1. Profesor invitado: Pedro Calero
Departamento de Economía Aplicada
02/05/2012 1Pedro Calero Pérez
Economía Industrial
Tema 9. Regulación y política de
defensa de la competencia
2. Sumario.
La definición de la actividad regulatoria
Objetivos de la regulación .
La justificación teórica.
Herramientas de la regulación.
Problemas en la aplicación práctica de la regulación.
Alternativas a la regulación: la Defensa de la
Competencia
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3. La definición de la actividad
regulatoria.
La regulación se define como el control de los de determinadas
actividades económicas o sectores productivos.
La regulación se puede llevar a cabo de forma directa por el
gobierno, o bien indirectamente por medio de agencias
independientes.
Para su efectividad, se requiere la existencia de potestad
sancionadora, de forma que existe un fuerte incetivo para
cumplir las disposiciones del regulador.
De una forma u otra, toda la actividad económica se encuentra
regulada. De forma mas precisa destacan por lo detallado y
extenso de su regulación sectores como el energético,
telecomunicaciones, financiero, profesiones liberales,
transporte, etc.
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4. La definición de la actividad
regulatoria
Mecanismos de regulación
Sobre las decisiones de precios. Nivel y/o estructura.
Sobre las decisiones de producción. Cantidad o área de
cobertura
Sobre las decisiones de entrada y salida en el sector.
Concesiones, autorizaciones, obligaciones de servicio
Sobre las características básicas del proceso y el
producto. Regulación ambiental del proceso y controles
de calidad del producto
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5. Objetivos de la regulación
Objetivos relacionados con la mayor eficiencia
productiva y en la asignación de recursos.
Objetivos distributivos
Entre diferentes consumidores.
Entre diferentes áreas geográficas
Precios iguales independientemente de la existencia de
diferentes costes de suministros.
Objetivos en materia de calidad, seguridad o de
variedad y gama.
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6. Justificación teórica de la
regulación
La teoría clásica de los fallos del mercado.
Poder de mercado y monopolio natural.
Externalidades.
Problemas de información imperfecta y asimétrica en los
mercados.
Merit goods y demerit good (bienes preferentes e
indeseables).
Teoría de la captura del regulador.
Cuestiones redistributivas.
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7. Monopolio natural.
Un bien o un servicio (o un conjunto de ellos) pueden ser producidos a
menor coste por una sola empresa que por varias, pero su posición de
monopolio implicaría el ejercicio de poder de mercado y la
consiguiente pérdida de eficiencia
La regulación se presenta como una medida para no renunciar a la
eficiencia productiva (una única empresa) y evitar los abusos del
monopolista no regulado
Resulta de gran importancia la regulación de los monopolios naturales
que constituyen “cuellos de botella” (activos a los que hay que acceder
para poder competir en segmentos potencialmente competitivos)
Transporte (REE) y generación de electricidad (Endesa, Iberdrola, etc.)
Centralitas digitales (telefónica) y proveedores de ADSL
Propietarios de los aeropuertos (Aena) y compañías aéreas (Iberia)
Intento de separación Windows-Explorer
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8. Externalidades
Externalidades negativas:
Costes impuestos por la actividad que no aparecen recogidos
en el mecanismo de formación de los precios (contaminación,
daños a propiedades, pérdidas de valor causadas a terceros)
•Externalidades positivas:
Beneficios causados por la actividad que son capturados por
terceros. (economías de red).
Si las empresas no pueden capturar tales beneficios, pueden
tratar de evitar que los mismos se produzcan y beneficien a
terceros competidores que no han intervenido en su creación
(la cuestión de los estándares técnicos)
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9. Información asimétrica e
imperfecta
Información asimétrica. Los consumidores poseen
menos información que el empresario sobre el
producto, lo que puede llevar a desaparición del
mercado si no es posible diferenciar la calidad de los
mismos (Akerlof, 1970). La regulación de marcas,
garantías obligatorias, etc
Información imperfecta. La existencia de mercados
incompletos puede llevar a asignaciones ineficientes
de los recursos. (Recuperación de inversiones a largo
plazo)
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10. La captura del regulador
Beneficio extraordinario que obtiene una industria si
logra “capturar” para sus intereses al regulador
involucrado.
Cuanto mas importante y poderoso sea un sector más
importante será la posibilidad de captura.
Cuanto mas inestable sea el regulador en su puesto
(sometido a un proceso electoral, posibilidad de
remoción o cese) mayor será la probabilidad de
captura. (Lasheras, 1999)
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11. Cuestiones distributivas
Redistribución entre consumidores. Cuando se fija un
precio único e igual al coste medio para todos los
consumidores se subsidia a unos frente a otros. La
obligación de suministro universal evita el problema del
cream skimming (descreme del mercado).
Distribución entre áreas. Si el precio es único, las empresas
tienden a establecerse en las áreas mas rentables y
abandonar el resto (cream skimming).
Distribución entre actividades. Si una empresa realiza
simultáneamente actividades integradas verticalmente
pueden trasvasarse rentas de un segmento menos
competitivo hacia otros donde la contestabilidad es mayor.
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12. Herramientas regulatorias
El problema de la participación de los consumidores
en los beneficios.
Regulación del coste del servicio.
Regulación de la tasa de beneficio.
Suelos y techos de precios. (PI less X)
Competencia referencial o yardstick competition
(Shleifer, 1983).
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13. El problema de la participación de los
consumidores en los beneficios.
El regulador se suele enfrentar al dilema de compatibilizar dos objetivos
habitualmente en conflicto. Si las reducciones de coste no repercuten sobre las
empresas, éstas no tienen incentivos para llevarlas a cabo. Si no repercuten
sobre los consumidores, estos estarán pagando importantes sobrecostes,
derivados de una mala regulación.
Precio=b*ParteFija+(1-b)*Coste
•Caso b=0: Precio=Coste(Contrato cost-plus)
La mejora de costes se traduce en menores precios PERO no hay incentivos a la
reducción de costes
•Caso b=1: Precio=ParteFija (Contrato Precio fijo o fixed-price)
La empresa se apropia de las mejoras de costes y tiene altos incentivos para
mejorar su eficiencia PERO los menores costes no se trasladan a precios
•Casos 0<b<1: (Contratos de incentivos)
Cuanto mayor es b, mayor es el incentivo para la reducción
Pero se traspasan en menor medida los menores costes al consumidor
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14. Regulación del coste del servicio.
Sistema prevalente en la regulación de los servicios
públicos hasta los años 80.
•Se basaba en la estimación de los costes históricos y
en la fijación de tarifas que los cubrieran (b=0).
Incentivos a la reducción de costes:
La empresa regulada tenía pocos incentivos a reducir sus
costes porque ello se traduciría en una reducción de
tarifas
Lo anterior se veía amortiguado porque las tarifas
permanecían fijas durante un período de tiempo
determinado (0<b<1).
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15. Regulación de la tasa de beneficio
La regulación garantizaría la obtención de una
retribución similar a la que se obtendría en otros
sectores productivos
El valor de la inversión (valor contable o económico).
Posibilidad de aparición de stranded cost and benefits
La tasa de retribución de capital optima. La retribución
de los capitales en el mercado incluye el pago de una
prima de riesgo que habitualmente es diferente al de las
actividades reguladas.
El efecto Averch-Johnson.
Tendencia a la sobreinversión (relación capital trabajo
ineficiente)
Aparición de despilfarros.
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16. Suelos y techos de precios (IPC-X)
Posiblemente la más habitual de las herramientas regulatorias (peajes
de REE).
el precio se calcula en función del precio en el período anterior,
conforme la expresión
pt+1= pt(1+IPC−x) = p0(1+IPC−x)t
Donde x es la mejora esperada de la productividad en el sector, de
forma que se prima a las empresas que obtengan mayoras ganancias en
productividad y se penaliza a la menos eficientes.
El principal problema es el de la consistencia temporal. Si el sistema no
se revisa en mucho tiempo pueden producirse importantes desvíos
entre las ganancias de productividad esperadas y obtenidas, de forma
que pueden darse importantes ahorros de costes no trasladados a los
consumidores.
Si la revisión es muy frecuente existen fuertes incentivos para ser
ineficientes en el periodo anterior al de la revisión, ya que este marca
los costes de partida.
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17. Competencia referencial
También denominada Yardstick Competition, Benchmarking o Relative
Performance Evaluation (Schleifer(1985)).
Uno de los pocos sectores en los que ha sido aplicado ha sido en el
sector eléctrico español antes del 98 (sistema de costes estándares )
Se utiliza cuando se tienen empresas perfectamente comparables
pero no se puede observar con exactitud el coste de ninguna de
ellas.
•El incremento en las tarifas que se aplica a una empresa o en un
mercado no depende de los costes que cada empresa individual diga
tener, sino del coste que declaren el resto de las empresas (o de la
media de todos ellos).
Por ello, este sistema genera incentivos a la reducción de costes(b=1).
El reto de este mecanismo es evitar la colusión entre las empresas
reguladas.
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18. Principales problemas en la
aplicación práctica de la regulación.
Costes administrativos, de vigilancia ,de policía, e
intrínsecos a la propia actividad del regulador.
Problemas de información para la una buena regulación.
Las empresas no tienen incentivos para revelar sus
verdaderos costes, y puede que el regulador no pueda
estimarlos correctamente.
Problemas de inconsistencia temporal e incertidumbre
regulatoria. Cuando el regulado espera cambios en la
regulación que afectan a la retribución de su actividad se
pueden producir asignaciones ineficientes (burbujas
especulativas en el sector de energías renovables).
Problemas de captura del regulador (no solo por parte de
las empresas).
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19. Alternativas a la regulación: El derecho de defensa de la
competencia y el control de concentraciones.
Definición de política de defensa de la competencia:
Conjunto de políticas o leyes que aseguran que no se
restringe la competencia en el mercado de forma
perjudicial para la sociedad.
Admite aquellas restricciones que no sean perjudiciales (ej.
Algunos acuerdos entre el productor y el vendedor pueden
contribuir a aumentar la eficiencia económica)
Incluso aunque se produzcan perjuicios, si el importe de los
beneficios que se generan exceden los daños y se produce una
redistribución adecuada de las ganancias, determinadas
conductas que restringen la competencia no se verán
sancionadas.
Se suele estructurar en tres niveles. Control de la conducta,
control de la estructura y control de ayudas
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20. Alternativas a la regulación: El derecho de defensa de la
competencia y el control de concentraciones.
Control de la conducta. Se trata de impedir que las empresas celebren acuerdos
o adopten practicas dirigidas a restringir o eliminar la competencia en el
mercado. Los pactos prohibidos entre empresas o el abusos de una posición de
dominio, serán objeto de sanción. No obstante, no todos los acuerdos entre
empresas son ilícitos (en este caso tendrán que probar que las ventajas y
beneficios para el consumidor exceden el coste de reducir la competencia), ni
tampoco se sanciona el tamaño (no es la posición de dominio en si, sino el
abuso de la misma para eliminar competencia lo sancionado por las normas)
Control de las estructura. Cuando las empresas llevan a cabo acuerdos, en
especial de fusión o integración, el control de concentraciones puede imponer
una estructura del mercado resultante para autorizar la misma (obligaciones de
desinvertir determinados activos, en determinadas áreas, etc.)
Control de ayudas públicas. Es habitual que el sector público establezca ayudas
para determinados sectores productivos, especialmente en tiempos de crisis.
Sin embargo, habrá que justificar que tales ayudas no implican una ventaja
sustancial que pueda llevar a al beneficiario a desplazar a otros competidores
del mercado.
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21. Alternativas a la regulación: El derecho de defensa de la
competencia y el control de concentraciones.
La política de defensa de la competencia.
Clases de acuerdos prohibidos
Abuso de posición dominante.
Acuerdos para falsear la competencia
Prácticas desleales y acuerdos restrictivos.
Ayudas públicas (especialmente cuando son otorgadas por algunos
países y pueden alternar artificialmente la competencia entre ellos.
Organismos encargados de su aplicación.
La normativa comunitaria y los organismos comunitarios
competentes en materia de defensa de la competencia. (Comisión y
Tribunal Europeo)
La normativa nacional (Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la
Competencia) y la Comisión Nacional de Competencia
(www.cncompetencia.es )
Organismos autonómicos competentes en materia de competencia.
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22. Alternativas a la regulación: El derecho de defensa de la
competencia y el control de concentraciones.
Control de concentraciones.
Tendencia a la monopolización en presencia de externalidades de red.
Regulación aplicable.
Reglamento 139/2004 sobre el control de concentraciones.
Control de concentraciones en el ámbito nacional por parte del
Ministerio de Industría, la CNC y en su caso, de la agencia reguladora
sectorial competente.
El fomento de la competencia mediante el control de concentraciones.
En algunas ocasiones, bajo ciertas circunstancias, se puede aprovechar
para imponer condiciones a la resultante que favorezca un aumento de
la competencia, especialmente a corto plazo. La herramienta más
habitual es la imposición de obligaciones de desinversión que permite
la entrada inmediata de nuevos competidores con una cuota de
mercado relevante
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