1. Aproximación histórica a los
primeros movimientos
feministas: feminismo ilustrado y
sufragismo
Tema 2
Sociología del Género
Marta Jiménez Jaén
Universidad de La Laguna
2. La Mujer en las Sociedades
Preindustriales
“Las leyes griegas reconocían el
divorcio y el repudio de la esposa sin
necesidad de alegar motivo alguno. La
mujer, sólo en caso de malos tratos,
podía conseguir que se disolviera el
matrimonio. Por lo demás, pasaba
toda su vida confinada en el hogar, y
tenía a su cargo el cuidado de los hijos
y de los esclavos sin que se le
permitiera participar en los negocios
públicos. De niña vivía al lado de su
madre y se casaba a los 15 años sin ser
Mujeres lavando la ropa, pelike ática del Pintor de Pan, consultada“
v. 470-460 a. C., Museo del Louvre.
(http://www.historiasiglo20.org/sufragismo/sopreind
.htm#up)
3. La Mujer en las Sociedades
Preindustriales
"La familia romana era esencialmente patriarcal. El pater familias, o sea, el marido,
constituía la cabeza visible de la misma y ejercía una autoridad completa sobre los
demás miembros de la casa (...) La mujer romana mejoró su posición respecto a la
griega, aunque siempre estuvo bajo la tutela del varón (...)"
(http://www.historiasiglo20.org/sufragismo/sopreind.htm#up)
4. La Mujer en las Sociedades
Preindustriales
"Como en el resto del mundo
musulmán, la familia de la sociedad de
Al-Andalus era esencialmente
patriarcal; el padre de la familia ejercía
su poder sobre la esposa, los hijos y los
criados; la poligamia era corriente
entre los ricos, pero los pobres eran
monógamos por necesidad".
(http://www.historiasiglo20.org/sufragismo/sop
reind.htm#up)
5. La Mujer en las Sociedades
Preindustriales
"La mujer del medievo tenía a su cargo
todas las funciones domésticas. Ella
amasaba el pan, preparaba la comida,
cuidaba de los animales domésticos y
al mismo tiempo, ordeñaba la vaca
que proporcionaba la leche, tan
necesaria en la dieta de una economía
de subsistencia. En realidad estaba
muy especializada en la elaboración de
productos alimenticios: conservas,
pasteles, dulces, embutidos, etc.“
“La mujer plebeya trabajaba
exactamente en lo mismo que el
hombre”.
(http://www.historiasiglo20.org/sufragismo/sopreind.htm#up)
6. La Mujer en las Sociedades
Preindustriales
“Durante el Antiguo Régimen, el concepto que se tenía
de la mujer y de su papel social sufrió importantes
modificaciones. Las nuevas pautas, introducidas en el
siglo XVI a partir del humanismo cristiano propugnado por
Erasmo de Rotterdam, no rompieron del todo con la
misoginia heredada de los tiempos medievales. Si bien
encontramos mujeres humanistas, cultas e
independientes, como Doña Mencía de Mendoza, el
cometido de la mujer es fundamentalmente doméstico.
Tres son sus funciones básicas: ser buena madre y
Vermeer(1632-1675) esposa, ordenar el trabajo doméstico, y perpetuar la
especie humana. Fray Luis de León en su obra La
Perfecta Casada recoge la doctrina del Concilio de Trento
y traza el perfil ideal de la mujer: modesta, recatada,
obediente, sacrificada, defensora del propio honor y del
familiar, educadora de los hijos, etc. Pero este perfil no
era del todo real. En la España del XVII eran corrientes
las relaciones prematrimoniales, y como no se contraía
matrimonio por amor, abundaban el adulterio, los hijos
Louise Moillon (1610-1696) bastardos y el aborto."
(http://www.historiasiglo20.org/sufragismo/sopreind.htm#up)
7. Los Orígenes del Feminismo Histórico
(1789-1870)
En el Antiguo Régimen la desigualdad jurídica de los
miembros de la sociedad era la norma. Nobles y clérigos
gozaban de privilegios (exención fiscal, monopolio de los
altos cargos públicos, leyes y tribunales especiales) vedados
a la gran mayoría de la población (el tercer estado o estado
llano). La ausencia de derechos políticos (voto) y libertades
(expresión, reunión, religión) era otra característica clave
del Antiguo Régimen.
En el caso de las mujeres, la mitad de la población, a todo
lo anterior se le debía unir su función social circunscrita a lo
doméstico, a las labores de la casa, de la procreación y del
cuidado de los hijos; y su subordinación legal al hombre,
padre o esposo.
(http://www.historiasiglo20.org/sufragismo/sopreind.htm#up)
8. “Memorial de agravios”
• Según C. Amorós (1997) con la obra de Christine de Pizan
(1364-1430) “La ciudad de las damas” (una utopía centrada en
una ciudad en la que las mujeres –sólo las excelentes y
virtuosas- ejercen su autoridad) se inicia la producción de
relatos que recogen las quejas de las mujeres ante su
situación.
• La “querelle des femmes” atraviesa toda Europa entre los ss.
XV y XVIII, apareciendo autoras como Laura Terracina,
Lucrezia Marinello, Marie de Gournay, o María de Zayas.
• Pero no se formulan sino “quejas”, no se pone en cuestión la
asimetría entre hombres y mujeres ni se formula un proyecto
alternativo. (Sánchez Muñoz, 2001: 18)
9. El programa de la Ilustración
• La Ilustración vincula la individualidad, la
autonomía de los sujetos y los
derechos…asociándolos sólo a los hombres.
• Las feministas ilustradas reivindicarán la
inclusión de las mujeres en los principios
universalistas ilustrados:
– Universalidad de la Razón
– Emancipación de los prejuicios
– Aplicación del principio de Igualdad
– La idea de progreso
(Sánchez Muñoz, 2001)
10. Ejes del discurso ilustrado
• Emancipación: sinónimo del individuo autónomo, tanto en el
orden racional (ejercicio autónomo de la razón frente a los
dogmas) como político (frente al poder tradicional, el contrato
social).
• Ciudadanía: reconocimiento por parte del Estado de unos
derechos civiles y políticos, presencia efectiva en la esfera
pública y plena participación por el ejercicio de los derechos
políticos (derecho al voto).
• Educación: revestida de gran importancia cívica, como
educación para la ciudadanía que conduce al progreso.
• El feminismo ilustrado concibe la universalización, la
inclusión de las mujeres, en estos principios.
(Sánchez Muñoz, 2001)
11. El debate ilustrado:
Rousseau
La naturaleza como fundamento del orden social frente a
la cultura, esto es, se defiende la incapacidad de las
mujeres para la vida política: Rousseau define la
naturaleza de las mujeres por sus funciones sexuales y
reproductoras. La naturaleza define su propia moral.
(Sánchez Muñoz, 2001)
12. El debate ilustrado:Rousseau
• Se establece la disociación entre el espacio público –
masculino- y la esfera privada –femenina-,
restringiéndose la ciudadanía, los derechos, la
autonomía, la individualidad, a la esfera pública…de
la que se excluye “por razones naturales” a las
mujeres.
(Sánchez Muñoz, 2001)
13. El debate ilustrado:Rousseau
Una educación diferenciada: racional para Emilio,
emocional, práctica y “moral” para Sofía
“Todo lo que tiende a generalizar las ideas no es propio de las mujeres”
(Rousseau [1762] (1990): 579, citado por Sánchez Muñoz, 2001)
14. La “Ilustración consecuente”
En los mismos tiempos de Rousseau ya hay filósofos –Condorcet- y
filósofas –Mary Wollstonecraft- que defienden la igualdad: la Ilustración
no es un fenómeno unitario, sino plural y a menudo contradictorio.
Las diferencias se dan también en la vida cotidiana: el modelo femenino
tradicional convive con nuevos modelos emergentes de mujer que
cuestionaban el confinamiento en la esfera doméstica: “salones
literarios y políticos” eran espacios intermedios entre la vida política y
la esfera doméstica. Fueron creados por mujeres de la burguesía y la
aristocracia (salonniéres), y en ellos se gestaban buena parte de la
cultura y la política del momento, participando intelectuales como Hegel,
Diderot, y Montesquieu, entre muchos otros. Se crean en París en el
siglo XVII y en el XVIII se extienden a Londres y Berlín. (Sánchez
Muñoz, 2001: 25 y ss)
15. El rechazo de Rousseau:
(citado por Sánchez Muñoz, 2001)
16. La “Ilustración consecuente”
Antecedente pre-ilustrado: el filósofo Poulan de la Barre, autor de “De l’égalité
des deux sexes” (1673) y “Traité de l`education des dames” (1674): defiende el
derecho al acceso al saber de las mujeres como remedio a la desigualdad y
como parte del camino al progreso.
Diversos autores (Von Hippel, Montesquieu, Diderot, Voltaire, D’Alembert) se
alinean a favor de la igualdad de las mujeres, pero el que más destaca en esta
defensa es Condorcet, que escribe en 1790 un ensayo titulado Sobre la
admisión de las mujeres al derecho de ciudadanía: los principios democráticos
requieren la extensión de los derechos políticos (voto y representatividad) a
todas las personas. Parte de considerar los mismos derechos naturales a
hombres y mujeres (por lo tanto, a igual naturaleza, iguales derechos), apelando
al universalismo ético, la afirmación de los mismos atributos morales a toda la
especie humana. Apuesta por la igualdad como eje articulador de la Ilustración.
Da una importancia central a la educación, defendiendo la necesidad de dar
acceso a las mujeres a todo tipo de conocimiento y la coeducación entre los
sexos (dedica a ello el ensayo Acerca de la Instrucción Pública).
17. La Revolución Francesa (1789) y las demás
revoluciones liberal-burguesas plantearon
como objetivo central la consecución de la
igualdad jurídica y de las libertades y
derechos políticos.
Pronto surgió la gran contradicción que
marcó la lucha del primer feminismo: las
libertades, los derechos y la igualdad
jurídica que habían sido las grandes
conquistas de las revoluciones liberales no
afectaron a la mujer. Los "Derechos del
Hombre y del Ciudadano" que proclamaba
la revolución francesa se referían en
exclusiva al "hombre" no al conjunto de los
seres humanos.
18. LAS MUJERES COMO SUJETOS DE LA
PRAXIS POLÍTICA REVOLUCIONARIA
Avances que se introducen en los textos constitucionales y legales franceses de
1790, 1791, 1792 y 1793:
- Igual mayoría de edad para hombres y mujeres (21 años)
- Declaración del matrimonio como contrato civil
- Abolición del derecho de primogenitura masculino
- Admisión del divorcio en pie de igualdad de ambos cónyuges
- Derecho de la madre a ejercer la patria potestad en las mismas condiciones que
el padre.
Sin embargo, la Constitución de 1791, en cuyo preámbulo se incluyó la
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, afirmaba la
distinción entre dos categorías de ciudadanos:
-Activos: varones mayores de 25 años, independientes y con propiedades
-Pasivos: hombres sin propiedades y todo el colectivo de mujeres.
(Sánchez Muñoz, 2001: 30)
19. LAS MUJERES COMO SUJETOS DE LA
PRAXIS POLÍTICA REVOLUCIONARIA
Se produce la génesis de la VINDICACIÓN, unida a la de IGUALDAD,
una “hija no deseada” del Siglo de las Luces y la Ilustración
(Valcárcel, 1997).
Durante el proceso revolucionario francés, dado que no estaban
presentes en el espacio político central, la Asamblea, se crearían
clubs literarios y políticos de mujeres, algunos de los cuales
resultaron fundamentales en el proceso, como la Confederación de
Amigas de la Verdad, o la Asociación de Mujeres Republicanas
Revolucionarias. En estos "clubs" se discutían y contrastaban
los principios revolucionarios, apoyando activamente los derechos
de las mujeres en la esfera política. (Sánchez Muñoz, 2001: 26)
Las mujeres, por tanto, no fueron meras espectadoras pasivas de
los acontecimientos, sino que irrumpieron en el escenario político
como sujetos activos. (Sánchez Muñoz, 2001: 29)
20. LAS MUJERES COMO SUJETOS DE LA
PRAXIS POLÍTICA REVOLUCIONARIA
• Reivindicaciones del feminismo revolucionario:
– Derecho a la educación
– Derecho al trabajo
– Derechos matrimoniales y respecto a los hijos/as
– Derecho al voto
(Sánchez Muñoz, 2001: 30)
• La autora teatral y activista revolucionaria Olimpia de Gouges (1748-1793)
fue la protagonista de la contestación femenina. En 1791 publicó la
Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana (1791) que
era, de hecho, un calco de la Declaración de Derechos del Hombre y del
Ciudadano aprobada por la Asamblea Nacional en agosto de 1789.
• El programa de Olimpia de Gouges era claro: libertad, igualdad y derechos
políticos, especialmente el derecho de voto, para las mujeres.
21. En 1793 fue guillotinada como traidora contraria a los jacobinos. Ese mismo
año, Robespierre prohíbe los clubs y sociedades literarias femeninas.
(Sánchez Muñoz, 2001: 30-32).
22. El Código Civil napoleónico
(1804), en el que se recogieron
los principales avances sociales
de la revolución, negó a las
mujeres los derechos civiles
reconocidos para los hombres
durante el período
revolucionario (igualdad
jurídica, derecho de
propiedad...), e impuso unas
leyes discriminatorias, según
las cuales el hogar era definido
como el ámbito exclusivo de la
actuación femenina.
23. El primer feminismo británico
Mary Wollstonecraft (1759-1797) inicia
con su obra Vindicación de los Derechos
de la Mujer (1792) la larga tradición del
feminismo anglosajón, cerrando el
periodo del feminismo ilustrado e
iniciando la senda del feminismo
decimonónico.
Contraria al absolutismo de los reyes,
señaló la conexión existente entre ese
sistema político y las relaciones de poder
entre los sexos: los hombres ejercían
una verdadera tiranía absolutista sobre
las mujeres en el ámbito de la familia y
la casa.
24. Mary Wollstonecraft
• Se sitúa en el campo de la reivindicación moral de la
individualidad y autonomía de las mujeres, partiendo de
que comparten la razón con los hombres: lo que se ha
presentado como atributos “naturales” de las mujeres
(coquetería, vanidad, frivolidad, debilidad), no es más que
el producto de la educación que han recibido.
• La clave para superar la subordinación femenina era el
acceso a la educación. Las nuevas mujeres educadas no sólo
alcanzarían un plano de igualdad con respecto a los
hombres, sino que podrían desarrollar su independencia
económica accediendo a actividades remuneradas.
25. Feminismos del siglo XIX
• Aunque tradicionalmente se ha considerado el feminismo del
s XIX como “moderado” y “liberal”, como un movimiento de
mujeres de clase media que luchaban por los derechos
liberales de su clase, en realidad se dio una gran diversidad de
argumentaciones y reivindicaciones que van desde el derecho
a la educación a la sexualidad libre, del derecho al control de
las propiedades por las mujeres casadas a la lucha contra la
prostitución, pasando por el sufragismo como elemento
aglutinador.
• Se trata de un movimiento complejo que analiza la opresión
desde distintos ángulos (economía, sexualidad, trabajo,…),
en el que se mezclarían orientaciones radicales con otras
conservadoras (Sánchez Muñoz, 2001: 35)
26. Los inicios del feminismo
norteamericano
• El discurso feminista del siglo XIX se desarrolla fundamentalmente en Estados
Unidos.
• Las condiciones sociales y culturales en EE.UU. fueron especialmente
favorables para la extensión de los movimientos femeninos.
• Las prácticas religiosas protestantes que promovían la lectura e interpretación
individual de los textos sagrados favorecieron el acceso de las mujeres a niveles
básicos de alfabetización, lo que provocó que el analfabetismo femenino
estuviera prácticamente erradicado a principios del siglo XIX.
• La cultura política fomentaba el asociacionismo cívico, al margen de los
partidos políticos. Las asociaciones filantrópicas facilitan la participación pública
de las mujeres.
• Contribuyen a la existencia de un movimiento de mujeres también los
movimientos religiosos (evangelistas, sobre todo cuáqueras: la reforma del
Segundo Gran Despertar) y el movimiento abolicionista.
La teoría y las estrategias del sufragismo norteamericano fueron una
referencia central para el desarrollo del feminismo británico, y nos
permite observar el desarrollo y la evolución de los argumentos
desplegados a los largo de todo el siglo XIX, así como el establecimiento
de un feminismo organizado con amplios apoyos y presencia social.
27. UNIVERSALISMO ÉTICO
Elizabeth Cady Stanton (1892), citada por Sánchez Muñoz (2001): 40
Este principio sustenta las buenas relaciones iniciales entre feministas y
abolicionistas: “Los grupos marginales que no tienen acceso a la esfera pública
tienen que reclamar su inclusión formulando un argumento que es paradójico: por
un lado apelando a la universalidad –iguales derechos para todas las personas- y
por otro construyendo y articulando su identidad e intereses de una forma
diferenciada –como negros, como mujeres-.” (Ryan, M. (1992), citado por
Sánchez Muñoz (2001): 42)
28. Los inicios del feminismo
norteamericano
El primer documento colectivo del
feminismo norteamericano lo constituye la
denominada “Declaración de
Sentimientos” de la Convención de
Seneca Falls , aprobada el 19 de julio de
1848 en una capilla metodista de esa
localidad del estado de Nueva York.
En este documento se expresa por primera
vez lo se podría denominar una "filosofía
feminista de la historia". Una filosofía que
denunciaba las vejaciones que a lo largo
de la historia había sufrido la mujer.
30. Tras la guerra de Secesión (1861-1865), el movimiento Susan B. Anthony
feminista que había ligado en gran medida su suerte al
abolicionismo sufrió una gran desilusión. Pese al triunfo del
bando nordista, partidario de la supresión de la esclavitud, la
XIV y XV enmiendas a la Constitución (1868 y 1870), que
otorgaba el derecho de voto a los esclavos negros liberados,
le negó a la mujer el derecho de sufragio.
La reacción fue inmediata: Elisabeth Candy Stanton (1815-
1902) y Susan B. Anthony (1820-1906) crearon en 1869 la
Asociación Nacional por el Sufragio de la Mujer (National
Woman Suffrage Association), primera asociación del
Elisabeth Candy Stanton
feminismo radical americano, independiente de los partidos
políticos y de los movimientos de reforma.
A su vez, Lucy Stone crearía The American Woman
Suffrage Association.
37. Sufragio femenino
La realidad económica y política de la Primera y Segunda Guerras Mundiales y de sus
consiguientes posguerras, obligó a que la sociedad incorporara al escenario público a
madres y esposas. Su concurso fue decisivo en el esfuerzo económico durante la guerra.
La consecución del derecho de voto fue un reconocimiento colectivo a los méritos
acumulados. En 1869, el Territorio de Wyoming se convirtió en el primer estado de
EE.UU. donde se instauró el «sufragio igual» (sin diferencias de género) aunque no el
sufragio universal (no podían votar hombres ni mujeres de piel oscura).
• 1893: Nueva Zelanda • 1945: Italia
• 1902: Australia • 1946: Japón
• 1906: Finlandia • 1952: Bolivia
• 1915: Dinamarca • 1952: Grecia
• 1918: Irlanda y Rusia • 1957: Colombia
• 1918/28: Gran Bretaña • 1963: Kenia
• 1919: Alemania • 1965: EEUU (desde 1920 mujeres
• 1929: Ecuador blancas)
• 1931/77: España • 1971: Suiza
• 1931/74: Portugal • 1984: Liechtenstein
• 1934: Cuba y Turquía • 1986: África central
• 1944: Francia • 2003: Afganistán
• 2006: Kuwait
39. El feminismo que llega tarde:
España
En España la existencia de una sociedad arcaica, con escaso desarrollo industrial, con una
fuerte ascendencia de la Iglesia Católica y fuertes jerarquizaciones de género en todos los
ámbitos de la vida social, dio lugar a que el feminismo tuviera durante el siglo XIX una
menor presencia e influencia social que en otros países.
El modelo de género establecido en la sociedad liberal española garantizaba la
subordinación de la mujer al varón y establecía unas pautas muy estrictas para su
actuación social.
En un país en el que la práctica política estaba circunscrita a un minoría social (voto
censitario) y en el que las prácticas electorales (adulteración de las elecciones) y el
protagonismo del ejército (pronunciamientos) marcaban la dinámica política, no nos
debe extrañar que el feminismo pionero no se centrara en reivindicaciones políticas,
como el derecho de sufragio, sino que se basara en demandas sociales, buscando el
reconocimiento de sus roles sociales como tal género femenino (maternidad y cuidado de
la familia) y en la exigencia de los derechos civiles, como el derecho a la educación o al
trabajo.
Nunca adoptó la acción directa violenta como estrategia de combate ni alcanzó un grado
destacado de militancia. En consecuencia, la resonancia social de las feministas
españolas fue bastante reducida.
(http://www.nodo50.org/mujeresred/historia-MaryNash1.html#fhms)
40. El sistema de dominación, muy jerárquico, actuó en
dos niveles:
– 1. Una legislación basada en la discriminación de la
mujer: los Códigos Civil (1889), Penal (1870) y de
Comercio (1885).
– 2. Un control social informal mucho más sutil y, por
consecuencia, más eficaz.
El dominio del género masculino se basaba en la idea
de la “domesticidad” que establecía los principales
arquetipos femeninos (“ángel del hogar”, “madre
solícita”, “dulce esposa”...), su función social y su
código de conducta.
(http://www.nodo50.org/mujeresred/historia-MaryNash1.html#fhms)
41. LA “DOMESTICIDAD”
“La mujer casada no disponía de autonomía personal o laboral, tampoco tenía
independencia económica y ni tan siquiera era dueña de los ingresos que
generaba su propio trabajo. Debía obedecer al marido, necesitaba su autorización
para desempeñar actividades económicas y comerciales, para establecer contratos
e, incluso, par realizar compras que no fueran las del consumo doméstico. La ley
tampoco reconocía a las trabajadoras casadas la capacidad necesaria para
controlar su propio salario y establecía que éste debía ser administrado por el
marido. El poder del marido sobre la mujer casada fue reforzado, además, con
medidas penales que castigaban cualquier transgresión de su autoridad: por
ejemplo, el Código Penal estableció que la desobediencia o el insulto de palabra
eran suficientes par que la mujer fuera encarcelada. Asimismo, el doble estándar
de moral sexual le permitía al hombre mantener relaciones sexuales extra-
matrimoniales y se las prohibía de forma tan tajante a la mujer que las diferencias
quedaron explícitamente manifiestas en la legislación relativa al adulterio y a los
crímenes pasionales. El Código Penal establecía que si el marido asesinaba o
agredía a la esposa adúltera o al amante de ésta, al ser sorprendidos, sólo sería
castigado con el destierro durante un corto espacio de tiempo. En la misma
situación, las penas impuestas a la mujer eran mucho más severas: al ser
considerado parricidio el asesinato del marido, la sentencia era siempre prisión
perpetua.” NASH, Mary y TAVERA, Susana
Experiencias desiguales: conflictos sociales y respuestas colectivas (Siglo XIX)
Madrid, 1995
Ed. Síntesis
42. Discursos de género
Todavía a fines del siglo XIX, la subordinación de la mujer era
justificada basándose en una supuesta inferioridad genética: la
función reproductora convertía a la mujer en un ser pasivo, inferior,
incompleto, y, en resumen, un mero complemento del hombre, es
decir, del ser inteligente.
Esta opinión no era exclusiva de los grupos más conservadores o
reaccionarios del país. El escritor catalán, Pompeu Gener,
ideológicamente adscrito al republicanismo federal y, por
consecuencia, ligado a los sectores más progresistas del país,
afirmaba lo siguiente:
“En sí misma, la mujer, no es como el hombre, un ser completo; es
sólo el instrumento de la reproducción, la destinada a perpetuar la
especie; mientras que el hombre es el encargado de hacerla
progresar, el generador de la inteligencia, (...) creador del mundo
social.”
(http://www.fmujeresprogresistas.org/feminismo4.htm)
43. Discursos de género
• AÑOS VEINTE Y TREINTA DEL SIGLO XX: Teoría de la diferenciación sexual y de la
complementariedad entre los sexos, CON PRETENSIÓN DE FUNDAMENTACIÓN
MÉDICA Y CIENTÍFICA (Dr. Gregorio Marañón).
– Representó una versión modernizadora de fundamentación médica y científica
de los modelos de género: la mujer no es un ser inferior sino diferente del
varón, pero le adjudica un rol social complementario al hombre, partiendo de
la maternidad como eje definitorio de la feminidad.
– La maternidad y la perpetuación de la especie representan la suprema misión
de la mujer, que conlleva la negación o, como mínimo, la subordinación de
cualquier otra actividad femenina.
– Sostuvo una estricta división de las esferas, la división sexual del trabajo y la
construcción de la identidad cultural de la mujer a partir de la maternidad.
Este discurso médico-científico dio cobertura ideológica a una definición de la
mujer en función de la maternidad entendida como deber social ineludible.
http://www.nodo50.org/mujeresred/historia-MaryNash1.html#fhms
44. El feminismo social en España
• Si bien es cierto que se ha podido documentar una de las
primeras reivindicaciones del sufragio femenino durante
el Bienio Progresista en 1854 cuando un programa
presentado en La Unión Liberal reivindicó el "sufragio
universal comprensivo de todas las mujeres de
probidad“, también lo es que la demanda del voto no
fue una constante del movimiento de mujeres
españolas, como mínimo hasta mediados de la década
de los veinte, cuando el cambio de coyuntura política
llevó a su vez a una creciente politización del feminismo y
su reformulación en torno a la definición de democracia
y ciudadanía. (http://www.nodo50.org/mujeresred/historia-MaryNash1.html#fhms)
45. Las dos grandes figuras pioneras son Concepción
Arenal (1820-1893) y Emilia Pardo Bazán (1851-
1921).
La penalista Concepción Arenal insistió en
múltiples escritos en que el papel de madre y
esposa eran fundamentales en la vida de las
mujeres, pero subrayando que la experiencia de
la vida femenina no podía centrarse en el ejercicio
exclusivo de ese rol. Concepción Arenal
La escritora gallega Emilia Pardo Bazán
denunciaba en la España Moderna (1890) que
los avances culturales y políticos logrados a lo
largo del siglo XIX (las libertades políticas, la
libertad de cultos, el mismo sistema
parlamentario) sólo habían servido para
incrementar las distancias entre sexos, sin
promover la emancipación femenina.
Emilia Pardo Bazán (http://www.nodo50.org/mujeresred/historia-MaryNash1.html#fhms)
46. Variedad de modalidades del
feminismo histórico: nacionalista
• Las diferentes corrientes del feminismo quedaron claramente marcadas por la
política de su época: nacionalistas (catalán, vasco), o patrióticas (ANME:
Asociación Nacional de Mujeres Españolas): "Nuestro feminismo ha de ser otro
feminismo, no puede venir de fuera, ha de nacer en España y ser profundamente
cristiano, español genuino“.
• Existe una tirantez entre sus postulados emancipatorios y la aceptación de normas
tradicionales de género e intereses de clase. Partiendo del principio de la
diferencia de género y, por tanto, de roles sociales diferenciados para hombres y
mujeres, sus demandas se centraban en el terreno del acceso de las mujeres a una
educación de calidad y al trabajo remunerado. La mejora de las prestaciones
educativas y el desarrollo de la formación profesional eran sus prioridades a nivel
reivindicativo y también en su práctica como movimiento.
• Aunque la lucha educativa no puede contemplarse de forma directa como un
desafío al rol social tradicional de las mujeres en la familia, dada la penosa
situación educativa de las mujeres (71% de analfabetismo femenino en 1900, fruto
de un sistema educativo segregado),se puede considerar que esta lucha
representa, en todo caso, un síntoma de cambio y de revisión de las posturas más
tradicionales en torno a la educación femenina.
47. Variedad de modalidades del
feminismo histórico: católico
• El interés por la instrucción de las mujeres también fue central en el
reformismo católico, constituyendo una preocupación paralela a la
dedicada a cuestiones higiénicas y religiosas.
• María de Echarri, fundadora de los sindicatos femeninos obreros e
inspectora de trabajo, dedicó una atención preferente a la educación,
junto al desarrollo de un programa de acción social que, especialmente
dirigido a las obreras, pretendía promocionarlas social y laboralmente.
• Su feminismo católico encerraba un mensaje específico para las obreras y
éste respondía a una voluntad no sólo confesional, sino también de
armonía social en las relaciones de clase.
• Su promoción de un feminismo que calificaba de "posible, razonable" y
católico pasó por la mayor presencia de las mujeres en espacios públicos
de educación, beneficencia y de asistencia social.
48. Aportaciones del feminismo histórico
o Su desarrollo pone de relieve cómo desde las coordenadas de una clase social o
desde el conservadurismo político, algunas mujeres cuestionaron las restricciones
de género de su sociedad y abrieron nuevos cauces en sus ámbitos culturales,
sociales y laborales.
o Aunque no fueron partidarias del principio de la igualdad,
o Estipularon su derecho a un rol activo en la esfera pública en los terrenos educativos,
culturales y de asistencia social
o Exigieron un reconocimiento del trabajo de las mujeres, un estatus social mejorado y su
derecho a un rol activo en muchos campos socio-culturales.
o Aunque no discutieron el monopolio masculino del mundo de la política,
o Disputaron las normas culturales de género que restringían sus actividades al ámbito
doméstico
o Forjaron nuevos espacios de actividad femenina en el dominio público.
o Asumieron su rol de género en la casa como madres y esposas, pero
o No se limitaron a ser "ángeles del hogar“
o Cuestionaron la separación de las esferas, y reclamaron su rol en la esfera pública.
o Sus demandas y prácticas hicieron patentes ciertas transgresiones de las normas
y valores de género establecidos, abriendo un proceso de aprendizaje y de
concienciación feminista que podía plasmarse en una creciente voluntad de
emancipación.
49. Va llegando el feminismo político
• A partir de los años veinte, el feminismo español adquirió una dimensión
distinta y más amplia incorporando a las reivindicaciones sociales,
demandas políticas. La Asociación Nacional de Mujeres Españolas pidió
entonces la revisión de las leyes que discriminaban a la mujer dentro de la
familia y exigió su promoción en la vida política. Frente a la insistencia en
la campaña pro derechos civiles de la mujer por parte de su fundadora
Maria Espinosa, destaca la postura más claramente sufragista de Benita
Asas Manterola, su sucesora en 1924. Pero sigue primando una mayor
adhesión al principio de la diferencia de género más que al postulado de
la igualdad.
• Para finales de los años veinte y durante los años treinta, las
circunstancias políticas del país generaron una formulación más
sistemática de un feminismo de signo sufragista basado en el principio de
la igualdad entre hombres y mujeres. Muchas figuras femeninas
destacadas como Clara Campoamor, Margarita Nelken, Victoria Kent o
María Martínez Sierra tenían en común una concepción liberal del
feminismo.
50. La conquista del voto femenino
en España
Pese a los esfuerzos de las primeras sufragistas
españolas, la concesión del voto femenino en
España no puede ser atribuida a la presión de
los grupos feministas o sufragistas. La
coherencia política de los políticos que se
proclamaban democráticos obligó a una
revisión de las leyes discriminatorias y a la
concesión del sufragio femenino durante la
Segunda República española (1931-1936).
El proceso, sin embargo, fue bastante
complejo y paradójico.
Era opinión general, tanto en los partidos de
izquierda como de derecha, que la mayoría de
las mujeres, fuertemente influenciadas por la
Iglesia católica, eran profundamente
conservadoras. Su participación electoral
devendría inevitablemente en un
fortalecimiento de las fuerzas de derecha.
(http://www.fmujeresprogresistas.org/feminismo4.htm)
51. Este planteamiento llevó a que
importantes feministas como la socialista
Margarita Nelken (1898-1968) y la
radical-socialista Victoria Kent (1897-
1987), que habían sido elegidas diputadas
a las Cortes Constituyentes de 1931,
rechazaran la concesión del sufragio
femenino. En su opinión, las mujeres Margarita Nelken
todavía no estaban preparadas para
asumir el derecho de voto, y su ejercicio
siempre sería en beneficio de las fuerzas
más conservadoras y, por consecuencia,
más partidarias de mantener a la mujer
en su tradicional situación de
subordinación.
(http://www.fmujeresprogresistas.org/feminismo4.htm)
Victoria Kent
52. Clara Campoamor (1888-1972), también
diputada y miembro del Partido Radical,
asumió una apasionada defensa del derecho
de sufragio femenino. Argumentó en las Cortes
Constituyentes que los derechos del individuo
exigían un tratamiento legal igualitario para
hombres y mujeres y que, por ello, los
principios democráticos debían garantizar la
redacción de una Constitución republicana
basada en la igualdad y en la eliminación de
cualquier discriminación de sexo.
La “sufragista española”
(http://www.fmujeresprogresistas.org/feminismo4.htm)
Al final triunfaron las tesis sufragistas por 161 votos a favor y 121 en contra. En los
votos favorables se entremezclaron diputados de todos los orígenes, movidos por muy
distintos objetivos. Votaron sí los socialistas, con alguna excepción, por coherencia con
sus planteamientos ideológicos, algunos pequeños grupos republicanos, y los partidos
de derecha. Estos no lo hicieron por convencimiento ideológico, sino llevados por la
idea, que posteriormente se demostró errónea, de que el voto femenino sería
masivamente conservador.
Mujeres en la Historia
53. La Constitución de 1931 supuso un enorme avance en
la lucha por los derechos de la mujer.
Artículo 23
“No podrán ser fundamento de privilegio jurídico: la
naturaleza, la filiación, el sexo, la clase social, la riqueza, las
ideas políticas, ni las creencias religiosas.”
Artículo 36
“Los ciudadanos de uno y otro sexo, mayores de veintitrés
años, tendrán los mismo derechos electorales conforme
determinen las leyes.”
La Constitución republicana no sólo concedió el sufragio a las mujeres sino que todo lo
relacionado con la familia fue legislado desde una perspectiva de libertad e igualdad:
matrimonio basado en la igualdad de los cónyuges, derecho al divorcio, obligaciones de los
padres con los hijos...
La ley del divorcio (1932) supuso otro hito en la consecución de los derechos de la mujer.
El régimen republicano estaba poniendo a España en el terreno legal a la altura de los países
más evolucionados en lo referente a la igualdad entre los hombres y las mujeres. Sin embargo,
en este aspecto como en tantos otros, la guerra civil y la dictadura de Franco dieron al traste
con todo lo conseguido, devolviendo a la mujer a una situación de dominación en el marco
de una España franquista impregnada de valores tradicionales y reaccionarios.
(http://www.fmujeresprogresistas.org/feminismo4.htm)
54. BIBLIOGRAFÍA
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• Beltrán, E.; Maquieira, V.; Álvarez, S. y Sánchez, C (2001): Feminismos: debates teóricos
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http://www.fmujeresprogresistas.org/feminismo4.htm
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• NASH, Mary (2010): “El aprendizaje del feminismo histórico en España”,
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• Varios Autores (2010): “Sufragismo”,
http://www.historiasiglo20.org/sufragismo/sopreind.htm#up
VIDEOS
• Katja Von Garnier (dir.) (2004): Ángeles de Hierro
• TVE: Clara Campoamor La mujer olvidada