2. La ley Lerdo es el sobrenombre con el que se le conoce a la Ley de
Desamortización de Fincas Rústicas y Urbanas propiedades de las corporaciones
civiles y Religiosas fue expedida el 25 de Junio de 1856. La característica
principal de esta ley era que la propiedad de todo predio urbano o rural que
perteneciera a corporaciones eclesiásticas y civiles sería designada a los
respectivos inquilinos y arrendatarios, por una cantidad que resultara de la
conversión de la renta anual al valor de la propiedad.
MIRIAM GUADALUPE LUIS RUIZ.
3. La ley de Administración de Justicia y Orgánica de los Tribunales de la
Nación del Distrito y Territorios, mejor conocida como Ley Juárez, fue promulgada en
México el 23 de Noviembre de 1855. Trató de suprimir los fueros militares y
eclesiásticos en los negocios civiles, por lo tanto los tribunales de las dos
corporaciones, iglesia y ejército, se debían concretar a intervenir en los asunto de
su competencia y no en los asuntos civiles.
MIRIAM GUADALUPE LUIS RUIZ.
4. Ley de Obvenciones parroquiales expedida en el periodo de Ignacio Comonfort;
fue una de las mas importantes leyes de Reforma.
Prohibió el cobro de derechos y obvenciones parroquiales, que hasta entonces
exigían los sacerdotes para administrar los sacramentos a los pobres, impidiendo que
se exigieran a quienes no ganaran mas de lo indispensable para vivir, e imponían
castigos a los miembros del clero que no la observaran.
MIRIAM GUADALUPE LUIS RUIZ.
5. Promulgada el 12 de Julio de 1859, suprimía las ordenes religiosas y las
congregaciones, prohibía la fundación de nuevos conventos y establecía que los
edificios con valor cultural o artístico debían convertirse en museos y bibliotecas
públicas. Lo mas importante: Establecía la total separación entre los asuntos del
Estado y los de la iglesia.
MIRIAM GUADALUPE LUIS RUIZ.
6. Expedida el 23 de Julio de 1859. Reconocía el matrimonio como un contrato
celebrado ante la autoridad correspondiente.
MIRIAM GUADALUPE LUIS RUIZ.
7. Expedida el 18 de Julio de 1859. Definía como atribución del estado el
registro de Nacimientos, adopciones, matrimonios y defunciones, para conocer a la
población que gobernaba. Esta función tradicionalmente era realizada por la Iglesia.
MIRIAM GUADALUPE LUIS RUIZ.
8. Promulgada el 12 de Julio de 1859, suprimía las ordenes religiosas y las
congregaciones, prohibía la fundación de nuevos conventos y establecía que los
edificios con valor cultural o artístico debían convertirse en museos y bibliotecas
públicas. Lo mas importante: Establecía la total separación entre los asuntos del
Estado y los de la iglesia.
MIRIAM GUADALUPE LUIS RUIZ.
9. Expedida el 4 de Diciembre de 1859. Establecía la libertad de cada ciudadano
para practicar una religión elegida por su propia voluntad, terminando con la
exclusividad de la iglesia Católica.
MIRIAM GUADALUPE LUIS RUIZ.
10. También recibe el nombre de Ley Lafragua. Fue expedida El 8 de Diciembre de
1855. Es considerada una de las principales Leyes de Reforma Indica que nadie podría
ser molestado por sus opiniones, prohibiéndose así la censura; es decir la libertad
de escribir y publicar escritos sin más límites que el respeto a la vida privada, a
la moral y a la paz pública.
MIRIAM GUADALUPE LUIS RUIZ.