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1
BÉNEMERITA UNIVERSIDAD
AUTÓNOMA DE PUEBLA
FACULTAD DE CONTADURÍA PÚBLICA
Curso:
Desarrollo de Habilidades en el uso de la Tecnología, la
Información y Comunicación.
Tema:
“IVA EN MÉXICO”
EQUIPO 3:
Juárez Gutiérrez María Ocotlán
Pérez Valladares Laura
Segura Morales Alejandra Odette
Torres Morales Natalia
Facilitador:
Mtra. Elionaí Solís Rojas
Otoño 2015
2
“I.V.A. EN MÉXICO”
DIRIGIDO A:
Mtra. Elionaí Solís Rojas
Alumnos de la Facultad de Contaduría Pública de la Benemérita Universidad
Autónoma de Puebla.
RESUMEN:
El presente ensayo, es una investigación que contiene información
descriptiva del tratamiento fiscal del IVA.
El Estado Mexicano es el encargado de obtener y administrar los recursos
financieros del país para cubrir el gasto público, que se logran por medio de las
contribuciones que son efectuadas por las personas físicas y morales de acuerdo
a nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de manera
proporcional y equitativa conforme a las leyes.
En el desarrollo del tema, se presentan los elementos necesarios que son de
ayuda para conocer el IVA, debido a la importancia e impacto que tiene tanto en la
economía del país como en nuestra profesión.
3
ÍNDICE:
1
1. INTRODUCCIÓN............................................................................................................4
2
2. ¿QUÉ ES EL I.V.A.?.......................................................................................................5
2.1 ¿QUÉ OBLIGACIONES GENERA EL I.V.A.?.........................................................6
2.2 DECLARACIONES Y PAGOS ...................................................................................7
2.3 SANSIONES POR INCUMPLIMIENTO DE PAGO.................................................7
2.4 OTRO IMPUESTO RELACIONADO CON EL I.V.A...............................................8
3
3. TASAS DEL I.V.A. ..........................................................................................................9
3.1 TASA DEL 16%.............................................................................................................9
3.2 TASA DEL 0%...............................................................................................................9
4
4. TIPOS DE I.V.A. ............................................................................................................10
4.1 I.V.A. ACREDITABLE................................................................................................10
4.2 I.V.A. PENDIENTE POR ACREDITAR...................................................................10
4.3 I.V.A. CAUSADO. .......................................................................................................11
4.4 I.V.A. PENDIENTE POR CAUSAR..........................................................................11
4.5 I.V.A. POR PAGAR. ...................................................................................................11
4.6. I.V.A. POR COBRAR................................................................................................12
5
5. CONCLUSIONES..........................................................................................................12
6
6. REFERENCIAS.............................................................................................................12
4
I.V.A. EN MÉXICO
1. INTRODUCCIÓN.
El impuesto al valor agregado se ha convertido en uno de los mayores
ingresos fiscales del país, disminuyendo el gasto y la deuda pública del estado.
Sin embargo las sanciones son aplicables para quienes no lo pagan o lo hacen
posterior a la fecha límite de pago, hacienda aplicará un recargo ex temporal
dependiendo del tiempo que haya transcurrido. La escala que sigue la agencia
tributaria es: de 6 meses con un recargo del 5%, 12 meses 15% y mayor de un
año 20%.
La situación anterior infiere que el incremento a las tasas del IVA es una medida
innecesaria y perjudicial para los contribuyentes de ingresos promedio, puesto que
genera mayores problemas como la disminución de la ya pobre capacidad
adquisitiva de los mexicanos, así como también hace que se acentúe la injusticia
tributaria en el país que hace que las personas responsables paguen por una
mayoría que también goza de los beneficios de estas contribuciones.
Este trabajo busca la comprensión general del I.V.A. de nuestro país, y demostrar
cómo este es ineludible para cubrir las necesidades e impulsar su desarrollo a
beneficio de todos.
5
2. ¿QUÉ ES EL I.V.A.?
Significa Impuesto al Valor Agregado y justamente es un impuesto que se
estará pagando por el valor que agreguemos a los productos o servicios que
hayamos adquirido.
Como todo buen impuesto debe tener Sujeto, Base y Tasa; sin estos requisitos no
estaríamos tratando con un impuesto propiamente dicho.
El sujeto de este impuesto es el siguiente: "Están obligados al pago del impuesto
al valor agregado establecido en esta ley, las personas físicas y morales que en
territorio nacional realicen los actos o actividades siguientes” *1.
La enajenación de bienes.
o La prestación de servicios independientes.
o El arrendamiento de bienes.
o La importación de bienes y servicios.
Esto significa que si nos dedicamos o realizamos alguna de estas actividades,
entonces seremos contribuyentes de este impuesto y tenemos que dar de alta
esta obligación ante el Registro Federal de Contribuyentes, lo cual es muy
diferente a la inscripción en el padrón de contribuyentes del RFC.
Los cambios más importantes que se han registrado en el I.V.A. desde que entró
en vigor son:
-En 1981, durante su segundo año de observancia, se redujeron las exenciones
en los diversos actos u operaciones que generan el Gravamen, para darle más
generalidad en su aplicación.
-En 1983, en su tercer año de vida institucional, aumenta la tasa general del 10%
al 15%, y surge la tasa especial del 6% para gravar ciertos artículos o actos que
estaban exentos, incluyéndose importaciones de bienes para ser consumidos en
la zona fronteriza de nuestro país.
-En 1991, nuevamente regresa la cuota general del 10%.
-En 1995 se vuelve a restablecer la cuota del 15%, misma que se encontró en
vigor, hasta en el 2009.
*1. Servicio de Administración Tributaria. Artículo 1-A de la ley del I.V.A │Av. Hidalgo, núm.77, col. Guerrero, delegación
Cuauhtémoc, México, D.F., c.p.0630│Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728 │ documento disponible en: www.sat.gob.mx
6
-El IVA está regulado por la ley 37/92, de 28 de diciembre de 1992 y por el
Reglamento de 29 de diciembre de 1992. Ultima reforma publicada en el DOF 11-
12-2013.
2.1 ¿QUÉ OBLIGACIONES GENERA EL I.V.A.?
Las obligaciones formales de los contribuyentes del I.V.A. se especifican en
ocho fracciones del artículo 32 de la Ley I.V.A.
7
2.2 DECLARACIONES Y PAGOS
“El servicio de declaraciones y pagos permite presentar declaraciones
provisionales o definitivas del Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto al Valor
Agregado (IVA), Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), entre
otros, tanto normales como complementarias (siempre y cuando en el caso de
complementarias, la normal se haya presentado a través de este mismo servicio).
El llenado de las declaraciones se realiza en cualquiera de sus dos modalidades:
 En Línea.- Consiste en realizar la captura de la información sin necesidad
de descargar algún software en la computadora, hasta obtener el acuse de
recibo y, en su caso, efectuar el pago en el portal bancario.
 Fuera de Línea.-Consiste en descargar un formulario electrónico en la
computadora a fin de poder capturar la información hasta generar un
archivo que posteriormente será enviado a través del portal de internet del
SAT.
Tratándose de declaraciones anteriores se presentarán en línea” *2.
EJEMPLO DEL PAGO DE I.V.A.
 Pago Mensual del Mes de Marzo:
Valor de los actos o actividades del período $1, 000,000.00
(-) Valor de la devolución de mercancías $50,000.00
(=) Valor de los actos o actividades para el pago mensual 950,000.00
(x) Tasa (región fronteriza) 11%
(=) I.V.A. causado en el período $104,500.00
2.3 SANSIONES POR INCUMPLIMIENTO DE PAGO
El primer párrafo del artículo 5º D de la LIVA establece, por regla general, que el
impuesto se calculará por cada mes de calendario; esto significa que cada pago
mensual es independiente de los otros pagos mensuales. El artículo 5º de la
LIESPYS establece que los contribuyentes de este impuesto lo pagarán mediante
*2. Servicio de Administración Tributaria │Av. Hidalgo, núm.77, col. Guerrero, delegación Cuauhtémoc, México, D.F.,
c.p.0630│Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728 │ documento disponible en: www.sat.gob.mx
8
declaraciones mensuales que presentarán a más tardar el día 17 del mes
siguiente a aquél a que corresponda el pago.
En caso de olvidar liquidar el I.V.A. en las fechas establecidas para hacerlo,
Hacienda aplicará un recargo si se procede al pago ex temporal de manera
voluntaria; el cual dependerá del tiempo que haya transcurrido.
La escala que sigue la Agencia Tributaria es la siguiente:
-Si han pasado menos de tres meses, generará un recargo del 5% del I.V.A.
pendiente de liquidar.
-Si han pasado menos de seis meses, generará un recargo del 10%.
-Si han pasado menos de 12 meses, generará un recargo del 15%.
-Si ha pasado más de un año el recargo será del 20%.
2.4 OTRO IMPUESTO RELACIONADO CON EL I.V.A.
Un impuesto relacionado con el I.V.A. es el:
I.S.R. Impuesto Sobre la Renta: Este impuesto lo pagan quienes reciben
ganancias de una operación comercial. En lenguaje financiero la “renta” se refiere
a la ganancia (o también se dice “utilidad”) que se obtiene de una operación
comercial con fines de lucro. En México la tasa del I.S.R. ha fluctuado arriba del
30%. Cada año el gobierno modifica esta tasa ligeramente hacia arriba y pocas
veces hacia abajo. Por eso el I.S.R. ha tenido cifras de hasta el 34%.El I.S.R.
también es deducible.
9
3. TASAS DEL I.V.A.
Estas tasas se aplican de acuerdo a las distintas actividades comerciales o
locaciones y venta de servicios.
3.1 TASA DEL 16%
Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los
contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:
I. Sean instituciones de crédito que adquieran bienes mediante dación en
pago o adjudicación judicial.
II. Sean personas morales que:
a) Reciban servicios personales independientes, o usen o gocen
temporalmente bienes, prestados u otorgados por personas físicas,
respectivamente.
b) Adquieran desperdicios para ser utilizados como insumo de su actividad
industrial o para su comercialización.
c) Reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes, prestados por
personas físicas o morales.
d) Reciban servicios prestados por comisionistas, cuando éstos sean
personas físicas.
III. Sean personas físicas o morales que adquieran bienes tangibles, o los usen
o gocen temporalmente, que enajenen u otorguen residentes en el
extranjero sin establecimiento permanente en el país.
3.2 TASA DEL 0%
Algunas transacciones tienen un pago cero de I.V.A. en México. Entre ellas
están las:
o Medicinas de patente
o Animales y vegetales
o Libros, periódicos, revistas
o Tractores para accionar implementos agrícolas
o Hielo, agua e invernaderos hidropónicos y sus equipos, entre otros.
10
Los servicios independientes no pagan el impuesto cuando tienen que ver con las
siguientes actividades:
o Molienda o trituración de maíz y trigo
o Pasteurización de leche
o Sacrificio de ganado y aves de corral
o Suministro de agua para utilización doméstica, entre otros.
4. TIPOS DE I.V.A.
4.1 I.V.A. ACREDITABLE.
Es un impuesto que se aplica a las empresas por las compras de todo tipo
pagadas al contado. Este tipo de I.V.A. se carga a una empresa o negocio cada
vez que compra un bien o paga un servicio en efectivo y se abona si la empresa o
negocio devuelve mercancía, en este caso se devuelve la parte proporcional del
I.V.A. acreditable. También se abona por el traspaso de la cuenta de I.V.A. a los
clientes o consumidores finales.
EJEMPLO:
Gastos de mantenimiento de Equipo por $2,000.00 más I.V.A. (Contado).
CONCEPTO DEBE HABER
GASTOS GENERALES 2,000.0
MANTENIMIENTO DE EQUIPO
I.V.A. ACREDITABLE 320.00
BANCOS 2,320.00
4.2 I.V.A. PENDIENTE POR ACREDITAR.
Es una cuenta de activo circulante debido a que es del tipo de cuenta por
cobrar proviene de las compras de una empresa o negocio que no han sido
pagadas.
EJEMPLO: Gastos de papelería por $3,000.00 más IVA (Crédito).
11
CONCEPTO DEBE HABER
GASTOS GENERALES 3,000.00
PAPELERÍA
I.V.A. PENDIENTE X ACREDITAR 480.00
ACREEDORES DIVERSOS 3,480.00
OFIX S.A
4.3 I.V.A. CAUSADO.
Es un impuesto cobrado por una empresa por ventas o ingresos de contado
o crédito siempre y cuando estas últimas ya hayan sido liquidadas. Este impuesto
se carga a la empresa cada que se devuelve mercancía en su parte proporcional
de I.V.A. y se abona cada vez que el negocio o empresa vende un bien o presta
un servicio.
EJEMPLO: Venta de contado por $10,000.00 más I.V.A.
CONCEPTO DEBE HABER
BANCOS 11,600.00
VENTAS 10,000.00
I.V.A.CAUSADO 1,600.00
4.4 I.V.A. PENDIENTE POR CAUSAR.
Es un tipo de cuenta pasivo y se genera por las ventas a crédito, pero
solo se retiene hasta que se realiza la cobranza física al cliente.
EJEMPLO: Venta a crédito por $20,000.00 más I.V.A.
4.5. I.V.A. POR PAGAR.
Es un Impuesto indirecto al consumo que la empresa o negocio le ha
cobrado al cliente pero que aún no ha entregado y debe entregar al Sistema de
Administración Tributaria.
4.6. I.V.A. POR COBRAR.
CONCEPTO DEBE HABER
CLIENTES 23,200.00
VENTAS 20,000.00
I.V.A. PENDIENTE X CAUSAR 3,200.00
12
Es el impuesto que el comerciante tiene derecho a recuperar por las
compras que realiza y su porcentaje es del 12 por ciento.
5. CONCLUSIONES.
Con todos los datos anteriormente recabados, podemos concluir que a
pesar de que el I.V.A. tiene gran impacto en el sector económico de la población,
es un impuesto ineludible para cubrir las necesidades de nuestro país y así
impulsar su desarrollo a beneficio de todos.
Por tanto, es preciso generar una estrategia adecuada para que las personas
estén informadas correctamente sobre su participación y la importancia de esta
para el país, de tal manera que se logre reducir la evasión fiscal y la recaudación
se incremente de acuerdo a los ingresos que se perciban.
6. REFERENCIAS.
1. Martha Angelina Valle Solís. (2005). Contribuciones indirectas y al comercio
exterior. Programa de estudios de la Facultad de Economía y
Administración, 1, 290. 29 de Agosto del 2015, De Biblioteca Virtual UNAM.
2. Diana Reyes Bustamante. (2012). Impuesto Al Valor Agregado (I.V.A.). En
“Tratamiento Contable Y Fiscal De Una Empresa Dedicada A La Mediación
Mercantil, Importación Y Exportación De Productos Alimenticios” (16-17).
Cuautitlán, Edo. De México: N.C.
3. N.C. (2014). Impuesto al Valor Agregado. 29 de Agosto del 2015, de
Secretaría de Hacienda y Crédito Público / Servicio de Administración
Tributaria Sitio web:
http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/obligaciones_fiscales/personas_m
orales/no_lucrativas/Paginas/concepto_iva.aspx
4. Revista Mexicana de Ciencias Políticas y Sociales; La Generalización al
Impuesto al Valor Agregado: ¿Una opción para México? (2013; Septiembre-
Diciembre) [en línea] N°. 58(219):75-101). Disponible en:
http://www.bibliocatalogo.buap.mx:3403/eds/detail/detail?vid=6&sid=c82bad
2b-5882-43f4-
13
92ea362438681025%40sessionmgr198&hid=112&bdata=Jmxhbmc9ZXMm
c2l0ZT1lZHMtbGl2ZQ%3d%3d#AN=S0185191813723043&db=edselp
5. Impuesto al Valor Agregado (2014, 16 de Mayo) [Base de datos] México;
SAT: Servicio de Administración Tributaria. Disponible en:
http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/obligaciones_fiscales/personas_m
orales/no_lucrativas/Paginas/concepto_iva.aspx [30 de agosto 2015].
6. C.P. Edmundo Dávila A. (01/Jul/2009). ¿QUE ES EL IVA? 31/08/22015 no
conocido, de contadores públicos. Sitio web:
http://www.dyf.com.mx/que_es_el_iva.htm
7. CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION. (11-12-2013). LEY DEL
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. 31/08/2015, de CÁMARA DE
DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN. Sitio web:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/77.pdf
8. José López Portillo. (2013). Ley de Impuesto al Valor Agregado. 01-09-
2015, de Diario Oficial de la Federación Sitio web:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/77.pdf
9. José Hallal Cruz. (02-09-2013). El IVA y las políticas: aspectos políticos,
tributarios y económicos relacionados con el IVA. 01-09-2015, de Colegio
de Contadores Públicos. Sitio web: http://www.ccpg.org.mx/blog/comision-
fiscal/276-el-iva-y-la-politica-aspectos-politicos-tributarios-y-economicos-
relacionados-con-el-iva
10.Personas morales. (16-05-2014). Impuesto al Valor agregado. 01-09-2015,
de Servicio de:
http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/obligaciones_fiscales/personas_m
orales/no_lucrativas/Paginas/concepto_iva.aspx
11.Administración central de comunicación Institucional. (25-06-2015). IVA en
alimentos preparados no vulnera el acuerdo de certidumbre tributaria: SAT.
01-09-2015, de Servicio de Administración Tributaria Sitio web:
http://www.sat.gob.mx/sala_prensa/comunicados_nacionales/2015/junio/Do
cuments/com2015_074.pdf
12.Gerardo Gil Valdivia. (2010). El establecimiento del impuesto al valor
agregado. 01-09-2015, de UNAM Sitio
web:http://biblio.juridicas.unam.mx/revista/pdf/DerechoComparado/30/art/art4.pdf

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I.V.A. en México

  • 1. 1 BÉNEMERITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA FACULTAD DE CONTADURÍA PÚBLICA Curso: Desarrollo de Habilidades en el uso de la Tecnología, la Información y Comunicación. Tema: “IVA EN MÉXICO” EQUIPO 3: Juárez Gutiérrez María Ocotlán Pérez Valladares Laura Segura Morales Alejandra Odette Torres Morales Natalia Facilitador: Mtra. Elionaí Solís Rojas Otoño 2015
  • 2. 2 “I.V.A. EN MÉXICO” DIRIGIDO A: Mtra. Elionaí Solís Rojas Alumnos de la Facultad de Contaduría Pública de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla. RESUMEN: El presente ensayo, es una investigación que contiene información descriptiva del tratamiento fiscal del IVA. El Estado Mexicano es el encargado de obtener y administrar los recursos financieros del país para cubrir el gasto público, que se logran por medio de las contribuciones que son efectuadas por las personas físicas y morales de acuerdo a nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de manera proporcional y equitativa conforme a las leyes. En el desarrollo del tema, se presentan los elementos necesarios que son de ayuda para conocer el IVA, debido a la importancia e impacto que tiene tanto en la economía del país como en nuestra profesión.
  • 3. 3 ÍNDICE: 1 1. INTRODUCCIÓN............................................................................................................4 2 2. ¿QUÉ ES EL I.V.A.?.......................................................................................................5 2.1 ¿QUÉ OBLIGACIONES GENERA EL I.V.A.?.........................................................6 2.2 DECLARACIONES Y PAGOS ...................................................................................7 2.3 SANSIONES POR INCUMPLIMIENTO DE PAGO.................................................7 2.4 OTRO IMPUESTO RELACIONADO CON EL I.V.A...............................................8 3 3. TASAS DEL I.V.A. ..........................................................................................................9 3.1 TASA DEL 16%.............................................................................................................9 3.2 TASA DEL 0%...............................................................................................................9 4 4. TIPOS DE I.V.A. ............................................................................................................10 4.1 I.V.A. ACREDITABLE................................................................................................10 4.2 I.V.A. PENDIENTE POR ACREDITAR...................................................................10 4.3 I.V.A. CAUSADO. .......................................................................................................11 4.4 I.V.A. PENDIENTE POR CAUSAR..........................................................................11 4.5 I.V.A. POR PAGAR. ...................................................................................................11 4.6. I.V.A. POR COBRAR................................................................................................12 5 5. CONCLUSIONES..........................................................................................................12 6 6. REFERENCIAS.............................................................................................................12
  • 4. 4 I.V.A. EN MÉXICO 1. INTRODUCCIÓN. El impuesto al valor agregado se ha convertido en uno de los mayores ingresos fiscales del país, disminuyendo el gasto y la deuda pública del estado. Sin embargo las sanciones son aplicables para quienes no lo pagan o lo hacen posterior a la fecha límite de pago, hacienda aplicará un recargo ex temporal dependiendo del tiempo que haya transcurrido. La escala que sigue la agencia tributaria es: de 6 meses con un recargo del 5%, 12 meses 15% y mayor de un año 20%. La situación anterior infiere que el incremento a las tasas del IVA es una medida innecesaria y perjudicial para los contribuyentes de ingresos promedio, puesto que genera mayores problemas como la disminución de la ya pobre capacidad adquisitiva de los mexicanos, así como también hace que se acentúe la injusticia tributaria en el país que hace que las personas responsables paguen por una mayoría que también goza de los beneficios de estas contribuciones. Este trabajo busca la comprensión general del I.V.A. de nuestro país, y demostrar cómo este es ineludible para cubrir las necesidades e impulsar su desarrollo a beneficio de todos.
  • 5. 5 2. ¿QUÉ ES EL I.V.A.? Significa Impuesto al Valor Agregado y justamente es un impuesto que se estará pagando por el valor que agreguemos a los productos o servicios que hayamos adquirido. Como todo buen impuesto debe tener Sujeto, Base y Tasa; sin estos requisitos no estaríamos tratando con un impuesto propiamente dicho. El sujeto de este impuesto es el siguiente: "Están obligados al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta ley, las personas físicas y morales que en territorio nacional realicen los actos o actividades siguientes” *1. La enajenación de bienes. o La prestación de servicios independientes. o El arrendamiento de bienes. o La importación de bienes y servicios. Esto significa que si nos dedicamos o realizamos alguna de estas actividades, entonces seremos contribuyentes de este impuesto y tenemos que dar de alta esta obligación ante el Registro Federal de Contribuyentes, lo cual es muy diferente a la inscripción en el padrón de contribuyentes del RFC. Los cambios más importantes que se han registrado en el I.V.A. desde que entró en vigor son: -En 1981, durante su segundo año de observancia, se redujeron las exenciones en los diversos actos u operaciones que generan el Gravamen, para darle más generalidad en su aplicación. -En 1983, en su tercer año de vida institucional, aumenta la tasa general del 10% al 15%, y surge la tasa especial del 6% para gravar ciertos artículos o actos que estaban exentos, incluyéndose importaciones de bienes para ser consumidos en la zona fronteriza de nuestro país. -En 1991, nuevamente regresa la cuota general del 10%. -En 1995 se vuelve a restablecer la cuota del 15%, misma que se encontró en vigor, hasta en el 2009. *1. Servicio de Administración Tributaria. Artículo 1-A de la ley del I.V.A │Av. Hidalgo, núm.77, col. Guerrero, delegación Cuauhtémoc, México, D.F., c.p.0630│Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728 │ documento disponible en: www.sat.gob.mx
  • 6. 6 -El IVA está regulado por la ley 37/92, de 28 de diciembre de 1992 y por el Reglamento de 29 de diciembre de 1992. Ultima reforma publicada en el DOF 11- 12-2013. 2.1 ¿QUÉ OBLIGACIONES GENERA EL I.V.A.? Las obligaciones formales de los contribuyentes del I.V.A. se especifican en ocho fracciones del artículo 32 de la Ley I.V.A.
  • 7. 7 2.2 DECLARACIONES Y PAGOS “El servicio de declaraciones y pagos permite presentar declaraciones provisionales o definitivas del Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), entre otros, tanto normales como complementarias (siempre y cuando en el caso de complementarias, la normal se haya presentado a través de este mismo servicio). El llenado de las declaraciones se realiza en cualquiera de sus dos modalidades:  En Línea.- Consiste en realizar la captura de la información sin necesidad de descargar algún software en la computadora, hasta obtener el acuse de recibo y, en su caso, efectuar el pago en el portal bancario.  Fuera de Línea.-Consiste en descargar un formulario electrónico en la computadora a fin de poder capturar la información hasta generar un archivo que posteriormente será enviado a través del portal de internet del SAT. Tratándose de declaraciones anteriores se presentarán en línea” *2. EJEMPLO DEL PAGO DE I.V.A.  Pago Mensual del Mes de Marzo: Valor de los actos o actividades del período $1, 000,000.00 (-) Valor de la devolución de mercancías $50,000.00 (=) Valor de los actos o actividades para el pago mensual 950,000.00 (x) Tasa (región fronteriza) 11% (=) I.V.A. causado en el período $104,500.00 2.3 SANSIONES POR INCUMPLIMIENTO DE PAGO El primer párrafo del artículo 5º D de la LIVA establece, por regla general, que el impuesto se calculará por cada mes de calendario; esto significa que cada pago mensual es independiente de los otros pagos mensuales. El artículo 5º de la LIESPYS establece que los contribuyentes de este impuesto lo pagarán mediante *2. Servicio de Administración Tributaria │Av. Hidalgo, núm.77, col. Guerrero, delegación Cuauhtémoc, México, D.F., c.p.0630│Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728 │ documento disponible en: www.sat.gob.mx
  • 8. 8 declaraciones mensuales que presentarán a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquél a que corresponda el pago. En caso de olvidar liquidar el I.V.A. en las fechas establecidas para hacerlo, Hacienda aplicará un recargo si se procede al pago ex temporal de manera voluntaria; el cual dependerá del tiempo que haya transcurrido. La escala que sigue la Agencia Tributaria es la siguiente: -Si han pasado menos de tres meses, generará un recargo del 5% del I.V.A. pendiente de liquidar. -Si han pasado menos de seis meses, generará un recargo del 10%. -Si han pasado menos de 12 meses, generará un recargo del 15%. -Si ha pasado más de un año el recargo será del 20%. 2.4 OTRO IMPUESTO RELACIONADO CON EL I.V.A. Un impuesto relacionado con el I.V.A. es el: I.S.R. Impuesto Sobre la Renta: Este impuesto lo pagan quienes reciben ganancias de una operación comercial. En lenguaje financiero la “renta” se refiere a la ganancia (o también se dice “utilidad”) que se obtiene de una operación comercial con fines de lucro. En México la tasa del I.S.R. ha fluctuado arriba del 30%. Cada año el gobierno modifica esta tasa ligeramente hacia arriba y pocas veces hacia abajo. Por eso el I.S.R. ha tenido cifras de hasta el 34%.El I.S.R. también es deducible.
  • 9. 9 3. TASAS DEL I.V.A. Estas tasas se aplican de acuerdo a las distintas actividades comerciales o locaciones y venta de servicios. 3.1 TASA DEL 16% Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos: I. Sean instituciones de crédito que adquieran bienes mediante dación en pago o adjudicación judicial. II. Sean personas morales que: a) Reciban servicios personales independientes, o usen o gocen temporalmente bienes, prestados u otorgados por personas físicas, respectivamente. b) Adquieran desperdicios para ser utilizados como insumo de su actividad industrial o para su comercialización. c) Reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes, prestados por personas físicas o morales. d) Reciban servicios prestados por comisionistas, cuando éstos sean personas físicas. III. Sean personas físicas o morales que adquieran bienes tangibles, o los usen o gocen temporalmente, que enajenen u otorguen residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país. 3.2 TASA DEL 0% Algunas transacciones tienen un pago cero de I.V.A. en México. Entre ellas están las: o Medicinas de patente o Animales y vegetales o Libros, periódicos, revistas o Tractores para accionar implementos agrícolas o Hielo, agua e invernaderos hidropónicos y sus equipos, entre otros.
  • 10. 10 Los servicios independientes no pagan el impuesto cuando tienen que ver con las siguientes actividades: o Molienda o trituración de maíz y trigo o Pasteurización de leche o Sacrificio de ganado y aves de corral o Suministro de agua para utilización doméstica, entre otros. 4. TIPOS DE I.V.A. 4.1 I.V.A. ACREDITABLE. Es un impuesto que se aplica a las empresas por las compras de todo tipo pagadas al contado. Este tipo de I.V.A. se carga a una empresa o negocio cada vez que compra un bien o paga un servicio en efectivo y se abona si la empresa o negocio devuelve mercancía, en este caso se devuelve la parte proporcional del I.V.A. acreditable. También se abona por el traspaso de la cuenta de I.V.A. a los clientes o consumidores finales. EJEMPLO: Gastos de mantenimiento de Equipo por $2,000.00 más I.V.A. (Contado). CONCEPTO DEBE HABER GASTOS GENERALES 2,000.0 MANTENIMIENTO DE EQUIPO I.V.A. ACREDITABLE 320.00 BANCOS 2,320.00 4.2 I.V.A. PENDIENTE POR ACREDITAR. Es una cuenta de activo circulante debido a que es del tipo de cuenta por cobrar proviene de las compras de una empresa o negocio que no han sido pagadas. EJEMPLO: Gastos de papelería por $3,000.00 más IVA (Crédito).
  • 11. 11 CONCEPTO DEBE HABER GASTOS GENERALES 3,000.00 PAPELERÍA I.V.A. PENDIENTE X ACREDITAR 480.00 ACREEDORES DIVERSOS 3,480.00 OFIX S.A 4.3 I.V.A. CAUSADO. Es un impuesto cobrado por una empresa por ventas o ingresos de contado o crédito siempre y cuando estas últimas ya hayan sido liquidadas. Este impuesto se carga a la empresa cada que se devuelve mercancía en su parte proporcional de I.V.A. y se abona cada vez que el negocio o empresa vende un bien o presta un servicio. EJEMPLO: Venta de contado por $10,000.00 más I.V.A. CONCEPTO DEBE HABER BANCOS 11,600.00 VENTAS 10,000.00 I.V.A.CAUSADO 1,600.00 4.4 I.V.A. PENDIENTE POR CAUSAR. Es un tipo de cuenta pasivo y se genera por las ventas a crédito, pero solo se retiene hasta que se realiza la cobranza física al cliente. EJEMPLO: Venta a crédito por $20,000.00 más I.V.A. 4.5. I.V.A. POR PAGAR. Es un Impuesto indirecto al consumo que la empresa o negocio le ha cobrado al cliente pero que aún no ha entregado y debe entregar al Sistema de Administración Tributaria. 4.6. I.V.A. POR COBRAR. CONCEPTO DEBE HABER CLIENTES 23,200.00 VENTAS 20,000.00 I.V.A. PENDIENTE X CAUSAR 3,200.00
  • 12. 12 Es el impuesto que el comerciante tiene derecho a recuperar por las compras que realiza y su porcentaje es del 12 por ciento. 5. CONCLUSIONES. Con todos los datos anteriormente recabados, podemos concluir que a pesar de que el I.V.A. tiene gran impacto en el sector económico de la población, es un impuesto ineludible para cubrir las necesidades de nuestro país y así impulsar su desarrollo a beneficio de todos. Por tanto, es preciso generar una estrategia adecuada para que las personas estén informadas correctamente sobre su participación y la importancia de esta para el país, de tal manera que se logre reducir la evasión fiscal y la recaudación se incremente de acuerdo a los ingresos que se perciban. 6. REFERENCIAS. 1. Martha Angelina Valle Solís. (2005). Contribuciones indirectas y al comercio exterior. Programa de estudios de la Facultad de Economía y Administración, 1, 290. 29 de Agosto del 2015, De Biblioteca Virtual UNAM. 2. Diana Reyes Bustamante. (2012). Impuesto Al Valor Agregado (I.V.A.). En “Tratamiento Contable Y Fiscal De Una Empresa Dedicada A La Mediación Mercantil, Importación Y Exportación De Productos Alimenticios” (16-17). Cuautitlán, Edo. De México: N.C. 3. N.C. (2014). Impuesto al Valor Agregado. 29 de Agosto del 2015, de Secretaría de Hacienda y Crédito Público / Servicio de Administración Tributaria Sitio web: http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/obligaciones_fiscales/personas_m orales/no_lucrativas/Paginas/concepto_iva.aspx 4. Revista Mexicana de Ciencias Políticas y Sociales; La Generalización al Impuesto al Valor Agregado: ¿Una opción para México? (2013; Septiembre- Diciembre) [en línea] N°. 58(219):75-101). Disponible en: http://www.bibliocatalogo.buap.mx:3403/eds/detail/detail?vid=6&sid=c82bad 2b-5882-43f4-
  • 13. 13 92ea362438681025%40sessionmgr198&hid=112&bdata=Jmxhbmc9ZXMm c2l0ZT1lZHMtbGl2ZQ%3d%3d#AN=S0185191813723043&db=edselp 5. Impuesto al Valor Agregado (2014, 16 de Mayo) [Base de datos] México; SAT: Servicio de Administración Tributaria. Disponible en: http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/obligaciones_fiscales/personas_m orales/no_lucrativas/Paginas/concepto_iva.aspx [30 de agosto 2015]. 6. C.P. Edmundo Dávila A. (01/Jul/2009). ¿QUE ES EL IVA? 31/08/22015 no conocido, de contadores públicos. Sitio web: http://www.dyf.com.mx/que_es_el_iva.htm 7. CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION. (11-12-2013). LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. 31/08/2015, de CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN. Sitio web: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/77.pdf 8. José López Portillo. (2013). Ley de Impuesto al Valor Agregado. 01-09- 2015, de Diario Oficial de la Federación Sitio web: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/77.pdf 9. José Hallal Cruz. (02-09-2013). El IVA y las políticas: aspectos políticos, tributarios y económicos relacionados con el IVA. 01-09-2015, de Colegio de Contadores Públicos. Sitio web: http://www.ccpg.org.mx/blog/comision- fiscal/276-el-iva-y-la-politica-aspectos-politicos-tributarios-y-economicos- relacionados-con-el-iva 10.Personas morales. (16-05-2014). Impuesto al Valor agregado. 01-09-2015, de Servicio de: http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/obligaciones_fiscales/personas_m orales/no_lucrativas/Paginas/concepto_iva.aspx 11.Administración central de comunicación Institucional. (25-06-2015). IVA en alimentos preparados no vulnera el acuerdo de certidumbre tributaria: SAT. 01-09-2015, de Servicio de Administración Tributaria Sitio web: http://www.sat.gob.mx/sala_prensa/comunicados_nacionales/2015/junio/Do cuments/com2015_074.pdf 12.Gerardo Gil Valdivia. (2010). El establecimiento del impuesto al valor agregado. 01-09-2015, de UNAM Sitio web:http://biblio.juridicas.unam.mx/revista/pdf/DerechoComparado/30/art/art4.pdf