1. MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR COLEGIO DON ORIONE 2012
En el marco de las transformaciones ocurridas en nuestra sociedad, se
demanda al colegio poner énfasis en una educación para la convivencia escolar, entendida
como una oportunidad para construir nuevas formas de relación, inspiradas en los valores de la
autonomía, dialogo, justicia, respeto, solidaridad, y amor a Dios.
En la revisión y construcción del presente manual, han participado de forma
conjunta, alumnos, apoderados y personal del colegio (directivos, docentes y asistentes de la
educación), entendiendo que estos son los actores ligados de forma más cercana, propia y
directa, a la misión de crear un ambiente que favorezca no solo el aprendizaje del plan de
estudios, si no también la preparación para la vida.
El presente documento ha sido fruto de un proceso realizado por los actores
educativos antes mencionados durante el año 2011, viendo la luz como documento aún
perfectible a futuro, en noviembre de cada año.
1 Disposiciones o Normas Generales
Art. La familia y el apoderado, al matricular a su pupilo (a), aceptan integralmente el
1.1 presente reglamento, proyecto educativo, las prácticas y costumbres del
establecimiento; el que será estudiado por los alumnos (as) en las primeras clases
al inicio del año escolar y por los apoderados en la primera reunión de su curso.
1.2 El contrato de prestación de servicio educacional, tendrá duración de un año lectivo
y el presente reglamento será revisado cada año para ver modificaciones, cuando
corresponda.
1.3 EL alumno (a) es el depositario del buen nombre del Colegio, comparte el proyecto
educativo institucional, por lo tanto está obligado (a) a comportarse correctamente
no sólo dentro del establecimiento, sino en el entorno y en las actividades
relacionadas con él. Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán
promover y asegurar una sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las
máximas del respeto mutuo y la tolerancia.
1.4 No se considera matriculado (a) y, por consiguiente, no puede concurrir a clases el
alumno (a) que no haya presentado los siguientes documentos: certificado de
estudio, de nacimiento, informe de personalidad, Fe de Bautismo en caso que
corresponda, 4 fotos tamaño carné y cancelar el valor de matrícula.
1.5 El uniforme que los alumnos de nuestro colegio usarán durante el año lectivo, será:
casaca (rojo con azul), camisa blanca, corbata del colegio, pantalón plomo y zapato
negro para varones. En el caso de las damas, blusa blanca y corbata del
establecimiento. Las damas podrán usar falda, calcetas azul marino y/o pantalón
del mismo color; zapatos negros y su casaca (rojo con azul). En los meses de
marzo, abril, septiembre, octubre, noviembre y diciembre, podrán vestir su polera
durante los días martes a viernes. El ingreso debe ser con su polera y casaca,
durante el día seguirán con su polera si lo desean.
No es parte del uniforme oficial, pero a partir del mes de septiembre, los alumnos
de 4to. Medio, que se organicen junto a sus profesores jefes, podrán usar su
polerón, diseñado por el curso y aprobado con anticipación por la dirección del
establecimiento. (Se excluyen dibujos y frases obscenas que atenten contra la
moral)
En el tiempo de lluvia los alumnos o alumnas podrán usar parkas, impermeables,
gorros y bufandas de color azul, negro o plomo y podrán traer ropa alternativa para
su cambio si está mojada, evitando de esta forma que retorne a su casa. Se
prohíbe el uso de piercing, aros. Collares, pulseras y cinturones no tradicionales
2. 1.6 El colegio no se hace responsable por pérdidas de dinero u otros objetos de valor
que el alumno (a) traiga al colegio. Queda prohibido hacer uso en horarios de
clases de celulares, video juegos, radios portátiles, reproductor MP3, MP4, o
cualquier otro aparato que distraiga la clase, etc. De ocurrir esto, serán requisados
para ser entregados al apoderado en una próxima reunión de Microcentro. Si un
alumno (a) persiste en traer alguno de los objetos mencionados anteriormente, se
autorizará su uso en horas libres, recreos o colación, siendo de su exclusiva
responsabilidad, en caso de robos o daños, de los dueños de los equipos.
1.7 Para la clase de Educación física se exige equipo: zapatillas, pantalón corto, buzo y
camiseta. El buzo se ocupará para la realización de la clase de educación física y
para cualquier otra actividad extraprogramática.
El día en que los alumnos tienen educación física estos podrán vestir su buzo
durante todo el día, cautelando su higiene y presentación personal.
Es responsabilidad del profesor de la asignatura cautelar que los alumnos traigan
sus útiles de aseo para ducharse al término de la clase, considerando para ello el
tiempo requerido.
1.8 Los padres o apoderados están obligados a comunicar cualquier cambio de
domicilio o teléfono, de esto se desprende que la correspondencia enviada por el
colegio se da por recibida.
1.9 El alumno (a) que ocasione algún daño, perjuicio o deterioro a los útiles,
instalaciones, maquinarias, mobiliario, infraestructura u otros y que sea de su
exclusiva responsabilidad deberá rembolsar el gasto ocasionado por intermedio de
su apoderado.
1.10 Ante cualquier hecho accidental del alumno (a) dentro del establecimiento, el
colegio le brindará los primeros auxilios y se le acompañará a la asistencia publica
respectiva, dando aviso desde secretaria a los padres y /o apoderados, para hacer
uso del seguro escolar. El alumno (a) accidentado (a) será acompañado (a) por un
trabajador del establecimiento al centro asistencial. En el caso de que el apoderado
pueda llegar a la AP, podrá sustituir al Asistente de la Educación.
Respecto del seguro escolar se entregará cartilla informativa en la reunión de
marzo, dando a conocer los beneficios que contempla la ley.
1.11 Durante el segundo semestre de cada año lectivo se realizará un Consejo
Extraordinario por niveles, donde cada profesor jefe deberá entregar un completo
informe por escrito de los (as) alumnos (as) que por situaciones reiteradas de
indisciplina no continuarán sus estudios en nuestro establecimiento, debiendo
éstos informar a los padres y/o apoderados de dicha resolución en la reunión del
mes de octubre, esto con el fin de que dichos alumnos, padres y/o apoderados
busquen matrícula de continuidad en otro liceo en conjunto con la dirección del
colegio.
1.12 En la formación de los cursos de terceros medios para las especialidades de
mecánica automotriz, electricidad y administración se considera como criterio el
resultado de las mediciones hechas por el departamento de orientación respecto
del interés vocacional del alumno (a) por una de las especialidades y la excelencia
académica.
Los (as) alumnos (as) repitentes, por razones de rendimiento escolar y no de
indisciplina, podrán ser matriculados nuevamente previo compromiso del
apoderado y del alumno (a), de acuerdo a la posibilidad de vacantes una vez
terminado el proceso de matricula; sin embargo esta posibilidad de matrícula se
pierde cuando el (la) alumno (a) repite por segunda vez el curso.
1.13 Las situaciones referidas a no pago de los aportes voluntarios o aquellos
comprometidos legítimamente por las familias en los sistemas de financiamiento
compartido, en ningún caso afectará a la renovación de la matricula de los (as)
alumnos (as), pues es responsabilidad de los apoderados. Los beneficios son
3. anuales y el colegio informa, a través de circular sobre la obtención de ellos.
1.14 Los padres y apoderados deberán asistir a las reuniones citadas por Dirección y/o
profesor a fin de interiorizarse de los avances y dificultades en el aprendizaje de su
alumno (a). También es su responsabilidad comunicar al profesor jefe cualquier
información en relación a su pupilo (a) y que afecte su rendimiento y conducta.
1.15 Aquellos (as) alumnos (as) que no demuestren tener las habilidades, intereses y
capacidades que las especialidades requieran y de acuerdo al informe que
entregue el orientador, se le sugerirá el cambio a otro establecimiento de acuerdo
con sus intereses. Esta información se dará a conocer durante el mes de octubre
de cada año, desde la dirección vía profesor jefe.
1.16 Ante cualquier visita o entrevista de parte de funcionarios del Mineduc, Carabineros
de Chile, Gendarmería, particulares, Familiares y otros con algún estudiante o
funcionario del establecimiento; deberá ser presenciado como una forma de
resguardo de integridad física y sicológica por alguna autoridad del colegio según
el siguiente orden: Director, Inspector General, Jefe de U.T.P. o Profesor Jefe.
1.17 Los y las alumnos (as) de Educación General Básica que deseen ingresar a nuestro
colegio deberán en el mes de octubre solicitar en inspectoría la ficha de postulación
la que deberá ser completada en su establecimiento anexando las fotocopias de
certificados de notas y personalidad. En el mes de noviembre se harán entrevistas
a los apoderados junto a su alumno (a) y se publicará a más tardar en la primera
semana de diciembre el listado de alumnos seleccionados. Posterior a ello se
realizará una reunión informativa con todos los apoderados de los alumnos
seleccionados, sobre el proceso de matrícula, normativas del establecimiento y
consultas de los asistentes. De no asistir a reunión se procederá a dar la
posibilidad a los alumnos que están en lista de espera.
Los alumnos serán seleccionados de acuerdo a la disponibilidad de vacantes para
las especialidades dado por el equipo de gestión.
1.18 A las alumnas les está prohibido pintarse en la sala de clases, utilizar artefactos
eléctricos como alisadores, encrespadores y aros largos.
A los alumnos(as) les está prohibido el uso de pantalones pitillo y a media cintura.
Para los alumnos el corte de pelo es el colegial, sin patillas largas y colas.
Las alumnas deberán tener su cabello tomado con algún sujetador
En el caso de existir alumnos(as) que son pololos de un mismo curso o de otro,
deberán evitar las demostraciones de afecto como besos.
1.19 El apoderado que durante los meses de Mayo a Noviembre del año lectivo retire el
alumno(a) del Establecimiento por razones de rendimiento académico, problemas
disciplinarios, traslados de ciudad y otros, perderá su derecho a la matrícula para el
año siguiente.
1.20 Cada docente según contrato tendrá horario y espacio de atención de apoderados,
. el que se dará a conocer al inicio del año lectivo.
Al inicio del año escolar, los alumnos(as) recibirán horarios de atención del uso de
biblioteca, laboratorio de computación y otros espacios educativos.
1.21 El director del colegio durante el mes de abril dará cuenta pública de la gestión
realizada por los distintos organismos representativos a la comunidad escolar.
1.22 El Equipo de Gestión sesionará semanalmente para evaluar los avances en los
aprendizajes de los alumnos(as), necesidades de recursos económicos, espacios
físicos y visualizar debilidades que se presentan a fin de elaborar proyectos
orientados al mejoramiento educativo.
4. 1.23 En caso de una emergencia ante un accidente se le brindarán los primeros auxilios
en el establecimiento, estando a cargo del departamento de Cruz Roja, por medio
de un docente y asistente de la educación.
1.24 El resguardo de los alumnos(as) durante los recreos, baños, canchas, patio,
pasillos, escaleras u otras dependencias en situación de aislamiento y/o
aglomeraciones está a cargo de los asistentes de la educación.
1.25 El colegio autoriza solamente las ventas de golosinas, colaciones, bebidas u otros
productos comestibles en el interior del colegio a un concesionario que cumple con
las normativas de higiene de alimentos; se prohíbe la venta de productos por
medio de los cursos del colegio.
1.26 Los procedimientos y responsables en caso de: emergencias (sismo, incendio,
intoxicación, etc), redes de seguridad escolar y mecanismos de articulación, se
detallan en Plan Integral de Seguridad Escolar (PISE).
2 Sentimiento Religioso y Patriótico
Art El colegio es católico. En él se enseña y practica la religión católica. La formación
. espiritual y la piedad desempeñan un papel primordial en el plan educacional del colegio.
2.1 Es responsabilidad de los padres y apoderados velar por el cumplimiento de los deberes
religiosos de sus pupilos, especialmente la asistencia a la Santa Misa los domingos y
fiestas de guardar. Los (as) alumnos (as) deben participar en los actos religiosos
realizados durante la jornada de clases, de acuerdo a los programas del departamento
Pastoral.
Todos los (as) alumnos (as) deben participar de las clases, en la asignatura de religión, la
que fortalece los valores cristianos y contribuye a la formación integral del alumno (a).
2.2 El (la) alumno (a) debe mostrarse respetuoso (a) con los símbolos religiosos y patrios,
evitando el denigrar o denostar la imagen de estos de forma verbal o, a través de actos
contrarios a los valores que representan. Aquellos (as) alumnos (as) que no se apegasen
a esto, serán convocados (as) junto con el apoderado a cargo, en inspectoría u
orientación, Buscando la reparación de la falta y la corrección de la conducta, de no
ocurrirse esta modificación se caducará su matricula, para el año entrante, si además el
infractor es alumno (a) de cuarto año medio, se le privará de su acto de licenciatura, ya
que en este se manifiestan valores patrios y religiosos que el alumno no representa.
2.3 EL Colegio le dará las facilidades para que se confiese o comulgue, para la preparación
sacramental, oración, jornadas vocacionales y retiros espirituales.
2.4 El día lunes se hará formación general, para la oración de inicio de semana. Cada alumno
(a) deberá velar por su disciplina y capacidad de escucha. Su comportamiento será
supervisado por su profesor jefe o bien el profesor de la asignatura correspondiente a la
hora de dicha formación. En este acto los (as) alumnos (as) recibirán orientación
formativa necesaria para el proyecto de vida personal.
3 Ámbito Académico
Art. La enseñanza impartida en el colegio se ciñe estrictamente al programa oficial del
3.1 Ministerio de Educación. El colegio es COOPERADOR DE LA FUNCIÓN EDUCACIONAL
DEL ESTADO. Las notas y certificados tienen valor oficial.
3.2 La entrega de informes de notas se hará en las fechas que acuerde la U.T.P al
apoderado en reuniones generales citadas por dirección. Será responsabilidad de cada
profesor de asignatura ingresar las notas semanales a la base de datos del colegio. El
modelo será estándar para todos y de uso permanente.
5. 3.3 Todo (a) alumno (a) debe tener su libreta de comunicaciones, firmada por el apoderado,
en la que registrará fechas de evaluaciones y deberes escolares. En la sección
correspondiente, inspectoría extiende los justificativos y la dirección del colegio comunica
lo que es de interés común. Esta disposición es de carácter obligatorio y no se aceptará
cuadernos.
3.4 El hecho de no traer los materiales solicitados por el profesor para el desarrollo de la
clase, implicará las siguientes acciones: el profesor cambiará la actividad y se le dará un
plazo de cumplimiento, previa conversación con el profesor. Dicha evaluación deberá ser
distinta a la de aquellos que cumplieron oportunamente.
Cada profesor tendrá una lista de cotejo para informar a los (las) alumnos (as) sobre la
evaluación transversal incorporando entre otros puntos: responsabilidad en cumplir con
los materiales solicitados, puntualidad en la hora de entrega, etc.
Otra alternativa que cautelará el profesor para los (las) alumnos (as) que no cumplieran
con traer materiales solicitados, el o la alumno (a) deberá hacer un trabajo similar escrito
y evaluado al término de la hora. El profesor tendrá un registro de responsabilidades y si
el (la) alumno (a) es reincidente por tercera vez, se registrará la observación en el libro
de clases. Esto deberá ser comunicado al apoderado.
3.5 Ante cualquier situación de indisciplina durante el desarrollo de la clase se deberá
registrar la situación y conversar con los involucrados en el momento mismo o al término
de la clase. Las observaciones en este sentido deben ser aquellas que son reiterativas o
que afecten al normal desarrollo de la clase. Queda estrictamente prohibido enviar fuera
de la sala de clases a los (as) alumnos (as) por situación de indisciplina. En otros casos
particulares el o la alumno (a) saldrá de la sala previo aviso a inspectoría y con actividad
para el término de la clase.
3.6 Durante el desarrollo de las clases los (as) alumnos (as) no podrán hacer abandono de su
sala por situaciones de: Conseguir o dejar materiales a otras salas, cortes de pelo,
charlas de instituciones (que deben ser avisadas con anterioridad para calendarización),
salir a comprar al casino del colegio o alguna situación especial indicada por el profesor,
las salidas al baño serán autorizadas solo por razones de fuerza mayor. Ante cualquier
situación emergente, se aceptará con autorización escrita señalando el motivo del por
qué se ausenta. El formato se distribuirá a los profesores desde Inspectoría General.
Trabajos atrasados se entregarán en horario de recreo o bien al término de la jornada.
El alumno que estaba en entrevista con: orientador, director, inspector, profesor jefe debe
incorporarse a la clase previa justificación escrita indicando hora en que terminó dicha
conversación.
3.7 La inasistencia a una prueba escrita, la no entrega de un trabajo de investigación
bibliográfica o trabajos prácticos en fecha acordada, teniendo certificado médico, el Jefe
de UTP señalará al alumno día y hora para la entrega del informe o trabajo o prueba. La
ausencia sin justificación a una prueba o trabajo fijado con anterioridad, se tomará el día
sábado próximo con el profesor de turno; esta actividad será coordinada desde la UTP. Al
no cumplir el (la) alumno (a) en cualquiera de los dos casos se procederá a registrar la
falta en el libro de clases y será evaluado con nota 2.0 ; Inspectoría una vez visado el
certificado médico, registrará en el libro, sección certificados médicos, el nombre del
alumno y el periodo de ausencia y entregará a UTP para su registro. Si el alumno(a) se
encuentra con la medida disciplinaria de suspensión deberá presentar sus trabajos y
rendir sus evaluaciones al reintegrarse a clases coordinándose para ello con el jefe de
UTP, en este sentido podrá tener como nota máxima 4.0
6. 3.8 Las alumnas que durante el periodo escolar estuvieran en estado avanzado de
embarazo; el colegio a través de la U.T.P dará las facilidades académicas y coordinará
un calendario de fechas de pruebas y trabajos, a fin de entregar las posibilidades para
terminar satisfactoriamente su año escolar. La misma U.T.P. se responsabilizará de
asignar a un profesor para apoyo y tutoría en las materias que la alumna requiera. La
alumna embarazada podrá continuar asistiendo a clases regularmente hasta cuando lo
estime conveniente de acuerdo a su estado de embarazo, respetando el periodo de pre y
post natal señalado por su Médico.
3.9 Ante una salida pedagógica, el docente deberá presentar a Dirección y UTP los
objetivos, el detalle de la actividad, día, hora de salida y retorno, la pauta de evaluación y
en Inspectoría las autorizaciones firmadas por parte de cada apoderado para que el
alumno asista. Además la empresa dueña del bus contratado deberá presentar fotocopia
de revisión técnica, permiso de circulación y documentación del conductor al día. Dicho
trámite estará a cargo del profesor de asignatura respectivo.
3.10 Con respecto a los procedimientos y criterios de la evaluación diferenciada que se
aplicarán a los (as) alumnos (as) que presenten impedimentos temporales o permanentes
para desarrollar adecuadamente su proceso de aprendizaje en algunos subsectores de
aprendizaje, asignaturas o módulos del plan de estudio; el establecimiento exigirá en
dichos casos el respaldo otorgado por el Microcentro de Diagnóstico del MINEDUC de
nuestra ciudad o especialistas del área. En la certificación final de los alumnos que
fueron evaluados en forma diferenciada se dejará constancia de ella.
A los alumnos que estén en el programa de integración escolar (PIE) se les atenderá de
acuerdo a las disposiciones establecidas en el decreto Nro. 01/98 ó 170 siendo apoyados
por el profesional contratado para ello.
4 Disciplina
Art. La inasistencia a clases debe ser justificada por los padres o apoderados de manera
4.1 personal, durante el día o al momento de ingresar a clases. El apoderado debe justificar
a su alumno (a) en el horario establecido por inspectoría, el cual será de 8:00 A 13:00
hrs. Y de 14:30 horas a 17:00 horas. Inspectoria en horario de recreo no atiende
apoderados. No existen atrasos, por lo que el (la) apoderado (a) deberá velar por la
puntualidad en la llegada a clases de cada día.
4.2 Habiéndose hecho las gestiones vía profesor jefe e inspectoría cuando un (a) alumno (a)
tiene una inasistencia continua de 30 días sin aviso por parte del alumno (a) y apoderado,
y no teniendo antecedentes se procederá a la cancelación de la matricula.
4.3 El colegio hace un esfuerzo, vía profesor jefe, para mantener un contacto fluido y
permanente con la familia, por lo tanto es obligación del apoderado informar sobre
cambios de domicilio o teléfono en secretaría, con el fin de actualizar los datos
correspondientes.
4.4 Una vez que el (la) alumno (a) haya ingresado al colegio, le queda absolutamente
prohibido salir de él, antes del término de las clases, salvo con autorización de
Inspectoría o previa solicitud del apoderado. El apoderado debe venir a retirar a su
alumno en caso de: control médico, dental, trámite personal u otro. No se aceptan
llamadas telefónicas, ni comunicaciones escritas.
4.5 El colegio en su afán de fortalecer hábitos como la puntualidad y la responsabilidad, es
exigente en cuanto al horario de ingreso (8:00 hrs.) Cualquier caso especial debe ser
informado por el Apoderado, tanto al profesor jefe como a inspectoría.
7. 4.6 Para todas aquellas actividades curriculares programadas fuera de la Unidad Educativa,
serán responsables de autorizar dichas salidas los respectivos apoderados con su firma.
4.7 El Colegio abordará la situación de indisciplina mediante la mediación escolar y arbitraje
entre los involucrados, comprometiéndose a escuchar ambas partes por separado y
luego confrontar sus opiniones contemplando los siguientes pasos:
Los (as) alumnos (as) que incurran en cualquiera de las siguientes actitudes negativas,
según la siguiente clasificación:
Se consideran faltas leves:
a) Empleo de vocabulario y gestos obscenos.
b) Inasistencias reiteradas sin justificación.
c) Sorprendido copiando en pruebas y evaluaciones.
d) Tirar papeles dentro de la sala o al exterior.
e) Gritar dentro de la sala o al exterior.
f) Rayar paredes y mesas de la sala.
g) Agredir verbalmente a sus compañeros(as).
h) Uso de celular u otro aparato distractor, sea electrónico o no, en la clase.
i) Mala o deficiente presentación personal.
j) Mala conducta reiterada en el desarrollo de la clase que perturba la misma.
k) No cumplir con sus deberes o útiles escolares.
l) Atrasos reiterados al inicio de la jornada o durante el desarrollo de ésta.
Medidas a Aplicar:
1.- Entrevista con profesor jefe o de asignatura con el alumno, debiendo registrar la falta
u observación en el libro de clases.
2.- Si es reincidente se citará el apoderado, alumno a entrevista con el profesor jefe o de
asignatura, registrando la falta u observación en el libro de clases, haciendo un
compromiso, en cambio de conducta y actitud debiendo quedar firmado por los
participantes.
3.- De no cumplir con su compromiso de cambio de conducta y actitud, el Inspector
General asignará trabajos formativos (confección diario mural, aseo, ornato, participar en
actividades del colegio, etc.), y al mismo tiempo será derivado al orientador del colegio;
durante este tiempo asignado será evaluado por el Inspector General y si no demuestra
cambios esperados, se entenderá como desinterés por el establecimiento, debiendo
proceder al retiro del alumno al término del año escolar.
Se consideran faltas graves:
a) Fuga de clases o abandono del establecimiento sin autorización.
b) Sorprender reiteradamente trayendo libros, revistas, videos y CD pornográficos.
c) Tráfico y/o Venta de artículos de dudosa procedencia: celulares, radios, revistas,
CD, vhs, Mp3, Mp4, etc.
d) Falta de respeto hacia el personal de colegio.
e) Adulterar contenidos en el libro de clases.
f) Ingresar o Consumir bebidas alcohólicas en el colegio.
g) Sustraer documentos, instrumentos y objetos de cualquier dependencia del
establecimiento.
h) Subir o bajar de Internet contenidos de videos o fotografías que dañen la imagen
del establecimiento, congregación o personal que labora en el.
8. i) Riñas al interior del colegio.
j) Reincidencia en alguna falta leve
Medidas a Aplicar:
1.- Se citará el apoderado y alumno a entrevista con el profesor jefe o de asignatura,
registrando la falta u observación en el libro de clases, haciendo un compromiso, en
cambio de conducta y actitud, debiendo quedar firmado por los participantes.
2.- De no cumplir con su compromiso de cambio de conducta y actitud, él Inspector
General asignará trabajos formativos (confección diario mural, aseo, ornato, participar en
actividades del colegio, etc.), y al mismo tiempo será derivado al orientador del colegio, el
que deberá llevar registro de las citas. Se considerará entrevista con el sacerdote del
colegio para que reciba apoyo espiritual si lo requiere.
3.- De no asistir a las actividades indicadas recibirá suspensión temporal y
condicionalidad de la matricula. Durante este tiempo asignado será evaluado por el
Inspector General y si no demuestra cambios esperados, se entenderá como desinterés
por el establecimiento, debiendo proceder al retiro del alumno al término del año escolar.
Se consideran faltas muy graves:
a) Portar, y/o vender drogas dentro y fuera del establecimiento.
b) Fumar, tomar o inyectarse cualquier tipo de droga dentro del establecimiento.
c) Ingresar bajo la influencia del alcohol o drogado al establecimiento.
d) Portar armas corto punzante o de fuego
e) Amenazar o agredir con arma de fuego o corto punzante a alumnos, apoderados o
personal del establecimiento.
f) Tocaciones obscenas a compañeros(as).
g) Presentar documentación falsa: comunicaciones, timbres, firmas, etc., con el propósito
de engañar a la autoridad del colegio
h) Involucrar la dignidad y honorabilidad del colegio con hechos comprobados fuera del
establecimiento: robos, riñas, destrozos, asaltos, pedofilia, consumo de alcohol en vía
publica.
i) Atacar o dañar física, psicológica o moralmente al personal de la unidad educativa y
alumnos dentro o fuera del establecimiento.
j) Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno u
otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes,
mofarse de características físicas, etc.) dentro o fuera del colegio.
k) Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social,
situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica,
nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra
circunstancia;
l) Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la
comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, correos
electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o
cualquier otro medio tecnológico y virtual o electrónico.
m) Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato
escolar.
n) Reincidencia en alguna falta grave
Medidas a Aplicar:
9. 1.- Se cita el apoderado a tomar conocimiento de lo ocurrido, quedando el alumno
separado del grupo de curso y debiendo asistir en la jornada de la tarde a rendir pruebas,
trabajos prácticos y recepción de guías de Aprendizaje. Una vez terminado el periodo
académico el apoderado deberá buscar matrícula en otro establecimiento educacional.
2.-.Cuando la falta influya en su proceso de enseñanza aprendizaje será entrevistado por
el J.U.T.P. para coordinar y apoyar los aspectos académicos del alumno. Debiendo
coordinar las evaluaciones pendientes y proceder a la elaboración del certificado de
notas para terminar así su proceso académico, debiendo rendir la totalidad de sus
evaluaciones en día y hora acordado con el alumno y el apoderado. El J.U.T.P. será el
responsable de la coordinación de calendarización de evaluaciones y en caso de no
asistencia del (la) alumno (a) estará facultado para asignar la nota mínima
correspondiente según escala de evaluación del colegio.
3.- Cuando exista Bullying (daño físico y/o sicológico) Si el afectado fuere un alumno(a),
se le deberá brindar protección, apoyo e información durante todo el proceso.
Y Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar
protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus
funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad.
Las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, consistirán en disculpas
privadas o públicas, restablecimiento de efectos personales, cambio de curso u otras.
4.- Sí el (la) alumno (a) en este sentido es de Cuarto año Medio se le entregará su
Licencia en la dirección del colegio.
4.8 Sí en el desarrollo de una conducta de indisciplina el (la) agresor (a) provocara daño
físico que amerite asistencia pública a primeros auxilios, el Inspector General del colegio
dará cuenta a Carabineros para constatar lesiones. Dará aviso a ambos apoderados de
los alumnos en cuestión, quienes deberán presentarse en el Colegio. Estará el Inspector
presente en el primer interrogatorio por parte de Carabineros. El alumno (a) agredido (a)
junto a su apoderado podrán seguir el proceso judicialmente para el reembolso
económico del tratamiento médico.
4.9 En cuanto a la cancelación de la matrícula o expulsión se aplicará como última medida
después de haber recorrido las distintas instancias formadoras, con la debida
acreditación de sus conductas y antecedentes registrada en conjunto con sus
apoderados (evidencias). Esta medida se aplicará como una manera de garantizar la
seguridad o protección de los restantes miembros de la comunidad escolar tanto del daño
físico, psíquico y moral.
4.1 Ante cualquiera de las medidas disciplinarias adoptadas, el (la) alumno (a) y apoderado
0 tienen derecho a apelar al Equipo Disciplinario el que estará integrado por docentes y
dirección del colegio quien resolverá la modificación o confirmación de la medida
disciplinaria establecida.
El colegio cautelará las alternativas educativas de acuerdo a la realidad e interés del
alumno (a) para continuar su proceso educativo orientándolo a matricularse en otro Liceo
estableciendo los contactos con la dirección de esa unidad educativa.
4.1 Los (as) alumnos (as) que a través del desarrollo del programa Servicio Nacional para
1 la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol (SENDA),
manifiesten tener alguna relación con consumo de alcohol, de drogas y microtráfico de
éstas, el colegio abordará la problemática por medio de los docentes capacitados en el
curso de Previene, apoyado por el departamento de orientación del colegio; citando a los
apoderados de los (as) jóvenes involucrados (as) para entregar el apoyo formativo y en
los casos más críticos derivarlos a centros especializados con los profesionales
relacionados con la salud (sicólogos, orientadores familiares , carabineros , etc.).
10. 4.1 El profesional docente del colegio al llamar la atención o aplicar sanciones disciplinarias,
2 no deberá hacerlo utilizando palabras despectivas o hirientes hacia el (la) alumno (a). El
profesional docente deberá conversar con el alumno involucrado con el fin de hacer
conciencia del respeto que debe tener el (la) alumno (a) durante el desarrollo de la clase,
esta conversación puede ser en el momento o terminado el periodo de clases.
4.1 Los directores, inspectores y profesores deberán denunciar cualquier acción u omisión que
3 revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales
como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas,
tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la
Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales
competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin
perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal.
4.1 Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser presentado
4 en forma verbal o escrita ante cualquier autoridad del establecimiento, la que deberá dar
cuenta a la Dirección, dentro de un plazo de 24 horas, a fin de que se dé inicio al debido
proceso. Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer
una sanción disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.
5 Centro de Alumnos
Art El colegio cuenta con un centro de alumnos a través del cual los estudiantes se
. organizan, se expresan y realizan actividades dentro y fuera del establecimiento. Este
5.1 centro de alumnos debe ser elegido por un período de dos años, por todo el alumnado,
pudiendo ser reelegido por un año más. En aquellos casos en que se presente una sola
lista al CCAA deberá ser ratificada por el alumnado en general mediante votación y
registrada en acta la no presentación de otras listas.
5.2 El centro de alumnos es asesorado directamente en su organización y en sus actividades
por dos profesores a cargo, propuesto en una terna por el CCAA y ratificado por el Equipo
de Gestión del Liceo.
5.3 El centro de alumnos al aprobar el reglamento interno del colegio es el primero en
cumplirlo y se rige por los estatutos del Centro de alumnos.
5.4 Los alumnos integrantes de este Centro son representantes fieles de lo que el Colegio
quiere lograr, por lo cual quienes estén en la directiva deben dar ejemplo de su
puntualidad, respeto, asistencia, disciplina, rendimiento y religiosidad, según el
pensamiento de nuestro fundador Don Orione, de la Congregación y el Colegio.
5.5 El Consejo de profesores se reserva el derecho de negar la candidatura al Centro de
Alumnos a aquellos postulantes que no cumplan con el Reglamento Interno del
Establecimiento o que estén cumpliendo con el desarrollo de una medida disciplinaria.
5.6 El centro de Alumnos deberá quedar organizado en los primeros 15 días del mes de abril
del año que corresponda y hacer entrega de su plan de trabajo al equipo de gestión a
más tardar el 30 del mismo mes para su aprobación. El Centro de Alumnos tiene una
permanencia en su cargo por 2 años, pudiendo ser reemplazado alguno de sus
integrantes por presentar problemas de disciplina.
5.7 El presidente del CCAA participará de las reuniones del CONSEJO ESCOLAR del
Colegio, por lo que al momento de la elección, esta responsabilidad debe quedar
establecida.
5.8 Es obligación del CCAA entregar una información acabada y fidedigna de la gestión que
realiza por cada semestre, donde las actividades y movimientos de dineros serán
transparentes tanto para la Dirección, Profesores y Consejo General de Alumnos.
11. 5.9 La Dirección del Colegio entregará cada año el inventario con lo necesario para que
funcione la Oficina del CCAA, debiendo estos cuidar lo que se les entregó, pues servirán
para futuras generaciones. Los bienes que el CCAA de cada año adquiera para bienestar
de todos sus integrantes, deberán también quedar inventariados para ser entregados en
el año próximo a quien corresponda. Al término del año escolar, la directiva debe hacer
entrega a la dirección del colegio de un informe de su gestión y la entrega de un
inventario.
6 Centro de Padres y Apoderados
Art El Equipo de Gestión debe contar con la más amplia cooperación social de los padres y
. apoderados en el desempeño de su difícil y delicada misión.
6.1
6.2 La directiva del CCPP se elegirá bianualmente cómo indican los estatutos estipulados en
la personalidad jurídica del Centro de Padres y Apoderados. Las elecciones se realizarían
en Octubre, constituyéndose a más tardar el 15 de abril de cada año. Haciendo entrega
de su plan de trabajo al equipo de gestión, a más tardar el 30 del mismo mes para ser
aprobado.
6.3 Toda determinación para que sea válida debe contar con el visto bueno del equipo de
gestión. Al directorio le compete fijar una cuota de cooperación de acuerdo con el fin
específico del centro: acción social, beneficencia, estímulos, día del alumno, día Técnico
Profesional, día del Profesor y Licenciatura.
6.4 Los padres y apoderados tendrán reuniones periódicas fijadas por el directorio, las cuales
son de carácter obligatorio y deberán proyectar acciones que apuntan al tipo de personas
que se quiere formar.
Los asesores del CCPPAA deberán motivar la participación activa de todos los cursos.
El Director y Sostenedor procurarán, dentro de sus funciones, asistir a dichos encuentros.
6.5 Especial interés revisten las actividades formativas en beneficio de los padres y
apoderados. Se les invita a que participen con entusiasmo en los actos que se
programen periódicamente en el colegio.
6.6 El Centro de Padres y Apoderados podrá postular a cualquier beneficio usando su
Personalidad Jurídica, previa consulta a la Dirección del Colegio.
6.7 Cada apoderado cancelará un aporte mensual estipulado cada año por la Dirección del
Colegio. Al término del año escolar la Directiva del CC. PP. AA. deberá entregar un
informe de su gestión, señalando el balance de ingresos y egresos a la dirección del
colegio, para la cuenta pública del inicio del año siguiente.
7 Distinciones y Becas
Art Los (as) alumnos (as) que por sus méritos estudiantiles tuvieran notas sobresalientes y
. tuvieran el primer lugar de su curso, recibirán al término de cada semestre, en un acto
7.1 preparado para la ocasión, un diploma por su rendimiento. Dicho acto será coordinado
por el Orientador y Profesores Jefes.
También se premiarán aquellos (as) alumnos (as) que sobresalgan en sus respectivos
cursos por su participación en actividades del colegio, afianzamiento de valores como la
honradez, puntualidad, respeto, etc.
12. 7.2 Serán depositarios de nuestros estandartes; Bandera Chilena, Estandarte del Colegio,
Bandera Italiana y Bandera del Vaticano, los (as) alumnos (as) de Cuartos Años Medios
que se destaquen por sus valores y responsabilidad, lo mismo que sus notas. A ellos (as)
les corresponde la presentación y portar dichos estandartes en actos cívicos oficiales del
colegio y desfiles. Serán estos (as) alumnos (as) los (as) que en el acto de Licenciatura
Oficial entregarán esta responsabilidad a los (as) alumnos (as) elegidos de Terceros
Medios que cumplan con dichos requisitos.
7.3 Toda beca será informada durante el primer semestre del año lectivo, nómina que será
entregada por el MINEDUC.
7.4 Se entregará la Beca instituida por el personal del colegio “Padre Pedro Ferrini” a un
alumno de excelencia académica, religiosa y de compromiso con su colegio en
actividades extraprogramáticas, cancelando la totalidad del financiamiento compartido.
Este alumno será propuesto por el profesor jefe al Equipo de Gestión, quien decidirá a
qué alumno le corresponde. Dicha beca será por un año, pudiendo renovarse en caso de
acreditar nuevamente el merecimiento.
7.5 A todos los profesores, coordinadores de CCAA y CCPPAA les esta prohibido manejar
dineros con ocasión de beneficios especiales del colegio, (rifas, festivales y donaciones).
Todo dinero debe ingresar a secretaria del colegio según planificación de la actividad.
7.6 Todos los cursos una vez constituidas sus directivas de micro centro y junto a su profesor
jefe deberán presentar al equipo de gestión por escrito su plan de trabajo anual, para ser
estudiado y autorizado para su ejecución.
7.7 El Equipo de Gestión del colegio estará integrado por El Director, Inspector General, Jefe
de U.T.P., Jefe de Especialidad, Orientador o Psicólogo, encargado de Pastoral,
Contadora del colegio y quién el Representante Legal estime también conveniente.
Tendrán sesiones según calendario.
7.8 El consejo escolar del colegio estará constituido por El Sostenedor, El Director, Inspector
General, Jefe de UTP, Jefe de Especialidades, representante de los profesores,
Presidente del Centro de Padres, representante del los asistentes de la educación y
Presidente del Centro de Alumnos. El Director es quien convoca a sus integrantes, según
reglamento de los consejos escolares.
_________________________ ___________________________
LUIS ALFONSO RIQUELME ALFARO RICARDO ISAAC NAVARRETE OLIVA
DIRECTOR JEFE UTP
COLEGIO DON ORIONE COLEGIO DON ORIONE
__________________________
PADRE PATRICIO PÁEZ SOTO
REPRESENTANTE LEGAL
COLEGIO DON ORIONE
Los Ángeles, 22 de Diciembre de 2011.-
13. REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACION DEL COLEGIO DON ORIONE
1 DISPOSICIONES GENERALES
Art. Las disposiciones de este reglamento se aplicarán a todos los (as)
1.1 alumnos (as) que se encuentran matriculados en el establecimiento,
según modalidad de enseñanza y Decretos del Proceso Educativo que
corresponda: 1358- 83 – 27 y 459.
1.2 El proceso Evaluativo está organizado en régimen semestral, cuyos
periodos serán estipulados en el calendario escolar regional, lo cual será
comunicado al inicio del año escolar respectivo, a los apoderados,
alumnos y dirección provincial de educación.
1.3 Los (as) alumnos (as) deberán ser evaluados (as) en forma permanente y
sistemática usando variados procedimientos e instrumentos evaluativos
que permitan hacer un seguimiento al proceso de logro en los objetivos
propuestos.
1.4 En las evaluaciones parciales y/o de procesos de los (as) alumnos (as) se
utilizan números cuya escala va del 2 al 7. Cada docente promediará al
término del semestre y/o año las calificaciones obtenidas. Las notas de
trabajos grupales serán hechas en forma íntegra en el transcurso de la (s)
clase (s).
La responsabilidad profesional del docente, le otorga autonomía para
que en virtud de los logros obtenidos en los alumnos en cada sector y/o
subsector de aprendizaje, durante el periodo correspondiente, pueda
determinar la evaluación final.
Las asignaturas con dos horas semanales tendrán un mínimo de 4 notas
semestrales, contemplando dos de ellas del tipo formal.
Las asignaturas y/o módulos con tres o más horas semanales tendrán
un mínimo de 5 notas semestrales, contemplando tres de ellas del tipo
formal.
Todas las pruebas formales deberán ser registradas en el libro de clases
con su fecha avisada a los alumnos con anticipación de una semana a lo
mínimo y visadas anteriormente por la UTP.
1.5 Los docentes que atienden los distintos sectores y/o subsectores de
aprendizaje cautelarán, en la planificación de su proceso evaluativo,
disponer en forma oportuna y respaldada del Nº de evaluaciones, con el
fin de que los señores profesores jefes puedan informar a los apoderados
en las fechas que determinen el plan de evaluación y que la dirección del
establecimiento ponga en consideración del consejo al inicio del año
escolar.
1.6 La calificación obtenida por los alumnos en la asignatura de religión,
computación y taller vocacional no incidirán en su promoción.
14. 1.7 La evaluación se concibe como una actividad dinámica, permanente y
sistemática del proceso de aprendizaje que mantiene informado al
profesor respecto de los progresos, logros, obstáculos y dificultades de los
(as) alumnos (as) y entrega elementos para ajustar la ayuda de acuerdo a
la problemática en particular de cada estudiante y a su propio ritmo de
aprendizaje.
1.8 La evaluación de los objetivos fundamentales transversales y del
subsector del consejo de curso no incidirá en la promoción escolar de los
(as) alumnos (as).
1.9 Se elaborará un informe sobre el desarrollo de los (as) alumnos (as) en los
objetivos fundamentales transversales y la periodicidad del mismo. Este
informe será cualitativo y contemplará los cinco ámbitos de los objetivos
fundamentales transversales definidos en el Decreto Supremo de
Educación N° 220 de 1998 y sus modificaciones. Del mismo modo se
informará a los padres, apoderados y alumnos (as).
1.10 Con respecto a los procedimientos y criterios de la evaluación
diferenciada que se aplicará a los (as) alumnos (as) que presenten
impedimentos temporales o permanentes para desarrollar
adecuadamente su proceso de aprendizaje en algunos sectores,
subsectores de aprendizaje, asignaturas o módulos del plan de estudio; el
establecimiento exigirá en dichos casos el respaldo otorgado por el
Microcentro de Diagnóstico del Mineduc de nuestra ciudad o
especialistas del área. En la certificación final de los alumnos que fueron
evaluados en forma diferenciada se dejará constancia de ella.
1.11 El (la) alumno (a) que egrese de cuarto medio, aún que reprobase uno o
dos módulos, tiene derecho a iniciar su periodo de práctica profesional.
1.12 A los alumnos que estén en el programa de integración escolar (PIE) se
les atenderá de acuerdo a las disposiciones establecidas en el decreto
Nro. 01/98, siendo apoyados por el profesional contratado para ello.
1.13 Se considerará como asistencia regular la participación de los
alumnos(as) de la E.M.T.P. en las actividades de aprendizaje realizadas
en las empresas. Asimismo se considerará como tal la participación en
eventos nacionales e internacionales en el área del deporte, la cultura, las
ciencias y las artes.
DE LA PROMOCIÓN
2
ALUMNOS (AS) ADSCRITOS AL DECRETO EXENTO 220/98 PLAN GENERAL
(1º y 2º Medio)
2.1 Para la promoción de los (as) alumnos (as) se considerarán el logro de los
objetivos de las asignaturas y asistencias a clases.
2.2 Serán promovidos (as) los (as) alumnos (as) que hubiesen aprobado todos
los sectores y/o subsectores de aprendizaje de sus respectivos planes de
estudio.
15. 2.3 Serán promovidos (as) los (as) alumnos (as) que no hubieren aprobado un
sector y/o subsector de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro
corresponda a un promedio mínimo de un 4,5; considerando el sector y/o
subsector reprobado.
2.4 Serán promovidos (as) los (as) alumnos (as) que no hubieren aprobado dos
sectores y/o subsectores de aprendizaje, siempre que su nivel general de
logro corresponda a un mínimo de 5,0; considerando los sectores y/o
subsectores reprobados.
2.5 Para ser promovidos (as) los (as) alumnos (as) deberán asistir, a lo menos,
el 85 % de las clases. La dirección del establecimiento asesorado por la
U.T.P. y conforme a presentación hecha por el profesor jefe, podrá
autorizar a promoción a alumnos con porcentaje menores de asistencia.
2.6 La situación final de promoción de los (as) alumnos (as) deberá quedar
resuelta al término del año escolar. El establecimiento educacional
entregará a todos los (as) alumnos (as) un certificado anual de estudio, que
indique las asignaturas, las calificaciones obtenidas y la situación final
correspondiente.
2.7 El certificado anual de estudio no podrá ser retenido por ningún motivo.
2.8 Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar serán
elaboradas por los profesores jefes y aprobadas por la U.T.P., donde se
consignarán en cada curso; las calificaciones finales en cada subsector de
aprendizaje o asignatura, el porcentaje anual de asistencia, la situación
final de los alumnos y la cédula nacional de identidad de cada uno de
ellos. Y será la Dirección la encargada de enviarlas al Departamento de
Educación o al MINEDUC.
3 ALUMNOS (AS) ADSCRITOS AL DECRETO EXENTO 220/98 DE 3° Y 4° MEDIO
TECNICO PROFESIONAL
3. Para la promoción de los (as) alumnos (as) se considerarán el logro de los
1 objetivos de las asignaturas o módulos del plan de estudio y la asistencia a
clases.
3. Serán promovidos (as) los (as) alumnos (as) que hubieren aprobado todos
2 los subsectores de aprendizaje, asignaturas o módulos de sus respectivos
planes de estudio.
3. Serán promovidos (as) los (as) alumnos (as) que no hubieren aprobado un
3 subsector de aprendizaje, asignatura o módulo, siempre que su nivel
general de logro corresponda a un promedio 4,5 o superior; considerando
el subsector de aprendizaje, asignatura o módulo reprobado.
3. Serán promovidos (as) los (as) alumnos (as) que no hubieren aprobado dos
4 subsectores de aprendizaje, asignatura o módulo, siempre que su nivel
general de logro corresponda a un promedio 5,0 o superior, considerando
los 2 subsectores de aprendizaje, asignaturas o módulos reprobados.
Cabe señalar que si entre los dos subsectores de aprendizaje o
asignaturas no aprobadas está Lengua castellana y Comunicación y/o
Matemática, los alumnos(as) de 3º y 4º año Medio, serán promovidos
siempre que su nivel de logro corresponda a un promedio 5.5 o
16. superior. Para efecto de cálculo de este promedio se considerará la
calificación de los dos subsectores de aprendizajes o asignaturas no
aprobadas.
3. Para ser promovidos (as) los (as) alumnos (as) deberán asistir, a lo menos,
5 el 85% de las clases. La dirección del establecimiento, asesorado por la
U.T.P. y conforme a la presentación hecha por el profesor jefe, podrá
autorizar la promoción a alumnos (as) con porcentajes menores de
asistencia.
3. El colegio no contempla la eximisión de ningún subsector de aprendizaje,
6 asignatura o módulo.
3. Las Asignaturas del Plan Modular serán calificadas con la exigencia de un
7 50% en forma teórica y un 50% en forma práctica.
4 DISPOSICIONES FINALES
4.1 El establecimiento otorgará la Licencia de Enseñanza Media a todos los
(as) alumnos (as) que hubieran obtenido promoción definitiva en todos los
cursos correspondiente a este nivel de la enseñanza regular Técnico
Profesional
La UTP. Llevará un registro ordenado alfabéticamente y por año del
número de Licencia que se entregan.
Los profesores jefes de cuarto medios junto con las actas deberán entregar
la nómina de los alumnos licenciados en triplicado.
4.2 Las situaciones no previstas en el presente reglamento, serán resueltas
por la dirección del establecimiento en aquellas materias que sean de su
competencia, procediendo a derivar a la Secretaria Regional y/o PROE las
situaciones restantes. El Jefe de UTP tendrá la facultad de dictar alguna
resolución interna para aquellos casos de evaluación emergentes
(embarazos, accidentes, ingreso tardío, ausencia clases por periodos
prolongados, finalización anticipada del año escolar, servicio militar y
certámenes nacionales o internacionales en el área del deporte, la
literatura, las ciencias y las artes, becas u otras similares )
4.3 Los (as) alumnos (as) que realicen su Práctica Profesional se regirán por el
Reglamento Interno de Práctica y Titulación, según Decreto de Evaluación
N° 2516/2007.
___________________________
LUIS ALFONSO RIQUELME ALFARO RICARDO ISAAC NAVARRETE OLIVA
DIRECTOR JEFE UTP
COLEGIO DON ORIONE COLEGIO DON ORIONE
__________________________
PADRE PATRICIO PAEZ SOTO
REPRESENTANTE LEGAL
COLEGIO DON ORIONE