Este documento presenta una iniciativa para enmendar el Código Penal Federal y agregar dos nuevas fracciones al Artículo 387. La primera fracción sancionaría a quienes engañen a personas ofreciéndoles empleos falsos o condiciones de trabajo diferentes a las prometidas. La segunda fracción sancionaría a quienes condicionen la obtención de un empleo al pago por servicios o materiales. El objetivo es proteger a las personas que buscan empleo de estafas y engaños por parte de falsos empleadores
27-02-14 Los límites del acuerdo de cooperación laboral en el marco del TLCANMarcela Guerra
Presentación abordada por el Dr. Jorge Eduardo Mendoza, del Colegio de la Frontera Norte, en el marco del foro "El Futuro del TLCAN tras 20 años de su entrada en vigor"
27-02-14 Los límites del acuerdo de cooperación laboral en el marco del TLCANMarcela Guerra
Presentación abordada por el Dr. Jorge Eduardo Mendoza, del Colegio de la Frontera Norte, en el marco del foro "El Futuro del TLCAN tras 20 años de su entrada en vigor"
CARTA ABIERTA DEL DEFENSOR DEL PUEBLO SOBRE LA APROBACION DEL PROYECTO DE LEY PARA LA REPARACIÓN DE LAS VÍCTIMAS Y LA JUDICIALIZACIÓN DE GRAVES VIOLACIONES DE DDHH Y DELITOS DE LESA HUMANIDAD OCURRIDOS EN EL ECUADOR ENTRE EL 4 DE OCTUBRE DE 1983 Y EL 13 DE DICIEMBRE DE 2008
La ley Federal del Trabajo que actualmente rige en México fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de Abril de 1970, por el entonces Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Gustavo Díaz Ordaz
Disertacion 29.7.2021 Acoso laboral y "el otro negativo".- para AIDTSS, revista de derecho del trabajo, iberoamericana. Agradecimiento al Dr. Valenzuela y Dr. Ivan Campero.
CARTA ABIERTA DEL DEFENSOR DEL PUEBLO SOBRE LA APROBACION DEL PROYECTO DE LEY PARA LA REPARACIÓN DE LAS VÍCTIMAS Y LA JUDICIALIZACIÓN DE GRAVES VIOLACIONES DE DDHH Y DELITOS DE LESA HUMANIDAD OCURRIDOS EN EL ECUADOR ENTRE EL 4 DE OCTUBRE DE 1983 Y EL 13 DE DICIEMBRE DE 2008
La ley Federal del Trabajo que actualmente rige en México fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de Abril de 1970, por el entonces Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Gustavo Díaz Ordaz
Disertacion 29.7.2021 Acoso laboral y "el otro negativo".- para AIDTSS, revista de derecho del trabajo, iberoamericana. Agradecimiento al Dr. Valenzuela y Dr. Ivan Campero.
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE EXPIDE LA LEY DE
AUSTERIDAD REPUBLICANA, QUE PRESENTAN LOS DIPUTADOS IFIGENIA
MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, JAIME FERNANDO CÁRDENAS GRACIA, MARIO DI
CONSTANZO ARMENTA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PT, ASÍ COMO
EL DIPUTADO ADÁN LÓPEZ HERNÁNDEZ DEL GRUPO PARLAMENTARIO
DEL PRD Y, EL SENADOR RICARDO MONREAL ÁVILA.
DERECHO A LA PENSIÓN ALIMENTARIA A LAS PERSONAS MAYORES DE 68 AÑOS 061213Ernestina Godoy
Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para que en caso de que en el dictamen de Ley de Ingresos del Distrito Federal para 2014, se amplíen los recursos estimados en el proyecto enviado por el Jefe de Gobierno, se ubique como prioritaria la asignación de recursos suficientes para cumplir con lo establecido en la Ley de la Pensión de Adultos Mayores y reducir de manera significativa el rezago en la incorporación de las personas con derecho legal a recibir el equivalente a la mitad de un salario mínimo mensual al cumplir 68 años de edad.
Que adiciona dos fracciones al artículo 387 del código penal federal
1. QUE ADICIONA DOS FRACCIONES AL ARTÍCULO 387 DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL,
RECIBIDA DE LA DIPUTADA LUCILA DEL CARMEN GALLEGOS CAMARENA, DEL GRUPO
PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL
MIÉRCOLES 25 DE JULIO DE 2012
La que suscribe, diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, integrante del Grupo
Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la
Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la fracción I del numeral 1 del artículo
6 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del
pleno de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto que adiciona dos
fracciones al artículo 387 del Código Penal Federal, al tenor del siguiente
Planteamiento del problema
En nuestro país muchos seudoempresarios se aprovechan de esta situación, así como de la
necesidad de muchas y muchos mexicanos de obtener un ingreso para sus familias y ofrecen
por diversos medios como volantes o anuncios en medios de comunicación, empleos o puestos
de trabajo inexistentes, bajo “extraordinarias” condiciones como medio tiempo, salarios
semanales muy superiores al salario mínimo, etc;sin embargo después de acudir a la entrevista
de trabajo, se dan cuenta de que dicho empleo resulta un reclutamiento de comisionistas,
agentes de venta e incluso de personas que después pueden ser víctimas de trata.
Exposición de Motivos
De acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la crisis mundial del empleo
es uno de los riesgos más grandes para la seguridad en estos tiempos. El deterioro del empleo
está ocasionando grandes dificultades a muchos trabajadores y trabajadoras, y por ende a sus
familias y comunidades, y agravando la pobreza. Asimismo, la crisis del empleo está poniendo
en peligro el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, debilitando a las clases
medias, amenazando la cohesión social y erosionando la confianza en los dirigentes.
La persistente escasez de oportunidades de trabajo decente, inversiones insuficientes y bajo
consumo provocan una erosión del contrato social sobre el cual se asientan las sociedades
democráticas, según el cual el progreso debe beneficiar a todos.
La OIT estima que en la actualidad más de mil millones de mujeres y hombres no tienen
empleo, están subempleados o son trabajadores pobres. Uno de los resultados directos de esta
situación es que cerca de 120 millones de trabajadores migrantes y sus familias han dejado el
país de origen con la esperanza de encontrar un trabajo en otro lugar. Se calcula que en la
próxima década serán necesarios 500 millones de nuevos puestos de trabajo para absorber los
que entrarán a formar parte del mercado del trabajo, la mayoría jóvenes y mujeres. Ellos son
parte de la dimensión social que debe tener el desarrollo sostenible, y por eso sus necesidades
deben estar presentes en las políticas que se diseñen para alcanzarlo.
Como ya lo mencioné, lamentablemente, en nuestro país muchos seudoempresarios se
aprovechan de esta situación, así como de la necesidad de muchas y muchos mexicanos de
obtener un ingreso para sus familias y ofrecen por diversos medios como volantes o anuncios
2. en medios de comunicación, empleos o puestos de trabajo inexistentes, bajo “extraordinarias”
condiciones como medio tiempo, salarios semanales muy superiores al salario mínimo,
etcétera. La gente acude con la esperanza de obtener dicho empleo y después de ser
entrevistados y cumplir con los requisitos resulta un reclutamiento de comisionistas, agentes de
venta e incluso de personas que después pueden ser víctimas de trata.
Al acudir a las entrevistas para obtener estos empleos, cuya oferta bien puede ser comparada
con la de los productos “milagro”, el supuesto patrón condiciona el acceso a los puestos de
trabajo a la compra de muestrarios, catálogos, mercancías o al pago de capacitación, después de
que los aspirantes al puesto hacen dichos pagos son informados de lo que realmente se tratan
los empleos.
En la mayoría de estos casos las prestaciones y obligaciones contractuales ni siquiera se
acercan a las mínimas establecidas en la ley, mucho menos a lo que a nivel internacional se
denomina trabajo decente.
El trabajo decente resume las aspiraciones de la gente durante su vida laboral. Significa contar
con oportunidades de un trabajo que sea productivo y que produzca un ingreso digno, seguridad
en el lugar de trabajo y protección social para las familias, mejores perspectivas de desarrollo
personal e integración a la sociedad, libertad para que la gente exprese sus opiniones,
organización y participación en las decisiones que afectan sus vidas, e igualdad de oportunidad
y trato para todas las mujeres y hombres.
Es por lo anterior que consideramos necesario realizar cambios en instituciones, leyes,
reglamentos y prácticas que son parte del proceso que genera y perpetúa la pobreza. Uno de
estos cambios debe ser, sin duda alguna, el de sancionar penalmente a aquel que
aprovechándose de la necesidad de las personas las engañe y las reclute para un trabajo distinto
al que ofreció o bien a aquel que prometa condiciones de trabajo que al final no sean las
pactadas en el contrato laboral.
Asimismo, consideramos indispensable castigar a aquel que, valiéndose de la esperanza de la
gente, condicione la obtención de un empleo a la compra o pago de un servicio,
contraprestación, material o instrumento de trabajo, obteniendo de esta forma un lucro o
beneficio económico.
Lograr el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos, incluidos las mujeres y los
jóvenes es uno de los Objetivos del Milenio y parte de nuestra responsabilidad como
legisladores es abonar al cumplimiento del mismo a través de ordenamientos jurídicos que den
certeza y seguridad legal a los mexicanos.
Es por esto que los invito compañeras y compañeros diputados a que sumemos esfuerzos para
alcanzar el progreso de todas y todos los que vivimos en este país, para alcanzar el progreso de
México.
En atención a lo expuesto, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente
iniciativa con proyecto de
3. Decreto que adiciona una fracción XXII y una XXIII al artículo 387 del Código Penal
Federal
Único. Se adiciona una fracción XXII y una XXIII al artículo 387 del Código Penal Federal,
para quedar como sigue:
Artículo 387. Las mismas penas señaladas en el artículo anterior, se impondrán:
I. a XXI. ...
XXII. Al que por medio del engaño reclute personal para puestos de trabajo distintos a
los que ofertó u otorgue condiciones de trabajo inferiores a las ofertadas;
XXIII.- Al que condicione la obtención de un empleo, a la compra o pago de un
servicio, contraprestación, material o instrumento de trabajo;
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario
Oficial de la Federación.
Dado en el Senado de la República, sede de la Comisión Permanente, el 25 de julio de 2012.
Diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena
(rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Justicia. Julio 25 de 2012.)