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Universidad Abierta y a Distancia de México
Ciencias Sociales y Administrativas
Licenciatura en Seguridad Pública
8º Cuatrimestre
Materia: Cultura de la Legalidad
Unidad 1. Origen de la legalidad y concepto de cultura
Actividad 2. Rúbrica de evaluación
Unidad 2. Justicia y legalidad
Autoevaluación U2
Clave: LIC 01093083
Facilitador: Ricardo Chávez Díaz
Nombre: Elizabeth De la Barrera Blanor
Matrícula: AL10502742
21/06/2013
RICARDO CHAVEZ DIAZ <fa1004450@unadmexico.mx>
29 jun (hace 5 días)
para bcc: mí
Estimado Alumno :
Además de enviarte un cordial saludo, te informo que he sido asignado como tu docente en línea para
apoyarte en tu aprendizaje durante el ciclo 2013-2 en la materia Cultura de la Legalidad.
Te doy la más cordial bienvenida y te invito a que trabajemos de manera conjunta para concluir
satisfactoriamente este curso. Contarás con mí apoyo y asesoría, por lo que te envío mis datos de
contacto:
Nombre: RICARDO CHÁVEZ DÍAZ
Cuenta de correo electrónico institucional: fa1004450@unadmexico.mx
2
Durante el curso, realizarás actividades que serán auto-evaluables y otras que me enviarás a través de
la herramienta correspondiente. Con el desarrollo de esta materia se busca que analices los conceptos
fundamentales relacionados con la legalidad y la cultura, con todo lo que ello implica abordaremos las
temáticas relacionadas.
La legalidad como estudiante te permitirá dimensionar la importancia que ejerce la misma en una
sociedad construida a partir de un conjunto de normas, instituciones y sistemas, es por ello que se
incluyen temas relacionados con el origen del estado de Derecho en el que actualmente estamos
inmersos.
La materia de Cultura de la legalidad comprende el estudio del concepto de cultura y de cómo en la
actualidad la globalización ha impactado en la forma de legislar en México. La legalidad no puede
entenderse por sí misma, para llegar a su comprensión es necesario conocer los conceptos de Derecho
natural, positivo y vigente, además de reflexionar sobre cómo éstos dieron origen al contrato social y por
tanto al estado de Derecho.
Me comprometo a contestar tus dudas en un plazo no mayor a 24 horas; igualmente, te enviaré
retroalimentación y calificación de tus actividades.
Saludos cordiales,
RICARDO CHAVEZ DIAZ
Facilitador.
miércoles, 3 de julio de 2013
07:26: Buenos días Ricardo, ¿Podrías avisarme cómo puedo subir la calificación de REGULAR que
asignaste a mis participaciones en foro? Pensé que había seguido los lineamientos pero veo que
tristemente no lo he logrado. Apreciaría me indiques qué carece para corregirlo. Muchas gracias.
martes, 9 de julio de 2013
15:45: Hola Elizabeth:
La calificación final en foro comprende la participación conforme a las indicaciones de la aportación de
la temática mas los comentarios en foro en interacción con tus compañeros , si cuentas con ello quizá
3
solo es cuestión de actualizar las evaluaciones para que tengas la máxima calificación. Si tienes ya
calificados esos elementos y aun estas en regular comentamelo para verificarlo.
21:20: Subí mi aportación e hice comentarios a las aportaciones de varios de mis
compañeros....seguramente hará falta actualizar las evaluaciones. Gracias por tu apoyo.....
23:46: Hola Ricardo, En la página de Cultura de Legalidad Unidad 1 aparece "Actividad 3. Lo justo y lo
ilegal" que no está contenida dentro del material provisto para esta unidad. Si es necesario cumplir con
esta actividad, podrías hacernos el favor de enviarnos el material de lectura y la descripción de la
actividad que debemos realizar? Apreciaría tu confirmación en cualquiera de los casos. Muchas gracias.
PD: También cabe mencionar que aún no han subido el recurso de la autoevaluación para esta unidad.
Buenas Noches.
23:48: Aprovechando, ¿crees que podrías avisarnos cuando subas las preguntas de autorreflexión y
la asignación del facilitador? Disculpa las molestias. Que descanses.
miércoles, 10 de julio de 2013
11:00: FALLAS DE SISTEMA Buen dia a todos: A lo largo de estos dias se han observado algunos fallas en
la plataforma consistentes en la ausencia de algunas herramientas o contenidos de ella, la Institucion
nos ha pedido que en caso de que observen algun faltante de informacion y/o herramientas en el
sistema sera necesario me remitan un reporte de tal ciscuntancia a mi clave de correo institucional
(fa1004450@unadmexico.mx) en un archivo de word que contenga la siguiente información : Impresión
de pantalla de la problemática (usando la tecla "imp pant" de tu teclado). Breve explicación del
problema. Nombre completo Matrícula. Carrera. Materia. Grupo. Cuatrimestre Lo anterior ya que es un
requisito que nos pide la Institución para turnar la problemática a mi superior y la resuelvan los
responsables de sistemas. Quedo a sus apreciables ordenes y a la espera de sus comentarios. RICARDO
CHAVEZ DIAZ FACILITADOR Saludos.
jueves, 25 de julio de 2013
22:13: PREGUNTAS DE AUTORREFLEXION UNIDAD 1 Buen dia a todos : Ya estan disponibles las
preguntas de base para su Autorreflexion de la Unidad 1 , quedo a la espera de sus productos
deseandoles un buen fin de semana !
Márgenes: Las márgenes deben ser de 2.54 cms en toda la hoja.
Sangría: Cinco espacios en la primera línea de cada párrafo.
Espaciado: Texto a doble espacio y alineado a la izquierda, exceptuando figuras y
tablas. Dos espacios después del punto final de una oración.
Tipo de letra: Times New Roman a un tamaño de 12.
Papel: Papel tamaño Carta.
1-Crea el título de tu página. Centra el título en la página utilizando letras
mayúsculas y minúsculas. Agrega tu nombre en la siguiente línea, seguido del
nombre de tu universidad.
2
4
Agrega un encabezado a tu documento. Justifica a la izquierda las palabras
"Encabezado" seguidas de dos puntos y el título de tu ensayo en letras mayúsculas.
Después, justifica a la derecha el número de la página. Aplica este encabezado en
todas las páginas de tu documento.
3
Incluye un extracto. Este párrafo ofrece una reseña de tu ensayo. Resume tu
investigación en 150 o 200 palabras, de acuerdo con el Laboratorio de Escritura en
Línea de la Universidad de Purdue.
4
Desarrolla niveles de encabezados. El estilo APA permite cinco niveles en los
encabezados. Centrados, en negritas y en mayúsculas son los encabezados de
primer nivel. Los de segundo nivel son también aquellos en mayúsculas pero
justificados a la izquierda. Los encabezados con sangría y minúsculas, son
encabezados de tercer nivel, siempre y cuando terminen con un punto. Los
encabezados de cuarto nivel siguen el mismo formato que el nivel anterior, pero en
itálicas. El último nivel mantiene la letra itálica, pero no incluye texto en negritas.
5
Incluye citas de referencia. Escribe el autor y año de publicación en paréntesis
después del texto citado, por ejemplo (Coleman, 1997). Si incluyes el nombre del
autor en la línea, agrega el año de publicación en paréntesis, por ejemplo, "Como
Coleman (1997) argumentó...". Continúa con las citas con la puntuación adecuada,
normalmente es el punto.
6
Crea una lista de referencias. Las últimas páginas de tu documento deben incluir
una lista detallada de las referencias utilizadas al momento de escribir el ensayo.
Coloca una sangría de 1/2 pulgada en la segunda y todas las demás líneas de cada
inicio y justifica la primera línea a la izquierda. Ordena la lista alfabéticamente
comenzando con el apellido del autor y después su nombre de pila.
Las citas son una referencia a una idea o afirmación en donde se establece la
fuente o origen del mismo. Para citar usando las normas APA se utilizan paréntesis
dentro del texto en vez de usar notas en el pie de página. La cita debe incluir
información sobre el autor y año de publicación. Las citas pueden ser literales o
parafraseadas.
Cita literal: Sucede cuando se extraen fragmentos o ideas textuales. Las palabras
omitadas se reemplazan por puntos suspensivos (…). En este caso es necesario
incluir el apellido del autor, el año de publicación y la página del texto extraído.
Cuando la cita tiene menos de 40 palabras se escribe inmersa en el texto y entre
comillas, en cambio las de mayor de 40 palabras se escriben aparte del texto con
sangría y un punto menor en el tamaño de la letra sin usar comillas.
Cita de parafraseo: Se utiliza para citar las ideas de un autor pero no de forma
textual. Este tipo de citas requieren el apellido del autor y el año de publicación.
La formación integral
y sus dimensiones
http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=192
5
Dignidad humana:
Dimensiones y fuentes en
la persona humana
http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=193
Sobre ética y moral http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=194
La ética, los derechos
y la justicia
http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=195
Doctrinas éticas
fundamentales
http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=196
Capítulo 1 http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=197
Capítulo 2 http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=198
Capítulo 3 http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=199
Filosofía del Derecho http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=200
Ética profesional http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=201
Antropología filosófica http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=202
Valores morales y
comportamiento social
http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=203
Introducción al
pensamiento de Max
Scheler
http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=204
La crisis del hombre y
de los valores en la
filosofía actual
http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=205
La superación de la
crisis de valores y
violencia en la sociedad
contempoánea
http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=206
Licenciatura en Seguridad Pública
8° cuatrimestre
Cultura de la legalidad
Unidad 1. Origen de legalidad y concepto de
Clave: 01093083
Universidad Abierta y a Distancia de México
Referentes teóricos de la ética y los valores. Universidad Abierta y a Distancia de
México. Recuperado el 21 de Julio del 2013 de
http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=186
6
Índice
Unidad 1. Origen de legalidad y concepto de cultura ......................................................... 4
Presentación de la unidad ................................................................................................. 4
Propósitos .......................................................................................................................... 5
Competencia especifica ..................................................................................................... 5
1.1. Cultura ........................................................................................................................ 6
1.1.1. La cultura actual ....................................................................................................... 7
1.1.2. La cultura en un mundo globalizado ......................................................................... 9
1.2. Derecho natural ........................................................................................................ 10
1.2.1. Iusnaturalismo........................................................................................................ 10
1.2.2.Ética ........................................................................................................................ 12
1.3. Derecho positivo ....................................................................................................... 14
1.3.1. Teoría Kelsiana de Derecho positivo ...................................................................... 15
1.3.2. Análisis crítico a la teoría Kelsiana ......................................................................... 16
1.4. Derecho vigente ........................................................................................................ 17
1.4.1. El derecho objetivo ................................................................................................ 18
1.4.2. Fuentes formales del Derecho vigente ................................................................... 19
1.4.3. Análisis comparativo entre Derecho Natural, Positivo y Vigente ............................ 21
1.5. Contrato Social ......................................................................................................... 22
1.5.1. El contrato social de acuerdo a Rousseau ............................................................. 22
1.5.2. Fundamento legal del Contrato Social ................................................................... 23
Actividad 1. El Derecho como consecuencia del contrato social ...................................... 25
1.6. Principio de Legalidad .............................................................................................. 25
1.6.1. Teoría pura del derecho ........................................................................................ 26
1.6.2. Principios de derecho............................................................................................. 27
1.6.3. Legalidad ............................................................................................................... 28
Actividad 2. Los elementos que definen y conforman la cultura de legalidad ................... 30
Autoevaluación ................................................................................................................ 30
Evidencia de aprendizaje. Una imagen de la falta de cultura y legalidad ......................... 31
Actividades de Autorreflexión ........................................................................................... 32
Cierre de la unidad .......................................................................................................... 32
Para saber más ............................................................................................................... 33
Fuentes de consulta ........................................................................................................ 34
Fuentes cibergráficas ....................................................................................................... 34
Unidad 1. Origen de legalidad y concepto de cultura
Presentación de la unidad
La Cultura de Legalidad comprende diversos aspectos relacionados con el derecho.
Para su análisis, partimos primero del concepto de cultura, para posteriormente
entender cómo es que la globalización ha influido en la cultura del México actual.
Ha sido el cambio en la forma de hacer y pensar en México lo que ha influido en la
forma de legislar, encontrándonos inmersos en una legalidad que pocos conocemos y
que está en constante cambio; para conocerla es necesario entender el origen de las
leyes, posteriormente el alcance de las mismas y las acciones de las personas que se
rigen por la legalidad.
7
Pero saber de dónde vienen las leyes no es lo único que aprenderás, sino también la
razón que dio origen al Estado, un estado de derecho que es el que ostenta la facultad
para castigar los actos que carecen de legalidad.
Por último en la unidad se analizará el principio de legalidad, un principio que tiene dos
vertientes: por un lado, castiga a quienes no obedecen una ley, y por otro, si no se
obedece una ley hay un castigo, por otro lado protege de las arbitrariedades de los
servidores públicos, quienes son los encargados de impartir justicia.
Como futuro servidor público es imperioso que comprendas estos conceptos, ya que de
ello dependerá tu formación académica y laboral, además de que te evitará conflictos
personales. Cabe señalar que el desarrollo de la unidad no sólo dependerá de teorías y
definiciones conceptuales, sino también del análisis de un caso que va a evidenciar lo
aprendido.
Propósitos
En esta unidad:
. Comprenderás los conceptos de cultura en términos generales.
. Distinguirás lo que implica la cultura en la sociedad actual.
. Entenderás el impacto de la globalización en nuestra cultura.
. Distinguirás los conceptos de Derecho natural, positivo y vigente.
. Comprenderás a que se refiere el contrato social y como se justifica en el derecho.
. Distinguirás el principio de legalidad a partir de las teorías y leyes al respecto.
Competencia especifica
Distinguir los conceptos, teorías, leyes y principios relacionados con la Cultura de
Legalidad para entender la importancia de éstas mediante la reflexión de un caso en
específico.
1.1. Cultura
La Real Academia de Lengua Española, en su vigésima tercera edición, define cultura
en primer término como un conjunto de conocimientos que permite a alguien desarrollar
su juicio crítico. Esta definición refiere a una persona que tiene conocimientos sobre
diversos temas, a quien se le conoce como culto. Sin embargo en esta unidad
entenderás qué es la cultura de una forma incluyente, que involucre a toda una
sociedad.
En segundo término, La Real Academia de Lengua Española define la palabra cultura
como: “Conjunto de modos de vida, y costumbres, conocimientos y grado de
desarrollo artístico, científico, industrial, en una época, grupo social, etc.” Es esto
lo que se entiende por cultura en una sociedad, es éste conjunto de características que
posee de manera generalizada, lo que permite establecer que tal o cual sociedad
8
tienen una cultura con determinadas características.
Para que puedas entender mejor observa el siguiente ejemplo:
La cultura teotihuacana, se cree que se desarrolló entre los siglos I a.c hasta el
siglo VII d.c, su idioma era el náhuatl, la forma de organizarse era a través de un
gobierno teocrático, los sacerdotes acumulaban el conocimiento científico, ellos
junto con la clase guerrera mantenían bajo control a la población teotihuacana.
Los pobladores de Teotihuacanos basaban su economía en la agricultura,
aunque también cazaban, recolectaban, criaban pavos y perros, se cree que lo
hacían con la finalidad de alimentarse de ellos.
Los teotihuacanos a través del trueque obtenían otros productos por lo cual el
comercio internacional fue muy importante.
La religión de los Teotihuacanos fue politeísta, es decir tenían la creencia de que
existían diferentes dioses con diferentes propósitos, uno de los más conocidos
es Quetzalcóatl y Tláloc, como parte a la veneración de sus dioses y templos se
hacían sacrificios humanos a quiénes se decapitaba y se les quitaba el corazón.
También los animales eran sacrificados, pero éstos porque se les consideraba
como místicos, principalmente el puma, el búho y el águila.
Mediante este ejemplo puedes identificar los siguientes puntos característicos de la
cultura:
. El modo de vida: Gobierno teocrático, religión politeísta, idioma náhuatl.
. Costumbres: consistía en el sacrificio de personas y de animales. Y los rituales que
llevaban a cabo.
. El grado de desarrollo industrial, en ese tiempo no había industria pero sí un
sistema económico que consistía en la agricultura, la caza la recolección y la crianza de
algunos animales. Por estos productos fue posible un comercio internacional,
intercambiaban productos con otras culturas como la tolteca y la olmeca.
. El grado de desarrollo científico era detentado por los sacerdotes, y se puede
observar a través de las pirámides del sol y la luna, que reflejaban conocimientos
avanzados en matemáticas.
Estas características son las que identifican a un pueblo y cuando nos referimos a la
cultura de un pueblo o país hablamos del conjunto de las mismas.
1.1.1. La cultura actual
Es importante mencionar que en este subtema no se hablara de las diferentes culturas
y subculturas que existen en los estados de la República Mexicana, no porque no sean
importantes, sino porque lo que se busca es que identifiques las principales
características que conforman la cultura.
9
Las principales características que conforman la cultura:
. El modo de vida
. Costumbres
. El grado de desarrollo industrial
. El grado de desarrollo científico
Nuestra cultura mexicana se ha visto alterada con el paso de los años, el modo de vida,
las costumbres, conocimientos, economía han cambiado, a tal grado que en nuestro
país actual coexiste una pluralidad de culturas. Hemos sido invadidos por usos y
costumbres de otros países, principalmente por Estados Unidos de América y lo que
antes nos identificaba como nación se ha ido relegando para dar paso a nuevas formas
de hacer, decir y pensar.
La cultura de nuestra sociedad tiene su base en la familia, y esta ha cambiado por
diversos factores: uno de ellos ha sido la economía; antiguamente el padre de
familia era quien salía a trabajar mientras que la mujer permanecía en casa al cuidado
de los hijos, era la encargada de infundir en su familia las costumbres, sin embargo en
la actualidad la necesidad ha llevado a la mujer a tener un doble rol en la familia, el de
madre y proveedora, éste es un ejemplo del cambio cultural que ha tenido México.
El cambio de roles en la familia se ha visto reflejado en la juventud del México de hoy, a
tal grado que, de acuerdo con diversos sociólogos, al sentir la necesidad de
pertenencia, de identidad buscan encajar en subculturas. De acuerdo a la sociología,
una subcultura es un conjunto de comportamientos y creencias que les
diferencia de la cultura principal. Para entender el concepto observa el siguiente
ejemplo:
La subcultura gótica, se caracteriza por sus inclinaciones culturales que
provienen de la literatura del terror, el grupo de personas de esta subcultura
tienen una forma de vestir que se centra en el color negro y el uso de maquillaje
para que su piel se vea color blanco o muy pálida, y los labios de hombres y
mujeres se acostumbra pintarlos de color negro o rojo, sus gustos musicales son
similares, es un estilo de música influenciado por el death rock y el punk..
Esta subcultura es una de las tantas que en la actualidad puedes observar y analizar, la
cultura mexicana es un conjunto de subculturas, que se han originado en otras partes
del mundo.
Otro de los factores que han provocado el cambio de la cultura son los
conocimientos, el avance científico acelerado de las últimas décadas ha cambiado
nuestra forma de vida, los descubrimientos médicos han provocado en nuestra
sociedad un cambio en la alimentación, la calidad de vida etc., pero también ha
provocado que en nuestra sociedad la forma de comunicación ahora sea
predominantemente impersonal. El uso constante de las Tecnologías de Información
y Comunicación (TIC) nos ha acercado y al mismo tiempo alejado, lee el siguiente
ejemplo.
10
Una familia de nivel económico medio con cuatro integrantes: padre, madre, hijo
e hija, todos posen un celular y dos computadoras en casa, por la mañana cada
uno de los integrantes de la familia se van a realizar sus actividades, la madre
sale a su trabajo al igual que el padre y los hijos acuden a la escuela.
En la mayoría de los trabajos la herramienta principal es alguna máquina o
computadora, se comunican con sus compañeros de trabajo por medio del chat.
Los hijos dependen del internet para desarrollar sus tareas, las bibliotecas cada
vez son menos visitadas, la rapidez y la accesibilidad que ofrece el internet
sobrepasa a las mismas.
Al finalizar el día y una vez que todos se encuentran en casa, dependiendo de
cada familia en particular y las costumbres que les hayan inculcando, cada
miembro de ella, cada familia se sentarán a cenar juntos o simplemente un
saludo bastará, incluso en algunas familias se acostumbra a llamar a cenar
mediante un mensaje de texto a los celulares de los hijos.
Este ejemplo tal vez te suene familiar porque es lo que en hoy en día predomina en las
familias, este modo de vida, costumbres, grado de desarrollo industrial, científico y
artístico es nuestra cultura actual, si la comparas con la cultura de los teotihuacanos
podrás notar grandes diferencias, incluso en la religión ya no hay una religión que
sea la predominante, ahora una gama de religiones que tienen sus propios rituales.
1.1.2. La cultura en un mundo globalizado
La Real Academia de Lengua Española, en su vigésima tercera edición, define la
palabra globalización como: “Tendencia de los mercados y de las empresas a
extenderse, alcanzando una dimensión mundial que sobrepasa las fronteras
nacionales.”
La cultura como ya la analizaste ha ido cambiando en nuestro país, pero este cambio
ha sido provocado por una globalización debido a la interdependencia
económica, el intercambio de conocimientos, tecnologías, costumbres, modos de
vida.
México como país vecino de Estados Unidos de América (E.U.A) ha adquirido no sólo
productos, sino tradiciones que no son originarias de nuestra cultura, como el
Halloween. Antes del intercambio de culturas, la tradición en México para el día de
muertos era venerarlos, cada Estado tenía una forma diferente de hacerlo y ahora
vemos con más frecuencia niños disfrazados de monstruos, personajes de películas
americanas de terror, que van por las calles tocando las puertas para pedir dinero o
dulces.
La cultura de nuestro país está sumergida en una globalización se ha influenciado de
otros países con los que tenemos un intercambio comercial, éste intercambio no sólo
11
ha sido comercial sino también de ideas, tecnologías. La tecnología es uno de los
factores que han permitido el acercamiento de personas de diferentes países.
El internet nos ha aproximado a países que antes considerábamos tan lejanos en
distancia y que ahora la comunicación con ellos nos ha acercado a niveles que no se
hubieran imaginado, como consecuencia se ha dado un intercambio de valores
morales, de creencias religiosas, conocimientos, tecnologías ha dado como resultado
una cultura en muchos sentidos global.
Una de las características principales de la cultura globalizada es el conocimiento
científico, que nos ha permitido unificar criterios en diversos temas como: la forma de
alimentación, tratamiento de enfermedades, educación, etc.
Por ejemplo: el método de aprendizaje por competencias, surgió a partir de
investigaciones hechas por otros países e implementadas por ellos, posteriormente se
empezó a implementar en México éste método de aprendizaje.
En lo que se refiere a la legislación también puedes observar la interdependencia de
los países y la influencia que ejercen en nuestras leyes.
Este subtema te ha permitido analizar la evolución que ha tenido la cultura en México y
que la misma ahora depende del resto del mundo, de los avances tecnológicos, del
intercambio comercial, ideológico, de valores, aunque en algunos pueblos se sigan
manteniendo ciertas costumbres y tradiciones, la mayoría de la población mexicana
mantendrá una cultura que irá cambiando conforme mundo cambie.
1.2. Derecho natural
Después del análisis de cultura debes comprender de dónde surge el derecho y como
consecuencia a qué se refiere la legalidad. El derecho que impera en México viene
del derecho romano, pero dentro de la clasificación tenemos el derecho natural que
a grandes rasgos es el conjunto de atribuciones que tenemos todos por el simple
hecho de ser personas, no importa el tiempo y el espacio en el que nos
encontremos, éstos principios morales son válidos a pesar de la sociedad y el
Estado.
El estudio del derecho debe hacerse de manera tridimensional, primero tenemos el
derecho que es generado por valores y principios indiscutibles e inapelables que
van a regir a la sociedad de forma individual y colectiva, pero al ser éste un derecho
que es válido sólo si las personas cuentan con un sentido de moralidad, y que
además ésta va a depender de la cultura que impere en esa sociedad.
Diferentes teóricos del derecho refieren que el derecho natural está por encima del
derecho positivo y el derecho vigente, que finalmente éstos se desprenden del
natural y por tanto si un mandato estatal contradice la moralidad de una sociedad en
un momento y espacio determinado, éste mandato no debe ser obedecido por ser
inmoral.
12
1.2.1. Iusnaturalismo
“Por iusnaturalismo se entiende por aquella corriente que admite la distinción entre
derecho natural y derecho positivo y sostiene la supremacía del primero sobre el
segundo, el iusnaturalismo es dualista” (Bobbio, 1991, p.167), el iusnaturalismo
sostiene que no porque haya un Estado que nos rija significa que se deba
obedecer sus leyes cuando éstas no solo van en contra de la moralidad de una
sociedad, sino que además las mismas sean injustas.
El iusnaturalismo ha evolucionado, en un principio se refería a la idea de que era un
derecho derivado de una Divinidad, esta idea viene desde los griegos hasta nuestros
tiempos, una de los estudiosos del derecho natural (iusnaturalismo) fue Carlos S. Nino
quién decía en su tesis que los principios por sí mismos tienen validez aunque no sean
reconocidos por instituciones u órganos estatales, ya que éstos tienen parámetros
universalmente válidos y las normas jurídicas que no se apeguen a estos principios no
serán considerados como derecho.
Esta corriente niega el carácter jurídico a las normas o sistemas que no cumplan
con los requisitos de justicia y principios del derecho natural.
Hay una corriente de iusnaturalistas deontológicos, que plantea que efectivamente
el derecho natural son los principios morales y de justicia universalmente
válidos, pero que estos son el parámetro del derecho positivo, estos no niegan el
carácter coercible del derecho positivo aunque éste sea contrario al derecho
natural, éstos teóricos del derecho sólo van a determinar a partir de los principios del
iusnaturalismo, qué sistema jurídico es inválido moralmente o injusto.
Para que puedas entender mejor estos conceptos del derecho natural observa el
siguiente ejemplo hipotético:
En una sociedad cuya cultura permite el aborto de bebés que se sabe van a ser
mujeres, la norma que lo permite es válida de acuerdo a los iusnaturalistas
deontológicos y éstos sólo van a manifestar que la normatividad en ese respecto
es injusta e inmoral, pero que su obediencia dependerá de la decisión de cada
persona. Sin embargo los autores iusnaturalistas dirían que esa norma no es un
auténtico derecho por carecer de los principios que fundamentan al derecho
natural.
A través de este ejemplo puedes identificar incluso en la sociedad, que los
iusnaturalistas son principalmente los sacerdotes y los que concuerdan con sus
principios morales y de justicia, y que los deontológicos son aquellos que aceptan que
hay normas con el carácter de jurídicas por ser emitidas por el estado pero que también
estas normas son inmorales e injustas. Así el principal postulado de este derecho es
que hay un conjunto de principios morales inherentes a los humanos y que ninguna
autoridad, órgano o institución está por encima de estos.
13
1.2.2.Ética
El Derecho natural tiene su base en la moral de la sociedad, pero la moral cambia
rápidamente. En siglos pasados era inmoral que una mujer se casara dos veces,
mucho más inmoral que tuviera hijos de ambos esposos. En la actualidad puedes darte
cuenta que incluso es de esperarse que una mujer relativamente joven que se divorcia
vuelva a casarse y tener más hijos.
Es por ello que una de las principales críticas al Derecho Natural es que se basa en
la moral que es subjetiva, y debería buscar las bases en la ética.
“La ética elabora hipótesis y teorías sobre la moral, propone conceptos, explica
categorías relativas a la experiencia moral” (Escobar, G.2000 p. 27).
“Es posible que en rigor no haya efectivas normas morales, sino sólo valores, ya que
tales normas, por su universalidad y por su forzoso valer positivo, más constituyen
principios del bien y la justicia… y son universales e invariables… la moral
representaría el orden ideal de los valores éticos, más no un sistema normativo”
(Terán, M. p. 69)
La ética es más objetiva porque concentra todos los valores morales universalmente
aceptados, lo que nos llevarían a una felicidad comunitaria, y mantener la paz entre
todos.
La Real Academia de Lengua Española, en su vigésima segunda edición define la
ética como un conjunto de normas morales que rigen la conducta humana.
“La ética es una disciplina filosófica. De acuerdo al tipo de problemas que abordan, las
disciplinas o ramas de la filosofía se han dividido en disciplinas teóricas o
gnoseológicas y disciplinas prácticas” (Escobar, Valenzuela G. p.22)
Ética profesional. También es considerada una rama de la filosofía, estudia la
conducta humana de manera universal, la que todos tenemos sin que una persona
o un ente nos obligue a practicarla, dependerá únicamente de la voluntad y de la
conciencia de cada persona.
La ética como ciencia va a determinar cuáles opiniones o creencias morales son
válidos, su principal tarea es la de guiar la conducta del hombre para que lo lleve a
tomar las mejores decisiones en situaciones concretas.
La diferencia entre ética y moral, es que la ética tiene como objeto de estudio la
moral, y la moral en sí, dependerá de la cultura, economía, las costumbres,
religión para determinar las normas que rijan la conducta del hombre en
sociedad, pero que no son obligatorias y son personalísimas.
El Derecho Natural se basa únicamente en normas morales y en el sentido de justicia,
pero ha dejado de lado la evolución de la sociedad y el cambio cultural de los últimos
14
años, es por ello que la ética debería considerarse como la base del derecho natural, si
es que éste quiere prevalecer y no volverse un concepto de derecho completamente
subjetivo.
Las características de las normas éticas son:
Observa el siguiente ejemplo hipotético para que puedas identificar las diferencias
entre ética y moral:
Una joven con un embarazo de 3 semanas, acude ante un médico cirujano para
que este interrumpa la gestación del feto. El médico accede ya que no viola la
ley, porque ésta permite la interrupción del embarazo, durante el procedimiento
la joven presenta una serie de complicaciones, sin embargo finalmente la joven
logra recuperarse.
El médico que la atendió profesa la fe católica y considera que el aborto es un
atentado en contra de Dios.
Como profesional tiene un conjunto de valores éticos que le fueron enseñados
desde la escuela primaria, éstos valores le van a impedir divulgar la información
de la paciente, así como poner en riesgo su vida deliberadamente, pero también
como persona tiene un conjunto de valores morales que se contraponen a la
acción que llevó a cabo.
Este ejemplo pudo también haber sido en el sentido opuesto, es decir, que el cirujano
hubiera optado por darle prioridad a su moral, dejando de lado la ética profesional y no
haber procedido con el aborto.
•Cada uno de
nosotros decide
que escala de
valores aplicar en
nuestra vida
•Nadie puede
obligarte a seguir
estas normas
•El que tus
acciones sean
regidas por estas
normas no obliga
a las demás
personas a hacer
lo mismo
•Tú decides qué
normas
concuerdan con
tus convicciones
Autonomía Unilateralidad
PersonalísimasIncoercibles
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Este ejemplo te da las herramientas para diferenciar entre moral y ética aunque ambas
son personales, la ética la aprendemos como parte de nuestro desarrollo personal
en la escuela y está basada en valores morales universales, en cambio la moral
depende del país, del estado donde vivas, así como de la religión que profeses y
otros factores que la hacen carecer de una generalidad.
Por ejemplo: Puede parecer inmoral salir a la calle con escote, no así que en mi
trabajo acepte dinero a cambio de agilizar las actividades que realizo a diario en
beneficio de la persona que me dio el dinero.
La ética contiene valores que son el resultado de estudios de psicología,
sociología, filosofía y que los hacen universalmente aceptados, es decir lo que
nosotros entendemos como responsabilidad, es igualmente entendido en China. Tal
vez como servidor te encuentres en situaciones en las cuales tu sentido de moral se
contraponga a tú ética profesional y serás tú el que decida cuál de ellas tiene prioridad
pero no debes olvidar que la ética profesional está regulada por las leyes de nuestro
país, por ejemplo: El Decálogo del Servidor Público, emitido por la contraloría interna
de la Secretaría General del Gobierno del Estado de México en Diciembre de 1994.
La ética es por decirlo de alguna manera la madre de la ética profesional, en ambas se
contienen valores morales, que van a regir el comportamiento tanto en la vida diaria
como en tu profesión.
1.3. Derecho positivo
“El iuspositivismo que metodológicamente se acerca al Derecho independizándolo de
aspectos valorativos, o que lo define en términos puramente fácticos, es decir,
eludiendo a la forma en que es creado y se aseguró el cumplimiento de una norma
jurídica, puede aceptar, sin ningún problema, que el Derecho deba ser justo, pero
también que si no lo es sigue siendo Derecho” (Ledesma, 2001, p. 85). El positivismo
postula que las normas jurídicas en general tienen validez y que la misma no
depende de los valores morales
Estas normas son dictaminadas por un órgano estatal, por la legislatura, las normas
pueden no estar vigentes debido a que las mismas han sido derogadas. Pero también
se considera derecho positivo a toda normatividad ya sea que la emita el poder
legislativo o el ejecutivo como decretos, acuerdos, reglamentos, etc.
El hombre creó al Estado y el mismo hombre crea las leyes que considera necesarias
de acuerdo a las situaciones sociales que se viven en un momento determinado, estas
normas no son consecuencia de lo que una divinidad considera bueno o malo, sino que
se basan en la razón, es impositivo y obligatorio.
1.3.1. Teoría Kelsiana de Derecho positivo
Hans Kelsen, es el teórico que estudia al derecho positivo pero de una forma
individual, alejando al derecho de las ciencias que tienen relación con el mismo y
16
dándole independencia, su objeto de estudio que en este caso sería regular el
comportamiento del humano, Kelsen refiere que la norma jurídica es jurídica no por
lo que en ella se diga, sino por cómo fue producida.
Sin embargo hay otros autores que refieren que la teoría de Kelsen, no es sólo darle
valor al derecho mediante su método, si no que el derecho, es sólo derecho cuando es
justo.
Se puntualizarán los postulados principales de la teoría Kelsiana para llevar a
cabo un análisis más sencillo.
. El Derecho tiene una metodología.
. Es independiente de otras ciencias como: la Sociología, la Ética aunque se
relacionan con el Derecho.
. Distingue su objeto de estudio, siendo éste regular el comportamiento del
humano.
. La ciencia jurídica de conocer y describir su objeto.
. La justicia o injusticia de las normas jurídicas no afecta su validez.
. Niega toda relación entre el Derecho y la moral.
. El Derecho está subordinado al concepto del bien.
. Al separar las normas jurídicas de la moral, la jerarquía del Derecho está por
encima de los subjetivismos morales.
Pero sin duda la mayor a portación de Kelsen, es la jerarquización de las leyes,
mediante la conocida pirámide de Kelsen.
En la base se encuentran las sentencias, en el siguiente escalón están las ordenanzas
(normas contenidas en reglamentos, principalmente dictadas por ayuntamientos o
Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos
Leyes orgánicas y especiales
Leyes ordinarias y decretos ley
Reglamentos
Ordenanzas
Sentencias
17
municipios), seguidas por los reglamentos, después las leyes ordinarias y decretos ley,
por encima de éstos últimos las leyes orgánicas y especiales, y en la punta de la
pirámide se encuentra la Constitución.
1.3.2. Análisis crítico a la teoría Kelsiana
El principal postulado de Teoría de Kelsen es que su validez depende del mismo
derecho, éste postulado ha sido el más criticado ya que presuponer que el derecho es
válido sólo por quién lo emita sin importar el contenido, aun cuando éste sea inmoral o
injusto.
El derecho es tan complejo como el humano mismo, ya que fue creado por nosotros y
depende de lo que la sociedad considere como algo malo para que sea regulado por
las normas jurídicas, también depende de la sociedad obedecer éstas normas y Kelsen
dejó de lado la opinión de la comunidad sobre las normas jurídicas que se
instauraran en un momento determinado. Es necesario que el legislador tome en
cuenta la moralidad de la comunidad a la cual van dirigidas las normas para que las
mismas sean acatadas sin que sea necesario imponer castigos.
“El deber ser no pude fundarse en el ser, el Derecho requiere, necesariamente otras
razones para originar una legítima validez material” (Ledesma, 2001, p.102).No basta
decir que el derecho debe obedecerse por ser derecho, este razonamiento que hace
Kelsen no es suficiente, el derecho debe enfocarse en los valores que mantengan y
protejan la paz de la sociedad, la finalidad del derecho es la que nos debe
importar.
Otra de las críticas a la teoría kelsiana del derecho es que la política es un elemento
que legitima la validez de las normas, el sistema jurídico sirve a los fines políticos que
en ese momento se pretendan alcanzar, de las ideologías que tengan los propios
legisladores y de los valores ético-profesionales que les rijan. Es decir que el derecho
no es independiente como lo refiere Kelsen es innegable que los seres humanos
somos multifactoriales y el tener un conjunto de normas jurídicas que nos rijan,
depende de diversos factores para que sean funcionales.
Las principales críticas a la Teoría de Kelsen del Derecho son:
. Las leyes son emanadas por los humanos y depende de nosotros su validez.
. No hay una relación obligatoria entre derecho y moral, pero debe considerarse para
su obligatoriedad no para su validez.
. Se deben analizar los conceptos jurídicos, mediante una investigación histórica del
origen y motivos de los mismos.
. Hay que analizar los fenómenos sociales desde un punto de vista moral para entender
su significado y no sólo imponerlas.
. Si el sistema jurídico es hermético y carente de razonamientos lógicos y fines sociales
no será válido para la población en general.
1.4. Derecho vigente
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Con lo que hasta este momento has analizado, te darás cuenta que hay teorías que
tratan de explicar el significado y el origen del derecho, ahora vas a analizar la teoría
del derecho vigente, a grandes rasgos este es el derecho que regula el
comportamiento de las personas en un momento y lugar determinado, es aquel
que tiene validez y que incluso no permite la aplicación de normas que en algún
momento tuvieron vigencia pero que las mismas fueron derogadas por la
autoridad competente y en respuesta a las necesidades de la sociedad.
La vigencia de una norma va a depender de factores como: la cultura de la
sociedad a la que se dirija la norma, la política, los estudios sociológicos,
psicológicos, la utilidad de la misma, esta vigencia se refiere principalmente a lo
temporal, pero también a la espacial.
Por ejemplo: la norma jurídica en el Distrito Federal que permite el matrimonio
entre parejas del mismo sexo sólo es vigente en el Distrito Federal, sin embargo
en el Estado de Michoacán no es así.
Los ordenamientos de orden federal tendrán vigencia temporal y espacial en toda la
República hasta que la autoridad facultada para derogar dichas normas necesite
hacerlo porque así conviene a la sociedad.
Por ejemplo, el cambio de nuestro sistema de impartición de justicia, fue emitido
por poder legislativo y el ordenamiento federal obliga a los Estados a derogar las
normas que se contrapongan y a legislar nuevas que se apeguen a este nuevo
sistema de impartición de justicia.
El derecho vigente es el resultado de los conceptos fundamentales del derecho
natural, y del derecho positivo, es del que dependemos para llevar a cabo todas las
actividades de la vida diaria, éste es el que determina los derechos y las
obligaciones, es decir el derecho llamado objetivo y el subjetivo.
1.4.1. El derecho objetivo
“Todo derecho vigente es Derecho positivo, pero no todo Derecho positivo es vigente”
(Ledesma, 2001 p.69) se considera derecho positivo aquel que cumple con la
finalidad por la cual fue creado, es decir que regula el comportamiento del ser
humano y que sirve para mantener el orden y la paz en la sociedad en general.
Ahora el derecho objetivo es llamado así porque son todas las normas que en su
conjunto y mediante los procedimientos ya establecidos rigen en un momento
determinado, lo que compone el sistema jurídico mexicano. Las normas del llamado
derecho objetivo son las que nos imponen obligaciones.
El derecho objetivo primero se entiende como la facultad de la autoridad para
determinar qué normas jurídicas son las que convienen a la sociedad, aunque algunas
de ellas no sean consideradas como justas por una parte de la sociedad. Y el derecho
19
subjetivo es la facultad del Estado, de la autoridad para exigir el cumplimiento de
las normas, es por ello que estos dos van de la mano, de nada serviría tener un
conjunto de normas e instituciones que nos prohibieran determinados comportamientos
si no contamos además con normas que faculten a la autoridad para coaccionarnos a
cumplir los ordenamientos del derecho objetivo, entonces estaríamos bajo los mismos
términos de la moral, en dónde cada quién decide que valores van a tomar en
consideración.
El mismo problema que se tiene con el derecho positivo se tiene con el derecho
objetivo, el problema es el concepto de justicia, más adelante analizarás éste
concepto, por el momento es necesario que comprendas de dónde emanan los
conceptos fundamentales del derecho y que éste finalmente aunque contempla ciertos
valores no siempre es considerado como justo, y es entonces cuando cada persona se
enfrenta a un conflicto personal entre obedecer las normas aun cuando sean
consideradas por ellos como injustas, o enfrentarse a la autoridad que hará valer las
normas mediante el derecho subjetivo.
1.4.2. Fuentes formales del Derecho vigente
Históricamente el hombre, desde el momento que ha vivido en grupo se ha visto en la
necesidad de establecer ciertos lineamientos de comportamiento, en un principio fueron
las costumbres, estas se daban de forma fáctica, pero la población fue creciendo y las
sociedades se hicieron cada vez más grandes en cuanto al número de integrantes,
entonces fue necesario crear lo que algunos llaman ciencia y otros disciplina del
Derecho.
El derecho es una disciplina, porque necesita de otras ciencias para que pueda
ser eficaz, es por ello que para la creación de normas se debe estudiar al derecho
desde tres ámbitos:
El primero de ellos como resultado de la vida social, del desarrollo de ésta a través
de los años, y para esto el derecho utiliza ciencias como la sociología que estudia
el comportamiento del hombre en la sociedad, la antropología para conocer al
hombre por su cultura, la ciencia política para relacionar las normas al poder, con
la teoría del Estado que es la que finalmente crea al sistema jurídico.
La principal fuente formal del Derecho son las leyes, que es el conjunto de normas
jurídicas producto de los factores que ya analizaste, en nuestro país la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos es el ordenamiento que determina la
forma en que el Estado va a organizarse pero lo más importante es que éste conjunto
de normas permiten la creación de los demás ordenamientos.
Por ejemplo: la constitución en su artículo 10 que a la letra dice: Los habitantes
de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su
domicilio, para su seguridad y legítima defensa, con excepción de las prohibidas
por la Ley Federal y de las reservadas para el uso exclusivo del Ejército,
Armada, Fuerza Aérea y Guardia Nacional. La ley federal determinará los casos,
20
condiciones, requisitos y lugares en que se podrá autorizar a los habitantes la
portación de armas.
Este artículo nos dice que tenemos permitido portar armas de fuego, pero es necesario
otro ordenamiento que establezca la forma y modo en que las personas van a hacer
uso de este derecho.
La segunda fuente formal del derecho son los Tratados Internacionales en los que
México es participe, desde 1969 en la elaboración de los mismos está regulada por la
Convención de Viena, en la actualidad los tratados internacionales que contengan
en sus ordenamientos derechos humanos estarán por encima de la Constitución,
dejando entonces en la cúspide de la pirámide de kelsen, los derechos humanos y
tratados internacionales.
La tercera fuente formal del derecho vigente es la jurisprudencia, esta es la
interpretación que se le da a la norma cuando no es clara o cuando en un
determinado caso debido a las particularidades del mismo, una norma jurídica no
contempla estas singularidades. En México la creación de la jurisprudencia se da
mediante Tribunales Colegiados de Circuito, son tribunales federales que se
conforman por 3 magistrados uno de los cuales es el presidente su existencia se
encuentra fundamentada en la Constitución Política de Estados Unidos Mexicanos en
su artículo 94. También tienen la facultad de emitir jurisprudencia los Tribunales
unitarios de Circuito que se compone de un magistrado.
En México el principal órgano que emite jurisprudencia y la última instancia a la
que se puede recurrir es la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), este
es el tribunal supremo, formado por 11 Ministros de los cuales uno es el presidente y
funcionan en pleno o sea todos los ministros o en salas.
Ya sabes que órganos pueden generar jurisprudencia, pero ¿mediante qué medios?,
estos pueden ser:
1. A través de cinco resoluciones que sean en un mismo sentido; por ejemplo en
cinco casos sobre la validez de la prueba video gráfica, las cinco resoluciones
coinciden que en determinados asuntos esta prueba no será aceptada por los
tribunales como medio probatorio, entonces ésta se convierte en jurisprudencia y
ésta va a ser ley.
2. Puede formarse jurisprudencia a través de contradicción de tesis emanadas de
los tribunales de circuito, en estos casos el pleno o las salas de la SCJN van a
resolver y a determinar qué criterio es el que prevalece.
3. La SCJN emitirá jurisprudencia al resolver casos que produzcan controversia
constitucional o en los casos en que se considere que alguna institución de
derecho ha actuado de forma inconstitucional.
Finalmente la otra fuente formal del Derecho es la doctrina, que comprende las
21
teorías del Derecho que estudian los diversos sistemas jurídicos que han sido
instaurados en diferentes países y en diferentes tiempos, incluso los nuestros y
que en algún momento tuvieron vigencia para que a partir de estos estudios podamos
tomar los principios, leyes, teorías que nos permitan reforzar el sistema jurídico
mexicano.
1.4.3. Análisis comparativo entre Derecho Natural, Positivo y Vigente
Finalmente tanto el Derecho natural, el positivo y el vigente tienen algo en común
coinciden en que la finalidad es el regular el comportamiento del ser humano
pero mediante diferentes concepciones de lo que es el derecho.
El derecho natural considera que es un conjunto de normas morales provienen
de una divinidad y que sus normas serán válidas siempre, en todo lugar y en
todo tiempo debido a que estos valores son universalmente válidos y que no
necesitan de un órgano o autoridad para que le otorguen validez.
El derecho positivo en cambio afirma que para que una norma jurídica sea válida
no necesita de los valores morales que pueda contener la misma o lo justa que
esta pueda ser, basta con que sean dictaminadas por la autoridad competente.
El derecho vigente en cambio son todas las normas que regulan el
comportamiento del hombre en un lugar y momento determinados, pero también
admite que para que tengan vigencia los ordenamientos deben tomarse en
cuenta los valores éticos y morales de la sociedad a la cual van dirigidas las
normas.
Es pues el derecho vigente, el que finalmente nos dice qué facultades tenemos y
qué obligaciones, lo que analizaste como derecho objetivo y subjetivo. Es este
derecho el que debemos conocer para tener las herramientas que nos permitan no sólo
defender nuestros derechos sino además conocer las obligaciones que adquiramos
como ciudadanos y que tendrás como servidor público. No puedes culturizar a una
sociedad en la legalidad sin antes entender qué es el derecho y los problemas de fondo
que le aquejan.
Pero ahora te encuentras frente a otra pregunta ¿Qué nos obliga a obedecer las leyes,
instituciones y órganos jurídicos?, si bien ya sabemos que es el derecho, para qué sirve
y de dónde deviene aún queda la interrogante de porque hay órganos que nos obligan
a acatar dichos ordenamientos.
1.5. Contrato Social
El contrato social lo analizaste en otra asignatura, pero desde el punto de vista social,
ahora te darán cuenta que este llamado contrato social, es el que le otorga al
Estado mediante sus instituciones y órganos la facultad y el poder para
coaccionarnos a cumplir con los ordenamientos jurídicos.
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Como ya sabes el derecho es todo un fenómeno que debe analizarse desde diferentes
perspectivas una de ellas, es la histórica en la antigüedad cuando una persona robaba
a otra, ésta podía tomar venganza, era la ley de “diente por diente”, pero como ya
sabes el humano y su cultura fueron evolucionando hasta que hubo la necesidad de
dejar a un lado nuestro derecho a hacer justicia por propia mano para otorgarle éste
derecho a un ente que nosotros mismos construimos, el Estado.
Fue entonces que se crearon una serie de ordenamientos en los que se establecían los
castigos que recibirían las personas que quebrantaran los mismos y así fue como nació
lo que ahora se conoce como contrato social, un contrato de hecho que obliga al
Estado a impartir justicia cuando alguno de nuestros derechos ha sido violado. Este
contrato social no es el que dio origen al derecho en sí, pero sí dio origen a los
órganos encargados de impartir justicia, de crear leyes, de organizar la
estructura jurídica.
1.5.1. El contrato social de acuerdo a Rousseau
Rousseau le da el nombre de contrato social a una de sus obras más importantes, en
la que refería que la soberanía de una Nación depende directamente de la
población, sin el consentimiento de la sociedad para ser gobernada no hay forma en
que a través de la fuerza se pueda imponer.
Como producto de la soberanía de la población es que se generaran las leyes y
estás de acuerdo con Rousseau son justas porque son producto de la voluntad
de la mayoría, de una mayoría a la que le interesa únicamente el bien común. Las
leyes entonces van a otorgarles libertad a la población pero esta libertad estará
siempre sujeta a las leyes.
La ley según Rousseau es autónoma por ser la voluntad de la mayoría y contiene la
razón compuesta por los valores fundamentales que la sociedad considera
elementales, así ninguna disposición podrá emitirse si no se basa en la ley. Debido al
contrato social las leyes serán respetadas por el mismo individuo que otorgo su
voluntad para que se construyera una Nación soberana, por eso se dice que obedecer
la ley es obedecerse a uno mismo.
En el escrito de Contrato Social, Rousseau describe cómo deberán ser las relaciones e
interacciones entre los hombres en una sociedad; refiere que a partir de este contrato
el Estado deberá ser justo, donde la felicidad, la igualdad y la libertad se
encuentren presentes, ya que nadie podrá oprimir a nadie porque todos obedecerán
las leyes que ellos mismos consintieron.
Como podrás darte cuenta Rousseau tenía la idea de que con el contrato social, se
crearía un Estado que muchos consideran utópico, porque aunque esta mayoría haya
otorgado la soberanía a la Nación puedes observar en la realidad de nuestros días
cómo el contrato social no ha sido razón suficiente para que todos los individuos
de la Nación respeten las leyes que ellos mismos permitieron que se
promulgaran.
23
1.5.2. Fundamento legal del Contrato Social
El Contrato Social se encuentra fundamentado en nuestra Constitución en el artículo 17
que a la letra dice:
Artículo 17. Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer
violencia para reclamar su derecho. Toda persona tiene derecho a que se le
administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los
plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera
pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en
consecuencia, prohibidas las costas judiciales.
Fuente: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recuperado el 2 de
abril del 2013, de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf
El Congreso de la Unión expedirá las leyes que regulen las acciones colectivas.
Tales leyes determinarán las materias de aplicación, los procedimientos
judiciales y los mecanismos de reparación del daño. Los jueces federales
conocerán de forma exclusiva sobre estos procedimientos y mecanismos.
Las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias. En la
materia penal regularán su aplicación, asegurarán la reparación del daño y
establecerán los casos en los que se requerirá supervisión judicial.
Las sentencias que pongan fin a los procedimientos orales deberán ser
explicadas en audiencia pública previa citación de las partes. Las leyes federales
y locales establecerán los medios necesarios para que se garantice la
independencia de los tribunales y la plena ejecución de sus resoluciones.
La Federación, los Estados y el Distrito Federal garantizarán la existencia de un
servicio de defensoría pública de calidad para la población y asegurarán las
condiciones para un servicio profesional de carrera para los defensores. Las
percepciones de los defensores no podrán ser inferiores a las que correspondan
a los agentes del Ministerio Público.
El fundamento de éste artículo se encuentra en el contrato social, ya que mediante este
contrato acordamos otorgar nuestro derecho a obtener justicia por nuestros propios
medios, para que un grupo de personas preparadas y con conocimientos en las
ciencias relacionadas con el Derecho promulgaran leyes que sirvieran al propósito de
todos, el bien común.
Como consecuencia todas tus actividades están debidamente reglamentadas ya sea
mediante leyes federales, estatales, municipales o incluso mediante reglamentos de tus
centros de trabajo.
Con el contrato social se dio paso a la creación de un Estado democrático, con una
24
soberanía que puede ahora coaccionarnos a cumplir sus leyes, independientemente si
estemos de acuerdo con ellas o no, pero cuando un Estado se sobrepasa y se
convierte en un autoritarismo, es entonces cuando la voluntad de la mayoría que
había otorgado su voluntad para construir un Estado soberano, se rebela contra
este mediante la violencia.
También encontramos fundamentada la soberanía que otorga el pueblo al Estado
mediante este contrato social en los siguientes artículos:
Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el
pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de
éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar
la forma de su gobierno.
Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República
representativa, democrática, laica, federal, compuesta de Estados libres y
soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una
federación establecida según los principios de esta ley fundamental.
Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión,
en los casos de la competencia de éstos, y por los de los Estados, en lo que
toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos
por la presente Constitución Federal y las particulares de los Estados, las que en
ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del Pacto Federal.
Fuente: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recuperado el 2 de
abril del 2013, de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf
Mediante estos artículos es como se fundamenta lo que Rousseau refería en su obra,
las voluntades de la mayoría de la población generan la soberanía y son las que tienen
el poder, pero es mediante órganos e instituciones que se decide cuáles son las
normas jurídicas que mejor se adecuan para mantener las condiciones sociales, que
permitan mantener la paz social.
Actividad 1. El Derecho como consecuencia del contrato social
Propósito: En esta actividad identificarás los conceptos de Derecho Natural, positivo y
vigente como parte del contrato social, el análisis de estos conceptos te ayudará a
entender en qué consiste la legalidad.
Instrucciones:
1. Ingresa al foro y debate con tus compañeros las siguientes interrogantes:
. ¿Cuál es la diferencia entre derecho positivo y derecho natural con base en el
contrato social?
. ¿El derecho vigente es suficiente para mantener el contrato social en la actualidad?
25
Si, No ¿por qué?
2. Compara y comenta las aportaciones de al menos dos compañeros(as), en ellas
verás las coincidencias en relación a tu aportación y podrás discutir las diferencias.
*Consulta la rúbrica de foro que se encuentra en la pestaña material de apoyo para
conocer los criterios que serán tomados en cuenta al momento de calificar tu trabajo.
. ¿Cuál es la diferencia entre derecho positivo y derecho natural con base en el
contrato social?
El contrato social es el que le otorga al Estado la facultad y el poder para
coaccionarnos a cumplir con los ordenamientos jurídicos, dando origen a los órganos
encargados de impartir justicia, de crear leyes, de organizar la estructura jurídica.
Rousseau lo describe como la soberanía de una Nación, dependiente directamente de
los valores fundamentales de la población, que genera leyes justas por ser producto de
la voluntad de una mayoría que le interesa el bien común, otorgando felicidad, igualdad
y libertad sujeta a las leyes promulgadas por la población. La soberanía que otorga el
pueblo mexicano al Estado mediante este contrato social está fundamentada en los
artículos constitucionales 39, 40 y 41.
El derecho natural que a grandes rasgos es el conjunto de atribuciones que tenemos
todos por el simple hecho de ser personas, no importa el tiempo y el espacio en el que
nos encontremos, estos principios morales son válidos a pesar de la sociedad y el
Estado. El Derecho natural tiene su base en la moral de la sociedad, pero la moral
cambia rápidamente Derecho Natural se basa en la moral que es subjetiva, y
debería buscar las bases en la ética. El derecho positivo y el derecho vigente, que
finalmente éstos se desprenden del natural.
El iusnaturalismo sostiene que no porque haya un Estado que nos rija significa
que se deba obedecer sus leyes cuando éstas no solo van en contra de la
moralidad de una sociedad, sino que además las mismas sean injustas; niega el
carácter jurídico a las normas o sistemas que no cumplan con los requisitos de
justicia y principios del derecho natural. Los iusnaturalistas deontológicos sólo
van a determinar a partir de los principios del iusnaturalismo, qué sistema jurídico es
inválido moralmente o injusto. El positivismo postula que las normas jurídicas en
general tienen validez y que la misma no depende de los valores morales; se considera
derecho positivo a toda normatividad ya sea que la emita el poder legislativo o el
ejecutivo como decretos, acuerdos, reglamentos, etc.; derecho positivo es aquel que
cumple con la finalidad por la cual fue creado, es decir que regula el comportamiento
del ser humano y que sirve para mantener el orden y la paz en la sociedad
El Derecho natural, el positivo y el vigente coinciden en que la finalidad es el regular el
comportamiento del ser humano pero mediante diferentes concepciones de lo que es el
derecho.
El derecho natural considera que es un conjunto de normas morales provienen de una
divinidad y que sus normas serán válidas siempre, en todo lugar y en todo tiempo
26
debido a que estos valores son universalmente válidos y que no necesitan de un
órgano o autoridad para que le otorguen validez.
El derecho positivo en cambio afirma que para que una norma jurídica sea válida no
necesita de los valores morales que pueda contener la misma o lo justa que esta pueda
ser, basta con que sean dictaminadas por la autoridad competente.
. ¿El derecho vigente es suficiente para mantener el contrato social en la actualidad?
Si, No ¿por qué?
El derecho vigente son todas las normas que regulan el comportamiento del hombre en
un lugar y momento determinados, pero también admite que para que tengan vigencia
los ordenamientos deben tomarse en cuenta los valores éticos y morales de la
sociedad a la cual van dirigidas las normas y es el que finalmente nos dice qué
facultades tenemos y qué obligaciones--derecho objetivo y subjetivo.
En nuestros días el contrato social, fundamentado en el artículo 17 de nuestra Carta
Magna, no ha sido razón suficiente para que todos los individuos de la Nación respeten
las leyes que ellos mismos permitieron que se promulgaran. El derecho vigente carece
de la actualización necesaria para resolver la inseguridad que actualmente enfrenta el
pueblo mexicano. Expertos afirman “Los delincuentes encuentran un nicho de negocio
en México, donde la ley no es clara o es débil”.
Re: FORO LEGALIDAD : DERECHO POSITIVO, DERECHO NATURAL Y DERECHO VIGENTE.
de ELIZABETH DE LA BARRERA BLANOR - viernes, 28 de junio de 2013, 18:37
Universidad Abierta y a Distancia de México
Ciencias Sociales y Administrativas
Licenciatura en Seguridad Pública
8º Cuatrimestre
Materia: Cultura de la Legalidad
Unidad 1. Origen de la legalidad y concepto de cultura
Actividad 1. El Derecho como consecuencia del contrato social
Clave: LIC 01093083
Facilitador: Ricardo Chávez Díaz
Nombre: Elizabeth De la Barrera Blanor
Matrícula: AL10502742
21/06/2013
Actividad 1. El Derecho como consecuencia del contrato social
Propósito: En esta actividad identificarás los conceptos de Derecho Natural, positivo y
vigente como parte del contrato social, el análisis de estos conceptos te ayudará a
entender en qué consiste la legalidad.
Instrucciones:
27
1. Ingresa al foro y debate con tus compañeros las siguientes interrogantes:
. ¿Cuál es la diferencia entre derecho positivo y derecho natural con base en el
contrato social?
El contrato social es el que le otorga al Estado la facultad y el poder para
coaccionarnos a cumplir con los ordenamientos jurídicos, dando origen a los órganos
encargados de impartir justicia, de crear leyes, y de organizar la estructura jurídica.
Rousseau lo describe como la soberanía de una Nación, dependiente directamente de
los valores fundamentales de la población, que genera leyes justas por ser producto de
la voluntad de una mayoría que le interesa el bien común, otorgando felicidad, igualdad
y libertad sujeta a las leyes promulgadas por la población. La soberanía que otorga el
pueblo mexicano al Estado mediante este contrato social está fundamentada en los
artículos constitucionales 39, 40 y 41. El derecho natural considera que es un conjunto
de normas morales, provenientes de una divinidad, las cuales serán válidas siempre,
en todo lugar y en todo tiempo por ser valores son universales que no requieren de un
órgano o autoridad para que le otorguen validez. En cambio, el derecho positivo afirma
que para que una norma jurídica sea válida no precisa valores morales ni requiere ser
justa, sino basta con que sean dictaminadas por la autoridad competente.
. ¿El derecho vigente es suficiente para mantener el contrato social en la
actualidad? Si, No ¿por qué?
El derecho vigente son todas las normas que regulan el comportamiento del hombre en
un lugar y momento determinados, en función de los valores éticos y morales de la
sociedad a la cual van dirigidas y, finalmente, es el que indica qué facultades tenemos
y qué obligaciones--derecho objetivo y subjetivo. En nuestros días el contrato social,
fundamentado en el artículo 17 de nuestra Carta Magna, no ha sido razón suficiente
para que todos los individuos de la Nación respeten las leyes que ellos mismos
permitieron que se promulgaran. En mi opinión, el derecho vigente carece de la
actualización necesaria para resolver la inseguridad que actualmente enfrenta el pueblo
mexicano. Una nota periodística reporta que los expertos afirman que “Los
delincuentes encuentran un nicho de negocio en México, donde la ley no es clara o es
débil”; y a juzgar por lo que publican los medios, tampoco ayuda que nuestro Congreso
de la Unión parece estar más preocupado por satisfacer sus necesidades personales y
políticas que atender las necesidades de la ciudadanía.
Fuentes:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Constitución publicada en el
Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917. Última reforma publicada DOF
11-06-2013 Recuperado el 25 de junio del 2013 de
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf
Referentes teóricos de la ética y los valores. Universidad Abierta y a Distancia de
México. Recuperado el 21 de Julio del 2013 de
http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=186
Vacío legal traba lucha contra sitios porno. Excelsior. Recuperado el 24 de Julio del
2013 de
28
http://www.excelsior.com.mx/nacional/2013/06/24/905728#.Ucm5nyO3BnA.facebook
un contrato social y que tiene muchos puntos de mejora, como bien lo
mencionas los factores como la ética, la civilidad, la solidaridad, etc. son
necesarios para mejorar la relación entre ciudadanos y por consecuncia la paz
pública,
México se encuentra rezagado en varios rubros como los delitos cibernéticos, las
reformas energéticas, las fallidas reformas educativas, las cuales originan
diversas afectaciones directas a la ciudadanía.
Por ejemplo falta ley fuerte y educativa en el caso de bullyng, es un fenómeno
relativamente nuevo que está afectando a miles de estudiantes, y es aquí donde
falta perfeccionar el contrato social para tratar de salvar el tejido social.
1.6. Principio de Legalidad
Los principios son un conjunto de criterios que va a tomar el legislador, el juez para
fundamentar sus decisiones en muchos de estos principios, que surgieron a través del
tiempo, desde los romanos hasta nuestros días, algunos teóricos consideran a los
principios generales del Derecho como una fuente formal indirecta del Derecho.
Son parte del Derecho Natural, Positivo, de la doctrina y la jurisprudencia.
Los principios ayudan a que los derechos que por ahora son llamados humanos sean
respetados, es por eso que incorporan valores como la libertad, igualdad, la vida,
justicia social. La aplicación de estos principios depende de la importancia que se les
den en cada ordenamiento, aunque son considerados fruto de la sabiduría jurídica y
de la lógica. Cada legislador decidirá cuándo y en qué supuestos deben ser usados.
El derecho ha sido valorado primero como un medio que otorga valores al grupo
humano al que va dirigido, valores como: la igualdad de todos ante la ley. También ha
sido valorado porque otorga un orden. Sin embargo los valores que otorga el
derecho dependen de los derechos humanos o valores superiores como: la
libertad.
Para que quede más claro este concepto, observa el siguiente ejemplo hipotético de
uno de los principios del Derecho:
Juan Álvarez realiza un contrato de compra venta de un terreno con Mateo
Pérez, Juan Álvarez es el vendedor y Mateo Pérez el comprador, en el contrato
se establece que el comprador va a pagar el terreno realizando depósitos
mensuales de $5,000.00 pesos a una cuenta del vendedor.
Pasado el tiempo Juan Álvarez reclama el título de propiedad del terreno, ya que
la cantidad pactada por la compra venta ya ha sido cubierta, sin embargo se da
cuenta que Mateo Pérez (vendedor) ya había realizado 3 ventas sobre el mismo
terreno a otras 3 personas.
Una vez que inicia el juicio sobre quién es el legítimo propietario del terreno,
29
independientemente de las leyes, el juzgador que conozca del caso se va a
guiar por un principio de Derecho que versa así: “El que es primero en tiempo,
es primero en Derecho” de tal suerte que quién haya pagado primero por el
terreno será el legítimo propietario, dejando a los otros 3 sólo con la posibilidad
de exigir la devolución de su dinero o de proceder penalmente en contra de
Mateo Pérez.
A través de este ejemplo puedes distinguir que este principio se basa en las
experiencias que se han dado a través de la historia, este tipo de situaciones se dan
con frecuencia pero también algunos otros.
1.6.1. Teoría pura del derecho
El derecho como ya lo analizaste ha sido estudiado desde diferentes ámbitos, la teoría
pura del derecho es la que se deriva de la teoría Kelsiana, es decir, que el derecho
vale por ser derecho, sin embargo, los principios deben estar contenidos en este
derecho porque son producto de la años de experiencia de legisladores, jueces y
teóricos.
Si combinamos las bases del Derecho Natural, el Derecho Positivo, el Contrato Social,
tenemos como resultado que el Derecho en general se fundamenta en la necesidad de
controlar a la sociedad, de mantener las relaciones entre los humanos lo más pacificas
posibles, pero únicamente si contamos con toda una estructura que este fundamentada
en valores éticos, principios y teorías que han sido perfeccionadas con los años, pero
también es necesario que el derecho evolucione al mismo paso que la sociedad.
Si tenemos un conjunto de normas obsoletas, y por tanto inaplicables la sociedad
eventualmente dejará de considerar importante obedecer estas normas. Sin embargo
Kelsen obvió que el derecho ha de ser obedecido por todos porque emana del Estado.
Así que finalmente la validez y la obediencia del Derecho dependen de la sociedad y de
los factores políticos, económicos, culturales que influyan en la misma.
1.6.2. Principios de derecho
Algunos de los principios que se toman en consideración tanto por los jueces y por los
legisladores son los siguientes:
. Ignorantiajuris non excusat. La ignorancia de la ley no excusa de su cumplimiento.
Cuando un ordenamiento es promulgado, debe ser dado a conocer y hay plazos para
que los poblados más alejados de las ciudades conozcan de éstos ordenamientos.
. Debido proceso. Este principio obliga a los gobiernos a respetar los derechos que
tienen las personas sujetas a algún proceso, como el de ser oídas en juicio, que el juez
sea imparcial, etc.
. Irretroactividad de la Ley. Cuando posterior a ejecutar una conducta se tipifica la
30
misma, ya no se puede castigar a la persona. Sin embargo cuando la ley otorga algún
beneficio, por ejemplo: que disminuyan los años de prisión por la comisión de cierto
delito, quién se encuentre recluido por ese delito se le aplicará la ley y su condena
disminuirá.
. Suplencia de la Queja deficiente. Este principio aplica en el derecho de amparo
cuando la persona que considera que sus garantías se han violado y presenta una
demanda de amparo, si en ésta no se encuentran todos los requisitos de fondo y forma
o si no se incluyen los artículos que fundamenten la misma, el magistrado tiene la
obligación de suplir las deficiencias, y deberá tomar en cuenta todos los principios,
jurisprudencias, leyes para dictar sentencia.
. Máxima taxatividad legal e interpretativa. En principio, el legislador deberá ser lo
más claro posible al momento de redactar las leyes para que las mismas sean lo más
comprensibles, pero cuando no es así y la ley es ambigua o poco clara, el juez deberá
interpretar la ley de forma en que afecte lo menos posible a la que vaya dirigida la
misma o incluso podrá determinar que la ley es inconstitucional por ser poco clara.
. Non bis ibídem. Nadie podrá ser juzgado por el mismo delito dos veces. Por ejemplo:
Una persona es acusada de haber robado y se lleva a cabo el juicio penal, pero al
finalizar no hay suficientes pruebas para que la sentencia sea condenatoria, posterior a
esto se encuentran nuevas evidencias que dan la certeza de que ésta persona cometió
el delito, ya no lo podrán volver a juzgar por el mismo delito.
. Lesividad. Sólo las conductas que lesionen un bien jurídico serán castigadas.
. Humanización. Ninguna pena será cruel o degradante
Estos son algunos de los principios por los que se rige nuestro sistema jurídico.
1.6.3. Legalidad
La legalidad como principio se refiere a que sólo las leyes penales serán válidas
cuando sean emitidas por los órganos establecidos para ello. Nullum crimen,
nullapoena sine lege previa: esta frase en latín significa que no hay delito ni pena sin
ley previa.
Pero la legalidad también debe ser entendida como un conjunto de normas
jurídicas, principios, instituciones, valores éticos y morales que rigen la conducta
de todos los que pertenecemos a un Estado de Derecho.
Para mantener la legalidad es necesario que primero conozcamos los derechos, pero
conocerlos no es suficiente, también es necesario difundir estos derechos para que
la sociedad en general los conozca y entienda las obligaciones que conlleva
tener derechos.
A diferencia de lo que opina Kelsen para que el derecho cumpla su función es
31
necesario respetar esas normas, no porque el Estado tenga la autoridad para
coaccionar a que así se haga, sino porque las norma jurídica sean basadas en la ética
en valores universales que logren que la legalidad se mantenga y se solidifique.
La legalidad también se refiere a las instituciones que sirven al derecho, por ejemplo:
Tu vecino tiene un negocio sin el permiso de la autoridad, en su cochera tiene
unas máquinas de videojuegos, esta actividad está provocando que los amigos
de tus hijos y tu propio hijo regresando de la escuela lleguen a jugar en lugar de
hacer la tarea.
Parte de la legalidad es recurrir a las instancias y organismos pertinentes en cada
asunto en particular, y en este caso primero deberás acudir ante las autoridades de tu
delegación para reportar la actividad ilegal de tu vecino, si dicha autoridad hace caso
omiso a tu queja entonces podrás acudir ante otro organismo como el Instituto de
Verificación Administrativa del D.F. (INVEA).
Esto se debe a que dentro de nuestro sistema jurídico hay instancias y órganos
para hacer valer nuestros derechos y cumplir con nuestras obligaciones.
La legalidad debe estar presente en cada uno de los actos porque todas las actividades
que realizamos a diario están reguladas por la ley. Todos somos parte de esta
legalidad, dejamos en manos del Estado la impartición de justicia, la facultad para
determinar que conductas deben ser consideradas como delito, los órganos que van a
atender los conflictos y necesidades que en la sociedad se presenten, es por esto que
cualquier reforma a cualquier ley nos concierne a todos y tenemos que tener el
conocimiento de estas reformas y de los diferentes organismos que conforman al
Estado.
El contrato social es la base de la legalidad, pero la legalidad se basa no sólo en
las normas jurídicas sino además de los principios de Derecho, las instituciones
que de él se derivan, las jurisprudencias, y debido a la cultura actual de México
también está basada en Tratados Internacionales que debes conocer. De tal suerte
que sin el contrato social la legalidad no existiría pero sin la legalidad viviríamos en una
anarquía donde cada quien haría lo quisiera y el orden que tenemos en la actualidad no
sería posible.
Actividad 2. Los elementos que definen y conforman la cultura de legalidad
Propósito: En esta actividad identificarás los conceptos que se relacionan con la
Cultura de Legalidad, para establecer conexiones entre los conceptos, teorías, leyes y
principios.
Instrucciones:
1. Identifica y analiza los diferentes puntos característicos de Cultura de Legalidad,
utilizando conceptos, teorías, leyes y principios.
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2. Realiza una lista de las principales características de cada uno de estos conceptos.
3. Posteriormente, elabora un mapa conceptual donde se relacionen estos conceptos
con la cultura de la Legalidad.
4. En el mapa conceptual deben plasmarse los siguientes elementos, a manera de una
explicación esquemática y resumida del tema. El orden deberá estar en función de tu
propia creatividad o tu razonamiento lógico.
. Conceptos que se relacionan con la Cultura de Legalidad.
. Establecer entre los conceptos teorías, leyes y principios.
5. Guarda tu trabajo con la nomenclatura SCUL_U1_A2_XXYZ. Sustituye las XX por
las dos primeras letras de tu primer nombre, la Y por la inicial de tu apellido paterno y la
Z por la inicial de tu apellido materno.
6. Envía tu archivo a tu Facilitador(a) mediante la sección de Tareas para que lo revise
y te retroalimente, tendrás la oportunidad de enviar una segunda versión de tu trabajo.
*Consulta la rúbrica de evaluación para conocer los criterios que serán tomados en
cuenta al momento de calificar tu trabajo.
Actividad 2
Incluye los datos básicos de identificación del trabajo: nombre y matrícula del alumno, nombre del
curso, nombre de la tarea y fecha de elaboración.
El mapa conceptual constituye una explicación esquemática y resumida del tema. Explica
detalladamente, de manera clara y completa la información solicitada de los conceptos, teorías,
leyes y principios que permita identificar los puntos característicos de la cultura de legalidad.
La redacción presenta un máximo de tres errores de ortografía y/o sintaxis. Se utilizan
adecuadamente los signos de puntuación en la mayoría de las ocasiones requeridas por el texto.
Consulta por lo menos dos fuentes de información relacionadas con el tema y redacta la(s) cita(s)
y las referencias de acuerdo al formato APA.
33
El contrato social es la base de la legalidad, pero la legalidad se basa no sólo en las
normas jurídicas sino además de los principios de Derecho, las instituciones que de él
se derivan, las jurisprudencias, y Tratados Internacionales. Hay una gran cantidad de
principios generales del derecho, unos referidos a todo el ordenamiento jurídico y otros
sólo a alguna de sus ramas, algunos son perennes, otros referidos a cierto periodo
histórico; y que no todos tienen la misma jerarquía o importancia ya que existe una
gradación. Existe una relación entre los principios generales del derecho y las reglas
del derecho, donde los principios son conceptos o normas fundamentales y abstractas,
tienen un significado filosófico, mientras que las reglas son locuciones concisas y
sentenciosas que guardan más sentido jurídico. Anteriormente, las reglas eran más
bien el resultado -siguiendo el método inductivo-de la norma, mientras que hoy en día
los principios -siguiendo el método deductivo-son los que dan fundamento, a dicha
norma jurídica, los principios para los modernos, son previos a la norma, mientras que
para los antiguos las reglas son posteriores a la norma. Como es lógico, el derecho
positivo no se ha ocupado de establecer un listado de principios generales o al menos
de las reglas; esa labor corresponde más bien a la doctrina o cuando mucho a la
jurisprudencia, aunque eta última no de manera sistemática
Conceptos, Teorías, Leyes y Principios de la Cultura de Legalidad
Los principios ayudan a que los derechos que por ahora son llamados
humanos sean respetados, es por eso que incorporan valores como la
libertad, igualdad, la vida, justicia social. La aplicación de estos
principios depende de la importancia que se les den en cada
ordenamiento, aunque son considerados fruto de la sabiduría
jurídica y de la lógica. Cada legislador decidirá cuándo y en qué
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supuestos deben ser usados.
Los principios generales del Derecho, fruto de la sabiduría jurídica y
de la lógica, son una fuente formal indirecta del Derecho y son parte
del Derecho Natural, Positivo, de la doctrina y la jurisprudencia;
incorporan valores que dependen de los derechos humanos o valores
superiores, como la libertad, igualdad, la vida, justicia social.
Teoría
Kelsiana
El derecho vale por ser derecho
A diferencia de lo que opina Kelsen para que el derecho cumpla su
función es necesario respetar esas normas, no porque el Estado tenga
la autoridad para coaccionar a que así se haga, sino porque las norma
jurídica sean basadas en la ética en valores universales que logren
que la legalidad se mantenga y se solidifique
Principio de
Derecho
1.- Lo accesorio sigue la suerte de lo principal.
2.- Quien puede lo más, puede lo menos.
3.- Quien sabe y consiente no recibe injuria ni engaño.
4.- Nadie está obligado a lo imposible.
5.- Nadie debe enriquecerse con daño de otro.
6.- Nadie debe ser condenado sin ser oído.
7.- Lo que no consta en los autos del pleito, no existe en el mundo.
8.- Las convenciones de los particulares, no derogan al Derecho Público.
9.- En todas las cosas y muy particularmente en el Derecho, debe atenderse a la
equidad.
10.- El Derecho nace del hecho.
11.- Las cosas que se hacen contra el Derecho se reputan no hechas.
12.- El error quita la voluntad y descubre la impericia de su autor.
13.- El género se deroga por la especie.
14.- Se entiende que hace la cosa, aquél a cuyo nombre se hace.
15.- Las palabras deben entenderse de la materia de que se trata.
16.- Lo que es nulo no produce efecto alguno.
17.- Se presume ignorancia si no se prueba ciencia.
18.- Nadie puede alegar en su beneficio, la propia torpeza.
19.- Lo que no está prohibido, está permitido.
20.- El primero en tiempo, es primero en derecho.
Ignorantiajuris
non excusat.
La ignorancia de la ley no excusa de su cumplimiento.
Debido
proceso.
obliga a los gobiernos a respetar los derechos que tienen las personas
sujetas a algún proceso, como el de ser oídas en juicio, que el juez
sea imparcial, etc.
Irretroactividad
de la Ley
Cuando posterior a ejecutar una conducta se tipifica la misma, ya no
se puede castigar a la persona. Sin embargo cuando la ley otorga
algún beneficio, por ejemplo: que disminuyan los años de prisión por
la comisión de cierto delito, quién se encuentre recluido por ese delito
se le aplicará la ley y su condena disminuirá
Suplencia de
la Queja
deficiente
en el derecho de amparo cuando la persona que considera que sus
garantías se han violado y presenta una demanda de amparo, si en
ésta no se encuentran todos los requisitos de fondo y forma o si no se
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incluyen los artículos que fundamenten la misma, el magistrado tiene
la obligación de suplir las deficiencias, y deberá tomar en cuenta todos
los principios, jurisprudencias, leyes para dictar sentencia
Máxima
taxatividad
legal e
interpretativa
cuando la ley es ambigua o poco clara, el juez deberá interpretar la ley
de forma en que afecte lo menos posible a la que vaya dirigida la
misma o incluso podrá determinar que la ley es inconstitucional por
ser poco clara
Non bis ibídem Nadie podrá ser juzgado por el mismo delito dos veces
Lesividad Sólo las conductas que lesionen un bien jurídico serán castigadas.
Humanización Ninguna pena será cruel o degradante
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Pero la legalidad debe ser entendida como un conjunto de normas
jurídicas, principios, instituciones, valores éticos y morales que rigen la
conducta de todos los que pertenecemos a un Estado de Derecho; es
necesario difundir estos derechos para que la sociedad en general los
conozca y entienda las obligaciones que conlleva tener derechos.
La legalidad también se refiere a las instituciones que sirven al
derecho; dentro de nuestro sistema jurídico hay instancias y órganos
para hacer valer nuestros derechos y cumplir con nuestras
obligaciones
Principio de
Legalidad
La legalidad como principio se refiere a que sólo las leyes penales
serán válidas cuando sean emitidas por los órganos establecidos para
ello.
Nullum crimen,
nulla poena
sine lege
previa:
no hay delito ni pena sin ley previa
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Universidad Abierta y a Distancia de México
Ciencias Sociales y Administrativas
Licenciatura en Seguridad Pública
8º Cuatrimestre
Materia: Cultura de la Legalidad
Unidad 1. Origen de la legalidad y concepto de cultura
Actividad 2. Los elementos que definen y conforman la cultura de legalidad
Clave: LIC 01093083
Facilitador: Ricardo Chávez Díaz
Nombre: Elizabeth De la Barrera Blanor
Matrícula: AL10502742
21/06/2013
Actividad 2. Los elementos que definen y conforman la cultura de legalidad
Propósito: En esta actividad identificarás los conceptos que se relacionan con la
Cultura de Legalidad, para establecer conexiones entre los conceptos, teorías, leyes y
principios.
Instrucciones:
1. Identifica y analiza los diferentes puntos característicos de Cultura de Legalidad,
utilizando conceptos, teorías, leyes y principios.
2. Realiza una lista de las principales características de cada uno de estos conceptos.
3. Posteriormente, elabora un mapa conceptual donde se relacionen estos conceptos
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con la cultura de la Legalidad.
4. En el mapa conceptual deben plasmarse los siguientes elementos, a manera de una
explicación esquemática y resumida del tema. El orden deberá estar en función de tu
propia creatividad o tu razonamiento lógico.
. Conceptos que se relacionan con la Cultura de Legalidad.
. Establecer entre los conceptos teorías, leyes y principios.
5. Guarda tu trabajo con la nomenclatura SCUL_U1_A2_XXYZ. Sustituye las XX por
las dos primeras letras de tu primer nombre, la Y por la inicial de tu apellido paterno y la
Z por la inicial de tu apellido materno.
6. Envía tu archivo a tu Facilitador(a) mediante la sección de Tareas para que lo revise
y te retroalimente, tendrás la oportunidad de enviar una segunda versión de tu trabajo.
*Consulta la rúbrica de evaluación para conocer los criterios que serán tomados en
cuenta al momento de calificar tu trabajo.
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Conceptos, Teorías, Leyes y Principios de la Cultura de Legalidad
El contrato social es la base de la legalidad y ésta se basa en:
Normas jurídicas, instituciones, Tratados Internacionales y jurisprudencia que
establece un listado de principios generales . Por otra parte, el principio de
legalidad es la regla de oro del Derecho público y parámetro para determinar
que un Estado es un Estado de Derecho que establece seguridad jurídica al
someter al poder público a la voluntad de la ley y su jurisdicción en lugar de a la
voluntad de las personas; este principio está para intervenir cuando no exista el
apego debido a la legalidad por parte del Estado en la afectación al subordinado.
Norberto Bobbio propone una
clasificación de principios generales
del derecho que atiende a las
funciones que cumplen: 1o.
interpretativa o hermenéutica, que
consiste en fijar el sentido de tal o
cual expresión jurídica; 2o. la
integradora de los vacíos de ls
fuentes formales que es la atribuida
por el artículo 14, párrafo cuarto de
nuestra Magna Carta; 3o. la
directiva, propia de los principios
constitucionales de tipo
programático para orientar al
legislador y órganos inferiores de
producción jurídica; 4o. la
limitativa que corresponde según
el artículo 117 de la Constitución
Italiana a "los principios
fundamentales establecidos por las
leyes del estado respecto de las
disposiciones legislativas emanadas
de las regiones." García Máynez
prefiere clasificarlos en Principios
generales de derecho sustancial, de
derecho procesal y de
organización, dirigidos a los
ciudadanos, los jueces y al
legislador respectivamente.
PrincipiosGenerales de Derecho, fruto de la sabiduría jurídica y de la lógica, son una fuente
formalindirecta del Derecho y son parte del Derecho Natural, Positivo, de la doctrina y la
jurisprudencia; incorporanvalores que dependen de los derechos humanos o valores
superiores, como la libertad, igualdad, la vida, justicia social. Cada legislador decidirá cuándo y
en qué supuestos deben ser usados. Los Principios Generales del Derecho tienen tres
funciones que tienen incidencia importante en las normas del ordenamiento: La función
creativa establece que antes de promulgarla norma jurídica, el legislador debe conocer los
principiospara inspirarse en ellos y poder positivizarlos. La función interpretativa implica que al
interpretarlas normas, el operador debe inspirarse en los principios, para garantizar una cabal
interpretación.La función integradora significa que quien va a colmar un vacío legal, debe
inspirarse en los principios para que el Derecho se convierta en un sistema hermético
Antes las reglas eran el resultado -siguiendo el método inductivo-dela norma, hoy los
principios-siguiendo el método deductivo-dan fundamento a dicha norma jurídica, los
principiospara los modernos son previos a la norma, y para los antiguos las reglas son
posteriores a la norma. Antes las reglas eran el resultado -siguiendo el método inductivo-de
la norma, hoy los principios -siguiendo el método deductivo-dan fundamento a dicha norma
jurídica, los principios para los modernos son previos a la norma, y para los antiguos las reglas
son posteriores a la norma.
La legalidad como principio se refiere a que sólo las leyes penales serán válidas cuando sean
emitidas por los órganos establecidos para ello.
No todos tienen la misma jerarquía o importancia ya que existe una gradación; .unos
referidosa todo el ordenamientojurídico, otros sólo a alguna de sus ramas, algunos son
perennes, otros referidos a cierto periodo histórico
1.- Lo accesorio sigue la suerte de lo
principal.
2.- Quien puede lo más, puede lo menos.
3.- Quien sabe y consiente no recibe injuria
ni engaño.
4.- Nadie está obligado a lo imposible.
5.- Nadie debe enriquecersecon daño de
otro.
6.- Nadie debe ser condenado sin ser oído.
7.- Lo que no consta en los autos del pleito,
no existe en el mundo.
8.- Las convenciones de los particulares, no
derogan al Derecho Público.
9.- En todas las cosas y muy
particularmenteen el Derecho, debe
atenderse a la equidad.
10.- El Derecho nace del hecho.
11.- Las cosas que se hacen contra el
Derecho se reputan no hechas.
12.- El error quita la voluntad y descubre la
impericiade su autor.
13.- El género se deroga por la especie.
14.- Se entiende que hace la cosa, aquél a
cuyo nombre se hace.
15.- Las palabras deben entenderse de la
materiade que se trata.
16.- Lo que es nulo no produce efecto
alguno.
17.- Se presume ignorancia si no se prueba
ciencia.
18.- Nadie puede alegar en su beneficio, la
propia torpeza.
19.- Lo que no está prohibido, está
permitido.
20.- El primero en tiempo, es primero en
derecho.
1. Ignorantia juris non excusat- La
ignoranciade la ley no excusa de su
cumplimiento. 2.Debido proceso-obligaa
los gobiernos a respetar los derechos que
tienen las personas sujetas a algún proceso,
como el de ser oídas en juicio, que el juez
sea imparcial, etc. 3.Irretroactividadde la
Ley- Cuando posterior a ejecutar una
conducta se tipifica la misma, ya no se
puede castigar a la persona. Sin embargo
cuando la ley otorga algún beneficio, por
ejemplo: que disminuyan los años de
prisión por la comisión de cierto delito,
quién se encuentre recluido por ese delito
se le aplicará la ley y su condena disminuirá
4.Suplenciade la Queja deficiente- en el
derecho de amparo cuando la persona que
considera que sus garantías se han violado y
presenta una demanda de amparo, si en
ésta no se encuentran todos los requisitos
de fondo y forma o si no se incluyen los
artículos que fundamenten la misma, el
magistradotiene la obligación de suplir las
deficiencias,y deberá tomar en cuenta
todos los principios, jurisprudencias, leyes
para dictar sentencia 5.Máxima
taxatividad legal e interpretativa-cuando
la ley es ambigua o poco clara, el juez
deberá interpretar la ley de forma en que
afecte lo menos posible a la que vaya
dirigidala misma o incluso podrá
determinar que la ley es inconstitucional
por ser poco clara 6.Non bis ibídem Nadie
podrá ser juzgado por el mismo delito dos
veces 7.Lesividad- Sólo las conductas que
lesionen un bien jurídico serán castigadas.
8.HumanizaciónNinguna pena será cruel o
degradante. 9. Nullum crimen, nulla poena
sine lege previa- no hay delito ni pena sin
ley previa
Teoría Kelsiana : El derecho vale por ser
derecho
A diferenciade lo que opina Kelsen para que
el derecho cumpla su función es necesario
respetar esas normas, no porque el Estado
tenga la autoridad para coaccionar a que así
se haga, sino porque las norma jurídica sean
basadas en la ética en valores universales
que logren que la legalidad se mantenga y se
solidifique
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Fuentes de Consulta
1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Constitución publicada en
el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917. Última reforma publicada
DOF 11-06-2013 Recuperado el 25 de junio del 2013 de
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf
2. Díaz González, L. R. Principios Generales Del Derecho Nuevo Consultorio Fiscal
#427. Recuperado el 21 de Julio del 2013 de
http://www.google.com/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&cad=rja&ved
=0CCoQFjAA&url=http%3A%2F%2Fwww.consultoriofiscalunam.com.mx%2Fenviar.
php%3Ftype%3D2%26id%3D722&ei=0f3OUd_wLYqA9QSH8IHADw&usg=AFQjCN
GdWc_NnYAw96n-JblZEjQBVM-LQA&bvm=bv.48572450,d.eWU
3. Islas Montes, R. Sobre el Principio de la Legalidad. Anuario de Derecho
Constitucional Latinoamericano. Recuperado el 27 de junio del 2013 de
http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/dconstla/cont/2009/pr/pr7.pdf
4. Laveaga, G. (2000). La cultura de la Legalidad. México, UNAM
5. Los Principios Generales del Derecho en la Interpretación del Derecho del Trabajo.
Recuperado el 27 de junio del 2013 de
http://www.google.com/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&cad=rja&ved
=0CCoQFjAA&url=http%3A%2F%2Fbiblio.juridicas.unam.mx%2Frevista%2Fpdf%2
FDerechoComparado%2F38%2Fart%2Fart3.pdf&ei=IYHPUeegDuqH0QGLsoCQDA
&usg=AFQjCNEtiHjNkdZZoodTVz_pBRpm39AECw&bvm=bv.48572450,d.dmQ
6. Preciado Hernández, R. El Artículo 14 Constitucional y los Principios Generales del
Derecho. Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la
UNAM. Recuperado el 27 de junio del 2013 de
http://www.google.com/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&cad=rja&ved
=0CCgQFjAA&url=http%3A%2F%2Fwww.juridicas.unam.mx%2Fpublica%2Flibrev%
2Frev%2Ffacdermx%2Fcont%2F248.5%2Fart%2Fart3.pdf&ei=83rPUZjNMMGB0AG
X_oDoDw&usg=AFQjCNH2JG00rQ7pqcregSGWkEODNHIC0A&bvm=bv.48572450,
d.dmQ
7. Referentes teóricos de la ética y los valores. Universidad Abierta y a Distancia de
México. Recuperado el 21 de Julio del 2013 de
http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=186
Autoevaluación
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importantes estudiados en la unidad, resuelve el ejercicio de autoevaluación que se
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Cultura de la legalidad U1 lecturas

  • 1. 1 Universidad Abierta y a Distancia de México Ciencias Sociales y Administrativas Licenciatura en Seguridad Pública 8º Cuatrimestre Materia: Cultura de la Legalidad Unidad 1. Origen de la legalidad y concepto de cultura Actividad 2. Rúbrica de evaluación Unidad 2. Justicia y legalidad Autoevaluación U2 Clave: LIC 01093083 Facilitador: Ricardo Chávez Díaz Nombre: Elizabeth De la Barrera Blanor Matrícula: AL10502742 21/06/2013 RICARDO CHAVEZ DIAZ <fa1004450@unadmexico.mx> 29 jun (hace 5 días) para bcc: mí Estimado Alumno : Además de enviarte un cordial saludo, te informo que he sido asignado como tu docente en línea para apoyarte en tu aprendizaje durante el ciclo 2013-2 en la materia Cultura de la Legalidad. Te doy la más cordial bienvenida y te invito a que trabajemos de manera conjunta para concluir satisfactoriamente este curso. Contarás con mí apoyo y asesoría, por lo que te envío mis datos de contacto: Nombre: RICARDO CHÁVEZ DÍAZ Cuenta de correo electrónico institucional: fa1004450@unadmexico.mx
  • 2. 2 Durante el curso, realizarás actividades que serán auto-evaluables y otras que me enviarás a través de la herramienta correspondiente. Con el desarrollo de esta materia se busca que analices los conceptos fundamentales relacionados con la legalidad y la cultura, con todo lo que ello implica abordaremos las temáticas relacionadas. La legalidad como estudiante te permitirá dimensionar la importancia que ejerce la misma en una sociedad construida a partir de un conjunto de normas, instituciones y sistemas, es por ello que se incluyen temas relacionados con el origen del estado de Derecho en el que actualmente estamos inmersos. La materia de Cultura de la legalidad comprende el estudio del concepto de cultura y de cómo en la actualidad la globalización ha impactado en la forma de legislar en México. La legalidad no puede entenderse por sí misma, para llegar a su comprensión es necesario conocer los conceptos de Derecho natural, positivo y vigente, además de reflexionar sobre cómo éstos dieron origen al contrato social y por tanto al estado de Derecho. Me comprometo a contestar tus dudas en un plazo no mayor a 24 horas; igualmente, te enviaré retroalimentación y calificación de tus actividades. Saludos cordiales, RICARDO CHAVEZ DIAZ Facilitador. miércoles, 3 de julio de 2013 07:26: Buenos días Ricardo, ¿Podrías avisarme cómo puedo subir la calificación de REGULAR que asignaste a mis participaciones en foro? Pensé que había seguido los lineamientos pero veo que tristemente no lo he logrado. Apreciaría me indiques qué carece para corregirlo. Muchas gracias. martes, 9 de julio de 2013 15:45: Hola Elizabeth: La calificación final en foro comprende la participación conforme a las indicaciones de la aportación de la temática mas los comentarios en foro en interacción con tus compañeros , si cuentas con ello quizá
  • 3. 3 solo es cuestión de actualizar las evaluaciones para que tengas la máxima calificación. Si tienes ya calificados esos elementos y aun estas en regular comentamelo para verificarlo. 21:20: Subí mi aportación e hice comentarios a las aportaciones de varios de mis compañeros....seguramente hará falta actualizar las evaluaciones. Gracias por tu apoyo..... 23:46: Hola Ricardo, En la página de Cultura de Legalidad Unidad 1 aparece "Actividad 3. Lo justo y lo ilegal" que no está contenida dentro del material provisto para esta unidad. Si es necesario cumplir con esta actividad, podrías hacernos el favor de enviarnos el material de lectura y la descripción de la actividad que debemos realizar? Apreciaría tu confirmación en cualquiera de los casos. Muchas gracias. PD: También cabe mencionar que aún no han subido el recurso de la autoevaluación para esta unidad. Buenas Noches. 23:48: Aprovechando, ¿crees que podrías avisarnos cuando subas las preguntas de autorreflexión y la asignación del facilitador? Disculpa las molestias. Que descanses. miércoles, 10 de julio de 2013 11:00: FALLAS DE SISTEMA Buen dia a todos: A lo largo de estos dias se han observado algunos fallas en la plataforma consistentes en la ausencia de algunas herramientas o contenidos de ella, la Institucion nos ha pedido que en caso de que observen algun faltante de informacion y/o herramientas en el sistema sera necesario me remitan un reporte de tal ciscuntancia a mi clave de correo institucional (fa1004450@unadmexico.mx) en un archivo de word que contenga la siguiente información : Impresión de pantalla de la problemática (usando la tecla "imp pant" de tu teclado). Breve explicación del problema. Nombre completo Matrícula. Carrera. Materia. Grupo. Cuatrimestre Lo anterior ya que es un requisito que nos pide la Institución para turnar la problemática a mi superior y la resuelvan los responsables de sistemas. Quedo a sus apreciables ordenes y a la espera de sus comentarios. RICARDO CHAVEZ DIAZ FACILITADOR Saludos. jueves, 25 de julio de 2013 22:13: PREGUNTAS DE AUTORREFLEXION UNIDAD 1 Buen dia a todos : Ya estan disponibles las preguntas de base para su Autorreflexion de la Unidad 1 , quedo a la espera de sus productos deseandoles un buen fin de semana ! Márgenes: Las márgenes deben ser de 2.54 cms en toda la hoja. Sangría: Cinco espacios en la primera línea de cada párrafo. Espaciado: Texto a doble espacio y alineado a la izquierda, exceptuando figuras y tablas. Dos espacios después del punto final de una oración. Tipo de letra: Times New Roman a un tamaño de 12. Papel: Papel tamaño Carta. 1-Crea el título de tu página. Centra el título en la página utilizando letras mayúsculas y minúsculas. Agrega tu nombre en la siguiente línea, seguido del nombre de tu universidad. 2
  • 4. 4 Agrega un encabezado a tu documento. Justifica a la izquierda las palabras "Encabezado" seguidas de dos puntos y el título de tu ensayo en letras mayúsculas. Después, justifica a la derecha el número de la página. Aplica este encabezado en todas las páginas de tu documento. 3 Incluye un extracto. Este párrafo ofrece una reseña de tu ensayo. Resume tu investigación en 150 o 200 palabras, de acuerdo con el Laboratorio de Escritura en Línea de la Universidad de Purdue. 4 Desarrolla niveles de encabezados. El estilo APA permite cinco niveles en los encabezados. Centrados, en negritas y en mayúsculas son los encabezados de primer nivel. Los de segundo nivel son también aquellos en mayúsculas pero justificados a la izquierda. Los encabezados con sangría y minúsculas, son encabezados de tercer nivel, siempre y cuando terminen con un punto. Los encabezados de cuarto nivel siguen el mismo formato que el nivel anterior, pero en itálicas. El último nivel mantiene la letra itálica, pero no incluye texto en negritas. 5 Incluye citas de referencia. Escribe el autor y año de publicación en paréntesis después del texto citado, por ejemplo (Coleman, 1997). Si incluyes el nombre del autor en la línea, agrega el año de publicación en paréntesis, por ejemplo, "Como Coleman (1997) argumentó...". Continúa con las citas con la puntuación adecuada, normalmente es el punto. 6 Crea una lista de referencias. Las últimas páginas de tu documento deben incluir una lista detallada de las referencias utilizadas al momento de escribir el ensayo. Coloca una sangría de 1/2 pulgada en la segunda y todas las demás líneas de cada inicio y justifica la primera línea a la izquierda. Ordena la lista alfabéticamente comenzando con el apellido del autor y después su nombre de pila. Las citas son una referencia a una idea o afirmación en donde se establece la fuente o origen del mismo. Para citar usando las normas APA se utilizan paréntesis dentro del texto en vez de usar notas en el pie de página. La cita debe incluir información sobre el autor y año de publicación. Las citas pueden ser literales o parafraseadas. Cita literal: Sucede cuando se extraen fragmentos o ideas textuales. Las palabras omitadas se reemplazan por puntos suspensivos (…). En este caso es necesario incluir el apellido del autor, el año de publicación y la página del texto extraído. Cuando la cita tiene menos de 40 palabras se escribe inmersa en el texto y entre comillas, en cambio las de mayor de 40 palabras se escriben aparte del texto con sangría y un punto menor en el tamaño de la letra sin usar comillas. Cita de parafraseo: Se utiliza para citar las ideas de un autor pero no de forma textual. Este tipo de citas requieren el apellido del autor y el año de publicación. La formación integral y sus dimensiones http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=192
  • 5. 5 Dignidad humana: Dimensiones y fuentes en la persona humana http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=193 Sobre ética y moral http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=194 La ética, los derechos y la justicia http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=195 Doctrinas éticas fundamentales http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=196 Capítulo 1 http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=197 Capítulo 2 http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=198 Capítulo 3 http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=199 Filosofía del Derecho http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=200 Ética profesional http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=201 Antropología filosófica http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=202 Valores morales y comportamiento social http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=203 Introducción al pensamiento de Max Scheler http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=204 La crisis del hombre y de los valores en la filosofía actual http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=205 La superación de la crisis de valores y violencia en la sociedad contempoánea http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=206 Licenciatura en Seguridad Pública 8° cuatrimestre Cultura de la legalidad Unidad 1. Origen de legalidad y concepto de Clave: 01093083 Universidad Abierta y a Distancia de México Referentes teóricos de la ética y los valores. Universidad Abierta y a Distancia de México. Recuperado el 21 de Julio del 2013 de http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=186
  • 6. 6 Índice Unidad 1. Origen de legalidad y concepto de cultura ......................................................... 4 Presentación de la unidad ................................................................................................. 4 Propósitos .......................................................................................................................... 5 Competencia especifica ..................................................................................................... 5 1.1. Cultura ........................................................................................................................ 6 1.1.1. La cultura actual ....................................................................................................... 7 1.1.2. La cultura en un mundo globalizado ......................................................................... 9 1.2. Derecho natural ........................................................................................................ 10 1.2.1. Iusnaturalismo........................................................................................................ 10 1.2.2.Ética ........................................................................................................................ 12 1.3. Derecho positivo ....................................................................................................... 14 1.3.1. Teoría Kelsiana de Derecho positivo ...................................................................... 15 1.3.2. Análisis crítico a la teoría Kelsiana ......................................................................... 16 1.4. Derecho vigente ........................................................................................................ 17 1.4.1. El derecho objetivo ................................................................................................ 18 1.4.2. Fuentes formales del Derecho vigente ................................................................... 19 1.4.3. Análisis comparativo entre Derecho Natural, Positivo y Vigente ............................ 21 1.5. Contrato Social ......................................................................................................... 22 1.5.1. El contrato social de acuerdo a Rousseau ............................................................. 22 1.5.2. Fundamento legal del Contrato Social ................................................................... 23 Actividad 1. El Derecho como consecuencia del contrato social ...................................... 25 1.6. Principio de Legalidad .............................................................................................. 25 1.6.1. Teoría pura del derecho ........................................................................................ 26 1.6.2. Principios de derecho............................................................................................. 27 1.6.3. Legalidad ............................................................................................................... 28 Actividad 2. Los elementos que definen y conforman la cultura de legalidad ................... 30 Autoevaluación ................................................................................................................ 30 Evidencia de aprendizaje. Una imagen de la falta de cultura y legalidad ......................... 31 Actividades de Autorreflexión ........................................................................................... 32 Cierre de la unidad .......................................................................................................... 32 Para saber más ............................................................................................................... 33 Fuentes de consulta ........................................................................................................ 34 Fuentes cibergráficas ....................................................................................................... 34 Unidad 1. Origen de legalidad y concepto de cultura Presentación de la unidad La Cultura de Legalidad comprende diversos aspectos relacionados con el derecho. Para su análisis, partimos primero del concepto de cultura, para posteriormente entender cómo es que la globalización ha influido en la cultura del México actual. Ha sido el cambio en la forma de hacer y pensar en México lo que ha influido en la forma de legislar, encontrándonos inmersos en una legalidad que pocos conocemos y que está en constante cambio; para conocerla es necesario entender el origen de las leyes, posteriormente el alcance de las mismas y las acciones de las personas que se rigen por la legalidad.
  • 7. 7 Pero saber de dónde vienen las leyes no es lo único que aprenderás, sino también la razón que dio origen al Estado, un estado de derecho que es el que ostenta la facultad para castigar los actos que carecen de legalidad. Por último en la unidad se analizará el principio de legalidad, un principio que tiene dos vertientes: por un lado, castiga a quienes no obedecen una ley, y por otro, si no se obedece una ley hay un castigo, por otro lado protege de las arbitrariedades de los servidores públicos, quienes son los encargados de impartir justicia. Como futuro servidor público es imperioso que comprendas estos conceptos, ya que de ello dependerá tu formación académica y laboral, además de que te evitará conflictos personales. Cabe señalar que el desarrollo de la unidad no sólo dependerá de teorías y definiciones conceptuales, sino también del análisis de un caso que va a evidenciar lo aprendido. Propósitos En esta unidad: . Comprenderás los conceptos de cultura en términos generales. . Distinguirás lo que implica la cultura en la sociedad actual. . Entenderás el impacto de la globalización en nuestra cultura. . Distinguirás los conceptos de Derecho natural, positivo y vigente. . Comprenderás a que se refiere el contrato social y como se justifica en el derecho. . Distinguirás el principio de legalidad a partir de las teorías y leyes al respecto. Competencia especifica Distinguir los conceptos, teorías, leyes y principios relacionados con la Cultura de Legalidad para entender la importancia de éstas mediante la reflexión de un caso en específico. 1.1. Cultura La Real Academia de Lengua Española, en su vigésima tercera edición, define cultura en primer término como un conjunto de conocimientos que permite a alguien desarrollar su juicio crítico. Esta definición refiere a una persona que tiene conocimientos sobre diversos temas, a quien se le conoce como culto. Sin embargo en esta unidad entenderás qué es la cultura de una forma incluyente, que involucre a toda una sociedad. En segundo término, La Real Academia de Lengua Española define la palabra cultura como: “Conjunto de modos de vida, y costumbres, conocimientos y grado de desarrollo artístico, científico, industrial, en una época, grupo social, etc.” Es esto lo que se entiende por cultura en una sociedad, es éste conjunto de características que posee de manera generalizada, lo que permite establecer que tal o cual sociedad
  • 8. 8 tienen una cultura con determinadas características. Para que puedas entender mejor observa el siguiente ejemplo: La cultura teotihuacana, se cree que se desarrolló entre los siglos I a.c hasta el siglo VII d.c, su idioma era el náhuatl, la forma de organizarse era a través de un gobierno teocrático, los sacerdotes acumulaban el conocimiento científico, ellos junto con la clase guerrera mantenían bajo control a la población teotihuacana. Los pobladores de Teotihuacanos basaban su economía en la agricultura, aunque también cazaban, recolectaban, criaban pavos y perros, se cree que lo hacían con la finalidad de alimentarse de ellos. Los teotihuacanos a través del trueque obtenían otros productos por lo cual el comercio internacional fue muy importante. La religión de los Teotihuacanos fue politeísta, es decir tenían la creencia de que existían diferentes dioses con diferentes propósitos, uno de los más conocidos es Quetzalcóatl y Tláloc, como parte a la veneración de sus dioses y templos se hacían sacrificios humanos a quiénes se decapitaba y se les quitaba el corazón. También los animales eran sacrificados, pero éstos porque se les consideraba como místicos, principalmente el puma, el búho y el águila. Mediante este ejemplo puedes identificar los siguientes puntos característicos de la cultura: . El modo de vida: Gobierno teocrático, religión politeísta, idioma náhuatl. . Costumbres: consistía en el sacrificio de personas y de animales. Y los rituales que llevaban a cabo. . El grado de desarrollo industrial, en ese tiempo no había industria pero sí un sistema económico que consistía en la agricultura, la caza la recolección y la crianza de algunos animales. Por estos productos fue posible un comercio internacional, intercambiaban productos con otras culturas como la tolteca y la olmeca. . El grado de desarrollo científico era detentado por los sacerdotes, y se puede observar a través de las pirámides del sol y la luna, que reflejaban conocimientos avanzados en matemáticas. Estas características son las que identifican a un pueblo y cuando nos referimos a la cultura de un pueblo o país hablamos del conjunto de las mismas. 1.1.1. La cultura actual Es importante mencionar que en este subtema no se hablara de las diferentes culturas y subculturas que existen en los estados de la República Mexicana, no porque no sean importantes, sino porque lo que se busca es que identifiques las principales características que conforman la cultura.
  • 9. 9 Las principales características que conforman la cultura: . El modo de vida . Costumbres . El grado de desarrollo industrial . El grado de desarrollo científico Nuestra cultura mexicana se ha visto alterada con el paso de los años, el modo de vida, las costumbres, conocimientos, economía han cambiado, a tal grado que en nuestro país actual coexiste una pluralidad de culturas. Hemos sido invadidos por usos y costumbres de otros países, principalmente por Estados Unidos de América y lo que antes nos identificaba como nación se ha ido relegando para dar paso a nuevas formas de hacer, decir y pensar. La cultura de nuestra sociedad tiene su base en la familia, y esta ha cambiado por diversos factores: uno de ellos ha sido la economía; antiguamente el padre de familia era quien salía a trabajar mientras que la mujer permanecía en casa al cuidado de los hijos, era la encargada de infundir en su familia las costumbres, sin embargo en la actualidad la necesidad ha llevado a la mujer a tener un doble rol en la familia, el de madre y proveedora, éste es un ejemplo del cambio cultural que ha tenido México. El cambio de roles en la familia se ha visto reflejado en la juventud del México de hoy, a tal grado que, de acuerdo con diversos sociólogos, al sentir la necesidad de pertenencia, de identidad buscan encajar en subculturas. De acuerdo a la sociología, una subcultura es un conjunto de comportamientos y creencias que les diferencia de la cultura principal. Para entender el concepto observa el siguiente ejemplo: La subcultura gótica, se caracteriza por sus inclinaciones culturales que provienen de la literatura del terror, el grupo de personas de esta subcultura tienen una forma de vestir que se centra en el color negro y el uso de maquillaje para que su piel se vea color blanco o muy pálida, y los labios de hombres y mujeres se acostumbra pintarlos de color negro o rojo, sus gustos musicales son similares, es un estilo de música influenciado por el death rock y el punk.. Esta subcultura es una de las tantas que en la actualidad puedes observar y analizar, la cultura mexicana es un conjunto de subculturas, que se han originado en otras partes del mundo. Otro de los factores que han provocado el cambio de la cultura son los conocimientos, el avance científico acelerado de las últimas décadas ha cambiado nuestra forma de vida, los descubrimientos médicos han provocado en nuestra sociedad un cambio en la alimentación, la calidad de vida etc., pero también ha provocado que en nuestra sociedad la forma de comunicación ahora sea predominantemente impersonal. El uso constante de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) nos ha acercado y al mismo tiempo alejado, lee el siguiente ejemplo.
  • 10. 10 Una familia de nivel económico medio con cuatro integrantes: padre, madre, hijo e hija, todos posen un celular y dos computadoras en casa, por la mañana cada uno de los integrantes de la familia se van a realizar sus actividades, la madre sale a su trabajo al igual que el padre y los hijos acuden a la escuela. En la mayoría de los trabajos la herramienta principal es alguna máquina o computadora, se comunican con sus compañeros de trabajo por medio del chat. Los hijos dependen del internet para desarrollar sus tareas, las bibliotecas cada vez son menos visitadas, la rapidez y la accesibilidad que ofrece el internet sobrepasa a las mismas. Al finalizar el día y una vez que todos se encuentran en casa, dependiendo de cada familia en particular y las costumbres que les hayan inculcando, cada miembro de ella, cada familia se sentarán a cenar juntos o simplemente un saludo bastará, incluso en algunas familias se acostumbra a llamar a cenar mediante un mensaje de texto a los celulares de los hijos. Este ejemplo tal vez te suene familiar porque es lo que en hoy en día predomina en las familias, este modo de vida, costumbres, grado de desarrollo industrial, científico y artístico es nuestra cultura actual, si la comparas con la cultura de los teotihuacanos podrás notar grandes diferencias, incluso en la religión ya no hay una religión que sea la predominante, ahora una gama de religiones que tienen sus propios rituales. 1.1.2. La cultura en un mundo globalizado La Real Academia de Lengua Española, en su vigésima tercera edición, define la palabra globalización como: “Tendencia de los mercados y de las empresas a extenderse, alcanzando una dimensión mundial que sobrepasa las fronteras nacionales.” La cultura como ya la analizaste ha ido cambiando en nuestro país, pero este cambio ha sido provocado por una globalización debido a la interdependencia económica, el intercambio de conocimientos, tecnologías, costumbres, modos de vida. México como país vecino de Estados Unidos de América (E.U.A) ha adquirido no sólo productos, sino tradiciones que no son originarias de nuestra cultura, como el Halloween. Antes del intercambio de culturas, la tradición en México para el día de muertos era venerarlos, cada Estado tenía una forma diferente de hacerlo y ahora vemos con más frecuencia niños disfrazados de monstruos, personajes de películas americanas de terror, que van por las calles tocando las puertas para pedir dinero o dulces. La cultura de nuestro país está sumergida en una globalización se ha influenciado de otros países con los que tenemos un intercambio comercial, éste intercambio no sólo
  • 11. 11 ha sido comercial sino también de ideas, tecnologías. La tecnología es uno de los factores que han permitido el acercamiento de personas de diferentes países. El internet nos ha aproximado a países que antes considerábamos tan lejanos en distancia y que ahora la comunicación con ellos nos ha acercado a niveles que no se hubieran imaginado, como consecuencia se ha dado un intercambio de valores morales, de creencias religiosas, conocimientos, tecnologías ha dado como resultado una cultura en muchos sentidos global. Una de las características principales de la cultura globalizada es el conocimiento científico, que nos ha permitido unificar criterios en diversos temas como: la forma de alimentación, tratamiento de enfermedades, educación, etc. Por ejemplo: el método de aprendizaje por competencias, surgió a partir de investigaciones hechas por otros países e implementadas por ellos, posteriormente se empezó a implementar en México éste método de aprendizaje. En lo que se refiere a la legislación también puedes observar la interdependencia de los países y la influencia que ejercen en nuestras leyes. Este subtema te ha permitido analizar la evolución que ha tenido la cultura en México y que la misma ahora depende del resto del mundo, de los avances tecnológicos, del intercambio comercial, ideológico, de valores, aunque en algunos pueblos se sigan manteniendo ciertas costumbres y tradiciones, la mayoría de la población mexicana mantendrá una cultura que irá cambiando conforme mundo cambie. 1.2. Derecho natural Después del análisis de cultura debes comprender de dónde surge el derecho y como consecuencia a qué se refiere la legalidad. El derecho que impera en México viene del derecho romano, pero dentro de la clasificación tenemos el derecho natural que a grandes rasgos es el conjunto de atribuciones que tenemos todos por el simple hecho de ser personas, no importa el tiempo y el espacio en el que nos encontremos, éstos principios morales son válidos a pesar de la sociedad y el Estado. El estudio del derecho debe hacerse de manera tridimensional, primero tenemos el derecho que es generado por valores y principios indiscutibles e inapelables que van a regir a la sociedad de forma individual y colectiva, pero al ser éste un derecho que es válido sólo si las personas cuentan con un sentido de moralidad, y que además ésta va a depender de la cultura que impere en esa sociedad. Diferentes teóricos del derecho refieren que el derecho natural está por encima del derecho positivo y el derecho vigente, que finalmente éstos se desprenden del natural y por tanto si un mandato estatal contradice la moralidad de una sociedad en un momento y espacio determinado, éste mandato no debe ser obedecido por ser inmoral.
  • 12. 12 1.2.1. Iusnaturalismo “Por iusnaturalismo se entiende por aquella corriente que admite la distinción entre derecho natural y derecho positivo y sostiene la supremacía del primero sobre el segundo, el iusnaturalismo es dualista” (Bobbio, 1991, p.167), el iusnaturalismo sostiene que no porque haya un Estado que nos rija significa que se deba obedecer sus leyes cuando éstas no solo van en contra de la moralidad de una sociedad, sino que además las mismas sean injustas. El iusnaturalismo ha evolucionado, en un principio se refería a la idea de que era un derecho derivado de una Divinidad, esta idea viene desde los griegos hasta nuestros tiempos, una de los estudiosos del derecho natural (iusnaturalismo) fue Carlos S. Nino quién decía en su tesis que los principios por sí mismos tienen validez aunque no sean reconocidos por instituciones u órganos estatales, ya que éstos tienen parámetros universalmente válidos y las normas jurídicas que no se apeguen a estos principios no serán considerados como derecho. Esta corriente niega el carácter jurídico a las normas o sistemas que no cumplan con los requisitos de justicia y principios del derecho natural. Hay una corriente de iusnaturalistas deontológicos, que plantea que efectivamente el derecho natural son los principios morales y de justicia universalmente válidos, pero que estos son el parámetro del derecho positivo, estos no niegan el carácter coercible del derecho positivo aunque éste sea contrario al derecho natural, éstos teóricos del derecho sólo van a determinar a partir de los principios del iusnaturalismo, qué sistema jurídico es inválido moralmente o injusto. Para que puedas entender mejor estos conceptos del derecho natural observa el siguiente ejemplo hipotético: En una sociedad cuya cultura permite el aborto de bebés que se sabe van a ser mujeres, la norma que lo permite es válida de acuerdo a los iusnaturalistas deontológicos y éstos sólo van a manifestar que la normatividad en ese respecto es injusta e inmoral, pero que su obediencia dependerá de la decisión de cada persona. Sin embargo los autores iusnaturalistas dirían que esa norma no es un auténtico derecho por carecer de los principios que fundamentan al derecho natural. A través de este ejemplo puedes identificar incluso en la sociedad, que los iusnaturalistas son principalmente los sacerdotes y los que concuerdan con sus principios morales y de justicia, y que los deontológicos son aquellos que aceptan que hay normas con el carácter de jurídicas por ser emitidas por el estado pero que también estas normas son inmorales e injustas. Así el principal postulado de este derecho es que hay un conjunto de principios morales inherentes a los humanos y que ninguna autoridad, órgano o institución está por encima de estos.
  • 13. 13 1.2.2.Ética El Derecho natural tiene su base en la moral de la sociedad, pero la moral cambia rápidamente. En siglos pasados era inmoral que una mujer se casara dos veces, mucho más inmoral que tuviera hijos de ambos esposos. En la actualidad puedes darte cuenta que incluso es de esperarse que una mujer relativamente joven que se divorcia vuelva a casarse y tener más hijos. Es por ello que una de las principales críticas al Derecho Natural es que se basa en la moral que es subjetiva, y debería buscar las bases en la ética. “La ética elabora hipótesis y teorías sobre la moral, propone conceptos, explica categorías relativas a la experiencia moral” (Escobar, G.2000 p. 27). “Es posible que en rigor no haya efectivas normas morales, sino sólo valores, ya que tales normas, por su universalidad y por su forzoso valer positivo, más constituyen principios del bien y la justicia… y son universales e invariables… la moral representaría el orden ideal de los valores éticos, más no un sistema normativo” (Terán, M. p. 69) La ética es más objetiva porque concentra todos los valores morales universalmente aceptados, lo que nos llevarían a una felicidad comunitaria, y mantener la paz entre todos. La Real Academia de Lengua Española, en su vigésima segunda edición define la ética como un conjunto de normas morales que rigen la conducta humana. “La ética es una disciplina filosófica. De acuerdo al tipo de problemas que abordan, las disciplinas o ramas de la filosofía se han dividido en disciplinas teóricas o gnoseológicas y disciplinas prácticas” (Escobar, Valenzuela G. p.22) Ética profesional. También es considerada una rama de la filosofía, estudia la conducta humana de manera universal, la que todos tenemos sin que una persona o un ente nos obligue a practicarla, dependerá únicamente de la voluntad y de la conciencia de cada persona. La ética como ciencia va a determinar cuáles opiniones o creencias morales son válidos, su principal tarea es la de guiar la conducta del hombre para que lo lleve a tomar las mejores decisiones en situaciones concretas. La diferencia entre ética y moral, es que la ética tiene como objeto de estudio la moral, y la moral en sí, dependerá de la cultura, economía, las costumbres, religión para determinar las normas que rijan la conducta del hombre en sociedad, pero que no son obligatorias y son personalísimas. El Derecho Natural se basa únicamente en normas morales y en el sentido de justicia, pero ha dejado de lado la evolución de la sociedad y el cambio cultural de los últimos
  • 14. 14 años, es por ello que la ética debería considerarse como la base del derecho natural, si es que éste quiere prevalecer y no volverse un concepto de derecho completamente subjetivo. Las características de las normas éticas son: Observa el siguiente ejemplo hipotético para que puedas identificar las diferencias entre ética y moral: Una joven con un embarazo de 3 semanas, acude ante un médico cirujano para que este interrumpa la gestación del feto. El médico accede ya que no viola la ley, porque ésta permite la interrupción del embarazo, durante el procedimiento la joven presenta una serie de complicaciones, sin embargo finalmente la joven logra recuperarse. El médico que la atendió profesa la fe católica y considera que el aborto es un atentado en contra de Dios. Como profesional tiene un conjunto de valores éticos que le fueron enseñados desde la escuela primaria, éstos valores le van a impedir divulgar la información de la paciente, así como poner en riesgo su vida deliberadamente, pero también como persona tiene un conjunto de valores morales que se contraponen a la acción que llevó a cabo. Este ejemplo pudo también haber sido en el sentido opuesto, es decir, que el cirujano hubiera optado por darle prioridad a su moral, dejando de lado la ética profesional y no haber procedido con el aborto. •Cada uno de nosotros decide que escala de valores aplicar en nuestra vida •Nadie puede obligarte a seguir estas normas •El que tus acciones sean regidas por estas normas no obliga a las demás personas a hacer lo mismo •Tú decides qué normas concuerdan con tus convicciones Autonomía Unilateralidad PersonalísimasIncoercibles
  • 15. 15 Este ejemplo te da las herramientas para diferenciar entre moral y ética aunque ambas son personales, la ética la aprendemos como parte de nuestro desarrollo personal en la escuela y está basada en valores morales universales, en cambio la moral depende del país, del estado donde vivas, así como de la religión que profeses y otros factores que la hacen carecer de una generalidad. Por ejemplo: Puede parecer inmoral salir a la calle con escote, no así que en mi trabajo acepte dinero a cambio de agilizar las actividades que realizo a diario en beneficio de la persona que me dio el dinero. La ética contiene valores que son el resultado de estudios de psicología, sociología, filosofía y que los hacen universalmente aceptados, es decir lo que nosotros entendemos como responsabilidad, es igualmente entendido en China. Tal vez como servidor te encuentres en situaciones en las cuales tu sentido de moral se contraponga a tú ética profesional y serás tú el que decida cuál de ellas tiene prioridad pero no debes olvidar que la ética profesional está regulada por las leyes de nuestro país, por ejemplo: El Decálogo del Servidor Público, emitido por la contraloría interna de la Secretaría General del Gobierno del Estado de México en Diciembre de 1994. La ética es por decirlo de alguna manera la madre de la ética profesional, en ambas se contienen valores morales, que van a regir el comportamiento tanto en la vida diaria como en tu profesión. 1.3. Derecho positivo “El iuspositivismo que metodológicamente se acerca al Derecho independizándolo de aspectos valorativos, o que lo define en términos puramente fácticos, es decir, eludiendo a la forma en que es creado y se aseguró el cumplimiento de una norma jurídica, puede aceptar, sin ningún problema, que el Derecho deba ser justo, pero también que si no lo es sigue siendo Derecho” (Ledesma, 2001, p. 85). El positivismo postula que las normas jurídicas en general tienen validez y que la misma no depende de los valores morales Estas normas son dictaminadas por un órgano estatal, por la legislatura, las normas pueden no estar vigentes debido a que las mismas han sido derogadas. Pero también se considera derecho positivo a toda normatividad ya sea que la emita el poder legislativo o el ejecutivo como decretos, acuerdos, reglamentos, etc. El hombre creó al Estado y el mismo hombre crea las leyes que considera necesarias de acuerdo a las situaciones sociales que se viven en un momento determinado, estas normas no son consecuencia de lo que una divinidad considera bueno o malo, sino que se basan en la razón, es impositivo y obligatorio. 1.3.1. Teoría Kelsiana de Derecho positivo Hans Kelsen, es el teórico que estudia al derecho positivo pero de una forma individual, alejando al derecho de las ciencias que tienen relación con el mismo y
  • 16. 16 dándole independencia, su objeto de estudio que en este caso sería regular el comportamiento del humano, Kelsen refiere que la norma jurídica es jurídica no por lo que en ella se diga, sino por cómo fue producida. Sin embargo hay otros autores que refieren que la teoría de Kelsen, no es sólo darle valor al derecho mediante su método, si no que el derecho, es sólo derecho cuando es justo. Se puntualizarán los postulados principales de la teoría Kelsiana para llevar a cabo un análisis más sencillo. . El Derecho tiene una metodología. . Es independiente de otras ciencias como: la Sociología, la Ética aunque se relacionan con el Derecho. . Distingue su objeto de estudio, siendo éste regular el comportamiento del humano. . La ciencia jurídica de conocer y describir su objeto. . La justicia o injusticia de las normas jurídicas no afecta su validez. . Niega toda relación entre el Derecho y la moral. . El Derecho está subordinado al concepto del bien. . Al separar las normas jurídicas de la moral, la jerarquía del Derecho está por encima de los subjetivismos morales. Pero sin duda la mayor a portación de Kelsen, es la jerarquización de las leyes, mediante la conocida pirámide de Kelsen. En la base se encuentran las sentencias, en el siguiente escalón están las ordenanzas (normas contenidas en reglamentos, principalmente dictadas por ayuntamientos o Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Leyes orgánicas y especiales Leyes ordinarias y decretos ley Reglamentos Ordenanzas Sentencias
  • 17. 17 municipios), seguidas por los reglamentos, después las leyes ordinarias y decretos ley, por encima de éstos últimos las leyes orgánicas y especiales, y en la punta de la pirámide se encuentra la Constitución. 1.3.2. Análisis crítico a la teoría Kelsiana El principal postulado de Teoría de Kelsen es que su validez depende del mismo derecho, éste postulado ha sido el más criticado ya que presuponer que el derecho es válido sólo por quién lo emita sin importar el contenido, aun cuando éste sea inmoral o injusto. El derecho es tan complejo como el humano mismo, ya que fue creado por nosotros y depende de lo que la sociedad considere como algo malo para que sea regulado por las normas jurídicas, también depende de la sociedad obedecer éstas normas y Kelsen dejó de lado la opinión de la comunidad sobre las normas jurídicas que se instauraran en un momento determinado. Es necesario que el legislador tome en cuenta la moralidad de la comunidad a la cual van dirigidas las normas para que las mismas sean acatadas sin que sea necesario imponer castigos. “El deber ser no pude fundarse en el ser, el Derecho requiere, necesariamente otras razones para originar una legítima validez material” (Ledesma, 2001, p.102).No basta decir que el derecho debe obedecerse por ser derecho, este razonamiento que hace Kelsen no es suficiente, el derecho debe enfocarse en los valores que mantengan y protejan la paz de la sociedad, la finalidad del derecho es la que nos debe importar. Otra de las críticas a la teoría kelsiana del derecho es que la política es un elemento que legitima la validez de las normas, el sistema jurídico sirve a los fines políticos que en ese momento se pretendan alcanzar, de las ideologías que tengan los propios legisladores y de los valores ético-profesionales que les rijan. Es decir que el derecho no es independiente como lo refiere Kelsen es innegable que los seres humanos somos multifactoriales y el tener un conjunto de normas jurídicas que nos rijan, depende de diversos factores para que sean funcionales. Las principales críticas a la Teoría de Kelsen del Derecho son: . Las leyes son emanadas por los humanos y depende de nosotros su validez. . No hay una relación obligatoria entre derecho y moral, pero debe considerarse para su obligatoriedad no para su validez. . Se deben analizar los conceptos jurídicos, mediante una investigación histórica del origen y motivos de los mismos. . Hay que analizar los fenómenos sociales desde un punto de vista moral para entender su significado y no sólo imponerlas. . Si el sistema jurídico es hermético y carente de razonamientos lógicos y fines sociales no será válido para la población en general. 1.4. Derecho vigente
  • 18. 18 Con lo que hasta este momento has analizado, te darás cuenta que hay teorías que tratan de explicar el significado y el origen del derecho, ahora vas a analizar la teoría del derecho vigente, a grandes rasgos este es el derecho que regula el comportamiento de las personas en un momento y lugar determinado, es aquel que tiene validez y que incluso no permite la aplicación de normas que en algún momento tuvieron vigencia pero que las mismas fueron derogadas por la autoridad competente y en respuesta a las necesidades de la sociedad. La vigencia de una norma va a depender de factores como: la cultura de la sociedad a la que se dirija la norma, la política, los estudios sociológicos, psicológicos, la utilidad de la misma, esta vigencia se refiere principalmente a lo temporal, pero también a la espacial. Por ejemplo: la norma jurídica en el Distrito Federal que permite el matrimonio entre parejas del mismo sexo sólo es vigente en el Distrito Federal, sin embargo en el Estado de Michoacán no es así. Los ordenamientos de orden federal tendrán vigencia temporal y espacial en toda la República hasta que la autoridad facultada para derogar dichas normas necesite hacerlo porque así conviene a la sociedad. Por ejemplo, el cambio de nuestro sistema de impartición de justicia, fue emitido por poder legislativo y el ordenamiento federal obliga a los Estados a derogar las normas que se contrapongan y a legislar nuevas que se apeguen a este nuevo sistema de impartición de justicia. El derecho vigente es el resultado de los conceptos fundamentales del derecho natural, y del derecho positivo, es del que dependemos para llevar a cabo todas las actividades de la vida diaria, éste es el que determina los derechos y las obligaciones, es decir el derecho llamado objetivo y el subjetivo. 1.4.1. El derecho objetivo “Todo derecho vigente es Derecho positivo, pero no todo Derecho positivo es vigente” (Ledesma, 2001 p.69) se considera derecho positivo aquel que cumple con la finalidad por la cual fue creado, es decir que regula el comportamiento del ser humano y que sirve para mantener el orden y la paz en la sociedad en general. Ahora el derecho objetivo es llamado así porque son todas las normas que en su conjunto y mediante los procedimientos ya establecidos rigen en un momento determinado, lo que compone el sistema jurídico mexicano. Las normas del llamado derecho objetivo son las que nos imponen obligaciones. El derecho objetivo primero se entiende como la facultad de la autoridad para determinar qué normas jurídicas son las que convienen a la sociedad, aunque algunas de ellas no sean consideradas como justas por una parte de la sociedad. Y el derecho
  • 19. 19 subjetivo es la facultad del Estado, de la autoridad para exigir el cumplimiento de las normas, es por ello que estos dos van de la mano, de nada serviría tener un conjunto de normas e instituciones que nos prohibieran determinados comportamientos si no contamos además con normas que faculten a la autoridad para coaccionarnos a cumplir los ordenamientos del derecho objetivo, entonces estaríamos bajo los mismos términos de la moral, en dónde cada quién decide que valores van a tomar en consideración. El mismo problema que se tiene con el derecho positivo se tiene con el derecho objetivo, el problema es el concepto de justicia, más adelante analizarás éste concepto, por el momento es necesario que comprendas de dónde emanan los conceptos fundamentales del derecho y que éste finalmente aunque contempla ciertos valores no siempre es considerado como justo, y es entonces cuando cada persona se enfrenta a un conflicto personal entre obedecer las normas aun cuando sean consideradas por ellos como injustas, o enfrentarse a la autoridad que hará valer las normas mediante el derecho subjetivo. 1.4.2. Fuentes formales del Derecho vigente Históricamente el hombre, desde el momento que ha vivido en grupo se ha visto en la necesidad de establecer ciertos lineamientos de comportamiento, en un principio fueron las costumbres, estas se daban de forma fáctica, pero la población fue creciendo y las sociedades se hicieron cada vez más grandes en cuanto al número de integrantes, entonces fue necesario crear lo que algunos llaman ciencia y otros disciplina del Derecho. El derecho es una disciplina, porque necesita de otras ciencias para que pueda ser eficaz, es por ello que para la creación de normas se debe estudiar al derecho desde tres ámbitos: El primero de ellos como resultado de la vida social, del desarrollo de ésta a través de los años, y para esto el derecho utiliza ciencias como la sociología que estudia el comportamiento del hombre en la sociedad, la antropología para conocer al hombre por su cultura, la ciencia política para relacionar las normas al poder, con la teoría del Estado que es la que finalmente crea al sistema jurídico. La principal fuente formal del Derecho son las leyes, que es el conjunto de normas jurídicas producto de los factores que ya analizaste, en nuestro país la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es el ordenamiento que determina la forma en que el Estado va a organizarse pero lo más importante es que éste conjunto de normas permiten la creación de los demás ordenamientos. Por ejemplo: la constitución en su artículo 10 que a la letra dice: Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa, con excepción de las prohibidas por la Ley Federal y de las reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada, Fuerza Aérea y Guardia Nacional. La ley federal determinará los casos,
  • 20. 20 condiciones, requisitos y lugares en que se podrá autorizar a los habitantes la portación de armas. Este artículo nos dice que tenemos permitido portar armas de fuego, pero es necesario otro ordenamiento que establezca la forma y modo en que las personas van a hacer uso de este derecho. La segunda fuente formal del derecho son los Tratados Internacionales en los que México es participe, desde 1969 en la elaboración de los mismos está regulada por la Convención de Viena, en la actualidad los tratados internacionales que contengan en sus ordenamientos derechos humanos estarán por encima de la Constitución, dejando entonces en la cúspide de la pirámide de kelsen, los derechos humanos y tratados internacionales. La tercera fuente formal del derecho vigente es la jurisprudencia, esta es la interpretación que se le da a la norma cuando no es clara o cuando en un determinado caso debido a las particularidades del mismo, una norma jurídica no contempla estas singularidades. En México la creación de la jurisprudencia se da mediante Tribunales Colegiados de Circuito, son tribunales federales que se conforman por 3 magistrados uno de los cuales es el presidente su existencia se encuentra fundamentada en la Constitución Política de Estados Unidos Mexicanos en su artículo 94. También tienen la facultad de emitir jurisprudencia los Tribunales unitarios de Circuito que se compone de un magistrado. En México el principal órgano que emite jurisprudencia y la última instancia a la que se puede recurrir es la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), este es el tribunal supremo, formado por 11 Ministros de los cuales uno es el presidente y funcionan en pleno o sea todos los ministros o en salas. Ya sabes que órganos pueden generar jurisprudencia, pero ¿mediante qué medios?, estos pueden ser: 1. A través de cinco resoluciones que sean en un mismo sentido; por ejemplo en cinco casos sobre la validez de la prueba video gráfica, las cinco resoluciones coinciden que en determinados asuntos esta prueba no será aceptada por los tribunales como medio probatorio, entonces ésta se convierte en jurisprudencia y ésta va a ser ley. 2. Puede formarse jurisprudencia a través de contradicción de tesis emanadas de los tribunales de circuito, en estos casos el pleno o las salas de la SCJN van a resolver y a determinar qué criterio es el que prevalece. 3. La SCJN emitirá jurisprudencia al resolver casos que produzcan controversia constitucional o en los casos en que se considere que alguna institución de derecho ha actuado de forma inconstitucional. Finalmente la otra fuente formal del Derecho es la doctrina, que comprende las
  • 21. 21 teorías del Derecho que estudian los diversos sistemas jurídicos que han sido instaurados en diferentes países y en diferentes tiempos, incluso los nuestros y que en algún momento tuvieron vigencia para que a partir de estos estudios podamos tomar los principios, leyes, teorías que nos permitan reforzar el sistema jurídico mexicano. 1.4.3. Análisis comparativo entre Derecho Natural, Positivo y Vigente Finalmente tanto el Derecho natural, el positivo y el vigente tienen algo en común coinciden en que la finalidad es el regular el comportamiento del ser humano pero mediante diferentes concepciones de lo que es el derecho. El derecho natural considera que es un conjunto de normas morales provienen de una divinidad y que sus normas serán válidas siempre, en todo lugar y en todo tiempo debido a que estos valores son universalmente válidos y que no necesitan de un órgano o autoridad para que le otorguen validez. El derecho positivo en cambio afirma que para que una norma jurídica sea válida no necesita de los valores morales que pueda contener la misma o lo justa que esta pueda ser, basta con que sean dictaminadas por la autoridad competente. El derecho vigente en cambio son todas las normas que regulan el comportamiento del hombre en un lugar y momento determinados, pero también admite que para que tengan vigencia los ordenamientos deben tomarse en cuenta los valores éticos y morales de la sociedad a la cual van dirigidas las normas. Es pues el derecho vigente, el que finalmente nos dice qué facultades tenemos y qué obligaciones, lo que analizaste como derecho objetivo y subjetivo. Es este derecho el que debemos conocer para tener las herramientas que nos permitan no sólo defender nuestros derechos sino además conocer las obligaciones que adquiramos como ciudadanos y que tendrás como servidor público. No puedes culturizar a una sociedad en la legalidad sin antes entender qué es el derecho y los problemas de fondo que le aquejan. Pero ahora te encuentras frente a otra pregunta ¿Qué nos obliga a obedecer las leyes, instituciones y órganos jurídicos?, si bien ya sabemos que es el derecho, para qué sirve y de dónde deviene aún queda la interrogante de porque hay órganos que nos obligan a acatar dichos ordenamientos. 1.5. Contrato Social El contrato social lo analizaste en otra asignatura, pero desde el punto de vista social, ahora te darán cuenta que este llamado contrato social, es el que le otorga al Estado mediante sus instituciones y órganos la facultad y el poder para coaccionarnos a cumplir con los ordenamientos jurídicos.
  • 22. 22 Como ya sabes el derecho es todo un fenómeno que debe analizarse desde diferentes perspectivas una de ellas, es la histórica en la antigüedad cuando una persona robaba a otra, ésta podía tomar venganza, era la ley de “diente por diente”, pero como ya sabes el humano y su cultura fueron evolucionando hasta que hubo la necesidad de dejar a un lado nuestro derecho a hacer justicia por propia mano para otorgarle éste derecho a un ente que nosotros mismos construimos, el Estado. Fue entonces que se crearon una serie de ordenamientos en los que se establecían los castigos que recibirían las personas que quebrantaran los mismos y así fue como nació lo que ahora se conoce como contrato social, un contrato de hecho que obliga al Estado a impartir justicia cuando alguno de nuestros derechos ha sido violado. Este contrato social no es el que dio origen al derecho en sí, pero sí dio origen a los órganos encargados de impartir justicia, de crear leyes, de organizar la estructura jurídica. 1.5.1. El contrato social de acuerdo a Rousseau Rousseau le da el nombre de contrato social a una de sus obras más importantes, en la que refería que la soberanía de una Nación depende directamente de la población, sin el consentimiento de la sociedad para ser gobernada no hay forma en que a través de la fuerza se pueda imponer. Como producto de la soberanía de la población es que se generaran las leyes y estás de acuerdo con Rousseau son justas porque son producto de la voluntad de la mayoría, de una mayoría a la que le interesa únicamente el bien común. Las leyes entonces van a otorgarles libertad a la población pero esta libertad estará siempre sujeta a las leyes. La ley según Rousseau es autónoma por ser la voluntad de la mayoría y contiene la razón compuesta por los valores fundamentales que la sociedad considera elementales, así ninguna disposición podrá emitirse si no se basa en la ley. Debido al contrato social las leyes serán respetadas por el mismo individuo que otorgo su voluntad para que se construyera una Nación soberana, por eso se dice que obedecer la ley es obedecerse a uno mismo. En el escrito de Contrato Social, Rousseau describe cómo deberán ser las relaciones e interacciones entre los hombres en una sociedad; refiere que a partir de este contrato el Estado deberá ser justo, donde la felicidad, la igualdad y la libertad se encuentren presentes, ya que nadie podrá oprimir a nadie porque todos obedecerán las leyes que ellos mismos consintieron. Como podrás darte cuenta Rousseau tenía la idea de que con el contrato social, se crearía un Estado que muchos consideran utópico, porque aunque esta mayoría haya otorgado la soberanía a la Nación puedes observar en la realidad de nuestros días cómo el contrato social no ha sido razón suficiente para que todos los individuos de la Nación respeten las leyes que ellos mismos permitieron que se promulgaran.
  • 23. 23 1.5.2. Fundamento legal del Contrato Social El Contrato Social se encuentra fundamentado en nuestra Constitución en el artículo 17 que a la letra dice: Artículo 17. Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho. Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales. Fuente: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recuperado el 2 de abril del 2013, de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf El Congreso de la Unión expedirá las leyes que regulen las acciones colectivas. Tales leyes determinarán las materias de aplicación, los procedimientos judiciales y los mecanismos de reparación del daño. Los jueces federales conocerán de forma exclusiva sobre estos procedimientos y mecanismos. Las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias. En la materia penal regularán su aplicación, asegurarán la reparación del daño y establecerán los casos en los que se requerirá supervisión judicial. Las sentencias que pongan fin a los procedimientos orales deberán ser explicadas en audiencia pública previa citación de las partes. Las leyes federales y locales establecerán los medios necesarios para que se garantice la independencia de los tribunales y la plena ejecución de sus resoluciones. La Federación, los Estados y el Distrito Federal garantizarán la existencia de un servicio de defensoría pública de calidad para la población y asegurarán las condiciones para un servicio profesional de carrera para los defensores. Las percepciones de los defensores no podrán ser inferiores a las que correspondan a los agentes del Ministerio Público. El fundamento de éste artículo se encuentra en el contrato social, ya que mediante este contrato acordamos otorgar nuestro derecho a obtener justicia por nuestros propios medios, para que un grupo de personas preparadas y con conocimientos en las ciencias relacionadas con el Derecho promulgaran leyes que sirvieran al propósito de todos, el bien común. Como consecuencia todas tus actividades están debidamente reglamentadas ya sea mediante leyes federales, estatales, municipales o incluso mediante reglamentos de tus centros de trabajo. Con el contrato social se dio paso a la creación de un Estado democrático, con una
  • 24. 24 soberanía que puede ahora coaccionarnos a cumplir sus leyes, independientemente si estemos de acuerdo con ellas o no, pero cuando un Estado se sobrepasa y se convierte en un autoritarismo, es entonces cuando la voluntad de la mayoría que había otorgado su voluntad para construir un Estado soberano, se rebela contra este mediante la violencia. También encontramos fundamentada la soberanía que otorga el pueblo al Estado mediante este contrato social en los siguientes artículos: Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno. Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental. Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los Estados, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la presente Constitución Federal y las particulares de los Estados, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del Pacto Federal. Fuente: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recuperado el 2 de abril del 2013, de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf Mediante estos artículos es como se fundamenta lo que Rousseau refería en su obra, las voluntades de la mayoría de la población generan la soberanía y son las que tienen el poder, pero es mediante órganos e instituciones que se decide cuáles son las normas jurídicas que mejor se adecuan para mantener las condiciones sociales, que permitan mantener la paz social. Actividad 1. El Derecho como consecuencia del contrato social Propósito: En esta actividad identificarás los conceptos de Derecho Natural, positivo y vigente como parte del contrato social, el análisis de estos conceptos te ayudará a entender en qué consiste la legalidad. Instrucciones: 1. Ingresa al foro y debate con tus compañeros las siguientes interrogantes: . ¿Cuál es la diferencia entre derecho positivo y derecho natural con base en el contrato social? . ¿El derecho vigente es suficiente para mantener el contrato social en la actualidad?
  • 25. 25 Si, No ¿por qué? 2. Compara y comenta las aportaciones de al menos dos compañeros(as), en ellas verás las coincidencias en relación a tu aportación y podrás discutir las diferencias. *Consulta la rúbrica de foro que se encuentra en la pestaña material de apoyo para conocer los criterios que serán tomados en cuenta al momento de calificar tu trabajo. . ¿Cuál es la diferencia entre derecho positivo y derecho natural con base en el contrato social? El contrato social es el que le otorga al Estado la facultad y el poder para coaccionarnos a cumplir con los ordenamientos jurídicos, dando origen a los órganos encargados de impartir justicia, de crear leyes, de organizar la estructura jurídica. Rousseau lo describe como la soberanía de una Nación, dependiente directamente de los valores fundamentales de la población, que genera leyes justas por ser producto de la voluntad de una mayoría que le interesa el bien común, otorgando felicidad, igualdad y libertad sujeta a las leyes promulgadas por la población. La soberanía que otorga el pueblo mexicano al Estado mediante este contrato social está fundamentada en los artículos constitucionales 39, 40 y 41. El derecho natural que a grandes rasgos es el conjunto de atribuciones que tenemos todos por el simple hecho de ser personas, no importa el tiempo y el espacio en el que nos encontremos, estos principios morales son válidos a pesar de la sociedad y el Estado. El Derecho natural tiene su base en la moral de la sociedad, pero la moral cambia rápidamente Derecho Natural se basa en la moral que es subjetiva, y debería buscar las bases en la ética. El derecho positivo y el derecho vigente, que finalmente éstos se desprenden del natural. El iusnaturalismo sostiene que no porque haya un Estado que nos rija significa que se deba obedecer sus leyes cuando éstas no solo van en contra de la moralidad de una sociedad, sino que además las mismas sean injustas; niega el carácter jurídico a las normas o sistemas que no cumplan con los requisitos de justicia y principios del derecho natural. Los iusnaturalistas deontológicos sólo van a determinar a partir de los principios del iusnaturalismo, qué sistema jurídico es inválido moralmente o injusto. El positivismo postula que las normas jurídicas en general tienen validez y que la misma no depende de los valores morales; se considera derecho positivo a toda normatividad ya sea que la emita el poder legislativo o el ejecutivo como decretos, acuerdos, reglamentos, etc.; derecho positivo es aquel que cumple con la finalidad por la cual fue creado, es decir que regula el comportamiento del ser humano y que sirve para mantener el orden y la paz en la sociedad El Derecho natural, el positivo y el vigente coinciden en que la finalidad es el regular el comportamiento del ser humano pero mediante diferentes concepciones de lo que es el derecho. El derecho natural considera que es un conjunto de normas morales provienen de una divinidad y que sus normas serán válidas siempre, en todo lugar y en todo tiempo
  • 26. 26 debido a que estos valores son universalmente válidos y que no necesitan de un órgano o autoridad para que le otorguen validez. El derecho positivo en cambio afirma que para que una norma jurídica sea válida no necesita de los valores morales que pueda contener la misma o lo justa que esta pueda ser, basta con que sean dictaminadas por la autoridad competente. . ¿El derecho vigente es suficiente para mantener el contrato social en la actualidad? Si, No ¿por qué? El derecho vigente son todas las normas que regulan el comportamiento del hombre en un lugar y momento determinados, pero también admite que para que tengan vigencia los ordenamientos deben tomarse en cuenta los valores éticos y morales de la sociedad a la cual van dirigidas las normas y es el que finalmente nos dice qué facultades tenemos y qué obligaciones--derecho objetivo y subjetivo. En nuestros días el contrato social, fundamentado en el artículo 17 de nuestra Carta Magna, no ha sido razón suficiente para que todos los individuos de la Nación respeten las leyes que ellos mismos permitieron que se promulgaran. El derecho vigente carece de la actualización necesaria para resolver la inseguridad que actualmente enfrenta el pueblo mexicano. Expertos afirman “Los delincuentes encuentran un nicho de negocio en México, donde la ley no es clara o es débil”. Re: FORO LEGALIDAD : DERECHO POSITIVO, DERECHO NATURAL Y DERECHO VIGENTE. de ELIZABETH DE LA BARRERA BLANOR - viernes, 28 de junio de 2013, 18:37 Universidad Abierta y a Distancia de México Ciencias Sociales y Administrativas Licenciatura en Seguridad Pública 8º Cuatrimestre Materia: Cultura de la Legalidad Unidad 1. Origen de la legalidad y concepto de cultura Actividad 1. El Derecho como consecuencia del contrato social Clave: LIC 01093083 Facilitador: Ricardo Chávez Díaz Nombre: Elizabeth De la Barrera Blanor Matrícula: AL10502742 21/06/2013 Actividad 1. El Derecho como consecuencia del contrato social Propósito: En esta actividad identificarás los conceptos de Derecho Natural, positivo y vigente como parte del contrato social, el análisis de estos conceptos te ayudará a entender en qué consiste la legalidad. Instrucciones:
  • 27. 27 1. Ingresa al foro y debate con tus compañeros las siguientes interrogantes: . ¿Cuál es la diferencia entre derecho positivo y derecho natural con base en el contrato social? El contrato social es el que le otorga al Estado la facultad y el poder para coaccionarnos a cumplir con los ordenamientos jurídicos, dando origen a los órganos encargados de impartir justicia, de crear leyes, y de organizar la estructura jurídica. Rousseau lo describe como la soberanía de una Nación, dependiente directamente de los valores fundamentales de la población, que genera leyes justas por ser producto de la voluntad de una mayoría que le interesa el bien común, otorgando felicidad, igualdad y libertad sujeta a las leyes promulgadas por la población. La soberanía que otorga el pueblo mexicano al Estado mediante este contrato social está fundamentada en los artículos constitucionales 39, 40 y 41. El derecho natural considera que es un conjunto de normas morales, provenientes de una divinidad, las cuales serán válidas siempre, en todo lugar y en todo tiempo por ser valores son universales que no requieren de un órgano o autoridad para que le otorguen validez. En cambio, el derecho positivo afirma que para que una norma jurídica sea válida no precisa valores morales ni requiere ser justa, sino basta con que sean dictaminadas por la autoridad competente. . ¿El derecho vigente es suficiente para mantener el contrato social en la actualidad? Si, No ¿por qué? El derecho vigente son todas las normas que regulan el comportamiento del hombre en un lugar y momento determinados, en función de los valores éticos y morales de la sociedad a la cual van dirigidas y, finalmente, es el que indica qué facultades tenemos y qué obligaciones--derecho objetivo y subjetivo. En nuestros días el contrato social, fundamentado en el artículo 17 de nuestra Carta Magna, no ha sido razón suficiente para que todos los individuos de la Nación respeten las leyes que ellos mismos permitieron que se promulgaran. En mi opinión, el derecho vigente carece de la actualización necesaria para resolver la inseguridad que actualmente enfrenta el pueblo mexicano. Una nota periodística reporta que los expertos afirman que “Los delincuentes encuentran un nicho de negocio en México, donde la ley no es clara o es débil”; y a juzgar por lo que publican los medios, tampoco ayuda que nuestro Congreso de la Unión parece estar más preocupado por satisfacer sus necesidades personales y políticas que atender las necesidades de la ciudadanía. Fuentes: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Constitución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917. Última reforma publicada DOF 11-06-2013 Recuperado el 25 de junio del 2013 de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf Referentes teóricos de la ética y los valores. Universidad Abierta y a Distancia de México. Recuperado el 21 de Julio del 2013 de http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=186 Vacío legal traba lucha contra sitios porno. Excelsior. Recuperado el 24 de Julio del 2013 de
  • 28. 28 http://www.excelsior.com.mx/nacional/2013/06/24/905728#.Ucm5nyO3BnA.facebook un contrato social y que tiene muchos puntos de mejora, como bien lo mencionas los factores como la ética, la civilidad, la solidaridad, etc. son necesarios para mejorar la relación entre ciudadanos y por consecuncia la paz pública, México se encuentra rezagado en varios rubros como los delitos cibernéticos, las reformas energéticas, las fallidas reformas educativas, las cuales originan diversas afectaciones directas a la ciudadanía. Por ejemplo falta ley fuerte y educativa en el caso de bullyng, es un fenómeno relativamente nuevo que está afectando a miles de estudiantes, y es aquí donde falta perfeccionar el contrato social para tratar de salvar el tejido social. 1.6. Principio de Legalidad Los principios son un conjunto de criterios que va a tomar el legislador, el juez para fundamentar sus decisiones en muchos de estos principios, que surgieron a través del tiempo, desde los romanos hasta nuestros días, algunos teóricos consideran a los principios generales del Derecho como una fuente formal indirecta del Derecho. Son parte del Derecho Natural, Positivo, de la doctrina y la jurisprudencia. Los principios ayudan a que los derechos que por ahora son llamados humanos sean respetados, es por eso que incorporan valores como la libertad, igualdad, la vida, justicia social. La aplicación de estos principios depende de la importancia que se les den en cada ordenamiento, aunque son considerados fruto de la sabiduría jurídica y de la lógica. Cada legislador decidirá cuándo y en qué supuestos deben ser usados. El derecho ha sido valorado primero como un medio que otorga valores al grupo humano al que va dirigido, valores como: la igualdad de todos ante la ley. También ha sido valorado porque otorga un orden. Sin embargo los valores que otorga el derecho dependen de los derechos humanos o valores superiores como: la libertad. Para que quede más claro este concepto, observa el siguiente ejemplo hipotético de uno de los principios del Derecho: Juan Álvarez realiza un contrato de compra venta de un terreno con Mateo Pérez, Juan Álvarez es el vendedor y Mateo Pérez el comprador, en el contrato se establece que el comprador va a pagar el terreno realizando depósitos mensuales de $5,000.00 pesos a una cuenta del vendedor. Pasado el tiempo Juan Álvarez reclama el título de propiedad del terreno, ya que la cantidad pactada por la compra venta ya ha sido cubierta, sin embargo se da cuenta que Mateo Pérez (vendedor) ya había realizado 3 ventas sobre el mismo terreno a otras 3 personas. Una vez que inicia el juicio sobre quién es el legítimo propietario del terreno,
  • 29. 29 independientemente de las leyes, el juzgador que conozca del caso se va a guiar por un principio de Derecho que versa así: “El que es primero en tiempo, es primero en Derecho” de tal suerte que quién haya pagado primero por el terreno será el legítimo propietario, dejando a los otros 3 sólo con la posibilidad de exigir la devolución de su dinero o de proceder penalmente en contra de Mateo Pérez. A través de este ejemplo puedes distinguir que este principio se basa en las experiencias que se han dado a través de la historia, este tipo de situaciones se dan con frecuencia pero también algunos otros. 1.6.1. Teoría pura del derecho El derecho como ya lo analizaste ha sido estudiado desde diferentes ámbitos, la teoría pura del derecho es la que se deriva de la teoría Kelsiana, es decir, que el derecho vale por ser derecho, sin embargo, los principios deben estar contenidos en este derecho porque son producto de la años de experiencia de legisladores, jueces y teóricos. Si combinamos las bases del Derecho Natural, el Derecho Positivo, el Contrato Social, tenemos como resultado que el Derecho en general se fundamenta en la necesidad de controlar a la sociedad, de mantener las relaciones entre los humanos lo más pacificas posibles, pero únicamente si contamos con toda una estructura que este fundamentada en valores éticos, principios y teorías que han sido perfeccionadas con los años, pero también es necesario que el derecho evolucione al mismo paso que la sociedad. Si tenemos un conjunto de normas obsoletas, y por tanto inaplicables la sociedad eventualmente dejará de considerar importante obedecer estas normas. Sin embargo Kelsen obvió que el derecho ha de ser obedecido por todos porque emana del Estado. Así que finalmente la validez y la obediencia del Derecho dependen de la sociedad y de los factores políticos, económicos, culturales que influyan en la misma. 1.6.2. Principios de derecho Algunos de los principios que se toman en consideración tanto por los jueces y por los legisladores son los siguientes: . Ignorantiajuris non excusat. La ignorancia de la ley no excusa de su cumplimiento. Cuando un ordenamiento es promulgado, debe ser dado a conocer y hay plazos para que los poblados más alejados de las ciudades conozcan de éstos ordenamientos. . Debido proceso. Este principio obliga a los gobiernos a respetar los derechos que tienen las personas sujetas a algún proceso, como el de ser oídas en juicio, que el juez sea imparcial, etc. . Irretroactividad de la Ley. Cuando posterior a ejecutar una conducta se tipifica la
  • 30. 30 misma, ya no se puede castigar a la persona. Sin embargo cuando la ley otorga algún beneficio, por ejemplo: que disminuyan los años de prisión por la comisión de cierto delito, quién se encuentre recluido por ese delito se le aplicará la ley y su condena disminuirá. . Suplencia de la Queja deficiente. Este principio aplica en el derecho de amparo cuando la persona que considera que sus garantías se han violado y presenta una demanda de amparo, si en ésta no se encuentran todos los requisitos de fondo y forma o si no se incluyen los artículos que fundamenten la misma, el magistrado tiene la obligación de suplir las deficiencias, y deberá tomar en cuenta todos los principios, jurisprudencias, leyes para dictar sentencia. . Máxima taxatividad legal e interpretativa. En principio, el legislador deberá ser lo más claro posible al momento de redactar las leyes para que las mismas sean lo más comprensibles, pero cuando no es así y la ley es ambigua o poco clara, el juez deberá interpretar la ley de forma en que afecte lo menos posible a la que vaya dirigida la misma o incluso podrá determinar que la ley es inconstitucional por ser poco clara. . Non bis ibídem. Nadie podrá ser juzgado por el mismo delito dos veces. Por ejemplo: Una persona es acusada de haber robado y se lleva a cabo el juicio penal, pero al finalizar no hay suficientes pruebas para que la sentencia sea condenatoria, posterior a esto se encuentran nuevas evidencias que dan la certeza de que ésta persona cometió el delito, ya no lo podrán volver a juzgar por el mismo delito. . Lesividad. Sólo las conductas que lesionen un bien jurídico serán castigadas. . Humanización. Ninguna pena será cruel o degradante Estos son algunos de los principios por los que se rige nuestro sistema jurídico. 1.6.3. Legalidad La legalidad como principio se refiere a que sólo las leyes penales serán válidas cuando sean emitidas por los órganos establecidos para ello. Nullum crimen, nullapoena sine lege previa: esta frase en latín significa que no hay delito ni pena sin ley previa. Pero la legalidad también debe ser entendida como un conjunto de normas jurídicas, principios, instituciones, valores éticos y morales que rigen la conducta de todos los que pertenecemos a un Estado de Derecho. Para mantener la legalidad es necesario que primero conozcamos los derechos, pero conocerlos no es suficiente, también es necesario difundir estos derechos para que la sociedad en general los conozca y entienda las obligaciones que conlleva tener derechos. A diferencia de lo que opina Kelsen para que el derecho cumpla su función es
  • 31. 31 necesario respetar esas normas, no porque el Estado tenga la autoridad para coaccionar a que así se haga, sino porque las norma jurídica sean basadas en la ética en valores universales que logren que la legalidad se mantenga y se solidifique. La legalidad también se refiere a las instituciones que sirven al derecho, por ejemplo: Tu vecino tiene un negocio sin el permiso de la autoridad, en su cochera tiene unas máquinas de videojuegos, esta actividad está provocando que los amigos de tus hijos y tu propio hijo regresando de la escuela lleguen a jugar en lugar de hacer la tarea. Parte de la legalidad es recurrir a las instancias y organismos pertinentes en cada asunto en particular, y en este caso primero deberás acudir ante las autoridades de tu delegación para reportar la actividad ilegal de tu vecino, si dicha autoridad hace caso omiso a tu queja entonces podrás acudir ante otro organismo como el Instituto de Verificación Administrativa del D.F. (INVEA). Esto se debe a que dentro de nuestro sistema jurídico hay instancias y órganos para hacer valer nuestros derechos y cumplir con nuestras obligaciones. La legalidad debe estar presente en cada uno de los actos porque todas las actividades que realizamos a diario están reguladas por la ley. Todos somos parte de esta legalidad, dejamos en manos del Estado la impartición de justicia, la facultad para determinar que conductas deben ser consideradas como delito, los órganos que van a atender los conflictos y necesidades que en la sociedad se presenten, es por esto que cualquier reforma a cualquier ley nos concierne a todos y tenemos que tener el conocimiento de estas reformas y de los diferentes organismos que conforman al Estado. El contrato social es la base de la legalidad, pero la legalidad se basa no sólo en las normas jurídicas sino además de los principios de Derecho, las instituciones que de él se derivan, las jurisprudencias, y debido a la cultura actual de México también está basada en Tratados Internacionales que debes conocer. De tal suerte que sin el contrato social la legalidad no existiría pero sin la legalidad viviríamos en una anarquía donde cada quien haría lo quisiera y el orden que tenemos en la actualidad no sería posible. Actividad 2. Los elementos que definen y conforman la cultura de legalidad Propósito: En esta actividad identificarás los conceptos que se relacionan con la Cultura de Legalidad, para establecer conexiones entre los conceptos, teorías, leyes y principios. Instrucciones: 1. Identifica y analiza los diferentes puntos característicos de Cultura de Legalidad, utilizando conceptos, teorías, leyes y principios.
  • 32. 32 2. Realiza una lista de las principales características de cada uno de estos conceptos. 3. Posteriormente, elabora un mapa conceptual donde se relacionen estos conceptos con la cultura de la Legalidad. 4. En el mapa conceptual deben plasmarse los siguientes elementos, a manera de una explicación esquemática y resumida del tema. El orden deberá estar en función de tu propia creatividad o tu razonamiento lógico. . Conceptos que se relacionan con la Cultura de Legalidad. . Establecer entre los conceptos teorías, leyes y principios. 5. Guarda tu trabajo con la nomenclatura SCUL_U1_A2_XXYZ. Sustituye las XX por las dos primeras letras de tu primer nombre, la Y por la inicial de tu apellido paterno y la Z por la inicial de tu apellido materno. 6. Envía tu archivo a tu Facilitador(a) mediante la sección de Tareas para que lo revise y te retroalimente, tendrás la oportunidad de enviar una segunda versión de tu trabajo. *Consulta la rúbrica de evaluación para conocer los criterios que serán tomados en cuenta al momento de calificar tu trabajo. Actividad 2 Incluye los datos básicos de identificación del trabajo: nombre y matrícula del alumno, nombre del curso, nombre de la tarea y fecha de elaboración. El mapa conceptual constituye una explicación esquemática y resumida del tema. Explica detalladamente, de manera clara y completa la información solicitada de los conceptos, teorías, leyes y principios que permita identificar los puntos característicos de la cultura de legalidad. La redacción presenta un máximo de tres errores de ortografía y/o sintaxis. Se utilizan adecuadamente los signos de puntuación en la mayoría de las ocasiones requeridas por el texto. Consulta por lo menos dos fuentes de información relacionadas con el tema y redacta la(s) cita(s) y las referencias de acuerdo al formato APA.
  • 33. 33 El contrato social es la base de la legalidad, pero la legalidad se basa no sólo en las normas jurídicas sino además de los principios de Derecho, las instituciones que de él se derivan, las jurisprudencias, y Tratados Internacionales. Hay una gran cantidad de principios generales del derecho, unos referidos a todo el ordenamiento jurídico y otros sólo a alguna de sus ramas, algunos son perennes, otros referidos a cierto periodo histórico; y que no todos tienen la misma jerarquía o importancia ya que existe una gradación. Existe una relación entre los principios generales del derecho y las reglas del derecho, donde los principios son conceptos o normas fundamentales y abstractas, tienen un significado filosófico, mientras que las reglas son locuciones concisas y sentenciosas que guardan más sentido jurídico. Anteriormente, las reglas eran más bien el resultado -siguiendo el método inductivo-de la norma, mientras que hoy en día los principios -siguiendo el método deductivo-son los que dan fundamento, a dicha norma jurídica, los principios para los modernos, son previos a la norma, mientras que para los antiguos las reglas son posteriores a la norma. Como es lógico, el derecho positivo no se ha ocupado de establecer un listado de principios generales o al menos de las reglas; esa labor corresponde más bien a la doctrina o cuando mucho a la jurisprudencia, aunque eta última no de manera sistemática Conceptos, Teorías, Leyes y Principios de la Cultura de Legalidad Los principios ayudan a que los derechos que por ahora son llamados humanos sean respetados, es por eso que incorporan valores como la libertad, igualdad, la vida, justicia social. La aplicación de estos principios depende de la importancia que se les den en cada ordenamiento, aunque son considerados fruto de la sabiduría jurídica y de la lógica. Cada legislador decidirá cuándo y en qué
  • 34. 34 supuestos deben ser usados. Los principios generales del Derecho, fruto de la sabiduría jurídica y de la lógica, son una fuente formal indirecta del Derecho y son parte del Derecho Natural, Positivo, de la doctrina y la jurisprudencia; incorporan valores que dependen de los derechos humanos o valores superiores, como la libertad, igualdad, la vida, justicia social. Teoría Kelsiana El derecho vale por ser derecho A diferencia de lo que opina Kelsen para que el derecho cumpla su función es necesario respetar esas normas, no porque el Estado tenga la autoridad para coaccionar a que así se haga, sino porque las norma jurídica sean basadas en la ética en valores universales que logren que la legalidad se mantenga y se solidifique Principio de Derecho 1.- Lo accesorio sigue la suerte de lo principal. 2.- Quien puede lo más, puede lo menos. 3.- Quien sabe y consiente no recibe injuria ni engaño. 4.- Nadie está obligado a lo imposible. 5.- Nadie debe enriquecerse con daño de otro. 6.- Nadie debe ser condenado sin ser oído. 7.- Lo que no consta en los autos del pleito, no existe en el mundo. 8.- Las convenciones de los particulares, no derogan al Derecho Público. 9.- En todas las cosas y muy particularmente en el Derecho, debe atenderse a la equidad. 10.- El Derecho nace del hecho. 11.- Las cosas que se hacen contra el Derecho se reputan no hechas. 12.- El error quita la voluntad y descubre la impericia de su autor. 13.- El género se deroga por la especie. 14.- Se entiende que hace la cosa, aquél a cuyo nombre se hace. 15.- Las palabras deben entenderse de la materia de que se trata. 16.- Lo que es nulo no produce efecto alguno. 17.- Se presume ignorancia si no se prueba ciencia. 18.- Nadie puede alegar en su beneficio, la propia torpeza. 19.- Lo que no está prohibido, está permitido. 20.- El primero en tiempo, es primero en derecho. Ignorantiajuris non excusat. La ignorancia de la ley no excusa de su cumplimiento. Debido proceso. obliga a los gobiernos a respetar los derechos que tienen las personas sujetas a algún proceso, como el de ser oídas en juicio, que el juez sea imparcial, etc. Irretroactividad de la Ley Cuando posterior a ejecutar una conducta se tipifica la misma, ya no se puede castigar a la persona. Sin embargo cuando la ley otorga algún beneficio, por ejemplo: que disminuyan los años de prisión por la comisión de cierto delito, quién se encuentre recluido por ese delito se le aplicará la ley y su condena disminuirá Suplencia de la Queja deficiente en el derecho de amparo cuando la persona que considera que sus garantías se han violado y presenta una demanda de amparo, si en ésta no se encuentran todos los requisitos de fondo y forma o si no se
  • 35. 35 incluyen los artículos que fundamenten la misma, el magistrado tiene la obligación de suplir las deficiencias, y deberá tomar en cuenta todos los principios, jurisprudencias, leyes para dictar sentencia Máxima taxatividad legal e interpretativa cuando la ley es ambigua o poco clara, el juez deberá interpretar la ley de forma en que afecte lo menos posible a la que vaya dirigida la misma o incluso podrá determinar que la ley es inconstitucional por ser poco clara Non bis ibídem Nadie podrá ser juzgado por el mismo delito dos veces Lesividad Sólo las conductas que lesionen un bien jurídico serán castigadas. Humanización Ninguna pena será cruel o degradante
  • 36. 36
  • 37. 37 Pero la legalidad debe ser entendida como un conjunto de normas jurídicas, principios, instituciones, valores éticos y morales que rigen la conducta de todos los que pertenecemos a un Estado de Derecho; es necesario difundir estos derechos para que la sociedad en general los conozca y entienda las obligaciones que conlleva tener derechos. La legalidad también se refiere a las instituciones que sirven al derecho; dentro de nuestro sistema jurídico hay instancias y órganos para hacer valer nuestros derechos y cumplir con nuestras obligaciones Principio de Legalidad La legalidad como principio se refiere a que sólo las leyes penales serán válidas cuando sean emitidas por los órganos establecidos para ello. Nullum crimen, nulla poena sine lege previa: no hay delito ni pena sin ley previa
  • 38. 38 Universidad Abierta y a Distancia de México Ciencias Sociales y Administrativas Licenciatura en Seguridad Pública 8º Cuatrimestre Materia: Cultura de la Legalidad Unidad 1. Origen de la legalidad y concepto de cultura Actividad 2. Los elementos que definen y conforman la cultura de legalidad Clave: LIC 01093083 Facilitador: Ricardo Chávez Díaz Nombre: Elizabeth De la Barrera Blanor Matrícula: AL10502742 21/06/2013 Actividad 2. Los elementos que definen y conforman la cultura de legalidad Propósito: En esta actividad identificarás los conceptos que se relacionan con la Cultura de Legalidad, para establecer conexiones entre los conceptos, teorías, leyes y principios. Instrucciones: 1. Identifica y analiza los diferentes puntos característicos de Cultura de Legalidad, utilizando conceptos, teorías, leyes y principios. 2. Realiza una lista de las principales características de cada uno de estos conceptos. 3. Posteriormente, elabora un mapa conceptual donde se relacionen estos conceptos
  • 39. 39 con la cultura de la Legalidad. 4. En el mapa conceptual deben plasmarse los siguientes elementos, a manera de una explicación esquemática y resumida del tema. El orden deberá estar en función de tu propia creatividad o tu razonamiento lógico. . Conceptos que se relacionan con la Cultura de Legalidad. . Establecer entre los conceptos teorías, leyes y principios. 5. Guarda tu trabajo con la nomenclatura SCUL_U1_A2_XXYZ. Sustituye las XX por las dos primeras letras de tu primer nombre, la Y por la inicial de tu apellido paterno y la Z por la inicial de tu apellido materno. 6. Envía tu archivo a tu Facilitador(a) mediante la sección de Tareas para que lo revise y te retroalimente, tendrás la oportunidad de enviar una segunda versión de tu trabajo. *Consulta la rúbrica de evaluación para conocer los criterios que serán tomados en cuenta al momento de calificar tu trabajo.
  • 40. 40 Conceptos, Teorías, Leyes y Principios de la Cultura de Legalidad El contrato social es la base de la legalidad y ésta se basa en: Normas jurídicas, instituciones, Tratados Internacionales y jurisprudencia que establece un listado de principios generales . Por otra parte, el principio de legalidad es la regla de oro del Derecho público y parámetro para determinar que un Estado es un Estado de Derecho que establece seguridad jurídica al someter al poder público a la voluntad de la ley y su jurisdicción en lugar de a la voluntad de las personas; este principio está para intervenir cuando no exista el apego debido a la legalidad por parte del Estado en la afectación al subordinado. Norberto Bobbio propone una clasificación de principios generales del derecho que atiende a las funciones que cumplen: 1o. interpretativa o hermenéutica, que consiste en fijar el sentido de tal o cual expresión jurídica; 2o. la integradora de los vacíos de ls fuentes formales que es la atribuida por el artículo 14, párrafo cuarto de nuestra Magna Carta; 3o. la directiva, propia de los principios constitucionales de tipo programático para orientar al legislador y órganos inferiores de producción jurídica; 4o. la limitativa que corresponde según el artículo 117 de la Constitución Italiana a "los principios fundamentales establecidos por las leyes del estado respecto de las disposiciones legislativas emanadas de las regiones." García Máynez prefiere clasificarlos en Principios generales de derecho sustancial, de derecho procesal y de organización, dirigidos a los ciudadanos, los jueces y al legislador respectivamente. PrincipiosGenerales de Derecho, fruto de la sabiduría jurídica y de la lógica, son una fuente formalindirecta del Derecho y son parte del Derecho Natural, Positivo, de la doctrina y la jurisprudencia; incorporanvalores que dependen de los derechos humanos o valores superiores, como la libertad, igualdad, la vida, justicia social. Cada legislador decidirá cuándo y en qué supuestos deben ser usados. Los Principios Generales del Derecho tienen tres funciones que tienen incidencia importante en las normas del ordenamiento: La función creativa establece que antes de promulgarla norma jurídica, el legislador debe conocer los principiospara inspirarse en ellos y poder positivizarlos. La función interpretativa implica que al interpretarlas normas, el operador debe inspirarse en los principios, para garantizar una cabal interpretación.La función integradora significa que quien va a colmar un vacío legal, debe inspirarse en los principios para que el Derecho se convierta en un sistema hermético Antes las reglas eran el resultado -siguiendo el método inductivo-dela norma, hoy los principios-siguiendo el método deductivo-dan fundamento a dicha norma jurídica, los principiospara los modernos son previos a la norma, y para los antiguos las reglas son posteriores a la norma. Antes las reglas eran el resultado -siguiendo el método inductivo-de la norma, hoy los principios -siguiendo el método deductivo-dan fundamento a dicha norma jurídica, los principios para los modernos son previos a la norma, y para los antiguos las reglas son posteriores a la norma. La legalidad como principio se refiere a que sólo las leyes penales serán válidas cuando sean emitidas por los órganos establecidos para ello. No todos tienen la misma jerarquía o importancia ya que existe una gradación; .unos referidosa todo el ordenamientojurídico, otros sólo a alguna de sus ramas, algunos son perennes, otros referidos a cierto periodo histórico 1.- Lo accesorio sigue la suerte de lo principal. 2.- Quien puede lo más, puede lo menos. 3.- Quien sabe y consiente no recibe injuria ni engaño. 4.- Nadie está obligado a lo imposible. 5.- Nadie debe enriquecersecon daño de otro. 6.- Nadie debe ser condenado sin ser oído. 7.- Lo que no consta en los autos del pleito, no existe en el mundo. 8.- Las convenciones de los particulares, no derogan al Derecho Público. 9.- En todas las cosas y muy particularmenteen el Derecho, debe atenderse a la equidad. 10.- El Derecho nace del hecho. 11.- Las cosas que se hacen contra el Derecho se reputan no hechas. 12.- El error quita la voluntad y descubre la impericiade su autor. 13.- El género se deroga por la especie. 14.- Se entiende que hace la cosa, aquél a cuyo nombre se hace. 15.- Las palabras deben entenderse de la materiade que se trata. 16.- Lo que es nulo no produce efecto alguno. 17.- Se presume ignorancia si no se prueba ciencia. 18.- Nadie puede alegar en su beneficio, la propia torpeza. 19.- Lo que no está prohibido, está permitido. 20.- El primero en tiempo, es primero en derecho. 1. Ignorantia juris non excusat- La ignoranciade la ley no excusa de su cumplimiento. 2.Debido proceso-obligaa los gobiernos a respetar los derechos que tienen las personas sujetas a algún proceso, como el de ser oídas en juicio, que el juez sea imparcial, etc. 3.Irretroactividadde la Ley- Cuando posterior a ejecutar una conducta se tipifica la misma, ya no se puede castigar a la persona. Sin embargo cuando la ley otorga algún beneficio, por ejemplo: que disminuyan los años de prisión por la comisión de cierto delito, quién se encuentre recluido por ese delito se le aplicará la ley y su condena disminuirá 4.Suplenciade la Queja deficiente- en el derecho de amparo cuando la persona que considera que sus garantías se han violado y presenta una demanda de amparo, si en ésta no se encuentran todos los requisitos de fondo y forma o si no se incluyen los artículos que fundamenten la misma, el magistradotiene la obligación de suplir las deficiencias,y deberá tomar en cuenta todos los principios, jurisprudencias, leyes para dictar sentencia 5.Máxima taxatividad legal e interpretativa-cuando la ley es ambigua o poco clara, el juez deberá interpretar la ley de forma en que afecte lo menos posible a la que vaya dirigidala misma o incluso podrá determinar que la ley es inconstitucional por ser poco clara 6.Non bis ibídem Nadie podrá ser juzgado por el mismo delito dos veces 7.Lesividad- Sólo las conductas que lesionen un bien jurídico serán castigadas. 8.HumanizaciónNinguna pena será cruel o degradante. 9. Nullum crimen, nulla poena sine lege previa- no hay delito ni pena sin ley previa Teoría Kelsiana : El derecho vale por ser derecho A diferenciade lo que opina Kelsen para que el derecho cumpla su función es necesario respetar esas normas, no porque el Estado tenga la autoridad para coaccionar a que así se haga, sino porque las norma jurídica sean basadas en la ética en valores universales que logren que la legalidad se mantenga y se solidifique
  • 41. 41 Fuentes de Consulta 1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Constitución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917. Última reforma publicada DOF 11-06-2013 Recuperado el 25 de junio del 2013 de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf 2. Díaz González, L. R. Principios Generales Del Derecho Nuevo Consultorio Fiscal #427. Recuperado el 21 de Julio del 2013 de http://www.google.com/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&cad=rja&ved =0CCoQFjAA&url=http%3A%2F%2Fwww.consultoriofiscalunam.com.mx%2Fenviar. php%3Ftype%3D2%26id%3D722&ei=0f3OUd_wLYqA9QSH8IHADw&usg=AFQjCN GdWc_NnYAw96n-JblZEjQBVM-LQA&bvm=bv.48572450,d.eWU 3. Islas Montes, R. Sobre el Principio de la Legalidad. Anuario de Derecho Constitucional Latinoamericano. Recuperado el 27 de junio del 2013 de http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/dconstla/cont/2009/pr/pr7.pdf 4. Laveaga, G. (2000). La cultura de la Legalidad. México, UNAM 5. Los Principios Generales del Derecho en la Interpretación del Derecho del Trabajo. Recuperado el 27 de junio del 2013 de http://www.google.com/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&cad=rja&ved =0CCoQFjAA&url=http%3A%2F%2Fbiblio.juridicas.unam.mx%2Frevista%2Fpdf%2 FDerechoComparado%2F38%2Fart%2Fart3.pdf&ei=IYHPUeegDuqH0QGLsoCQDA &usg=AFQjCNEtiHjNkdZZoodTVz_pBRpm39AECw&bvm=bv.48572450,d.dmQ 6. Preciado Hernández, R. El Artículo 14 Constitucional y los Principios Generales del Derecho. Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Recuperado el 27 de junio del 2013 de http://www.google.com/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&cad=rja&ved =0CCgQFjAA&url=http%3A%2F%2Fwww.juridicas.unam.mx%2Fpublica%2Flibrev% 2Frev%2Ffacdermx%2Fcont%2F248.5%2Fart%2Fart3.pdf&ei=83rPUZjNMMGB0AG X_oDoDw&usg=AFQjCNH2JG00rQ7pqcregSGWkEODNHIC0A&bvm=bv.48572450, d.dmQ 7. Referentes teóricos de la ética y los valores. Universidad Abierta y a Distancia de México. Recuperado el 21 de Julio del 2013 de http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=186 Autoevaluación Con la finalidad de realizar un ejercicio de repaso acerca de los conceptos más importantes estudiados en la unidad, resuelve el ejercicio de autoevaluación que se encuentra en la pestaña de la unidad. Evidencia de aprendizaje. Una imagen de la falta de cultura y legalidad Propósito: En esta evidencia de aprendizaje distinguirás los conceptos, teorías, leyes y