuadamente dirigidas y contengan información que permita enviar las respuestas directamente al auditor; y d) el envío de las solicitudes a la parte confirmante, incluidas las solicitudes de seguimiento, cuando proceda.
  • 41. LOS FACTORES A CONSIDERAR CUANDO SE DISEÑAN SOLICITUDES DE CONFIRMACIÓN INCLUYEN:  Las afirmaciones de las que se trata.  Los riesgos específicos de incorrección material identificados, incluidos los riesgos de fraude.  El formato y presentación de la solicitud de confirmación.  La experiencia anterior en la auditoría o en encargos similares.  El método de comunicación  La autorización o la incitación por la dirección a las partes confirmantes para que respondan al auditor.  La capacidad que tiene la parte confirmante seleccionada de confirmar o de proporcionar la información solicitada
  • 42. Si la dirección se niega a permitir que el auditor envíe una solicitud de confirmación, éste: (a) Indagará sobre los motivos de la dirección para ello, y buscará evidencia de auditoría sobre la validez y razonabilidad de tales motivos. (a) Evaluará las implicaciones de la negativa de la dirección sobre la valoración por el auditor de los correspondientes riesgos de incorrección material, incluido el riesgo de fraude, y sobre la naturaleza, el momento de realización y la extensión de otros procedimientos de auditoría; y (c) Aplicará procedimientos de auditoría alternativos diseñados con el fin de obtener evidencia de auditoría relevante y fiable.
  • 43. Fiabilidad de las respuestas a las solicitudes de confirmación  Si el auditor identifica factores que originen dudas sobre la fiabilidad de la respuesta a una solicitud de confirmación, obtendrá evidencia de auditoría adicional para resolver dichas dudas. Los factores que pueden originar dudas acerca de la fiabilidad de una respuesta incluyen que: • se reciba por el auditor de forma indirecta; o • parezca no proceder de la parte confirmante seleccionada originariamente.  Si el auditor determina que una respuesta a una solicitud de confirmación no es fiable, evaluará las implicaciones de esta circunstancia sobre la valoración de los correspondientes riesgos de incorrección material, incluido el riesgo de fraude, y sobre la naturaleza, el momento de realización y la extensión de otros procedimientos de auditoría relacionados.
  • 44. Sin contestación En cada caso de falta de contestación, el auditor realizará procedimientos de auditoría alternativos con el fin de obtener evidencia de auditoría relevante y fiable. Casos en los que es necesaria una respuesta a una solicitud de confirmación positiva para obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada Dichas circunstancias pueden darse cuando: • La información existente para corroborar afirmaciones de la dirección solo está disponible fuera de la entidad. • Existen factores específicos de riesgo de fraude, tales como el riesgo de que la dirección eluda los controles, o el riesgo de colusión que puede afectar a empleados y/o a la dirección, que impiden al auditor confiar en la evidencia procedente de la entidad. Contestación en disconformidad El auditor investigará las contestaciones en disconformidad para determinar si son indicativas o no de incorrecciones.
  • 45. El auditor evaluará si los resultados de los procedimientos de confirmación externa proporcionan evidencia de auditoría relevante y fiable, o si es necesaria evidencia de auditoría adicional. Para evaluar los resultados de las solicitudes de confirmación externa individuales, el auditor puede clasificar dichos resultados de la forma siguiente: (a) una respuesta de la parte confirmante adecuada que indica su acuerdo con la información contenida en la solicitud de confirmación, o que proporciona la información solicitada sin excepciones; (b) una respuesta considerada no fiable; (c) la falta de contestación; o (d) una contestación en disconformidad.