Este documento describe las deducciones fiscales para gastos en muestrarios en España. Explica que la ley considera la creación de muestrarios como una actividad de innovación tecnológica que puede deducirse de los impuestos sobre sociedades. Detalla los gastos elegibles como diseño, fabricación de prototipos y pruebas, así como los mecanismos para aplicar la deducción fiscal. Finalmente, proporciona un ejemplo numérico de cómo calcular la deducción para una empresa textil.
2. Deducciones fiscales en muestrarios
El incentivo fiscal
•El incentivo fiscal es una de las principales formas que tiene la administración de
fomentar la actividad de Investigación, Desarrollo e innovación en las empresas
(I+D+i).
•Sus efectos económicos son equiparables a los de una subvención pero al no
tributar conlleva mayores ventajas: su aplicación es libre y no está sujeta a ningún
tipo de concurrencia con un presupuesto tope, y es proporcional a las actividades
de I+D+i que las empresas lleven a cabo.
3. Deducciones fiscales en muestrarios
¿Qué entendemos por I+D+i?
Indagación original y planificada que persiga descubrir nuevos conocimientos y una
I superior comprensión en el ámbito científico y tecnológico.
Aplicación de los resultados de la investigación (…) para la fabricación de nuevos
D materiales o productos o para el diseño de nuevos procesos o sistemas de producción,
así como para la mejora tecnológica sustancial de materiales, productos, procesos y
sistemas preexistentes.
Actividad cuyo resultado sea un avance tecnológico en la obtención de nuevos productos
i o procesos de producción o mejoras sustanciales de los ya existentes. Se considerarán
nuevos aquellos productos o procesos cuyas características o aplicaciones, desde el
punto de vista tecnológico, difieran sustancialmente de las existentes con anterioridad.
En las categorías anteriores puede incluirse el diseño y la elaboración del muestrario
para el lanzamiento de nuevos productos, si bien deberá la empresa decidir si lo
incluye dentro de I+D o en i.
4. Deducciones fiscales en muestrarios
¿Cómo tipifica la ley los muestrarios?
•La Ley del Impuesto sobre Sociedades establece en su artículo 35 deducciones
fiscales por desarrollar actividades de Investigación, Desarrollo e Innovación
Tecnológica (I+D+i), tipificando la realización de muestrarios de los sectores textil,
calzado, mueble, piel, marroquinería y juguete como una actividad de
“innovación tecnológica”.
•Se considera constituido por toda la actividad de diseño, fabricación (no para
atender pedidos) e inmortalización de “nuevos productos” que se realiza como
medio de presentación para la comercialización de la producción industrial, y que
bien puede ser expuesta en ferias, exposiciones -incluso en las propias de la
empresa o de su red de comercialización-, pasarelas o por cualquier otro medio
de marketing o publicidad.
•Se pueden desarrollar varios muestrarios en un ejercicio fiscal.
5. Deducciones fiscales en muestrarios
¿Cómo se aplica la deducción fiscal?
La deducción fiscal se practica sobre la cuota resultante a pagar en el impuesto
sobre Sociedades, representando por tanto una reducción de la necesidad de
tesorería en un mes, julio (caso de que el ejercicio fiscal sea del 1 de enero al 31
de diciembre), especialmente difícil desde este punto de vista.
La deducción fiscal se calcula aplicando un porcentaje sobre el gasto incurrido en la
realización del muestrario (a partir del ejercicio fiscal de 2011 es del 12 %).
Además, la empresa dispone de un plazo de 15 años para poder practicarse la
deducción fiscal en el caso de que la cuota “a pagar” no permita cubrir la totalidad
de la deducción aplicable.
La deducción fiscal es compatible con las subvenciones percibidas para la
realización del muestrario si bien habría que aplicar sobre la base de deducción un
coeficiente reductor del 65% del importe de la subvención recibida.
6. Deducciones fiscales en muestrarios
¿Qué gastos se pueden deducir?
La legislación divide el proceso de elaboración de un muestrario en cuatro etapas,
de las cuales la segunda y la tercera son deducibles en su totalidad:
Fase 1: Concepción y captación de tendencias
Fase 2: Diseño y definición
•Trabajo de diseñadores internos o externos
•Adaptación del producto diseñado al mercado o a la empresa
Fase 3: Materialización de los prototipos
•Pruebas y ensayos
•Fabricación
Fase 4: Preserie, Márketing y distribución
7. Deducciones fiscales en muestrarios
¿Qué gastos se pueden deducir?
Dentro de dichas fases entendemos que se pueden deducir, entre otros:
•Personal directo del departamento de diseño
•Gastos de fabricación de los prototipos del catálogo
•Gastos de pruebas o ensayos sobre los productos del catálogo
•Inmortalización del catálogo (diseño, fotografías, etc…)
•Amortizaciones de material
•Actividades realizadas por terceros
•Otros suministros
•Otros costes directos
8. Deducciones fiscales en muestrarios
¿Qué gastos no se pueden deducir?
Se entiende que no se pueden deducir los siguientes tipos de gastos, entre otros:
•Costes indirectos
•Gastos de viajes a ferias
•Suscripciones a revistas
•Realización de la preserie, márketing o distribución
•Solicitudes de patentes
•Solicitudes de marcas
•Gastos de consultoría y certificación
9. Deducciones fiscales en muestrarios
¿Qué mecanismos podemos usar para aplicarla?
1 Aplicación directa de la deducción en la declaración del Impuesto sobre Sociedades
2 La valoración previa de la Agencia Tributaria
3 El Informe Motivado del Ministerio de Industria
Si bien la empresa puede escoger cualquiera de los tres mecanismos a la hora de
aplicar la deducción, el Informe Motivado es la más segura. La Aplicación directa de
la deducción no exime de una inspección de la Agencia Tributaria (y la tónica general
es la revisión de las declaraciones de las mismas) y la valoración previa es lenta y no
permite recurso alguno a la decisión.
El informe motivado es el mecanismo que más rapidez y seguridad ofrece a la hora
de obtener la deducción fiscal.
10. Deducciones fiscales en muestrarios
Ejemplo práctico
Textiles, S.L., realiza durante el presente ejercicio fiscal las siguientes inversiones en la realización de su
muestrario:
Factura del diseñador -------------------------------------------------------------------------------10.000 euros.
Factura de la agencia de publicidad--------------------------------------------------------------15.000 euros.
Coste del personal departamento de diseño y creación------------------------------------10.000 euros.
Coste de los materiales -----------------------------------------------------------------------------24.000 euros.
Factura empresa de artes gráficas por ejecución y desarrollo del muestrario--------5.000 euros.
Total de costes……………………………………………………………………………..64.000 euros.
• Total base deducción por innovación tecnológica 64.000
• Deducción generada 2012: 104.000 euros x 12% = 7.680 euros
• LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES EJERCICIO 2012
Resultado contable. Base Imponible------------150.000
Cuota íntegra (30%)---------------------------------45.000
Deducción por innovación------------------------7.680
Cuota líquida------------------------------------------37.320
11. Deducciones fiscales en muestrarios
Anexos. Bibliografía y atribuciones.
Foto de portada: alexandre nakonechnyj
Referencias legales: Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. En concreto los artículos 28 y 35, así
como las sucesivas modificaciones y disposiciones adicionales que se hayan efectuado.
Este documento está actualizado a 17/01/2012.