1. Alcaldía de Villavicencio
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Institución Educativa
Colegio Francisco Arango
Consejo Académico
ACUERDO No. 004
( 01 de Diciembre de 2009)
Por el cual se reglamenta y establece el Sistema Institucional de
Evaluación y Promoción de los estudiantes Aranguistas
Contenido
Capitulo 1. Ámbito de aplicación
Capitulo 2. De la evaluación
Concepto de evaluación
Propósitos de la evaluación
Aspectos a evaluar
Criterios de evaluación
o Instrumentos para la evaluación
o Procedimientos para evaluar
Escala de valoración institucional
Aprobación mínima de una asignatura
Valoración final del desempeño de una
asignatura
Instrumentos de control
Capitulo 3. De la promoción
Promoción
No promoción
Actividades complementarias de superación
Capitulo 4. De los informes académicos
Informes de valoración
Homologación
Capitulo 5. Conducto regular y recursos
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PROYECTO DE ACUERDO 003 DE 2010
Por el cual se dictan disposiciones complementarias al Acuerdo 004 de 2009 en el que se reglamenta y
establece el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de los estudiantes Aranguistas
Co n t e n i d o
Capitulo I. De la definición institucional de términos
Capitulo II. De la autoevaluación estudiantil
Capitulo III. Aspectos complementarios de la escala de
valoración
Capitulo IV. De los instrumentos para el registro de la
información académica
Instrumentos para el registro de la
evaluación y la promoción
Constancias de desempeño y
certificaciones
Parámetros para la graduación de
bachilleres
Registro escolar
Capitulo IV. De las generalidades
Mecanismos de participación de la
comunidad educativa en el SIE
Acciones para el cumplimiento del SIE
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ACUERDO 003
(Agosto 4 de 2010)
Por el cual se complementa el Acuerdo 004 de 2009 en el que se reglamenta y establece el Sistema
Institucional de Evaluación y Promoción de los estudiantes Aranguistas
El Consejo Académico de la Institución, en uso de sus atribuciones legales y,
CONSIDERANDO
Que el Consejo Académico mediante Acuerdo 004 de 2009 adoptó el Sistema Institucional
de Evaluación
Que revisados los ítems consignados en el citado Acuerdo, a la luz de lo señalado en el
Decreto 1290 de 2009, se encontró que es necesario complementarlo para favorecer los
procesos formativos y pedagógicos y un mejor entendimiento de la comunidad educativa
Que por lo anteriormente expuesto,
Acuerda:
Capitulo 1. De la definición de términos
Artículo Primero. Definición Institucional de términos. Se definen para la institución
educativa Colegio Francisco Arango, los siguientes términos relacionados en el Sistema
Institucional de Evaluación (SIE):
Evaluación integral.
Permite el seguimiento de una formación integral a través del desarrollo de valores y actitudes en
pro del desarrollo de capacidades y habilidades, respetando características personales, intereses,
ritmos y estilos del aprendizaje
Evaluación sistemática: Se realiza teniendo en cuenta el horizonte institucional: principios,
objetivos, misión, visión; los fines de la educación, los estándares de competencias de las
diferentes áreas y demás factores asociados con la formación integral de los estudiantes
Evaluación contínua. Se realiza permanentemente permitiendo observar el progreso y las
dificultades que se presentan en la formación del estudiante.
Evaluación objetiva. Es la evaluación que está claramente delimitada y admite una única
solución. Se aplica en las pruebas escritas tipo Saber e Icfes que se realizan al finalizar cada
periodo. La valoración no depende de la apreciación subjetiva de quien evalúa.
Criterio de evaluación:
El criterio de evaluación es un objetivo preestablecido en el que se expresa, razonablemente, lo
que se puede esperar del estudiante
Aspecto Cognitivo:
Se refiere a los procesos mentales que influyen en la aprehensión del saber, configurando los
elementos que se fijan y evocan en la memoria, determinando, en parte, una respuesta ante una
situación determinada.
Este aspecto involucra diversos procesos que van desde los datos aportados por los sentidos, o
datos de entrada, pasando por las etapas internas de interpretación, comprensión, transformación
y almacenamiento para su eventual utilización posterior.
Aspecto Socioafectivo:
Está relacionado con la autoestima, manejo de la identidad, habilidades sociales, autonomía y
liderazgo, entre otras, que la experiencia educativa debe promover
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Aspecto Procedimental:
Se refiere al “saber hacer” es decir, al poner en práctica el aprendizaje
Seguimiento académico:
Es el acompañamiento que realiza el docente y a través del cual genera confianza en el
estudiante, fortalece su autoestima, lo motiva y le da la seguridad requerida para continuar su
proceso de aprendizaje.
Criterio de promoción:
Es la adquisición mínima de conocimiento que condiciona el acceso de los estudiantes de una
etapa o grado al siguiente.
Promoción anticipada. Es un procedimiento que se aplica a un estudiante que demuestre un
desempeño superior en el desarrollo cognitivo, personal y social
Actividades de profundización. Acciones diseñadas por el docente con el objetivo de que los
estudiantes examinen o desarrollen detenidamente un tema para llegar a un mayor conocimiento.
Actividades de Refuerzo. Conjunto de acciones, tareas que desarrolla el estudiante con el
apoyo y/o facilitación del docente para realizar la apropiación de un saber específico o fortalecer
una competencia.
Actividades de Superación. Conjunto de acciones, tareas que desarrolla el estudiante con el
apoyo y/o facilitación del docente para llevar un proceso de cambio y mejora en la adquisición de
un saber específico o fortalecer una competencia.
Certificación
Documento da fé oficialmente de los conocimientos, habilidades y actitudes que se obtuvieron en
un determinado grado o nivel educativo. En él se consignan las valoraciones obtenidas en cada
una de las áreas y asignaturas del plan de estudio con su respectiva equivalencia en el sistema
nacional de evaluación
Constancia
Documento en el que se constata que una persona se encuentra vinculada a nuestra institución y
en las condiciones que se da este hecho. .
Indicador
Variable cualitativa o cuantitativa que proporciona una base simple y confiable para evaluar
logros, cambios o desempeño. Es una unidad de información medida por tiempo que ayuda a
mostrar los cambios ocurridos en un área o condición. Un objetivo o meta puede tener múltiples
indicadores y por lo tanto puede ser visto en diferentes dimensiones.
Escala de valoración
Instrumento que ofrece valoraciones y descriptores de desempeño de los estudiantes en cada
una de las áreas y asignaturas contempladas en el plan de estudios, a partir de los criterios
establecidos en el sistema institucional de evaluación.
Capitulo 2. De la Autoevaluación estudiantil
Artículo Segundo. Definición de autoevaluación. La autoevaluación es un proceso
que permite a los estudiantes reflexionar sobre su ser, su saber y su hacer para evaluar
sus desempeños en cuanto a las habilidades, responsabilidades y compromisos
académicos.
Artículo Tercero. Componentes de la autoevaluación. Se consideran componentes
de la autoevaluación
El auto conocimiento permite percibir el estado afectivo de manera que no limite la forma de
razonar y permita tomar decisiones de acuerdo a valores y normas sociales
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El auto-concepto es la opinión que se tiene sobre la propia personalidad y su conducta.
La Auto corrección es un procedimiento didáctico que permite al estudiante revisar y corregir
sus propios ejercicios y actividades escolares. El valor de la autocorrección está en que
participa activamente en el aprendizaje, y el conocimiento y control inmediato de los
resultados aumenta su motivación.
Artículo Cuarto. Propósitos de la autoevaluación.
1. Inculcar en los estudiantes la importancia que tiene para su formación el saber valorar su
propio desempeño en el conocer, saber y hacer, honradez, sinceridad y responsabilidad a
fin de que lleguen a conclusiones más o menos acertadas u objetivas
2. Implementar actividades tendientes a afianzar un clima de respeto y confianza,
autovaloración, en el que sea posible el reconocimiento de las propias capacidades, los
propios aciertos y desaciertos, en su ser, saber y hacer.
3. Ejercitar la capacidad de discernir valorando los hechos basándose en criterios acordados
previamente. Esto permite recuperar el valor de la subjetividad que es característica funda
mental del ser humano
4. Propiciar el aprendizaje autónomo,
5. Conseguir una mayor implicación en su propio aprendizaje,
6. Elaborar juicios y criterios personales,
7. Asumir responsabilidades sobre el propio proceso educativo,
8. Tomar decisiones de acuerdo a las necesidades presentadas,
9. Asumir conciencia de las posibilidades reales,
Para el logro de esos propósitos se tendrá en cuenta el siguiente procedimiento
metodológico:
1. Sensibilizar a los padres y estudiantes de la importancia de la autoevaluación
2. Introducir la autoevaluación de manera gradual, siguiendo diferentes niveles de
complejidad, según la edad, las características, necesidades e intereses de los
estudiantes, de tal manera que se habitúen a ella, pues son ellos los que deben
aprender a valorar su trabajo
3. Especificar a los estudiantes cuales son las metas del aprendizaje, el momento del
proceso en que se aplicará la autoevaluación
4. Diseñar y aplicar el instrumento de autoevaluación partiendo de los criterios del
modelo pedagógico de acuerdo al nivel, la edad, las características de la
asignatura y de los estudiantes
5. Integrar la autoevaluación del estudiante con los planteamientos evaluativos de
de los profesores y traducir los resultados, es decir, en las notas.
6. Técnicas de autocorrección de pruebas y trabajos siguiendo los lineamientos del
modelo pedagógico institucional: lo cognitivo, lo procedimental y lo actitudinal
Artículo Quinto. Resultados de la autoevaluación. El resultado que el estudiante se
asigne en el proceso de autoevaluación será discutido con el docente de cada área y, el
resultado de este encuentro, se consignará como una nota más del periodo.
PARAGRAFO 1: La autoevaluación constituye otro aspecto de evaluación que se agrega a los
citados en el artículo 5 del Acuerdo 004 de 2009, por el cual se reglamenta y establece el sistema
institucional de evaluación
Capítulo 3. Aspectos complementarios de la escala de valoración
Artículo Sexto. De los aspectos a evaluar. Los porcentajes considerados para cada
uno de los aspectos contemplados en el artículo 5 del Acuerdo 004 de 2009, son los
siguientes:
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Para evaluar integralmente el desempeño en las áreas de Matemáticas, Humanidades,
Ciencias Sociales, Ciencias Naturales, Tecnología e informática se tendrán en cuenta los
siguientes valores porcentuales:
Aspecto Cognitivo : 60 %
Aspecto actitudinal : 10 %
Aspecto de proyección : 20 %
Autoevaluación : 10%
Para evaluar integralmente el desempeño en las áreas de Educación Física, Educación
Artística y en las asignaturas correspondientes a la media técnica, consignadas en el Plan
de Estudios, se tendrán en cuenta los siguientes valores porcentuales:
Aspecto Cognitivo : 30 %
Aspecto actitudinal : 25%
Aspecto de proyección : 35 %
Autoevaluación : 10%
Para evaluar integralmente el desempeño en las áreas de Educación Religiosa y
Educación Ética y Moral se tendrán en cuenta los siguientes valores porcentuales:
Aspecto Cognitivo : 20%
Aspecto actitudinal : 50%
Aspecto de proyección : 20 %
Autoevaluación :10%
PARAGRAFO 1: Los resultados obtenidos por los estudiantes de los grado 9, 10 y 11, en el curso
de Inglés Virtual del SENA, serán consignados como una nota correspondiente al 20% del
aspecto cognitivo en la asignatura Idioma Extranjero.
PARAGRAFO 2: Las certificaciones obtenidas por los estudiantes de los grado 9, 10 y 11, en el
curso de Inglés Virtual del SENA, serán considerados como recuperación final, en caso de
pérdida de la asignatura.
Artículo Séptimo. De las acciones de acompañamiento.
Son acciones de ACOMPAÑAMIENTO para el mejoramiento del desempeño:
La publicación previa, por parte de los docentes, a los estudiantes del sistema
institucional de evaluación, estableciendo claramente los criterios de evaluación y
promoción.
Entender la finalización de cada uno de los periodos en el año escolar, como
momentos para la elaboración de acciones de seguimiento y/o planes de
mejoramiento.
Artículo Octavo. Del plan de mejoramiento académico.
Los planes de mejoramiento para cada una de las asignaturas son responsabilidad de
cada uno de los docentes, teniendo en cuenta el siguiente proceso:
Cada área y asignatura lleva como formato de seguimiento la asistencia de los
estudiantes, con el respectivo control de las actividades desarrolladas en clase, que
comprendan los aspectos de la evaluación Aranguista (Cognitiva, Procedimental,
Actitudinal y autoevaluación).
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Cada estudiante cuenta con una sección del caracterizador y observador del estudiante
aranguista, el Registro acumulativo y permanente, diligenciado por el docente, en el que
se registran los hechos relevantes realizados con la participación del estudiante y que
permiten valorar, en especial, la actitud individual y colectiva del grupo, donde se deja
constancia de los desempeños académicos y comportamentales con la descripción de la
situación o eventualidad, compromiso por parte del estudiante y si es requerido del padre
de familia y/o acudiente y las respectivas firmas de notificación. Al finalizar cada periodo el
estudiante realiza su autoevaluación y la coevaluación para dar seguimiento al proceso
formativo.
Dado que el proceso de formación de los estudiantes es una responsabilidad compartida
por el estudiante, los docentes y los padres de familia o acudientes (Decreto 1860 Art. 49;
Decreto 1290 Art. 13 y 15), el registro de compromisos académicos se realiza entre el
padre de familia y/o acudiente, el estudiante y la comisión de evaluación y promoción.
La comisión de Evaluación y Promoción consigna en el respectivo libro de actas las
observaciones, recomendaciones y decisiones de cada reunión.
Los estudiantes que queden con situaciones académicas pendientes durante un periodo
escolar, es decir desempeños bajos en alguna(s) asignaturas de las área(s), deben
desarrollar, en la semana siguiente a la entrega de informes a padres, el plan de
mejoramiento académico. Para este fin la Institución adopta el formato de registro de
Nivelación y Refuerzo Escolar.
PARAGRAFO 1: El plan de mejoramiento académico para cada estudiante incluirá:La estrategia
de refuerzo (entrega de taller previo; asesoría) y la presentación de una prueba escrita o
sustentación.
PARAGRAFO 2: En el caso de que al finalizar el año no se haya realizado exitosamente el
proceso de mejoramiento total, el estudiante asistirá a las actividades complementarias de
superación citadas en el artículo 13 del Acuerdo 004 de 2009 expedido por el Consejo
Académico; quedará constancia de ello en el registro escolar.
Artículo Noveno. Obligación especial de la familia. El padre o acudiente una vez
enterado a través de los diferentes medios de comunicación del Colegio: citaciones,
circulares, compromisos, informes sobre el bajo desempeño del estudiante, deberá
presentarse inmediatamente ante el profesor de la materia y/o titular de curso para definir
y seguir el plan de mejoramiento académico individual sin esperar hasta final del año. La
Comisión de Evaluación y Promoción respectiva revisará el cumplimiento de los
compromisos suscritos entre la familia y el colegio. El eventual incumplimiento será
causal para estudiar la permanencia del estudiante en la institución sin perjuicio del
derecho al debido proceso. (Decreto 1860 Art. 49; Decreto 1290 Art. 13 y 15).
Capítulo 4. De los instrumentos para el registro de la información académica
Artículo Décimo. La información académica se registrará en los instrumentos señalados
a través de los diversos artículos del Acuerdo 004 de 2009 y del presente Acuerdo.
PARAGRAFO: La Institución del plantel hará el listado y descripción de cada uno de los
instrumentos citados y los dará a conocer a la comunidad educativa.
Artículo Once. Constancias de desempeño y certificaciones. La institución expedirá
constancias de desempeño a los estudiantes en los que se dará información sobre su
estado (matriculado, retirado, no matriculado), su comportamiento durante el periodo
solicitado y el desempeño general cuyo resultado se obtiene de promediar todas las
áreas y asignaturas y su clasificación en la escala de valoración establecida en el
Acuerdo 004 de 2009. Las certificaciones incluirán los resultados obtenidos durante un
periodo académico o año lectivo en cada una de las áreas establecidas en el plan de
estudios.
Artículo Doce. De la graduación de bachilleres. El evento de graduación como
Bachiller Académico o Técnico hace referencia a la culminación del proceso formativo en
la Institución Educativa Colegio Francisco Arango y el inicio de la vinculación como
egresado, al finalizar el grado Once.
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En el nivel de preescolar se realizará, por tradición, una ceremonia solemne que
representa el cambio de nivel educativo.
En el grado Noveno, en ceremonia tradicional de clausura, se entregará el certificado de
culminación del Nivel Básico a aquellos estudiantes que no registren pendientes
académicos con la Institución.
La institución realizará una única ceremonia de graduación para los estudiantes de Once,
en la cual otorgará el título de bachiller Académico o Técnico a los estudiantes que, al
finalizar grado Once, hayan aprobado todos los niveles y ciclos, además de cumplir con
los requisitos vigentes: Presentación del examen de estado para el ingreso a la
educación superior( Pruebas ICFES), prestación del Servicio Social, Certificaciones,
expedidas por el SENA, de los nueve niveles de inglés de inglés virtual.
Artículo Trece. Registro escolar de Matricula. La institución creará un registro escolar
acumulativo único que consigne los siguientes aspectos de cada uno de los estudiantes
que cursen estudios:
Información general: Nombres y apellidos completos, documento de identidad, nombre de
los padres, RH, condiciones físicas y sicológicas relevantes
Años cursados
Resultados académicos obtenidos en cada uno de los años cursados, detallando cada
área y/o asignatura
Observaciones: Para registrar novedades del estudiante como: cambió de documento de
identificación, cambio de nombres y/o apellidos, reconocimiento de paternidad, etc.
Capitulo IV. De las generalidades
Artículo Catorce. Acciones para el cumplimiento del sistema institucional de
evaluación. Para el cumplimiento del sistema institucional de evaluación se realizarán
las siguientes acciones:
Reunión de comisión de Evaluación y Promoción .
Reuniones de sensibilización por grado y grupo con los estudiantes de bajo rendimiento y
sus acudientes.
Dos reuniones de los profesores de cada una de las asignaturas, la primera a mitad del
periodo y la segunda al finalizar el periodo.
Asamblea de padres de familia al final de cada periodo
Acompañamiento personalizado por parte de los docentes a los estudiantes.
Firma de compromiso de seguimiento académico por parte del estudiante y sus
acudientes
Atendiendo el cronograma preestablecido por la institución, se desarrollará un plan de
recuperación al inicio de cada período. Cada docente llevará registro de las actividades
aplicadas y en caso de ser necesario las presentará como evidencia a la comisión de
evaluación y promoción.
Artículo Quince. Mecanismos de participación de la comunidad educativa en el
sistema institucional de evaluación
La comunidad participará del proceso de construcción del Sistema de Evaluación
Institucional a través de sus representantes:
• Ante el Consejo Directivo, ellos representan a los padres de familia, tramitan sus propuestas e
inquietudes y establecen canales de comunicación.
• En las comisiones de evaluación y promoción.
• Los estudiantes pueden presentar sus propuestas a través del Consejo Estudiantil al Consejo
Directivo para su discusión y análisis.
• De manera individual cualquier integrante de la comunidad educativa puede realizar propuestas
que se consideren pertinentes, ante el Consejo Académico y con aprobación del Consejo
Directivo, favoreciendo con ello la construcción permanente del sistema de evaluación.
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Artículo Dieciséis. El presente Acuerdo rige a partir de su adopción en el Consejo
Directivo y publicación y, estará vigente hasta su modificación por parte del Consejo
Académico o del Consejo Directivo
Publíquese y Cúmplase
Dado en Villavicencio a los 4 días del mes de Agosto de 2010
El Consejo Académico