Este documento trata sobre la paridad de género en México. Explica el proceso histórico de adquisición de derechos políticos por las mujeres y cómo se ha evolucionado del principio de cuota al de paridad. También analiza la implementación de la paridad a nivel federal, estatal y local, señalando desafíos como las exenciones por métodos de selección de candidaturas. Finalmente, presenta estadísticas sobre la representación política de las mujeres en la Primera Circunscripción Plurinominal.
Paridad en México 2014 / Primera Circunscripción Plurinominal
1. PARIDAD
en México
Eje fundamental de la
Reforma Política
Mtra. Blanca Olivia Peña Molina
V Reunión de Magistradas y Magistrados Electorales
PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL
Los Cabos, BCS 9 de Mayo de 2014
2. Proceso histórico adquisición de derechos
políticos de las mujeres
DERECHO A
VOTAR Y SER
ELECTA
DERECHO
INCLUSIÓN
PRINCIPIO DE
EQUIDAD / CUOTA
DE GÉNERO
DERECHO
PRINCIPIO DE
IGUALDAD
SUSTANTIVA /
PARIDAD DE
GÉNERO
3. El principio de
igualdad y no
discriminación en es
una norma de orden
público nacional e
internacional que no
admite pacto en
contrario.
Igualdad y no discriminación
PROGRESIVIDAD protección y garantía de los
Derechos Humanos
4. Principio de
Igualdad
Igualdad Formal o
de jure
Iguala las
diferencias entre
los sujetos de
derechos
Equidad
Discriminación
positiva
Reconoce las
diferencias entre los
sujetos de derechos
Igualdad
sustantiva o de
facto, real
Reconoce las
diferencias y amplía
garantía protección
impacto real
Equivalencia
humana
No discriminación.
Reconoce las
diferencias
1. Igualdad de oportunidades
2. Igualdad de trato
3. Igualdad de resultados
5. El Ejecutivo Federal promulgó una nueva reforma
Constitucional en materia político-electoral que contempla
la exigencia de elaborar una LEY GENERAL DE PARTIDOS
POLÍTICOS que regule sus atribuciones y obligaciones,
dentro de las cuales deberá establecerse:
“… las reglas para garantizar la PARIDAD ENTRE GÉNEROS
en candidaturas a legisladores federales y locales, así como
las sanciones que deban imponerse por el incumplimiento
de sus obligaciones.” (Senado de la República 2013: 51).
REFORMA CONSTITUCIONAL
31 Enero 2014
6. Escenario actual = ELABORACIÓN DE LEYES SECUNDARIAS
Iniciativa reforma al COFIPE (Octubre
2013)
Reforma Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos (Enero 2014)
Formulación y aprobación de leyes
secundarias de reforma político-electoral
(en proceso)
Proceso de reforma de leyes/códigos
electorales de entidades federativas
(agenda pendiente)
NUEVO MARCO REGULATORIO EN MATERIA
ELECTORAL ÁMBITO FEDERAL Y NACIONAL
7. Partidos Políticos Cuota / Paridad
Partido Acción Nacional
Recomendación
paridad
Partido Revolucionario
Institucional
Paridad
Partido de la Revolución Democrática Paridad
Partido del Trabajo Cuota 60/40
Partido Verde Ecologista
de México
Cuota 70/30
Partido Movimiento
Ciudadano
Cuota 60/40
Partido Nueva Alianza Recomendación
CUOTAS VOLUNTARIAS en Estatutos de
Partidos políticos
8. Iniciativas leyes secundarias
PAN, PRI-PVEM, PRD
PAN
Métodos selección
deberán
determinar
criterios objetivos
garantía igualdad
género
candidaturas.
Inadmisibles
criterios
asignar a un
género
distritos
perdedores.
PRI-PVEM
Definir criterios
aplicación recursos
capacitación,
promoción y
desarrollo liderazgo
político de las
mujeres.
INE y OPL
facultados para
rechazar registro
candidaturas
excedan paridad
de género.
PRD
De 5 CP al menos dos en
primera fórmula deberá
asignarse a un género
distinto a otras tres.
Paridad en distritos
ganadores o con 5
puntos porcentuales de
diferencia (Federal y
locales).
No más de 16
candidaturas MR de un
mismo género al Senado.
9. MÉTODOS SELECCIÓN DE CANDIDATURAS
¿qué dicen los estatutos de los partidos políticos?
1. Los estatutos prevén de manera muy general, la posibilidad
de realizar elecciones primarias (sean abiertas a la ciudadanía o
cerradas para afiliados y militantes).
2. Todos hablan de la necesidad de promover la participación de
la mujer en los institutos políticos, pero pocos han adoptado
disposiciones vinculantes en relación con las cuotas de género.
3. En ninguno de los estatutos de los siete partidos se define lo
que deberá entenderse por procedimiento democrático para la
selección de sus candidatos.
4. Sólo en caso de prever elecciones internas, se limitan a mencionar el
procedimiento; en otros casos, remiten a los reglamentos o convocatorias
que se expiden exclusivamente para los procesos electorales próximos a
realizarse.
10. Cronología cuota de género en el COFIPE
1993
Recomenda
ción
1996
Recomenda
ción
postular
30% sin
sanciones
2002
Cuota 30%
MR y RP,
alternancia
género
listas y
sanciones.
2008
Cuota 40%
ambos
principios,
alternancia
género listas
x tramos
sanciones.
Quedan exceptuadas de esta disposición las candidaturas de mayoría relativa que sean
resultado de un proceso de elección democrático, conforme a los estatutos de cada
partido.” (COFIPE 2008: 171).
11. LA PARIDAD EN AMÉRICA LATINA
¿Qué lugar ocupa México en el contexto latinoamericano?
12. PARIDAD en el ámbito internacional
País Año
FRANCIA 2000
BÉLGICA 2002
ESPAÑA 2007
SENEGAL 2010
TÚNEZ 2011
País AL Año
ECUADOR 2008
BOLIVIA 2009/2010
COSTA RICA 2009
NICARAGUA 2012
HONDURAS 2012
PANAMÁ 2012
MÉXICO 2014
En América Latina
38% de los países
adoptaron principio
de PARIDAD
13.
14. Diseño Paridad en Países de América Latina
• En todos los países la paridad es
OBLIGATORIA (excepto Panamá)OBLIGATORIA
• Todos los países contemplan SANCIONES
POR INCUMPLIMIENTO (excepción
Panamá y Nicaragua)
SANCIÓN
• Todos los países aplican paridad en
gobiernos subnacionales (excepción
Panamá)
GOBIERNOS
SUBNACIONALES
• Bolivia, Costa Rica, Nicaragua y México
partidos contemplan cuotas voluntarias
CUOTAS
VOLUNTARIAS
• Bolivia, Costa Rica, Ecuador, Honduras y
México poseen estándar más elevado
cumplimiento principio de PARIDAD.
GARANTÍA
15. PARIDAD Y CUOTA EN GOBIERNOS
SUBNACIONALES MEXICANOS
Del gradualismo de la cuota a la paridad
16. Alejandro Luna Ramos, Presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación; LIX Aniversario del Sufragio Femenino en México.
“La diversidad de las leyes, la cultura política y el
desarrollo institucional no permiten que el
principio de equidad se consolide en las
contiendas electorales a lo largo y ancho del país.
Si bien el federalismo alienta la diversidad de las
entidades federativas, ello no debe significar
diferencias en el disfrute de los derechos
fundamentales.”
17. Entidades federativas con paridad o cuota en
México
PARIDAD
CUOTA
60/40
CUOTA
70/30
CUOTA
72/25
SIN
CUOTA
Series1 13 12 5 1 1
0
2
4
6
8
10
12
14
1. Baja California
Sur
2. Campeche
3. Chiapas
4. Chihuahua
5. Coahuila
6. Colima
7. Guerrero
8. Morelos
9. Nayarit
10.Puebla
11.San Luis Potosí
12.Sonora
13.Tlaxcala
• 40 % leyes electorales
incluyen PARIDAD
• 8 leyes x MR y RP
18. Porcentaje de DIPUTADAS ELECTAS CONGRESOS LOCALES
2012 - 2013
0.00% 10.00%20.00%30.00%40.00%50.00%60.00%70.00%80.00%
2012
2013
2012 2013
Diputadas 24.00% 27.00%
Diputados 76.00% 73.00%
PROMEDIO NACIONAL 27 %
Por debajo de porcentaje 30 % MASA CRÍTICA
19. Número de leyes electorales que aplican paridad o cuota
candidaturas cargos edilicios AYUNTAMIENTOS
PARIDAD 40 por ciento 30 por ciento No define
Series1 10 13 6 3
0
2
4
6
8
10
12
14
Entidades federativas que NO DEFINEN son: Durango,
Guanajuato y Guerrero
20. Porcentaje de mujeres en AYUNTAMIENTOS
2007 a 2012
0
5
10
15
20
25
30
35
40
Año
2007
Año
2008
Año
2009
Año
2010
Año
2011
Año
2012
PRESIDENTAS 4.6 5.3 5.3 6.3 6.4 7
SÍNDICAS 13 15.8 15.6 18.7 26.8 28
REGIDORAS 27.6 29.5 31.8 32.6 38.5 36.9
Porcentaje%
Fuente: INMUJERES/INEGI (2013); Mujeres y Hombres en México 2012, México; página 141.
Diferencias porcentuales dato base 2007 dato cálculo 2012.
21. Promedio porcentual de diputadas electas según
PARIDAD o CUOTA
0 5 10 15 20 25 30 35
PROMEDIO CUOTA 70/30 o
menos
PROMEDIO CUOTA 60/40
PROMEDIO 50/50
PROMEDIO NACIONAL
PROMEDIO
CUOTA 70/30 o
menos
PROMEDIO
CUOTA 60/40
PROMEDIO
50/50
PROMEDIO
NACIONAL
Series1 22.8 30.2 27.4 26.6
22. Principal obstáculo: EXENCIÓN POR MÉTODO ELECCIÓN
DEMOCRÁTICO DE CANDIDATURAS
PRINCIPAL OBSTÁCULO PARA
LA APLICACIÓN DEL
PRINCIPIO DE PARIDAD O
CUOTA
EXENTAR A LOS PARTIDOS
O COALICIONES CUANDO
ACREDITEN APLICACIÓN DE
MÉTODO DEMOCRÁTICO
DE SELECCIÓN DE
CANDIDATURAS
(consulta directa o voto
universal) de acuerdo a lo
que estipulan sus estatutos
internos.
23. NÚMERO DE LEYES CON CLÁUSULA DE EXCEPCIÓN POR MÉTODO
SELECCIÓN DE CANDIDATURAS / PRINCIPIOS DE MR , RP y
Ayuntamientos
Aplica No aplica No define
Mayoría Relativa 26 4 2
Representación
Proporcional
8 22 2
Ayuntamientos 23 9 0
0
5
10
15
20
25
30
24. Del gradualismo de la CUOTA a la PARIDAD
Heterogeneidad en el tipo de acciones afirmativas y diseño aplicación tienen
impacto POSITIVO pero RELATIVO en el número de mujeres electas.
Las cuotas de género aplicables a cargos en congresos locales, no
producen los mismos efectos que en cargos edilicios ayuntamientos.
Los factores de DISEÑO que elevan la GARANTÍA y EFECTIVIDAD de las
acciones afirmativas son: aplique por ambos principios, suplencia mismo
género, mandato de posición y alternancia de género listas de RP, sanción por
incumplimiento.
OBSTÁCULOS de diseño: fórmula asignación de diputaciones plurinominales
(‘mejor perdedor’, combinación ‘mejor perdedor + orden de lista, otros) y
EXCEPCIÓN por MÉTODO SELECCIÓN DE CANDIDATURAS.
26. Paridad o cuota PCP
ENTIDAD FEDERATIVA
PARIDAD o
CUOTA MR RP AYUNTAMIE
NTO
BAJA CALIFORNIA Cuota 40% 40% 40%
BAJA CALIFORNIA SUR Paridad 50% NA 50%
CHIHUAHUA Paridad 50% 50% 50%
DURANGO Cuota 30% 30% ND
JALISCO Cuota NA 30% 30%
NAYARIT Cuota/Paridad 40% 50% 40%
SINALOA Cuota 40% 40% 40%
SONORA Paridad 50% 50% 50%
27. Reformas 2009 - 2014
ENTIDAD FEDERATIVA 2009 2014
BAJA CALIFORNIA Sin cuota
Cuota 40% (MR, RP y
Ayuntamientos)
BAJA CALIFORNIA SUR
Cuota 33% (MR y
Ayuntamientos) Paridad (MR y Ayuntamientos)
CHIHUAHUA
Cuota 30%(MR, RP y
Ayuntamientos)
Paridad (MR,RP y
Ayuntamientos)
DURANGO Cuota 30% (MR y RP) Cuota 30% (MR y RP)
JALISCO
Cuota 30% (RP y
Ayuntamientos)
Cuota 30% (RP y
Ayuntamientos)
NAYARIT Recomendación
Cuota 40% (MR y
Ayuntamientos
Paridad (RP)
SINALOA Cuota 40% (RP)
Cuota 40% (MR, RP y
Ayuntamientos)
SONORA Paridad Paridad
28. Porcentaje Diputadas electas en la PCP
BC BC Sur CHIHUAHUA DURANGO JALISCO NAYARIT SINALOA SONORA
PROMEDIO
PCP
PROMEDIO
NACIONAL
Series1 32 33.3 42.4 16.6 23 23.3 32.5 21.2 28.03 26.6
0
5
10
15
20
25
30
35
40
45
29. Masa Crítica
Diputadas electas PCP
Tipo de
grupo
Sesgado Inclinado Muy inclinado Balanceado
Rango
porcentual
Asimetría
entre
hombres y
mujeres
(11 a 20%)
De pequeña
minoría a
minoría
significativa
(21 a 30%)
De minoría
pequeña a gran
minoría (31 a
40%)
Equilibrio
entre
hombres y
mujeres (41
a 50%)
Entidades
federativas
Durango
(16%)
Jalisco (23%)
Nayarit (23%)
Sonora (21%)
Baja California
(32%)
Baja California
Sur (33%)
Sinaloa (32%)
Chihuahua
(42%)
Promedio PCP = 28 %
Promedio Nacional = 26 %
30. Excepción por método selección candidaturas PCP
Entidad Umbral Excepciones aplicación principio de paridad
Baja California 40% APLICA EXCEPCIÓN candidaturas diputaciones MR y RP
Baja California
Sur
50% (MR) NO APLICA EXCEPCIÓN por método selección candidaturas
diputaciones MR y planillas ayuntamientos.
Chihuahua 50% APLICA EXCEPCIÓN candidaturas MR, RP y ayuntamiento
resultado consulta directa.
Durango 40% APLICA EXCEPCIÓN candidaturas diputaciones MR
NO APLICA EXCEPCIÓN candidaturas diputaciones RP
Jalisco 30% (RP y
Ayunta.)
NO APLICA EXCEPCIÓN por método selección de candidaturas
Nayarit 50% RP
40%
MR/Ayunta
APLICA EXCEPCIÓN por método voto universal de militantes o
simpatizantes.
Sinaloa 40% APLICA EXCEPCIÓN candidaturas diputaciones de MR
Sonora 50% APLICA EXCEPCIÓN candidaturas MR y ayuntamiento
resultado consulta directa.