3. El Contador Público es un
profesional capacitado que presta
asesoramiento profesional para la
toma de decisiones eficientes en toda
organización.
Este debe responder civilmente
por los daños y perjuicios que podría
causar por incumplimiento de sus
obligaciones; o podría cometer delitos
tributarios durante el ejercicio de su
función y en consecuencia estar
inmerso en un proceso penal.
4. La Contaduría ya nace con una responsabilidad o
encargo, pero ¿qué se entiende por
“RESPONSABILIDAD”?.
Es un valor que está en la conciencia de la
persona, que le permite reflexionar, administrar,
orientar y valorar las consecuencias de sus actos,
siempre en el plano de lo moral.
Una persona es responsable cuando actúa
conscientemente, siendo ella misma la causa
directa o indirecta de un hecho ocurrido. Esta
persona está obligada a responder ya sea por una
cosa o por una persona. Es aquella que también
cumple con sus obligaciones y que pone toda la
atención y cuidado a lo que hace y a sus
5. La profesión del contador publico es la facultad de
ser garante de un acto público en función de las
competencias adquiridas por medio de un proceso
académico y una acreditación, es de carácter liberal
y con varios campos de ejecución dentro del contexto
socio económico, regida por normativas muy
puntuales en la técnica y la práctica del oficio, En su
profesión todo individuo debe guiarse bajo principios
y conceptos que en el caso contaduría publica deben
ser generantemente aceptados por los entes de
control de la misma
6. Al hablar de la responsabilidad de las Contadurías
Generales y de los Contadores Públicos, no se
realizan profundas diferencias entre la organización y
su responsable, salvo en lo que se refiere a las
penalidades que sean de carácter personal.
8. El profesional de la Contaduría Pública, tiene un alto nivel de
responsabilidad dentro de los casos de defraudación tributaria, pues se
requiere de acciones y omisiones que en suma sean capaces de
constituir un engaño, inducir en error a la administración tributaria y
producir un provecho o un daño que conlleve enriquecimiento de quien
realiza el fraude, delitos que pueden ser realizados a través de la
manipulación de los libros contables.
El Código Orgánico Tributario vigente, establece responsabilidades en
las que pudiera estar incursos los Contadores Públicos que en forma
directa o indirecta sean considerados como cooperadores de ilícitos
tributarios; e igualmente otras normativas legales que establecen
responsabilidades para dicho profesional.
9. El ejercicio de la profesión de contador público se
regirá por:
-Ley de Ejercicio de la Contaduría Pública
Gaceta Oficial Nº 30.273 de fecha 5 de Diciembre de
1973
-Reglamento de la Ley de Ejercicio de la Contaduría
Pública.
Decreto N 735 del 04 de Febrero de 1975
10. 1. Guardar el secreto profesional, quedando en
consecuencia prohibida la divulgación de información.
2. Emitir dictámenes sobre los estados financieros de una
empresa, solamente cuando no exista relación de
dependencia.
3. Emitir dictámenes sobre los estados financieros de una
empresa, siempre que las auditorias hayan sido
efectuadas por el propio contador público.
Art. 11.- Los contadores públicos deberán observar las
siguientes normas éticas :
11. Art. 25.-Se abrirán averiguaciones en todos los casos de
ejercicio ilegal de la Profesión de Contadores Público y se
actuara ante los tribunales competentes.
12. - Responsabilidad por dictámenes en contradicción a las
leyes.
- Defraudación Tributaria.
- Pena por uso personal o indebida de la información
confidencial
13. La dispersión de las normas éticas y jurídicas, contenidas en el
ordenamiento jurídico venezolano, y la inexistencia de un
compendio que contenga en un solo cuerpo las principales
disposiciones legales que debe observar el Contador Público en el
ejercicio profesional y de una manera más específica cuando
actúa como Auditor. Es aquí dónde principalmente surge la gran
responsabilidad y peligro de que un profesional de la Contaduría
infrinja en hechos ilegales.
14. Un Auditor, es aquella persona dedicada en forma profesional y
exclusiva a la realización de las Auditorías, Exámenes Especiales y
otros que le permita la Ley de Ejercicio de la Contaduría Pública, y
otras disposiciones legales vigentes; que cual aparte de su
experiencia y conocimientos debe tener una conducta intachable a
toda prueba, la que hará prevalecer al momento de emitir sus informes
o dictámenes, debiendo practicar en forma estricta, el respeto y
acatamiento a los postulados de la Etica profesional.
15. La responsabilidad Legal derivada del Ejercicio Profesional del
contador Público en funciones de Auditor ha tomado un rápido
alcance de la profesión contable pública durante los últimos 10
años, ha ido acompañado por un aumento considerable en el
número de casos legales que involucran a contadores públicos
independientes. Estos casos han incluido tanto imputaciones
penales como litigios civiles. Quien ingrese hoy en día a la
profesión de la contaduría pública, deberá conocer la
responsabilidad legal inherente al ejercicio de su profesión.
La responsabilidad del Contador-Auditor incluye la consideración
y divulgación, si es el caso, de los hechos ocurridos desde la
fecha de los Estados Financieros auditados hasta la fecha de la
firma de su informe sobre los mismos.
16. Otras leyes y Sectores que establecen
Responsabilidades clara para el Profesional
del Contaduría Pública (Auditores)
-Ley de Instituciones del Sector Bancario.
-Ley de Mercado de Valores.
-Ley Contra los Ilícitos Cambiarios.
-Ley de la Actividad Aseguradora.
-Normas relativas a la Administración y Fiscalización de los
riesgos relacionados con los delitos de legitimación de
capitales y financiamiento al terrorismo aplicables a las
Instituciones reguladas por esta Superintendencia.
17. Resolución N 119.10
Gaceta Oficial N 39.494 del 24 de agosto 2010
Factores o categorías que deben ser
consideradas de Alto Riesgo
Abogados, Contadores Públicos y Otros
Profesionales Independientes; cuando estos
ayudan a la planificación y ejecución de
transacciones para sus clientes relacionadas con la
compraventa de bienes raíces, administración de
cuentas bancarias y de valores, contribuciones
para la creación, operación o administración de
compañías y entidades comerciales; administran
activos y creación, organización, operación o
administración de sociedades, empresas, personas
jurídicas.
18. Hoy la carrera contable es una de las profesiones
más dinámicas, sometida a los constantes cambios
y exige al Contador Público la responsabilidad que
se nos encomienda por formación y obligación
dentro de las características de comprensibilidad y
aplicabilidad.
Debemos ejercer la profesión con el más alto
sentido ético, también deberá fomentar
permanentemente la conciencia tributaria para que
no sigan incentivando a la evasión.
19. Por todo lo antes expuesto, necesitamos contadores
Públicos, capaces, idóneos, transparentes, dignos, int
egrales y ante todo éticos, generando así confianza
pública en todos sus actos y los del sector empresarial
y trayendo consigo profesionales que se ganen la
credibilidad de la sociedad y del Estado en general lo
que hará de éste un país considerado y proyectado
hacia la verdad.
20. Ley de Ejercicio de la Contaduría Pública
Gaceta Oficial Nº 30.273 de fecha 5 de Diciembre de 1973
Reglamento de la Ley de Ejercicio de la Contaduría Pública.
Decreto N° 735 del 04 de Febrero de 1975