1. ¿Qué significa ser sordo?
“La sordera es la dificultad o la imposibilidad de usar el sentido del
oído debido a una pérdida de la capacidad auditiva parcial
(hipoacusia: leve capacidad auditiva y se ven obligados a usar un
aparato auditivo para que ésta mejore.) o total (cofosis). Ésta puede ser un rasgo hereditario o puede
ser consecuencia de una enfermedad, traumatismo, exposición a largo plazo al ruido, o
medicamentos agresivos para el nervio auditivo.” wikipedia
En nuestro país actualmente existen más de 30.000 sordos, cifra en la que se incluyen también
a los que tienen muy bajo nivel de audición.
Las estrategias de enseñanza basadas en el bilingüismo se estructuran en la adquisición
temprana de la lengua de señas como primera lengua, y la enseñanza de una segunda, por
ejemplo, el español, escrito y hablado.
La Federación Mundial de Sordos ha fijado un alfabeto dactilológico universal, que es un
verdadero Alfabeto Manual. Se trata de Lengua de Signos ya que el lenguaje es la capacidad, la
facultad comunicativa propia del ser humano y la lengua es el sistema de comunicación de los
humanos.
El deletreo manual hace visible palabras y frases, letra por letra, por medio de las manos
utilizando el alfabeto manual, que consta de 27 configuraciones manuales distintas (más la “LL”
y “RR”) para representar cada letra del alfabeto castellano.
Se pueden expresar y recibir ideas cuando se combinan las letras en una sucesión continua. El
deletreo manual se usa en frases de lenguaje de señas como suplemento para expresar ideas
para las cuales no hay señas formales, tales como nombres propios y términos técnicos.
El lenguaje por signos es reconocido con facilidad por una persona sorda, en especial cuando
se acompaña de gestos que significan palabras o ideas
específicas. Esto le permite establecer una conversación con
otras personas.
En la Ley Nº 17.378 se reconoce a todos los efectos a la Lengua
de Señas Uruguaya como la lengua natural de las personas
sordas y de sus comunidades en todo el territorio de la
República. La presente ley tiene por objeto la remoción de las
barreras comunicacionales y así asegurar la equiparación de
oportunidades para las personas sordas e hipoacústicas.
Webgrafía
Título del
artículo:
Lengua de señas | Plan Ceibal – Formación
Título de la
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Blogs.ceibal.edu.uy
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aje-de-senas/