1. La nueva carrera
docente
Esquema del Borrador sobre el nuevo sistema de acceso a
la función pública docente
Profesores de Música
versión 04/06/11
y Artes Escénicas
2. Advertencia
Información obtenida del Proyecto de Real
Decreto .../...., de ... de ...., por el que se aprueba el
Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de
nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que
se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación
Cualquier información aquí contenida puede variar
en cualquier momento debido al proceso de
negociación del borrador.
La información que se proporciona se centra en las
especialidades de los cuerpos de Profesores de
Música y Artes Escénicas, en el caso de diferir de la
de otros cuerpos.
3. Requisitos específicos
de los participantes
Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de
Música y de Artes Escénicas:
a) Estar en posesión del título de Grado, Doctor,
Licenciado, Ingeniero, Arquitecto u otros títulos
equivalentes a efectos de docencia.
b) Con la excepción de quienes ingresen en el
cuerpo en especialidades propias de Arte
Dramático, estar en posesión de la formación
pedagógica y didáctica a la que se refiere el
artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación.
4. Formación Pedagógica y
Didáctica
Master Universitario en Formación del Profesorado (60 ECTS):
• Módulo básico
• Módulo específico
• Prácticas en centros
• Trabajo FIn de Master
• Acreditar nivel B1 del Marco Común de Referencia para las
Lenguas
6. FASE OPOSICIÓN I
Primera prueba (demostración de conocimientos científicos)
• Parte A: Desarrollo por escrito de 10 o 15 preguntas cortas
sobre todo el contenido del temario
• Parte B: Serie de pruebas o ejercicios que permitan comprobar
que los candidatos poseen la formación científica y el dominio
de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad
Calificación:
• Valoración de 0 a 10 puntos, correspondiente a la suma de
puntuaciones de las dos partes.
• Cada parte se valorará de 0 a 5 con dos decimales
• Para la superación de cada parte es necesario alcanzar una
puntuación igual o superior a 2,50 puntos.
• Las partes serán independientes y eliminatorias
7. FASE OPOSICIÓN II
Segunda prueba (competencia pedagógica y didáctica)
• Consistirá en la preparación y exposición oral de la
organización de las actuaciones necesarias ante un supuesto
práctico, de entre tres propuestos por el tribunal.
• Se dispondrá de una hora de preparación y se podrá utilizar
material auxiliar y deberá aportar un guión o presentación
informática
• Se valorara la incorporación de las TICs a la práctica docente
Calificación:
• Esta prueba se valorará de 0 a 10 puntos, con dos decimales,
debiendo alcanzar el aspirante, para su superación, una
puntuación igual o superior a 5,00 puntos
8. FASE CONCURSO
• La calificación de la fase concurso se aplicará únicamente a
los aspirantes que hayan superado la fase oposición
• Se valorará la formación académicas y la experiencia
docente previa
Experiencia docente (máx 3 puntos)
• Años trabajados
Formación académica (máx 3 puntos)
• Nota expediente
• Titulaciones E.O.I.
• Otras titulaciones (Doctorado, DEA, Master, Grados,
Licenciaturas)
9. FASE PRÁCTICAS I
Las prácticas:
• Se desarrollarán en un Centro Público Docente en el que se
impartan las enseñanzas de las especialidad del candidato
• Dicho centro deberá contar con un Plan de Prácticas
(actividades de formación, programación de la asistencia a
clases y tutorías acompañado del profesor titular)
• Desarrollo, durante un curso académico, de la función
docente, con una docencia directa de la mitad del horario
• La otra mitad se destinará al del Plan de Prácticas.
• Se elaborará una memoria didáctica de uno de los niveles que
deberá presentarse y ser defendida ante un tribunal
• Una Comisión de Evaluación (Representante del
departamento, del Consejo Escolar, el Tutor, el Director y el
Inspector) determinarán el “apto” o “no apto”.
10. FASE PRÁCTICAS II
Prueba final:
• Parte A: Presentación y Defensa de la memoria didáctica
realizada durante las prácticas.
• Parte B: La preparación y exposición de actuaciones ante un
supuesto práctico relacionado con el tipo de alumnado, su
práctica docente, realidad social, organizativa y educativa del
centro donde se han realizado las prácticas, elegido entre tres
propuestos por el tribunal.
Calificación:
• Esta prueba final se valorará globalmente de 0 a 10 puntos,
debiendo alcanzar el aspirante una puntuación igual o superior
a cinco puntos.
• En el caso de no superar esta prueba final se podrá repetir
la fase de prácticas una vez más
11. Memoria de la FASE
PRÁCTICAS
• La memoria didáctica deberá incluir además de una
programación del curso, las actuaciones y actividades
desarrolladas por el aspirante para:
1. Organizar y animar situaciones de aprendizaje
2. Gestionar el progreso de los aprendizajes.
3. Utilizar los recursos TIC.
4. Diseñar y aplicar dispositivos de tratamiento de la diversidad.
5. Motivar e implicar a los alumnos en el aprendizaje.
6. Participar en el trabajo de los equipos pedagógicos.
7. Participar en la gestión del centro.
8. Realizar tareas de tutoría con alumnos y padres y madres.
9. Afrontar los problemas de convivencia.
10. Participar en acciones de formación continua.
12. Exenciones de la
FASE PRÁCTICAS
• Las Administraciones educativas podrán regular la exención
de la fase de prácticas de quienes hayan superado las fases de
oposición y concurso y acrediten haber impartido docencia, al
menos durante un curso escolar completo, en centros docentes
públicos o privados de enseñanza reglada debidamente
autorizados.
• Los aspirantes deberán realizar igualmente la prueba final,
considerándose, para el desarrollo de la prueba, el centro
donde hayan impartido docencia al menos durante un curso
escolar completo, a efectos de centro de prácticas
13. ACCESO a CÁTEDRAS I
•El número de funcionarios de los cuerpos de catedráticos, a
excepción del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes
Escénicas, no superará el 30% del número total de funcionarios
de cada cuerpo.
Requisitos:
• Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero,
Arquitecto, título de Grado o titulación equivalente a efectos de
docencia
• Pertenecer al correspondiente cuerpo de profesores
• Acreditar una antigüedad mínima de 8 años como funcionario
de carrera
• Acreditar, en su caso, el conocimiento de la lengua cooficial.
14. ACCESO a CÁTEDRAS II
Sistema Selectivo:
• Concurso en el que se valorarán los méritos relacionados con
la actualización científica y didáctica, participación en proyectos
educativos, la evaluación positiva de la actividad docente y la
trayectoria artística de los candidatos
• Para el Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas los
aspirantes deberán acreditar, además, la formación y capacidad
de tutela en las investigaciones propias de las Enseñanzas
Artísticas
• Quienes accedan por este procedimiento estarán exentos de la
realización de la fase de prácticas, permaneciendo en el mismo
destino que ocuparan en el cuerpo de procedencia.
• En el caso del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes
Escénicas, tendrán prioridad sobre los aspirantes que ingresen
por el turno libre de convocatoria del mismo año.
15. ACCESO a INSPECTORES
Requisitos:
• Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero,
Arquitecto, título de Grado o titulación equivalente a efectos de
docencia
• Pertenecer a alguno de los cuerpos docentes que integran la
función pública docente
• Acreditar una antigüedad mínima de 6 años como funcionario
de carrera en alguno de los cuerpos docentes que integran la
función pública docente, y una experiencia docente de igual
duración
• Acreditar, en su caso, el conocimiento de la lengua cooficial.
• El sistema de acceso tendrá también las fases de oposición,
concurso y prácticas. El temario tendrá dos partes.
16. ADQUISICIÓN NUEVA ESPECIALIDAD
Requisitos:
• Se deberá poseer el nivel de titulación y demás requisitos que
se exigen para el ingreso libre en dicha especialidad
Sistema Selectivo:
• La prueba consistirá en la respuesta oral de 10 a 15 preguntas
sobre todo el temario de la especialidad a la que se opte
• Para aquellas especialidades en que así se determine, la
prueba podrá incorporar contenidos de carácter practico.
• En el caso de especialidades propias de las Enseñanzas
Artísticas Superiores, en esta práctica se deberá acreditar,
además, la formación y capacidad de tutela en las
investigaciones propias de las Enseñanzas Artísticas
• La valoración de la prueba será “apto” o “no apto”.
17. José Luis Miralles Bono
La nueva
carrera docente
+ info en
jlmirall.es/oysiao
joseluismirallesbono@gmail.com