Elecciones Primarias en Argentina
La capacitación de fiscales y autoridades de mesa es fundamental para garantizar la transparencia.
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42. Custodia de las urnas y de la documentación Los partidos políticos podrán vigilar y custodiar las urnas y su documentación desde que se entreguen al Correo hasta que se reciban en la Junta Electoral. Usted y los demás Fiscales podrán acompañar al funcionario , cualquiera sea el medio de locomoción empleado por éste. Si lo hace en vehículo particular, por lo menos dos Fiscales irán con aquél (si hay más fiscales, podrán acompañar en otro vehículo). Cuando las urnas y documentos deban permanecer en el correo se colocarán en un cuarto y las aberturas serán cerradas y selladas en presencia de los fiscales, quienes podrán custodiar las puertas de entrada durante el tiempo que las urnas permanezcan en él. ANTE CUALQUIER DUDA, DIRIGIRSE AL FISCAL GENERAL Ver artículo 106 del Código Electoral Nacional *