2. NECESIDAD DE LA LEY DE SOBERANÍA Y
SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL
3. PROBLEMÁTICA
• Las poblaciones vulnerables.
• Las personas con escasos recursos.
• La población infantil.
• La mujer en gestación o lactantes
• La población de la tercera edad.
La escasa capacidad para poder otorgar una
Adecuada alimentación a esta población y a la
Comunidad entera.
4. PROBLEMÁTICA
• La escasa producción de alimentos.
• El aumento desmedido de la población.
• El ausentismo de políticas idóneas para proveer de alimentos suficientes, y
un ausente fortalecimiento para el sector agrario.
7. LA ALIMENTACIÓN COMO DERECHO.
• Se encuentra, reconocido en la Declaración Universal de los
Derechos Humanos de 1948, como parte del derecho a un
nivel de vida adecuado (art. 25).
8. • Políticas a nivel internacional: Las Naciones
Unidas, declaró el 2014 como el “Año
Internacional de la Agricultura Familiar”, a fin
de promover políticas a favor del desarrollo
sostenible de los sistemas agrarios basados en
la unidad familiar, campesina, comunal,
indígena, cooperativa y pesquera.
9. PRETENSIONES POR PARTE DEL ESTADO
(EL DEBE SER)
• Implemento de políticas, programas o iniciativas orientadas a
que las actuales y futuras generaciones “cuenten con una
adecuada alimentación en base a productos locales con alto
valor nutritivo”.
10. ACCIONES POR PARTE DEL ESTADO
PROGRAMA CUNA MAS.
Brinda capacitación y acompañamiento técnico en
temas de salud, nutrición, prácticas de cuidado y
aprendizaje infantil temprano.
11. ACCIONES POR PARTE DEL ESTADO
• PROGRAMA NACIONAL DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR QALI WARMA.
Tiene como finalidad brindar un servicio alimentario de calidad a
niños y niñas del nivel inicial (a partir de los 3 años de edad) y
primario de las instituciones educativas públicas en todo el territorio
nacional.
12. LEY DE SEGURIDAD Y SOBERANÍA
ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL
EL OBJETIVO DE LA NORMA. Reconocer y garantizar los derechos
de los peruanos a una alimentación adecuada sobre todo de la
población vulnerable, tomando en cuenta la soberanía que tiene
el estado para implementar sus propias políticas alimentarias.
13. LEY DE SEGURIDAD Y SOBERANÍA
ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL
EL OBJETIVO DE LA NORMA. Aplicar políticas, estrategias
y planes en materia de sistemas de producción
sustentables, la gestión de la biodiversidad, la
transformación, distribución y acceso a alimentos
adecuados.
14. • SEGURIDAD ALIMENTARIA IMPLICA: Disponibilidad,
acceso a la adecuada utilización de alimentos
La seguridad alimentaria como “acceso seguro
en todo momento a alimentos suficientes para
una vida saludable”. En esta definición están
implícitas las dimensiones de acceso,
suficiencia, seguridad (vulnerabilidad) y
sostenibilidad.
15. • SOBERANÍA ALIMENTARIA. El derecho de los pueblos a definir
sus propias políticas y estrategias sustentables de producción,
comercialización y consumo de alimentos que garanticen el
derecho a la alimentación para toda la población con base en
la pequeña y mediana producción, respetando sus propias
culturas y la diversidad de los modos campesinos, pesqueros
e indígenas de producción agropecuaria, de comercialización
y gestión de los espacios rurales
16. • La ley define el rol del Estado para garantizar,
proteger, promover, desarrollar y monitorear
el derecho a una alimentación adecuada sin
discriminación alguna.
17. • La iniciativa contempla, en su capítulo III, la conformación de
un Consejo Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y
Nutricional (Conasan) como ente rector que orientará y
conducirá en la toma de decisiones y coordinación
intersectorial e intergubernamental del país.
18. • La norma articulará la presencia y acción de los gobiernos
regionales, gobiernos locales provinciales y distritales a cuyos
representantes se les da responsabilidad para formular e
implementar las políticas, planes, programas y proyectos de la
seguridad alimentaria.
19. • La Contraloría General de la República
ejercerá control a través de sus propias
normas y mecanismos establecidos.
20. ÁMBITO DE LA LEY
• Alcanza a todas la entidades de la
administración publica comprendidas en el
artículo I del título preliminar de la ley 27444
Que tengan relación con la ley.
Denominación (SAN)
21. Definiciones
Vulnerabilidad o riesgo a la seguridad alimentaria.
Factores que determinan la propensión a sufrir una
inadecuada nutrición o se interrumpa el acceso al
suministro de alimentos.
22. Principios de la política de la soberanía
y seguridad alimentaria
• Solidaridad. De las acciones individuales con
un solo fin soberanía y seguridad alimentaria.
• Equidad: acceso alimentos sin distinción de
genero ni de otra índole.
23. Principios de la política de la soberanía
y seguridad alimentaria
• Integridad: no solo se abarca el territorio, sino
la diversidad cultural.
24. Principios de la política de la soberanía
y seguridad alimentaria
• Sostenibilidad. Se asegura el acceso físico y
económico de los alimentos cuidando el
medio ambiente (recursos naturales
diversidad biológica y cultural).
26. Principios de la política de la soberanía
y seguridad alimentaria
• Descentralización. Se aplicaran las
mencionadas políticas en los tres niveles de
gobierno. (Nacional, Regional, Municipal).
27. Principios de la política de la soberanía
y seguridad alimentaria
• Participación Ciudadana. Participación de la
población en la formulación, ejecución y
seguimiento de la política nacional.
28. PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY SE CREAN
SAN = SOBERANÍA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA NACIONAL
SINASAN = SISTEMA NACIONAL DE SOBERANÍA ALIMENTARIA NACIONAL
CONASAN = CONSEJO NACIONAL DE SOBERANÍA ALIMENTARIA NACIONAL
COTESAN = COMITÉ TÉCNICO SECTORIAL DE SOBERANÍA ALIMENTARIA NACIONAL
CORESAN = CONSEJO REGIONAL DE SOBERANÍA ALIMENTARIA NACIONAL
COPROSAN = CONSEJO PROVINCIAL DE SOBERANÍA ALIMENTARIA NACIONAL
CODISAN =CONSEJO DISTRITAL DE SOBERANÍA ALIMENTARIA NACIONAL
29. SISTEMA DE SOBERANÍA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA
Y NUTRICIONAL
EL SINASAN
EL SINASAN
DIRIGE LAS POLÍTICAS DEL
SAN
ESTA INTEGRADO POR:
CONASAN, COTESAN, CORESAN, COPROSAN,
CODISAN
30. • El Sistema Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional
implementa políticas, programas o iniciativas orientadas a que
las actuales y futuras generaciones “cuenten con una
adecuada alimentación en base a productos locales con alto
valor nutritivo”.
31. • Por lo tanto La ley busca establecer el marco
institucional idóneo, para garantizar el derecho a una
alimentación adecuada, suficiente y nutritiva para
peruanos y peruanas.
32. • Ello permitirá promover el consumo de alimentos inocuos,
nutritivos, económicamente accesibles, que permitan
satisfacer necesidades alimenticias fundamentales para lograr
una salud integral.
33. • La Ley así mismo promueve el desarrollo económico y social
de las poblaciones dedicadas a la producción agropecuaria
orientada al consumo interno y local.
34. RECURSOS FINANCIEROS
• LOS TRES NIVELES DE GOBIERNO INTEGRANTES DE SINASAN PRIORIZAN DE
SU PRESUPUESTO LO NECESARIO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY Y
COMO OBJETIVO EL DERECHO A UNA ADECUADA ALIMENTACIÓN.
SE CREA POR
EL PODER
EJECUTIVO UN
FONDO DE
EMERGENCIA
35. INFORME ANTE EL CONGRESO
• En el mes de octubre de cada año se deberá informar al pleno
congreso sobre el cumplimiento y avances de la política
referente al plan nacional y estrategia nacional de la SAN